Comité para la Eliminación de la Discriminación

contra la Mujer

44° período de sesiones

Acta resumida de la 904ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el lunes 3 de agosto de 2009, a las 15.00 horas

Presidenta:Sra. Gabr

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial e informes periódicos segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto combinados de Guinea Bissau (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 15.00 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 18 de la Convención (continuación)

Informe inicial e informes periódicos segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto combinados de Guinea Bissau (continuación) (CEDAW/C/GNB/6, CEDAW/C/GNB/Q/6/Rev.1 y CEDAW/C/GNB/Q/6/Add.1)

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de Guinea-Bissau toman asiento como participantes a la mesa del Comité.

2.La Presidenta invita a los representantes de Guinea-Bissau a seguir respondiendo a las preguntas planteadas en la reunión anterior de conformidad con el artículo 5 de la Convención.

Artículo 5 (continuación)

3.La Sra. do Rosário (Guinea-Bissau), en respuesta a una pregunta planteada de conformidad con el artículo 5, señala que su Gobierno ha instituido una comisión para luchar contra la trata de personas que agrupa a los ministros pertinentes y a las organizaciones no gubernamentales (ONG). En Senegal y en Gambia los niños son víctimas de trata con la excusa de estudiar el Corán, y se ha presentado un proyecto de ley a la Asamblea Nacional para reforzar el plan nacional de lucha contra la trata de personas, incluida la de menores de ambos sexos.

4.Los matrimonios forzosos precoces existen, pero se consideran un delito penal. El Ministerio responsable de las mujeres, el Instituto de las Mujeres y los Niños, las ONG y la Asamblea Nacional están trabajando conjuntamente para poner fin a esta práctica. No se han creado centros para las víctimas de violación pero sí existe asistencia jurídica a su disposición.

5.Las emisoras de radio comunitarias, cuyos programas se difunden en las diversas lenguas del país, difunden información para luchar contra la violencia doméstica, y los tribunales dirimen sobre este tipo de casos. Existe concienciación sobre esta cuestión, especialmente en las zonas urbanas.

6.El Sr. Ferreira (Guinea-Bissau) señala que en el Código Penal de su país se tipifica como delito el matrimonio precoz, la mutilación genital o de otro tipo y los abusos contra las mujeres, pero es preciso que a la hora de aplicar las disposiciones de dicho Código se superen los estereotipos y los obstáculos culturales. A menudo, las víctimas no denuncian los abusos.

7.La policía facilita servicios de protección a las mujeres víctimas de violación y de violencia doméstica y existe una red nacional que lucha contra la violencia contra las mujeres organizando campañas para aumentar la concienciación de éstas sobre sus derechos.

Artículo 6

8.La Sra. Begum se refiere al artículo 6 y pregunta si existen planes para proponer a quienes practican la mutilación genital femenina otros medios de subsistencia.

9.La Sra. Rasekh manifiesta su inquietud ante la escasez de datos sobre la trata, incluida la trata de mujeres, contenidos en el informe. Pregunta si la trata de personas está regulada en la ley sobre violencia doméstica o en otra ley diferente que aborde estos delitos, y si en esta ley se otorga la misma consideración a las mujeres y a los niños.

10.El Comité desea saber qué medidas se han adoptado para capacitar a los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley y a la policía fronteriza en materia de lucha contra la trata y solicita información sobre los refugios con los que cuentan las mujeres rescatadas de la trata. Guinea-Bissau debería solicitar la ayuda de la Organización Internacional para las Migraciones en este ámbito.

11.La Sra. Chutikul pregunta a la delegación si la violencia doméstica y la trata están reguladas en una sola norma jurídica, algo que no es habitual, y si la definición de trata empleada en Guinea-Bissau es idéntica a la que figura en el Protocolo de Palermo.

12.El Comité solicita información sobre las actividades de la comisión de imanes y de las ONG que trabajan para erradicar la trata de personas. Deben extraerse conclusiones de los estudios sobre prostitución realizados en Cacheu y en otras regiones. Asimismo deben llevarse a los tribunales los casos de prostitución y ponerse en marcha un plan de acción para abordar la explotación sexual de los niños, propuesto por el Comité de los Derechos del Niño. El próximo informe de Guinea-Bissau debe incluir estadísticas relativas al tráfico y a la prostitución.

13.La Sra. Fernandes (Guinea-Bissau) dice que se ha creado una comisión nacional para la prevención de la trata de personas, centrada especialmente en los niños, a través de una reciente directiva ministerial. Este órgano agrupa a las instituciones estatales y a las ONG que trabajan en este ámbito y que representan el amplio crisol cultural del país. En primer lugar, la comisión ha proporcionado capacitación a la policía fronteriza y aduanera sobre las medidas para luchar contra la trata y ya se han dado algunos casos en los que se ha logrado detener a jóvenes en la frontera en el marco de la lucha contra la trata.

14.La definición de trata se basa en el Protocolo de Palermo. En el Código Penal, la trata se subsume en delitos como, por ejemplo el rapto; en octubre de 2009, se debatirá en la Asamblea Nacional una ley que regule específicamente la trata. Se han concluido acuerdos bilaterales con países vecinos. Con arreglo a dichos acuerdos, los padres deben dar su consentimiento escrito para que los menores viajen.

15.Los datos disponibles demuestran que la trata afecta más a los niños que a las mujeres. Muchos niños viajan para aprender el Corán, pero los adultos no siempre albergan buenas intenciones. Las ONG que han informado sobre niños rescatados están armonizando sus métodos de recopilación de datos. El Gobierno coopera con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y con las ONG a fin de garantizar el respeto de las normas internacionales en la construcción y la operación de campos para niños rescatados, donde se les facilita asistencia psicológica para ayudarles a reintegrarse en la sociedad.

16.El Sr. Ferreira (Guinea-Bissau) dice que para luchar contra la prostitución, cuya incidencia ha aumentado desde la crisis de julio de 1999 en el país, se proponen a los trabajadores de la industria del sexo otras opciones laborales dignas.

17.La Sra. do Rosário (Guinea-Bissau) añade que las leyes sobre la trata y sobre la violencia doméstica son normas jurídicas independientes.

Preguntas complementarias

18.La Sra. Hayashi señala que, antes de que los legisladores comiencen a elaborar nuevas leyes, debe aplicarse la legislación existente como, por ejemplo, la ley promulgada en 1997 sobre la protección de las mujeres y los niños. El Comité desea saber el número de leyes en materia de derechos de la mujer que se encuentran en proceso de elaboración.

19.La Sra. Begum pregunta qué medidas se están adoptando para reducir la demanda de servicios de prostitución y qué opciones de subsistencia se están ofreciendo a las mujeres que trabajan en esta industria. Asimismo, solicita información sobre la rehabilitación y la reintegración de las personas que logran escapar de la trata.

20.La Sra. Popescu pregunta si la violación, incluida la violación en el matrimonio, está penalizada y si se han incluido disposiciones sobre la violación o la violación en el matrimonio en el proyecto de legislación sobre violencia sexual. Asimismo, solicita información sobre la rehabilitación de las víctimas de violaciones reiteradas durante el conflicto.

21.La Sra. Rasekh señala que la mutilación genital femenina se considera una obligación religiosa en Guinea-Bissau y pregunta qué medidas está adoptando el Gobierno para acabar con esta creencia. Pregunta también si algún grupo religioso intenta difundir la creencia de que dichas prácticas no son obligatorias en ninguna religión.

22.La Sra. do Rosário (Guinea-Bissau) señala que se han presentado a la Asamblea Nacional varios proyectos de ley sobre mutilación genital femenina, salud reproductiva y trata de mujeres y de niños. No se dispone de estadísticas sobre la trata o la explotación sexual de mujeres; no obstante, el Gobierno ha puesto en marcha numerosas iniciativas encaminadas a alentar a los antiguos trabajadores de la industria del sexo a participar activamente en la sociedad y a facilitarles formación, así como créditos financieros para que emprender sus propios negocios.

Se realiza un seguimiento a los antiguos trabajadores del sexo y se les recuerdan los devastadores efectos de su antiguo trabajo sobre la salud de sus hijos y la suya propia. La mutilación genital femenina es un motivo de inquietud para el Gobierno, al igual que lo es para el Comité, y reconoce que no es una práctica obligatoria según la ley islámica. Tanto el Consejo Islámico Nacional como el Alto Consejo Islámico, el Grupo de Jóvenes Musulmanes y las ONG contribuyen a aumentar la concienciación pública emitiendo programas de radio y celebrando reuniones con grupos que fomentan la mutilación genital femenina, en las que se presentan los efectos negativos de dicha práctica.

23.El Sr. Ferreira (Guinea-Bissau) dice que la violencia doméstica no está regulada por la ley; no obstante, podría incluirse una disposición al respecto en un paquete legislativo.

Artículos 7 y 8

24.La Sra. Murillo de la Vega pregunta por qué son tan escasas las ministras y las ONG dedicadas a las mujeres. Asimismo, solicita más información sobre las medidas específicas adoptadas por el Gobierno para luchar contra la discriminación contra las mujeres en los órganos responsables de la adopción de decisiones.

25.La Sra. Ameline dice que, si bien es consciente de las dificultades derivadas de la inestabilidad política en Guinea-Bissau, además de la voluntad política se requieren normas claras y recursos adecuados para instaurar una verdadera gobernanza democrática y, para ello, es preciso incorporar a las mujeres en todos los niveles de la adopción de decisiones. En este sentido, pregunta si se ha fijado en el proyecto de ley una cuota del 40% para las mujeres en los órganos responsables de la adopción de decisiones y, en caso afirmativo, si dicha cuota se aplicará también al servicio público. La oradora considera interesante saber si se han adoptado medidas para alentar a las mujeres a presentarse como candidatas en las próximas elecciones locales. Finalmente, pregunta cómo prevé aplicar Guinea-Bissau la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad sobre la mujer, la paz y la seguridad.

26.La Sra. Belmihoub-Zerdaniseñala que, aunque Guinea-Bissau ha logrado ciertos avances en lo tocante a la inclusión de las mujeres en los niveles de la adopción de decisiones, es preciso progresar más en este sentido. La oradora se congratula de que Guinea-Bissau haya ratificado el Protocolo Facultativo e insta al Gobierno a que ofrezca más incentivos a los partidos políticos para que promuevan la función de las mujeres en la sociedad, por ejemplo mediante la concesión de ayudas económicas únicamente a aquellos partidos que realicen esfuerzos para aplicar la Convención.

27.La Sra. do Rosário (Guinea-Bissau) señala que, de hecho, hay una ONG presente: la Liga Nacional de Derechos Humanos que representa a todas las ONG de Guinea-Bissau en el presente período de sesiones.

28.En el período comprendido entre 2004 y 2008, la Asamblea Nacional Popular estaba compuesta por 3 representantes femeninas y 87 representantes masculinos. No se ha elaborado aún ningún proyecto de ley en relación con las cuotas de mujeres en los partidos políticos; a pesar de ello, la reducción de las diferencias basadas en el género en la política sigue siendo una de las prioridades del Gobierno. La oradora no alberga ninguna duda de que las mujeres presentarán numerosas candidaturas en las próximas elecciones locales; el empoderamiento de las mujeres reviste especial importancia en las zonas rurales. Para que las mujeres puedan tener una representación igualitaria en todos los órganos responsables de la adopción de decisiones, Guinea-Bissau debe lograr una paz y estabilidad duraderas que, a su vez, dependen de que siga recibiendo ayuda de sus asociados al desarrollo.

Artículo 9

29.El Sr. Flinterman pregunta si existe la posibilidad de que una mujer con nacionalidad de Guinea-Bissau que contraiga matrimonio con un extranjero pueda tener doble nacionalidad en caso de que decida solicitar la nacionalidad de su marido y si también tiene derecho a transferir su nacionalidad a sus hijos.

30.El Sr. Ferreira (Guinea-Bissau) señala que, con arreglo a las leyes de Guinea-Bissau en materia de nacionalidad, todo niño nacido en el territorio nacional tiene derecho a la nacionalidad de Guinea-Bissau; si un niño nace fuera de Guinea-Bissau o bien su padre o su madre tienen la nacionalidad de Guinea-Bissau, el niño tiene derecho a solicitar esa nacionalidad. El cónyuge de una persona que tenga la nacionalidad de Guinea-Bissau tiene derecho a solicitar dicha nacionalidad después de tres años de matrimonio o de un año de convivencia matrimonial en Guinea-Bissau y siempre que renuncie a su nacionalidad de origen. Se han presentado propuestas para que se permita la doble nacionalidad pero aún no se han estudiado. El Gobierno está de acuerdo en que las leyes relativas a la nacionalidad deben armonizarse con las convenciones y los convenios internacionales pertinentes.

Artículo 10

31.La Sra. Hayashi se refiere al artículo 10 y solicita aclaraciones respecto de las tasas de alfabetización de las mujeres sobre la base de datos actuales. Asimismo, desea saber qué medidas ha adoptado el Gobierno desde la publicación de las observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño en 2002 a fin de estudiar la situación de los niños que no acuden a la escuela y de adoptar medidas para proteger a los niños de todas las formas de explotación a la luz de los resultados de dicho estudio. La oradora señala la conveniencia de elaborar un calendario temporal para mejorar las tasas de escolarización de las niñas.

32.La Sra. Bailey afirma que las tasas de finalización de la enseñanza primaria son un motivo de gran preocupación y solicita más información sobre las principales causas de abandono escolar de las niñas y sobre los planes del Gobierno para abordar esta situación. También pregunta si el Plan Nacional de Educación para Todos (2004) ya se ha aprobado y, en caso negativo, por qué razón. La oradora señala que los maestros de enseñanza primaria reciben, en general, escasa formación y pregunta si existen iniciativas concretas del Gobierno para alentar a las mujeres a inscribirse en centros de formación de profesores en Guinea-Bissau. A la luz del alto porcentaje de profesores varones, la oradora pregunta si existen casos de acoso sexual a las niñas en las escuelas y, en caso afirmativo, de qué manera aborda el Gobierno estos casos. En relación con los estudios postsecundarios, dice que resultaría interesante conocer datos desglosados sobre el número de estudiantes que cursan formación profesional, así como sobre el tipo de formación ofertada.

33.La Sra. do Rosário (Guinea-Bissau) explica que, con la ayuda de sus asociados al desarrollo y de las ONG, el Gobierno está adoptando medidas para eliminar los impedimentos a los que se enfrentan las niñas a la hora de escolarizarse y de permanecer escolarizadas. Entre estas medidas cabe mencionar campañas de concienciación y la facilitación de incentivos como, por ejemplo, cafeterías en las escuelas, cursos de alfabetización y microcréditos para los padres. Aunque solo el 40% de los profesores han recibido formación, el Gobierno es consciente de la importancia que reviste dicha formación y está buscando recursos para mejorar las competencias de los profesores.

Artículo 11

34.La Sra. Patten señala que en el informe se han refundido los debates de los artículos 11 y 12 e insta al Estado parte a seguir las directrices para la presentación de informes y a elaborar los artículos por separado. La preocupación del Comité va más allá de los aspectos formales de la igualdad y se centra en logros tangibles, así como en la aplicación efectiva de garantías jurídicas. Tras leer la descripción del mercado laboral de las mujeres en Guinea-Bissau que figura en el informe, la oradora entiende que éste se caracteriza por una segregación vertical y horizontal; se mantiene a las mujeres al margen de determinados niveles y profesiones y éstas se concentran en el sector no estructurado, al igual que ocurre en muchos países en desarrollo, con los riesgos y la ausencia de protección que esta segregación comporta. La oradora pregunta si existe una inspección de trabajo u otro organismo que vigile el cumplimiento de la legislación laboral y que prevenga la discriminación en los sectores público, privado e informal. Asimismo, pregunta qué medidas está adoptando el Gobierno para permitir el empoderamiento económico de las mujeres y garantizar la igualdad de derechos por lo que respecta a la titularidad de las propiedades, el control sobre las tierras y el acceso a los trabajos, a las promociones, al crédito, a los recursos productivos, a las nuevas tecnologías y a la formación. También resultaría útil disponer de más información sobre el estado del nuevo proyecto de ley laboral y saber si contiene disposiciones específicas que prohíban el acoso sexual en el lugar de trabajo.

35.El Sr. Bruun pregunta si el Estado parte ha recibido ayuda técnica de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en relación con la aplicación de los convenios de la OIT relativos a una remuneración igualitaria y al trabajo infantil que el país ha ratificado. El orador dice que un gran número de niñas abandonan la escuela y empiezan a trabajar en el sector no estructurado de la economía y pregunta qué medidas está adoptando el Gobierno para contrarrestar esta situación y proteger los derechos de las niñas y de las mujeres en el sector no estructurado.

36.La Sra. do Rosário (Guinea-Bissau) señala que existe una comisión de inspección de trabajo que vigila la aplicación de los reglamentos y la legislación en materia laboral. Por lo que respecta a las mujeres en particular, las asociaciones de mujeres como la Comisión Nacional para las Mujeres Trabajadoras participan activamente en el ámbito económico, promueven pequeñas empresas y ofrecen préstamos de vivienda para las mujeres y organizan talleres y seminarios sobe cuestiones que afectan a las mujeres y sobre las protecciones disponibles. Se están elaborando varios proyectos de ley sobre la protección de los derechos de las mujeres, entre las que se incluye una ley sobre acoso sexual en el lugar de trabajo y otra ley sobre baja por maternidad. La nueva ley sobre la propiedad de la tierra aborda la cuestión de los derechos de las mujeres en este ámbito. La estrategia nacional para la reducción de la pobreza también aborda la pobreza de las mujeres, especialmente a través de la educación.

37.El Sr. Ferreira (Guinea-Bissau) señala que, aunque las mujeres conforman la mayoría de la población de Guinea-Bissau, su nivel general de educación y de preparación es bajo y debe elevarse si se desea incrementar su participación en el proceso de adopción de decisiones. El Instituto de la Mujer y del Niño trabaja activamente para reforzar la función de las mujeres en la sociedad. El departamento jurídico de la Comisión Nacional para las Mujeres Trabajadoras vigila la aplicación de los convenios de la OIT sobre los derechos de las mujeres trabajadoras.

Artículo 12

38.La Sra. Pimentel dice que los problemas y los obstáculos en materia de infraestructura, como el que plantea la gran distancia al centro de asistencia sanitaria más cercano, repercuten, como es lógico, en la delicada situación de la atención sanitaria en Guinea-Bissau y pregunta qué medidas prevé adoptar el Gobierno para mejorar las condiciones. Habida cuenta de que las mujeres que han sido víctimas de violación deben afrontar, con frecuencia, el ostracismo en su hogar, solicita más información sobre las medidas adoptadas para proteger a las víctimas de una violación después de que se haya cometido el delito y para modificar las actitudes familiares. Señala que el proyecto de ley sobre mutilación genital femenina aún no se ha aprobado y pregunta qué medidas está adoptando el Gobierno para garantizar la aprobación de dicha ley.

39.El Sr. Rasekh dice que muchas niñas han fallecido a consecuencia del rito de la mutilación genital femenina y pregunta si, cuando ocurre esto, se lleva a los tribunales a aquellos que la practican, dado que, en esencia, estos casos equivalen a un homicidio. Al parecer, la práctica ya es ilegal pero el Gobierno no se está esforzando especialmente para erradicarla. La oradora pregunta qué esfuerzos se realizarán para erradicar estas prácticas perjudiciales y de qué servicios disponen las víctimas.

40.La Sra. Arocha Domínguez insta al Gobierno a facilitar un análisis y una evaluación más exhaustivos respecto de los datos que figuran en el informe, incluido un análisis de las tendencias y de las medidas correctivas adecuadas. La tasa de mortalidad maternal es aún muy elevada y la oradora pregunta qué medidas prevé adoptar el Gobierno para fortalecer los servicios de salud ginecológica de urgencia y los servicios de salud reproductiva. Indica que la tasa de natalidad está aumentando y que el uso de medios anticonceptivos es escaso, y pregunta si el Gobierno desea reforzar los servicios de planificación familiar.

41.La Sra. do Rosário (Guinea-Bissau) dice que el acceso a servicios de atención sanitaria adecuados, incluidos los servicios de atención sanitaria reproductiva es aún insuficiente debido a la escasez de personal cualificado y de equipamiento moderno, así como a las secuelas de los años de conflicto. Las víctimas de violación, especialmente las niñas, son sometidas a un seguimiento por médicos y asesores psicológicos, cuando éstos existen, y se insta a las familias a que permitan que las niñas permanezcan en sus hogares. Los violadores son entregados a las autoridades judiciales. El proyecto de ley sobre mutilación genital femenina, que está respaldado por el Gobierno y por la mayoría de la sociedad civil, será presentado de nuevo para su aprobación. Con arreglo a la ley existente, las personas que realizan prácticas tradicionales perjudiciales son objeto de procesamiento penal. En muchas zonas del país no existen servicios de asesoramiento para las víctimas de violencia psicológica, en especial en los distritos más alejados, debido a la escasez de recursos y a las distancias. Las campañas de planificación familiar fomentan el uso de preservativos e intentan aumentar la concienciación respecto de las enfermedades de transmisión sexual. La pobreza impide el éxito de las estrategias de planificación familiar.

Artículo 13

42.La Sra. Murillo de la Vega pregunta si las mujeres precisan de la autorización de sus maridos para obtener créditos o préstamos para adquirir o vender bienes y si pueden recibir formación sobre la forma de gestionar el dinero o las empresas. Señala que resultaría útil saber asimismo en qué medida las costumbres tradicionales, la pertenencia a una tribu o la religión influyen en el proceso de obtención de un préstamo o de inicio de una pequeña empresa.

43.La Sra. do Rosário (Guinea-Bissau) dice que las mujeres pueden solicitar créditos y obtenerlos sin la aprobación de sus maridos. Aún no existe formación específica para mujeres sobre gestión empresarial y económica, pero el Banco de Solidaridad Nacional está trabajando al respecto, así como en la facilitación de créditos y de formación para las mujeres.

44.El Sr. Ferreira (Guinea-Bissau) dice que existen ONG que facilitan microcréditos a las mujeres, con frecuencia asociados a cursos de formación. En ocasiones, las ONG llegan incluso a exigir que al menos uno de los hijos asista a la escuela como condición para la concesión de microcréditos a las mujeres. No obstante, las costumbres tradicionales y las actitudes pueden impedir aún el acceso a las oportunidades empresariales y de crédito. En la actualidad se está revisando el Código Civil de Guinea-Bissau, que se deriva del Código Civil portugués y que, a menudo, es muy reaccionario por lo que respecta a estas cuestiones.

Artículo 14

45.La Sra. Zou Xiaoquiao señala que el informe no incluye información clara sobre la situación de las mujeres en las zonas rurales, incluida su participación en la agricultura, el acceso a la educación, la atención sanitaria y la participación en la vida pública. Solicita que, en el próximo informe, se incluya más información al respecto y desglosada por sexos.

46.Aunque el informe incluye información sobre proyectos gestionados por ONG para luchar contra la pobreza rural, no menciona ninguna medida específica adoptada por el Gobierno a ese respecto y únicamente señala que se ha prestado una especial atención a las zonas rurales en el marco de la estrategia nacional para la reducción de la pobreza. El Comité desearía recibir más información al respecto, así como sobre las prioridades de la estrategia, y saber si se incluye una perspectiva de género o un apoyo específico a las mujeres rurales, incluidas las mujeres solteras y las minorías étnicas, así como si se han fijado objetivos específicos en consonancia con los objetivos de desarrollo del Milenio. La oradora también desea saber de qué forma se está aplicando la estrategia y a cuántas mujeres rurales ha beneficiado desde su adopción.

47.Dado que el analfabetismo entre las mujeres es muy elevado y que la tasa de escolarización es mucho más baja en las zonas rurales, la oradora señala que resultaría útil saber qué medidas se han adoptado para reducir la diferencia entre las tasas de escolarización de las zonas urbanas y rurales y entre niñas y niños. También pregunta si el Gobierno ha puesto en marcha algún programa de alfabetización o si proporciona formación técnica a las mujeres rurales.

48.La Sra. Begum solicita más información sobre la situación de las mujeres por lo que respecta a los derechos de propiedad, ya que en las respuestas escritas a la lista de cuestiones se explica que, en varias regiones, las mujeres no tienen ningún derecho sobre su propiedad familiar con arreglo al derecho consuetudinario. Si esto es así, va en contra de los principios de la Convención e infringe el derecho fundamental de la mujer a la propiedad y a la herencia. El Comité también desea recibir más información sobre todo planteamiento encaminado a satisfacer las necesidades sanitarias y económicas de las ancianas o de las mujeres discapacitadas en las zonas rurales. La oradora pregunta también si las mujeres refugiadas o desplazadas están incluidas en el proceso de planificación del Gobierno.

49.La Sra. Ameline pregunta si el Gobierno tiene previsto elaborar una estrategia nacional integral basada en las experiencias positivas de las ONG en este ámbito, pues considera que ésta sería la mejor manera de garantizar la seguridad alimentaria. Asimismo, es importante formar a las mujeres que trabajan en la agricultura, pues de este modo mejorará su productividad. También revisten importancia las medidas de protección social, a fin de facilitar garantías sanitarias a quienes conforman el núcleo del desarrollo económico.

50.La situación de las drogas en la región es un motivo de inquietud para la comunidad internacional y existe el riesgo de que la pobreza conduzca a las personas al narcotráfico. El fortalecimiento del sector agrícola y pesquero, que tiene un gran potencial, ayudaría a evitar esta situación.

51.La Sra. do Rosário (Guinea-Bissau) señala que su país sí cuenta con un plan nacional de desarrollo de la agricultura. Los servicios médicos revisten importancia y existen centros que facilitan planificación familiar gratuita, así como otros servicios. El Gobierno reconoce que la pobreza plantea un grave problema en Guinea-Bissau y cuenta con estrategias y políticas para abordarla. No obstante, el país aún carece de la estabilidad necesaria para poder desarrollarse.

52.La estrategia nacional beneficia a los trabajadores rurales que, en su mayoría, son mujeres. Las mujeres rurales pueden acceder a créditos pero carecen aún de equipamiento agrario, de educación y formación básicas. Las mujeres en Guinea-Bissau trabajan duramente para mantener a sus familias, pero necesitan ayuda, por lo que la oradora solicita la ayuda del Comité.

53.El Gobierno es consciente de que la tasa de escolarización entre las niñas en las zonas rurales es baja pero tanto el Gobierno como las ONG están realizando todos los esfuerzos posibles para mejorar la situación. También se imparten cursos de alfabetización para las mujeres de las zonas rurales.

54.El nuevo Ministerio para la Solidaridad Social, la Familia y la Reducción de la Pobreza está realizando un estudio que contribuirá a solucionar el problema de la pobreza entre las mujeres discapacitadas y ancianas.

55.La planificación familiar es también una cuestión importante en las zonas rurales debido a la poligamia. Esta situación exige que se redoblen los esfuerzos y que se apruebe un proyecto de ley sobre planificación familiar. En términos generales, es preciso aumentar la inversión en las zonas rurales a fin de resolver la precaria situación en materia de seguridad alimentaria derivada de la situación de inestabilidad del país. La creación de centros de atención a la infancia ayudaría también a las mujeres rurales trabajadoras.

56.El Sr. Ferreira (Guinea-Bissau) señala que las mujeres aún no están informadas de sus derechos legales a la tierra y a la propiedad, pero se está elaborando una campaña para abordar esta cuestión. El bajo nivel de educación de las mujeres impide que éstas puedan conocer sus derechos legales o mejorar su producción agrícola local. Dado el predominio de la agricultura de subsistencia, la creación de pequeñas cooperativas podría ayudar a las mujeres a obtener más beneficios de su trabajo y a sacarlas de la pobreza. El plan nacional de agricultura del Gobierno se está aplicando con la ayuda de los interlocutores sociales e incluye proyectos como el suministro de semillas a las mujeres a fin de que aumenten los niveles de producción.

Artículos 15 y 16

57.La Sra. Awori señala que el artículo 15 de la Convención obliga a los Estados parte a garantizar por ley el mismo trato a las mujeres y a los hombres. El Comité solicita más información sobre toda la legislación que se haya aprobado para eliminar las disposiciones discriminatorias del Código Civil y para garantizar el cumplimiento del apartado 3 del artículo 15. Las explicaciones que se han aportado en las respuestas escritas a la lista de preguntas no son claras en absoluto. Por ello, la delegada pide a la delegación que aclare de qué forma los apartados citados del Código Civil se asocian al artículo 25 de la Constitución y de qué forma se aplican con miras a proteger los derechos de las mujeres al mismo nivel que los de los hombres. Se ha señalado que el Código Civil es un vestigio del período colonial y que, por ello, contiene disposiciones discriminatorias que han sido revocadas en virtud del artículo 25 de la Constitución. No obstante, pregunta si se ha promulgado una ley específica que enmiende las disposiciones discriminatorias a fin de armonizar la legislación con el artículo 15 de la Convención, ya que la supremacía legal de la Constitución por sí sola no es suficiente.

58.La Sra. Halperin-Kaddari se hace eco de la grave inquietud de su colega en relación con las disposiciones discriminatorias del Código Civil que, al parecer, siguen existiendo en Guinea-Bissau.

59.El informe indica que las uniones de hecho se reconocen en Guinea-Bissau pero también se ha mencionado el matrimonio tradicional en las respuestas escritas, por lo que la oradora pregunta cuántos tipos de matrimonio existen. Pregunta si las mujeres pueden ser desahuciadas por sus esposos bajo todos los tipos de uniones como consecuencia de un conflicto conyugal o si únicamente se permite en el derecho consuetudinario. El Comité solicita más información sobre los derechos de sucesión de las mujeres con arreglo a los diferentes tipos de matrimonio, ya que las respuestas escritas también indican que las viudas pueden ser desheredadas a no ser que contraigan matrimonio con un pariente de su esposo. También solicita más información sobre la condición jurídica de los matrimonios de niños, en especial por lo que respecta a la edad mínima que fija la ley.

60.El Sr. Ferreira (Guinea-Bissau) señala que el matrimonio civil es el único tipo de matrimonio reconocido por la ley. Si una pareja tiene hijos y convive durante tres años puede solicitar el reconocimiento de su relación como pareja de hecho, lo que permitiría que su relación se reconozca como matrimonio y le sean otorgados los derechos que se conceden al matrimonio a partir de la fecha en que se inicia la unión. La edad mínima fijada en la ley para contraer matrimonio es de 18 años. Si un menor está emancipado legalmente, la edad mínima desciende a 16 años, aunque el matrimonio estaría sometido a algunas limitaciones en materia de propiedad y de otros derechos hasta que el menor alcance los 18 años.

61.Todas las disposiciones antiguas que discriminaban a la mujer han sido derogadas en virtud del artículo 25 de la Constitución. El Código Civil se aplica pero debe interpretarse con arreglo a la Constitución y no puede infringir los principios generales del derecho. La práctica de repudiar a una viuda que se niega a contraer matrimonio con un pariente de su marido está relacionada con las costumbres de ciertas tribus pero no tiene un fundamento jurídico. El Gobierno es consciente de que debe trabajar más para mejorar la situación de los derechos de las mujeres y aumentar la concienciación al respecto.

62.La Sra. Hayashi dice que aún no ha quedado clara la cuestión de si el artículo 1686 del Código Civil ha sido abolido o si simplemente debe interpretarse con arreglo a los principios de la Constitución.

63.La Sra. Awori insta al Gobierno a promulgar nuevas leyes que respalden el artículo 25 de la Constitución pues, sin éstas, el Código Civil sigue siendo discriminatorio.

64.El Sr. Cabral (Guinea-Bissau) señala que es obvio que Guinea-Bissau necesita un nuevo Código Civil y que nadie en la delegación lo discute. No obstante, tal como se señala en el informe, por el momento, el espíritu del artículo 25 de la Constitución prohíbe toda práctica discriminatoria y establece el principio de igualdad entre los cónyuges en un matrimonio.

65.La Sra. do Rosário (Guinea-Bissau) agradece al Comité la oportunidad que ha brindado de debatir por primera vez los problemas que afectan a las mujeres en Guinea-Bissau. La delegación es plenamente consciente de que se necesita progresar más en este ámbito. Las cuestiones que se han suscitado se abordarán con convicción, habida cuenta de que cuentan con el apoyo de muchas mujeres.

66.La Presidenta señala que el diálogo constructivo ha sido muy útil para todos los interesados. Alienta a la delegación a que elabore el siguiente informe periódico de conformidad con las directrices de presentación de informes y a que incluya más datos analíticos. Reconoce las dificultades a las que tiene que hacer frente Guinea-Bissau pero insta al Gobierno a que se centre en la aplicación de la Convención y de la legislación nacional. Se han debatido varios proyectos de ley relativos a los derechos de las mujeres y el Comité espera que éstos seaprueben. Finalmente, la Presidenta alienta a Guinea-Bissau a ratificar otros instrumentos de derechos humanos.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas.