33° período de sesiones

Acta resumida de la 695ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el jueves 14 de julio de 2005, a las 10.00 horas

Presidente:Sra. Belmihoub-Zerdani (Vicepresidenta)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos combinados cuarto y quinto de Burkina Faso

En ausencia de la Sra. Manalo, la Sra. Belmihoub-Zerdani, Vicepresidenta, ocupa la Presidencia.

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos combinados cuarto y quinto de Burkina Faso (CEDAW/C/BFA/4-5)

Por invitación de la Presidenta, los representantes de Burkina Faso toman asiento a la mesa del Comité.

La Sra. Guigma (Burkina Faso) dice, al presentar los informes periódicos combinados cuarto y quinto de Burkina Faso, que en el lapso transcurrido desde que el Comité examinó los informes periódicos combinados segundo y tercero, el Gobierno de Burkina Faso, en unión de organizaciones no gubernamentales, asociaciones y asociados para el desarrollo, ha adoptado una serie de nuevas medidas legislativas y de política encaminadas a alcanzar la igualdad entre los géneros. En mayo de 2005, la Asamblea Nacional ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención y el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer en África. Se ha efectuado además un repaso de todos los planes de acción, estrategias y políticas vigentes en el ámbito de la igualdad entre los géneros y en la carta política de desarrollo humano duradero se aborda expresamente la cuestión de las mujeres en el contexto del desarrollo óptimo de los derechos humanos.

La Constitución prohibe la discriminación en todas sus formas aunque no recoja una definición propiamente dicha del término y, puesto que en Burkina Faso el derecho internacional tiene precedencia con respecto a la legislación interna, los ciudadanos pueden utilizar la definición que figura en la Convención como base para denunciar toda violación de sus derechos.

En un intento por eliminar las funciones estereotipadas basadas en el género, se han emprendido actividades destinadas a crear conciencia sobre los derechos de las mujeres y las niñas, como la amplia difusión del Código de la Persona y la Familia y de la Convención, el establecimiento de entidades jurídicas y la revisión de libros de texto, que han dado por resultado un aumento del número de mujeres que acuden a los tribunales en busca de reparación en caso de violación de sus derechos.

En la actualidad se lleva un registro de todos los nacimientos, sea de varones o de niñas, y se ha fortalecido aún más la labor del Comité Nacional de Lucha contra la Práctica de la Ablación, la Comisión Nacional de Lucha contra la Discriminación de la Mujer y la Oficina de Asuntos Jurídicos del Departamento para la Promoción de la Mujer. Se han adoptado otras medidas a fin de reforzar la legislación vigente que prohibe el levirato, el pago de una dote, el matrimonio precoz y/o forzado y la mutilación genital femenina y, en los últimos años, los autores de esta práctica han sido castigados con penas de prisión.

Pese a estar tipificada como delito en el Código Penal de Burkina Faso, la prostitución ha adquirido proporciones alarmantes debido a la situación de pobreza y al relajamiento de la moral. El Gobierno está empeñado, no obstante, en luchar contra ese fenómeno, pero sin dejar de asegurarse de que las personas que la ejercen tengan acceso a la atención de salud. En el marco del proceso de descentralización, se ha establecido una comisión multisectorial encargada de examinar la legislación aplicable a la prostitución y de presentar propuestas sobre las estrategias que se habrán de adoptar en las distintas regiones.

Mientras que la trata de mujeres no es frecuente en Burkina Faso, la trata de niños es un problema cada vez más extendido. El Gobierno ha adoptado, en consecuencia, un número de medidas preventivas y de protección, entre ellas la celebración de un acuerdo con Malí para luchar contra la trata transfronteriza de niños. Como resultado de las campañas de concienciación y la capacitación de educadores, aunadas a programas de protección de las víctimas y el establecimiento de 19 centros operacionales de tránsito, se ha producido un descenso significativo del número de niños víctimas de la trata. La prostitución y la trata de niños están estrechamente vinculadas a la pobreza y la ignorancia. Por lo tanto, en el marco de todos los programas y proyectos de lucha contra esos problemas sociales se brinda a las mujeres y las niñas la oportunidad de salir de la pobreza y tener acceso a la educación y la capacitación.

Pasando a la cuestión de la educación, la oradora dice que a pesar de la reforma del sistema educativo y de la posterior aplicación de una política de acción afirmativa en favor de las niñas, no se han eliminado las disparidades entre el número de niños y de niñas matriculados en las escuelas que obedecen, entre otros factores, a la persistencia de ciertas prácticas y actitudes tradicionales y religiosas en que se arraiga la discriminación contra la mujer, así como al costo elevado de la educación. Aun así, se han introducido una serie de innovaciones a fin de que las niñas tengan un mayor acceso a la enseñanza primaria, como la adopción, en 1999, del Plan Decenal de Fomento de la Educación, la construcción de escuelas satélite y comunitarias y el lanzamiento de campañas de promoción para propiciar la matrícula. Como resultado de ello, la tasa general de matrícula ha pasado del 41,3% en 1999 al 57,1% en 2004 y, en ese mismo período, la tasa general de alfabetización ha aumentado del 36,8% al 72,01%.

Una prioridad del Gobierno es mejorar la alfabetización entre las mujeres y los niños que no han terminado sus estudios o que nunca han asistido a la escuela y, para alcanzar ese objetivo, se ha designado a un Ministro de Alfabetización y Enseñanza no Académica. En el período 2002-2003 había 52 centros de enseñanza no académica en funcionamiento y las autoridades confían en que a fines de 2005 habrá otros 15 centros más. Un factor que merece destacarse es que, en los cursos de alfabetización y capacitación básica, las mujeres matriculadas superan en número a los hombres.

El principio de la igualdad entre la mujer y el hombre está consagrado en la legislación que regula el empleo tanto en el sector privado como en el sector público. Con todo, se han adoptado algunas otras medidas para promover aun más la participación de las mujeres en el mercado laboral, incluido el establecimiento de centros de capacitación y una dependencia de orientación para mujeres, así como la concesión de subvenciones para sufragar el costo de la capacitación.

El Gobierno de Burkina Faso es consciente de la necesidad de velar por que las mujeres tengan acceso a los servicios de atención primaria de salud y, en particular, a anticonceptivos modernos que son objeto de muy importantes subvenciones para evitar que su costo resulte prohibitivo. Así pues, en los 1.351 centros de salud del país se ofrecen por lo menos dos métodos anticonceptivos modernos y en cada centro hay como mínimo un funcionario capacitado para prestar servicios de planificación de la familia. Además, en 2003, el Ministerio de Salud, en colaboración con un número de asociaciones, puso en marcha un proyecto para suministrar preservativos femeninos a centros de atención de salud y grupos específicos.

Las mujeres en las zonas rurales desempeñan un papel importante en la vida económica de sus comunidades, en particular en los sectores no monetarios. En la carta política de desarrollo agropecuario descentralizado se menciona concretamente la cuestión del adelanto de la mujer puesto que uno de su objetivos es la promoción de las mujeres y los jóvenes en el sector agrícola. En ese contexto, se han adoptado varias iniciativas que tienen que ver, por ejemplo, con el apoyo a las actividades generadoras de ingresos y la formación en las esferas de alfabetización y técnicas sencillas de gestión. Además, en el marco de la descentralización, la presencia de mujeres en órganos locales como la Cámara Regional de Agricultura y los comités de ordenación de la tierra en las aldeas hace posible su participación en los procesos de adopción de decisiones.

En Burkina Faso, las cuestiones relacionadas con la familia y el matrimonio están regidas exclusivamente por el Código de la Persona y la Familia. Conforme a sus disposiciones, para que un matrimonio sea legal ha de estar presente en la ceremonia un funcionario del registro civil, y podrá declararse nulo si se determina que se ha contraído sin el consentimiento de uno de los esposos. El Código Penal sanciona a quien obligue a una persona a contraer matrimonio. Aunque la monogamia es la forma preferida de matrimonio, la poligamia está permitida en determinadas circunstancias y, en la práctica, es la que ocurre con mayor frecuencia. Sin embargo, a fin de promover la monogamia, se han diseñado campañas de concienciación y formación en relación con el adelanto de la mujer.

Los dos esposos tienen los mismos derechos y obligaciones y comparten la autoridad paterna con respecto a los hijos. Los hijos nacidos fuera del matrimonio gozan de los mismos derechos que los hijos nacidos dentro del matrimonio. Además, el artículo 295 del Código de la Persona y la Familia dispone que cada cónyuge tiene derecho a ejercer una profesión sin necesidad del consentimiento del otro cónyuge, a menos que el ejercicio de esa profesión sea de tal naturaleza que ponga en peligro los intereses de la familia. La normativa relativa al divorcio no contiene disposiciones discriminatorias y la tutela de los hijos se puede confiar a cualquiera de los esposos. Sin embargo, aún es necesario hacer más para propiciar un cambio de actitud en algunas comunidades tradicionales donde se considera que los hijos pertenecen únicamente al padre. Por último, aunque ambos cónyuges tienen los mismos derechos sucesorios, hay casos en que la viuda es objeto de prácticas discriminatorias. Con objeto de mejorar esta situación, se está tratando de que los tribunales o los notarios se encarguen de la liquidación de bienes.

A manera de conclusión, la oradora reconoce que Burkina Faso aún no ha alcanzado todos sus objetivos en la esfera de la eliminación de la discriminación contra la mujer. Sin embargo, las observaciones y recomendaciones del Comité guiarán al Gobierno en su empeño por aplicar eficazmente la Convención y su Protocolo Facultativo.

Artículos 1 a 6

La Presidenta invita a los miembros del Grupo de Tareas sobre los informes del país a que formulen preguntas acerca de los artículos 1 a 6 de la Convención.

La Sra. Bokpe-Gnacadja encomia al Gobierno de Burkina Faso por la presentación de sus informes periódicos combinados cuarto y quinto, en particular porque la elaboración de informes no es una prioridad para el país debido a su situación económica. Celebra asimismo que el Gobierno haya ratificado recientemente el Protocolo Facultativo de la Convención al igual que el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer en África.

Sin embargo, a pesar de la voluntad política del Gobierno de eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer, su situación de facto aún dista mucho de ser ideal. Aunque el derecho internacional tenga precedencia, la Convención no resulta particularmente visible en la legislación interna. La oradora se pregunta, en consecuencia, si cabe la posibilidad de iniciar acciones ante los tribunales nacionales sobre la base de sus disposiciones y, en caso afirmativo, si así ha ocurrido en la práctica. También desea saber hasta qué punto tienen conocimiento de la Convención los miembros del poder judicial. Por último, pregunta qué medidas ha adoptado el Gobierno para sensibilizar a la población y, más concretamente, a las diputadas de la Asamblea Nacional con respecto a la Convención. ¿Se ha traducido a todos los idiomas nacionales?

La Sra. Morvai observa, en relación con el mecanismo nacional para el adelanto de la mujer, que el número de instituciones responsables de la realización y vigilancia de las actividades de protección y promoción de los derechos de las mujeres es tan grande que puede verse socavada la eficacia de esa labor. Agradecerá, por lo tanto, que se ofrezca una explicación más detallada del mecanismo nacional y sus métodos de trabajo y se indique con qué recursos presupuestarios cuenta. Desea saber qué tipos de medidas legislativas han propuesto los distintos órganos descritos en el informe y cómo vigilan la aplicación del Plan de Acción. También pide más información sobre este último y, en concreto, sobre la relación que guarda con la Plataforma de Acción de Beijing.

Desea saber cuántas organizaciones de mujeres funcionan en Burkina Faso y de dónde procede su financiación. ¿Existen mecanismos estructurales establecidos para hacer posible la cooperación entre las organizaciones no gubernamentales y el Gobierno?

Aunque la falta de acceso de las mujeres a la tierra y a los servicios sociales básicos se atribuye en parte a la pobreza, la oradora se pregunta si el Gobierno dispone de la voluntad política suficiente para mejorar esa situación y si ha previsto valerse de la legislación para efectuar cambios. Según el informe, no existen recursos jurídicos especiales al alcance de las mujeres víctimas de discriminación y, en ese sentido, desea saber si las mujeres tienen derecho a obtener reparación en caso de violación de sus derechos.

La Sra. Dairiam dice que el informe carece de datos y de información que ayuden al Comité a evaluar el cumplimiento por el Estado parte de las obligaciones que le impone la Convención. En el informe se hace referencia a la práctica del matrimonio precoz (CEDAW/C/BFA/4-5, secc. 2.1), pero sin ninguna mención a las dimensiones del problema ni a las regiones y grupos étnicos en que es más frecuente. Del mismo modo, resultan insuficientes los datos relativos al empleo que se proporcionan en las respuestas a la lista de cuestiones. Faltan más detalles sobre la ejecución de los programas y políticas que se enumeran: sobre su alcance, contenido, participantes, objetivos y puntos de referencia, como también en relación con la vigilancia que se ejerce sobre ellos. Con respecto al marco estratégico de lucha contra la pobreza 2003-2006, la oradora pregunta de qué manera ampliará las oportunidades de empleo y de generación de ingresos y a cuántas mujeres ha beneficiado hasta la fecha. Se debió haber proporcionado una descripción de los programas en beneficio de las mujeres. ¿Cómo promueven estos programas la igualdad entre los géneros, que es un principio fundamental de toda la iniciativa? ¿Se prevén medidas especiales en el marco estratégico para encarar los tipos de factores socioculturales que en el informe se describen como tradiciones que tienden a perpetuar la sumisión de la mujer (CEDAW/C/BFA/4-5, secc. 2.1)? ¿Cómo moviliza y habilita el marco estratégico a las mujeres para superar esos obstáculos? ¿Les proporciona un régimen de apoyo jurídicamente exigible?

No se ha proporcionado información especial sobre el número de mujeres que han recibido préstamos con cargo al Fondo Nacional de Solidaridad. Conviene que se sepa cómo se vigilan los objetivos referentes a las mujeres en el plan nacional de buena gestión de los asuntos públicos. ¿Hay más mujeres con competencia decisoria en las actividades de desarrollo? Interesa conocer asimismo los resultados de la política descentralizada de desarrollo rural.

La Sra. Patten deplora que el Estado parte no haya puesto en práctica la recomendación del Comité sobre la introducción de cuotas para aumentar la participación de las mujeres en la vida política. No todas las medidas enumeradas en la sección 2.2 del informe son medidas especiales de carácter temporal. El Estado parte tal vez desee estudiar la recomendación general No. 25 del Comité, sobre el párrafo 1 del artículo 4, relativo a las medidas especiales de carácter temporal, en que figura una explicación sobre la manera en que se puede utilizar la acción positiva. Una política social general encaminada a promover la condición jurídica y social de la mujer no por fuerza equivale a lo que se denomina medidas especiales de carácter temporal, que entrañan la asignación de recursos adicionales; la contratación y promoción selectivas; metas numéricas; plazos; y sistemas de cuotas. Cabe esperar que esos elementos se determinen de modo preciso en el próximo informe periódico de Burkina Faso.

La oradora exhorta a Burkina Faso a que se ocupe de que la Convención se traduzca a los idiomas nacionales y locales y se difunda ampliamente entre dependencias públicas y la sociedad civil. Al igual que otros miembros del Comité, considera que en el informe faltan detalles vitales. Por ejemplo, no se proporciona información sobre los recursos asignados a la distribución gratuita de artículos escolares o a la concesión de becas a niñas, ni sobre el número de niñas que se han beneficiado de medidas de esta índole. También son imprecisas las referencias a la promoción de la educación de las niñas, o a las nuevas organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres.

La Sra. Simms lamenta que el ejercicio de la prostitución sea un delito y que el Estado parte achaque a las prostitutas el “relajamiento de la moral”, en lugar de considerar responsables a quienes las explotan. Aunque celebra que se presten servicios de salud a las prostitutas, se pregunta por qué en Burkina Faso la prostitución infantil no está expresamente prohibida por ley. Agradecerá que se aclare cuál es la edad mínima para mantener relaciones sexuales pues, de acuerdo con el informe, si se trata de relaciones con un menor, la edad mínima es de 15 años (secc. 2.4) y en los demás casos de 18 años. ¿Está definido en Burkina Faso el término de “abusos deshonestos”? Desea saber cuántos hombres han sido condenados por abuso sexual de niños, y si el Estado parte cuenta con instalaciones suficientes para castigar a los responsables de ese delito. El problema del matrimonio precoz y sus efectos en la educación de las niñas representa un desafío importante para los dirigentes gubernamentales a quienes competen los asuntos de las mujeres.

La oradora señala que en Burkina Faso no hay una legislación contra la trata transfronteriza de personas y que las víctimas son repatriadas sin que se les presten servicios terapéuticos. Una vez que regresan a sus aldeas, no obstante, las mujeres y los niños que han sido víctimas de traficantes son considerados como mercancías defectuosas.

La Sra. Morvai dice que el Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena, del que es signatario el Estado parte, prohibe que las personas que ejercen la prostitución sean consideradas delincuentes, puesto que son víctimas. Exhorta al Estado parte a cambiar su punto de vista y a tipificar en cambio como delito la conducta de quienes operan redes de prostitución y de sus clientes.

La Sra. Ye (Burkina Faso) dice que el matrimonio precoz es una práctica frecuente en todo el país, y entre todos los grupos étnicos, aunque empieza a disminuir en cierta medida gracias a las iniciativas de concienciación. La forma en que las autoridades toman conocimiento de la celebración de este tipo de matrimonios es mediante denuncias. Los servicios sociales del Gobierno, que están facultados para resolverlas, han solucionado 14 de un total de 22 denuncias en el primer trimestre de 2004; las demás han sido remitidas a los tribunales.

En Burkina Faso, el trabajo infantil, más que la explotación sexual, suele ser el motivo de la trata de niños. En las zonas rurales, se envía a los niños a las zonas urbanas, o a otros países, para que trabajen y aporten un ingreso a sus familias. Burkina Faso ha firmado protocolos sobre la protección de los niños con Malí y Côte d’Ivoire, los dos países que más utilizan a su población infantil como mano de obra. Burkina Faso también es una zona de tránsito de niños víctimas de la trata desde otros países de la subregión. Tras reconocer la magnitud del fenómeno, el Gobierno aprobó una ley en 2000 en que se define y prohibe la trata de niños. Con arreglo a sus disposiciones, las autoridades han localizado y desarticulado cuatro de las cinco redes de traficantes de niños y están sobre la pista de la quinta red. A los niños rescatados de las bandas de traficantes transfronterizos se les envía de nuevo a la escuela o a que aprendan algún oficio que les pueda resultar útil.

La mutilación genital femenina es una práctica que prolifera en Burkina Faso, y que se extiende a todas las regiones, los grupos étnicos y las religiones. Luego del establecimiento del Comité Nacional de Lucha contra la Práctica de la Ablación, el Gobierno promulgó en 1996 una ley para proteger a las víctimas, que se centra en el enjuiciamiento de los autores y la concienciación de la población. Puesto que la prevalencia de la mutilación genital femenina obedece fundamentalmente a la ignorancia, la ley de 1996 ha sido traducida a los tres idiomas nacionales (para asegurar su difusión entre el elevado número de analfabetos), y al francés. Se alienta a la población a que, mediante una línea telefónica especialmente habilitada al efecto, denuncie los incidentes de mutilación genital femenina, o los casos en que se sospecha que haya ocurrido esa práctica.. Hasta ahora han sido condenados 52 autores y sus cómplices. Los servicios públicos de salud han abierto una clínica pequeña para atender a las víctimas de la mutilación genital femenina.

La Sra. Ilboudo (Burkina Faso) dice que el sistema jurídico del país está basado en el derecho francés, en que se reconoce una jerarquía de las normas: las normas del derecho internacional tienen precedencia con respecto a las normas de la legislación nacional y, a partir de su ratificación, quedan incorporadas automáticamente al derecho interno, es decir, desde la Constitución hasta la medida legislativa menos trascendente. De lo anterior se desprende que las disposiciones de la Convención están plenamente integradas en la legislación nacional y pueden invocarse ante los tribunales. El texto de la Convención ha tenido una amplia difusión en todos niveles de la administración pública y las autoridades estudian actualmente la posibilidad de que se traduzca a todas las lenguas étnicas del país, que suman más de 100, empezando por las principales. Los informes periódicos de Burkina Faso se han divulgado por todo el país y en el plano local. El derecho se está utilizando en forma gradual como instrumento del cambio, aunque las iniciativas de esta naturaleza han de equilibrarse con las prioridades múltiples de un país en desarrollo de África. Los dirigentes de Burkina Faso están resueltos a propiciar cambios y ya se ha logrado avanzar bastante.

El proxenetismo está tipificado como delito en el derecho interno porque es una prueba contundente de la explotación de la prostitución. La prestación de servicios de salud a las prostitutas no tiene el propósito de alentar o perpetuar el fenómeno, y denota más bien una aceptación de la realidad y la necesidad de encararla ante la pandemia del VIH/SIDA. La oradora aclara que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años, pero para determinar la severidad de la sanción por el abuso sexual de menores el criterio de edad que se utiliza es de 15 y 16 años. El Gobierno está tratando de armonizar los distintos criterios que se aplican en el país en lo relativo a la edad mínima con los establecidos en la Carta Africa sobre los Derechos y el Bienestar del Niño.

La Sra. Bagre (Burkina Faso) dice que el Gobierno ha llevado a cabo campañas masivas para promover la educación de las niñas con el doble fin de que se matriculen en las escuelas y no abandonen los estudios. Se ocupa además de contratar maestros para zonas rurales, construir escuelas locales y diseñar planes de estudios destinados a retener a las niñas en la escuela. En los programas de formación de maestros se están introduciendo módulos sobre derechos humanos y sobre igualdad entre los géneros y están en vías de establecerse programas para madres y educadores, en los que se insistirá en la planificación de actividades de concienciación. En 2005, Burkina Faso anunció su intención de acogerse a la cuenta para afrontar las cuestiones del Milenio, un programa de dos años de duración con cargo al cual se sufragarían los servicios de enseñanza en diez provincias del país.

Existe, por otra parte, un programa para promover la formación de instructores, que está dotado de un fondo que les permite alfabetizar sobre todo a mujeres en las zonas más aisladas del país. Además, se están construyendo guarderías para que las mujeres y las niñas puedan asistir a la escuela.

La educación de las niñas se sufraga con recursos del presupuesto del Estado y fondos aportados por el Banco Mundial, el Canadá, los Países Bajos, Suecia, Dinamarca y el Japón. En Burkina Faso, los niños reciben textos escolares gratuitos de lectura y aritmética.

La Sra. Guigma (Burkina Faso) dice, que poco después de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing, se constituyó un comité encargado del seguimiento de las recomendaciones de la Conferencia y, en 1997, se establecieron dos ministerios: el de Promoción de la Mujer y el de Acción Social y Solidaridad Nacional, con funciones distintas, aunque complementarias. Su cometido principal consiste en coordinar todos los programas en beneficio de las mujeres en Burkina Faso y en servir de enlace entre el Gobierno y las mujeres. La Comisión Nacional de Lucha contra la Discriminación es un órgano prácticamente autónomo pese a que depende del Ministerio de Promoción de la Mujer. La Comisión Nacional encargada del seguimiento de la aplicación de la Convención se compone de 36 miembros, entre los que figuran algunos representantes de organizaciones no gubernamentales y de asociaciones de defensa de los derechos humanos. La asignación presupuestaria que recibe del Ministerio es pequeña, pero cuenta también con financiación del Banco Mundial, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y otros órganos. De hecho, el UNICEF aportó los fondos necesarios para la elaboración del informe. El Gobierno colabora estrechamente con las organizaciones no gubernamentales, y el Ministerio se encarga de coordinar la labor de aquéllas que se ocupan de la promoción de los derechos de la mujer. La misión de este Ministerio trasciende la de todos los demás ministerios, ya que en cada uno de ellos hay una persona responsable de las cuestiones de género que lo mantiene informado sobre los hechos que afectan a las mujeres. Antes de que el informe fuera remitido al Comité, se consultó exhaustivamente a las organizaciones no gubernamentales para recabar sus opiniones sobre su contenido. Por desgracia, la asignación presupuestaria es un porcentaje minúsculo del presupuesto nacional.

Cuando Burkina Faso pudo acogerse a la Iniciativa en favor de los países pobres muy endeudados, se tuvo en cuenta al Ministerio de Promoción de la Mujer. Las mujeres representan más de la mitad de la población y el 86% de ellas viven en zonas rurales. A fin de corregir los desequilibrios entre las mujeres de las zonas rurales y urbanas, los recursos procedentes de la Iniciativa se han asignado a las zonas rurales, en particular a obras de infraestructura y a la construcción de viviendas para mujeres, así como a su capacitación, alfabetización y formación tecnológica para que estén en condiciones de participar en el desarrollo del país.

Las mujeres dirigen la perforación de pozos porque son ellas las beneficiarias: cuando es necesario ir a buscar agua, la mujer es la que asume esa tarea. En el marco de la estrategia nacional de lucha contra la pobreza, las cuestiones de género se abordan actualmente con mayor eficacia que antes; corresponde al Ministerio de Promoción de la Mujer asegurarse de que se haya programas encaminados a mejorar la situación de las mujeres.

En 2000 se registró un aumento del número de mujeres elegidas para ocupar cargos en los consejos municipales. ¿Es necesario establecer un sistema de cuotas? La respuesta es afirmativa. En la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, celebrada en Durban (Sudáfrica), se convino en que las cuotas para la participación de las mujeres debían fijarse en un 30%. Hay que emprender una campaña para que en Burkina Faso se establezca una cuota de esa índole, no sólo por lo que toca a los niveles superiores de gestión, sino también a todos los órganos decisorios.

Entre otras iniciativas para mejorar la situación de las mujeres conviene mencionar los programas de microcréditos y una red de bancos populares, así como las actividades en el terreno de un grupo de la iglesia católica encaminadas a reducir la pobreza entre las mujeres.

El Sr. Flinterman dice que es evidente que los derechos sin soluciones jurídicas pueden no tener valor. Le complace que Burkina Faso vaya a ratificar en breve el Protocolo Facultativo; ese acto, no obstante, hará más apremiante la necesidad de que existan soluciones jurídicas nacionales. Puesto que, según el informe, no hay recursos jurídicos especiales a disposición de las víctimas de discriminación, las mujeres tienen que acudir a los tribunales ordinarios para obtener reparación. En ese sentido, desea saber cuántas mujeres lo han hecho en los últimos años, si su recurso ha sido efectivo y si hay otros medios de solución eficaces y de bajo costo en caso de violación de sus derechos. Conviene saber además si existe una comisión nacional de derechos de la mujer. Pregunta, por otra parte, si las mujeres tienen acceso al Tribunal Constitucional y, de ser así, si ello les supone dificultades. La Convención nunca ha sido invocada hasta ahora en un juzgado de Burkina Faso, lo que hace más ardua la labor del Comité: no hay que escatimar ningún esfuerzo para incorporar la Convención en la jurisprudencia.

La Sra. Saiga encomia al Gobierno por la atención que ha prestado a las observaciones finales del Comité. Pregunta cómo está integrada la Comisión Nacional encargada del seguimiento de la aplicación de la Convención y si este órgano intervino en la redacción del informe. Aún no le queda claro si el Ministerio de Promoción de la Mujer y el Departamento para la Promoción de la Mujer son el mismo órgano.

La Sra. Popescu dice que le complace que Burkina Faso haya enviado una delegación de alto nivel compuesta por especialistas en diversas ramas, y que en breve vaya a ratificar el Protocolo Facultativo. Insta al Estado parte a que proceda a la traducción y difusión de la Convención. Tras observar que la trata de niños es una cuestión prioritaria para el Gobierno, dice que, según parece, Burkina Faso considera que el trabajo infantil es tolerable y que la explotación sexual de los niños resulta inaceptable. Sin embargo, las dos prácticas son perjudiciales para los niños y están prohibidas en virtud de los protocolos de la Convención sobre los Derechos del Niño. Desea saber si Burkina Faso ha ratificado los protocolos de referencia, y exhorta al Gobierno a que adopte medidas encaminadas a poner fin a la práctica de permitir que los niños trabajen.

La Sra. Coker-Appiah pregunta si hay servicios de asistencia letrada a disposición de las mujeres de las zonas rurales que hayan estado sometidas a prácticas como la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, acusaciones de brujería y levirato. Pide al Gobierno que en su próximo informe incluya más información sobre la violencia contra las mujeres y sobre las providencias que toma para aplicar una legislación que prohiba las prácticas discriminatorias. Además, alienta a Burkina Faso a que revise las disposiciones del Código de la Persona y la Familia que establecen diferencias entre hombres y mujeres con respecto a la edad mínima para contraer matrimonio, y en particular la excepción aplicable a las niñas de 15 y 16 años, y pregunta cuáles son las circunstancias excepcionales en que se autoriza el matrimonio de niñas de esa edad.

La Sra. Pimentel dice que el informe franco y serio de Burkina Faso debe servir de instrumento para que las mujeres alcancen la igualdad en ese país. Comprende lo difícil que es propiciar cambios en una cultura tradicional que no considera a las mujeres como sujetos políticos y jurídicos libres. La Convención exige un diálogo crítico y constructivo que además debe ser abierto y accesible. Al final del informe figura una serie de recomendaciones para el Gobierno. La oradora sugiere que se adopte un conjunto de medidas políticas, jurídicas y relacionadas con investigaciones y que en próximo informe se incluyan datos al respecto. Confía también en que, en un futuro próximo, el tema de la igualdad para las mujeres sea objeto de la adhesión incondicional del Gobierno y de la sociedad de Burkina Faso.

La Sra. Morvai dice que debe incorporarse en la jurisprudencia la cuestión de la igualdad entre los géneros y que los abogados deben estar capacitados para entender la Convención y valerse de ella para promover la situación de las mujeres. Es evidente que la existencia de políticas y programas no es suficiente. Si, como se desprende del informe, los bancos niegan a las mujeres la posibilidad de obtener créditos y préstamos, entonces hay que entablar demandas en su contra. En casos de levirato, por ejemplo, habrá que emprender acciones penales contra los responsables.

Hay un error de base en lo relativo a la interpretación del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. El propósito de ese instrumento es sancionar a las personas que explotan la prostitución de mujeres, y no el de tipificar la prostitución como delito. Es indispensable recordar que las prostitutas no son delincuentes.

La Sra. Bokpe-Gnacadja dice que las sociedades civiles de los Estados partes deben movilizarse para elaborar informes paralelos; esta responsabilidad no incumbe al Gobierno. En relación con la trata de niños, señala que muchos de los niños enviados a trabajar al exterior son objeto de explotación sexual, de ahí que sea importante realizar investigaciones para determinar las dimensiones reales de esa forma de explotación.

La Presidenta, hablando en su calidad de experta, dice que acoge con satisfacción la claridad del informe. Señala el valor que ha demostrado Burkina Faso al adoptar leyes que protejan los derechos de las mujeres, algo que aún no han logrado algunos otros países de África. Sin embargo, el hecho de que haya leyes que no se apliquen equivale a una cesión de soberanía. La legislación de Burkina Faso destinada a favorecer a las mujeres debe aplicarse en su totalidad.

La Sra. Guigma (Burkina Faso) celebra que el Comité aliente la aplicación de la legislación que promueve los derechos de las mujeres. Los 36 miembros de la Comisión Nacional encargada del seguimiento de la aplicación de la Convención representan a departamentos ministeriales, organizaciones de derechos humanos, organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil, así como a credos religiosos y grupos tradicionales. La Convención ya está traducida y se le ha dado una amplia difusión, incluso entre legisladores, además de que ha sido tema de numerosos seminarios.

La oradora está convencida de que en Burkina Faso no se presentan casos de niños objeto de trata con fines de explotación sexual, pese a que haya trata de niños para utilizarlos como mano de obra. Con todo, es probable que ese fenómeno llegue a ocurrir también en Burkina Faso, puesto que se registra explotación sexual de niños en países vecinos. El Gobierno ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, así como su Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. El Ministerio ha señalado a la atención del Consejo de Ministros la necesidad de que las disposiciones sobre el matrimonio recogidas en el Código de la Persona y la Familia sean compatibles con la Convención sobre los Derechos del Niño.

Burkina Faso es parte en el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer en África, participa activamente en su promoción y ha presidido su reunión de expertos. El Ministerio de Promoción de la Mujer trata de propiciar cambios entre los encargados de adoptar decisiones políticas y los dirigentes religiosos y políticos y para estos grupos lleva a cabo seminarios de concienciación sobre cuestiones de género.

En forma conjunta con asociaciones de mujeres, el Ministerio ha intensificado sus actividades de sensibilización sobre prácticas de matrimonio tan perjudiciales como el levirato y el sororato, que cada vez con mayor frecuencia se perciben como actos de violencia contra las mujeres. La Asociación de Mujeres Juristas apoya la labor del Ministerio sobre cuestiones de esa índole. Con la colaboración de los Estados Unidos de América, se ha habilitado una línea telefónica especial para víctimas de la violencia. A solicitud del jefe de Estado, en 2000 se realizó un foro para definir las medidas que había que adoptar, con carácter prioritario y urgente, para prestar asistencia a las mujeres carentes de recursos. Se entrega un ejemplar de la Convención a las mujeres que acuden al Ministerio en busca de ayuda. Últimamente se han dado varios casos de mujeres que han invocado la Convención ante las autoridades locales; en fecha reciente, una víctima se acogió a la Convención y llegó a un arreglo extrajudicial. Existen muchos tribunales a los que pueden acudir las mujeres.

La Sra. Ilboudo (Burkina Faso) dice que el acceso de las mujeres a la asistencia jurídica les resulta particularmente difícil. Muchas son analfabetas y, en todo caso, las leyes de Burkina Faso están redactadas en francés, el idioma oficial. Para encarar este problema, la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Promoción de la Mujer, la Comisión Nacional de Lucha contra la Discriminación de la Mujer y la sociedad civil tratan de asegurarse de que las mujeres conozcan sus derechos jurídicos.

El acceso a la asistencia jurídica rebasa además las posibilidades financieras de muchas mujeres. En 2000 se estableció un consejo de asistencia letrada y recientemente se han hecho menos rigurosas las condiciones para recibir ese tipo de asistencia. Se trata de un paso importante en beneficio de las mujeres, que con frecuencia se han visto desbordadas por las pruebas documentales que deben aportar para acreditar su derecho. Aunque todo ciudadano puede interponer un recurso ante el Tribunal Constitucional, es difícil imaginar quién cuenta con los conocimientos jurídicos y constitucionales especializados necesarios para ello.

Debe subsanarse el problema de la falta de causas relacionadas con los derechos de las mujeres, porque esas causas sirven de fundamento a la elaboración de futuras leyes. El Gobierno trata de asegurarse de que los jueces y magistrados estén enterados de las disposiciones de la Convención. Las mujeres han logrado ingresar al poder judicial, en especial en Ouagadougou y Bobo Dioulasso, y en su mayoría son miembros de la asociación de abogadas.

El Gobierno reconoce que, en lo relativo a la edad para contraer matrimonio, hay discriminación entre hombres (20 años) y mujeres (17 años). Su deseo es que la práctica del matrimonio precoz termine definitivamente. Por otra parte, la ley debe prevalecer al hacer frente al problema de la prostitución, y es necesario proceder judicialmente contra los hombres como instigadores de la prostitución. En la actualidad, la ley se limita a prohibir el proxenetismo y no está dirigida a los clientes de las prostitutas.

La Sra. Guigma (Burkina Faso) dice que la negativa de los bancos a otorgar préstamos a las mujeres es condenable. Sin embargo, el 83% de las mujeres viven en zonas rurales donde, por regla general, trabajan en el sector agrícola o en la economía no estructurada y no se les considerará solventes. Es frecuente que tampoco se considere solventes a hombres con trabajos remunerados. Con la ayuda del Ministerio de Promoción de la Mujer, se han puesto en marcha programas para proporcionar tanto microcréditos como créditos en forma de insumos (por ejemplo, herramientas o semillas). Uno de los principales bancos, el BACB, ha empezado a ofrecer préstamos a mujeres.

Artículos 7 a 9

La Sra. Zou Xiaoqiao celebra el aumento de la participación de las mujeres en la vida pública y política de Burkina Faso, aunque lamenta que no haya estadísticas sobre la presencia de mujeres en la Asamblea Nacional ni medidas obligatorias para corregir el desequilibrio entre los géneros. Entre las 12 esferas de especial preocupación establecidas en la Plataforma de Acción de Beijing figura la desigualdad entre la mujer y el hombre en el ejercicio del poder y en la adopción de decisiones a todos los niveles. Cien países han promulgado leyes para encarar esa esfera de preocupación, y la oradora se pregunta por qué Burkina Faso no se cuenta entre ellos, y cuáles son en concreto los obstáculos con que ha tropezado (oposición de los partidos políticos o del Gobierno, falta de confianza de las mujeres, u otros factores). En el informe de Burkina Faso se describen las actividades que, en lo relativo a la lucha contra las funciones estereotipadas de hombres y mujeres. realizan las organizaciones no gubernamentales, pero no se habla de lo que hace el Gobierno. Es de suma importancia que los gobiernos demuestren su compromiso en ese sentido. Aunque se reconoce a las mujeres la misma capacidad que a los hombres para representar a sus países, Burkina Faso parece tener pocas mujeres diplomáticas o funcionarias de organizaciones internacionales.

La Sra. Guigma (Burkina Faso) dice que el Gobierno está adoptando medidas para que mejore la participación de las mujeres en el proceso de toma de decisiones. Algunos partidos políticos han resuelto que el 25% de sus candidatos en todos los niveles deben ser mujeres. Es positivo el hecho de que exista esta política, a pesar de que el porcentaje sea bajo. Se han logrado avances en la Asamblea Nacional, donde el número de diputadas pasó de cuatro en 1992, a 10 en 1997 y 13 en 2005. Está prohibido ocupar más de un puesto oficial a la vez, lo que significa que un diputado de la Asamblea Nacional no puede desempeñar también el cargo de ministro. Se necesitarán más de 14 años de gobierno democrático para lograr un cambio real en la representación de las mujeres, sobre todo en vista de que antes había una elevada tasa de analfabetismo entre ellas. El Gobierno está colaborando con la sociedad civil para mejorar la educación de las mujeres y la confianza en ellas mismas.

La mujer está presente en todos los niveles de la vida pública en Burkina Faso. De los 22 embajadores del país, cinco son mujeres, y en los rangos inferiores del servicio diplomático y en las instituciones internacionales las mujeres también están empezando a adquirir una mejor representación. En el Gobierno hay tres ministras y una secretaria general. Se avanza con lentitud. Debe reconocerse que la vida política plantea dificultades para las mujeres en todas partes, pero en especial en África. Una mujer debe tener no sólo confianza en ella misma sino también recursos financieros para poder realizar una campaña política. Es necesario persuadir a los partidos políticos para que, en sus listas de candidatos a cargos de elección, sitúen a las mujeres en un buen lugar. El sistema de cuotas ha funcionado, y la oradora confía en que todos los países de África cumplan con el objetivo del 30% adoptado en Durban. Tras señalar que hay hombres entre los miembros de la delegación que presenta el informe al Comité, dice que los hombres también deben participar en el empeño por lograr la igualdad.

La Sra. Gaspard dice que es positivo el hecho de que las mujeres estén mejor representadas en la vida política y pública, pero que las cifras siguen siendo bajas. En sus respuestas a la lista de cuestiones y preguntas del Comité, Burkina Faso señaló que se ha recomendado a los partidos políticos que, como mínimo, se asigne a mujeres el 30% de los escaños. Cabe preguntar si se obtendrán resultados con medidas voluntarias o de carácter obligatorio. La oradora opina que sólo si se legisla se cosecharán resultados.

La incorporación de las cuestiones de género es importante en muchos ámbitos. Como alcaldesa de una población en Francia que ha sido hermanada con Koudougou en Burkina Faso, dice que ha recibido muchas delegaciones integradas exclusivamente por hombres. Con la convicción de que la cooperación descentralizada es mucho más efectiva que la asistencia oficial para el desarrollo, insta a que se haga el esfuerzo de que las mujeres participen en todas las formas de cooperación bilateral.

La Presidenta, hablando en su calidad de experta, dice que si las mujeres ocupan puestos visibles y estratégicos en el proceso de adopción de decisiones, el público creerá en su capacidad y estará tentado a emularlas. Es necesario persuadir a los partidos políticos para que, en sus listas de candidatos, sitúen a las mujeres en un buen lugar, obligándolos tal vez a que lo hagan como condición para recibir fondos. Si el Gobierno se compromete a que haya un mayor número de ministras, gobernadoras provinciales y embajadoras, se podrán cuestionar las funciones estereotipadas de hombres y mujeres y habrá mayor igualdad y menor discriminación.

La Sra. Guigma (Burkina Faso) dice que en el número de mujeres que figuraron entre los candidatos a las elecciones de 2002 probablemente influyó desfavorablemente el hecho de que dejaron de utilizarse listas provinciales en favor de listas regionales y nacionales. Confía en que la situación mejore en el período que resta para las elecciones presidenciales que se han de celebrar en noviembre de 2005, las elecciones en comunidades rurales en febrero de 2006 y las legislativas en 2007. Aunque espera que los partidos políticos adopten un nivel uniforme del 30% de mujeres entre los candidatos, acepta, con realismo, que las cuotas son el único método eficaz.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.