27° período de sesiones

Acta resumida de la 556ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el jueves 6 de junio de 2002, a las 15.00 horas

Presidenta:Sra. Abaka

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos cuarto y quinto combinados de Ucrania (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 15.10 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al artículo 18 de la Convención (continuación)

Informes periódicos cuarto y quinto combinados de Ucrania (continuación) (CEDAW/C/UKR/4-5; CEDAW/PSWG/2002/II/CRP.1/Add.4 y CRP.2/Add.3)

Por invitación de la Presidenta, la Sra. Dovzhe n ko y la Sra. Pasichnyk (Ucrania) toman asiento como partic i pantes en el debate de la Mesa.

La Sra. Dovzhenko (Ucrania), en respuesta a una pregunta formulada en relación con el artículo 6 de la Convención, dice que, según el artículo 303 del nuevo Código Penal de Ucrania, quienes obtuvieran dividendos de la prostitución de otras personas podrán ser castigados con una multa o con pena de privación de libertad por un período de uno a tres años. Conviene en que las mujeres víctimas de la trata no sólo sufren explotación sexual sino también esclavitud económica, lo cual se reconoce en el artículo 149 del Código Penal.

En respuesta a las preguntas formuladas en relación con los artículos 7, 8 y 9 de la Convención, dice que, en el último decenio, la mujer ha participado más en las organizaciones públicas. Al mismo tiempo, ha llegado a comprender que no puede realizar cambios en la sociedad si no participa también en la vida política del país. Algunas organizaciones de mujeres están promoviendo la inclusión de la mujer en las listas electorales, incluso mediante acuerdos oficiales con los partidos políticos y, en consecuencia, la representación de la mujer en los gobiernos locales ha aumentado considerablemente, aunque sigue siendo reducido el número absoluto de mujeres que forman parte de los órganos legislativos y ejecutivos, especialmente en los cargos de mayor jerarquía. Se han realizado esfuerzos para abordar el problema, aprobando medidas especiales temporarias. Lamentablemente, en su tercer ejercicio, el Consejo Supremo de Ucrania ha rechazado una propuesta de que se estableciera, en los órganos integrados por elección popular, una cuota del 30% para mujeres. Sin embargo, en el proyecto de ley sobre igualdad de oportunidades para la mujer y el hombre, que pronto se presentará al Consejo Supremo recientemente elegido, se ha incorporado una disposición sobre cuotas electorales. Haciendo hincapié en que la subrepresentación de la mujer en la vida política es un obstáculo para su adelanto en otros campos, insta al Comité a que recomiende a su Gobierno que apruebe cuotas u otras medidas correctivas.

El derecho de los ciudadanos de Ucrania a la libertad de asociación está garantizado por el artículo 36 de la Constitución y no está sujeto a restricción alguna, excepción hecha de las disposiciones de la ley en materia de salvaguardia de la seguridad nacional y el orden público, o para proteger los derechos y las libertades ajenas. Por lo tanto, el Ministerio de Justicia no registrará ninguna organización pública cuyos estatutos se basen en premisas racistas, antisemitas o nacionalistas, o que prevean el establecimiento de cuerpos paramilitares.

Artículos 10 a 14

La Sra. Corti se manifiesta sorprendida de que el Ministerio de Salud no haya participado más en la preparación del informe y lamenta que en Ucrania las condiciones de salud sean tan deplorables, en especial las altas tasas de mortalidad materna e infantil y la malnutrición generalizada. Agradecería recibir información sobre las condiciones de los hospitales de Ucrania y la disponibilidad de medicamentos, en particular para las mujeres necesitadas. Es alarmante la cifra de mujeres que se someten a un aborto; efectivamente, el aborto es prácticamente un método anticonceptivo. Los recortes del presupuesto de salud son contrarios no sólo a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, sino también a todos los otros instrumentos de derechos humanos. La delegación debe describir el problema del alcoholismo en Ucrania, cualesquiera medidas adoptadas para controlar la epidemia del VIH/SIDA y las iniciativas más recientes adoptadas para reducir las radiaciones ocasionadas por el desastre de Chernobyl.

Aunque la delegación ha expuesto los aspectos fundamentales del próximo plan de acción de Ucrania para la mujer, no ha dado ningún indicio de cómo se ejecutaría ese plan. Es sorprendente que no se haya hecho mención alguna a la mujer de edad que, como la mujer joven, tiene necesidades especiales, en particular de salud. Pregunta si hay un sistema de seguridad social que ampare a la mujer de edad y si ésta puede subsistir con sus pensiones o magros ingresos.

Expresa preocupación por la falta de personal médico especializado en Ucrania. En el informe no se mencionan estudios para detectar el cáncer ni otras enfermedades a las que la mujer es especialmente proclive. También agradecería que se proporcionara información sobre las estructuras sanitarias en las zonas rurales. Espera que, en el futuro, el Estado parte dé mayor prioridad a la salud de la mujer y se guíe no sólo por el artículo 12 de la Convención, sino también por la recomendación general No. 24 del Comité relativa a la salud.

La Presidenta se hace eco de las preocupaciones de la Sra. Corti con respecto al artículo 12, en particular la elevada tasa de abortos que se practican en Ucrania. Parece como si en vez de procurar prevenir los embarazos no deseados, el Estado interviniera solamente después de consumados los hechos, para rectificar sus fallas. Las intervenciones quirúrgicas frecuentes tienen repercusiones negativas en la mujer, tanto físicas (sobre todo cuando desea tener hijos más adelante) como psicológicas, y constituyen una forma de discriminación, ya que los hombres no se someten a ningún tratamiento similar en lo que se refiere a su función reproductora. Pregunta si la mayoría de las mujeres que se someten a abortos son jóvenes o de mediana edad. El alto costo de los abortos en los hospitales obliga a las mujeres pobres a recurrir a abortos clandestinos y poner en peligro su salud. Recomienda enérgicamente que se realice una campaña de sensibilización para corregir la idea imperante sobre la planificación de la familia. Por encima de todo, los métodos anticonceptivos deben ser asequibles y aceptables socialmente.

La Sra. Feng Cui pregunta si es voluntaria u obligatoria la edad de jubilación que fija la Ley sobre Prestaciones del Régimen de Pensiones para la mujer y si las disposiciones se aplican a todas las profesiones, incluso a las trabajadoras de la salud y la educación, y las profesoras universitarias, o sólo a ciertas categorías de trabajadoras. También desea saber si las percepciones en las jubilaciones anticipadas son mayores que las de las pensiones corrientes, y cómo repercute la jubilación anticipada en la carrera de la mujer, ya reducida debido a las responsabilidades familiares. Algunas de las disposiciones relativas a la jubilación anticipada parecen contrarias a la Constitución de Ucrania, que garantiza la igualdad entre los géneros y en lo relativo a la edad. Se pregunta si las autoridades de Ucrania han previsto introducir algún cambio en esa Ley.

La Sra. Achmad comparte la preocupación de la Presidenta sobre la alta tasa de abortos de Ucrania. Como un gran número de mujeres viven en las zonas rurales, convendrá saber los resultados de las reformas agrarias mencionadas en el informe presentado en relación con el artículo 14, en especial en lo atinente a las condiciones de salud.

La Sra. Gaspard lamenta la falta de estadísticas sobre la educación de la mujer, en especial desglosadas por esfera de estudio, y de cifras sobre profesoras de enseñanza secundaria y universitaria. Pregunta si las jóvenes de las zonas rurales y urbanas tienen igual acceso a la educación universitaria y si el nivel de educación de las niñas es el mismo en todos los grupos étnicos. Será conveniente conocer la proporción de jóvenes de ambos sexos que se embarcan en la educación superior, para determinar si se orienta a las niñas hacia trabajos de menor remuneración, causa frecuente de discriminación contra la mujer en el mercado de trabajo. A pesar del número de mujeres con títulos universitarios, el hombre sigue predominando tanto en la esfera de la educación superior como en la adopción de decisiones a nivel universitario. Pregunta si las universidades ofrecen programas de estudios sobre la mujer.

También está preocupada por la edad de jubilación anticipada de la mujer, en particular teniendo en cuenta la situación demográfica de la República Autónoma de Crimea, con mayoría de población femenina. El que las mujeres no puedan subsistir con sus pensiones podrá afectar a la situación económica general de Crimea. Comparte la preocupación de otros miembros del Comité por la utilización del aborto como medio de planificación de la familia.

La Sra. Kapalata encomia las respuestas del Estado parte a la lista de cuestiones del artículo 12, a pesar de que no se ha arrojado luz sobre el problema del contagio del VIH/SIDA de madre a hijo. Espera que la delegación indique con franqueza si el problema existe en Ucrania y, si así fuera, qué medidas se han adoptado al respecto.

Comparte la preocupación de la Sra. Corti sobre la situación de la mujer de edad que sobrevive a su cónyuge y expresa la esperanza de que en el próximo informe periódico, en el contexto de los resultados de la Conferencia de Madrid sobre el Envejecimiento, se incluyan más detalles sobre las políticas y los programas establecidos para la mujer de edad.

La Sra. Livingstone Raday dice que el desacuerdo del Estado parte con el Comité sobre la protección de la mujer que trabaja puede tener su origen en un malentendido. Debe protegerse a las embarazadas y las madres lactantes para evitar que la mujer quede en desventaja en otros aspectos. Por ejemplo, si es el empleador quien sufraga la licencia de maternidad de 140 días y no el sistema nacional de seguridad, los empleadores serán reacios a contratar a mujeres en edad reproductiva para no incrementar los costos de la mano de obra. Se congratula de que el Estado parte haya tomado la iniciativa de establecer que la atención y la crianza de los hijos son un derecho y una responsabilidad de los padres.

Parecería que el Gobierno no tiene plena conciencia de la necesidad no sólo de proteger a la embarazada del posible despido de su trabajo sino también de preservar su derecho a iguales condiciones de trabajo, igual capacitación y oportunidades de ascenso, así como igual remuneración por un trabajo de igual valor. Por ejemplo, en el informe se indica que la mujer no está aprovechando las oportunidades de mejorar sus calificaciones, pero no se mencionan medidas para ayudar a las madres, en particular a las solteras, a asistir a cursos de formación.

La Sra. Saiga comparte las preocupaciones de la Presidenta con respecto al aborto en Ucrania. Observando que, en la actual situación económica, las mujeres están dispuestas a aceptar prácticamente cualquier trabajo, incluso los que suponen riesgos, pregunta si el Gobierno ofrece préstamos a bajo interés o subsidios a los empleadores para mejorar las condiciones de trabajo. Hace suyos todos los comentarios formulados por otros miembros del Comité.

La Sra. Acar se pregunta si se ha llevado a cabo algún estudio sobre cómo ha repercutido la “protección” de la mujer, evitando que trabaje en determinados sectores, en particular teniendo en cuenta que las mujeres representan la mayoría de la población desempleada y ganan menos que los hombres. Agradecería que le aclararan la frase: “Está categóricamente prohibido aceptar a mujeres para puestos vacantes”, que figura en la página 22 de las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas (CEDAW/PSWG/2002/II/ CRP.2/Add.3). Se pregunta si las cifras nacionales de desempleo incluyen a quienes no están buscando activamente empleo (como las amas de casa) y agradecería que se informara del porcentaje de amas de casa que hay en Ucrania y de las tendencias que presenta este grupo.

La Sra. Dovzhenko (Ucrania) dice que en los futuros informes se aclararán más las condiciones sanitarias de la mujer en Ucrania, que es tema de gran preocupación para su Gobierno. En los últimos cinco años, Ucrania ha adoptado una serie de medidas para reducir la mortalidad materna e infantil; ha establecido, en cada centro regional, clínicas de atención perinatal y centros preventivos médicos y de diagnóstico para las mujeres que quieren quedar embarazadas, así como unidades especialmente equipadas, en los hospitales pediátricos, para los niños con enfermedades congénitas. Las embarazadas tienen derecho, por ley, a recibir atención médica sin cargo y a medicamentos de venta con receta. Además, la mujeres víctimas del accidente de la planta nuclear de Chernobyl que desean formar una familia reciben suplementos vitamínicos, ayuda alimentaria y otros tratamientos dirigidos a mejorar sus condiciones generales de salud.

Aunque los gastos del Gobierno en atención de la salud han aumentado en los últimos tres años, siguen siendo demasiado reducidos. Naturalmente, el nivel de gasto depende de la situación económica. Le complace saber que en 1999 comenzó un período de estabilización y que en 2000 y 2001 ha habido un crecimiento importante. El establecimiento de un sistema de seguro de salud es una prioridad para su Gobierno, que tiene intenciones de presentar un proyecto de ley sobre salud y seguridad social al nuevo Parlamento.

Lamentablemente, la tasa de infección por VIH ha aumentado en el pasado año: el 25% de los infectados son mujeres, lo que ha impulsado al Gobierno a intensificar los esfuerzos para educar a la población sobre la enfermedad, entre otras cosas estableciendo una línea telefónica confidencial atendida por sociólogos, psicólogos, y médicos. También está tomando medidas para impedir la propagación de la tuberculosis.

Cerca de una tercera parte de la población de Ucrania vive en zonas rurales y recibe atención médica en ambulatorios. Debido a las limitaciones presupuestarias, el nivel de atención está lejos de ser satisfactorio y faltan especialistas. Actualmente, el Ministerio de Salud está procurando abordar esos problemas en cooperación con los consejos locales.

El accidente de la planta nuclear de Chernobyl ha tenido efectos devastadores para la salud de unos 3 millones de adultos y 1.260.000 niños. En el último año, se ha duplicado la tasa de morbilidad entre los niños víctimas del accidente de Chernobyl, y la incidencia del cáncer ha aumentado por un factor de 3,5. Su Gobierno ha adoptado una serie de medidas para hacer frente a las consecuencias de ese accidente, entre ellas el establecimiento de un Ministerio para Situaciones de Emergencia y para poner remedio a las consecuencias del Accidente de Chernobyl, mientras que el Parlamento ha promulgado una ley denominada “Ley relativa a la prestación de asistencia a las víctimas del accidente de Chernobyl”.

Aunque el elevado índice de abortos sigue siendo inaceptable, ya no puede decirse que, en Ucrania, el aborto se considere un método de planificación de la familia. El número de abortos por año ha descendido de más de 1 millón a comienzos del decenio de 1990 a 434.000 en 2000, debido a los permanentes esfuerzos del Gobierno no sólo para educar a la mujer sobre el control de la natalidad sino también para mejorar el acceso a los anticonceptivos. Actualmente, las tasas de uso de anticonceptivos entre las mujeres de zonas urbanas y rurales son del 74% y el 67%, respectivamente. De acuerdo con los datos de 2000, se han sometido a un aborto 346.000 mujeres de 20 a 34 años de edad, 77.000 de 35 años o más, 10.000 de 15 a 19 años y 190 de hasta 14 años.

La Ley sobre Prestaciones del Régimen de Pensiones simplemente establece la edad en que se adquiere el derecho a una pensión; la mujer no está obligada a jubilarse a los 55 años. Su Gobierno ha preparado un nuevo proyecto de ley sobre estas prestaciones, que prevé un sistema de pensiones tripartito, que aúne las pensiones del Estado, las profesionales y las privadas.

Más del 50% de los estudiantes de educación superior son mujeres. Las oportunidades de empleo en puestos administrativos de que disponen las mujeres se ven limitadas en razón de su menor acceso a educación secundaria. Se dictó un decreto presidencial para ofrecer apoyo adicional a los niños a fin de que accedan a una educación superior. Aproximadamente el 80% de las mujeres han cursado estudios secundarios o universitarios y hay muchas profesoras en los institutos de educación superior y las universidades. Sin embargo, son muy pocas las decanas y rectoras.

Aún hay casos de contagio del VIH de madre a hijo, pese a los ingentes esfuerzos desplegados por el Estado para impedir las infecciones. En 1991 se aprobó una ley encaminada a prevenir el VIH mediante el apoyo y la asistencia del Estado a las personas seropositivas, incluidos los niños infectados por el VIH. Se ha hecho todo lo posible por educar al público sobre la prevención. También se han dedicado programas de prevención a los consumidores de drogas y los drogadictos, ya que en la mayoría de los casos, el VIH se contagia al compartir jeringuillas los consumidores de drogas.

La licencia de maternidad se otorga antes y después del parto y corre por cuenta del empleador o de los sistemas de seguro. Se ha aprobado una nueva ley que exige que todos los empleadores contribuyan a los planes de seguros de sus empleados. Sobre la cuestión de la discriminación en la contratación, las leyes laborales disponen sanciones administrativas y penales para los empleadores que despiden a embarazadas, madres de niños menores de 6 años, madres solteras con hijos de hasta 14 años y madres de personas con discapacidad. Las mujeres, con su carga de trabajo adicional como madres, suelen carecer del tiempo necesario para recibir capacitación. Para abordar el problema, se están ofreciendo a la mujer opciones como los horarios flexibles, los trabajos de dedicación parcial, el trabajo desde la casa, los cursos por correspondencia y opciones de otro tipo.

Con respecto a las condiciones de trabajo, las restricciones al trabajo de la mujer y el desempleo, señala que la economía de Ucrania está experimentado una transformación sustancial en la medida en que pasa de ser una economía administrativa a otra de mercado. Como parte del proceso de privatización, el Estado concertó acuerdos con nuevos propietarios de empresas, a quienes exige que inviertan fondos para mejorar las condiciones de trabajo e impone sanciones por incumplimiento. El Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales tiene un departamento que se ocupa de la protección laboral e impone sanciones a los empleadores que no mejoran las condiciones de trabajo. La lista de restricciones al trabajo de la mujer se examina periódicamente, tomando como base en qué medida están mejorando las condiciones de trabajo en sectores de producción específicos. No se permite trabajar a la mujer en condiciones de extremo peligro o en situaciones que podrían poner en riesgo su salud o privarla de la posibilidad de tener hijos. A medida que mejoren las condiciones, la lista se revisará y la mujer tendrá la posibilidad, si lo desea, de asumir cualquier tipo de trabajo. No se ha realizado ningún estudio sobre la actitud de la mujer en relación con esas medidas de protección, pero en los programas futuros se tendrán en cuenta los estudios sobre la mujer y los jóvenes que realiza actualmente el Instituto Estatal para los Problemas de la Familia y la Juventud.

La oradora dice que no comprendió la pregunta sobre los puestos vacantes y, por consiguiente, no puede contestarla. Con respecto al desempleo, señala que hay oficinas estatales de empleo en diferentes ámbitos y regiones, cuyo principal propósito es registrar a las personas desempleadas y ayudarlas a mejorar su capacitación y a conseguir empleo. Aproximadamente el 90% de las mujeres están empleadas o estudiando, por lo cual hay menos amas de casa a tiempo completo. Si una mujer tiene problemas para encontrar empleo, puede pedir ayuda a una oficina de empleo.

Con respecto a la situación de las mujeres de edad y en zonas rurales, observa que entre la población pobre hay numerosas mujeres de edad, muchas de las cuales viven solas, debido en parte a la mayor longevidad de la mujer con respecto al hombre, y al hecho de que durante el período soviético, muchas mujeres que vivían en pueblos no cotizaron lo suficiente ni trabajaron el tiempo necesario para tener derecho a una pensión. Sin embargo, el Estado entrega a todas una pensión mínima. Recientemente, el Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales ha puesto en marcha una serie de programas sociales para las personas de edad, hombres y mujeres, por los que ofrece ayuda financiera, psicológica y de otro tipo en todo el país. Personas de edad y jubilados, mujeres y hombres, tienen los mismos derechos a recibir una pensión. El Estado ha logrado liquidar su deuda con los pensionistas y aumentó las pensiones en un 15% en los dos últimos años. Es de esperar que el nuevo Soviet Supremo promulgue una ley de pensiones que permita al hombre y la mujer planificar su jubilación con suficiente antelación.

Refiriéndose a la mujer del medio rural, dice que la reforma agraria de 2001 se condicionó a la culminación de la reforma económica en el área rural. Todas las antiguas granjas colectivas se han transformado en empresas agrícolas y la tierra se ha dividido entre la población rural. En 2001, el país ya producía una cosecha récord de más de 14 millones de toneladas de cereal; la meta actual es producir una tonelada de cereal por habitante y mejorar también la producción de otros alimentos. Gracias a las reformas económicas del sector agrícola y las industrias de procesamiento, Ucrania importa sólo un 4% de los alimentos que consume. Es necesario tomar otras medidas para producir alimentos infantiles. Lamentablemente, las reformas económicas llevadas a cabo en las zonas rurales no se han traducido en reformas sociales; sin embargo, recientemente el Presidente firmó un decreto por el que se disponen reformas sociales en las zonas rurales. Como parte de la reforma económica, las mujeres granjeras han organizado la Unión de Mujeres del Campo de Ucrania. También se formó una asociación de expertas y científicas del sector agrícola. Se establecieron centros de información que ayudan a educar a la mujer sobre el cultivo de la tierra y el establecimiento de pequeñas empresas en los pueblos y las zonas rurales. Con el apoyo del Comité Estatal para la Familia y la Juventud, y de diversas organizaciones internacionales, mujeres rurales están constituyendo cajas de ahorro y crédito, que les permiten financiarse colectivamente y establecer pequeñas empresas. Sin embargo, la situación de la mujer de las zonas rurales deja mucho que desear. Su oficina está trabajando con el Ministerio de Políticas Agrarias en diversos programas encaminados a mejorar la situación de la mujer rural.

El alcoholismo y el tabaquismo son menos frecuentes en la mujer que en el hombre, aunque según los estudios más recientes, las mujeres jóvenes y las niñas están comenzando a fumar. El alcoholismo en Ucrania no representa una amenaza para la salud ni para la capacidad reproductora de la mujer, aunque es necesario prestar más atención a los programas de prevención.

Artículo 16

La Sra. Kapalata pide a la representante de Ucrania que se explaye sobre su anterior referencia al procedimiento y condiciones para cerrar un contrato de matrimonio. Señala, como hecho positivo, la declaración que figura en la página 8 del informe de Ucrania (CEDAW/C/UKR/4-5), de que se garantiza que la mujer pueda ejercer esos derechos dándole las mismas oportunidades que al hombre. Es importante destacar que los derechos de la mujer no deben ser relegados a la esfera teórica, sino que deben aplicarse en la práctica.

La Sra. Kwaku pregunta si el Código del Matrimonio y la Familia de Ucrania también se aplica a las minorías étnicas, lingüísticas y religiosas del país. Pregunta además si hay otros códigos para las minorías étnicas y, de ser así, si ha sido difícil hacerlos cumplir.

La Sra. Açar opina, refiriéndose al artículo 16 de la Convención, que es alentador que en Ucrania la violación en el matrimonio esté tipificada como delito. Pregunta si efectivamente se han sometido a la justicia casos de violación en el matrimonio. También desea saber cómo ha repercutido el nuevo tribunal de la familia en los derechos de propiedad de los cónyuges durante el matrimonio y después de la disolución del vínculo, especialmente en el caso de la mujer casada que realiza negocios privados. Pregunta además si hay discriminación contra la mujer y, si así fuera, qué medidas se están estudiando para mejorar la situación.

La Sra. Raday pide aclaraciones sobre la prohibición de la trata. Pregunta si la prohibición se aplica a la trata en el país o solamente a la que se realiza a través de las fronteras internacionales. Debe felicitarse a Ucrania por hacer frente al problema a pesar de las limitaciones económicas y los desastres sanitarios que ha sufrido el país.

La Sra. Achmad observa que no se pidió a las organizaciones no gubernamentales que formulasen comentarios sino después de que el informe estuvo concluido. Sería preferible que las organizaciones no gubernamentales participaran en el proceso desde el mismo inicio.

La Sra. Dovzhenko responde que el artículo 7 del Código del Matrimonio y la Familia contempla iguales derechos y obligaciones para el hombre y la mujer, y les asegura igual protección ante la ley, sin limitaciones por motivos de raza, color de la piel, sexo, ideas políticas o religiosas, origen étnico o social, situación material, lugar de residencia o idioma. El Código de la Familia también dispone que el hombre y la mujer que van a unirse en matrimonio celebren contratos prematrimoniales, aunque su utilización no está generalizada.

En relación con la protección de los derechos de propiedad de la mujer, dice que, según el artículo 52, el hombre y la mujer tienen iguales derechos a su desarrollo físico e intelectual, a la educación, a su propia realización, al trabajo y al esparcimiento. Una mujer que se une en matrimonio sigue siendo independiente en todas las cuestiones relativas a su educación y su trabajo. En el artículo 57 se garantizan iguales derechos para el hombre y la mujer en relación con los bienes adquiridos en común durante el matrimonio. No dispone de estadísticas sobre los juicios por violación en el matrimonio, pero puede garantizar a los miembros del Comité que casos de este tipo se han llevado ante la justicia. La trata de mujeres y niños es un delito punible, independientemente de que se cometiera en Ucrania o en el extranjero.

Se levanta la sesión a las 17.05 horas.