28° período de sesiones

Acta resumida de la 616ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el lunes 7 de julio de 2003 a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Açar

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Respuestas de la representante del Gobierno del Brasil

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Por invitación de la Presidenta, la Sra. Fernandes y la Sra. Ribeiro (Brasil) toman asiento como participantes a la mesa del Comité.

Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Respuestas de la representante del Gobierno del Brasil

La Sra. Fernandes (Brasil) dice que los informes periódicos combinados inicial, segundo, tercero, cuarto y quinto del Brasil han sido el fruto de la colaboración entre el Gobierno del país, movimientos de mujeres y organizaciones feministas. El ex Presidente del país los presentó a la opinión pública en una ceremonia a la que asistieron miembros de la judicatura, del Congreso Nacional, del gabinete, de organizaciones de derechos humanos y de organizaciones feministas, así como diplomáticos. Se han distribuido por todo el país por conducto de las oficinas de información pública del Estado y se ha preparado una publicación separada, titulada “Los derechos humanos de la mujer … En otras palabras”, para dar a las mujeres información sencilla y accesible acerca de sus derechos en virtud de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, su protocolo facultativo y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará). Tras el examen de los informes, se dará publicidad a las observaciones finales y recomendaciones del Comité, especialmente a los movimientos de mujeres y los poderes legislativo y judicial y en todos los niveles del Gobierno.

El programa Hambre Cero del Brasil se centra en el derecho a la nutrición, abordando la base estructural del hambre y la gestión participativa. Sus objetivos consisten en crear empleo y generar ingresos, especialmente en los pueblos pequeños y las zonas rurales. Las medidas destinadas específicamente a las mujeres apuntan a luchar contra la malnutrición y la mortalidad materna e infantil, mejorar la educación sanitaria, resolver el problema de los embarazos en la adolescencia y fomentar la lactancia materna.

La Secretaría Especial de Políticas para la Mujer y el Consejo Nacional de los Derechos de la Mujer (CNDM) asesoran al Presidente sobre la política para la mujer, elaboran programas con una perspectiva de género, supervisan la aplicación de leyes y reglamentos de acción afirmativa y tratan de atender a las necesidades de todas las mujeres del país: las mujeres negras e indígenas, las trabajadoras urbanas y rurales, las mujeres cabeza de familia, las lesbianas, las jóvenes, las viejas, las mujeres con dificultades de empleo o las mujeres con sus derechos laborales amenazados.

Los representantes del Brasil dicen que comprenden el temor del Comité por el uso en los informes del Brasil del término “equity”, que se suele utilizar para calificar o debilitar el principio fundamental de la Convención de la igualdad entre hombres y mujeres y, por consiguiente, debilitar todo el sistema de protección de los derechos humanos. Las tradiciones cultural y legislativa del Brasil se remontan a los romanos y la interpretación del término “equity” en el país no es restrictiva, sino todo lo contrario: se trata de ir más allá de la igualdad formal y considerar la igualdad sustantiva o material. El objetivo del Gobierno es que los hombres y las mujeres disfruten plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, incluido el derecho al desarrollo.

La creación de la Secretaría Especial de Políticas de Promoción de la Igualdad Racial supuso el reconocimiento de la desigualdad social y racial, que estaba profundamente enraizada e institucionalizada y privaba a la población negra e indígena del país del acceso a sus derechos como ciudadanos, así como a bienes y servicios. El 44,6% de los 169 millones de brasileños son de origen africano. Las mujeres negras ascienden a más de 36 millones, es decir, el 44% de las mujeres del país.

Las mujeres negras sufren una doble discriminación, el racismo y el sexismo, y la Secretaría Especial las tiene especialmente en cuenta en su lucha contra la feminización de la pobreza. Se les ofrece capacitación para que puedan acceder con mayor facilidad al mercado laboral estructurado y se han organizado en su beneficio clases de alfabetización de adultos y de ciudadanía. Además, las mujeres negras ganan un 55% menos que las demás mujeres y el 60% de las empleadas domesticas son negras. Este es un grupo especialmente vulnerable, debido a la falta de regulación, el riesgo de acoso y violencia a manos de los empleadores, las largas jornadas laborales y los bajos salarios.

La Secretaría Especial de Políticas de Promoción de la Igualdad Racial tiene la categoría de ministerio y asesora directamente al Presidente en materia de política. Sus funciones son salvaguardar la igualdad y los derechos individuales de los grupos raciales y étnicos víctimas de la discriminación, supervisar la política de todos los ministerios y demás organismos oficiales y velar por la aplicación de los acuerdos y las convenciones internacionales ratificados por el Brasil. Reviste de especial interés la regularización de la tenencia de la tierra de los Quilombos (antiguos esclavos fugitivos). La Constitución federal de 1988 les dio el derecho a la plena propiedad de sus tierras tradicionales, pero todavía no se han redactado las escrituras.

Las mujeres negras están predispuestas a determinadas enfermedades de origen genético o adquirido. El Ministerio de Salud ha adoptado medidas para que el registro de la raza o del color en el Sistema Único de Salud (SUS) sea obligatorio a fin de promover la política nacional de salud en favor de la población negra, ha acelerado la aplicación del Programa de asistencia integral a la salud de la mujer para tener en cuenta la combinación raza/género y ha alentado a los centros universitarios de formación e investigación a que estudien las enfermedades que afectan en particular a la población negra.

Refiriéndose a la situación de la educación, la oradora señala que las tasas de alfabetización y de escolarización son del 90% y del 78% para las mujeres blancas y del 83% y del 76% para las mujeres negras, respectivamente. No obstante, la tasa de ingreso en la universidad de las mujeres negras ha aumentado tres veces más que la de las mujeres blancas en el período comprendido entre 1960 y 1980. Para lograr que las mujeres negras participen en todos los niveles de la educación es necesario revisar los planes de estudios; formar maestros; ofrecer cursos de alfabetización; asegurarse de la calidad de la educación y de la utilización de metodologías de enseñanza interétnicas, interraciales y no sexistas y garantizar la igualdad de oportunidades y de trato en la financiación de la investigación. La vulneración de derechos humanos causa graves daños psicológicos y sociales a la mujer negra. Por consiguiente, hay que desarrollar un programa para erradicar la violencia por motivos de género y de raza y construir un país sin racismo, sexismo o fundamentalismo.

Como país con la segunda población negra más numerosa del mundo, el Brasil debería aplicar una política exterior que hiciera hincapié en la soberanía de otros pueblos y en la solidaridad con ellos, en particular los de la diáspora africana. La Secretaría Especial ha de supervisar la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Plataforma de Acción y la Declaración Política de Beijing y la Declaración y el Programa de Acción de Durban. Además, debe seguir capacitando a los funcionarios públicos para que sean conscientes de los problemas raciales y fomenten la igualdad racial. Para ello se adoptarán políticas de acción afirmativas respecto de la raza, la clase y el género. En su primer año de existencia, la Secretaría Especial se centrará en el diálogo con otros organismos públicos a nivel federal, estatal y municipal y con la sociedad civil, en particular con el movimiento antirracista, así como en la cooperación internacional. Asimismo, formulará normas en colaboración con la Secretaría Especial de Políticas para la Mujer.

La Sra. Barsted (Brasil) explica que los 26 Estados del Brasil, el Distrito Federal y los municipios son autónomos y están facultados para promulgar constituciones y leyes que no entren en conflicto con las de la Federación, vinculantes para todos los ciudadanos. Las reservas del Brasil con respecto de la Convención se retiraron implícitamente con la aprobación de la Constitución de 1988, por la que la Convención, y ahora su protocolo facultativo, forman parte integrante de la legislación federal del Brasil. El Gobierno Federal tiene jurisdicción exclusiva en cuestiones penales, civiles, laborales, electorales, de procedimiento, agrarios, de nacionalidad, de ciudadanía, de naturalización, indígenas y de comunicación, todos los cuales son fundamentales para la mujer. Tiene jurisdicción compartida en cuestiones fiscales, financieras, correccionales, económicas, presupuestarias, ambientales, educativas, sanitarias, de discapacidad y del niño y del adolescente, que tienen también gran importancia para la mujer. No obstante, en caso de conflicto, la legislación federal prevalece sobre la estatal.

El Gobierno actual ha incluido iniciativas de incorporación de las cuestiones de género, raciales y étnicas en sus acuerdos con los Estados en el marco del Programa Nacional de Seguridad Pública. Los Estados que deciden participar en ese Programa reciben fondos públicos para erradicar la violencia, incluidos el acoso sexual y la violencia doméstica.

La Constitución de 1988 dio al Ministerio Público y a la Procuraduría General autonomía funcional e independencia administrativa de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. El Ministerio Público se encarga de defender los derechos de los pueblos indígenas ante los tribunales y de supervisar las actividades de la policía. El diálogo entre la Secretaría Especial de Políticas para la Mujer y el Ministerio Público es esencial para supervisar y examinar la aplicación de la legislación que garantiza los derechos de la mujer.

El párrafo 2 del artículo 5 de la Constitución reconoce que los derechos y salvaguardias en ella consagrados no excluyen otros derechos y salvaguardias derivados de los tratados internacionales en que el Brasil sea Parte. Un número cada vez mayor de juristas considera que dichos instrumentos tienen un rango igual o superior al de la Constitución y se aplican automáticamente, mientras que la mayoría de los expertos considera que su rango es el mismo que el del resto de la legislación federal. Esta última opinión es la que predomina en los tribunales. Hay que tratar de que los jueces y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cobren conciencia de la necesidad de modificar su interpretación de la naturaleza jurídica de los instrumentos internacionales.

La Constitución dispone que los casos de amenaza contra la vida se deben juzgar ante un jurado de ciudadanos. Un tribunal superior puede anular su veredicto, pero sólo si es contrario a la ley. El hecho de que el cónyuge, el compañero o un pariente de la víctima sea el autor del delito es una circunstancia agravante. Por consiguiente, la violencia doméstica, oficialmente, está penada con más severidad que la violencia ordinaria. En la práctica, no obstante, la cultura sexista del Brasil trivializa la violencia doméstica y, en algunas circunstancias, incluso casos de homicidio quedan impunes. En 1991, el Tribunal Superior de Justicia anuló el veredicto de un jurado que había absuelto, por motivos de “defensa legítima del honor”, a un hombre acusado de asesinar a su ex mujer. El Tribunal dictaminó que el veredicto no tenía fundamento jurídico y demostró que se había basado en un concepto erróneo del poder del hombre sobre la mujer. No obstante, no pudo anular un veredicto similar de un jurado en esa misma ciudad. Aunque el argumento de la defensa del “honor” ya no se utilice en las ciudades brasileñas, debido a la presión del movimiento feminista, los abogados de poblaciones remotas siguen usándolo para influir sobre los jurados, que son susceptibles a los prejuicios y las actitudes discriminatorias. Por lo tanto, no basta con educar a los jueces, los abogados y los estudiantes de derecho, sino que también es necesario efectuar campañas en los medios de comunicación para cambiar la opinión pública y hacer que se cobre más conciencia de los instrumentos internacionales de derechos humanos y los derechos de la mujer.

El Código Penal del Brasil, aunque fue enmendado en 1984, todavía permite que los agresores sexuales se libren de la pena casándose con sus víctimas y hace ilícito el aborto, salvo en casos de peligro mortal para la madre o de violación. Un proyecto de enmienda del Código, que está siendo objeto de examen en el Congreso, eliminaría esas disposiciones discriminatorias y permitiría la interrupción voluntaria del embarazo en una serie más amplia de circunstancias. De conformidad con la Ley No. 9.099, los autores convictos de violencia doméstica son condenados a una mera multa o a servicio comunitario, lo cual suele trivializar tales delitos y disuade a las víctimas de denunciarlos. La Secretaría Especial de Políticas para la Mujer tiene la intención de presentar al Congreso un proyecto de ley sobre la violencia doméstica, preparado casi en su totalidad por organizaciones de mujeres, que dejaría esos casos fuera de la jurisdicción de los tribunales especiales civil y penal. El proyecto incluye penas para los autores de los delitos y medidas civiles y de salvaguardia para sus víctimas, y está concebido para proteger los derechos de la mujer y educar a la judicatura. La Ley No. 10.224 define el acoso sexual como el hecho de abusar de la superioridad del cargo, de la posición o de la función para obligar a otra persona a prestar favores sexuales. El delito comporta una pena de uno a dos años de prisión. Con objeto de introducir tales modificaciones en la legislación nacional del Brasil, la Secretaría Especial colabora continuamente con el poder legislativo y, en particular, con la Delegación de Mujeres en el Congreso.

La Sra. Cortês (Brasil) señala que el nuevo Código Civil, que entró en vigor en enero de 2003, ha eliminado la mayoría de las disposiciones jurídicas que todavía fomentaban la desigualdad de género. De hecho, muchas leyes discriminatorias sobre el matrimonio, el divorcio, la pensión alimenticia y la determinación de la paternidad ya se han abrogado bajo la presión del movimiento feminista.

Según el nuevo Código, tanto los hombres como las mujeres alcanzan la mayoría de edad a los 18 años y se pueden casar a los 16 años con el consentimiento de los padres o tutores y, en relación con una disposición sexista del Código Penal, incluso antes, si un agresor desea casarse con su víctima para librarse de sanciones penales o cuando la niña está embarazada. En virtud del Código, la custodia de los hijos de un matrimonio sólo es obligatoria para el padre. No se ha modificado la norma arcaica por la que una mujer no se puede volver a casar hasta que no hayan transcurrido 10 meses desde la fecha en que enviudó o se divorció, a pesar de que existe la posibilidad de someterse gratuitamente a pruebas de la paternidad.

Un matrimonio puede adoptar el apellido de cualquiera de los cónyuges y las mujeres divorciadas pueden conservar sus apellidos de casadas, a no ser que se disponga lo contrario en la sentencia de divorcio. En los casos de separación legal, el cónyuge culpable pierde el derecho a conservar el apellido si el cónyuge inocente así lo solicita y si el cambio de apellido no causa problemas de identificación ni crea una distinción entre el apellido del progenitor y el del niño nacido dentro de matrimonio. Como la mujer casada suele adoptar el apellido del marido, lo más probable es que esa disposición la afecte. Cuando una pareja se divorcia, la custodia de los niños se concede al progenitor que esté en mejores condiciones de hacerse cargo. Si uno de los progenitores carece de recursos, el otro debe pagar la pensión alimenticia. De lo contrario, cada uno de los progenitores ha de sufragar los gastos del niño de forma proporcional a sus recursos. Los niños adoptados y los nacidos fuera del matrimonio tienen los mismos derechos que los nacidos dentro de matrimonio.

La Secretaría Especial de Políticas para la Mujer y la Delegación de Mujeres del Congreso tienen la intención de proponer enmiendas al resto de las disposiciones discriminatorias del nuevo Código Civil, incluidas las que afectan a las uniones homosexuales.

La Sra. Malheiros (Brasil) dice que la acción afirmativa, incluidas las cuotas, está ganando terreno en el Brasil. Las cuotas se utilizan en algunos ministerios, en elecciones municipales, estatales y federales y en algunos partidos políticos, sindicatos, universidades y empresas. Los grupos de población para los que se fijaron cuotas son los discapacitados, las mujeres y las personas con ascendencia africana.

En 2003, cinco de los 27 partidos políticos registrados, incluido el Partido de los Trabajadores, del que es miembro el Presidente de la República, habían fijado cuotas para mujeres en sus órganos ejecutivos o adoptado algún otro tipo de acción afirmativa a fin de aumentar su participación. Unos 14 partidos incluían a grupos estatales y nacionales de mujeres encargados de incorporar una perspectiva de género y dar mayor poder a la mujer. Se ofrecen cursos de capacitación para mujeres interesadas en presentarse a elecciones.

En 1995, se fijó por ley federal una cuota mínima de candidatas en las elecciones municipales del 20%. En 1997, la cuota había aumentado a un mínimo del 30% y un máximo del 70% y se había extendido a todas las elecciones estatales y federales.

En el Brasil se vota principalmente por un candidato. Se suman todos los votos en favor de todos los candidatos de un partido determinado y el resultado corresponde a un porcentaje del voto total, cifra conocida como “factor electoral”. Si un partido logra, por ejemplo, 10 veces ese factor, sus 10 candidatos más votados resultarán elegidos. Ese sistema también puede tener como consecuencia que no se elija a una candidata, a pesar de haber obtenido un resultado muy bueno, porque el “factor electoral” de su partido era bajo.

Además de esas dificultades, la aplicación de una política de cuotas en el Brasil encuentra también resistencia en los partidos políticos y muchas mujeres son reacias a participar en política porque están acostumbradas a una cultura que les ha negado el acceso. A pesar de esas dificultades y aunque el número de mujeres elegidas no haya aumentado significativamente como consecuencia de la política actual, la evaluación general del sistema de cuotas es favorable y ha producido un incremento del número de candidatas a todos los niveles del Gobierno, a pesar de que dicho aumento no se refleje directamente en el número de mujeres elegidas. En la actualidad, 42 de los 513 miembros de la Cámara de Representantes son mujeres, al igual que 133 de los 1.059 representantes de las 27 asambleas estatales son mujeres, hay 317 alcaldesas en los 5.516 municipios y 7.000 de los 60.000 representantes, aproximadamente, de los concejos municipales son mujeres. La tendencia es claramente favorable si se comparan esos resultados con las cifras de 1985, cuando la participación política de las mujeres era significativamente inferior.

Otro aspecto positivo de la política de cuotas es que alienta a los partidos políticos, a la sociedad civil y a las propias mujeres a reconocer que el poder político en el Brasil está todavía en manos de hombres y blancos y que son los hombres los que siguen pensando y formulando las leyes y los presupuestos. Es evidente que el Gobierno ha de perfeccionar la legislación en vigor y adoptar otras medidas e instrumentos para que los partidos políticos utilicen el sistema de cuotas y alienten la participación de las mujeres en todas las esferas políticas. Habrá que imponer sanciones legales para obligar a los partidos a cumplir las cuotas mínimas y máximas de género y, en la actualidad, el Congreso Nacional está examinando propuestas en ese sentido.

Las diferentes propuestas que se han presentado para aumentar la representación de la mujer en la política comprenden campañas del comité de mujeres en el Congreso Nacional, de las organizaciones feministas y de los consejos de los derechos de la mujer para alentar a las mujeres a participar en política y presentarse a las elecciones para cargos de gobierno. En las campañas se utilizan la radiodifusión, los vídeos, las publicaciones y las actividades de capacitación. La Secretaría Especial de Políticas para la Mujer está organizando un seminario nacional sobre la mujer en la política para la segunda mitad de 2003, con objeto de concebir estrategias para apoyar a las candidatas en las elecciones municipales de 2004.

Por iniciativa de grupos de mujeres y movimientos feministas, se han dado a conocer otras propuestas de cuotas en la sociedad brasileña, incluida una para aumentar la representación de las mujeres en la judicatura. En un proyecto de ley en proceso de examen se propone que la Cámara de Representantes cambie su reglamento para aplicar el sistema de cuotas de género a su Mesa.

La política de cuotas tiene en cuenta la raza desde hace muy poco tiempo. Una serie de propuestas presentadas al Congreso Nacional sugieren la adopción de cuotas políticas para las personas de ascendencia africana y algunas universidades públicas ya han adoptado una política semejante. Ya se ha aumentado la participación de las mujeres negras en el Gobierno: tres de las cinco ministras son negras. También hay cuotas en las zonas rurales, donde se está capacitando a funcionarios para que tomen en consideración la perspectiva de género. Hasta 2001, sólo el 12% de quienes habían recibido títulos de propiedad en el marco de la reforma agraria eran mujeres.

Uno de los objetivos a corto plazo de la Secretaría Especial de Políticas para la Mujer es evaluar la eficacia de las medidas adoptadas hasta la fecha. El Gobierno está decidido a fomentar la aplicación de las cuotas y de otros mecanismos de acción afirmativa para dar a las mujeres la oportunidad de llegar a puestos superiores de adopción de decisiones en el poder ejecutivo en condiciones de igualdad con los hombres.

Todavía no se ha efectuado un estudio exhaustivo de la participación de la mujer en la carrera diplomática. El porcentaje de mujeres en el servicio diplomático del Brasil aumentó del 12,87% en 1981 al 18,08% en 2002 y, de esta última cifra, el 48%, aproximadamente, se concentraba en niveles intermedios como los de Primera Secretaria y Consejera. De los candidatos admitidos al servicio diplomático cada año, entre el 20% y el 30% son mujeres. Ese porcentaje en gran parte se mantiene hasta el rango de Consejero, pero baja significativamente en los puestos diplomáticos más altos y sólo ocho de los 98 embajadores son mujeres. El Gobierno trata de rectificar esa situación organizando una serie de seminarios en la Academia Diplomática del Brasil sobre carreras para la mujer y una mesa redonda sobre la mujer en la diplomacia, con la participación de embajadoras de varios países.

Las actitudes subjetivas son sin duda un serio obstáculo para el ascenso de la mujer en la carrera diplomática. El hecho de que el comité que decide los ascensos esté compuesto exclusivamente de hombres tiene una influencia directa en la situación. Con objeto de contrarrestarla, el actual Ministro de Relaciones Exteriores ha nombrado a una embajadora para que ocupe el cargo de Subsecretaria de Asuntos Políticos, el cargo más alto ocupado por una mujer en el servicio exterior del Brasil en los últimos años y que la convierte en miembro del comité de ascensos.

La Sra. Viola (Brasil) dice que la Constitución Federal reconoce los derechos de hombres y mujeres a la asistencia sanitaria y a la planificación familiar y que el Estado es responsable del disfrute de esos derechos. El derecho a la planificación familiar se reguló en 1996 mediante la legislación federal que introdujo el concepto de la salud integral de la mujer a lo largo de su vida y garantizó el acceso a métodos anticonceptivos reversibles. También reconoció el derecho a la ligazón de trompas y la vasectomía y protege a ambos sexos del engaño o la coerción en relación con la esterilización.

La salud de la mujer en el Brasil revela la distancia entre la salvaguardia legal del derecho a la salud y su disfrute por parte de las mujeres. Las tasas de mortalidad materna siguen siendo altas, a pesar de una tendencia a la baja de 1980 a 1987. Al comparar los datos del censo de 1996 con los de la investigación realizada en 1986 y 1989 utilizando una metodología similar, la tendencia es innegable. En un período de 10 años, la planificación familiar alcanzaba el 76,7% de las mujeres casadas o que vivían con una pareja de hecho. Asimismo, el 91,5% de los nacimientos tuvieron lugar en hospitales o centros de salud. Las altas tasas de mortalidad materna están relacionadas con las condiciones sociales y económicas desfavorables en las que vive la población, que comprenden la baja tasa de escolarización, el desempleo, los bajos salarios y la falta de acceso a los servicios sociales, especialmente en las zonas rurales. Los programas específicos en el sector de la salud no son suficientes para reducir la mortalidad materna, sino que deben complementarse y armonizarse con una política social y con la ampliación y mejora de los servicios prestados a través del sistema público de salud. Debido a las dimensiones continentales del país y su sistema sanitario descentralizado, es necesario fortalecer los instrumentos de control, supervisión y evaluación social y gubernamental de la política sanitaria para identificar y salvar los obstáculos restantes.

Las dificultades en el acceso a la contracepción y la limitada disponibilidad de servicios de asistencia y apoyo a las mujeres víctimas de la violencia sexual han provocado numerosos embarazos no deseados y abortos clandestinos. Durante muchos años, el aborto ha sido la segunda o tercera causa más importante de mortalidad materna pero, desde 1998, ha pasado al quinto lugar. Todavía no se ha armonizado la legislación brasileña con las recomendaciones de la Plataforma de Acción de Beijing, que reconoce que el aborto es una cuestión de salud pública y apunta a la necesidad de revisar las leyes represivas. Las diferentes iniciativas descritas, la elaboración de normas por las cuales haya atención médica para complicaciones derivadas del aborto y la disponibilidad continua de métodos anticonceptivos contribuirán a reducir la mortalidad y la morbilidad maternas como consecuencia del aborto.

La mujer rural no tiene la misma cobertura sanitaria que la de las zonas urbanas en lo que respecta a la salud reproductiva y a la salud en general; asimismo, tiene tasas de alfabetización inferiores y, por lo general, es más vulnerable, debido a la pobreza en que vive la mayoría. Desde mediados del decenio de 1990, el Ministerio de Salud ha invertido en programas de salud de la comunidad y la familia, y, más recientemente, en un programa para llevar a profesionales de la salud a las regiones del interior del país y capacitar comadronas y enfermeras obstétricas. En consecuencia, la cobertura de la asistencia sanitaria en las zonas rurales ha aumentado, pero tales iniciativas siguen siendo insuficientes y el Gobierno actual está concentrando su labor en la población rural, aplicando programas sociales para luchar contra el hambre y la pobreza e intensificando el proceso de reforma agraria.

Entre 1997 y 2002, el Ministerio de Salud ha invertido cada vez más en la salud de la mujer y, en 2003, se asignarán unos 300 millones de dólares de los EE.UU. para reducir la mortalidad materna. Otros programas del Ministerio destinados a ambos sexos se refieren a la prevención del cáncer, la salud familiar, las enfermedades de transmisión sexual y el VIH/SIDA, el control de las enfermedades transmisibles que pueden prevenirse, los trabajadores y las personas de edad, así como a la salud mental, la población indígena y las personas con discapacidad. El Ministerio se ha fijado el objetivo de reducir la mortalidad materna en un 25% en los próximos años en las capitales de los 27 estados del país.

El Ministerio tiene la intención de seguir varios cursos de acción, teniendo en cuenta la diversidad étnica y racial. Ha firmado un protocolo con la Secretaría Especial de Políticas para la Mujer, por el que es obligatorio notificar los casos de mortalidad materna, se ha reactivado la Comisión Nacional de Mortalidad Materna, se ha creado un servicio telefónico para dar información sobre los servicios disponibles y se ha iniciado un debate nacional sobre los derechos sexuales y reproductivos, centrado en la planificación familiar y la paternidad responsable. También está desarrollando programas y actividades que consisten en la provisión de transporte para las mujeres embarazadas, el establecimiento de un sistema de referencias cruzadas sobre la asistencia sanitaria para las mujeres embarazadas y las mujeres víctimas de la violencia sexual y doméstica y medidas para reducir la incidencia de las cesáreas. También ha previsto incentivos financieros para mejorar la asistencia prenatal y perinatal, ha aumentado el número de hospitales en los que se practica la ligazón de trompas y la vasectomía y la disponibilidad de los métodos anticonceptivos reversibles y ha capacitado enfermeras obstétricas y a matronas comunitarias.

La Sra. de Oliveira (Brasil) dice que el esfuerzo por prevenir la violencia contra la mujer, en particular la violencia doméstica y sexual, requiere el compromiso de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial y la participación de la sociedad civil y de organismos nacionales e internacionales. La Secretaría Especial de Políticas para la Mujer está aplicando un plan nacional de acción para prevenir todas las formas de violencia contra la mujer. Los objetivos del plan relacionados con los departamentos especiales de asistencia a las mujeres de la policía comprenden la coordinación entre los gobiernos federal, estatales y municipales con objeto de capacitar a los funcionarios para mejorar la calidad de los servicios e incorporar las cuestiones de género. Se dispone la evaluación y la capacitación de los departamentos especiales de la policía y la definición de una metodología para formar permanentemente capacidad, incorporar referencias sustantivas al género, la etnia, la raza, la ciudadanía y los derechos humanos en los exámenes de ingreso en la administración pública y coordinar las actividades de los órganos de seguridad pública, los organismos de las Naciones Unidas, la Unión Europea, las universidades y las organizaciones no gubernamentales para definir indicadores de la política de género. El plan también prevé el examen de los criterios de evaluación y supervisión de la financiación de proyectos de centros de acogida para las mujeres víctimas de la violencia, la supervisión del funcionamiento de los servicios existentes, la elaboración de una reglamentación especial para los centros de acogida y la coordinación con la Secretaría Especial de Derechos Humanos mediante una asociación con el Programa de Asistencia a las Víctimas y los Testigos Amenazados, a fin de conceder el mismo trato a las mujeres y a los niños menores de 18 años procedentes de los centros de acogida que permanezcan en situaciones en las que corra peligro su vida.

Las actividades que se llevarán a cabo junto con el Ministerio de Educación son la capacitación de profesores y otros trabajadores de la educación sobre asuntos relacionados con el género y la prevención de la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, programas de alfabetización para las madres víctimas de la violencia y la inclusión de la violencia contra la mujer y la violencia doméstica en los programas y en los libros escolares distribuidos en el sistema de enseñanza pública.

El Gobierno del Brasil reconoce la gravedad del problema de la trata de seres humanos y ha suscrito el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo de Palermo). Las iniciativas para atajar la trata de personas y sancionar a los culpables incluyen un reciente acuerdo entre el Ministerio de Justicia y el Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en el que también participan otras entidades internacionales y las tres ramas de gobierno del país. Los principales objetivos del acuerdo son capacitar a los funcionarios encargados de aplicar las leyes y crear una base de datos nacional sobre la trata de seres humanos para su explotación sexual.

El caso de Maria da Penha Fernandes ha tenido repercusiones a nivel nacional e internacional. La lentitud de la justicia brasileña causó indignación en el movimiento feminista del Brasil, que llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Como consecuencia de la denuncia presentada por dos organizaciones no gubernamentales del Brasil, la Comisión recomendó al Gobierno que concluyese rápida y eficazmente el proceso contra la persona que había agredido a la Sra. da Penha, investigase los retrasos y las irregularidades del proceso, adoptase medidas contra los responsables, y resarciese simbólica y materialmente a la víctima. También le recomendó que adoptase medidas para simplificar y racionalizar los procesos, y concienciar a quienes trabajaban en el campo del derecho para evitar la tolerancia por parte del Estado de la violencia doméstica y de la violencia contra la mujer.

En 1991 el agresor de la Sra. da Penha Fernandes fue condenado a 10 años de prisión, posteriormente fue recluido y ha estado en prisión desde octubre de 2002. El Gobierno todavía no ha aplicado las demás sanciones, pero la Secretaría Especial seguirá el caso. En cuanto a las recomendaciones generales, la Secretaría Especial ha decidido dar prioridad a la elaboración de un plan de acción para prevenir todas las formas de violencia contra la mujer.

La Constitución especifica que el abuso y la explotación sexual de los niños y los adolescentes se castigarán severamente. Dicha explotación es una de las peores transgresiones de los derechos humanos y el silencio de las víctimas y de sus familias suele impedir que haya registros precisos de todos esos delitos. A menudo, los propios miembros de la familia están involucrados. Las desigualdades sociales, las dificultades económicas y la falta de información sobre el problema agravan la situación. El Gobierno se ha dado cuenta de que el problema requerirá un esfuerzo conjunto de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como de la sociedad civil. Los niños y adolescentes que viven en las calles no son en sí mismos el problema sino un síntoma de una enfermedad más grave de la sociedad brasileña. La política para resolver la situación se debe armonizar con otras políticas sociales, incluidas la educación, la salud, la vivienda y el ingreso.

La legislación laboral del Brasil siempre ha protegido la maternidad. Se han establecido normas para instituir una licencia remunerada de maternidad de 120 días y garantizar el empleo durante el embarazo y 90 días tras la expiración de la licencia. El Congreso está examinando un proyecto de ley que amplía esos derechos a las empleadas domésticas.

La legislación también garantiza las guarderías y la educación primaria gratuita. De conformidad con las normas de la Organización Internacional del Trabajo, la legislación del Brasil prohíbe el trabajo de las personas menores de 17 años. No obstante, la pobreza obliga a muchos niños y adolescentes a entrar en el mercado laboral en condiciones precarias. El Gobierno actual está adoptando medidas para erradicar el trabajo infantil.

Tanto las mujeres como los hombres dependen cada vez más del trabajo informal, sin contratos ni prestaciones de la seguridad social, y el desempleo está aumentando. Las diferencias entre los salarios de los hombres y de las mujeres son significativas en los sectores formal e informal y la situación es peor todavía para las mujeres negras. Los Ministerios del Trabajo, de Previsión Social, de Asistencia Social y de Justicia, junto con la Secretaría Especial, han desarrollado una serie de programas que dan prioridad a la lucha contra el trabajo infantil, supervisan los sectores que contratan principalmente a mujeres y protegen a las trabajadoras domésticas y proporcionan información sobre sus derechos.

En el Brasil, hay 16 millones de trabajadoras rurales que, en su gran mayoría, no tienen ingresos porque trabajan en empresas familiares. Los objetivos del Ministerio de Desarrollo Agrario comprenden la ejecución del Programa de Igualdad de Género, Racial y Étnica 2004-2007, aumentando los recursos especiales asignados a las mujeres y fomentando una política de igualdad de género aplicada a la división del trabajo y al acceso de la mujer a la tierra, a los equipos y al crédito. Algunas de las propuestas estructurales del programa Hambre Cero están destinadas a la generación de ingresos y a la creación de empleo en las zonas rurales e incluyen ayudas para las explotaciones agrícolas familiares.

Con la entrada en vigor del nuevo Código Civil ha mejorado la condición jurídica de los pueblos indígenas, a los que ya no se los considera legalmente incapaces, como en el Código de 1916. La situación de las mujeres indígenas, no obstante, sigue siendo espantosa. Se dispone de muy pocos datos estadísticos sobre ese sector de la población. Varios organismos públicos, a saber, la Secretaría Especial de la Igualdad Racial, la Fundación Nacional de los Pueblos Indígenas, el Departamento de Salud Indígena del Ministerio de Salud, el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación y la Secretaría Especial de Derechos Humanos, se ocupan de este asunto. Desde la Conferencia de Durban sobre el racismo, esos organismos han intensificado sus esfuerzos por prevenir y castigar la violencia contra las mujeres indígenas. Una de las principales iniciativas del Gobierno Federal consiste en dar mayor visibilidad a la mujer indígena y mayor reconocimiento a su cultura. Una parte del programa Hambre Cero está dedicada a la seguridad alimentaria de las comunidades indígenas.

La Sra. Fernandes (Brasil) ratifica el compromiso de su Gobierno con el Programa de Acción de El Cairo y la Plataforma de Acción de Beijing como pauta para su política interna. La concesión del rango de ministerio a la Secretaría Especial de Políticas para la Mujer y a la Secretaría Especial de Políticas de Promoción de la Igualdad Racial demuestra su empeño en luchar contra la desigualdad y los efectos negativos de la exclusión y de la violencia de género y racial.

La Sra. Shin agradece la aclaración del uso de los términos “equity” y “equality”. La Convención pide a los Estados partes en ella que traten de lograr el objetivo de la plena igualdad y espera que ese término se utilice en el próximo informe. Asimismo, observa con satisfacción que se está tratando de ampliar la coordinación de la policía especial para proporcionar asistencia a las mujeres, pero también le gustaría saber si se aumentarán sus efectivos.

La Sra. Fernandes (Brasil) entiende de esa forma el significado de la igualdad y asegura al Comité que es la plena igualdad entre hombres y mujeres lo que la Secretaría Especial está tratando de lograr. La oradora colabora con el Ministerio de Justicia para aumentar el número de comisarías de la policía especial y la calidad de los servicios que ofrecen a las mujeres víctimas de la violencia, mediante la capacitación de agentes en 192 comisarías. Además, en un futuro próximo se abrirán 29 nuevos refugios para mujeres.

La Sra. Tavares da Silva está impresionada por la enorme cantidad de iniciativas que ha adoptado el Gobierno del Brasil en favor de las mujeres, a pesar de todos los obstáculos a los que se enfrenta. No obstante, desea subrayar la necesidad de coordinar mejor esas medidas.

La Presidenta dice que el Comité ha acogido con satisfacción la posibilidad de dialogar con el Brasil y el alto grado de participación de la sociedad civil en la preparación del informe. El Comité espera que sus observaciones finales se difundan ampliamente. La Presidenta se congratula de que se haya entendido la diferencia entre los términos “equity” y “equality”.

El informe del Brasil ha aclarado el fenómeno de las múltiples formas de discriminación de la mujer y la oradora encomia el valor del Gobierno para hacerle frente abiertamente y le insta a mantener el asunto en su programa.

El Comité querría que en el próximo informe, se hiciese mayor referencia a políticas y medidas concretas en esferas como la educación, el empleo, la salud y la adopción de decisiones y a los resultados de esas políticas. También hay que felicitar al Gobierno por haber ratificado el protocolo facultativo y retirado sus reservas a la Convención. Por consiguiente, lo anima a suprimir las disposiciones discriminatorias restantes de la legislación civil y trabajar para cambiar la mentalidad de los jueces y de la opinión pública sobre la igualdad de género.

El sistema de cuotas para las candidatas es un buen comienzo, pero el propio sistema electoral no lo sustenta, lo cual puede desalentar a las mujeres y perpetuar los estereotipos. Por último, expresa la preocupación del Comité por las altas tasas de mortalidad materna e insta al Gobierno a solucionar ese problema. El Comité también espera que el próximo informe periódico del Brasil, que será el sexto, sea presentado a tiempo.

Se levanta la sesión a las 12.15 horas.