Naciones Unidas

CRPD/C/BGD/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

30 de agosto de 2018

Español

Original: inglés

Español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Informe inicial que Bangladesh debía presentar en 2010 en virtud del artículo 35 de la Convención *

[Fecha de recepción: 18 de abril de 2017]

Índice

Página

Introducción

I.Documento básico común

II.Elaboración del informe

III.Documento específico del tratado

Parte A. Disposiciones generales de la Convención

Artículos 1 a 4 de la Convención

Parte B. Derechos específicos

Artículo 5.Igualdad y no discriminación

Artículo 8.Toma de conciencia

Artículo 9.Accesibilidad

Artículo 10.Derecho a la vida

Artículo 11.Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias

Artículo 12.Igual reconocimiento como persona ante la ley

Artículo 13.Acceso a la justicia

Artículo 14.Libertad y seguridad de la persona

Artículo 15.Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos odegradantes

Artículo 16.Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

Artículo 17.Protección de la integridad personal

Artículo 18.Libertad de desplazamiento y nacionalidad

Artículo 19.Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad

Artículo 20.Movilidad personal

Artículo 21.Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información

Artículo 22.Respeto de la privacidad

Artículo 23.Respeto del hogar y de la familia

Artículo 24.Educación

Artículo 25.Salud

Artículo 26.Habilitación y rehabilitación

Artículo 27.Trabajo y empleo

Artículo 28.Nivel de vida adecuado y protección social

Artículo 29.Participación en la vida política y pública

Artículo 30.Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, elesparcimiento y el deporte

Parte C. Situación particular de los niños, las niñas y las mujeres con discapacidad

Artículo 6.Mujeres con discapacidad

Artículo 7.Niños y niñas con discapacidad

Parte D. Obligaciones específicas

Artículo 31.Recopilación de datos y estadísticas

Artículo 32.Cooperación internacional

Artículo 33.Aplicación y seguimiento nacionales

Introducción

I.Documento básico común

Situación geográfica

1.Bangladesh se convirtió en un país independiente y soberano en 1971 tras una guerra de liberación de nueve meses. Es uno de los mayores deltas del mundo, con una superficie total de 147.570 km2, y limita al oeste, al norte y al este con la India, al sudeste con Myanmar y al sur con la bahía de Bengala.

2.El país es fundamentalmente una llanura baja y fértil, con excepción de las regiones montañosas del noreste y sureste y algunas tierras altas en la parte norte y noroeste. Bangladesh está cubierta por una red de ríos y canales que forman un laberinto de cauces interconectados. Los principales ríos son el Padma, el Meghna, el Yamuna, el Tista, el Brahmaputra, el Surma y el Karnaphuli. Estos ríos desembocan en la bahía de Bengala y, a su paso, durante la estación de lluvias, van depositando limos pesados, lo que enriquece continuamente el suelo aluvial.

Demografía

3.La población total de Bangladesh se elevaba a 150,2 millones de habitantes en el momento en que se realizó el censo de 2011, lo que arroja una densidad demográfica de 1.015 personas por kilómetro cuadrado. La población infantil en 2012 ascendía aproximadamente a unos 51 millones de niños: 30,2 millones de varones y 20,8 millones de niñas. Hay aproximadamente 33,03 millones de hogares en el país, cada uno de los cuales está integrado en promedio por 4,4 miembros. De la población total, 74,98 millones son hombres y 74,79 millones son mujeres, lo que arroja un índice de masculinidad de 100,3, es decir, hay casi igual número de hombres que de mujeres en el país. La tasa media anual de crecimiento demográfico se sitúa en un 1,37 %. Aproximadamente el 83 % de la población es musulmana, el 16 %, hindú y el 1 %, budista, cristiana o profesa otras religiones (Oficina de Estadística de Bangladesh, censo de población de 2011).

Economía

4.Bangladesh es tradicionalmente una economía agraria. Aunque la proporción de la agricultura en el producto interno bruto (PIB) (el 15,33 %) ha disminuido en los últimos años, sigue siendo el principal sector de la economía, que absorbe la mayor parte de la fuerza laboral rural. Bangladesh tiene una economía mixta que funciona con arreglo a los principios del libre mercado. Las principales industrias del país son la industria de la confección, la industria textil, la industria de fertilizantes químicos, la industria farmacéutica, la industria del té, la industria azucarera y la industria del cuero, entre otras. Entre los principales minerales figuran el gas natural, el carbón, la arcilla blanca y el vidrio. Las remesas desempeñan una función muy importante en la reducción de la pobreza y el aumento del crecimiento económico al impulsar el gasto de los consumidores. La entrada de remesas ha aumentado más del doble en los últimos cinco años bajo el liderazgo dinámico de la Primera Ministra, Excma. Jequesa Hasina.

5.Bangladesh ha hecho progresos económicos significativos en los 10 últimos años. En el ejercicio económico 2015/16, la tasa de crecimiento del PIB de Bangladesh fue del 7,05 % y, actualmente, los ingresos per cápita ascienden a 1.466 dólares de los Estados Unidos. En los últimos decenios, el crecimiento económico anual ha sido, en promedio, de más de un 6 % y los ingresos se han duplicado en menos de 30 años. Los ingresos per cápita reales han aumentado en más del 130 % y la tasa de pobreza se ha reducido casi a la mitad en 2015, en comparación con 2005, cuando la tasa era del 40,4 %, situándose en un 24,8 %. De hecho, Bangladesh ha alcanzado con mucha antelación la mayoría de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (Bangladesh Economic Review 2016).

6.El caso de Bangladesh es particularmente notable en el sentido de que destaca como un ejemplo positivo de nación joven resistente que ha combatido muchos desastres naturales y conflictos políticos internos sin abandonar nunca la senda del desarrollo. Los ingresos per cápita han aumentado de manera continua y se ha avanzado sistemáticamente en la reducción de la pobreza. A pesar de los avances en materia de crecimiento económico, la pobreza es el reto más importante al que se enfrenta la política socioeconómica de Bangladesh.

7.La política económica y de desarrollo del país se rige por la Visión 2021. En esta (y en el Plan Prospectivo a Largo Plazo para 2010-2021 conexo) se han fijado metas firmes de desarrollo para Bangladesh que deben alcanzarse a más tardar a finales de 2021. Bangladesh ya ha alcanzado la categoría de país de ingresos medianos bajos en 2015. Además de unos mayores ingresos per cápita, la Visión 2021 prevé una situación de desarrollo que permitirá a los ciudadanos elevar su nivel de vida, estar mejor educados y beneficiarse de una mayor justicia social y de un entorno socioeconómico más equitativo y en el que se garantizará la sostenibilidad de ese desarrollo.

Marco jurídico y administrativo

8.Bangladesh tiene un sistema de gobierno parlamentario. El Parlamento Nacional tiene 300 escaños elegidos por votación popular, cada uno de una circunscripción territorial. Además, hay 50 escaños reservados para las mujeres. El mandato de los representantes dura cinco años.

9.El Presidente designa como Primer Ministro al miembro del Parlamento que, a su juicio, cuenta con el apoyo de la mayoría de los parlamentarios. El Presidente es el Jefe de Estado y el Primer Ministro es el Jefe de Gobierno, quien ejerce el poder ejecutivo y elige a los ministros. El Presidente actúa de acuerdo con el asesoramiento del Primer Ministro.

10.El Tribunal Supremo de Bangladesh, máximo tribunal del país, comprende la Sala de Apelaciones y la Sala Superior. Está integrado por su Presidente y los jueces de ambas Salas.

11.Desde el punto de vista administrativo, Bangladesh está organizada en 8 divisiones, 64 distritos, 11 áreas metropolitanas, 320 municipios, 489 subdistritos (upazillas) y 4.550 consejos locales (unions).

Estructura social y cultural

12.Bangladesh es un Estado democrático, laico y socialista. La identidad de Bangladesh está arraigada en una cultura bengalí que trasciende las fronteras internacionales.

13.Bangladesh tiene una historia y una cultura muy ricas. La tierra, los ríos y la vida del pueblo bengalí constituyen un rico patrimonio que ha evolucionado con el transcurso de los siglos y abarca la diversidad cultural de varios grupos sociales de Bangladesh. Los escritores, autores, científicos, investigadores, pensadores, compositores, pintores y cineastas bengalíes del Renacimiento Bengalí de los siglos XIX y XX desempeñaron un papel importante en el desarrollo de la cultura bengalí.

Base jurídica de la Convención sobre los Derechos de las Personascon Discapacidad

14.El Estado se rige por la Constitución Nacional (1972), que se basa en los principios de igualdad, dignidad humana y justicia social para todos los ciudadanos, proclamados en la Declaración de Independencia de Bangladesh. La Constitución establece la igualdad y la no discriminación, y crea un marco para la adopción de medidas equitativas para que todos los sectores desfavorecidos de la población interactúen con los demás, en igualdad de condiciones con ellos. Sobre esta base se elaboraron todos los instrumentos de derechos humanos del país, incluidas sus leyes y políticas, y el Estado puede así adherirse a todos los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos.

15.En 2009, el Gobierno constituyó una Comisión Nacional de Derechos Humanos independiente, a la que se encomendó el mandato de actuar como mecanismo de vigilancia para velar por los derechos y las libertades fundamentales de todos los ciudadanos, especialmente de los más vulnerables. Hasta que se establezca y ponga en funcionamiento una comisión de derechos de las personas con discapacidad, la Comisión Nacional de Derechos Humanos velará por los derechos y los privilegios de las personas con discapacidad del país, en igualdad de condiciones con las demás.

II.Elaboración del informe

16.La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad entró en vigor el 3 de mayo de 2008. No obstante, en esa época, Bangladesh atravesaba una fase de transición política bajo la dirección de un Gobierno provisional. En diciembre de 2008 se celebraron las novenas elecciones parlamentarias, en las que la Gran Alianza, encabezada por la Liga Awami de Bangladesh, resultó ganadora con una victoria aplastante. El nuevo Gobierno asumió sus funciones la primera semana de enero de 2009. Los derechos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad figuraban en el programa electoral (art. 10.6) de la Liga Awami, en el que también se afirmaba que se actualizaría la legislación necesaria según las necesidades de los tiempos, es decir, en consonancia con el espíritu de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. En el primer mes de su mandato, el Gobierno constituyó un comité con representantes de las personas con discapacidad para modificar la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad, de 2001. Al mismo tiempo, se reestructuró y reforzó el Comité Nacional de Supervisión (encargado de supervisar la aplicación de la Convención en Bangladesh). Bajo los auspicios de este Comité, el Gobierno de Bangladesh estableció otro comité para preparar este informe destinado a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Al igual que otros comités anteriores, este también contaba con representantes de organizaciones que trabajan con personas con discapacidad.

17.Para redactar el informe, el Comité Nacional de Supervisión celebró amplias consultas con todos los ministerios del Gobierno para reunir información sobre las medidas adoptadas hasta la fecha para aplicar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Se encomendó específicamente al Ministerio de Relaciones Exteriores la misión de supervisar la elaboración del presente informe. El borrador del informe se dio a conocer a los distintos grupos interesados, especialmente a las personas con discapacidad y sus organizaciones. Asimismo, se publicó en el sitio web del Ministerio de Bienestar Social (el principal Ministerio encargado de los asuntos relacionados con la discapacidad) para que cualquier persona interesada pudiera enviar sus observaciones o sugerencias. Se incorporaron un buen número de comentarios pertinentes al informe.

18.Se ha procurado que la información del presente informe se refiera a personas con todos los tipos y grados de discapacidad y tenga en cuenta las cuestiones de género, edad, etnia y diversidad geográfica.

19.Con respecto al idioma empleado en las consultas, estas se celebraron en bengalí, ya que es el idioma principal de la población de Bangladesh. Las personas con discapacidad lo prefirieron particularmente porque apenas hablan inglés.

20.A diferencia de la mayoría de los países que adaptan su legislación antes de adherirse a un tratado de derechos humanos, Bangladesh primero ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y luego procedió a adaptar sus leyes y políticas. La legislación sobre discapacidad en Bangladesh se ha promulgado de conformidad con los principios, el espíritu y las disposiciones de la Convención. Aún no se han adaptado las políticas y los planes de acción nacionales, por lo que en este informe inicial no se reflejarán grandes progresos en la aplicación de la Convención. Se espera que los próximos informes, dentro de cuatro años y en adelante, den cuenta de cambios mucho más positivos en ese sentido.

III.Documento específico del tratado

Política y legislación

21.Bangladesh se rige por una constitución escrita, que se basa en los principios de igualdad, dignidad humana y justicia social para todos los ciudadanos sin discriminación alguna. Por ello, el Gobierno de la República Popular de Bangladesh nunca se abstiene de expresar su apoyo a un tratado internacional basado en los principios de los derechos humanos y la no discriminación. No obstante, dado que trabaja denodadamente para convertir a Bangladesh en un país de ingresos medianos y se ve limitado por una enorme población y frecuentes desastres naturales graves, no siempre puede mantener el ritmo necesario de aplicación de esos tratados, en particular a la velocidad deseada. Así pues, la limitación de recursos es un factor que siempre se tiene en cuenta cuando Bangladesh se adhiere a un tratado de derechos humanos.

22.Después de adherirse a un tratado o de ratificarlo, Bangladesh procede a adaptar su marco jurídico y político, tras lo cual adopta medidas graduales para su aplicación efectiva. El segundo paso del proceso consiste en modificar o actualizar la legislación municipal pertinente en consonancia con el espíritu del tratado. Las políticas pertinentes se modifican de conformidad con las leyes actualizadas y se adopta un plan de acción a largo plazo en el que se establecen directrices para la adopción de medidas a corto, medio y largo plazo. Los presupuestos nacionales se asignan en consonancia con lo previsto en el plan. Asimismo, se modifican gradualmente otras leyes y políticas de acuerdo con lo establecido en el tratado en cuestión, aunque ello lleva tiempo, para que todo el marco legislativo se ajuste a lo previsto en el tratado. En caso de conflicto, las leyes relativas específicamente a los tratados tienen un rango superior al de otras leyes.

23.No obstante, la legislación del país también permite la adopción inmediata de medidas, si es necesario incluso antes de que se promulgue o modifique la legislación. Posteriormente, esas medidas se validan siguiendo el procedimiento legal establecido. La aplicación de la propia Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es ejemplo de esa práctica.

24.Bangladesh fue el octavo país en ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad con la esperanza de que la Convención pudiera entrar en vigor lo antes posible. Durante el proceso de ratificación, un Gobierno provisional no elegido por el pueblo gobernaba el país y no había un Parlamento constituido. Por ello, el Gobierno se abstuvo de modificar la legislación, pero inició un proceso con ese fin. Se estableció un equipo para analizar desde el punto de vista jurídico la legislación vigente con respecto a la Convención y sugerir cómo modificarla. Asimismo, se nombró a un coordinador en cada ministerio y departamento pertinente del Gobierno y se impartió a todos ellos capacitación y orientaciones básicas sobre la Convención y los derechos de las personas con discapacidad.

25.Inmediatamente después de las novenas elecciones legislativas de 2008, cuando el Gobierno elegido democráticamente asumió el poder, se constituyó un comité de alto nivel para modificar la legislación de conformidad con lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La redacción de una ley de derechos de las personas con discapacidad se encomendó a una red nacional de organizaciones no gubernamentales (ONG) que trabajan con las personas con discapacidad. El procedimiento de redacción de esos textos legislativos se guio por las opiniones de las partes interesadas.

26.Tras celebrar numerosas consultas con más de 14.000 personas, entre ellas personas con discapacidad, cuidadores, familiares, profesionales en la materia, abogados, médicos, periodistas, profesores, estudiantes, empresarios, políticos, funcionarios públicos, representantes de gobiernos locales y miembros del Parlamento, se elaboró el proyecto de texto. En la consulta nacional también participaron mujeres y niños con discapacidad. Se organizó una consulta por separado para los usuarios de la lengua de señas. Asimismo, participaron en el proceso personas con autismo, con discapacidad intelectual y con enfermedades mentales, así como sus padres y cuidadores. Para garantizar la participación efectiva de las personas con discapacidad visual, también se facilitaron copias del documento en braille y en formato electrónico en las diferentes etapas del proyecto. Después de ello, el proyecto de ley quedó finalizado. Por lo tanto, puede afirmarse con seguridad que esta ley es, de lejos, el instrumento legislativo para el que se efectuaron más amplias consultas de la historia de Bangladesh.

27.El proyecto se publicó en el sitio web del Ministerio de Bienestar Social del Gobierno y se invitó a la población a que diera su opinión. Tras incorporar las modificaciones pertinentes, el proyecto se distribuyó a todos los ministerios y se aprobó en una reunión del Gabinete, tras lo cual se remitió al Parlamento Nacional. La Comisión Permanente del Parlamento examinó el proyecto antes de que finalmente se sometiera al Pleno en forma de proyecto de ley para su aprobación.

28.El 3 de octubre de 2013, el Parlamento aprobó por unanimidad el proyecto de ley. El Presidente de la República Popular de Bangladesh aprobó la promulgación y, el 9 de octubre de 2013, la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, se publicó en el Boletín Oficial. Esta nueva Ley ha abierto una nueva era en la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad en Bangladesh.

29.Para poner fin a la práctica de la discriminación en la sociedad, en particular por motivo de desvalimiento, la Comisión Jurídica de Bangladesh elaboró en 2015 un proyecto de ley de lucha contra la discriminación, que actualmente el Gobierno examina detenidamente.

Mecanismo de vigilancia

30.De conformidad con la asignación de funciones del Gobierno de Bangladesh, el Ministerio de Bienestar Social se ocupa del desarrollo de las personas con discapacidad. En su calidad de encargado de esa cuestión, bajo sus auspicios se creó un Comité Nacional de Supervisión de alto nivel integrado por representantes de otros ministerios y de organizaciones de personas con discapacidad.

31.Un total de 46 ministerios y departamentos están representados en el Comité Nacional de Supervisión a través de sus coordinadores (de rango no inferior al de Secretario Adjunto). El Comité también cuenta con representantes de las principales organizaciones de derechos humanos, de derechos de la mujer, de derechos en materia de educación y de derechos jurídicos. El Comisionado de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y funcionarios de alto rango de Transparency International y la Cámara de Comercio e Industria también integran el Comité de Supervisión.

32.El Comité se reúne trimestralmente para examinar los avances de la labor de los ministerios y las partes interesadas encaminada a aplicar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

33.Además, en representación de la dinámica sociedad civil de Bangladesh, un notable Grupo de Vigilancia de los Derechos de las Personas con Discapacidad, integrado por personalidades eminentes de la sociedad civil, desempeña una función muy proactiva de supervisar los casos de vulneración de los derechos humanos de las personas con discapacidad y actuar en consecuencia.

34.Asimismo, un Grupo Parlamentario sobre Discapacidad trabaja en favor de la protección de los derechos de las personas con discapacidad. Presidido por el abogado Abdul Matin Khasru, eminente miembro del Parlamento y antiguo Ministro de Derecho, Justicia y Asuntos Parlamentarios, este Grupo de 20 parlamentarios vigila los asuntos del Estado relativos a las personas con discapacidad. El Grupo también vela por que en las sesiones parlamentarias se debatan cuestiones relacionadas con los derechos de las personas con discapacidad.

35.La Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, prescribe el establecimiento de comités en los distintos niveles administrativos para supervisar su aplicación y protege los derechos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad consagrados en ella. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley, a nivel nacional funcionan dos órganos interministeriales: el Comité de Coordinación Nacional, presidido por el ministro de Bienestar Social, y el Comité Ejecutivo Nacional, presidido por el secretario del Ministerio de Bienestar Social.

36.También hay comités a nivel de distrito y de upazilla, presididos por los respectivos jefes administrativos. Con el fin de descentralizar el proceso de adopción de decisiones, también se han constituido comités urbanos en las grandes ciudades y zonas municipales. Todos estos comités cuentan con personas con discapacidad y sus representantes. Se ha velado por que todos los comités, tanto a nivel nacional como local, cuenten con mujeres. Los representantes del pueblo también se han incluido en todos esos comités.

37.De conformidad con lo establecido en la Ley, en caso de vulneración de sus derechos, las personas con discapacidad acudirán en primera instancia a esos comités. No obstante, esto no les impide iniciar actuaciones judiciales si lo consideran necesario.

Incorporación y aplicabilidad directa de cada uno de los derechos establecidos en la Convención

38.El título de la Ley engloba todos y cada uno de los derechos enunciados en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que se han traducido al contexto y al tejido social de Bangladesh. Los próximos informes periódicos, dentro de cuatro años y en adelante, presentarán información actualizada sobre los progresos en la aplicación de la Convención.

Datos estadísticos

39.Hasta la fecha, no se dispone de estadísticas nacionales oficiales en Bangladesh sobre las personas con discapacidad. El Departamento de Servicios Sociales está realizando un estudio a nivel nacional para identificar a las personas con discapacidad que revelará al Gobierno de Bangladesh estadísticas detalladas de las personas con discapacidad, desglosadas por tipo y grado de discapacidad, edad, género, nivel educativo y situación económica, origen étnico y zona urbana o rural.

Protocolo Facultativo

40.Bangladesh fue el 16º Estado Miembro de las Naciones Unidas que ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención. Al hacerlo, también ha reconocido la competencia del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para recibir y examinar las comunicaciones presentadas por personas con discapacidad o en nombre de ellas en Bangladesh. No obstante, en la medida en que se dispone de información, no se han registrado casos hasta la fecha de ciudadanos de Bangladesh que hayan recurrido al Comité por una cuestión que no se haya resuelto en el marco legislativo o normativo de Bangladesh.

41.El representante designado por Bangladesh se presentó a las elecciones a miembro del primer Comité celebradas en 2008 y resultó elegido para un mandato de cuatro años, de 2009 a 2012.

Parte ADisposiciones generales de la Convención

Artículos 1 a 4 de la Convención

42.Aunque la Ley anterior en materia de discapacidad (la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad) se promulgó en 2001, su redacción es anterior, de mediados y fines de la década de 1990, cuando el concepto general de la discapacidad y sus clasificaciones que prevalecían en el país se basaban en un modelo médico en lugar de un modelo social. Por ello, la legislación refleja ese modelo. Tras la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el enfoque cambió. Bangladesh no formuló ninguna reserva cuando ratificó la Convención y, por lo tanto, se comprometió a cumplir su contenido y espíritu, que comienza con una definición y clasificación de la discapacidad inspiradas en un modelo social basado en los derechos. Por ello, la nueva ley refleja esa nueva manera de interpretar la discapacidad. En ella, las deficiencias se han clasificado como físicas, sensoriales (visuales, auditivas y del habla y sordoceguera), intelectuales y mentales (psicosociales). La ley aborda específicamente las deficiencias de comunicación para que pueda atenderse de manera eficaz a las personas con autismo y trastornos del espectro autístico u otras formas de comunicación no verbal.

43.En la ley, la expresión “largo plazo” hace referencia a la condición de las personas cuya deficiencia es permanente o de por vida. No se refiere necesariamente a personas con deficiencias congénitas, sino también a las que tienen una deficiencia como consecuencia de un accidente en algún momento de su vida que les provocó una deficiencia física o sensorial permanente. Además, hay muchas condiciones de las enfermedades mentales que, con medicación, pueden lograr fases de remisión. No obstante, dado que esas enfermedades requieren tratamiento de por vida, aunque esas personas suelen pasar por fases de remisión, también se incluyen en la categoría de condiciones a “largo plazo” y, por lo tanto, podrían acogerse a las disposiciones de la ley.

44.Para un país como Bangladesh, el total cumplimiento de determinados artículos (como el artículo 9, relativo a la accesibilidad) es un objetivo a largo plazo, especialmente en los casos en que la adecuación de los edificios y la infraestructura supone enormes recursos. Aun así, para garantizar el acceso a la educación, el empleo y otros servicios básicos, el Gobierno prevé adoptar “ajustes razonables” a corto plazo específicos para las personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en la Convención. La experiencia podría ser similar a la obtenida tras establecer guarderías para los hijos de madres lactantes que regresaban al trabajo después de una licencia por maternidad. Antes, se habilitaba a las madres un espacio pequeño para sus hijos y, posteriormente, muchas oficinas abrieron grandes guarderías en sus instalaciones, en las que muchos otros también podían dejar a sus hijos con cuidadores profesionales, lo que permite a las madres asistir al trabajo.

45.Los principios y las obligaciones generales de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad son similares a los principios y las directrices generales y fundamentales de la Constitución Nacional de Bangladesh. Por lo tanto, todas las políticas y los planes promulgados o adoptados en el país se ajustan por defecto a esos principios y obligaciones. La Ley de 2013 está específicamente en sintonía con la Convención, pues aborda todas las cuestiones obligatorias.

46.Todos los planes, programas, políticas y marcos jurídicos en relación con las personas con discapacidad se formulan en consulta con ellas. Por ejemplo, para la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, la red nacional de organizaciones que trabajan con personas con discapacidad organizó, con el asesoramiento del Gobierno, consultas con las partes interesadas. Sobre la base de las conclusiones de las consultas, se preparó un proyecto inicial que ultimó el Gobierno. Luego, el proyecto se publicó en el sitio web para recabar la opinión pública. A partir de los comentarios recibidos, se realizaron las modificaciones necesarias y el proyecto se transmitió al Parlamento para su promulgación.

Parte BDerechos específicos

Artículo 5Igualdad y no discriminación

47.La igualdad y la no discriminación son los principios básicos de la Constitución de Bangladesh. La Declaración de Independencia, aprobada el 17 de abril de 1971, que sirvió de Constitución provisional después de que el Jeque “Bangabandhu” Mujibur Rahman declarara a Bangladesh como nación soberana e independiente el 26 de marzo de 1971, disponía que esta nueva nación garantizaría a todos sus ciudadanos “igualdad, dignidad humana y justicia social”. Después de una guerra de liberación bañada en sangre de nueve meses, que se saldó con 3 millones de muertos y dejó más millones de personas con discapacidad, Bangladesh se convirtió en una nación independiente el 16 de diciembre de 1971. Al año siguiente se promulgó la Constitución Nacional, en la que se mantuvo el mismo principio de “igualdad” y se estableció categóricamente que “todos los ciudadanos son iguales ante la ley”. La Constitución se compromete a garantizar medidas de igualdad para todos los ciudadanos y sugiere medidas equitativas proactivas para proteger a los ciudadanos desfavorecidos para que puedan desarrollarse en igualdad de condiciones con los demás. Aunque no se especifica la “discapacidad” como motivo de discriminación en la Constitución de 1972, al referirse a los ciudadanos desfavorecidos, la Constitución creó un espacio para la política y legislación en materia de discapacidad. Sobre esa base, posteriormente se promulgaron la Política Nacional sobre Discapacidad (1995), la Ley de Bienestar de las Personas con Discapacidad (2001) y el Plan de Acción Nacional sobre Discapacidad (2006), que abordan la “discriminación” por motivos de “discapacidad”.

48.Tras la entrada en vigor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Gobierno de Bangladesh inició un proceso para promulgar una nueva ley que se ajustara a los principios, el espíritu y las disposiciones de la Convención. En octubre de 2013, el Parlamento Nacional aprobó la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, que garantiza a las personas con discapacidad una protección legal igual y efectiva contra todo tipo de discriminación, incluida la realización de ajustes razonables. Asimismo, la Ley establece la obligación de elaborar políticas y programas, incluidas medidas de acción afirmativa en consonancia con el espíritu de la Convención. La Ley tiene en cuenta la diversidad de personas con discapacidad en términos de género, edad, etnia, religión, casta, profesión y lugar de residencia, además del tipo y grado de discapacidad.

49.Además, el Gobierno de Bangladesh considera ahora la equidad y la no discriminación como principios fundamentales para la adopción de nuevas políticas y programas. En los diferentes proyectos y programas que financian o ejecutan los ministerios del Gobierno, se concede una gran prioridad a las cuestiones relativas a las personas con discapacidad, especialmente en relación con el empleo. Se está trabajando en una nueva Ley de Lucha contra la Discriminación, en cuyo proceso de elaboración participan activamente grupos que representan a las personas con discapacidad.

Artículo 8Toma de conciencia

50.La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se ha traducido al bengalí, idioma oficial de Bangladesh. Asimismo, se han publicado versiones adaptadas en un lenguaje más sencillo, con ejemplos y explicaciones, así como una versión para niños con cuentos, poemas y juegos para sensibilizar a los niños sobre las cuestiones relativas a la discapacidad y crear conciencia sobre sus responsabilidades. Se da amplia difusión a todas ellas para que la sociedad en general, y especialmente las personas con discapacidad que viven en zonas remotas, conozcan los derechos consagrados en la Convención. También se publican fragmentos de esas publicaciones en los diarios nacionales y locales para darles una mayor difusión.

51.La Televisión de Bangladesh (BTV), de financiación pública, y algunos canales de televisión privados han comenzado a presentar sus informativos de noticias en lengua de señas. Ello no solo ha sido beneficioso para los usuarios de la lengua de señas, sino que también ha contribuido a aumentar la sensibilización sobre la cuestión de la diversidad de las personas con discapacidad en general.

52.Se han preparado y emitido periódicamente por televisión programas culturales realizados por personas con discapacidad, series de ficción y programas para niños, además de programas de entrevistas dedicados a la discapacidad. Un canal de televisión privado emitió durante cinco meses un concurso nacional de talentos para descubrir a personas con discapacidad con talento musical. Esto también contribuyó a hacer visibles las habilidades de las personas con discapacidad.

53.Los medios de comunicación públicos también han emitido un programa sobre las capacidades especiales de las personas con autismo titulado Amrao Pari (También podemos) y un programa sobre las deficiencias visuales titulados Andharer Alo (Luz en la oscuridad).

54.Para ayudar a aumentar la concienciación y sensibilización sobre la discapacidad el año en que la Convención entró en vigor, el Gobierno de Bangladesh puso en circulación un sello y un sobre de edición limitada acerca de los derechos de las personas con discapacidad con motivo del Día Internacional de las Personas con Discapacidad el 3 de diciembre de 2008.

55.Debido a que, antes, los medios de comunicación populares a menudo ridiculizaban las cuestiones relacionadas con la discapacidad presentando a las personas con discapacidad en papeles negativos o cómicos, la nueva legislación prohíbe estrictamente esa práctica y tipifica ese tipo de caracterización como un delito para el que establece medidas punitivas concretas (entre ellas, multas y penas de prisión importantes).

Artículo 9Accesibilidad

56.La Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, redactada de conformidad con los principios, el espíritu y las disposiciones de la Convención, ha aplicado las disposiciones relativas a la accesibilidad en todo el documento. En el artículo 2, párrafo 13, se define la “accesibilidad” como “el derecho de las personas con discapacidad a la igualdad de acceso a todas las instalaciones y servicios disponibles a la población, lo que incluye la infraestructura física, el transporte, la comunicación, la información y la tecnología de la información y las comunicaciones, en las mismas condiciones que los demás, así como a la igualdad de oportunidades y tratamiento en ellos”. El artículo 34 de dicha Ley exige la accesibilidad de los lugares públicos, entendidos como “los edificios, los parques, las estaciones, los puertos, las terminales y las carreteras públicos y privados a los que la población tiene acceso”. El artículo 32 establece la accesibilidad de todos los transportes públicos, definidos como “cualquier medio por vía terrestre, acuática o aérea que transporte pasajeros a cambio de una tarifa”.

57.Se han incluido cuestiones de accesibilidad en el Código Nacional de Edificación siguiendo las directrices de accesibilidad aceptadas internacionalmente. El Código de Edificación de Daca incluye conceptos de diseño universal, los cuales también se están incluyendo en los respectivos códigos de otras grandes ciudades. Se han instalado semáforos sonoros en algunas intersecciones importantes de Daca y en otras ciudades.

58.La Normativa de Edificación de Daca, de 2008, aprobada de conformidad con la Ley de Edificación, de 1952 (Ley de Bengala Oriental núm. II de 1953), reconoce la accesibilidad universal y el diseño universal. En el artículo 2 (Definiciones) se define el “diseño universal” como un diseño para el que se tienen en cuenta las necesidades de todas las personas desde el punto de vista físico. De conformidad con el artículo 33 de la Normativa, se establece una “Unidad de Servicio de Ventanilla Única” encargada de examinar y aprobar los diseños. Esta unidad cuenta con un representante de las organizaciones que trabajan en favor de las personas con discapacidad. El artículo 75 de la Normativa (Disposición especial sobre la accesibilidad universal para incluir a las personas con discapacidad) garantiza los derechos de accesibilidad de las personas con discapacidad. De conformidad con este artículo, todos los edificios deben garantizar la accesibilidad universal desde la plaza de estacionamiento hasta el vestíbulo del ascensor y deben contar, por lo menos, con un baño accesible en cada planta, o el 5 % del total de los baños. El anexo 3 (Normas mínimas de accesibilidad universal) de la Normativa de Edificación de Daca, de 2008, describe en detalle la accesibilidad universal en nueve artículos para garantizar la accesibilidad de todos, incluidas las personas con discapacidad, a saber: principios generales, puertas, barandillas, escaleras, rampas, ascensores, cuartos de baño/aseos, estacionamiento y zonas de descanso.

59.Se ha ordenado al Departamento de Arquitectura, bajo los auspicios del Ministerio de Vivienda y Obras Públicas, encargado de diseñar todas las construcciones financiadas o encargadas por el Gobierno de Bangladesh, que adopte las medidas necesarias para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad en todos los diseños de las futuras construcciones públicas.

60.Las cuestiones relativas a las personas con discapacidad se han tenido en cuenta en la Política Nacional de Comunicación. La comunicación ferroviaria entre la capital del país, Daca, y la segunda ciudad más grande, Chittagong (que es también la principal ciudad comercial del país) se está mejorando con la incorporación de las normas del diseño universal. Recientemente, el Gobierno ha decidido importar 200 vagones nuevos que incorporan elementos de accesibilidad, gracias a los cuales el sistema ferroviario nacional estará adaptado a las personas con discapacidad.

61.Asimismo, las cuestiones relativas a las personas con discapacidad se han incorporado en la Política Nacional de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones. Además, se promulgó la Ley de Derechos a la Información, en la que se han tenido en cuenta los intereses de las personas con discapacidad, especialmente las personas con deficiencia visual.

62.Las opciones de accesibilidad de los edificios públicos también se están renovando para adaptarse a las personas con discapacidad y asegurarles una circulación más fácil.

63.Todas las misiones de Bangladesh en el extranjero han empezado a prestar servicios consulares y de otra índole a las personas con discapacidad con carácter prioritario. Se ha capacitado debidamente a los funcionarios de estas misiones para prestar servicios a las personas con discapacidad con menos tiempo de espera. Para garantizar el acceso de las personas con discapacidad a los servicios, se ha facultado a los jefes de las Misiones para intervenir cuando sea necesario y enviar un equipo a la persona de que se trate para prestarle servicios consulares.

Artículo 10Derecho a la vida

64.La legislación sobre la discapacidad reafirma el compromiso del Estado de garantizar el derecho a la vida de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás. En general, la sociedad rural de Bangladesh se basa en un tejido familiar y de parentesco fuerte que conforma un sistema de apoyo integral relativamente sólido. Así pues, incluso cuando nace un niño con discapacidad, existe un sistema de apoyo familiar bastante fuerte para ayudar al recién nacido a sobrevivir, incluso cuando no hay o hay poco personal capacitado para ocuparse de esos casos. Además, la Política Nacional de Alimentación ha incluido a las personas con discapacidad, así como también varios programas de protección social destinados a las personas pobres con discapacidad. Asimismo, en la política operativa del Programa de Alimentación para Grupos Vulnerables (uno de los mayores programas de protección social del país), gestionado principalmente por conducto del Departamento de Asuntos de la Mujer, se ha dado prioridad a las mujeres con discapacidad y a las madres de niños con discapacidad.

65.En general, en Bangladesh no se practican infanticidios y feticidios intencionales o planeados; sin embargo, hace mucho tiempo se dieron casos de abandono de niños pequeños con discapacidad. También hubo casos de niños mutilados para utilizarlos en la mendicidad. La situación ha cambiado considerablemente en los últimos años gracias a la puesta en marcha de varios programas de protección social y la adopción de medidas de protección mediante la promulgación y aplicación de la Ley de Prevención de la Opresión contra Mujeres y Niños.

Artículo 11Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias

66.Bangladesh está situada en una de las zonas del mundo más propensas a los desastres naturales, en la que todos los años suelen producirse grandes crecidas, ciclones tropicales y tornados que afectan a amplias zonas. Geológicamente, el país también es vulnerable a terremotos. En todas esas situaciones de emergencia humanitaria, las personas con discapacidad suelen ser uno de los grupos más afectados. Habida cuenta de ello, el Plan Nacional de Respuesta en Caso de Desastre y el Reglamento sobre Desastres se han elaborado teniendo en cuenta a las personas con discapacidad y les dan prioridad en los planes de evacuación, rescate, albergue, socorro y rehabilitación después de los desastres. Cuando se producen desastres importantes, generalmente es el Gobierno quien coordina el plan de respuesta, en el que colaboran los sectores público y privado. El Gobierno proporciona a las personas afectadas por desastres asistencia en forma de efectivo y cereales, subvenciones para la construcción de viviendas, chapas de hierro onduladas y mantas, entre otras cosas, para hacer frente a las emergencias y a las pérdidas ocasionadas por los desastres. Las personas con discapacidad tienen prioridad en casi todos esos casos y los centros de acogida son accesibles en la medida de las posibilidades de los organizadores locales. Además, se están construyendo varios centenares de centros de acogida nuevos que incorporan características de accesibilidad.

67.Se considera que Bangladesh es uno de los países más afectados por el calentamiento global y el cambio climático. Los efectos también se perciben en la forma de desplazarse de las personas, una gran parte de las cuales son personas con discapacidad. Teniendo esto presente, las medidas de adaptación adoptadas por el Gobierno de Bangladesh y el sector privado tienen en cuenta a las personas con discapacidad.

68.Bangladesh desempeñó un papel activo en las negociaciones para dar forma definitiva al Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, que finalmente se aprobó el 18 de marzo de 2015 en la tercera Conferencia Mundial de las Naciones Unidas celebrada en Sendái (Japón), y asegurar que el documento final tuviera en cuenta a las personas con discapacidad. Tras la aprobación del documento, Bangladesh acogió la Conferencia Internacional sobre Discapacidad y Gestión del Riesgo de Desastres en Daca, celebrada del 12 al 14 de diciembre de 2015, para elaborar procedimientos de trabajo que aumentaran la efectividad del Marco en cuanto a la inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito de la gestión de desastres a nivel mundial. La Conferencia aprobó la “Declaración de Daca”, en la que se prevén medidas específicas con plazos definidos para la aplicación del Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres.

69.Bangladesh comparte fronteras con la India y Myanmar. Ha habido una afluencia constante de musulmanes rohinyás procedentes de Myanmar que continúa hasta la fecha. Aunque se ha repatriado a un número considerable de refugiados con la ayuda de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), más de 33.000 refugiados registrados y casi 400.000 nacionales de Myanmar indocumentados siguen viviendo en Bangladesh. Los refugiados registrados son atendidos por el ACNUR, en coordinación con el Ministerio de Gestión de Desastres y Socorro, pero los nacionales de Myanmar indocumentados residen en asentamientos improvisados en el distrito de Bazar de Cox. Entre estas personas hay un gran número de personas con discapacidad, las cuales reciben servicios humanitarios y de otra índole de diversas organizaciones internacionales (el ACNUR en los campamentos de refugiados y la Organización Internacional para las Migraciones en los asentamientos improvisados) en colaboración con organizaciones especializadas en la prestación de servicios a las personas con discapacidad, como Handicap International.

70.A nivel nacional, ha habido un pequeño número de grupos insurgentes en las zonas montañosas del sudeste, conocidas como Chittagong Hill Tracts. Sin embargo, con la firma del histórico acuerdo de paz entre el Gobierno y los grupos insurgentes en 1997, logró controlarse la violencia armada en esa zona. También se han dado casos de explosiones de minas terrestres antipersonales, que produjeron un gran número de casos de discapacidad. En los últimos años, tras las sentencias dictadas por el Tribunal de Crímenes Internacionales de Bangladesh contra los responsables de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la Guerra de Liberación en 1971, se produjeron incidentes violentos aislados con cócteles molotov caseros cometidos por simpatizantes de esos delincuentes, que causaron la muerte y la mutilación de cientos de personas inocentes en las calles. Se quemaron oficinas de servicios públicos y transportes, provocando la muerte y la mutilación de civiles. El Gobierno ha proporcionado apoyo económico para el tratamiento de la mayoría de las personas que resultaron heridas en los actos de violencia. Asimismo, por iniciativa del Gobierno, se llevaron al país expertos extranjeros para el tratamiento de los casos más complicados.

Artículo 12Igual reconocimiento como persona ante la ley

71.El artículo 27 de la Constitución Nacional de Bangladesh dispone que “todos los ciudadanos son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección de la ley”. Además, el artículo 19 (Igualdad de oportunidades) establece: “1) El Estado procurará garantizar la igualdad de oportunidades a todos los ciudadanos. 2) El Estado deberá adoptar medidas eficaces para eliminar la desigualdad social y económica entre hombres y mujeres y garantizar la distribución equitativa de la riqueza entre los ciudadanos, así como oportunidades que les permitan lograr un nivel uniforme de desarrollo económico en toda la República”.

72.El artículo 13 (Principios de titularidad) de la Constitución reza: “El pueblo poseerá o controlará los instrumentos y medios de producción y distribución y, con ese fin, la titularidad adoptará las formas siguientes: 1) titularidad estatal, es decir, la titularidad es del Estado en nombre del pueblo mediante la creación de un sector público nacionalizado eficiente y dinámico que abarque los sectores clave de la economía; 2) titularidad cooperativa, es decir, la titularidad es de cooperativas en nombre de sus miembros, dentro de los límites que la ley prescriba; y 3) titularidad privada, es decir, la titularidad es de particulares, dentro de los límites que la ley prescriba”.

73.El artículo 42, párrafo 1, de la Constitución (Derecho a la propiedad) establece además: “Con sujeción a las restricciones impuestas por la ley, todos los ciudadanos tendrán derecho a adquirir, poseer, transferir o enajenar de otro modo bienes, y ningún bien podrá ser expropiado, nacionalizado o requisado por mandato de ley”.

74.Además, la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, reconoce 20 derechos diferentes a las personas con discapacidad del país, en el marco de la Convención, entre los que figura el “igual reconocimiento como persona ante la ley y acceso a la justicia en condiciones de igualdad” (art. 16).

Artículo 13Acceso a la justicia

75.El artículo 31 de la Constitución de Bangladesh dispone que “gozar de la protección de la ley y de un trato conforme con la ley, y únicamente conforme con esta, es un derecho inalienable de todos los ciudadanos, dondequiera que estén, y de cualquier persona que se encuentre en Bangladesh. En particular, no se adoptará ninguna medida que vaya en detrimento de la vida, la libertad, la integridad física, la reputación o los bienes de una persona, excepto cuando lo disponga la ley”.

76.En su artículo 16, la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, prevé el “igual reconocimiento como persona ante la ley y el acceso a la justicia en condiciones de igualdad”.

77.En los últimos dos años, en algunos casos se ha invitado a intérpretes a los tribunales para ayudar a las personas con discapacidad auditiva y del habla. El país todavía no dispone de una lengua de señas normalizada. Cuando se disponga de ella, esa práctica será parte del sistema judicial del país.

78.En los 64 distritos del país, dentro de la competencia del respectivo Comisionado Adjunto (el jefe administrativo del distrito), se ha creado un fondo importante para sufragar las costas procesales de los miembros más pobres de las comunidades, según sea necesario. En todos los casos, las personas con discapacidad tienen derecho a solicitar y recibir esos fondos para sufragar los gastos jurídicos o judiciales.

79.Todas las comisarías de policía del país se están adaptando progresivamente para que sean accesibles para las personas con discapacidad. Como primera medida, se están instalando rampas y baños accesibles. Gradualmente se adoptarán medidas para las personas con discapacidad visual, auditiva y del habla. Se ha incluido información sobre la discapacidad en los cursos de capacitación básica de la fuerza de policía.

80.Bangladesh promulgó la Ley de Servicios de Asistencia Jurídica, de 2000, teniendo en cuenta especialmente la incapacidad de los ciudadanos pobres, vulnerables y desvalidos del país, que no tienen acceso al sistema jurídico cuando lo requieren, ya sea debido a su incapacidad para sufragar los costos o debido a su desconocimiento. Las personas con discapacidad pueden recurrir a los comités establecidos en virtud de dicha Ley para recibir asistencia jurídica cuando lo precisen. Ahora que el Gobierno ha promulgado la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, podrán obtener servicios jurídicos de esos comités si se vulneran los derechos y privilegios enunciados en la Ley.

81.Además, el Tribunal Superior, en su sentencia y directrices de 2009, proporcionó orientaciones para prevenir el acoso sexual en el lugar de trabajo y las instituciones educativas en las que también se hace referencia a las mujeres con discapacidad, habida cuenta de su vulnerabilidad al acoso sexual y los delitos conexos.

Artículo 14Libertad y seguridad de la persona

82.El artículo 32 de la Constitución establece que “nadie podrá ser privado de la vida o de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley”. Además, el artículo 33 (Salvaguardias en caso de detención y reclusión), párrafo 1, reza: “Ninguna persona detenida permanecerá recluida sin ser informada, tan pronto como sea posible, de los motivos de la detención ni le será denegado el derecho a consultar a un abogado de su elección y a ser defendida por él”.

83.Por su parte, la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, en su artículo 16, párrafo 1 a) y k), reconoce el derecho a “vivir y prosperar plenamente” y el derecho a la “protección contra la opresión y al acceso a un ambiente seguro y saludable”, respectivamente, como derechos inalienables de las personas con discapacidad en el país.

84.La Ley de Demencia, de 1912, permite al sistema de salud internar y administrar tratamiento a las personas con enfermedades mentales, con o sin su consentimiento informado. En 2006, Bangladesh aprobó una Política, una Estrategia y un Plan de Salud Mental como parte de sus esfuerzos para promover la vigilancia y la prevención de las enfermedades no transmisibles. El Ministerio de Salud ha adoptado medidas para promulgar una nueva ley de salud mental basada en los derechos humanos, que se está ultimando. Cuando se promulgue, esta ley protegerá a las personas de esas prácticas inhumanas en el futuro.

Artículo 15Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

85.El artículo 35 de la Constitución reza: “1) Ninguna persona podrá ser condenada por delitos que no estén tipificados como tales en la legislación vigente en el momento de la comisión del acto imputado como delito ni será objeto de una pena mayor o diferente de la prevista en la legislación vigente en el momento de la comisión del delito. 2) Ninguna persona será juzgada y castigada por el mismo delito más de una vez. 3) Todas las personas acusadas de un delito tendrán derecho a un juicio rápido y público por un tribunal independiente e imparcial establecido según lo previsto en la ley. 4) Ninguna persona acusada de un delito será obligada a testificar contra sí misma. 5) Ninguna persona será sometida a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. 6) Nada de lo dispuesto en los párrafos 3 o 5 afectará la aplicación de una ley vigente que prevea un castigo o actuaciones judiciales”.

86.En general, Bangladesh no utiliza seres humanos en ninguna investigación. Por lo tanto, no cabe duda de que no se emplean personas con discapacidad para esos fines.

Artículo 16Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

87.El artículo 11 de la Constitución de Bangladesh establece claramente que “la República será una democracia en la que se garantizarán los derechos humanos y las libertades fundamentales y el respeto de la dignidad y el valor de la persona humana”. Por lo tanto, todas las leyes y políticas nacionales se basan en ese principio. Además, el artículo 31 de la Constitución de Bangladesh dispone: “Gozar de la protección de la ley y de un trato conforme con la ley, y únicamente conforme con esta, es un derecho inalienable de todos los ciudadanos, dondequiera que estén, y de cualquier persona que se encuentre en Bangladesh. En particular, no se adoptará ninguna medida que vaya en detrimento de la vida, la libertad, la integridad física, la reputación o los bienes de una persona, excepto cuando lo disponga la ley”. Esto protege a todas las personas con discapacidad en condiciones de igualdad con las personas que no tienen ninguna discapacidad.

88.La Ley de Prevención de la Opresión contra Mujeres y Niños, la Política Nacional de la Mujer y la Política Nacional de la Infancia proporcionan un marco jurídico sólido para la protección contra la explotación, la violencia y el abuso en Bangladesh. En general, todas ellas protegen a las mujeres y los niños, con y sin discapacidad, contra los casos graves de violencia y abuso y evitan que se produzcan. Asimismo, los mecanismos de gobierno, incluido el poder judicial, tienen un mayor conocimiento sobre las causas de las personas con discapacidad y están más sensibilizados al respecto. Además, se cuenta con un mecanismo de vigilancia para garantizar que los casos de violencia o abuso contra personas con discapacidad se denuncien y se adopten medidas de reparación lo antes posible. Para luchar contra la explotación de las personas con discapacidad, en particular debido a su pobreza, analfabetismo e ignorancia, el Gobierno está aumentando sus oportunidades de educación, formación profesional y empleo/ingresos. También se espera que la Ley de 2013 contribuya a reducir los casos de explotación.

Artículo 17Protección de la integridad personal

89.El artículo 32 de la Constitución garantiza que “nadie podrá ser privado de la vida o de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley”. Otros artículos mencionados anteriormente también tienen por objeto proteger la integridad de la persona. Además, también garantizan la integridad personal de los ciudadanos de Bangladesh la Ley de Prevención de la Opresión contra Mujeres y Niños, de 2000, la Ley de Represión del Delito de Agresión con Ácido, de 2002, la Ley de Violencia Doméstica (Prevención y Protección), de 2010, la Ley de Control de la Pornografía, de 2012, y la Ley de Disuasión y Represión de la Trata de Personas, de 2012, entre otras. El artículo 16, párrafo 1 k), de la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, protege específicamente la integridad personal de las personas con discapacidad.

90.En general, hay muy pocos casos de embarazos fuera del matrimonio, especialmente de mujeres con discapacidad. Bangladesh ha logrado importantes progresos en el control del crecimiento demográfico gracias a un programa de planificación familiar nacional efectivo. No obstante, no se realizan esterilizaciones forzadas.

Artículo 18Libertad de desplazamiento y nacionalidad

91.El artículo 36 de la Constitución de Bangladesh reza: “Con sujeción a las limitaciones razonables que imponga la ley en beneficio del interés público, todo ciudadano tendrá derecho a circular libremente por el territorio de Bangladesh, a residir y establecerse en cualquier lugar en él y a salir del país y volver a entrar en él”.

92.El Gobierno de Bangladesh ha puesto en marcha un programa de inscripción obligatoria del nacimiento de todos los niños, incluidos los niños con discapacidad, pues las leyes del país relativas a la nacionalidad se aplican en igualdad de condiciones a las personas con discapacidad. El artículo 16, párrafo 1 t), de la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, reconoce la obtención de la cédula de identidad nacional como un derecho de las personas con discapacidad. En el artículo 31 de dicha Ley se detalla el proceso de inscripción y obtención de ese documento.

Artículo 19Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad

93.La Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, reconoce, en su artículo 16, párrafo 1 e), g) y n), respectivamente, los derechos inalienables de toda persona con discapacidad a “vivir en sociedad con sus padres o tutores, hijos y familia, contraer matrimonio y tener familia”, a “participar plena y activamente, en función de la naturaleza de su discapacidad, en las esferas social, económica y pública” y a “recibir asistencia y rehabilitación física para adquirir competencias físicas, mentales y técnicas que le permitan integrarse plenamente en la sociedad”.

94.La familia, incluida la más extensa, es un elemento influyente y determinante del tejido social de Bangladesh. Por lo tanto, también desempeña una función de apoyo importante para cualquiera de sus miembros, incluidos aquellos que tengan alguna discapacidad. De ahí que el concepto de vida independiente no haya revestido importancia en Bangladesh hasta hace pocos años, cuando el modelo de familia extensa ha comenzado gradualmente a dar paso a uno de familia nuclear, y los padres de niños con discapacidad repentinamente empezaron a darse cuenta de que sus hijos podrían necesitar un sistema de apoyo sólido en su ausencia.

95.En general, la práctica habitual es que la persona con discapacidad se rehabilita en el seno de la sociedad. El establecimiento de centros de vida independiente es un fenómeno nuevo.

Artículo 20Movilidad personal

96.Algunos edificios públicos se han asegurado de que sus instalaciones sean accesibles mediante la instalación de ascensores amplios con botones ubicados al alcance de los usuarios de sillas de ruedas. Las puertas también se han ampliado lo suficiente para posibilitar la libertad de circulación. Actualmente se está planeando la instalación de servicios auxiliares, como pasamanos o rampas portátiles. También se han instalado rampas en la mayoría de los edificios de la Secretaría de Bangladesh para que los usuarios de sillas de ruedas puedan acceder a los ascensores. Algunos de esos edificios también disponen en sus ascensores de un sistema de reserva o de preferencia para las personas con discapacidad.

97.En varias estaciones ferroviarias se han instalado rampas y mostradores de venta especiales para las personas con discapacidad, que se han indicado de forma destacada para que se puedan ver desde lejos al entrar a la estación. En las estaciones en las que aún no se ha podido adoptar esas medidas por falta de espacio, se ha capacitado especialmente al jefe de estación, al auxiliar de compra de billetes, al revisor y a los guardias para que asistan adecuadamente a las personas con discapacidad.

98.Casi todos los trenes interurbanos tienen dos asientos reservados para las personas con discapacidad, disponibles previa reserva hasta tres horas antes de la hora de salida prevista a una tarifa con un 50 % de descuento.

99.Teniendo en cuenta la difícil situación de las personas con discapacidad pobres, ya se aplica una medida por la cual las personas con deficiencia visual pueden viajar gratuitamente en todos los trenes (excepto en los interurbanos rápidos). El Gobierno tiene previsto ampliar ese servicio a personas con otros tipos de discapacidad y ofrecer una tarifa reducida a los acompañantes.

100.También se han reservado asientos en autobuses tanto de la Empresa de Transporte por Carretera de Bangladesh, de gestión pública, como de empresas privadas. Le Empresa de Transporte por Carretera de Bangladesh también ofrece billetes con un 50 % de descuento a las personas con discapacidad provistas de un documento de identidad o con una discapacidad evidente y visible.

101.Actualmente, los aeropuertos internacionales cuentan con mostradores de inmigración especiales para viajeros en silla de ruedas, así como con personal para asistir a esos viajeros.

102.Hace decenios que varias instituciones de Bangladesh fabrican ayudas técnicas, como prótesis. En los últimos tiempos, muchas organizaciones, entre ellas grupos empresariales, están mostrando interés en hacer más asequible la tecnología de apoyo. El Gobierno también ha emprendido iniciativas para proporcionar esos servicios o equipo de forma gratuita. Ello ha tenido un efecto positivo en la visibilidad de las personas con discapacidad en la sociedad y les ha ayudado a lograr un mayor acceso a los servicios públicos, incluidos los proporcionados por el gobierno local.

Artículo 21Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información

103.El artículo 39 (Libertad de pensamiento, de conciencia y de expresión) de la Constitución reza: “1) Se garantiza la libertad de pensamiento y de conciencia. 2) Con sujeción a las restricciones razonables impuestas por la ley en interés de la seguridad del Estado, la buena relación con otros Estados, el orden público, la decencia o la moral, o en relación con el desacato, la difamación o la incitación al delito, se garantizan: a) el derecho de todo ciudadano a la libertad de expresión; y b) la libertad de prensa”.

104.En 2009, el Gobierno promulgó la Ley del Derecho a la Información, que contempla medidas para las personas con diferentes tipos de discapacidad. Este instrumento legislativo ha abierto nuevas posibilidades a las personas con discapacidad, especialmente a las que tienen educación, puesto que ahora tienen más acceso a la información relativa a las políticas, los servicios y los programas de los ministerios, los departamentos y los funcionarios de la administración, lo que les ayudará a tomar decisiones más fundamentadas sobre sus propios planes para el futuro. En la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, también se reconoce este derecho. Además, se ha consagrado el derecho de las personas con deficiencia auditiva y del habla a “emplear la lengua de señas bengalí como primer idioma en la mayor medida posible”.

105.Según lo previsto en la hoja de ruta para lograr un “Bangladesh Digital en 2021”, todos los ministerios han creado sus respectivos sitios web. Lamentablemente, en el diseño de ninguno de ellos se ha tenido en cuenta desde un principio la accesibilidad de las personas con discapacidad visual, pero ahora casi todos los ministerios han optado por incluir elementos para mejorar la accesibilidad. Se ha puesto en marcha un proyecto de acceso a la información, que depende de la Oficina de la Primera Ministra, en cuyo marco se han abierto 5.000 centros de información al público en todo el país en los que se crea un entorno propicio para que las personas, incluso de las zonas más apartadas, puedan acceder a la información a través de Internet. Se ha iniciado un proceso para instalar programas informáticos de lectura en las computadoras de esos centros para que las personas con discapacidad visual, así como las personas que no saben leer, puedan tener acceso a la información. Actualmente, dos universidades trabajan en el desarrollo de un avanzado programa informático de lectura en bengalí de fácil utilización.

Artículo 22Respeto de la privacidad

106.El artículo 43 de la Constitución reza: “Todos los ciudadanos tendrán derecho, con sujeción a las restricciones razonables impuestas por la ley en interés de la seguridad del Estado, el orden público, la moral o la salud públicas: 1) a estar protegidos en su domicilio contra el allanamiento, el registro y la incautación; y 2) a la privacidad de la correspondencia y otros medios de comunicación”.

107.En cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Gobierno de Bangladesh está tratando de adoptar las medidas suficientes para que las personas con discapacidad no sean objeto de injerencias arbitrarias con respecto a su intimidad y para proteger su honor y reputación. En la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, también se reconoce la privacidad de la información personal como un derecho de las personas con discapacidad.

Artículo 23Respeto del hogar y de la familia

108.Como se ha mencionado anteriormente (véase la sección relativa al artículo 19), la familia desempeña un papel importante en la crianza de los hijos en Bangladesh, en particular de los hijos con discapacidad. La familia extensa comparte las labores e incluso los costos para hacer frente a las medidas necesarias para criar a un niño con discapacidad.

109.Por lo general, la adopción y la colocación en familias de acogida son prácticas muy inusuales en nuestra sociedad y están reguladas por legislación estricta. Con respecto a las personas sin hogar o los niños sin padres con autismo y otros trastornos del neurodesarrollo, se ha establecido un comité de expertos encargado de preparar un documento conceptual para poner en marcha servicios de acogida familiar.

110.Las leyes relativas al matrimonio se aplican en igualdad de condiciones a las personas con discapacidad. Por ejemplo, el matrimonio infantil y la dote están estrictamente prohibidos y están tipificados como delito en la Ley de Restricción del Matrimonio Infantil, de 1929, y la Ley de Prohibición de la Dote, de 1980, respectivamente.

111.La Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, reconoce el derecho de toda persona con discapacidad a “vivir en sociedad con sus padres o tutores, hijos y familia, contraer matrimonio y tener familia” y el derecho a “acceder a una vivienda razonablemente segura y a servicios de rehabilitación, especialmente en el caso de las personas con discapacidad que dependen de sus padres o su familia, que han sido separadas de su familia o que no tienen acceso a esos servicios por su propia cuenta”.

Artículo 24Educación

112.El artículo 17 de la Constitución establece: “El Estado adoptará medidas eficaces para: 1) establecer un sistema educativo uniforme y universal y conceder la educación gratuita y obligatoria a todos los niños hasta la etapa que determine la ley; 2) ajustar la educación a las necesidades de la sociedad y formar ciudadanos debidamente capacitados y motivados para responder a esas necesidades; y 3) eliminar el analfabetismo dentro del plazo que determine la ley”. El artículo 28, párrafo 3, dispone además: “Ningún ciudadano será sometido a forma alguna de inhabilitación, impedimento, restricción o condición con respecto al acceso a los lugares de esparcimiento o de reposo públicos o a la admisión a las instituciones de enseñanza por motivo de religión, raza, casta, sexo o lugar de nacimiento”. La Ley de Enseñanza Primaria Obligatoria, de 2000, se promulgó teniendo en cuenta esos principios, como así también la Política Nacional de Educación, de 2010. Actualmente se está redactando una ley de educación nueva en la que también se tiene en cuenta la inclusión de las personas con discapacidad en el sistema educativo general.

113.Para atender las necesidades educativas de los niños con discapacidad, el Gobierno ha creado 5 escuelas especiales para niños con discapacidad visual, 5 para los niños con discapacidad auditiva y del habla y 2 escuelas especiales y centros de formación profesional para las personas con discapacidad física. Asimismo, el Gobierno ha puesto en marcha un programa de educación integrada para niños con discapacidad visual en 64 escuelas de todo el país.

114.El Ministerio de Bienestar Social ya promulgó un Reglamento Coordinado de Educación Especial para Alumnos con Discapacidad en 2009. En el marco de esta iniciativa, hay 62 escuelas especiales para niños con discapacidad intelectual y, en 8 ciudades de distintas divisiones del país, hay 11 escuelas especiales para niños con autismo. En la actualidad, un total de 9.854 alumnos son escolarizados en esos institutos.

115.Además, muchas ONG e instituciones privadas han creado escuelas especiales, integradas e inclusivas para otros miles de niños con discapacidad. En los últimos años, el Gobierno ha proporcionado asistencia financiera a muchas de estas escuelas, especialmente a las que imparten educación a los niños con discapacidad intelectual y autismo. Desde 2010, el Gobierno sufraga todos los gastos de educación de unas 60 escuelas de este tipo, incluidos los sueldos de todos los maestros y del personal docente conexo.

116.Una vez finalizada la educación secundaria, los alumnos con discapacidad deben cursar sus estudios superiores en instituciones de enseñanza general. La Universidad de Daca, la más alta institución académica del país, da cabida a estudiantes con discapacidad visual desde 1969. Con la colaboración de donantes, recientemente se ha instalado una sección de computadoras y dispositivos en braille en su biblioteca principal, lo que facilita las necesidades educativas de esos alumnos.

117.Con miras a lograr la meta mundial de la “Educación para todos en 2015”, el Gobierno de Bangladesh, con el apoyo de un gran número de donantes, puso en marcha una serie de programas, entre ellos el Programa de Desarrollo de la Enseñanza Primaria. Consciente de la necesidad de ocuparse de la cuestión de los niños con discapacidad con especial atención, en la segunda fase de dicho Programa se incluyó un componente importante para atender a todos los “niños excluidos”, entre los que se cuentan los niños con discapacidad, mediante un enfoque de educación inclusiva. El proyecto no arrojó muy buenos resultados. Sobre la base de la experiencia adquirida con las primeras dos fases del Programa, se han adoptado nuevas medidas y enfoques para la tercera fase, a cuyo término se espera lograr algunos cambios positivos. Por ejemplo, el establecimiento de una cuota mínima de un 2 % de niños con discapacidad en la enseñanza primaria. Además, para promover el empleo de las personas con discapacidad y para inspirar a los niños con discapacidad, en las escuelas primarias públicas se ha contratado, hasta la fecha, a 650 docentes con discapacidad, de los cuales aproximadamente el 70 % son mujeres con discapacidad. En la actualidad, unos 150.000 niños con discapacidad están matriculados en esas escuelas, de los cuales el 45 % son niñas.

118.Para fomentar la matriculación y permanencia en la enseñanza primaria, que es gratuita para todos los estudiantes, hace muchos años que el Gobierno comenzó a ofrecer becas para la enseñanza a los alumnos que asisten regularmente a la escuela. Además, se instauró la educación gratuita para las niñas hasta el 8º curso, la cual se ha ido ampliando gradualmente hasta cubrir actualmente el ciclo superior de la enseñanza secundaria. Inspirados por los buenos resultados de esta medida y reconociendo los costos adicionales que deben sufragar los niños con discapacidad, el Gobierno ha puesto en marcha un programa especial de becas para todos los alumnos con discapacidad matriculados en los diferentes niveles de la educación formal, a saber, enseñanza primaria, ciclos primero y segundo de la enseñanza secundaria y enseñanza de grado y posgrado universitario. Con arreglo a este plan, los niños en la enseñanza primaria reciben un estipendio mensual adicional de 300 taka, y los estudiantes universitarios, de 1.000 taka. Esto ha impulsado sustancialmente la educación de las personas con discapacidad y ha animado a los padres de familias pobres a enviar a sus hijos a la escuela.

119.El Gobierno proporciona gratuitamente libros de texto a todos los niños en la enseñanza primaria, que se les entregan en las escuelas el primer día del año lectivo. Solo el 1 de enero de 2015, se distribuyeron gratuitamente alrededor de 300 millones de libros a los niños. Ese mismo año, por primera vez se distribuyeron libros en braille a un gran número de estudiantes. El Gobierno está trabajando para ampliar la cobertura de esa medida para que ningún niño con discapacidad quede excluido del plan.

120.Consciente de la falta de docentes debidamente formados en las escuelas generales para atender a los niños con discapacidad, el Gobierno está preparando un programa de formación en el empleo para capacitar a más de 50.000 docentes de manera que puedan atender las necesidades especiales de los niños con discapacidad.

121.Recientemente, el Gobierno ha renovado o construido 10.000 escuelas en todo el país en las que se han instalado rampas. También estaba previsto hacer accesibles los baños a los estudiantes que usan sillas de ruedas, pero sigue habiendo quejas, puesto que finalmente la mayoría de esos baños se ha instalado fuera del edificio de la escuela, en una estructura aparte, lo que los hace inaccesibles para los niños con discapacidad. Se presta la debida atención a esta cuestión para que se puedan resolver las quejas.

122.En el sistema de enseñanza pública, todos los estudiantes deben realizar los exámenes públicos por escrito, de su puño y letra. Previa notificación, se permite a los estudiantes con deficiencia visual y física contar con escribientes. Teniendo en cuenta el tiempo adicional necesario, y como medida de ajuste razonable, el Gobierno ha decidido dar 20 minutos adicionales a esos estudiantes en los exámenes públicos.

123.Recientemente, el Ministerio de Educación, en colaboración con el Ministerio de Bienestar Social y el Ministerio de Salud y Bienestar de la Familia, ha puesto en marcha un proyecto para crear una Academia sobre el Autismo y las Discapacidades del Neurodesarrollo. En la primera fase de este proyecto, además de establecer la Academia, se capacitará a 3.000 docentes de enseñanza secundaria para atender las necesidades específicas de los niños con discapacidad del neurodesarrollo.

124.La Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, concede gran importancia a la educación de estas personas. En primer lugar, en el artículo 16 se reconoce la educación como un derecho fundamental. El artículo 33 versa en su totalidad sobre la “Eliminación de la discriminación contra la admisión de las personas con discapacidad en las instituciones educativas”. Por último, un artículo específico, el artículo 9 (con 12 párrafos), del anexo de la Ley trata exclusivamente de la enseñanza y formación.

Artículo 25Salud

125.Habida cuenta de que, gracias a sus políticas de salud, Bangladesh está mejorando su tasa de mortalidad infantil, su cobertura vacunal y su atención de la salud en general, cabe esperar una menor incidencia de deficiencias. No obstante, es probable que los avances logrados gracias a la mejor atención de la salud se vean contrarrestados por el mayor número de niños con algún tipo de deficiencia que sobreviven; el mayor número de personas que adquieren una discapacidad debido a su avanzada edad (por ejemplo, cataratas y artritis) y la malnutrición generalizada. La falta de suministro constante de oxígeno en los paritorios de muchos hospitales locales causa en algunos recién nacidos trastornos como la parálisis cerebral o discapacidades intelectuales. Esto, sumado a las calamidades naturales y los constantes accidentes de tráfico, provoca el aumento de los casos de deficiencias en Bangladesh. El Gobierno está trabajando para asegurar una atención de la salud y unos servicios neonatales adecuados en todos los hospitales de nivel local, incluidos los dispensarios de base.

126.En aproximadamente los tres últimos decenios, Bangladesh ha logrado ciertos avances en lo que respecta a la disponibilidad del agua potable incluso en zonas rurales apartadas. Con el apoyo de organizaciones donantes grandes y pequeñas, se instalaron millones de pozos entubados poco profundos. Sin embargo, en los últimos 15 años se ha descubierto que, debido a la perforación indiscriminada de pozos, una gran parte de ellos han resultado contaminados por arsénico. Si bien se están investigando herramientas y técnicas de mitigación de los efectos del arsénico de bajo costo y fácil utilización, se aconseja a las personas que vuelvan a utilizar las aguas superficiales. Con todo, garantizar el abastecimiento de agua potable a las personas con discapacidad no ha figurado entre las prioridades de ninguno de los donantes. Asimismo, en la esfera del saneamiento, se han distribuido letrinas sanitarias (con losa) de bajo costo y fácil empleo en todo el país. Sin embargo, en la mayoría de los casos, estas no son accesibles en absoluto para las personas con discapacidad física, especialmente para las que utilizan silla de ruedas. La situación está cambiando, sobre todo tras la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ya que los donantes cada vez prestan más financiación para establecer instalaciones de agua, saneamiento e higiene con opciones de accesibilidad.

127.Cuando los trabajadores con discapacidad expatriados requieren ayuda médica, el personal de la misión de Bangladesh que corresponda se ocupa de enviarlos al hospital. Su evolución se supervisa regularmente y los costos que entraña su tratamiento se pagan con cargo al Fondo de Bienestar de la misión en cuestión, previa aprobación de la Junta del Fondo de Bienestar de los Trabajadores Asalariados.

128.Antes, las políticas nacionales de salud rara vez incorporaban cuestiones relativas a la discapacidad, por lo que los principales agentes en esta esfera en su mayoría eran las ONG. Por el contrario, en la actualidad, la política nacional de salud aborda, en cierta medida, la prevención de la ceguera. El Gobierno está preparando una nueva política de salud que pretende abarcar la prevención de otros tipos de discapacidad que hasta ahora no se habían abordado en la política sanitaria general.

129.Actualmente hay en marcha 32 planes operativos en el marco del Programa de Desarrollo del Sector de la Salud, la Población y la Nutrición, 2 de los cuales, además de un proyecto del Ministerio de Salud y Bienestar de la Familia, se centran en el autismo. El propio Ministerio de Salud ha establecido una Unidad de Autismo para coordinar las actividades en esta esfera. El Ministerio ha encargado una investigación sobre el autismo y las discapacidades del neurodesarrollo y mantiene un registro sobre estas últimas en todos los centros de salud del país. Además de acoger la Academia Nacional de Autismo en las dependencias de su dirección, el Ministerio también está elaborando un módulo de capacitación sobre el autismo y las discapacidades del desarrollo neurológico para los cursos de capacitación de su fundación.

Artículo 26Habilitación y rehabilitación

130.El Gobierno gestiona un hospital ortopédico en Daca y una unidad ortopédica en todos los hospitales universitarios del país, así como tres hospitales para tratar la lepra. El Gobierno también administra dos centros de rehabilitación profesional para las personas con discapacidad ortopédica. Varias organizaciones privadas y voluntarias organizan talleres de órtesis y prótesis y se encargan del funcionamiento de dos centros de capacitación para personas con discapacidad visual e intelectual.

131.El Gobierno ha reconocido dos cursos de capacitación sobre terapia ocupacional y fisioterapia y se han establecido varias universidades privadas más. De esta manera, gradualmente se está creando un cuerpo de terapeutas en Bangladesh. Un centro que no depende del Gobierno está desarrollando numerosas ayudas para la rehabilitación y, hasta la fecha, hay más de 1.000 profesionales capacitados trabajando en todo el país. El curso está en proceso de recibir el reconocimiento del Gobierno.

132.En 2009, bajo los auspicios de la Fundación Jatiyo Protibondhi Unnayan, fundación nacional para el adelanto de las personas con discapacidad, el Gobierno puso a prueba un programa en cuyo marco se establecieron 5 centros de atención integral en diferentes partes del país, dotados de recursos humanos adecuados para atender las diferentes necesidades de las personas con discapacidad que viven en zonas rurales apartadas, desde donde generalmente no tienen acceso a servicios de calidad. Los centros ofrecen servicios de diagnóstico, asesoramiento, fisioterapia, terapia ocupacional y logopedia, además de distribuir un gran número de ayudas técnicas. Atendiendo al éxito de este programa, al año siguiente se establecieron otros 10 centros similares y poco a poco se fueron abriendo más, hasta los 103 que hay actualmente, que prestan servicios en los 64 distritos del país. Todos los centros cuentan ahora con una sección para apoyar a los niños con autismo y discapacidades del neurodesarrollo. En el futuro, se prevé extender esos centros en todos los upazillas del país. Sobre la base de la experiencia de una ONG nacional que ha gestionado centros ambulantes de servicios en distintos distritos del país con 2 autobuses y 1 lancha, el Gobierno ha tomado la iniciativa de desplegar 32 furgonetas para prestar servicios móviles de rehabilitación en los 64 distritos del país, de manera que las personas con discapacidad que viven en zonas apartadas pueden acceder a los servicios de calidad que requieren.

133.El Gobierno prevé llevar servicios de teleterapia a los habitantes de zonas rurales que requieren terapias por medio de sistemas modernos de comunicaciones y tecnología de la información. A tal efecto se contratará a un grupo de expertos en los ámbitos de, por ejemplo, la fisioterapia, la terapia ocupacional, la logopedia, la foniatría y la psicología para que impartan capacitación a las comunidades de esas zonas y las personas con discapacidad que viven en esas regiones periféricas puedan aprovechar estos servicios a su alcance.

134.Además de proporcionar gratuitamente ayudas técnicas, también se ofrecen de forma gratuita cirugías complejas a las personas con diferentes tipos de discapacidad en los hospitales públicos y varios hospitales privados. Se proporcionan implantes cocleares sin costo alguno. Asimismo, se han practicado cirugías correctivas de forma gratuita a varios cientos de niños con pie equino y labio leporino o paladar hendido.

135.El Gobierno ha establecido un Centro de Recursos sobre el Autismo en la capital, Daca, inaugurado por la Honorable Primera Ministra, en el que se imparte educación y se presta apoyo psicológico a los niños con autismo y sus tutores desde 2010. Este centro se está ampliando progresivamente y, en el futuro, sus servicios llegarán a otros distritos del país. Asimismo, se creó un Centro de Neurodesarrollo y Autismo Infantil en la única universidad médica del país, que recientemente se ha elevado de categoría y ha pasado a ser el Instituto Pediátrico de Trastornos Neurológicos y Autismo, que funciona como un centro de excelencia en esta esfera en Bangladesh. El Instituto también ofrece servicios de telemedicina.

136.Un Comité Consultivo Nacional integrado por padres, profesionales y funcionarios públicos llevó a cabo el primer análisis de la situación de las discapacidades del neurodesarrollo y el autismo de Bangladesh. El análisis instó a que se atendieran las necesidades para hacer avanzar a la comunidad de manera integral. Un Comité Directivo Interministerial sobre Autismo y Trastornos Conexos, formado por ocho Ministerios (de Bienestar Social, de Educación, de Finanzas, de Salud y Bienestar de la Familia, de Trabajo y Empleo, de Educación Primaria y de Masas, de Administración Local y Desarrollo Rural y de Asuntos de la Mujer y el Niño), elaboró un plan de acción estratégico que se presentó oficialmente al Presidente de Bangladesh en julio de 2012. Los objetivos principales del plan son facilitar la colaboración entre las partes interesadas locales, los expertos y los funcionarios públicos para establecer un conjunto amplio de políticas y programas de capacitación estándar para las personas que trabajan con personas con autismo y discapacidades del neurodesarrollo.

137.En 2010, el Ministerio de Salud puso en marcha un programa de salud de base para llevar los servicios médicos a las zonas rurales apartadas del país. Se imparte capacitación sobre las discapacidades del desarrollo a los trabajadores sanitarios de base para que puedan detectarlas e intervenir de forma temprana. Siguiendo las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS), se elaboró un manual de capacitación sobre los trastornos del espectro autístico y las discapacidades del desarrollo específicamente para los trabajadores de salud de base, cuyo contenido se ha incorporado en módulos de formación continua. Es la primera vez que en Bangladesh se imparte capacitación sobre lo que normalmente se considera un problema no médico a los profesionales de la medicina. Además, también se capacita a los médicos generalistas y pediatras para que realicen pruebas para detectar retrasos en el desarrollo.

138.Además de la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, teniendo en cuenta la difícil situación de las personas con autismo y otras discapacidades del neurodesarrollo, en noviembre de 2013 se promulgó la Ley del Fondo para la Protección de las Personas con Discapacidades del Neurodesarrollo, de 2013. En aplicación de lo dispuesto en esta Ley, a principios de 2014 se estableció el Fondo Nacional para la Protección de las Personas con Discapacidades del Neurodesarrollo. Se consignaron 200 millones de taka del presupuesto nacional del ejercicio económico en curso para ponerlo en funcionamiento. Se destinaron otros 50 millones de taka para transformar el antiguo Centro de Educación y Rehabilitación para las Personas Físicamente Impedidas y convertirlo en el Fondo Nacional para las Personas con Discapacidad Física. El Gobierno también tiene previsto establecer un moderno Centro Nacional de Discapacidad en las instalaciones de la Fundación Jatiyo Protibondhi Unnayan por un costo inicial de 835 millones de taka para prestar servicios de atención social y brindar oportunidades económicas directas a las personas con discapacidad.

139.Recientemente, el Ministerio de Administración Local y Desarrollo Rural emitió una circular en virtud de la cual las administraciones locales deben atender las necesidades de las personas con discapacidad que les conciernen. Se ha ordenado a las autoridades locales que reúnan y conserven información y datos relativos a las personas con discapacidad, den prioridad a las personas con discapacidad en todos los planes de su administración, como los programas de protección social, garanticen la participación de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la administración local, destinen presupuesto para el desarrollo de las personas con discapacidad mediante un enfoque doble, y aumenten la conciencia sobre la discapacidad y las cuestiones que afectan a las personas con discapacidad a nivel local. Ello permitirá abordar los diversos problemas a que se enfrentan las personas con discapacidad que viven en distintas zonas geográficas, incluidas las personas que viven en las zonas montañosas, las zonas costeras, las islas, las zonas propensas a crecidas e inundadas y las zonas propensas a sequías, entre otras, además de en las llanuras.

Artículo 27Trabajo y empleo

140.El artículo 29 de la Constitución reza: “1) Todos los ciudadanos gozarán de igualdad de oportunidades en lo que respecta al empleo o el ejercicio de funciones al servicio de la República. 2) Ningún ciudadano sufrirá discriminación ni será considerado no apto para un empleo o cargo estatal al servicio de la República por motivos de religión, raza, casta, sexo o lugar de nacimiento”.

141.Asimismo, en su artículo 15 b), la Constitución garantiza “el derecho a trabajar, que es el derecho a tener un empleo garantizado y remunerado con un salario razonable teniendo en cuenta la cantidad y la calidad del trabajo”. Su artículo 19 (Igualdad de oportunidades) reza: “1) El Estado procurará garantizar la igualdad de oportunidades a todos los ciudadanos. 2) El Estado deberá adoptar medidas eficaces para eliminar la desigualdad social y económica entre hombres y mujeres y garantizar la distribución equitativa de la riqueza entre los ciudadanos, así como oportunidades que les permitan lograr un nivel uniforme de desarrollo económico en toda la República. 3) El Estado procurará garantizar la igualdad de oportunidades y la participación de las mujeres en todas las esferas de la vida nacional”.

142.El artículo 20 dispone lo siguiente: “1) El trabajo es un derecho, un deber y una cuestión de honor para todo ciudadano que esté en condiciones de trabajar, y todas las personas serán remuneradas en función de sus aptitudes y el trabajo realizado. 2) El Estado procurará crear condiciones en las que, como principio general, las personas no puedan percibir ingresos injustificados y el trabajo en todas sus formas, ya sea intelectual o físico, se convierta en una expresión plena de la creatividad y la personalidad humana”.

143.El artículo 40 de la Constitución reza: “Con sujeción a las restricciones impuestas por la ley, todos los ciudadanos que posean las calificaciones, si las hubiere, establecidas por la ley en relación con su profesión, ocupación, oficio o actividad particular tendrán derecho a ejercer esa profesión u ocupación o a realizar cualquier actividad o negocio legal”.

144.Sobre la base de estas disposiciones constitucionales, y de conformidad con el espíritu de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, establece el trabajo y el empleo de las personas con discapacidad como su derecho inalienable. El artículo 16, párrafo 1 i), j) y m), reconoce los derechos a “obtener empleo en instituciones públicas y privadas”, a “en caso de adquirir la discapacidad en el trabajo, mantener el empleo o recibir una rehabilitación y una indemnización adecuadas” y a “recibir los ajustes razonables en la educación, el trabajo y los ámbitos que proceda”, respectivamente. El apartado k), que enuncia el derecho a la “protección contra la opresión y a acceder a un entorno seguro y saludable”, es aplicable a este respecto. La Fundación Jatiyo Protibondhi Unnayan organizó una feria sobre el desarrollo de las personas con discapacidad en 2014 y una feria de empleo para personas con discapacidad en 2016. La Fundación cuenta asimismo con una unidad de colocación laboral de personas con discapacidad basada en un mecanismo de remisión en colaboración con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.

145.El artículo 37, párrafos 1 y 2, de la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, establece: “No obstante lo dispuesto en cualquier otra ley vigente, no podrá privarse de un empleo o discriminarse para este a una persona con discapacidad cualificada por motivo de su discapacidad, dependiendo del tipo de discapacidad y siempre que tenga las cualificaciones necesarias”, y “en caso de que se plantee si una persona con una discapacidad particular está cualificada para un trabajo en concreto, el Comité de Coordinación Nacional determinará cómo proceder y su decisión se considerará definitiva”. El artículo 10 del anexo de la Ley está dedicado exclusivamente al empleo de las personas con discapacidad.

146.El Gobierno de Bangladesh fijó una cuota del 10 % de huérfanos y personas con discapacidad de las cuatro categorías en todos los empleos. Asimismo, el Gobierno ha reservado una cuota del 1 % en el cuadro profesional del servicio público para las personas con discapacidad. En consecuencia, los siguientes ministerios y departamentos del Gobierno han contratado a personas con discapacidad: el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Aviación Civil y Turismo, el Ministerio de Comercio, el Ministerio de Comunicaciones, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Gestión de Desastres y Socorro, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Pesca y Ganadería, el Ministerio de Alimentación, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Vivienda y Obras Públicas, el Ministerio de Industria, el Ministerio de Trabajo y Empleo, el Ministerio de Correos, Telecomunicaciones y Tecnología de la Información, el Ministerio de Electricidad, Energía y Recursos Minerales, el Ministerio de Educación Primaria y de Alfabetización, el Ministerio de Ferrocarriles, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el Ministerio de Transporte Marítimo y Fluvial y el Ministerio de Juventud y Deporte, además del Ministerio de Bienestar Social.

147.El Ministerio de Telecomunicaciones y Tecnología de la Información ha creado varias oportunidades de capacitación para jóvenes con discapacidad que tienen estudios para que puedan mejorar sus perspectivas profesionales. En los últimos años, en el marco de una iniciativa conjunta entre una organización gubernamental y una ONG, el Consejo de Informática de Bangladesh de la División de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones y una ONG trabajan de consuno para garantizar que los centros de formación de las divisiones del país ofrezcan oportunidades de formación en materia de tecnología de la información y de las comunicaciones a los jóvenes con discapacidad. Los centros se han hecho accesibles y la ONG proporciona el apoyo técnico necesario en relación con la discapacidad. Del mismo modo, la Asociación de Propietarios de Cibercafés convino en instalar programas informáticos de lectura de pantalla en sus computadoras y están ofreciendo empleos (sobre todo a los usuarios de sillas de ruedas) en los establecimientos de sus miembros. Recientemente, la Empresa de Transporte por Carretera de Bangladesh contrató a 40 personas con deficiencias auditivas y del habla para su sede central.

148.En 2011, el Consejo Nacional de Desarrollo de Aptitudes elaboró una Política Nacional de Desarrollo de Aptitudes inclusiva. Con el apoyo de la Organización Internacional del Trabajo y la Unión Europea, el Consejo también reformó el Programa de Educación y Formación Técnica y Profesional, plasmado en el informe “Visión de Aptitudes para 2016”, para que tuviera en cuenta las cuestiones de género y estuviera adaptado a las personas con discapacidad. Como resultado de ello, además del Gobierno, un gran número de organizaciones privadas también han elaborado y aplicado con éxito programas de empleo específicos para las personas con discapacidad. Hasta la fecha, 1.300 jóvenes con discapacidad, de los cuales 400 eran mujeres, han recibido formación práctica sobre tecnología de la información, artesanía, agricultura integrada, instalaciones eléctricas y cableado en los centros de desarrollo de la juventud de todo el país dependientes del Ministerio de Juventud y Deportes. Asimismo, para fomentar la educación técnica orientada a las aptitudes de las personas con discapacidad, la Junta de Educación Técnica del Ministerio de Educación fijó una cuota del 5 % de personas con discapacidad en la matriculación de todas las instituciones politécnicas públicas y privadas y en las escuelas y universidades técnicas.

149.Habida cuenta de que la industria de la confección de prendas de vestir es el sector que más ingresos de exportación genera en el país y que emplea a millones de trabajadores, en los alrededores de la zona franca industrial a las afueras de la ciudad de Daca se construyó el Centro de Formación Sheikh Fazilatunnessa para formar a operadores de maquinaria y supervisores de planta cualificados. El Centro se ha ido adaptando gradualmente a las personas con discapacidad, capacitando a los instructores sobre las cuestiones relativas a los derechos de las personas con discapacidad e instalando estructuras que posibilitan la accesibilidad en sus instalaciones. Tras una reciente auditoría de salud y seguridad, se han modificado todas las instalaciones y los servicios para adaptarlos a las personas con discapacidad.

150.En el sector privado, las oportunidades de empleo formal para las personas con discapacidad están aumentando. Un solo grupo empresarial, que hace un decenio comenzó empleando a 10 personas con deficiencia auditiva y del habla, en la actualidad emplea a más de 2.500 personas con discapacidad. Esto ha inspirado a otros a seguir su ejemplo. Además de en la industria de la cosmética y de la confección, las personas con discapacidad también han encontrado empleo en la industria farmacéutica, así como en puestos más técnicos en bancos y compañías de telefonía móvil. Asimismo, trabajan en centros de atención telefónica y sectores externalizados.

151.Para facilitar el alojamiento de los trabajadores con discapacidad, especialmente de las mujeres, la Fundación Jatiyo Protibondhi Unnayan ha construido en sus instalaciones dos albergues (uno para mujeres y uno para hombres) donde esas personas pueden vivir temporalmente de forma gratuita y con acceso a alimentos subsidiados hasta que se adapten a su puesto de trabajo y puedan encontrar un sistema de vida más adecuado. La Honorable Primera Ministra inauguró estos albergues en 2010.

Artículo 28Nivel de vida adecuado y protección social

152.El artículo 15 de la Constitución de Bangladesh reza: “Será una responsabilidad fundamental del Estado lograr, mediante un crecimiento económico planificado, el aumento constante de las fuerzas productivas y una mejora constante del nivel de vida material y cultural de la población, con miras a garantizar a sus ciudadanos: 1) la cobertura de las necesidades básicas de la vida, como la alimentación, el vestido, la vivienda, la educación y la atención médica; 2) el derecho a trabajar, que es el derecho a tener un empleo garantizado y remunerado con un salario razonable teniendo en cuenta la cantidad y la calidad del trabajo; 3) el derecho a un descanso, esparcimiento y ocio razonables; y 4) el derecho a la seguridad social, es decir, a la asistencia pública en casos de necesidad inmerecida por causa de desempleo, enfermedad o invalidez, o por tratarse de viudas, huérfanos o personas de edad, o en otros casos”.

153.Teniendo en cuenta la difícil situación de las personas pobres con discapacidad, el Gobierno de Bangladesh ha comenzado a conceder un subsidio mensual a las personas que viven en la pobreza extrema en todo el país. En la actualidad, el subsidio asciende a 500 taka y lo perciben 310.000 personas amparadas por este programa de protección social. De conformidad con lo establecido en la recientemente propuesta Estrategia Nacional de Seguridad Social, el subsidio se aumentará a 1.600 taka mensuales y, en el próximo ejercicio económico, se beneficiarán de él 1 millón de personas con discapacidad (de entre 1 y 59 años), cifra que se irá incrementando gradualmente en los próximos cinco años. Las personas mayores de 60 años recibirán una pensión equivalente a 3.000 taka mensuales.

154.El Gobierno también concede subvenciones y préstamos a ONG para repartir entre las personas con discapacidad. En el ejercicio económico 2015/16 se concedieron un total de 82.900.000 taka en subsidios a 470 ONG y 87.100.000 taka en préstamos a 969 ONG.

155.El Gobierno también ha elaborado un sistema de microfinanciación, en virtud del cual las personas con discapacidad que han adquirido cierto nivel de estudios pueden acceder a un préstamo sin intereses por un valor de hasta 25.000 taka para crear pequeñas empresas lucrativas. El préstamo se reembolsa en diez cómodas cuotas durante un período de tres años. Cuatro bancos nacionalizados de gestión pública cuentan con planes similares, que también ofrecen cantidades mayores a las personas con discapacidad por conducto de préstamos colectivos.

156.Reconociendo que una gran parte de la población, especialmente de las zonas de tierras secas en los distritos del norte del país, sufre problemas de desempleo, el Gobierno ha establecido un plazo de 100 días al año de empleo para adultos desempleados. Se da una mayor prioridad a las personas con discapacidad en la selección de los candidatos de este plan.

Artículo 29Participación en la vida política y pública

157.El artículo 11 de la Constitución de Bangladesh dispone lo siguiente: “La República será una democracia en la que se garantizarán los derechos humanos y las libertades fundamentales y el respeto de la dignidad y el valor de la persona humana, así como la participación efectiva de la población a través de sus representantes elegidos en los órganos administrativos de todos los niveles”. El artículo 37 reza: “Todos los ciudadanos tendrán derecho a reunirse y a participar en reuniones públicas y procesiones pacíficamente y sin armas, con sujeción a las restricciones razonables impuestas por la ley en interés del orden público o la salud pública”. El artículo 38 de la Convención proclama: “Todos los ciudadanos tendrán derecho a formar asociaciones o sindicatos, con sujeción a las restricciones razonables impuestas por la ley en interés de la moral o el orden público”.

158.En virtud de estos tres artículos, las personas con discapacidad están protegidas por la Constitución y facultadas por esta para reunirse, formar asociaciones y participar en cualquier proceso electoral (convocado legalmente). Ahora bien, suele haber confusión en relación con las personas con discapacidad intelectual o discapacidad psicosocial. De conformidad con el artículo 122, que establece los requisitos para registrarse como votante, no puede impedirse a una persona la inscripción como votante si “2) c) un tribunal competente no la declara mentalmente incapacitada”. Por lo tanto, a menos que se lo prohíba un tribunal competente, un ciudadano de Bangladesh adulto no debería encontrar obstáculos para registrarse como votante.

159.Tras la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, por primera vez en la historia del país, se puso en marcha un programa para expedir una cédula nacional de identidad y una credencial de votante a todos los ciudadanos mayores de 18 años. Este programa también tiene en cuenta a las personas con discapacidad del país, por lo que se ha reunido e incorporado información específica sobre la discapacidad en la base de datos nacional. En consecuencia, se han adoptado medidas especiales en todo el país como parte de un esfuerzo planificado durante las elecciones parlamentarias nacionales de diciembre de 2008 para garantizar que las personas con discapacidad pudieran ejercer su derecho de voto de forma secreta y con los menores obstáculos a la accesibilidad posibles.

160.El Decreto de Representación del Pueblo y el Reglamento para la Celebración de Elecciones se han adaptado adecuadamente para ajustarse a esos procesos. La práctica se aplicó en las elecciones nacionales y locales de 2014 y 2015. Actualmente, el Gobierno planifica introducir la votación electrónica para que, en el futuro, los votantes con discapacidad puedan ejercer el derecho de voto con mucha más facilidad. Además, bajo los auspicios de la Comisión Electoral Nacional, se han construido más de 450 estaciones de servidores en todo el país para las bases de datos electorales, cada una de las cuales ha sido diseñada con opciones de accesibilidad.

161.Personas con discapacidad con las cualificaciones adecuadas vienen presentándose como candidatas en las elecciones, especialmente a la administración local.

162.En su artículo 16, párrafo 1 t), la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, reconoce debidamente como derecho el “obtener un documento nacional de identidad, figurar en el censo electoral, votar y participar en las elecciones”. En el artículo 16, párrafo 1 s), la Ley también reconoce el derecho a “establecer y gestionar organizaciones de autoayuda y clubes y organizaciones de bienestar”. Estas disposiciones se explican en detalle en el artículo 16 (Organización) del anexo de la Ley.

Artículo 30Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte

163.En su artículo 16, párrafo 1 p), la Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, reconoce el derecho de las personas con discapacidad a “participar en actividades culturales, recreativas, turísticas, de esparcimiento y deportivas”. El artículo 14 (Deportes, actividades culturales y de recreación) del anexo de la Ley describe esta disposición con mayor detalle.

164.Cada vez que es posible, se organizan en todo el país actividades culturales abiertas a todo el mundo y obras de teatro popular interpretadas por personas con discapacidad. La propia Primera Ministra de Bangladesh ha asistido a varios espectáculos organizados e interpretados por personas con discapacidad, que se han retransmitido en directo por televisión.

165.Se han organizado exposiciones nacionales de arte y artesanías y ferias y festivales nacionales sobre discapacidad en el país para poner de relieve y dar a conocer las aptitudes creativas, artísticas y culturales y el talento de las personas con discapacidad.

166.La Academia Shilpakala de Bangladesh, centro cultural público, también ha acogido encuentros culturales nacionales organizados por personas con discapacidad. Actualmente se están adoptando medidas para que los artistas con discapacidad excepcionales puedan, bajo los auspicios del Gobierno, viajar al extranjero para promover nuestra cultura y patrimonio nacional o para tener una mejor formación o educación en esos ámbitos.

167.Históricamente, los niños con discapacidad de Bangladesh, especialmente aquellos con discapacidad intelectual, han destacado en competiciones deportivas tanto dentro del país como en el extranjero. Los sucesivos éxitos en las Olimpiadas Especiales han atraído el apoyo y patrocinio de grandes grupos empresariales, lo que permite el entrenamiento adecuado de los atletas y su participación efectiva en los encuentros de las Olimpiadas Especiales. Además, el equipo nacional de críquet de personas ciegas participó en las Copas del Mundo de Críquet para Personas Ciegas celebradas en Bangalore (India) en 2012 y en Ciudad del Cabo (Sudáfrica) en 2014. Asimismo, el Gobierno asigna fondos especiales en los presupuestos nacionales anuales para promover las oportunidades de las personas con discapacidad, especialmente los niños, en los deportes y juegos.

168.Con el apoyo directo de la Primera Ministra, se está construyendo un complejo deportivo nacional para personas con discapacidad en las afueras de la capital para la promoción de los deportes y los juegos para niños con discapacidad.

169.El Ministerio de Aviación Civil y Turismo está estableciendo opciones de accesibilidad en hoteles, moteles y sitios turísticos de interés. Algunos moteles dirigidos por la Empresa Parjatan de Bangladesh (institución nacional de turismo) ofrecen descuentos en las tarifas de las habitaciones a las personas con discapacidad. Algunos de sus hoteles también han contratado a violinistas y pianistas con discapacidad para que actúen en el vestíbulo del hotel.

Parte CSituación particular de los niños, las niñas y las mujeres con discapacidad

Artículo 6Mujeres con discapacidad

170.La Constitución de Bangladesh, además de contemplar reiteradamente la igualdad y la no discriminación por motivos de género (entre otros), aborda específicamente la cuestión de la mujer en el artículo 19, párrafo 3, que establece que “el Estado procurará garantizar la igualdad de oportunidades y la participación de las mujeres en todas las esferas de la vida nacional”, y en el artículo 28, párrafos 2 y 4, que rezan, respectivamente: “Las mujeres tendrán los mismos derechos que los hombres en todas las esferas del Estado y de la vida pública” y “ninguna de las disposiciones de este artículo se interpretará como impedimento para que el Estado adopte medidas especiales a favor de las mujeres o los niños o para mejorar la situación de los sectores desfavorecidos de la ciudadanía”.

171.En 2011 se actualizó la Política Nacional de Desarrollo de la Mujer de 2008. Por primera vez, la Política de 2008 clasificaba a las mujeres con discapacidad como mujeres especialmente vulnerables en Bangladesh en virtud de lo dispuesto en el capítulo 3, párrafo 16. Ese párrafo establecía que los programas debían ocuparse especialmente de las mujeres vulnerables, entre las que se incluyen las mujeres con discapacidad, teniendo en cuenta la diversidad de condiciones y necesidades a fin de proporcionarles servicios especiales. La Política de 2011 también hace hincapié en las mujeres con discapacidad. Entre sus objetivos, enumerados en el artículo 16, figura el objetivo específico de establecer los derechos de las mujeres con discapacidad y fomentar su desarrollo (art. 16.17). Además, hay un artículo (el artículo 39) dedicado específicamente a los derechos y el desarrollo de las mujeres con discapacidad, de conformidad con las disposiciones y el espíritu de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

172.La Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, considera iguales a los hombres y las mujeres con discapacidad en todas sus disposiciones. No obstante, para garantizar que se escuche la voz de las mujeres, se han reservado escaños específicos para ellas en todos los comités encargados de supervisar la aplicación de la ley (desde los de coordinación nacional hasta los de nivel local).

Artículo 7Niños y niñas con discapacidad

173.Un grupo de niños con discapacidad de Bangladesh participó directa y activamente en el proceso de redacción de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que tuvo lugar en la Sede de las Naciones Unidas. Dos niños con discapacidad de Bangladesh formaron parte de un equipo de seis miembros que participó en el séptimo período de sesiones del Comité Especial. Anteriormente, niños con diferentes tipos y grados de discapacidad colaboraron en la formulación de las recomendaciones que los dos representantes de Bangladesh presentaron posteriormente en las negociaciones mundiales. Tras la ratificación de la Convención por el Gobierno de Bangladesh, esos niños también participaron en el proceso nacional.

174.En 2011, el Gobierno de Bangladesh aprobó la Política Nacional de la Infancia, que prevé un enfoque doble con respecto a los niños con discapacidad. En primer lugar, toda la Política se basa en el principio de no discriminación por motivo alguno. En segundo lugar, reconociendo el círculo vicioso entre pobreza y discapacidad, se incluyó una disposición dedicada específicamente a los niños con discapacidad (art. 6.8) basada en los principios de la Convención y se previeron más programas proactivos para que los niños con discapacidad puedan crecer en igualdad de condiciones con los niños sin discapacidad. Considerando que los niños con autismo se enfrentan a dificultades aún mayores, la Política incluye un artículo específico (art. 6.9) en el que se hace especial hincapié en la educación y el desarrollo general de esos niños y en las medidas especiales que deben adoptarse en caso de desastre.

175.La Ley de la Infancia, de 2013, que garantiza la protección de los derechos de todos los niños sin discriminación alguna, se refiere específicamente a los niños con discapacidad en dos disposiciones, a saber: en el artículo 89, párrafo 1, donde aparecen enumerados en una lista niños desfavorecidos, y en el artículo 19, párrafo 3, en virtud del cual se permite el uso de asientos especiales en los tribunales de menores en caso de que el niño lo requiera debido a su discapacidad. El artículo 89, párrafo 2, faculta al Gobierno para adoptar medidas especiales destinadas a atender las necesidades de los niños desfavorecidos, que figurarán en el reglamento de dicha Ley, en proceso de redacción.

176.La Ley de Derechos y Protección de las Personas con Discapacidad, de 2013, prevé medidas especiales para garantizar los derechos y las libertades fundamentales de los niños con discapacidad, de conformidad con los principios y lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Parte DObligaciones específicas

Artículo 31Recopilación de datos y estadísticas

177.El quinto censo nacional realizado en 2011 por la Oficina de Estadística de Bangladesh, dependiente del Ministerio de Planificación, fue el primero en el que se contó a las personas con discapacidad. Se contaron principalmente a las personas con deficiencias. Según sus resultados, la tasa de prevalencia nacional era de tan solo un 1,4 %, probablemente debido a que el censo fue parcial. Cabe señalar que, según la Encuesta sobre los Ingresos y Gastos Familiares, realizada por la Oficina de Estadística en 2010, la tasa era de un 9,07 %.

178.Además de la Oficina de Estadística de Bangladesh, el Gobierno también está tratando de obtener información a través de los gobiernos locales mediante el proceso nacional de inscripción de los nacimientos. Las escuelas primarias también tienen el mandato de identificar a los niños con discapacidad en sus respectivas zonas de matriculación. El Departamento de Servicios Sociales del Ministerio de Bienestar Social viene realizando encuestas sobre discapacidad en todo el país con la asistencia del Ministerio de Salud y Bienestar de la Familia y la Fundación Jatiyo Protibondhi Unnayan. Hasta la fecha, médicos y 103 consultores (fisioterapeutas) realizaron la encuesta a 1.333.337 personas con discapacidad. Sobre la base de las conclusiones de la encuesta, se preparará una base de datos exhaustiva. Esta encuesta ayudará al Gobierno a emprender y ejecutar programas y proyectos adecuados para el desarrollo de las personas con discapacidad y las personas con trastornos del espectro autístico y otras discapacidades del neurodesarrollo. En el cuadro siguiente figura el número de personas con discapacidad que realizaron la encuesta, desglosado por tipo de discapacidad.

1.

Autismo o trastorno del espectro autístico

38 678

2.

Discapacidad física

590 448

3.

Enfermedad mental que puede provocar una discapacidad

45 392

4.

Discapacidad visual

184 201

5.

Discapacidad del habla

97 116

6.

Discapacidad intelectual

103 911

7.

Discapacidad auditiva

37 779

8.

Sordoceguera

5 491

9.

Parálisis cerebral

58 718

10.

Síndrome de Down

2 414

11.

Discapacidad múltiple

169 189

12.

Otra forma de discapacidad

00

Total

1 333 337

179.Más recientemente, el Departamento de Servicios Sociales, a través de sus trabajadores sobre el terreno distribuidos por todos los consejos locales (unions) del país, también identifica a las personas con discapacidad, especialmente a las que viven en la pobreza extrema, para que tengan mayor acceso a los servicios de protección social que se ofrecen. Siguiendo el mismo proceso empleado por la Comisión Electoral Nacional para distribuir las cédulas de votantes, los trabajadores del Departamento de Servicios Sociales visitaron todos los hogares con un cuestionario para recoger información primaria. Una vez realizado el estudio, se pidió a las personas con discapacidad identificadas que acudieran a centros de identificación, donde médicos y especialistas en rehabilitación cualificados y capacitados evaluaron los casos, elaboraron clasificaciones detalladas y tomaron fotografías para las cédulas nacionales de discapacidad nacional. Hasta la fecha se han expedido aproximadamente 950.000 cédulas nacionales de discapacidad.

180.En el marco del Programa de Encuestas de Detección de la Discapacidad del Ministerio de Bienestar Social, el Departamento de Servicios Sociales de Bangladesh creó una base de datos (www.dis.gov.bd) que contiene información sobre 12 tipos de discapacidad. En la actualidad (31 de diciembre de 2016), el número de personas registradas en la base de datos asciende a 1.509.716. Todas las personas con discapacidad pueden inscribirse en esa base de datos después de que médicos y fisioterapeutas certificados detecten y confirmen su tipo y grado de discapacidad. La información almacenada en la base de datos puede utilizarse también para prestar a esas personas vulnerables una asistencia basada en sus necesidades a fin de que puedan contribuir efectivamente a la sociedad y participar en las principales actividades de desarrollo.

Artículo 32Cooperación internacional

181.El Gobierno de Bangladesh reconoce que le será imposible sufragar por sí solo todos los gastos para apoyar el desarrollo de todas las personas con discapacidad, ni siquiera a largo plazo. Es necesario que exista un entorno de desarrollo inclusivo, en el que todos los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad, puedan beneficiarse de los programas de desarrollo. Por ello, el Gobierno ha adoptado un enfoque doble. Por una parte, todos los programas de desarrollo tienen en cuenta a las personas con discapacidad. Por otra parte, está ampliando sus programas destinados específicamente a las personas con discapacidad. En el marco del primer enfoque, las estrategias nacionales de mitigación de la pobreza y el Sexto Plan Quinquenal se han adaptado para incluir a las personas con discapacidad y las cuestiones que les afectan. Por lo tanto, todos los programas de asistencia previstos incluyen automáticamente a las personas con discapacidad y, en muchos casos, las priorizan. Además, el Gobierno ha recibido fondos del Banco Mundial por valor de unos 22 millones de dólares de los Estados Unidos para un gran proyecto de cinco años específicamente destinado a las personas con discapacidad.

182.El Gobierno también está impulsando la creación de alianzas público-privadas centradas específicamente en las cuestiones relacionadas con la discapacidad, que beneficiarán no solo a las personas con discapacidad, sino que también crearán numerosas oportunidades de empleo para ellas.

183.Para centrarse más en las necesidades de los niños con autismo y problemas de salud mental, el Gobierno se asoció con Autism Speaks y la OMS y puso en marcha la Iniciativa Mundial de Salud Pública sobre el Autismo. En 2011, el Gobierno de Bangladesh acogió en Daca una histórica Conferencia Internacional sobre el Autismo, que contó con unos 1.000participantes de 11 países, entre ellos dignatarios regionales que enriquecieron enormemente la Conferencia, como Sonia Gandhi, Presidenta de la alianza que entonces gobernaba la India, Shiranthi Wickramasingha Rajapaksa, Primera Dama de Sri Lanka, Ilham Hussain, esposa del Vicepresidente de Maldivas, los Ministros de Salud de Indonesia y Bhután y funcionarios de varios países que trabajan sobre autismo y en el sector de la salud. Los siete puntos de la Declaración de Daca aprobada en la Conferencia son un rayo de esperanza para las personas con trastornos del neurodesarrollo. La Declaración pide la promoción de medidas mejor coordinadas a nivel regional y mundial para mejorar el acceso de las personas con autismo y otros trastornos del neurodesarrollo y discapacidades a unos servicios de atención de la salud de calidad y garantizar la prestación de estos. Otro resultado de la Conferencia fue la creación de la Red de Personas Autistas de Asia Meridional.

184.En septiembre de 2012, el Gobierno de Bangladesh presentó una resolución sobre el autismo en la 65ª reunión anual de la Región de Asia Sudoriental de la OMS. Esta resolución, que fue aprobada por unanimidad, condujo a la primera reunión de alto nivel de los Ministros de la Red de Personas Autistas de Asia Meridional, que se celebró en febrero de 2013 en Nueva Delhi. La reunión, organizada por el Ministerio de Salud y Bienestar Familiar de la India, contó con la participación de los Ministros de Salud de Nepal, Indonesia, Timor-Leste, Sri Lanka, Tailandia, Bhután, Bangladesh y la India, y de casi 500 expertos de la región. En la reunión se aprobó el Compromiso de Delhi con la Red de Personas Autistas de Asia Meridional como documento final. La reunión permitió a los gobernantes y autoridades, así como a expertos e interesados en autismo locales e internacionales, dar a conocer sus estrategias y encontrar oportunidades de desarrollo y cooperación entre los países de toda la región.

185.Con el objetivo de mejorar el apoyo a las personas, las familias y las comunidades afectadas por los trastornos del espectro autístico en todo el mundo, el Gobierno de Bangladesh presentó una nueva resolución de las Naciones Unidas titulada “Atención de las necesidades socioeconómicas de las personas, las familias y las sociedades afectadas por los trastornos del espectro autístico, los trastornos del desarrollo y las discapacidades conexas” (A/RES/67/82). Con el apoyo de 71 copatrocinadores, la resolución fue aprobada por unanimidad el 12 de diciembre de 2012. La resolución exhorta a los Estados Miembros a mejorar los servicios, aumentar la conciencia pública y profesional sobre los trastornos del espectro autístico, mejorar la pericia de investigación y promover la educación inclusiva y la participación plena de las personas con autismo y discapacidad del desarrollo en todas las facetas de la sociedad. Las recomendaciones de la resolución sirven de guía a los Estados Miembros, además de a las ONG internacionales y los organismos de las Naciones Unidas, para promover los derechos de las personas afectadas por el autismo y mejorar su vida.

186.Además de la resolución de las Naciones Unidas propuesta por Bangladesh, en mayo de 2013 el Consejo Ejecutivo de la OMS aprobó una resolución que presentó Bangladesh con el apoyo de 53 países, titulada “Medidas integrales y coordinadas para gestionar los trastornos del espectro autista”, que se presentó y aprobó oficialmente en la 68ª Asamblea Mundial de la Salud en 2014. La resolución pide que se aplique el Plan de Acción Integral sobre Salud Mental 2013-2020 y la resolución WHA 66.9, titulada “Discapacidad”, para mejorar la atención de las personas con trastornos del espectro autístico y otros trastornos del desarrollo, según proceda, y como un componente integrado de la mejora de la atención de todas las necesidades de salud mental. Esta labor de cooperación internacional le valió a la Sra. Saima Wazed Hossain, Presidenta del Comité Consultivo Nacional sobre Autismo, el Premio a la Excelencia de la OMS. Considerando su “capacidad técnica, experiencia y la representación internacional en cuanto a los diversos tipos de conocimiento y enfoques en la materia”, la Directora General de la OMS, Sra. Margaret Chan, la nombró experta del Grupo Consultivo sobre Salud Mental.

Artículo 33Aplicación y seguimiento nacionales

187.Inmediatamente después de la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el entonces Jefe del Gobierno de Bangladesh organizó una reunión en su oficina, en la que comunicó que, a partir de ese momento, garantizar los derechos y las libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad del país era una de las máximas prioridades del Gobierno. Se ordenó a todos los ministerios y departamentos gubernamentales que designaran un coordinador y adoptaran las medidas necesarias de inmediato. En los últimos años, este proceso ha avanzado mucho y, actualmente, 46 ministerios y departamentos no solo tienen un coordinador de entre el segundo y tercer nivel más alto de la jerarquía, sino que cuentan con una oficina especial al servicio de este dotada del personal necesario para atender todas las cuestiones pertinentes. Se ha emprendido un proceso muy coordinado para informar adecuadamente a esos coordinadores de sus tareas y garantizar que conozcan en detalle la Convención.

188.Poco después de la formación del Gobierno elegido democráticamente en enero de 2009, el nuevo Gobierno, bajo la supervisión y la dirección del Secretario del Ministerio de Bienestar Social, creó un Comité Interministerial de Supervisión Nacional para supervisar y asesorar a todos los interesados acerca de la aplicación efectiva y real de la Convención. El Comité, que incluye a representantes de las personas con discapacidad y sus organizaciones nacionales y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, sigue celebrando reuniones trimestrales y ha asumido la responsabilidad de redactar este informe.

Además, de conformidad con lo previsto en el Plan de Acción Nacional sobre Discapacidad, el Gobierno también está destinando fondos en los presupuestos nacionales. También se han incluido en los presupuestos nacionales partidas nuevas, sobre todo después de la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que no estaban previstas en dicho Plan de Acción Nacional. El Gobierno, en su Séptimo Plan Quinquenal, ha adoptado un enfoque integral del desarrollo que incluye a las personas con discapacidad. También se está ejecutando el Plan de Acción Nacional sobre Discapacidad para 2012-2020. El Gobierno espera poder actualizarlo según las necesidades y asignar fondos para su debida ejecución.