Naciones Unidas

CCPR/C/121/D/2868/2016

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

30 de noviembre de 2017

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Humanos

Decisión adoptada por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo, respecto de la comunicación núm. 2868/2016 * **

Comunicación presentada por:

S. A. y otros (representados por los abogados Andrea Saccucci y Massimiliano Massara)

Presunta s víctima s :

Los autores

Estado parte:

Grecia

Fecha de la comunicación:

24 de junio de 2016 (presentación inicial)

Referencias:

Decisión adoptada con arreglo al artículo 97 del reglamento del Comité, transmitida al Estado parte el 24 de noviembre de 2016 (no se publicó como documento)

Fecha de adopción de la decisión:

10 de noviembre de 2017

Asunto:

Participación involuntaria en el canje de bonos públicos

Cuestiones de procedimiento:

Agotamiento de los recursos internos; condición de víctima

Cuestiones de fondo:

Derecho a un juicio imparcial; derecho a igual protección ante la ley; derecho a un recurso efectivo

Artículos del Pacto:

2, párr. 3; 4; 14; y 26

Artículos del Protocolo Facultativo:

1; y 5, párr. 2 b)

1.1Los autores de la comunicación son 42 personas nacionales de Austria, Eslovaquia e Italia. En el momento de la promulgación de la Ley de Bonistas de Grecia de 2012, que modificó las condiciones aplicables a los bonos, los autores eran titulares de bonos públicos griegos. Para reducir la deuda pública del Estado parte, se invitó a los titulares a canjear sus bonos por otros instrumentos de deuda de menor valor. Los autores no aceptaron la invitación. La Ley de Bonistas disponía que, si al menos dos tercios de los bonistas privados aceptaban la invitación, el canje también se aplicaría a los bonistas restantes que no la aceptaran. Esa mayoría se obtuvo y los bonos de los autores se cancelaron en el mercado y se reemplazaron por nuevos títulos cuyo valor nominal era un 53,5% inferior. Los autores alegan que su participación forzosa en el canje constituyó una violación de los derechos que los asisten en virtud del artículo 26, del artículo 2, párrafo 3, leído conjuntamente con el artículo 14, y del artículo 4 del Pacto. Los autores están representados por abogados.

1.2El 20 de marzo de 2017, de conformidad con el artículo 97, párrafo 3, de su reglamento, el Comité, actuando por conducto de su Relator Especial sobre nuevas comunicaciones y medidas provisionales, decidió acceder a la petición del Estado parte de que la admisibilidad de la comunicación se examinase separadamente del fondo.

Los hechos expuestos por los autores

2.1Los autores eran titulares de bonos públicos griegos regulados por la legislación griega anterior al 9 de marzo de 2012, fecha en que se modificaron las condiciones aplicables a los bonos. En su calidad de bonistas, los autores habrían tenido derecho a percibir, en el momento del vencimiento, el valor nominal de sus bonos. Señalan que, en abril de 2010, la deuda pública fue rebajada a la categoría de “bonos basura”, es decir, bonos de alto rendimiento clasificados por debajo del grado de inversión a causa del mayor riesgo de impago u otros eventos de crédito adversos. El 2 de mayo de 2010, la Unión Europea y el Fondo Monetario Internacional (FMI) convinieron en otorgar a Grecia un préstamo de rescate de 110.000 millones de euros, condicionado a la puesta en práctica de medidas de austeridad. En octubre de 2011, los dirigentes de la eurozona acordaron ofrecer a Grecia un segundo préstamo de rescate de 109.000 millones de euros (que posteriormente se aumentó a 130.000 millones), que estaba condicionado no solo a la aplicación de otro conjunto de medidas de austeridad, sino también a la aceptación por los acreedores privados de una reestructuración total de la deuda soberana griega, la denominada “operación de participación del sector privado”, a fin de reducir la carga de la deuda del previsto 198% del producto interno bruto en 2012 al 120,5% en 2020.

2.2Los principales titulares privados de bonos públicos, que eran bancos, fondos y otros inversores institucionales, convinieron en aceptar una oferta de canje con un “recorte” (una reducción del valor nominal de los bonos y la modificación del modo de reembolso) del 53,5% del valor nominal entre los bonos en su poder y los nuevos bonos, que se emitieron con un vencimiento de entre 11 y 30 años y una rentabilidad media inferior (3,65%).

2.3Únicamente los inversores institucionales internacionales, como los bancos y otras instituciones de crédito que eran titulares de la mayoría de la deuda griega, participaron en las negociaciones de las condiciones del recorte y la indemnización que recibirían por su pérdida financiera y su participación voluntaria en el plan. Las personas físicas no fueron convocadas para participar en las negociaciones ni informadas de su desarrollo.

2.4El 23 de febrero de 2012, el Parlamento griego aprobó la Ley de Bonistas de 2012, que establecía un marco legal destinado a modificar los “títulos que reunían los requisitos exigidos” (los bonos en cuestión) con arreglo a los procedimientos especiales previstos en la Ley. Esta disponía la introducción y activación de cláusulas de acción colectiva, que estipulaban que las modificaciones que el Gobierno proponía a los títulos que reunían los requisitos exigidos se considerarían aprobadas por los bonistas si: a)los titulares de al menos el 50% del monto total del principal pendiente de pago de todos los títulos que reunían los requisitos exigidos aceptaban el proceso de modificación; y b)los partícipes cuyos bonos representaban al menos dos tercios del principal aceptaban las modificaciones. En caso de aceptarse la oferta de canje, todos los títulos que reunían los requisitos exigidos se cancelarían automáticamente mediante el registro de los nuevos títulos y se extinguirían todos los derechos u obligaciones dimanantes de los títulos anteriores. La Ley establecía que sus disposiciones, destinadas a proteger el supremo interés público, eran normas obligatorias de efecto inmediato que prevalecían sobre cualquier otro acuerdo, reglamentación o legislación en contrario.

2.5El 24 de febrero de 2012, el Consejo de Ministros autorizó al Organismo de Gestión de la Deuda Pública a cursar una invitación a sumarse a la operación de participación del sector privado. Las condiciones de la invitación se dieron a conocer mediante un comunicado de prensa emitido por el Ministerio de Hacienda en la misma fecha. El 9 de marzo de 2012, el Gobierno anunció que el 85,8% de los titulares privados de bonos regulados por la legislación griega habían ofrecido sus bonos para el canje o habían dado su consentimiento a las modificaciones propuestas. Una vez que se hubo alcanzado la mayoría requerida, el Gobierno pudo activar las cláusulas de acción colectiva, de modo que el 14,2% restante también se vio afectado, involuntariamente, por las modificaciones propuestas a los títulos que reunían los requisitos exigidos.

2.6Los autores no ofrecieron sus bonos para el canje ni dieron su consentimiento a las modificaciones propuestas por el Gobierno en su invitación de 24 de febrero de 2012. Sin embargo, de conformidad con la Ley de Bonistas y a raíz de la decisión del Gobierno de activar las cláusulas de acción colectiva previstas en la Ley, los bonos de los que eran titulares fueron cancelados del mercado y se extinguieron todos los derechos y obligaciones conexos. A cambio, los autores recibieron nuevos bonos regulados por el derecho inglés. Los autores alegan que, debido a la activación de las cláusulas de acción colectiva y en virtud del canje involuntario, registraron una pérdida sustancial en su inversión, que supuso un monto mucho mayor que el recorte del 53,5% del valor nominal de los bonos. Por otra parte, los nuevos bonos tienen un plazo de vencimiento mucho más largo que el de los bonos originales en su poder. Por consiguiente, han sufrido una pérdida económica que puede representar el 70% del valor de su inversión inicial.

2.7Los autores no tienen acceso a un recurso interno efectivo en el marco del ordenamiento jurídico griego, ni en ningún otro sistema jurídico, para impugnar la compatibilidad de la introducción y la aplicación retroactivas de las cláusulas de acción colectiva con los derechos que los amparan en virtud del Pacto. Se remiten a la jurisprudencia del Comité en el asunto Länsman y otros c. Finlandiay señalan que los autores no están obligados a agotar los recursos internos en los casos en que la jurisprudencia del máximo tribunal nacional se ha pronunciado sobre el asunto en cuestión, eliminando así toda posibilidad de que prospere un recurso ante los tribunales internos. Según la jurisprudencia del Comité, los autores no están obligados a recurrir una medida que esté explícitamente autorizada por la legislación nacional. Los autores observan que el procedimiento de acción colectiva se introdujo retroactivamente con arreglo a la Ley de Bonistas de 2012 y era aplicable a todos los bonos públicos regulados por la legislación griega, lo cual permitía al Estado parte hacer extensivas las modificaciones propuestas a los títulos que reunían los requisitos exigidos si las aprobaban dos tercios de los bonistas. Las violaciones alegadas en relación con el artículo 26 del Pacto resultaron, pues, de un defecto sistemático de la legislación nacional que afectó a miles de bonistas. La decisión de imponer las modificaciones propuestas a la minoría de los bonistas que no habían dado su consentimiento se tomó sin haberse aprobado una ley formal con criterios que determinaran la obligatoriedad de extender el alcance de la operación de participación del sector privado mediante la activación de las cláusulas de acción colectiva. Además, el Parlamento griego estableció que la aplicación del procedimiento de acción colectiva era necesaria para salvaguardar el supremo interés público y declaró que las disposiciones en cuestión prevalecían sobre toda legislación en contrario. La aplicación retroactiva del procedimiento de acción colectiva se concibió como una medida derogatoria que menoscabó los derechos de los bonistas.

2.8En 2012, varios bonistas de nacionalidad griega iniciaron una serie de acciones ante el Consejo de Estado contra la decisión del Gobierno de aplicar las cláusulas de acción colectiva y realizar el canje de bonos conforme a la Ley de Bonistas. El 21 de marzo de 2014, el Consejo de Estado se pronunció sobre la primera serie de demandas y dictaminó que las disposiciones de la Ley de Bonistas y la decisión del Gobierno de aplicar las cláusulas de acción colectiva no contravenían el principio constitucional de igualdad ni violaban el derecho a la propiedad o la prohibición de la discriminación establecidos en el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (Convenio Europeo de Derechos Humanos). Los autores no tuvieron acceso a ningún recurso judicial en Grecia que hubiera tenido posibilidades razonables de prosperar y hubiera dado lugar a la constatación de una vulneración de sus derechos protegidos por el Pacto y les hubiera proporcionado una forma adecuada de indemnización. Dado que el Consejo de Estado ha considerado que la decisión de aplicar las cláusulas de acción colectiva se tomó de conformidad con las disposiciones obligatorias de la Ley de Bonistas y que esas disposiciones se aprobaron para salvaguardar el supremo interés público y no eran contrarias a la Constitución, cualquier nuevo intento de recurrir la introducción retroactiva de dichas cláusulas y/o su aplicación estaría condenado al fracaso.

2.9Los días 17 y 19 de septiembre de 2014, los autores presentaron demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos alegando una violación de su derecho a la protección de la propiedad y a la no discriminación. El 9 de enero de 2015 se les notificó que sus demandas se habían considerado inadmisibles mediante una decisión no motivada adoptada por un tribunal unipersonal. Se les comunicó únicamente que no se habían cumplido los criterios de admisibilidad establecidos en los artículos 34 y 35 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La denuncia

3.1Los autores afirman que el canje forzoso de los bonos públicos griegos poseídos por bonistas privados en el contexto de la operación de participación del sector privado se llevó a cabo de forma discriminatoria, lo cual vulnera los derechos que los asisten en virtud del artículo 26 del Pacto, porque: a)la activación de las cláusulas de acción colectiva no se aplicó en pie de igualdada todos los bonistas extranjeros; y b) el Estado parte no trató de manera distinta a personas cuyas situaciones eran muy diferentes sin una justificación objetiva y razonable.

3.2Los autores alegan que se han visto afectados por medidas discriminatorias que conculcaron sus derechos a la propiedad. Argumentan que, en su calidad de titulares de bonos públicos, habían adquirido el derecho al reembolso del valor nominal de los bonos en la fecha de vencimiento, así como al pago de los intereses devengados conforme a las condiciones estipuladas en la reglamentación de cada serie de bonos. También argumentan que han sido discriminados respecto a una serie de inversores nacionales y extranjeros, porque:

a)Fueron obligados a sumarse a la operación de participación del sector privado contra su voluntad y recibieron un trato menos favorable que inversores oficiales como el Banco Central Europeo, los bancos centrales nacionales, los bancos centrales de otros Estados u otras entidades estatales cuyos bonos no fueron objeto de una reestructuración de la deuda;

b)Como titulares privados de bonos públicos regulados por la legislación griega, recibieron un trato menos favorable que los titulares privados de bonos públicos regulados por la legislación extranjera, ya que en el caso de estos últimos no se llevó a cabo la activación obligatoria de las cláusulas de acción colectiva,

c)Recibieron un trato menos favorable que otros titulares de bonos públicos cuyos bonos no fueron objeto de la renegociación conforme a lo dispuesto en el memorando de invitación;

d)Recibieron un trato menos favorable que otros titulares de bonos públicos que estaban sujetos a condiciones más favorables en el marco de la operación de participación del sector privado. Los autores señalan que los bonistas de los Estados Unidos de América recibieron un reembolso del 15% en efectivo en vez de pagarés del Fondo Europeo de Estabilidad Financiera con un vencimiento de entre uno y dos años;

e)Las autoridades griegas no hicieron distinción alguna entre los diferentes tipos de bonistas y, por consiguiente, trataron de la misma manera situaciones que eran muy diversas. Los autores recibieron el mismo trato que los inversores privados institucionales que eran titulares de la gran mayoría del valor nominal total de los bonos públicos griegos. Sin embargo, esos inversores tuvieron la oportunidad de influir en gran medida en la operación de participación del sector privado, ya que negociaron el recorte. Además, pudieron compensar fácilmente su pérdida adquiriendo nuevos bonos públicos griegos en el mercado y no tenían dificultades para mantener los nuevos bonos canjeados hasta su fecha de vencimiento final, sin verse obligados a venderlos en el mercado a un precio muy reducido. Los autores argumentan que no existía una necesidad imperiosa de activar las cláusulas de acción colectiva a su respecto y que la imposición de la operación de participación del sector privado a los bonistas privados tuvo efectos desproporcionadamente perjudiciales para un grupo determinado de bonistas, a saber, los que no participaron en la negociación de esa operación ni dieron su consentimiento a ella, mientras que proporcionó una importante ventaja a los grandes bonistas del sector privado que aceptaron el proceso de reestructuración de la deuda. Por lo tanto, los autores sostienen que tratar de igual manera a bonistas que se encontraban en situaciones muy diferentes constituye discriminación, ya que ello se hizo sin una justificación objetiva y legítima.

3.3Los autores también alegan una vulneración de los derechos que los asisten en virtud del artículo 2, párrafo 3 a) y b), leído conjuntamente con el artículo 14, del Pacto, porque, según afirman, no tienen acceso a un recurso efectivo en el ordenamiento jurídico del Estado parte, ni en ningún otro sistema jurídico, que les permita hacer frente a las violaciones de sus derechos reconocidos en el Pacto. Sostienen que ningún recurso judicial ordinario de la jurisdicción interna les permitiría impugnar la compatibilidad de las cláusulas de acción colectiva previstas en la Ley de Bonistas con los derechos que los amparan con arreglo al Pacto.

3.4Los autores alegan asimismo que se vulneró el artículo 4 del Pacto, porque el Estado parte adoptó medidas extraordinarias para suspender las obligaciones que le incumben en virtud del Pacto sin cumplir los requisitos establecidos en este. Señalan que las autoridades griegas pueden aseverar que la operación de participación del sector privado debe considerarse como una medida extraordinaria imperativa e inevitable para reducir satisfactoriamente la deuda soberana y recibir asistencia financiera internacional. Sin embargo, si tal es el caso, los autores sostienen que hasta ahora ninguna situación de crisis económica o inestabilidad financiera grave se ha considerado en el marco de los tratados de derechos humanos con el propósito de imponer cláusulas derogatorias y que es cuestionable que las medidas adoptadas en el Estado parte puedan calificarse de estrictamente necesarias en virtud de las exigencias de la situación. Argumentan que la aplicación de las cláusulas de acción colectiva contra la minoría de los bonistas no era esencial para el éxito de la operación de participación del sector privado, ya que el alto grado de participación voluntaria era suficiente para garantizar la reducción sustancial prevista del nivel de la deuda. Los autores argumentan también que el Estado parte no informó exhaustivamente al Secretario General de las Naciones Unidas de las medidas derogatorias impugnadas y de sus fundamentos.

3.5Los autores piden al Comité: a)que dictamine que el Estado parte ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 26 del Pacto; b)que dictamine que el Estado parte ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 2, párrafo 3, leído conjuntamente con el artículo 14, del Pacto; c)que dictamine que el Estado parte ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 4 del Pacto; y d)que ordene al Estado parte que adopte las medidas apropiadas para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de los autores a igual protección de la ley contra toda privación discriminatoria de bienes, a un recurso efectivo, a igual acceso a los tribunales y a una reparación adecuada.

Observaciones del Estado parte sobre la admisibilidad

4.1El 24 de enero de 2017, el Estado parte presentó sus observaciones sobre la admisibilidad de la comunicación. El Estado parte facilita información general sobre la crisis financiera mundial de 2008, los bonos públicos griegos, los factores económicos que llevaron a Grecia a emprender el canje de bonos, las cláusulas de acción colectiva y la Ley de Bonistas. Señala que, pese a la asistencia financiera proporcionada por la Unión Europea y el FMI en mayo de 2010, la situación financiera del Estado parte siguió deteriorándose. En junio de 2011, los Ministros de Hacienda de los Estados de la eurozona convinieron en que era necesario adoptar nuevas medidas para evitar un impago, en particular la financiación adicional por fuentes oficiales y privadas y la participación del sector privado. El 26 de octubre de 2011, los Jefes de Estado de la eurozona acordaron las condiciones para la participación del sector privado necesaria a fin de que los Estados miembros de la eurozona siguieran prestando apoyo al Estado parte. En el acuerdo se pedía una cancelación de aproximadamente el 50% del monto total del principal de los bonos públicos en poder de acreedores privados, que se aplicaría a comienzos de 2012. El 21 de febrero de 2012, los Ministros de Hacienda de los Estados de la eurozona anunciaron un incremento del paquete financiero para Grecia, anuncio en el que reconocían el entendimiento común alcanzado con el sector privado sobre las condiciones generales de la operación de participación de ese sector, en virtud del cual se disponía un recorte del 53,5% del valor nominal de la deuda griega. Ese apoyo financiero quedó condicionado a la puesta en práctica del canje de deuda.

4.2El Estado parte señala que la información sobre los detalles procedimentales de la operación de participación del sector privado se publicó en un sitio web oficial, en el que se podían consultar las invitaciones a participar en la operación y el resto de documentación pertinente, como el marco legislativo y los anuncios. Además, las instituciones crediticias y otras entidades depositarias se comprometieron a notificar el proceso a sus clientes, de conformidad con los principios generales que regulan la relación jurídica entre las instituciones crediticias y sus clientes. El Estado parte alega que el elevado índice de participación en la operación pone de manifiesto que los fideicomisarios de los inversores informaron a estos de la operación, como se disponía en los acuerdos concluidos entre ellos.

4.3El Estado parte sostiene que la comunicación es inadmisible en virtud del artículo 1 del Protocolo Facultativo porque los autores no han probado su condición de víctimas demostrando que se vieron afectados personal y directamente por el canje involuntario de bonos en marzo de 2012. El Estado parte argumenta que, en vista de la naturaleza jurídica de los bonos y su funcionamiento como valores al portador, escriturales, negociables en el mercado secundario y transferibles, el Estado parte no sabe ni puede saber quién posee los valores que emite y qué transacciones realiza con estos cada titular. Por consiguiente, el Estado parte señala que no está en condiciones de conocer al verdadero titular de cada valor; solo dispone de esa información la institución crediticia que vende los valores, que es la depositaria de cada inversor. Concretamente, el Estado parte alega que los autores no han demostrado que eran titulares de los valores que se vieron afectados por el canje de bonos, ni que habían participado o no en el proceso de votación. El Estado parte afirma que, para demostrar ese hecho, los autores deben presentar certificados en los que figuren los datos exactos de sus valores, a saber, el número internacional de identificación de valores mobiliarios, la fecha de emisión, el tipo de interés y la cantidad, así como la prueba de la posesión de esos valores, como la fecha y el precio de compra, y el contenido de las órdenes relativas a su participación o no participación en el proceso de votación.

4.4El Estado parte también sostiene que la comunicación es inadmisible por no haberse agotado los recursos internos, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 5, párrafo 2 b), del Protocolo Facultativo. Señala que los autores podían haber recurrido ante el Consejo de Estado las decisiones administrativas impugnadas solicitando su anulación, pero no lo hicieron. Señala igualmente que, en virtud de ese procedimiento, el Consejo de Estado puede determinar que ha habido falta de competencia, se ha incumplido un requisito procedimental esencial, se ha infringido la ley o se ha abusado de la facultad discrecional. Un recurso interpuesto ante el Consejo de Estado es admisible si se presenta dentro de los 60 días siguientes a la notificación del acto al interesado o a su publicación si la ley así lo dispone, o, en su defecto, al día en que este tuvo conocimiento del acto. Ese plazo se extiende a 90 días cuando el interesado reside en el extranjero. El plazo empezó a correr el 9 de marzo de 2012 con la publicación en el Boletín Oficial de la Decisión Ministerial núm. 2/20964/0023A, de 9 de marzo de 2012, del Viceministro de Hacienda. El Estado parte señala que la reducción de la deuda mediante el canje de bonos recibió amplia difusión en los medios de comunicación nacionales e internacionales, por lo que todas las partes interesadas tuvieron la oportunidad de ser informadas inmediatamente del proceso. También señala que, en un recurso de anulación interpuesto ante el Consejo de Estado, el interesado puede alegar la vulneración de sus derechos protegidos por la Constitución, el Convenio Europeo de Derechos Humanos o el Pacto. El Estado parte sostiene que, por ende, no cabe duda alguna de que un recurso de anulación constituye un recurso efectivo. Observa que hubo residentes extranjeros que presentaron esos recursos ante el Consejo de Estado dentro del plazo establecido.

4.5Por lo tanto, el Estado parte alega que los autores podían haber presentado un recurso ante el Consejo de Estado para plantear sus reclamaciones al amparo del Pacto. Al no hacerlo, privaron al Consejo de Estado de la posibilidad de examinar las presuntas violaciones. El Estado parte señala que la primera decisión del Pleno del Consejo de Estado se pronunció mucho después del vencimiento del plazo para presentar un recurso de anulación y que, por consiguiente, al vencer el plazo, los autores tenían acceso a un recurso efectivo. Sostiene que toda persona que no haya interpuesto un recurso ante el Consejo de Estado ha aceptado la legalidad del procedimiento.

4.6El Estado parte señala que, en una carta de fecha 16 de enero de 2017, el Secretario del Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirmó que la demanda interpuesta por los autores ante el Tribunal había sido declarada inadmisible por no haberse agotado los recursos internos, ya que los autores no habían presentado un recurso de anulación ante el Consejo de Estado. También señala que, en el asunto Mamatas y otros c. Grecia, el Tribunal consideró inadmisibles las demandas de quienes no habían presentado recursos ante el Consejo de Estado, porque, cuando decidieron no interponer un recurso, los interesados no podían haber previsto el resultado del procedimiento.

Comentarios de los autores sobre las observaciones del Estado parte

5.1El 27 de febrero de 2017, los autores formularon sus comentarios sobre las observaciones del Estado parte. Sostienen que han demostrado su condición de víctimas. Señalan que, junto con su denuncia, presentaron informes de sus instituciones crediticias, que incluían la siguiente información: a)los datos exactos de sus valores, a saber, el número internacional de identificación de valores mobiliarios, la fecha de emisión, el tipo de interés y la cantidad; b)laprueba de la posesión de esos valores, como la fecha y el precio de compra; c)una declaración de su banco depositario de que no han dado ninguna orden relativa a su participación en el proceso de votación; y d)la prueba de que eran titulares de los valores el 9 de marzo de 2012, fecha en que se puso en marcha la operación de participación del sector privado.

5.2En cuanto al agotamiento de los recursos internos, los autores se remiten a la jurisprudencia del Comité y señalan que no es necesario agotar los recursos internos si no hay una perspectiva razonable de reparación o si la jurisprudencia del máximo tribunal nacional se ha pronunciado sobre el asunto en cuestión, eliminando así toda posibilidad de que el recurso prospere. Los autores señalan que el Consejo de Estado rechazó los recursos de anulación presentados por otros bonistas que estaban en la misma situación que los autores y dictaminó que la Ley de Bonistas y la activación de las cláusulas de acción colectiva se ajustaban plenamente a la Constitución y a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Los autores argumentan que la cuestión de si los recursos internos se han agotado debe evaluarse en el momento en que el Comité examina la admisibilidad de la comunicación.

5.3Los autores se remiten a la jurisprudencia del Comité según la cual los autores no están obligados a recurrir una medida del Estado parte que esté explícitamente autorizada por la legislación nacional. Alegan que la activación de las cláusulas de acción colectiva estaba autorizada por la Ley de Bonistas y que esas cláusulas se habían concebido como normas obligatorias de efecto inmediato y debían prevalecer sobre toda legislación en contrario. Los autores alegan asimismo que el marco político y económico en el que tuvieron lugar las presuntas violaciones también debe tenerse en cuenta. Aducen que tuvieron que sufrir la expropiación de sus bienes porque, según se afirmó, el Estado parte se encontraba en un estado de emergencia. Sostienen que, en esas circunstancias excepcionales, no estaban en condiciones de recurrir las medidas adoptadas por el Estado parte.

5.4En cuanto a la demanda presentada por los autores ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, estos señalan que, a diferencia del Estado parte, no recibieron información alguna del Tribunal sobre los fundamentos de su decisión de inadmisibilidad. Los autores alegan que, a diferencia de los demandantes griegos en el asunto Mamatas y otros c. Grecia,ellos, como ciudadanos extranjeros, no tenían el mismo acceso a los tribunales nacionales que los ciudadanos griegos. Observan que, si bien la Ley de Bonistas estaba redactada en inglés, se publicó en el Boletín Oficial de Grecia. Los autores aducen además que no se les notificó el memorando de invitación y solo tuvieron conocimiento de este cuando era demasiado tarde para contactar con un abogado griego. Sostienen que, dadas esas circunstancias excepcionales, no puede considerarse que estén en la misma posición que los demandantes griegos en el asunto Mamatas.

Deliberaciones del Comité

Examen de la admisibilidad

6.1Antes de examinar toda reclamación formulada en una comunicación, el Comité debe decidir, de conformidad con el artículo 93 de su reglamento, si es o no admisible en virtud del Protocolo Facultativo.

6.2En cumplimiento de lo exigido en el artículo 5, párrafo 2 a), del Protocolo Facultativo, el Comité se ha cerciorado de que el mismo asunto no está siendo examinado en el marco de otro procedimiento de examen o arreglo internacional.

6.3El Comité toma nota del argumento del Estado parte de que la comunicación debe considerarse inadmisible por no haberse agotado los recursos internos, porque los autores no recurrieron la Ley de Bonistas y la activación de las cláusulas de acción colectiva ante el Consejo de Estado. También toma nota del argumento del Estado parte de que, con arreglo a ese procedimiento, el Consejo de Estado puede evaluar si se han vulnerado los derechos que asisten al interesado en virtud del Pacto y otros tratados de derechos humanos. Toma nota además del argumento del Estado parte de que, en el marco del mismo procedimiento, el Consejo de Estado puede evaluar también si la decisión administrativa recurrida incumple requisitos procedimentales esenciales, infringe la ley o constituye un abuso de la facultad discrecional. El Comité toma nota del argumento de los autores de que no tuvieron acceso a un recurso efectivo en el Estado parte que hubiera tenido posibilidades razonables de prosperar y hubiera dado lugar a la constatación de una vulneración de sus derechos protegidos por el Pacto. También toma nota del argumento de los autores de que el 21 de marzo de 2014 el Consejo de Estado se pronunció sobre los recursos que le habían presentado otros bonistas y dictaminó que las disposiciones de la Ley de Bonistas y la decisión del Gobierno de activar las cláusulas de acción colectiva no contravenían el principio constitucional de igualdad ni violaban el derecho a la propiedad o la prohibición de la discriminación establecidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Comité toma nota asimismo del argumento de los autores de que, como la activación de las cláusulas de acción colectiva estaba explícitamente autorizada por la Ley de Bonistas, habría sido inútil recurrir esa activación ante el Consejo de Estado.

6.4El Comité recuerda su jurisprudencia según la cual, si bien no existe obligación de agotar los recursos internos si estos no tienen ninguna posibilidad de prosperar, los autores de las comunicaciones deben ejercer la diligencia debida en la interposición de los recursos disponibles y las meras dudas o suposiciones acerca de su efectividad no los eximen de la obligación de agotarlos. El Comité recuerda también su jurisprudencia según la cual, cuando el máximo tribunal nacional se ha pronunciado sobre el asunto en litigio, eliminando así toda posibilidad de que un recurso interpuesto ante los tribunales nacionales pueda prosperar, los autores no están obligados a agotar los recursos internos a los fines del Protocolo Facultativo. El Comité observa que, en el presente caso, los autores podían haber presentado un recurso de anulación ante el Consejo de Estado alegando una vulneración de los derechos que los asisten en virtud del Pacto. El Comité observa que la invitación y las condiciones para intervenir en la operación de participación del sector privado se dieron a conocer en un comunicado de prensa publicado por el Ministerio de Hacienda el 24 de febrero de 2012, y que la información sobre la operación se publicó en un sitio web específico, mientras que las instituciones crediticias se comprometieron a informar a sus clientes de la operación. El Comité también toma nota del argumento del Estado parte de que la operación y el canje de bonos se difundieron ampliamente en los medios de comunicación nacionales e internacionales. El Comité señala además que, al vencer el plazo para la presentación de un recurso de anulación, el Consejo de Estado todavía no se había pronunciado sobre el asunto en litigio. En estas circunstancias, el Comité dictamina que, al no presentar un recurso de anulación ante el Consejo de Estado, los autores no agotaron los recursos internos disponibles. Por consiguiente, el Comité considera que la comunicación es inadmisible en virtud del artículo 5, párrafo 2 b), del Protocolo Facultativo.

6.5Habiendo llegado a esta conclusión, el Comité no examinará separadamente los motivos de admisibilidad con arreglo al artículo 1 del Protocolo Facultativo.

7.Por lo tanto, el Comité decide:

a)Que la comunicación es inadmisible en virtud del artículo 5, párrafo 2 b), del Protocolo Facultativo;

b)Que la presente decisión se ponga en conocimiento del Estado parte y de los autores.