NACIONES UNIDAS

CRC

Convención sobre los

Derechos del Niño

Distr.

GENERAL

CRC/C/SR.1388

6 de enero de 2010

ESPAÑOL

Original: FRANCÉS

COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

50° período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 1388ª SESIÓN*

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el viernes 23 de enero de 2009, a las 10.00 horas

Presidenta: Sra. LEE

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (continuación)

Informes periódicos tercero y cuarto combinados de la República Popular Democrática de Corea relativos a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Se declara abierta la sesión a las 10 .05 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa) (continuación)

Informes periódicos tercero y cuarto combinados de la República Popular Democrática de Corea relativos a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño [(CRC/C/PRK/4); documento básico (HRI/CORE/1/Add.108/Rev.1); lista de cuestiones que deben abordarse (CRC/C/PRK/Q/4); respuestas por escrito del Estado parte a la lista de cuestiones que deben abordarse (CRC/C/PRK/Q/4/Add.1)]

1. Por invitación de la Presidenta, los miembros de la delegación de la República Popular Democrática de Corea toman asiento a la mesa del Comité .

2.El Sr. RI Tcheul (República Popular Democrática de Corea) dice que desde el inicio del proceso de edificación del Estado de la República Popular Democrática de Corea, se ha tratado a los niños como reyes y se les ha dado lo mejor. Los niños se encuentran entre las principales prioridades del país, que se empeña infatigablemente en fomentar el desarrollo intelectual y físico de éstos, aprovechando al máximo todas las ventajas del sistema de enseñanza obligatoria y de la atención médica gratuitas para todos.

3.El período que abarca el informe se caracterizó por tensiones y dificultades económicas debido a las artimañas de fuerzas externas que procuraron asolar la República Popular Democrática de Corea. No obstante, el Gobierno pudo superar los obstáculos y garantizar a los niños el ejercicio de sus derechos. Prestó particular atención al fortalecimiento de las garantías relativas a los derechos del niño y está decidido a crear las condiciones materiales y sociales necesarias para el bienestar de todos los niños.

4.Consciente de las dificultades que deberá enfrentar, el Gobierno de la República Popular Democrática de Corea seguirá, en el futuro, dando prioridad a los niños conforme a la tónica de la Convención e insistirá en el fortalecimiento del sistema de protección de los derechos humanos.

5.La Sra. SMITH (Relatora para la República Popular Democrática de Corea) subraya que el Comité dispone de muy poca información de fuentes que no provengan del Gobierno. La falta de transparencia del Estado parte sobre la situación de los niños dificulta la obtención de información fidedigna sobre cómo éste cumple sus obligaciones en virtud de lo dispuesto en la Convención. En el informe se mencionan pocos problemas. El Comité considera que todavía queda mucho por hacer en el Estado parte en materia de elaboración de nuevas leyes y la aplicación de las disposiciones en vigor. Le interesaría contar con información complementaria sobre las posibles catástrofes naturales que habrían podido afectar al Estado parte desde la elaboración de su informe así como cualquier otro obstáculo mayor que podría haber enfrentado en la aplicación de la Convención.

6.El Comité celebra los esfuerzos realizados por el Estado parte para adecuar su legislación a la Convención pero destaca que no se ha dado curso a varias de las recomendaciones que formuló como resultado del examen del segundo informe periódico, principalmente con relación a la reunión de datos, la asignación de recursos, la salud, la educación y el servicio militar. A ese respecto, a la Sra. Smith le interesaría saber si la República Popular Democrática de Corea tiene la intención de aprobar una legislación integral sobre todos los derechos del niño.

7.Según varias fuentes de información, si bien el principio de la no discriminación está consagrado en la Constitución, en la práctica no se respeta plenamente. Se invita a la delegación a que señale cómo vela por que se respete dicho principio en todos los contextos, particularmente con relación a las niñas, los niños con discapacidad, los niños que viven en las instituciones y los niños de la calle. Asimismo, sería útil que proporcione detalles respecto de si las autoridades garantizan una buena distribución de la prestación de los servicios sociales en el país así como una distribución equitativa de los alimentos. En tal sentido, convendría saber si el sistema de clasificación política –según el cual se clasifica a la población en tres categorías– sigue vigente y, de ser así, qué impacto tiene sobre el acceso a la educación, la alimentación y la atención de la salud. Según la información de que dispone el Comité, algunos niños son víctimas de discriminación, la cual se basa primordialmente en la opinión de los padres, su origen o el hecho de que sus padres hayan estado en conflicto con la ley. La Sra. Smith desea obtener información complementaria sobre cómo se utiliza la ayuda internacional destinada principalmente a los niños en situación de riesgo y se pregunta si éstos se benefician realmente de ella.

8.El Comité señala que se ha aumentado la edad mínima para la imposición de la pena de muerte a 18 años pero, teniendo en cuenta que la mayoría de edad se ha fijado en 17 años, le preocupa el hecho de que los niños de 17 años no gocen del derecho a una protección especial que la Convención garantiza a los niños, sobre todo en materia de justicia. A ese respecto, a la Sra. Smith le interesaría saber si las autoridades utilizan el calendario gregoriano o el calendario coreano tradicional. En el caso de este último, incluso los menores de 17 años no podrán acogerse a la protección establecida en la Convención.

9.En ocasiones, la tasa de malnutrición infantil es muy elevada en la República Popular Democrática de Corea, con todo lo que ello comporta para el desarrollo psíquico y físico del niño. La situación de los niños que viven en las instituciones es particularmente alarmante: se registra una tasa elevada de retraso del crecimiento. Sería útil que el Estado parte proporcione información complementaria sobre la tasa de mortalidad infantil e indique si prevé alcanzar el Objetivo de Desarrollo del Milenio relativo a la reducción de dicha tasa.

10.Por último, la Sra. Smith desea saber si se tiene en cuenta el principio del interés superior del niño en la legislación y en todas las decisiones que conciernen al niño.

11.El Sr. KRAPPMANN (Relator para la República Popular Democrática de Corea) expresa su pesar por cuanto el Estado parte no ha suministrado ningún dato relativo a la tasa de escolarización, la educación preescolar, la tasa de alfabetización, el número de alumnos por maestro, el equilibrio entre los géneros, la situación económica, la pobreza y el VIH/sida. Faltan algunos datos sobre la situación de los niños en materia de salud. El Comité lamenta también la ausencia de datos desglosados, particularmente en relación con algunos grupos de niños en situación de riesgo, como los niños que viven en la pobreza y los niños con discapacidad, y recuerda que es difícil supervisar la aplicación de la Convención si no se cuenta con datos fidedignos.

12.Las informaciones que tiene ante sí el Comité señalan que los fondos asignados a muchas esferas que revisten especial interés para el niño son insuficientes, principalmente en el ámbito de la educación, los servicios sanitarios y el cuidado institucional de los niños separados de sus padres. Los datos suministrados relativos a las asignaciones presupuestarias son insuficientes. El Sr. Krappmann tiene entendido que el presupuesto asignado a la educación disminuyó marcadamente desde el examen del segundo informe periódico del Estado parte por el Comité. ¿Qué hay sobre el particular?

13.El informe menciona a muchas organizaciones que ayudan al Gobierno en la aplicación de la Convención. Ahora bien, el Comité no ha recibido un informe suplementario de esas organizaciones. El Sr. Krappmann desea saber si se trata de organizaciones no gubernamentales (ONG) y si se les impone restricciones; le interesaría conocer también la razón por la que estas organizaciones no han presentado sus puntos de vista respecto de la aplicación de la Convención. Al Comité le hubiera gustado recibir, en particular, un informe de la Federación de la Juventud de la República Popular Democrática de Corea.

14.El Sr. SIDDIQUI desea saber quién dirige el Comité Nacional de Coordinación para la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y dónde están ubicados sus locales. Desea saber, además, con qué frecuencia se reúne el Comité, qué cargos desempeñan sus miembros y qué medidas se han adoptado para fortalecer su papel y sus atribuciones.

15.El Sr. PARFITT desea saber si la Constitución y el derecho interno hacen mención expresa al principio del interés superior del niño y cómo tienen en cuenta ese principio los tribunales para los casos de niños o la familia. Se pregunta, además, qué importancia se da al interés superior del niño en los procedimientos administrativos y en las decisiones de los órganos gubernamentales cuando el Gobierno tiene prelaciones privilegiadas.

16.Tal vez la delegación pueda indicar si existe un mecanismo independiente de supervisión de la aplicación de la Convención. Asimismo, quizá pueda describir el papel que desempeñan las ONG en materia de promoción de los derechos del niño e indicar si existen organizaciones que centran específicamente su labor en la defensa de esos derechos. Por último, convendría saber si los niños y los adolescentes tienen fácil acceso a los mecanismos de denuncia existentes.

17.El Sr. CITARELLA solicita aclaración sobre el estatuto de la Convención en el derecho interno. Desea además que se le proporcione información detallada sobre la situación de los niños extranjeros en la República Popular Democrática de Corea quienes, al parecer, no disfrutan de los mismos derechos que los ciudadanos, en particular en lo que respecta a la educación y la atención de la salud.

18.El Sr. POLLAR invita a los miembros de la delegación a esclarecer el significado del concepto de “lo mejor para el niño” en materia de ayuda internacional y a describir los lazos de cooperación que existen entre los órganos gubernamentales y los organismos de las Naciones Unidas, en especial por lo que respecta a la difusión de la Convención.

19.El Sr. PURAS pregunta por las diversas modalidades que la Federación de la Juventud y la Asociación de la Infancia utilizan para la toma de decisiones; quiénes presiden dichos organismos y cómo se les nombra. Tras reflexionar sobre cómo se percibe el pensamiento crítico y la diversidad en la sociedad norcoreana, se pregunta en qué medida los adolescentes pueden desarrollar su propia subcultura, formar grupos u organizaciones y expresar sus opiniones, aun cuando difieran de las de otros. Por último, por lo que respecta a la protección de la vida privada y el acceso a la información, el orador desearía saber quién decide qué información es “relevante” y qué criterios se usan para ello, así como conocer las “razones ineludibles” que hacen que el Estado pueda inmiscuirse en la vida privada de las personas.

20.El Sr. ZERMATTEN pregunta si la República Popular Democrática de Corea contempla la posibilidad de adherirse a los instrumentos internacionales en los que aún no es parte, en especial a los dos Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño, los Convenios N°138 y N° 182 de la Organización International del Trabajo (OIT) y el Convenio de La Haya en materia de Adopción Internacional. Además, desea saber en qué medida la legislación civil y penal integran el principio de respetar el derecho del niño a ser escuchado en todos los procedimientos que lo involucran, y cómo se considera la opinión del niño en dicho contexto. Por último, quizá la delegación pueda indicar si se han procesado los casos de tortura y los tratos inhumanos o degradantes que comete la policía durante la detención de niños refugiados repatriados.

21.La Sra. KHATTAB desea saber qué medidas de lucha contra la discriminación se han adoptado en efecto con relación a las normas sociales tradicionales, en especial respecto a los niños con discapacidad, y desea recibir información detallada sobre el papel que desempeñan los medios de comunicación en esa esfera. Quizá la delegación pueda señalar si la Ley de protección de personas con discapacidad de 2003 fue objeto de un decreto de aplicación e indicar qué se hace para evitar la eliminación de los bebés con discapacidad al nacer.

22.Asimismo, convendría saber qué medidas se adoptan para promover los derechos de los niños refugiados y los niños que pertenecen a una minoría, y cuál es la situación de los hijos de las madres reclusas. Por último, sería útil contar con información complementaria sobre el acceso a la información que tienen los jóvenes, que es uno de los requisitos para el ejercicio de la libertad de expresión.

23.El Sr. KOTRANE pregunta si el Gobierno tiene la intención de aprobar una ley general de la infancia que garantice los derechos fundamentales del niño y si la prohibición de la imposición de la pena de muerte contra un niño significa que no puede pronunciarse dicha pena bajo ninguna circunstancia contra las personas acusadas de delitos cometidos cuando eran menores de edad o si puede retardarse la ejecución hasta que la persona haya alcanzado la mayoría de edad.

24.La Sra. ORTIZ solicita aclaración sobre las modificaciones introducidas en la Ley de registro y sobre las medidas adoptadas con miras a garantizar la inscripción de todos los niños al nacer, incluidos los niños que nacen en las cárceles o en los campos de reclusión. Asimismo, quizá la delegación pueda indicar qué se hace para conceder la nacionalidad de la República Popular Democrática de Corea a los niños nacidos en el extranjero en caso de que uno de los padres sea ciudadano de la República Popular Democrática de Corea, a fin de evitar los casos de apatridia.

25.La PRESIDENTA invita a los miembros de la delegación a facilitar una descripción detallada de las actividades realizadas durante el período que abarca el examen a efectos de la difusión de la Convención.

26.El Sr. RI Tcheul (República Popular Democrática de Corea) dice que algunas de las preguntas planteadas por los miembros del Comité se fundamentan en malos entendidos e informaciones erróneas transmitidas por elementos hostiles a la República Popular Democrática de Corea y no con la preocupación única de promover los derechos y el bienestar de los niños. El orador espera que el Comité no se deje influenciar por informaciones de esa índole y que la presente sesión favorezca un diálogo útil y constructivo.

27.La PRESIDENTA asegura a los miembros de la delegación de la República Popular Democrática de Corea que el Comité se ceñirá estrictamente a su mandato y sólo busca un diálogo franco y constructivo.

Se levanta la sesión a las 11.10 horas y se reanuda a las 11 . 40 horas.

28.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) dice que el Comité Nacional de Coordinación para la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño tomó en consideración las observaciones finales formuladas por el Comité de los Derechos del Niño como resultado del examen del segundo informe periódico, y se inspiró en ellas para elaborar los informes periódicos tercero y cuarto combinados.

29.El Sr. KIM Myong Chol (República Popular Democrática de Corea) explica que el Comité Nacional de Coordinación está presidido por el Sr. Kang Yun Sok, Director General del Departamento de Legislación, y que los cinco Vicepresidentes son el Vice Ministro de Educación, el Vice Ministro de Salud, el Primer Secretario de la Federación de la Juventud, el Vicepresidente de la Federación de Mujeres y el Vice Director de la Oficina Central de Estadísticas. El Secretario General es el Director del Departamento de las organizaciones internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores.

30.La principal función del Comité Nacional de Coordinación, cuyos miembros se eligen por un mandato de cinco años, consiste en elaborar medidas que garanticen el bienestar de los niños y protejan sus derechos. Asimismo, el Comité se encarga de supervisar la aplicación de la Convención y coordinar equitativamente las actividades de los ministerios interesados. El Comité está facultado para elaborar las leyes relativas a la aplicación de las disposiciones de la Convención y modificarlas así como a formular las recomendaciones para la aplicación de la Convención.

31.El Comité se reúne en sesiones plenarias y sesiones del Comité Permanente. Los miembros del Comité Permanente, el Presidente y los Vicepresidentes se reúnen entre las sesiones plenarias que se celebran por lo menos dos veces al año y a las que asisten todos los miembros del Comité. Con motivo de las sesiones plenarias, los miembros debaten las modificaciones que se harán a los estatutos; examinan las principales decisiones adoptadas por el Comité y las recomendaciones formuladas; revisan la labor realizada durante el año y examinan las cuestiones que se abordarán el año siguiente; analizan el proyecto de informe que deberán presentar al Comité de los Derechos del Niño y debaten sobre el nombramiento del Presidente, los Vicepresidentes y los miembros.

32.El Comité Permanente convoca las sesiones plenarias, adopta las medidas de seguimiento en el marco de las decisiones y las recomendaciones formuladas al término de las sesiones plenarias, examina la labor que realiza el Comité cada trimestre y establece el plan de acción para el siguiente trimestre. Las decisiones se toman por votación ordinaria y hay quórum cuando están presentes dos tercios de los miembros.

33.El Comité Nacional de Coordinación tiene una secretaría encargada de elaborar los informes para las futuras sesiones plenarias, elaborar los planes de acción, los preparativos de las sesiones y preparar los documentos y el material de difusión de la Convención.

34.El Comité Nacional de Coordinación debatió minuciosamente los temas resaltados en las observaciones finales que presentó el Comité de los Derechos del Niño como resultado del segundo informe periódico, en las cuales se sugiere que la República Popular Democrática de Corea tenga un solo órgano gubernamental de supervisión y aplicación de la Convención. El Comité concluyó que sería más prudente fortalecer la función del mecanismo existente. Asimismo, el Comité Nacional de Coordinación tomó acciones firmes con miras a reforzar el papel y las atribuciones de los ministerios encargados de las cuestiones relativas a la juventud, entre otros, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud Pública. Además, el Comité organizó talleres, seminarios y cursillos de formación para los nuevos miembros.

35.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) explica que la mayoría de edad se ha fijado en 17 años y no en 18 como establece la Convención, ya que a partir del momento en que acaba la enseñanza obligatoria a los 17 años se considera que un joven es lo suficientemente maduro física y psicológicamente para que se le considere una persona adulta, y ello lo faculta a ejercer el derecho de voto y a aspirar a mandatos electorales.

36.La PRESIDENTA no ve inconvenientes en que se fije la mayoría de edad en 17 años pero recuerda que al Comité de los Derechos del Niño le interesa saber si se protege a los jóvenes hasta cumplidos los 18 años y si se respetan las disposiciones de la Convención para todos. Quizá la delegación pueda proporcionar más detalles al respecto.

37.El Sr. CITARELLA desea saber si es verdad que, de conformidad con las características del calendario utilizado en la República Popular Democrática de Corea, pueden diferir las modalidades de cálculo de la edad del niño y que por ello, según el calendario coreano, un niño de 17 años en realidad sólo tiene 16, de conformidad con el calendario gregoriano.

38.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) dice que la edad mínima de condena a la pena de muerte se elevó a 18 años y que, por lo tanto, los niños son protegidos hasta esa edad. El orador aclara que la República Popular Democrática de Corea utiliza el calendario gregoriano y que se considera que un niño ha cumplido un año de edad luego de transcurrido un año completo a partir de su nacimiento.

39.El Sr. FILALI, tras señalar que un menor no puede ser condenado a la pena de muerte, desea saber si se puede enjuiciar a un menor que cometió un delito antes de los 18 años una vez cumplida la mayoría de edad y posteriormente, ser condenado a la pena de muerte.

40.La PRESIDENTA pregunta si puede condenarse a la pena de muerte a una persona que cometió un delito siendo menor de edad si durante su proceso cumple 18 años.

41.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) dice que un menor no corre el riesgo a ser sentenciado a la pena de muerte aun cuando, después de cumplidos los 18 años, se descubre que fue el autor de los hechos. Por lo que respecta a la responsabilidad penal, se tiene en cuenta la edad en la que se cometió el delito.

42.La población coreana se divide en tres categorías: los obreros, los agricultores y los intelectuales. La idea conforme a la cual se educa a los niños en función del origen social de sus padres es una idea preconcebida. La enseñanza obligatoria dura once años y es gratuita; el ingreso a la universidad depende de los resultados escolares y no del nivel social ni la profesión o fortuna personal de los padres.

43.La Sra. SMITH (Relatora para la República Popular Democrática de Corea) pregunta para qué sirve dicha clasificación y en qué contextos se utiliza. Desearía saber también si todos los niños tienen acceso a escuelas que ofrecen la misma calidad de enseñanza, si tienen las mismas oportunidades para entrar a la universidad o si existen escuelas para los niños de la élite.

44.El Sr. ZERMATTEN desea saber si dicha categorización tiene un impacto en el acceso de los niños a la atención de la salud y a la educación y si, con los años, el niño puede pertenecer a una categoría que no sea la de los padres.

45.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) dice que en las universidades se admite el ingreso de los jóvenes, primero en función de sus aspiraciones y luego, de sus resultados escolares. No se discrimina a los niños según la categorización de la población. Por otra parte, la población coreana es homogénea y, por lo tanto, en la República Popular Democrática de Corea no existen problemas asociados con minorías.

46.El Sr. KRAPPMANN (Relator para la República Popular Democrática de Corea) dice que con ocasión del examen del segundo informe periódico del Estado parte, el Comité había expresado su preocupación por el hecho de que las niñas y los niños no siguen el mismo plan de estudios y había recomendado al Estado parte uniformar dichos programas. El orador desearía saber si lo ha hecho.

47.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) responde que los planes de estudio se han uniformado y actualmente se usan los mismos para niñas y niños.

48.La República Popular Democrática de Corea es un país en desarrollo y todavía no ha elaborado todos los indicadores necesarios para la reunión de datos. Las autoridades esperan lograr avances en la materia con el apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Comité.

49.Durante el período que se examina, los gastos asignados al sector de la educación y la salud pública representaron, respectivamente, el 8% y el 6,5% del presupuesto del Estado. La remuneración que perciben los habitantes de la República Popular Democrática de Corea depende de la calidad y la cantidad de los trabajos efectuados. A esa remuneración se suman las asignaciones financiadas por una partida presupuestaria titulada “Gastos destinados al bienestar de la población”. Los gastos asignados a la ciencia, la educación, la cultura, la salud pública, el deporte, la seguridad social y los seguros sociales representan, aproximadamente, el 40% del presupuesto total del Estado. Los establecimientos extraescolares, tales como las bibliotecas o incluso los lugares para niños, se financian de otra manera. Los fondos asignados a la educación se usan únicamente para el pago de los salarios de los profesores y el funcionamiento de las escuelas. La construcción y la reparación de las escuelas se financian con una proporción del presupuesto denominado “Fondo de construcción”. Las fábricas y las granjas que tienen guarderías y jardines de infantes aseguran su financiación.

50.Pese a las dificultades económicas que enfrenta la República Popular Democrática de Corea, los gastos destinados a la educación y la salud aumentaron en 104% durante el período de que se informa.

51.Actualmente, los ministerios pertinentes elaboran un proyecto de ley para la protección de los derechos del niño.

52.La República Popular Democrática de Corea tiene un mecanismo de denuncia que funciona tanto a escala central como local. Existe un departamento de quejas en el Presídium de la Asamblea Popular Suprema y en todos los ministerios, las procuradurías y los órganos de la seguridad popular. Se nombra a un funcionario que se encargará de recibir y examinar las quejas en los organismos que no tienen departamentos de quejas. Éstas se pueden presentar directamente a las personas encargadas de recibirlas o depositar en los buzones pertinentes, a los cuales siempre pueden acceder los niños. Luego se anotan en el registro de quejas con la fecha en que se presenta la denuncia y el nombre del denunciante. Los niños menores de 14 años pueden presentar sus quejas en persona o por intermedio de sus representantes legales. El funcionario encargado de examinar las quejas habla con el denunciante e investiga los hechos denunciados. Una comisión se reúne una vez por mes para examinarlas.

53.La Sra. SMITH (Relatora para la República Popular Democrática de Corea) pregunta si existen buzones de quejas en todo el país o solamente en la capital y, de ser este el caso, qué mecanismo de denuncia se prevé para las provincias.

54.El Sr. PARFITT pregunta si el Estado parte tiene la intención de poner en marcha un mecanismo independiente de denuncia de modo que los funcionarios de los órganos pertinentes no examinen las denuncias.

55.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) dice que las autoridades de la República Popular Democrática de Corea prefieren mantener el mecanismo existente que permite examinar las denuncias rápidamente, teniendo en cuenta el interés superior del niño.

56.El Sr. ZERMATTEN desea recibir información sobre el número y el tipo de denuncias presentadas contra los funcionarios por violación de los derechos del niño.

57.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) dice que si, por ejemplo, el departamento de quejas del Presídium de la Asamblea Popular Suprema recibe quejas que no son de su competencia, las transfiere al departamento de quejas del órgano competente. Se pueden presentar denuncias en caso de violación de los derechos y los intereses de una persona o cuando los funcionarios no cumplen debidamente sus obligaciones. Se desconoce el número total de denuncias presentadas.

58.El Sr. FILALI desea saber cómo se examinan las quejas que tienen carácter de urgencia, teniendo en cuenta que la comisión encargada de evaluarlas sólo se reúne una vez al mes.

59.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) dice que si el denunciante necesita que su denuncia se tome en consideración rápidamente, puede dirigirse al funcionario encargado de examinarlas. Por ejemplo, si durante un procedimiento penal se presenta una denuncia relativa al desarrollo de éste, se interrumpe el procedimiento y se toman las medidas adecuadas.

60.El Sr. KOTRANE pregunta si los niños tienen acceso a un juez o a un mediador independiente, que no sean funcionarios.

61.La PRESIDENTA pregunta a quién debe presentar una denuncia un alumno cuyo profesor le ha pedido que cuide a su hijo para que pueda dictar clases.

62.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) dice que el niño puede presentar su denuncia a las autoridades de la escuela. Existen sindicatos de profesores encargados principalmente de supervisar la aplicación de la Convención. El funcionario que recibe las denuncias las registra e investiga, consulta con el niño y adopta las medidas necesarias.

63.La Sra. HERCZOG desea saber cuántos casos ganaron los niños y en cuántos los sindicatos de profesores o las autoridades escolares no dieron la razón al niño, así como cuáles son las consecuencias en este último caso.

64.La PRESIDENTA desea saber qué pasa con un niño que denuncia a un profesor que niega los hechos o facilita otra versión de los hechos.

65.El Sr. KANG Yun Sok (República Popular Democrática de Corea) dice que si en un proceso las partes ofrecen diferentes versiones, compete al juez discernir la verdadera de la falsa el día de la audiencia mediante el interrogatorio a ambas partes.

66.La Sra. SMITH (Relatora para la República Popular Democrática de Corea) pregunta si los padres que no pueden cumplir sus obligaciones parentales reciben ayuda del Estado para evitar la colocación de sus hijos en una institución; qué hace el Estado parte para garantizar que la colocación es una medida de último recurso y si puede inferirse que, en razón del aumento de guarderías y jardines de infantes, hay más niños viviendo actualmente con sus familias.

67.No cabe duda de que se acogerá con agrado información adicional sobre las condiciones de la subalimentación, la falta de acceso a la atención sanitaria y el retardo del crecimiento que priman en las instituciones para niños, en su mayoría huérfanos. ¿Tienen dichos centros enfermeros calificados?

68.Por otra parte, sería útil saber cómo se organiza la enseñanza en dichas instituciones, si sus profesores están calificados para ello y si los niños que egresan de esos centros −en particular, las niñas− reciben una ayuda financiera u otro tipo de asistencia a fin de evitar que acaben en la calle.

69.Asimismo, sería interesante saber si los niños de la República Popular Democrática de Corea tienen acceso al esparcimiento y las actividades recreativas. ¿Tienen acceso a las bibliotecas escolares y a libros para niños? ¿A los campos de juego o de deportes, a los clubes deportivos, en particular, en las distintas provincias del país? Por último, ¿cómo se utilizan los fondos que el Estado asigna al sector del deporte?

70.El Sr. KRAPPMANN (Relator para la República Popular Democrática de Corea) se pregunta por qué la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y el UNICEF no publican las excelentes estadísticas registradas por el Estado parte en el ámbito de la educación, con una tasa de escolarización del 100% en primaria y secundaria tanto de niñas como niños, así como una tasa de obtención del diploma del 100% al término de diez años de enseñanza.

71.Pese a los excelentes resultados, el Estado parte reconoce que existen problemas asociados a la frecuentación escolar en algunas zonas en las que la tasa equivalente ronda el 80%. Dicha situación se debe, sin lugar a dudas, a las dificultades económicas, la malnutrición o incluso, el trabajo infantil. El Comité desearía conocer las medidas adoptadas por el Estado parte para fomentar la frecuentación escolar y saber cómo hace la distinción entre el ausentismo y el abandono escolar. Además, le interesaría saber si el Estado parte es consciente de los efectos que tiene el trabajo infantil en el campo en la calidad de la educación, que a veces se extiende durante varias semanas y resulta perjudicial para el cuerpo o incluso, la preparación de las fiestas patrias.

72.Sería útil contar con información complementaria sobre el ausentismo de los profesores, quienes también están obligados a realizar otros trabajos debido a las dificultades económicas.

73.Como puede inferirse del párrafo 217 del informe objeto de examen, los objetivos que se ha fijado el Estado parte para mejorar la calidad de la educación están relacionados, principalmente, con el aprendizaje de las ciencias y la informática y el Sr. Krappmann desea saber si el Estado parte se esfuerza también por aplicar métodos de educación activa.

74.Tras leer en el párrafo 42 del informe objeto de examen que se ha decidido integrar la enseñanza de las disposiciones de la Convención en algunas materias como la moral socialista, el Sr. Krappmann señala que respetar los derechos del niño y otros derechos fundamentales no depende de la moral sino de las obligaciones contraídas por el Estado parte de conformidad con los diversos instrumentos internacionales en los que es parte, entre ellos, la Convención.

75.Además, convendría conocer cómo el Estado parte se esfuerza por lograr los objetivos en materia de educación en relación con el artículo 29 de la Convención y, sobre todo, por inculcar en los niños los principios de entendimiento, de amistad entre los pueblos y la paz.

76.Según fuentes fidedignas, son víctimas de discriminación los niños cuyos padres expresaron una opinión política divergente o huyeron a la China. Se invita a la delegación a proporcionar más información al respecto.

77.Por último, el Sr. Krappmann pide detalles sobre las medidas educativas con relación al párrafo 53 y los párrafos siguientes del informe objeto de examen.

78.El Sr. FILALI desea saber si en el caso de un asesinato cometido por un menor de 17 años, dicho menor se beneficia automáticamente o no de circunstancias atenuantes. Tras leer el párrafo 53 del informe relativo a la aplicación de medidas de educación pública cuando una persona con edades comprendidas entre los 14 y los 17 años comete un delito, el orador desearía saber qué sucede con los niños del grupo etario entre 17 y 18 años y, en especial, si se les imputa penas para adultos. Además, desea recibir información complementaria sobre la detención antes del enjuiciamiento de menores que pertenecen a distintos grupos etarios. Por último, desearía saber si se puede condenar a los niños de 17 años o más a penas de trabajo forzoso en virtud del nuevo Código Penal.

79.La Sra. AIDOO desea saber si, a tenor de la recomendación formulada por el Comité como resultado del examen del segundo informe periódico, el Estado parte ha emprendido un análisis profundo sobre la naturaleza y la magnitud de los problemas asociados a la salud del adolescente, tales como los embarazos precoces y las infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH/sida, y sobre el acceso que tienen las niñas a los servicios sanitarios y de nutrición. De no ser así, ¿tiene la intención el Estado parte de solicitar una asistencia técnica, por ejemplo, al UNICEF? Quizá la delegación pueda señalar si la estrategia 2006-2010 a favor de la salud reproductiva incluye un componente que se centre en la salud del adolescente.

80.Habida cuenta del estigma social que se vincula con las madres solteras y al número elevado de abortos clandestinos en el Estado parte, la Sra. Aidoo desearía saber lo que hace este último para prevenir los embarazos precoces y los abortos practicados en condiciones de riesgo, que ponen en peligro la salud y la vida del adolescente. ¿Tienen los adolescentes, niñas y niños, acceso a una educación en materia de salud reproductiva, ya sea en la escuela o fuera del programa escolar así como a servicios confidenciales, tanto en la ciudad como en las zonas rurales? ¿Existen, además, programas de sensibilización destinados al público en general, y a los adolescentes en particular?

81.Tras leer en el párrafo 162 del informe que el VIH/sida no afecta a la República Popular Democrática de Corea y que las instituciones competentes en materia de higiene y de lucha contra las epidemias no descuidan ningún esfuerzo por evitar que algún portador del VIH/sida ingrese al país, la Sra. Aidoo se pregunta cómo dichas instituciones logran alcanzar su objetivo a sabiendas de que el sida existe en los países vecinos como la China. ¿Ha puesto en marcha el Estado parte servicios confidenciales de asesoramiento y detección del VIH a escala local? ¿Qué resultados arrojó la estrategia (2002-2007) para la prevención del sida?

82.De conformidad con los párrafos 244 y 245 del informe objeto de examen en los que se mencionan las leyes que prohíben la explotación y la violencia sexual así como las penas impuestas a los autores de dichos delitos, la Sra. Aidoo pregunta si el Estado parte, que se declara libre de esos flagelos, llevó a cabo estudios para evaluar la naturaleza y la magnitud de éstos en su territorio y si aplicó medidas y estrategias integrales para proteger a los niños de todas las edades de dichas situaciones.

83.Asimismo, la delegación podría indicar cuál es la edad de consentimiento para mantener relaciones sexuales; si en el Estado parte existe la trata de niños con fines de explotación sexual y de prostitución; si existen leyes que la prohíben; cuáles son los servicios psicosociales existentes para el cuidado de las posibles víctimas y si se ha creado una línea telefónica de asistencia para esas víctimas. ¿Tiene el Estado parte la intención de ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía?

84.Pese a la aprobación de leyes relativas a la lucha contra el consumo de estupefacientes, tabaco y alcohol, algunos alumnos de las escuelas secundarias beben y fuman. Tal vez la delegación pueda proporcionar información al respecto. Por último, según algunas fuentes de información, se utiliza a los niños para el cultivo y la cosecha de adormidera en las explotaciones del Estado. Por ese motivo, tienen acceso a dicha sustancia y corren el riesgo de llegar a generar una dependencia. Por lo tanto, quizá la delegación pueda indicar si existe un sistema de supervisión de dichas explotaciones que garantice que ninguna de ellas emplea a niños y, en caso contrario, asegurarse de remover a los niños de esos lugares y de que se acojan a un programa de reinserción.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas.

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