Naciones Unidas

CRC/C/SR.1642

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

4 de julio de 2012

Español

Original: inglés

Comité de los Derechos del Niño

58º período de sesiones

Acta resumida de la 1642 a sesión*

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el martes 20 de septiembre de 2011, a las 10:00 horas

Presidente: Sr. Zermatten

Sumario

Examen de los informes de los Estados partes

Informes periódicos tercero y cuarto combinados de Italia acerca de la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño

Se declara abierta la sesión a las 10:00 horas.

Examen de los informes de los Estados partes

Informes periódicos tercero y cuarto combinados de Italia acerca de la aplicaciónde la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC/C/ITA/3-4 y Corr.1, CRC/C/ITA/Q/3-4 y Add.1)

1.Por invitación del Presidente, la delegación de Italia toma asiento a la mesa del Comité.

2.El Sr. Giovanardi (Italia) dice que el firme compromiso de su Gobierno de proteger los derechos del niño en los planos nacional e internacional queda patente en la reciente revisión realizada del sistema jurídico para prohibir todas las formas de discriminación, incluida la discriminación de los hijos nacidos fuera del matrimonio. Su Gobierno colabora estrechamente con la sociedad civil para erradicar las actitudes discriminatorias, la violencia y el maltrato ejercidos contra los niños y para incrementar la participación de estos en todos los sectores de la sociedad. En julio de 2011 se aprobó una disposición legislativa para crear la Oficina Nacional del Defensor del Niño y el Adolescente, que asesorará en la formulación de disposiciones legislativas sobre las violaciones de los derechos del niño, difundirá información y buenas prácticas, y promoverá la investigación de las cuestiones pertinentes.

3.La crisis financiera mundial no ha disuadido a Italia de su compromiso de promover los derechos humanos. El país ha sido reelegido recientemente para el Consejo de Derechos Humanos, ha terminado de aplicar las medidas de seguimiento adoptadas a raíz de las recomendaciones formuladas en relación con el examen periódico universal y ha pasado a ser parte en varios de los principales instrumentos internacionales de derechos humanos. Además, ha iniciado el proceso para establecer una comisión nacional independiente de derechos humanos de conformidad con los Principios de París.

4.Gran parte de la asignación del Fondo de Políticas de la Familia se está dedicando al desarrollo de servicios socioeducativos para la primera infancia y se está dando prioridad a reducir la pobreza infantil. Una propuesta importante en este sentido se centra en la introducción de una verificación de los medios de vida como forma de mejorar el acceso a dichos servicios. Otros progresos recientes incluyen la puesta en marcha de "Italia 2020", un plan de acción estratégico concebido para ayudar a los padres a compaginar mejor la vida laboral y la personal, apoyando a las personas más necesitadas y promoviendo la incorporación al mercado laboral.

5.Existe un sistema eficiente para hacer un seguimiento en cada una de las etapas de una adopción internacional y están prohibidas las adopciones internacionales independientes. El derecho a la educación de todos los niños que viven en Italia es un principio fundamental consagrado en su Constitución y se han adoptado medidas para garantizar el acceso pleno y gratuito de todos a la escuela, incluidos los niños con discapacidad y los extranjeros, sin mermar la calidad de la educación. También se están tomando medidas para mejorar el sistema de enseñanza como forma de combatir la deserción escolar.

6.La desinstitucionalización de niños y adolescentes es un problema complejo en el que intervienen tanto las familias como lo servicios locales. En 2010 se adoptaron medidas para evitar, en la medida de lo posible, sacar a un niño de la unidad familiar y para asegurar que la separación, en caso necesario, fuera lo más breve posible y se diera prioridad a la reunión familiar.

7.Italia sigue firmemente decidida a luchar contra la trata de seres humanos, que afecta sobre todo a mujeres y niños. Pese a las limitaciones presupuestarias, el sistema nacional de protección de las víctimas de la trata y la explotación continúa en el bienio 2011-2012 y cuenta con una asignación anual de 10 millones de euros. Además, va a crearse el primer plan de acción nacional contra la trata de seres humanos, que responderá a las necesidades específicas de los niños que han sido objeto de trata y explotación.

8.Se están estudiando actualmente medidas para ocuparse de los niños que se encuentran en el sistema penal juvenil, y se está considerando la posibilidad de modificar el Código Penal a fin de disponer sanciones alternativas para los menores de 18 años. Se han aprobado recientemente disposiciones legislativas para proteger la relación entre las madres encarceladas y sus hijos.

9.En la última década la inmigración ha aumentado en Italia casi un 250%. En vista del trágico naufragio de muchos migrantes que tratan de cruzar el Mar Mediterráneo, el país ha liderado la labor para salvar vidas y trabaja para luchar contra las bandas de la delincuencia organizada que explotan a los migrantes. Se ha establecido un sistema para proteger a los solicitantes de asilo y los refugiados, incluidos los niños, que facilita el acceso a los servicios sociales. Asimismo, se han puesto en marcha una gran variedad de proyectos en todo el país con la ayuda del Fondo Europeo de Integración y del Fondo Nacional de Políticas de Migración, entre los que se incluyen planes de integración social que ofrecen, por ejemplo, cursos de italiano a niños y adolescentes extranjeros.

10.Se han adoptado distintas medidas para ayudar a los menores no acompañados facilitando su identificación, buscando a miembros de su familia, prestándoles atención y servicios de salud y protegiendo su derecho a la unidad familiar, al tiempo que se apoya la repatriación asistida. Las disposiciones para la supervisión independiente de los menores no acompañados otorgan una importancia primordial al interés superior del niño en dicho proceso de supervisón. Los tribunales de menores tienen potestad para autorizar la entrada en Italia de un familiar de los menores no acompañados y de permitir a dichos familiares que permanezcan durante un período que excede lo establecido en las disposiciones jurídicas habituales. Además, se está estudiando introducir una enmienda que permitirá otorgar permisos de residencia a niños migrantes no acompañados cuando cumplan 18 años, para que puedan estudiar y trabajar en Italia.

11.La estigmatización de los grupos minoritarios ha sido siempre motivo de preocupación y todos los partidos políticos han condenado los casos recientes de violencia contra comunidades romaníes, los cuales han sido objeto de investigación judicial. Se ha prestado especial atención a la situación de los campamentos no autorizados y se están tomando medidas para ofrecer alojamiento, educación, formación profesional y trabajo, en particular a las mujeres y los niños de esas comunidades, a fin de facilitar su integración real en la sociedad.

12.Se han adoptado recientemente medidas para aprobar y modificar disposiciones legislativas con el propósito de combatir todas las formas de violencia contra los niños, proteger su integridad física y psicológica y llevar ante la justicia a las personas que cometan delitos sexuales contra ellos, de conformidad con el Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual.

13.En cuanto a la aplicación del Protocolo facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, los ciudadanos italianos deben tener al menos 18 años para alistarse en el servicio militar. Un proyecto de ley que se está debatiendo actualmente impondrá una pena de prisión de entre 4 y 12 años por el reclutamiento de niños menores de 15 años en las fuerzas armadas para participar en actividades de mantenimiento de la paz, y dicha pena se aumentará en un 50% si niños menores de 18 años participan en operaciones militares.

14.Las iniciativas mencionadas ponen de manifiesto el compromiso del Gobierno de Italia de fomentar y proteger los derechos del niño, y el orador espera con interés mantener un intercambio de opiniones abierto y provechoso con el Comité, que contribuya a avanzar en la promoción de esos derechos.

15.El Presidente celebra las nuevas medidas legislativas que está adoptando Italia, especialmente para garantizar que todos los niños gocen de los mismos derechos independientemente de su filiación y establecer en el futuro una institución nacional de derechos humanos, e invita al Comité a examinar los informes periódicos tercero y cuarto combinados del Estado parte.

16.El Sr. Gurá ň (Relator para el país) se pregunta por qué se ha ido retrasando desde 2004 la aplicación de un plan de acción sobre los derechos del niño, cuando Italia debía llevarlo a efecto en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño. Muestra su preocupación por la actual falta de coordinación vertical y horizontal de las políticas, los programas y la legislación sobre los derechos del niño y agradecería se aclarara qué entidad gubernamental tiene la responsabilidad general de asegurar la continuidad en la aplicación de la Convención y de evitar una duplicación de tareas. Habida cuenta de que la descentralización constituye la norma en Italia, ya que se compone de 20 regiones generalmente autónomas, el orador desearía saber qué medidas se han adoptado para fijar unas normas mínimas claramente definidas en relación con los derechos del niño, especialmente respecto de los servicios sociales esenciales, a fin de evitar las diferencias regionales cada vez más importantes, especialmente entre las zonas septentrional y meridional del país.

17.Acoge con satisfacción el nuevo proyecto de ley sobre el establecimiento de la Oficina Nacional del Defensor del Niño y el Adolescente, conforme a la recomendación anterior del Comité, pero agradecería más información sobre su mandato específico, la dotación de personal y el procedimiento vigente para formular denuncias. Desearía saber por qué hay oficinas del Defensor en algunas regiones y no en otras, cuando todas las regiones han aprobado el proyecto de ley. ¿Qué función desempeñará la Oficina Nacional del Defensor en la coordinación con las oficinas regionales para velar por que se cumplan plenamente los Principios de París?

18.Por último, desearía conocer las medidas que se han adoptado para mejorar los programas de reducción de la pobreza, habida cuenta del notable aumento de la pobreza infantil, en particular entre los niños nacidos fuera de Italia.

19.La Sra. Wijemanne (Relatora para el país) pregunta por la efectividad de la Oficina del Defensor del Niño y el Adolescente y por las medidas que se están tomando para prestar servicios a los niños pobres, los niños migrantes indocumentados y los menores no acompañados. Si bien el sistema de reunión de datos y de vigilancia de la situación de los niños y los adolescentes es amplio, desea saber si proporciona la información necesaria para identificar las cuestiones críticas a las que se enfrentan los niños. Pide más información sobre las deficiencias detectadas en los servicios de educación que se ofrecen a los niños con discapacidad y sobre la elevada tasa de deserción escolar, especialmente en secundaria. ¿La situación financiera actual está causando deficiencias en los sistemas de apoyo a la mujer, especialmente las madres solteras, en ámbitos como el acceso a guarderías?

20.La Sra. Sandberg señala que el Plan de acción nacional para la infancia 2011-2013 no dispone específicamente que los niños intervengan en la adopción de decisiones relativas a las políticas y pregunta cómo tiene previsto el Estado parte darles mayor participación en la supervisión de ese plan y en la formulación de otros en el futuro. Se pregunta si se reforzará a nivel nacional y regional la estructura de los consejos nacionales de la infancia para armonizar sus actividades. Desea conocer posibles enfoques para capacitar a los docentes y al personal de las escuelas a fin de que se generalice en mayor medida la participación de los niños. Preocupa a la oradora que la regla general de escuchar las opiniones de los niños en los tribunales solo a partir de los 12 años se convierta en un límite de edad de hecho y pregunta si ha habido casos en que se hayan escuchado las opiniones de niños menores de 12 años en, por ejemplo, procedimientos de divorcio o de separación. De no ser así, desea saber si está previsto modificar esa norma. ¿Tienen los niños derecho a ser escuchados en procedimientos administrativos, como en los casos de protección de niños y los de medidas disciplinarias adoptadas por las escuelas?

21.La Sra. Aidoo reconoce el compromiso de Italia con los derechos del niño y desea conocer las medidas que ha implantado el Estado parte para mantener la concienciación sobre dichos derechos y su efectividad, así como sobre la Convención, entre los niños, las familias (en particular las que se encuentran en situación de vulnerabilidad) y los funcionarios a todos los niveles. En vista de las recomendaciones formuladas desde hace tiempo por el Comité respecto de la capacitación de los funcionarios, pregunta si el Estado parte tiene previsto aplicar un programa sistemático y nacional de formación sobre los derechos humanos dirigido a funcionarios y a profesionales que trabajan con niños, como profesores, jueces, abogados, tutores legales y agentes del orden.

22.E l Sr. Koompraphant cita disposiciones legislativas recientemente promulgadas por el Estado parte y pregunta qué organismo, en su caso, se encarga de coordinar la multiplicidad de normativas y de prestar los servicios conexos. También desea saber qué responsabilidad legal tienen los padres que descuidan o maltratan a sus hijos.

23.La Sra. Maurás Pérez pregunta si se incluyen disposiciones para proteger los derechos del niño y un mecanismo para enjuiciar a las empresas que vulneren dichos derechos en los dos proyectos de ley sobre la responsabilidad social de las empresas que se están debatiendo actualmente en la Cámara de los Diputados. También pregunta si el Estado parte apoyará el movimiento que existe en la Unión Europea para detener las importaciones de algodón de Uzbekistán fabricado con mano de obra infantil forzada, con el propósito de asegurar que se respete la legislación de Italia y la Convención. En lo que respecta a una recomendación formulada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en el sentido de que los medios de comunicación, en particular los medios publicitarios, deben poner fin a los estereotipos basados en el género, desea saber cómo implanta el Estado parte la normativa adecuada para los productos publicitarios y comerciales dirigidos a los niños.

24.La Sra. Nores de García considera que, habida cuenta de la condición del Estado parte de país de altos ingresos y de su elevado índice de desarrollo, el Comité podría ser más insistente en sus llamamientos a la delegación. Pregunta cómo asegurará el Gobierno que se mantengan las prestaciones para los hijos a pesar de la crisis financiera, especialmente en lo que concierne a la educación. Agradecería explicaciones adicionales de la razón por la que el Defensor funciona solo en algunas regiones del país y pregunta qué políticas tiene previsto aplicar el Gobierno para velar por que se aplique plenamente la legislación vigente que prohíbe los castigos corporales. Señala que los romaníes que han sido reubicados en nuevos campamentos para migrantes no tienen el mismo acceso a oportunidades de empleo que tenían en las ciudades y pregunta cómo tiene previsto el Gobierno solucionar esa situación.

25.El Sr. Pollar pregunta hasta qué punto los derechos amparados en el artículo 15 se hacen extensivos a los menores de 18 años y desea saber si el Estado parte tiene algunas prácticas idóneas que comunicar en ese ámbito. ¿Se dispone de datos sobre organizaciones dirigidas por niños en Italia, como consejos de estudiantes y parlamentos de jóvenes, y sobre el número de sus miembros? ¿Cómo se protege el derecho a la intimidad en el caso de niños pertenecientes a minorías religiosas? ¿Se les exige consignar su religión en las escuelas, aunque consideren que se trata de un asunto privado? ¿Qué medidas se aplican para proteger la intimidad de los niños que reciben asesoramiento sanitario o jurídico, de los que están confiados a modalidades alternativas de cuidado, de aquellos cuya libertad está restringida y de los que se encuentran en el sistema de justicia juvenil?

26.La Sra. Varmah, en relación con las diferencias entre los derechos de los hijos legítimos, los legitimados y los biológicos con arreglo a la legislación italiana, pregunta por qué el proyecto de ley mencionado en el párrafo 186 del informe del Estado parte (CRC/C/ITA/3-4), que debería eliminar esas diferencias, se ha quedado por el camino. A la oradora le inquietan las razones por las que se permite a las madres biológicas escoger si reconocen o no a sus hijos recién nacidos y desearía saber qué se está haciendo para evitar que se separe a un hijo de su madre.

27.La Sra. Al-Asmar pregunta por qué no se menciona en el informe ningún caso de matrimonio entre niños, lo que a menudo pone de manifiesto otros problemas, como el hecho de no inscribir los nacimientos en el registro. Se pregunta si le preocupa al Estado parte que la Ley Nº 94, que exige a todos los funcionarios informar sobre los inmigrantes indocumentados, pueda dar lugar a que esas personas y sus hijos dejen de tener acceso a los servicios. También desea conocer qué está haciendo el Estado parte para velar por la seguridad y el saneamiento en los campamentos de romaníes.

28.La Sra. Lee desea saber por qué los datos adicionales aportados en los anexos del informe abarcan principalmente solo hasta 2005, mientras que el propio informe comprende hasta 2008. Pregunta cuál es el presupuesto para los servicios de salud y, puesto que el Estado parte descendió de nivel en el índice elaborado por Transparency International para 2010 sobre la percepción de la corrupción y habida cuenta de la crisis financiera, cómo tiene previsto el Gobierno mantener sus asignaciones presupuestarias para los servicios destinados a la infancia.

29.El Sr. Kotrane dice que agradecería recibir información sobre la aprobación de una ley que disponga la igualdad de trato de los hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio y se pregunta si también incluiría a los niños adoptados y, en ese caso, si otorgaría a esos niños el derecho a someterse a pruebas genéticas y a conocer la identidad de sus padres biológicos. Agradecería igualmente recibir información sobre la situación en que se encuentra el proyecto de ley de reforma de la justicia juvenil. Habida cuenta de la relativamente nueva situación de Italia como país de inmigración en lugar de emigración, pregunta si el Gobierno está estudiando la posibilidad de ratificar la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. El orador pregunta asimismo por las medidas que se están adoptando para asegurar que los niños conozcan los derechos que les amparan con arreglo a la Convención.

Se suspende la sesión a las 11. 20 horas y se reanuda a las 11.40 horas.

30.El Sr. Giovanardi (Italia) dice que no se ha retrasado la aplicación del Plan de acción nacional para la infancia. Cuando el actual Gobierno asumió el poder a finales de 2008, el observatorio estatal para la infancia y la adolescencia elaboró el plan, que tuvo que ser aprobado posteriormente por varias entidades, como el Consejo de Ministros y la antigua Comisión Bicameral para la Infancia. Además, la nueva Constitución pedía una mayor coordinación entre los niveles de gobierno local, regional y central, lo que, de algún modo, alargó el proceso de aprobación.

31.Italia está atravesando una época de dificultades económicas, pero el Gobierno ha destinado más de 5.000 millones de euros a prestaciones por desempleo para asegurar que todas las familias sigan teniendo un ingreso. En el futuro, el importe de los recursos disponibles para la protección de los derechos del niño dependerá de cómo evolucionen las economías europea y mundial.

32.El Sr. Mari (Italia) dice que la reorganización exigida por la reforma constitucional de 2001 concedió al Gobierno central la responsabilidad exclusiva de las cuestiones civiles y familiares, y las autoridades regionales se encargaban de los servicios sociales. Se han establecido normas y directrices nacionales para asegurar que todas las personas que vivan en las distintas regiones del país reciban el mismo nivel de servicios. La Constitución dispone la financiación especial de las regiones menos prósperas situadas en el sur del país para que los servicios públicos alcancen los estándares nacionales. Las autoridades locales tienen la responsabilidad de prestar servicios de atención directa a todos los ciudadanos y a otras personas que viven en el país. Los observatorios nacionales para la infancia y la adolescencia y para la familia velan por que se coordinen las medidas adoptadas por los diferentes organismos que intervienen en la prestación de servicios.

33.El Presidente dice que, pese al excelente nivel de coordinación que existe en teoría, la realidad es que, en la práctica, las familias y los niños siguen recibiendo en el Estado parte unos servicios educativos y de salud de un nivel considerablemente diferente en función de dónde viven. El Comité acogería con agrado los comentarios de la delegación a ese respecto.

34.El Sr. Giovanardi (Italia) dice que existe una gran variedad de normas y tradiciones culturales en el país. Por ejemplo, en muchas zonas del sur, las familias prefieren cuidar a sus hijos en el hogar hasta que comienzan a ir a la escuela, lo que da lugar a una escasa demanda de servicios de guardería. Los mecanismos de asistencia técnica disponibles en la región meridional están concebidos para contribuir a equilibrar la prestación de servicios en todo el país.

35.La Sra. Vel l etti (Italia) dice que la creación de la Oficina Nacional del Defensor del Niño y el Adolescente ha contado con la aprobación unánime de la Cámara de Diputados y el Senado, y la Oficina se ajusta plenamente a los Principios de París. El Defensor ha sido elegido por los portavoces de la Cámara de Diputados y el Senado, lo que asegura la independencia del nombramiento. La Oficina contará con una asignación presupuestaria anual de 1,5 millones de euros a partir de 2012 y dispondrá de plena autonomía presupuestaria. El Defensor elegirá a los diez miembros que integrarán el personal de la Oficina de entre toda la función pública. El mandato de esta incluye la protección de los derechos del niño, la difusión de información sobre las disposiciones de la Convención y la coordinación de todos los interesados que trabajan en el ámbito de dichos derechos. De las 20 regiones de Italia, 8 ya tienen oficinas del Defensor en funcionamiento y otras 10 están estableciéndolas. Todas ellas tienen que reunir los mismos criterios de independencia que la Oficina Nacional del Defensor. Una conferencia anual de los defensores regionales, que presidirá el Defensor nacional, asegurará la coordinación entre las regiones.

36.El Presidente pregunta si los defensores regionales y el nacional pueden recibir denuncias, investigarlas y adoptar decisiones sobre la concesión de indemnizaciones a las víctimas.

37.La Sra. Vel l etti (Italia) dice que se ha creado una línea telefónica gratuita y específica para que todos los miembros de la población puedan formular denuncias al Defensor. La Oficina tendrá la potestad de inspeccionar los centros de atención a la infancia para evaluar si están justificadas las denuncias de violaciones de los derechos del niño, y tiene la obligación de notificar a los tribunales de menores dichas denuncias tan pronto se reciban. Por lo tanto, el Defensor es fundamental para incoar los procedimientos de protección judicial, en particular en los casos relativos a la autoridad paterna. La Oficina formulará recomendaciones a los órganos políticos sobre las normas y disposiciones destinadas a proteger a la infancia y difundirá por todo el país ejemplos de buenas prácticas a nivel local.

38.La Sra. Matone (Italia) dice que, en los procedimientos judiciales que les afectan directamente, el juez ordinario o un juez especialmente capacitado para trabajar con niños escuchan las opiniones de estos cuando tienen 12 años o menos. Hay vigentes normas estrictas para salvaguardar a los niños que intervienen en procedimientos judiciales. Los jueces nunca interrogan directamente a niños muy pequeños y todos los niños son interrogados una vez solamente. Si bien esas salvaguardias no están plasmadas en ninguna normativa específica, hay protocolos, directrices y jurisprudencia que aseguran que los derechos del niño al respecto se protejan de manera escrupulosa. En todos los casos se respeta el derecho del niño a ser escuchado.

39.La Sra. Vellet t i (Italia) dice que, en el verano de 2011, se impartió una capacitación de una semana de duración a todos los magistrados que trabajaban con niños. También se intercambiaron buenas prácticas, uno de cuyos ejemplos fue el uso de salas especiales con espejos de visión unilateral para poder escuchar a los niños sin que tuvieran que comparecer en la sala de vistas.

40.La Sra. Matone (Italia) dice que se capacita a los profesores para detectar los malos tratos inflingidos a niños y hay trabajadores sociales en las escuelas para prevenir dichos malos tratos. Todos los docentes tienen la obligación de informar de los casos en los que se sospeche que existe maltrato a niños.

41.El Sr. Giovanardi (Italia) dice que, además de la atención que se presta a las opiniones de los niños en los procedimientos judiciales, se han adoptado medidas para velar por que se escuchen las opiniones de los niños y los jóvenes y que estos participen en otros ámbitos. Por ejemplo, muchos alumnos de las escuelas y las universidades participan en los consejos de estudiantes.

42.El Sr. Moretti (Italia) dice que el 8% de los niños de entre 14 y 18 años pertenece a organizaciones juveniles y el 10% está integrado en otros grupos. Aproximadamente el 12% de los niños participa en actividades voluntarias. Se han realizado investigaciones para valorar hasta qué punto se tienen en cuenta las opiniones de los niños cuando se les saca del entorno familiar y se les ubica en hogares de acogida o en centros residenciales. A finales de 2011 se dispondrá de conclusiones preliminares.

43.La Sra. Ruggiero (Italia) dice que el Ministerio de Trabajo y Política Social elaboró un folleto para proporcionar a los niños de entre 11 y 14 años información sobre la importancia de sus derechos. El texto se basa en las disposiciones de la Convención e incluye información sobre sus homólogos, la familia, la escuela, la sociedad, las instituciones, la participación de los niños, el medio ambiente y la calidad de vida. Asimismo hace hincapié en que los niños tienen derecho a ser informados de sus derechos y a participar en la adopción de decisiones en los ámbitos que les afectan. El folleto se ha distribuido en las escuelas de primer ciclo de secundaria y está disponible en Internet.

44.El Sr. Brasioli (Italia) dice que el 21 de noviembre de 2011 se celebrará a nivel nacional el 20º aniversario de la ratificación por Italia de la Convención y se retransmitirá por televisión. El proyecto de ley para equiparar a los hijos nacidos fuera y dentro del matrimonio se encuentra actualmente en el Senado y en él se destacan tanto los derechos de los niños como la responsabilidades de sus padres y otros familiares.

45.La Sra. Vellet t i (Italia) dice que la legislación italiana otorga los mismos derechos a los hijos nacidos fuera y dentro del matrimonio, con la importante excepción actualmente de los derechos de sucesión. Los hijos nacidos fuera del matrimonio heredan, pero por detrás de otros familiares del progenitor en el orden de sucesión, lo que cambiará cuando se apruebe el proyecto de ley actualmente en el Senado. Tras esa aprobación, la única cuestión en la que habrá una distinción entre los hijos nacidos de padres casados o no casados será en el reconocimiento de los hijos por sus padres. En el caso de los padres casados, está dispuesto que estos reconozcan automáticamente a sus hijos pero, si los padres no están casados, hay que adoptar ciertas medidas de procedimiento a tal fin.

46.El Presidente pregunta si las disposiciones del proyecto de ley se ajustan a las recomendaciones recientemente formuladas por el Comité respecto del derecho de los niños a conocer su filiación y pide más información sobre la situación de los niños cuyas madres los han abandonado al nacer.

47.La Sra. Matone (Italia) dice que hay varios proyectos de ley en el Parlamento sobre el derecho de los hijos biológicos que han sido abandonados al nacer a saber quiénes son sus padres. Ese derecho no se respeta en las prácticas de adopción actuales, ya que los niños adoptados cortan todo vínculo con su pasado y sus madres biológicas tienen derecho a que su nombre no aparezca. El derecho de la madre al anonimato se opone al derecho del hijo a saber quiénes son sus padres biológicos y el tema está sometido a debate en el Parlamento.

48.El matrimonio precoz está prohibido por ley. Se permite contraer matrimonio a los 16 años solo si se cuenta con la autorización de un tribunal de menores, que tiene la obligación de discernir si una pareja tiene madurez suficiente para contraerlo y de asegurarse de que no está siendo presionada para casarse en los casos, por ejemplo, en los que la joven está embarazada. Aunque es corriente en algunas comunidades, como la romaní, el matrimonio antes de los 16 años de edad es un delito sancionado por la ley.

49.La Sra. Wijemanne pregunta qué criterios utilizan los jueces para decidir si una joven puede contraer matrimonio a los 16 años.

50.La Sra. Al-Asmar pregunta a quién se castiga en caso de que se celebre un matrimonio por debajo de la edad exigida.

51.La Sra. Matone (Italia) dice que un tribunal colegiado integrado por 4 jueces, 2 jueces oficiales y 2 jueces especializados, es quien autoriza la celebración de un matrimonio a los 16 años. La decisión se adopta tras escuchar a los jóvenes, elaborar un amplio informe y establecer, en caso de que la joven en cuestión esté embarazada, si la pareja contará con el apoyo de sus padres. Italia ya no alienta el matrimonio precoz en caso de embarazo; tanto si hay un niño por nacer a tener en cuenta como si no lo hay, se da prioridad a los intereses de las personas implicadas y cada caso se examina en función de sus propias circunstancias.

52.El Sr . Gur aň, en vista del elevado número de adopciones internacionales que se dan en Italia, pregunta qué planes existen para poner fin a la corrupción al respecto. Hay más de 60 organismos privados en Italia que tramitan las adopciones internacionales. ¿El Estado parte tiene previsto establecer o reforzar organismos públicos para supervisarlas? Habida cuenta de la desigualdad en los progresos registrados en el país respecto del cierre de centros residenciales para niños y del apoyo prestado al acogimiento familiar, agradecería se facilitara más información sobre la situación relativa a la atención residencial.

53.La Sra. Wijemanne pregunta si existe alguna política contra la institucionalización y para desarrollar sistemas basados en la comunidad destinados a prestar cuidados a los niños. Sería interesante contar con más información sobre los sistemas vigentes para proteger los derechos del niño en los hogares de acogida y en otras modalidades de cuidado alternativo.

54.La Sra. Herczog dice que desearía conocer los planes que existen para alcanzar las metas de Europa 2020 relativas a la prestación de servicios de guardería y actividades extraescolares de calidad a todos los niños de Italia. Pregunta cómo asegura el Estado parte el acceso de los niños a las actividades de ocio, deportivas y culturales, así como el acceso en condiciones de igualdad de los niños desfavorecidos a esos servicios. ¿Qué métodos utilizan los centros de orientación familiar en Italia para mejorar la capacidad de educar a los hijos? Dada la dificultad de compaginar la vida laboral con la vida familiar y privada, ¿cómo se prepara a los jóvenes para la paternidad?

55.Sería interesante saber si el Estado parte tiene previsto estudiar la prohibición del castigo corporal en todas sus formas. La oradora pregunta si existe algún tipo de vigilancia o seguimiento del bienestar de los niños adoptados. También sería útil saber por qué, pese a la labor de desinstitucionalización, aumenta el número de niños en centros de cuidados alternativos, y si el Estado parte tiene previsto profesionalizar el acogimiento familiar e impartir capacitación para alentar a más personas a ofrecerse a prestar dicho servicio. También desearía saber cómo se prepara a los niños para cuando salgan de los centros de cuidado alternativo.

56.La Sra. Varmah pregunta por la información disponible sobre la salud de los adolescentes y sobre el uso cada vez mayor de drogas psicotrópicas para mejorar el rendimiento escolar y combatir la depresión. ¿Qué medidas existen para prevenir el suicidio de los adolescentes y luchar contra el consumo de drogas que pueden tener efectos secundarios negativos en ellos? A la oradora le interesaría conocer si ha tenido continuidad la campaña de información y prevención de la anorexia, la bulimia y la obesidad psicógena en los adolescentes que se puso en marcha en 2006 y, en caso afirmativo, si ha llegado a todos los adolescentes de Italia. Agradecería recibir información sobre si se ha introducido la educación sexual en las escuelas, cómo se afronta el abuso de sustancias entre los adolescentes y qué medidas se están adoptando para tratar de solucionar la obesidad infantil y adolescente.

57.La Sra. Lee pregunta cuál es exactamente la asignación presupuestaria dedicada a la salud infantil, si está funcionando ya el Observatorio para la Lucha contra la Pedofilia y la Pornografía Infantil, y si Italia exporta armas pequeñas y armas ligeras a regiones en las que hay niños que participan directamente en conflictos armados.

58.Desearía recibir más información sobre los niños menores de 5 años con discapacidad, si la definición de discapacidad del Estado parte se ajusta a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y acerca de la detención de niños no acompañados en Lampedusa durante más de 20 días, pese a que, por ley, el período de detención está limitado a 48 horas.

59.La Sra. Madi se muestra interesada en la reciente disposición legislativa que impide que niños no acompañados reciban un permiso de residencia al alcanzar los 18 años de edad si no han participado en un programa de integración durante al menos dos años o no han estado en el país durante un mínimo de tres años. Como la mayoría de niños no acompañados que entran en Italia son mayores de 16 años, muchos se ven privados de cualquier posibilidad de obtener la residencia legal cuando sean adultos. Esta situación les disuade de acudir a las instituciones públicas y al sistema de protección de la infancia, y les hace más vulnerables a la explotación y la violación de sus derechos. Agradecería que el Estado parte comunicara al Comité cuánto tiempo cabe esperar para que se modifique esta disposición legislativa. El Comité de Niños Extranjeros expide órdenes de repatriación para niños extranjeros no acompañados; como ese Comité no es un órgano judicial, los niños se ven privados de la asistencia jurídica adecuada en relación con su repatriación. Al orador le preocupa que el Estado parte determine la edad de los niños no acompañados basándose únicamente en una radiografía de la muñeca, lo que puede dar lugar a decisiones incorrectas en relación con la expulsión o a la detención en centros de adultos de niños cuya edad no se ha determinado con precisión. Desearía también recibir información sobre el criterio que se ha utilizado con los niños que han llegado a Italia desde África, habida cuenta de los terribles conflictos que tienen lugar en esa región del mundo.

60.El Sr. Cardona Llorens pregunta si las estadísticas sobre la discapacidad proporcionadas en el informe del Estado parte se refieren únicamente a la discapacidad física. Italia ha aplicado una política educativa pionera e incluyente durante más de 30 años, pero se pregunta si se ocupa el Estado parte de la situación de los niños con discapacidad mental, que están exentos de exámenes, a menudo no reciben ningún título y presentan una tasa de abandono escolar superior a los demás niños. Inquieta al Comité la posibilidad de que se apliquen recortes desproporcionados al presupuesto educativo para los estudiantes con discapacidad mental debido a la actual crisis económica y financiera. Se han dado casos, por ejemplo, de padres que se han visto obligados a adoptar medidas jurídicas para asegurar que se asigne un número adecuado de docentes a los niños con discapacidad. ¿Puede el Estado parte tranquilizar al Comité a este respecto? El orador también desearía saber cuántos de los niños que participaron en el proyecto de investigación de 2009 sobre la infancia tenían discapacidad mental o sensorial y si se utilizó un lenguaje sencillo en las encuestas para que estos niños participaran plenamente.

61.El Sr. Pollar, en relación con el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, pregunta si hay en vigor medidas concretas para identificar a los niños que hayan participado en conflictos armados. Pese a la detallada información que figura en el informe del Estado parte, no queda claro si existe una definición legal de lo que constituye "participar directamente" en hostilidades. Como Italia ha intervenido bajo el mandato de las Naciones Unidas en Libia, se pregunta qué medidas se han adoptado para asegurar que los soldados italianos respeten el artículo 38 de la Convención. También desearía conocer las medidas que se han tomado para que el Estado parte cumpla su obligación de proteger a los niños afectados por los conflictos armados.

Se levanta la sesión a las 13 .00 horas.