Naciones Unidas

CRPD/C/MMR/1

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

6 de octubre de 2017

Español

Original: inglés

Español, inglés y ruso únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Informe inicial presentado por Myanmar en virtud del artículo 35 de la Convención, que debían presentarse en 2014 * **

[Fecha de recepción: 19 de noviembre de 2015]

Índice

Página

Parte I4

Introducción4

Información general4

Parte II5

Propósito, definición, principios y obligaciones generales5

Parte III7

Igualdad y no discriminación7

Concienciación7

Accesibilidad8

Derecho a la vida9

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias9

Igual reconocimiento ante la ley10

Acceso a la justicia10

Libertad y seguridad personales11

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes11

Protección contra la explotación, la violencia y el maltrato12

Protección de la integridad personal12

Libertad de circulación y nacionalidad12

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad13

Movilidad personal13

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información13

Respeto de la intimidad14

Respeto del hogar y de la familia14

Educación15

Salud16

Habilitación y rehabilitación16

Trabajo y empleo17

Derecho a un nivel de vida adecuado y protección social17

Participación en la vida política y pública17

Derecho a la participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimientoy el deporte18

Parte IV19

Mujeres con discapacidad19

Niños con discapacidad19

Parte V20

Recopilación de datos y estadísticas20

Cooperación internacional20

Aplicación y seguimiento nacionales21

Conclusión22

Abreviaturas y siglas

ACNURAlto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

ASEANAsociación de Naciones de Asia Sudoriental

CESPAPComisión Económica y Social para Asia y el Pacífico

JICAOrganismo Japonés de Cooperación Internacional

OCAHOficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios

ONGorganización no gubernamental

ONU-HábitatPrograma de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos

PMAPrograma Mundial de Alimentos

PNUDPrograma de las Naciones Unidas para el Desarrollo

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

VIH/SIDAvirus de inmunodeficiencia humana/síndrome de inmunodeficiencia adquirida

Parte I

Introducción

1.La República de la Unión de Myanmar ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante, “la Convención”) el 7 de diciembre de 2011. Como Estado parte en la Convención, la República de la Unión de Myanmar se complace en presentar este informe inicial al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de conformidad con el artículo 35, párrafo 1, de la Convención. El informe se ha preparado sobre la base de las directrices para la presentación de informes del Comité (CRPD/C/2/3).

Información general

2.La República de la Unión de Myanmar está situada en la región de Asia Sudoriental. Limita con la República Popular China y la República Democrática Popular Lao en el norte, Tailandia, Bangladesh, la India y el mar de Andamán en el sur y la Bahía de Bengala en el occidente.

3.La República de la Unión de Myanmar es un Estado en el que más de 100 razas multinacionales residen juntas. Según la Constitución de la Unión de Myanmar de 2008 (en adelante, “la Constitución”), en la Unión se practica un sistema genuino, disciplinado y democrático multipartidista y hay siete regiones y siete estados. La Unión tiene también seis zonas y regiones de administración autónoma. La Unión tiene una activa política exterior no alineada y un sistema de economía de mercado.

4.En Myanmar, el Departamento de Bienestar Social adscrito al Ministerio de Bienestar Social, Socorro y Reasentamiento realizó la Primera Encuesta Nacional de Discapacidad (2008-2009), junto con el apoyo de la Leprosy Mission International, actualmente denominada Leprosy Mission Myanmar. Según la encuesta, hay 1.3 millones (el 2,32%) de personas con discapacidad entre los 58.370.000 habitantes de la población total de Myanmar. El Departamento de Bienestar Social constituye el centro de coordinación para adoptar las medidas necesarias sobre los derechos de las personas con discapacidad en la República de la Unión de Myanmar. Coordina y colabora con los departamentos competentes del Gobierno, las organizaciones sociales internacionales y locales, las organizaciones no gubernamentales (ONG), las organizaciones de y para las personas con discapacidad y el público.

5.La Constitución de la República de la Unión de Myanmar señala, en su artículo 32 a), que la Unión atenderá a las madres e hijos, a los huérfanos, a los hijos del personal herido de las fuerzas de defensa, a las personas de edad y a las personas con discapacidad. La primera Ley de Empleo de las Personas con Discapacidad de Myanmar se promulgó en 1958. En 2011, se inició la redacción de la ley de los derechos de las personas con discapacidad, con el liderazgo del Departamento de Bienestar Social, adscrito al Ministerio de Bienestar Social, Socorro y Reasentamiento, para proteger los derechos de las personas con discapacidad consagrados en la Convención, junto con las organizaciones de y para las personas con discapacidad, los departamentos competentes del Gobierno y las organizaciones no gubernamentales internacionales y locales. En el momento de preparar el presente informe, el proyecto de ley se encuentra en el proceso de presentación en el Parlamento.

6.Myanmar ha estado practicando la rehabilitación de las personas con discapacidad desde 1875, durante el período colonial. La Escuela de Formación de Myanmar para Ciegos, la primera institución para las personas con discapacidad, se estableció en 1914 con tres colaboradores, y en la actualidad se conoce como la Escuela de Formación de las Personas con Discapacidad Visual. La rehabilitación de las personas con discapacidad se incluyó en la formulación de las políticas de bienestar social desde 1954, después de que Myanmar recuperara la independencia.

7.Los programas de desarrollo para la promoción de la participación social, asegurando oportunidades de empleo y el acceso a los servicios sociales para las personas con discapacidad, han cobrado impulso desde 2008. Esos programas se han hecho con la intervención, participación y contribución de las personas con discapacidad. El Grupo de Trabajo Técnico sobre la Discapacidad se formó en 2010 con diferentes profesionales para prestar asistencia técnica a las medidas de mejora de las personas con discapacidad.

8.Del 30 de marzo al 10 de abril de 2014 se celebró el Primer Censo Nacional de Myanmar en que se utilizaron cuestionarios sobre datos e información acerca de la discapacidad basados en el Grupo de Washington.

9.El Departamento de Bienestar Social está trabajando en colaboración con el Grupo de Política Social e Investigación de la Pobreza para realizar estudios sobre cuestiones relacionadas con la discapacidad y las personas con discapacidad. Hasta finales de 2013, el Grupo había realizado seis veces estudios relacionados con la discapacidad.

10.El Departamento ejecutó el Plan de Acción de Emergencia para las Personas con Discapacidad en 2008. A continuación, se aplicó el Plan de Acción Nacional para las Personas con Discapacidad (2010-2012) para asegurar la plena participación de las personas con discapacidad en la sociedad. En la actualidad, se está llevando a cabo la Estrategia Nacional para el Desarrollo y los Derechos de las Personas con Discapacidad (2015-2020) que examina las enseñanzas, como la debilidad, la fuerza, la oportunidad y los éxitos, de la aplicación del Plan de Acción (2010-2012).

11.La protección de los derechos de las personas con discapacidad, el empoderamiento de las personas con discapacidad y la organización de campañas de sensibilización sobre la discapacidad para el público forman parte de la aplicación del Plan Integral de Desarrollo Nacional de Myanmar.

12.Actualmente se están aplicando los programas de la Educación Inclusiva para Todos (2003-2015) que abarcan desde la enseñanza primaria hasta la educación superior. Se ofrece a las personas con discapacidad asistir a las escuelas de educación básica. El Departamento de Bienestar Social y otras organizaciones que trabajan en pro de los derechos de las personas con discapacidad también han estado proporcionando componentes esenciales de educación especial sobre la base de las necesidades individuales de los niños con discapacidad.

13.El Ministerio de Salud se ocupa de la rehabilitación, la salud reproductiva y la prestación de servicios de prótesis y ortopedia para las personas con discapacidad. Desde 1982 el Ministerio ha estado llevando a cabo servicios de atención comunitaria de la salud. Además, el Ministerio de Defensa está planificando ofrecer servicios de rehabilitación relacionados con la salud, incluida la prestación de servicios de prótesis y ortopedia.

14.El proyecto de ley sobre los derechos de las personas con discapacidad dispone que se formen comités sobre los derechos de las personas con discapacidad a nivel nacional, de los estados y las regiones con el fin de proteger los derechos y mejorar la calidad de vida de dichas personas. En consecuencia, la aplicación a escala nacional de los derechos de las personas con discapacidad hará que se respeten y ejerzan los derechos de las personas con discapacidad consagrados en la Convención.

Parte II

Propósito, definición, principios y obligaciones generales

15.El objetivo de la Convención, artículo 1, es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad. De acuerdo con la Constitución, el artículo 6 a), Myanmar se esfuerza por mejorar los eternos principios de justicia, libertad e igualdad en la Unión. Así pues, todos los ciudadanos de Myanmar, incluidas las personas con discapacidad, tienen derecho al pleno disfrute de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales garantizados por la Constitución.

16.En Myanmar, el Departamento de Bienestar Social ya ha elaborado los derechos de las personas con discapacidad. El proyecto de ley contiene las siguientes definiciones de la discapacidad y las personas con discapacidad:

Por “discapacidad” se entiende la participación limitada de una persona con deficiencia física, visual, auditiva, intelectual, mental, y/o sensorial en la sociedad en que se encuentra con barreras físicas y actitudinales;

Por “personas con discapacidad” se entienden las personas que experimentan barreras ambientales o actitudinales debido a deficiencias de larga duración físicas, visuales, auditivas, intelectuales, mentales, y/o sensoriales desde su nacimiento o después de él.

17.De conformidad con el Plan de Acción Nacional (2010-2012), Myanmar ha clasificado la discapacidad en cuatro tipos; discapacidad visual, discapacidad auditiva, discapacidad física y discapacidad intelectual. Algunos departamentos gubernamentales tienen su propia clasificación de acuerdo con la naturaleza de su trabajo.

18.Los ajustes razonables hacen adaptaciones adecuadas para las personas con discapacidad para acceder a los servicios prestados al público, el transporte, la información y la comunicación, los trabajos y las oportunidades de empleo, así como los lugares y edificios públicos, la emisión de interpretación en la lengua de señas para las personas con discapacidad auditiva, el diseño accesible a la Web para las personas con discapacidades visuales y la creación de entornos viables centrados en cada uno de los tipos de discapacidad.

19.Sin embargo, es necesario mejorar los conocimientos y la comprensión de las distintas partes interesadas, incluidos los funcionarios gubernamentales competentes, el sector privado y el público en general sobre los ajustes razonables mediante la educación, la concienciación y la sensibilización.

20.Se está preparando la Estrategia Nacional para el Desarrollo y los Derechos de las Personas con Discapacidad (2015-2020) con el fin de respetar y aplicar eficazmente los principios y obligaciones generales que figuran en los artículos 3 y 4 de la Convención. Además, las medidas sobre los derechos consagrados en la Convención se promoverán después de la promulgación de la Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

21.En la actualidad, el Ministerio de Bienestar Social, Socorro y Reasentamiento está poniendo en práctica la educación y la sensibilización sobre la discapacidad y la Convención, la elaboración de programas basados en la comunidad, la promoción de oportunidades de empleo para las personas con discapacidad y el fomento de la capacidad de los proveedores de servicios, incluidas las personas con discapacidad, de acuerdo con el Plan de Acción Quinquenal (2011-2016) del Departamento de Bienestar Social.

22.Se están llevando a cabo programas de sensibilización para comprender plenamente los derechos de las personas con discapacidad y la discriminación por motivos de discapacidad mediante el liderazgo del Ministerio de Bienestar Social, Socorro y Reasentamiento, con la cooperación de las organizaciones de personas con discapacidad y las ONG en diferentes sectores.

23.Al redactar la Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad, no hubo limitación alguna basada en el género, ya que el Gobierno consultó a todas las personas con discapacidad, incluidas las mujeres con discapacidad y sus organizaciones. Además, las organizaciones de mujeres con discapacidad en Myanmar cooperan estrechamente con la red para de igualdad de género para mejorar y dotar de capacidad las condiciones de vida de las mujeres con discapacidad. Asimismo, las mujeres con discapacidad no están marginadas en los talleres, foros y diálogos de política a nivel nacional sobre los derechos de la mujer y la eliminación de la violencia contra la mujer; sin embargo, todavía debe incrementar la participación activa de las mujeres con discapacidad.

Parte III

Igualdad y no discriminación

24.El artículo 347 de la Constitución de 2008 afirma que la Unión garantizará a todas las personas el goce de los mismos derechos ante la ley y les prestará la misma protección jurídica. Por esa razón, la Unión presta especial atención a la igualdad de acceso a la justicia para todos los ciudadanos, sin discriminación por motivos de discapacidad. De la misma manera, de acuerdo con el artículo 348 de la Constitución, la Unión no discriminará a ningún ciudadano de la República de la Unión de Myanmar por motivos de raza, nacimiento, religión, posición social u oficial, cultura, sexo o patrimonio.

25.Para garantizar la igualdad de derechos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, se incluyen en el proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad, incluidos los derechos inherentes, el derecho a la vida, la libertad de expresión y de religión, el derecho a la educación, el derecho de acceso a la información y a la atención de la salud, y el derecho a reclamar ajustes necesarios para tener igualdad en el procesamiento, la defensa y la capacidad de testificar, la prohibición de los actos o comportamientos que afecten a la integridad física y psíquica de las personas con discapacidad, y el apoyo a las necesidades básicas de las personas con discapacidad que no pueden trabajar dependiendo del grado de discapacidad.

26.En la legislación vigente en Myanmar se utiliza únicamente la expresión “toda persona”, lo cual muestra que no hay ninguna distinción entre las personas con discapacidad y las personas que no la tienen. A pesar del artículo 349 de la Constitución (2008) y otras leyes conexas que abarcan a todos los ciudadanos, incluidas las personas con discapacidad, que tienen igualdad ante la justicia sin discriminación, las personas con discapacidad siguen haciendo frente a algunas formas de discriminación debido a las creencias, las prácticas tradicionales y, en las zonas rurales y remotas, donde los conocimientos sobre la discapacidad son muy escasos.

Concienciación

27.La celebración de la ratificación de la Convención tuvo lugar conjuntamente con el Ministerio de Bienestar Social, Socorro y Reasentamiento, la CESPAP, el Centro de Desarrollo sobre Discapacidad para Asia y el Pacífico y la Iniciativa de Vida Independiente de Myanmar, el 27 de junio de 2012, en que se anunció oficialmente a los Ministerios del Gobierno y al público que Myanmar era un Estado parte en la Convención.

28.En 2013, para dar a conocer la Convención entre el público, se publicaron la versión bilingüe inglesa y birmana, la versión de lectura fácil en birmano, folletos de bolsillo y cuadernillos.

29.Como Estado parte en la Convención, las actividades de sensibilización sobre la Convención para los estados y las regiones se incluyen en el Plan Quinquenal de Desarrollo (2011-2016) del Ministerio de Bienestar Social, Socorro y Reasentamiento. Para lograr el éxito de las actividades de sensibilización sobre la Convención, el Departamento de Bienestar Social organizó dos cursos de capacitación para instructores de programas con 70 participantes del Departamento de Bienestar Social, las organizaciones de personas con discapacidad, las ONG internacionales y ONG en todos los estados y regiones.

30.En 2012, el Departamento de Bienestar Social pudo formar a 20.000 personas en relación con los derechos de las personas con discapacidad y la comprensión de la discapacidad, uniéndose con las organizaciones de personas con discapacidad y las ONG nacionales e internacionales. Además, un módulo sobre la comprensión de la Convención está integrado en los cursos de actualización para los maestros de la educación básica del Ministerio de Educación. En 2012, un total de 15.000 profesores recibieron formación en diez cursos de actualización, con 1.500 participantes por curso. Asimismo, desde 2013 se están emitiendo programas de sensibilización sobre la discapacidad a través de medios de comunicación entretenidos y serios. Las personas con discapacidad participan en la concienciación sobre la discapacidad en breves vídeos, documentales y entrevistas.

Accesibilidad

31.El proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad incluye disposiciones que requieren la elaboración de directrices sobre la renovación y el diseño de los edificios públicos y sus entornos para garantizar la seguridad física y la satisfacción de las personas con discapacidad, el desarrollo de la arquitectura para garantizar entornos accesibles y sin barreras para las personas con discapacidad con sus dispositivos de movilidad en lugares públicos, la atención a las necesidades de estas personas para que puedan acceder al transporte público, como automóviles, vehículos, trenes y aviones, la colocación de tecnologías de apoyo como signos, símbolos, alarmas en intersección de tráfico, cruces y esquinas y el movimiento en las carreteras, ofrecer ajustes para las personas con discapacidad para acceder y utilizar los entornos físicos, incluida la vivienda pública, los hospitales, las escuelas y los sectores de la comunicación, la información y las relaciones públicas.

32.En enero de 2014, se organizó un taller de promoción a nivel nacional sobre las políticas y directrices de accesibilidad para elaborar esas políticas con el fin de lograr la aplicación de la Convención. El taller podía apoyar a los participantes, en particular de las organizaciones gubernamentales relacionados con la discapacidad, en la comprensión de los conceptos de discapacidad, los derechos de las personas con discapacidad, el desarrollo inclusivo, el diseño universal y la gestión de las operaciones en los programas de rehabilitación, el turismo y la discapacidad.

33.A pesar de que el Ministerio de Construcción aún no ha elaborado las normas para promover entornos accesibles para los edificios públicos, el desarrollo de medidas como la instalación de rampas accesibles y la reconstrucción de baños y retretes adaptados a la discapacidad se incluyen en los capítulos del proyecto de código de la construcción nacional de Myanmar (2012) dedicados al entorno interior y la accesibilidad.

34.Aunque las leyes, normas y reglamentos que rigen el Departamento de Correos y Telecomunicaciones del Ministerio de Comunicaciones y Tecnología de la Información todavía no se han reformado en consonancia con la Convención, tendrán que centrarse en particular en la accesibilidad de las personas con discapacidad a los servicios e instalaciones públicos. Algunos programas y equipos que se están elaborando y concibiendo deberán garantizar el acceso de las personas con discapacidad.

35.En 2007, a fin de reducir las dificultades de comunicación de las personas con deficiencia auditiva, el Departamento de Bienestar Social dirigió y publicó el Diccionario Normalizado de la Lengua de Signos de Myanmar, volúmenes I y II. El Departamento de Bienestar Social, con el apoyo del Organismo Japonés de Cooperación Internacional (JICA), ejecutó el proyecto de administración del bienestar social para promover la participación social de las personas sordas, a fin de desarrollar la lengua de señas y la interpretación en lengua de señas. Durante la primera fase del proyecto, de 2007 a 2010, se desplegaron actividades de normalización de la lengua de señas, la elaboración y publicación del libro normalizado de conversación en lengua normalizada de señas de Myanmar con la participación de las personas con deficiencias auditivas y la sensibilización sobre el carácter de esas personas y la lengua de señas. En el marco de la segunda fase del mismo proyecto (2011-2014), se llevó a cabo la formación de instructores, y la primera parte de 18 meses de capacitación de instructores de lengua de señas para 24 asistentes que se coronó con el fortalecimiento del sistema de interpretación en esa lengua. Además, tenía por objeto capacitar a 100 intérpretes de lengua de señas en un plazo de cinco años (2014‑2018). Del mismo modo, el Departamento de Bienestar Social desplegó actividades de concienciación sobre el uso de la lengua de señas, en consonancia con el Plan de Acción (2014-2015).

36.Por conducto de los medios de comunicación públicos, como la radio y la televisión de Myanmar, se emitió la interpretación en la lengua de señas como programa piloto en las ceremonias de apertura de los 27º Juegos de Asia Oriental en 2013 en Nay Pyi Taw y los Séptimos Juegos Paralímpicos de la ASEAN en 2014 en Nay Pyi Taw. También está previsto emitir interpretación en lengua de señas en los programas habituales de televisión y las noticias.

37.En 2012, las organizaciones de personas con discapacidad llevaron a cabo cuatro veces campañas sin barreras para las personas con discapacidad en las paradas de carreteras, los mercados públicos y en los autobuses de autopista por las organizaciones de personas con discapacidad (dirigidas por Iniciativa de Vida Independiente de Myanmar) con el fin de crear entornos accesibles. Las campañas también se centraron:

a)En alentar a las personas con discapacidad grave para que accedan a lugares públicos;

b)En aumentar los conocimientos y las relaciones sociales de las personas con discapacidad mediante la interacción con las personas sin discapacidad;

c)En que el público comprendiera las barreras de comunicación de las personas con discapacidad;

d)En la comprensión de las barreras físicas de las personas con discapacidad en el acceso a los lugares públicos;

e)En la adopción de medidas de accesibilidad en las vías, los edificios públicos y el transporte para las personas con discapacidad mediante el reconocimiento de su derecho a vivir de forma independiente.

38.En 2012, las organizaciones que trabajan en favor de los programas de rehabilitación basados en la comunidad proyectaron y realizaron actividades para la creación de programas de entornos sin barreras en 128 zonas elegidas como objetivo. Además, el Comité de Desarrollo de la Ciudad de Yangon también está elaborando programas para las personas con discapacidad, como la instalación de baños y servicios accesibles en las estaciones de carretera, la construcción de plataformas accesibles y la celebración anual del Día Internacional del Bastón Blanco.

Derecho a la vida

39.El artículo 352 de la Constitución dispone que “Nada deberá, excepto de conformidad con las leyes vigentes, ser perjudicial para la vida y la libertad personal de ninguna persona”. Esto también se aplica a las personas con discapacidad. En cuanto al derecho a la vida de los niños con discapacidad, la Ley de la Infancia, artículo 9 a), (1993) señala que todo niño tiene derecho a la vida y destaca que los niños con discapacidad tienen el mismo derecho que los demás niños.

40.Además, según las normas culturales de Myanmar, los padres siempre tratan de valorar el derecho a la vida de los niños con o sin discapacidad. Por consiguiente, esa práctica cultural no obstaculiza el derecho a la vida de los niños con discapacidad.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias

41.La Ley de Gestión de Desastres Naturales (2012), en su capítulo 6, artículo 13, apartado b), exige a los departamentos, las organizaciones o las personas a quien se haya conferido la responsabilidad en virtud de esta Ley, que den prioridad y protejan a los niños, los ancianos, las personas con discapacidad y las mujeres (especialmente las mujeres embarazadas o madres y las madre lactantes) en el desempeño de las funciones de gestión de los desastres naturales, como los planes de preparación y las medidas preventivas para reducir el riesgo de los desastres naturales en el período anterior al desastre, incluidas las actividades de investigación y salvamento en las respuestas de emergencia durante los desastres, y las actividades de rehabilitación y reconstrucción para mejorar el nivel de vida en el período posterior a los desastres y conservar el medio ambiente que ha sido afectado por los desastres. Además, se ha desarrollado y puesto en marcha el plan de acción de emergencia para las personas con discapacidad sobre la base de la experiencia y las lecciones aprendidas después del ciclón Nagris en 2008, con el fin de prestar apoyo a las personas con discapacidad cuando se producen desastres.

42.El Grupo de Trabajo sobre la Reducción del Riesgo de Desastres, encabezado por el Departamento de Socorro y Reasentamiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Myanmar, actualmente está desarrollando programas de preparación para casos de desastre, organizando cursos de capacitación para instructores sobre gestión de desastres que tengan en cuenta la discapacidad y publicando folletos y carteles sobre las personas con discapacidad y los desastres en colaboración con organizaciones de y para personas con discapacidad. El Grupo de Trabajo está representado por los organismos competentes de las Naciones Unidas, como la OCAH, el PMA, el PNUD, ONU-Hábitat y las organizaciones nacionales e internacionales de desarrollo, incluidas las organizaciones de personas con discapacidad.

43.Los equipos de rescate creados por el Departamento de Servicios de Bomberos del Ministerio del Interior tienen previsto elaborar procedimientos de salvamento relacionados con la discapacidad. Además, el proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad reconoce las necesidades de las personas con discapacidad en el rescate, la protección, la seguridad y la recuperación en el momento de las situaciones de emergencia provocadas por desastres naturales.

Igual reconocimiento ante la ley

44.Los ciudadanos de Myanmar, incluidas todas las personas con discapacidad, tienen el mismo e igual reconocimiento ante la ley, dado que el artículo 347 de la Constitución establece que la Unión garantizará a todas las personas el goce de los mismos derechos ante la ley y les prestará la misma protección jurídica. El proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad también menciona la necesidad de otorgar igual protección de la ley y de prohibir la discriminación sobre la base de la discapacidad de las personas que la tienen. Aun así, las personas con discapacidad están limitadas debido a los procedimientos y normas que regulan algunas organizaciones privadas y departamentos del Gobierno. Por tanto, Myanmar tiene que tratar de hacer frente a esos procedimientos y normas, puesto que afectan las oportunidades de empleo y las características psicológicas de las personas con discapacidad. Para ocuparse de esos problemas, se celebrarán reuniones de promoción y sensibilización a nivel nacional sobre la Convención, programas de empoderamiento para las personas con discapacidad y campañas sobre el importante aspecto de la inclusión de las personas con discapacidad en la edificación de un desarrollo sostenible para la nación.

Acceso a la justicia

45.De conformidad con el artículo 21 a) de la Constitución, todos los ciudadanos disfrutarán del derecho a la igualdad, el derecho a la libertad y el derecho a la justicia consagrados en ella.

46.El proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad incluye disposiciones que otorgan a esas personas el derecho a reclamar la asistencia necesaria en un tribunal en relación con su derecho a demandar, defender, testimoniar y ser testigos. De igual modo, el artículo 119 de la Ley de Pruebas requiere interpretación en lengua de señas y pruebas orales o mudas (escritas), que deben proporcionarse a las personas con discapacidad. En el capítulo 10 de la Ley de la Infancia (1993) se exige tener en cuenta las necesidades de los niños, incluidos los niños con discapacidad, durante el juicio de los casos de menores. Los jueces, los abogados y los funcionarios de prisiones se incluyen con frecuencia entre los beneficiarios del taller de sensibilización y capacitación sobre los derechos de las personas con discapacidad realizado por el Departamento de Bienestar Social. Sin embargo, es necesario elaborar y ampliar programas más específicos y exclusivos de educación, sensibilización y creación de capacidad dirigidos al sector de la justicia y al Departamento de Prisiones.

Libertad y seguridad personales

47.El artículo 353 de la Constitución dispone que “Nada deberá, excepto de conformidad con las leyes vigentes, ser perjudicial para la vida y la libertad personal de ninguna persona”. El artículo 354 a) enuncia el derecho a expresar y publicar libremente sus convicciones y opiniones. El artículo 356 establece que la Unión protegerá, conforme a la ley, bienes muebles e inmuebles de todo ciudadano que estén legítimamente adquiridos. El artículo 357 dispone que la Unión protegerá ante la ley la intimidad y la seguridad del hogar, la propiedad, la correspondencia y otras comunicaciones de los ciudadanos, con sujeción a lo dispuesto en la Constitución. Por tanto, las personas con discapacidad no son discriminadas y tienen los mismos derechos en igualdad de condiciones con las demás.

48.En el proyecto de ley sobre los derechos de las personas con discapacidad se señala que las personas con discapacidad disfrutan de las libertades fundamentales. A pesar de que no se aprobaran medidas legislativas y normas, reglamentos e instrucciones relacionadas con la prohibición de la institucionalización forzada y cualquier acto que impida la libertad de las personas con discapacidad, existen disposiciones de cuidados alternativos que se están aplicando actualmente.

49.Según el Manual Penitenciario de Birmania (1894), los presos con discapacidad tienen los mismos derechos y protección sin discriminación en las cárceles administradas por el Departamento de Prisiones. Ahora se está llevando a cabo el proceso de revisión del Manual Penitenciario de Birmania (1894). Según el párrafo 359 del Manual, los reclusos con discapacidad tienen el mismo alojamiento con literas en igualdad de condiciones con las demás.

50.De conformidad con el párrafo 398, todos los presos, incluidos los presos con discapacidad, reciben en pie de igualdad el equipo completo de la cárcel y comparecen ante el funcionario médico para inscribir su estado de salud al ser admitidos de acuerdo con el párrafo 399. Según el párrafo 925, apartado 4 a), el personal paramédico atiende las necesidades de los reclusos con discapacidad y convalecientes, como medicamentos, alimentos, vestimenta, ropa de cama y lo demás que les corresponde. Como se indica en el párrafo 935, el médico podrá recomendar a los reclusos débiles o convalecientes, incluidos los presos con discapacidad, un trabajo ligero o sin objetivos determinados adecuados a su condición. Además, si el funcionario médico determina que un preso necesita una dieta especial, como una mejor calidad del arroz, carne, pescado, leche o patatas, se sirve aparte de la dieta normal, como se indica en el párrafo 936.

51.En el párrafo 439 del Manual se indica que cada recluso, incluidas las personas con discapacidad, que desee recurrir y tenga el derecho de hacerlo, tendrá todas las facilidades para recurrir, y la petición de que se le permita recurrir, presentada en cualquier momento dentro del período prescrito por la Ley de Apelación (véase el párrafo 446), deberá ser atendida inmediatamente. Se reconoce que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos a gozar de la reducción de la pena y reducción especial como los demás, según se indica en el párrafo 838 para los primeros, y en el párrafo 848, para los segundos. Los reclusos con discapacidad puedan disfrutar ocasionalmente de la amnistía por parte del Estado.

52.A las personas con discapacidad se les permite utilizar dispositivos de movilidad en función de sus necesidades. También pueden participar en sesiones de meditación para su cambio psíquico y en sesiones de lectura, escritura y aritmética.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles,inhumanos o degradantes

53.En la adopción de medidas eficaces sobre la protección contra la tortura o los tratos crueles, inhumanos o degradantes, el proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad establece la eliminación de la discriminación por motivos de discapacidad, la protección contra la tortura, la discriminación, el abandono y el abuso, el acceso a los servicios y la prohibición de las prácticas y costumbres física y mentalmente nocivas contra las personas con discapacidad. En particular, se tienen en cuenta las necesidades de las mujeres con discapacidad que tienen derecho a ser protegidas de todas las formas de violencia y discriminación. Se señala además que maltratar intencionalmente a un niño es un delito con arreglo al artículo 66, párrafo d), de la Ley de la Infancia (1993).

Protección contra la explotación, la violencia y el maltrato

54.Uno de los objetivos del proyecto de derechos de las personas con discapacidad es proteger a las personas con discapacidad, en particular a las mujeres y los niños con discapacidad, de la violencia, incluidas todas las formas de violencia doméstica, el maltrato y la explotación. Asimismo, el capítulo de prohibición del proyecto de ley destaca que nadie puede discriminar, abandonar, devaluar deliberadamente, cometer actos de violencia, explotar, imponer trabajos forzados y aprovecharse de las personas con discapacidad por motivos de sus deficiencias.

55.Las organizaciones de autosuficiencia de las personas con discapacidad y otros grupos relacionados con la discapacidad elaboran y emiten por radio clips educativos, distribuyen folletos, cuadernillos y volantes sobre los derechos de las personas con discapacidad, emiten los nuevos conceptos de discapacidad y los derechos de las personas con discapacidad a través de la radio para la población, organizan capacitación y debates de sensibilización sobre la discapacidad, así como sesiones de intercambio de información con las personas con discapacidad. Se han estado organizando reuniones para intercambiar ideas sobre la discapacidad y el desarrollo inclusivo y los programas de rehabilitación basados en la comunidad a fin de garantizar la eliminación de todas las formas de abusos, violencia, explotación y opresión contra las personas con discapacidad en lo doméstico y lo público.

Protección de la integridad personal

56.El proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad establece que toda persona con discapacidad tiene derecho a que se respete su integridad. El Departamento de Salud llevó a cabo un taller nacional sobre el sector de la salud reproductiva en 2012 y estableció los futuros planes para la construcción de la vida familiar de las personas con discapacidad. El Departamento de Salud ha creado un comité de ética, y los médicos están siguiendo la ética médica. No obstante, todavía quedan por adoptar más medidas para asegurar la integridad de las personas con discapacidad.

Libertad de circulación y nacionalidad

57.El artículo 345 de la Constitución (2008) establece que todas las personas que tengan cualquiera de las siguientes características son ciudadanos de la República de la Unión de Myanmar: a) la persona nacida de padres que son ciudadanos de la República de la Unión de Myanmar; b) las personas que ya son ciudadanas conforme a la ley en la fecha en que esta Constitución entra en vigor. Ese artículo dispone también que todo ciudadano tendrá el derecho a establecerse y residir en cualquier lugar de la República de la Unión de Myanmar, conforme a la ley que garantiza la libertad de circulación de las personas con discapacidad. Además, las personas con discapacidad tienen el mismo derecho a la nacionalidad que prescribe la Ley de Ciudadanía de Myanmar (1982).

58.El artículo 9 b) de la Ley de la Infancia (1993) dispone que los padres o tutores deberán inscribir el nacimiento del niño de conformidad con la Ley. Por tanto, los niños con discapacidad son inscritos al nacer. El artículo 10 estipula que todo niño tendrá derecho a la ciudadanía de conformidad con las disposiciones de la ley vigente.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad

59.No hay ninguna restricción conforme a la ley en Myanmar para vivir de forma independiente, de modo que las personas con discapacidad tienen derecho a elegir a su asistencia personal. El Departamento de Bienestar Social ha alentado y prestado apoyo a las organizaciones de personas con discapacidad para organizar la ayuda técnica y las actividades de capacitación para la asistencia personal de las personas con discapacidad. Para vivir en la comunidad dignamente, se apoyan los servicios en el hogar para la movilidad mediante proyectos de rehabilitación de base comunitaria y programas de atención domiciliaria, además de la planificación por los centros de recursos para la discapacidad.

60.El acceso de las personas con discapacidad a los servicios sociales y económicos de la comunidad es menor en comparación con las personas sin discapacidad. Por tanto, se han iniciado campañas de sensibilización para promover la inclusión y la accesibilidad de las personas con discapacidad a los programas de desarrollo de la comunidad.

Movilidad personal

61.En Myanmar, es fundamental desplegar más actividades de asistencia a la movilidad de las personas con discapacidad, incluido el uso de señales indicadoras y señalización de accesibilidad en las calles. El proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad exige adoptar medidas de accesibilidad para la movilidad de dichas personas, aplicando el diseño universal para satisfacer las necesidades de acceso de esas personas a los edificios públicos, transporte, hospitales y escuelas, así como proporcionar los ajustes necesarios para acceder a la información y la comunicación para las personas con discapacidad.

62.Con el apoyo de expertos internacionales, en 2012 se llevó a cabo dos veces la capacitación en ayudas para la movilidad para impartir formación en las escuelas para las personas con discapacidad (40 pasantes) y también se realizaron dos veces actividades de capacitación para el público (30 alumnos).

63.En el caso de las prótesis y ortopedia, en 2012 ocho talleres fabricaron 1.672 prótesis y artículos de ortopedia. Con la asistencia de la Fundación Nipona, se están adoptando medidas para establecer el centro de prótesis y ortopedia en la Escuela Médica (Yangon). La Fundación Nipona también proporcionó una beca para una persona en 2012, y para tres personas en 2013 para asistir a un curso de capacitación de instructores de tres años duración.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información

64.Las personas con discapacidad en Myanmar tienen el derecho a la publicación de la información oportuna para la población sin discriminación alguna. Se organizó y está avanzando la emisión de las noticias con interpretación en lengua de señas. En cuanto a los idiomas de las personas con discapacidad, el proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad reconoce oficialmente y menciona la definición de idioma de conformidad con la Convención.

65.Todavía debe mejorarse la accesibilidad a la Web para las personas con discapacidad en Myanmar, ya que todavía no se han elaborado los programas de audio en birmano. Sin embargo, el Departamento de Bienestar Social y la Leprosy Mission Myanmar han inventado conjuntamente programas informáticos de braille con tipos de letra birmanos que contribuyen a que las personas con deficiencia visual puedan acceder a la información en Internet. En la actualidad, el Departamento está elaborando programas de audio en coordinación con la Leprosy Mission Myanmar y la Asociación de Ciegos de Myanmar.

Respeto de la intimidad

66.En el artículo 354 de la Constitución (2008) se declara que todo ciudadano será libre en el ejercicio de los siguientes derechos, si no son contrarios a las leyes, promulgados en favor de la seguridad de la Unión, la prevalencia de la ley y el orden, la paz y la tranquilidad de la comunidad o el orden público y la moral:

a)Expresar y publicar libremente sus convicciones y opiniones;

b)A reunirse pacíficamente sin armas y organizar marchas;

c)Crear asociaciones y organizaciones;

d)Desarrollar su idioma, literatura, la cultura que estiman, la religión que profesan y las costumbres, sin perjuicio de las relaciones entre las razas nacionales o entre las razas nacionales y otras confesiones.

67.El artículo 357 menciona también que la Unión protegerá ante la ley la intimidad y la seguridad del hogar, la propiedad, la correspondencia y otras comunicaciones de los ciudadanos, con sujeción a lo dispuesto en la Constitución.

68.En Myanmar, algunas familias sobreprotegen a las personas con discapacidad, y otras no quieren mostrar a sus familiares con discapacidad. En este caso, se llevan a cabo programas de sensibilización y educación que aparecen en los medios públicos de comunicación, como documentales en la radio y en vídeos y publicaciones periódicas. Asimismo, a menudo se presentan al público las capacidades y las actuaciones notables de las personas con discapacidad.

Respeto del hogar y de la familia

69.Las personas con discapacidad son libres y tienen el derecho a elegir el matrimonio y la vida familiar, con su consentimiento, como prescriben las prácticas y costumbres religiosas y las leyes.

70.Es necesario ampliar los programas de sensibilización en materia de planificación familiar, salud reproductiva y adopción o acogimiento de las personas con discapacidad, puesto que esos programas no están centrados principalmente en las actividades de atención de la salud basadas en la comunidad. En los planes futuros de salud reproductiva se incluyen el examen de la cooperación entre diferentes partes interesadas, como las organizaciones gubernamentales, las organizaciones internacionales y locales, a fin de ampliar y fortalecer la mejor atención de salud reproductiva de las personas con discapacidad y la inclusión de los representantes de las organizaciones de y para personas con discapacidad en el Comité de Trabajo sobre Salud Reproductiva del Ministerio de Salud. En la elaboración del plan estratégico de salud reproductiva (2014-2019) se examinará la inclusión de la salud reproductiva de las personas con discapacidad, el desarrollo de las leyes, las políticas, las directrices sobre salud reproductiva, en consonancia con la Convención, la promoción de programas de concienciación sanitaria para el público, incluidos los proveedores de servicios de diferentes sectores para reducir las percepciones equivocadas y los mitos acerca de la discapacidad y las prácticas discriminatorias contra las personas con discapacidad, así como la planificación de los servicios de salud reproductiva accesibles para esas personas.

71.Todos los niños, incluidos los niños con discapacidad, están protegidos por la ley, ya que el artículo 12 de la Ley de la Infancia (1993) establece que todo niño:

a)Tendrá derecho a vivir y ser educado por ambos padres o uno de los progenitores vivo;

b)No será separado por la fuerza de sus padres, salvo en caso de que, de conformidad con la ley, la separación es necesaria en el interés superior del niño.

Educación

72.El artículo 366 de la Constitución destaca que todos los ciudadanos están conformes con la política de educación establecida por la Unión:

a)Las personas tienen derecho a la educación.

b)Recibirán la enseñanza básica que la Unión establece como obligatoria por ley;

c)Tienen derecho a realizar investigaciones científicas para explorar la ciencia, trabajar con creatividad y escribir para desarrollar las artes y realizar investigaciones libremente en otras ramas de la cultura.

73.El artículo 18, párrafo a), apartado i), de la Ley de la Infancia (1993) estipula que un niño con discapacidad mental o física tiene derecho a obtener la educación básica (nivel primario) o la formación profesional en las escuelas especiales establecidas por el Departamento de Bienestar Social o impartida por un trabajador social voluntario o una ONG.

74.El Ministerio de Bienestar Social, Socorro y Reasentamiento de Myanmar se encargó de formular y aprobar la Política de Atención y Desarrollo en la Primera Infancia (2013). Entre las diez estrategias de esta política figuran aspectos del desarrollo de los niños con discapacidad: la elaboración de un sólido programa de transición para los niños de 4 a 5 años de edad de los hogares y la enseñanza preescolar a la escuela preescolar y primaria inclusivas, la creación de entornos sin barreras para los niños con discapacidad en la escuela primaria y preescolar, la creación de oportunidades de aprendizaje para los niños con discapacidad que se centran en el desarrollo individual, la ampliación de los servicios para los niños con discapacidad en los estados y las regiones y la integración de la discapacidad en la atención y el desarrollo en la primera infancia y la formación antes del empleo.

75.El Departamento de Bienestar Social gestiona dos escuelas de formación para la discapacidad visual, una escuela de formación para la discapacidad auditiva y otra para los niños con discapacidad. Las escuelas de formación proporcionan las disposiciones necesarias para garantizar la educación de todas las personas con discapacidad, como la enseñanza primaria como educación especial mediante el empleo de los métodos de enseñanza para la discapacidad, y media, superior y universitaria como educación inclusiva. Además, otras organizaciones de la sociedad civil y privadas también se encargan de proporcionar oportunidades de educación en seis escuelas de formación para la discapacidad visual, una para la discapacidad auditiva, seis escuelas especiales para niños con discapacidad intelectual y discapacidad física. En 2012, 1.513 personas con discapacidad recibieron formación. Entre ellas, 1.306 personas con discapacidad asistieron a clases de educación y 207 participaron en cursos de formación profesional. El Departamento de Bienestar Social está en vías de crear nuevas escuelas de formación para niños con discapacidad intelectual y niños con discapacidad auditiva en 2014.

76.En aplicación de la educación inclusiva, el Ministerio de Educación todavía no ha creado capacitación en determinadas habilidades para el personal docente que trate con la discapacidad y desarrolle planes de estudio sobre métodos de educación especial basados en los requisitos específicos de cada tipo de discapacidad para la capacitación de instructores, las escuelas y las universidades. En la actualidad, el Ministerio está estudiando la posibilidad de asignar a más profesores que puedan enseñar a las personas con discapacidad.

77.Según la encuesta de 2008-2009, solo el 47% de la población con discapacidad asistía a la escuela y el 2% eran graduados de las universidades. En el caso de la igualdad de género, se observó que no había mucha diferencia entre los hombres y las mujeres con discapacidad; había un 55,9% de hombres con discapacidad y un 49,2% de mujeres con discapacidad. La sociedad civil, las organizaciones de personas con discapacidad, las organizaciones gubernamentales y las organizaciones de voluntarios despliegan las medidas necesarias para la educación de los niños con discapacidad, mientras programan la rehabilitación basada en la comunidad en zonas seleccionadas.

78.Las personas con discapacidad, sus familias y otras personas no son conscientes del derecho a la educación, aunque las personas con discapacidad tengan oportunidades de educación. Asimismo, es preciso ocuparse de la incapacidad de crear escuelas accesibles y de la escasez de profesionales para elaborar sistemas de educación especial para todos los tipos de discapacidad. Por consiguiente, el Ministerio de Educación seguirá esforzándose por promover el papel de las personas con discapacidad en el sector y el sistema de educación.

Salud

79.El artículo 367 de la Constitución indica que todos los ciudadanos, en consonancia con la política de salud establecida por la Unión, tendrán derecho a la atención de la salud.

80.En relación con la salud de las personas con discapacidad, en el proyecto de ley sobre sus derechos hay un capítulo que incluye la detección e intervención tempranas en caso de discapacidad, la participación de las propias personas en la clasificación de la discapacidad y la necesidad de calibrar la misma calidad de servicios asequibles de atención de la salud para las personas con discapacidad.

81.Myanmar ha de considerar el programa de detección precoz como una tarea habitual. Los niños con discapacidad suelen recibir atención de la salud y apoyo médico en centros de atención de la salud de la comunidad. A este respecto, se señala vivamente la necesidad de llevar a cabo los servicios de intervención temprana en esos centros de atención de la salud.

82.La estrategia de política 3, sobre los servicios de intervención en la primera infancia (de 0 a 5 años) de la Política de Myanmar de Desarrollo y Atención en la Primera Infancia (2013) se refiere al desarrollo, la mejora y la ampliación de la intervención en la primera infancia y los servicios de rehabilitación para ayudar a cada niño a alcanzar su pleno potencial, para impedir la discriminación y la estigmatización de los niños con discapacidad y apoyar a las familias.

83.El proyecto de rehabilitación quinquenal (2008-2013), en cooperación del Ministerio de Salud y el Organismo Japonés de Cooperación Internacional, que incluyó y realizó 16 programas de capacitación de instructores (1.665) para el personal sanitario, se centró en el cuidado especial de la parálisis cerebral, los pacientes con infartos y las personas con lesiones de la médula espinal. En relación con el cuidado de la discapacidad física, más de 180.000 publicaciones educativas sobre el conocimiento y tratamiento de la discapacidad física se distribuyeron entre el personal sanitario en las zonas rurales. Se celebraron conferencias de rehabilitación seis veces y también se ha conseguido la actualización del Hospital Nacional de Rehabilitación.

84.Desde 1982 el Ministerio de Salud ha estado llevando a cabo servicios de atención comunitaria de la salud. En 2012, alrededor de 1 millón de personas, incluidas personas con discapacidad, en 785 aldeas de 31 municipios se beneficiaron gracias a esos servicios. Se están ofreciendo charlas y presentaciones educativas para prevenir la causa de la discapacidad debida a trastornos reumáticos.

85.Se organizó la planificación del seguro de enfermedad en el sistema de salud de Myanmar. La accesibilidad para las personas con discapacidad auditiva y visual todavía no se ha incorporado plenamente en las actividades de educación sanitaria.

86.En 2013 se organizaron programas de lengua de señas para enfermeros y personal médico que habían sido destinados a las zonas rurales de Yangon y Mandalay.

Habilitación y rehabilitación

87.En Myanmar, los programas de rehabilitación se ejecutan mediante dos enfoques: los institucionales y los comunitarios. La formación profesional, la capacitación en actividades cotidianas, la educación primaria como formación en educación especial y la formación en relaciones sociales se están ofreciendo en la rehabilitación institucional. Los programas comunitarios de rehabilitación están funcionando en consonancia con las directrices de rehabilitación comunitaria. En marzo de 2014 se celebraron reuniones de supervisión y evaluación de los programas de rehabilitación comunitaria.

Trabajo y empleo

88.El artículo 349 de la Constitución dispone que los ciudadanos disfrutarán de igualdad de oportunidades en el desempeño de las funciones del empleo. Se están haciendo progresos para garantizar las oportunidades de empleo de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás personas, ya que el artículo 370 de la Constitución establece que todos los ciudadanos, de conformidad con la ley, tienen derecho a realizar actividades comerciales libremente en la Unión para el desarrollo económico nacional.

89.El proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad contiene un capítulo separado dedicado a las oportunidades de empleo de las personas con discapacidad en pie de igualdad con los demás, a la creación de puestos de trabajo vacantes, contra el trabajo forzoso, a la obtención de la igualdad de salarios y otros derechos, al aprendizaje de programas de formación profesional, a la garantía del empleo por medio de cuotas en todos los sectores públicos y privados, a la adopción de políticas sobre un lugar de trabajo accesible y a la aplicación de planes de acción para garantizar el trabajo y el empleo de las personas con discapacidad.

90.Sin embargo, las personas con discapacidad siguen teniendo dificultades para lograr oportunidades de empleo. Por tanto, el Departamento de Bienestar Social incluyó la prestación de cursos de formación profesional avanzada y cursos de formación previa al empleo en sus planes generales de desarrollo nacional con el fin de promover las oportunidades de empleo de las personas con discapacidad. Para lograr el interés y la atención del sector privado sobre la colocación de las personas con discapacidad, en 2012 se organizó una feria de empleo antes de la celebración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad.

91.El proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad incluye la garantía de oportunidades laborales para dichas personas. En la actualidad, las personas con discapacidad visual están mejorando las oportunidades de empleo en el sector privado debido a sus aptitudes de masaje de ciegos; entretanto, el sector privado ofrece la mayor contribución en ese terreno.

Derecho a un nivel de vida adecuado y protección social

92.A fin de garantizar un nivel de vida adecuado y la protección social, se incluyeron en el proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad el derecho a poseer y transferir dinero en efectivo, así como bienes y edificios, conforme a la ley, y el derecho a la residencia y la propiedad de la vivienda.

93.En la elaboración de políticas y programas nacionales de protección social se examina la inclusión de las personas con discapacidad. La Ley de Seguridad Social se promulgó en 2012 e incluye disposiciones relativas a las prestaciones por discapacidad, como los seguros sobre las prestaciones de invalidez, el empleo y la rehabilitación.

94.En Myanmar, aunque el Estado está haciendo esfuerzos para la reducción de la pobreza para garantizar que la colocación de todos sea una obligación, no hay programas especiales destinados a las personas con discapacidad; sin embargo, no están excluidos durante todo el proceso. Se formó el Grupo de Investigación de la Política Social y la Pobreza, dedicado a las investigaciones para los programas de reducción de la pobreza y las actividades conexas para las personas con discapacidad.

Participación en la vida política y pública

95.El artículo 38 de la Constitución del Estado (2008) estipula que todo ciudadano tendrá derecho a votar y a ser elegido de conformidad con la ley. Una vez más, en el artículo 391 a), al elegir a los representantes de las hluttaws (Parlamento), todo ciudadano que haya cumplido los 18 años de edad el día en que comience la elección, que no esté descalificado por la ley, quien tiene derecho a votar, y la persona que tenga derecho a votar con arreglo a la ley tendrá derecho a votar. Dado que los derechos mencionados son derechos universales para todos los ciudadanos, las personas con discapacidad tienen el mismo derecho consagrado en la Constitución.

96.Para las personas que hayan contraído la lepra y que están gravemente enfermas y no pueden acudir a los colegios electorales ni pueden votar, la Subcomisión de Distritos y Comarcas correspondiente dispondrá que voten con antelación de acuerdo con lo enunciado en el artículo 48 c) de la Ley Electoral a la Pyithu Hluttaw (2010). Esa disposición destaca que las personas con discapacidad tienen derecho a votar. Durante las elecciones de 2010, las personas con discapacidad tuvieron dificultades para votar porque había fallos en la creación de colegios electorales que tuvieran en cuenta la discapacidad, así como en la concienciación sobre el derecho de elegir la asistencia personal. Por tanto, el Departamento de Bienestar Social y la Iniciativa de Vida Independiente de Myanmar realizaron conjuntamente el programa de concienciación sobre las personas con discapacidad y la votación durante las elecciones parciales, a título experimental, en tres municipios de la región de Yangon en 2012 a fin de proporcionar las medidas necesarias. En 2012 se celebraron tres reuniones con los representantes de la Pyithu Hluttaw y la Amyotha Hluttaw, las hluttaws regionales o estatales. Durante el mismo año se organizaron en la región de Yangon talleres de concienciación sobre las elecciones y las personas con discapacidad, dirigidos a los candidatos de las circunscripciones respectivas de las elecciones parciales, y se difundió un manual de elecciones y los derechos de las personas con discapacidad. En 2013, la Iniciativa de Vida Independiente de Myanmar ofreció cursos de capacitación sobre las elecciones y las personas con discapacidad a los responsables de la Comisión Electoral de la Unión, a quienes coordinaron y convencieron de la necesidad de crear entornos sin barreras en los centros de votación.

Derecho a la participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte

97.En el proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad se describe el derecho a participar en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte, y la necesidad de adoptar medidas apropiadas para asegurar la participación de las personas con discapacidad en los eventos culturales tradicionales, espectáculos, deportes y competiciones.

98.Con la orientación del Departamento de Bienestar Social, del 17 al 19 de octubre de 2013 se celebró en Yangon el Festival de las Artes de Myanmar con una vasta gama de artistas discapacitados, que gestionaron con éxito las organizaciones de la Alianza de Discapacidad. Los objetivos del Festival consistían en mostrar al público las capacidades de las personas con discapacidad mediante representaciones artísticas, promover la participación social y exhibir a notables artistas con discapacidad y asegurar las perspectivas de subsistencia de las personas con discapacidad a través del arte.

99.Con miras a mejorar la aptitud física y mental de las personas con discapacidad mediante programas de deportes, el Ministerio de Deportes estableció en 1989 la Federación Deportiva de Personas con Discapacidad de Myanmar. Desde 1990 el Ministerio ha estado organizando todos los años las Competiciones Nacionales de Deportes para Personas con Discapacidad. El Ministerio está organizando el apoyo necesario a los deportistas notables con discapacidad para que puedan participar en competiciones deportivas para personas con discapacidad a nivel del Asia Sudoriental, Asia y a nivel internacional. En 2014, el Ministerio abrió un campamento de entrenamiento para los deportistas con discapacidad en Yangon para proporcionar y facilitar sesiones eficaces de entrenamiento. En el campamento, se están utilizando distintos entrenamientos para los deportistas con discapacidad. La Federación Deportiva de Personas con Discapacidad de Myanmar está celebrando competiciones deportivas anuales y forma a deportistas que participan en competiciones internacionales de personas con discapacidad. A consecuencia de ello, gracias a su fama celebran la dignidad de la nación. Del 14 de enero al 20 de enero de 2014, Myanmar acogió con orgullo los Séptimos Juegos Paralímpicos de la ASEAN con 12 clases de deportes. Los Juegos Paralímpicos tuvieron 1.482 participantes, incluidos entrenadores, gerentes y deportistas. El tema de los Juegos fue la amistad, la igualdad y la unidad. En los Juegos Myanmar tenía 269 deportistas con discapacidad que ganaron 34 medallas de oro, 26 medallas de plata, 36 medallas de bronce y 5 fueron segundos premiados.

Parte IV

Mujeres con discapacidad

100.El artículo 350 estipula que las mujeres tendrán los mismos derechos y salarios que los hombres por un trabajo de igual valor. El artículo 351 estipula también que las madres, los niños y las mujeres embarazadas gozarán de los mismos derechos previstos por la ley. El artículo 352 establece que la Unión, al nombrar o asignar funciones al personal de la administración pública, no discriminará positiva o negativamente a ningún ciudadano de la República de la Unión de Myanmar mientras cumpla las cualificaciones especificadas, por motivos de raza, nacimiento, religión o sexo.

101.En el proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad se menciona que, para asegurar la participación de las mujeres con discapacidad, centrándose en la perspectiva de la igualdad de género en la elaboración y la aplicación de todos los planes de acción para las personas con discapacidad y las mujeres con discapacidad, estas tienen el mismo derecho a las medidas de las estrategias para las mujeres en Myanmar.

102.La Red de Igualdad de Género y la Asociación de Mujeres con Discapacidad de Myanmar están trabajando juntas para mejorar el acceso a las oportunidades de rehabilitación y las ayudas humanitarias que garanticen la participación social de las mujeres con discapacidad en la sociedad, en consonancia con la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. A fin de erradicar las prácticas discriminatorias y potenciar la capacidad de las mujeres con discapacidad, se crearon comités de trabajo sobre la atención de la salud, la educación, los medios de vida, la atención social y la participación, la atención de la salud mental, la dermatología, el VIH/SIDA y la ayuda humanitaria. Sin embargo, se descubrió que la participación de las mujeres con discapacidad todavía debía ampliarse en los programas sobre la discapacidad y las personas con discapacidad. En el futuro se actualizarán los programas que atribuyan prioridad a la atención de las mujeres con discapacidad y las empoderen y mejorarán las organizaciones de mujeres con discapacidad.

Niños con discapacidad

103.Según la primera Encuesta Nacional sobre la Discapacidad en Myanmar (2008‑2009), entre la población general de los niños entre los menores de 5 años el 0,08% eran niños con discapacidad, y entre los niños de 5 a 16 años, el 2,25%.

104.Los niños con discapacidad no son objeto de discriminación desde que se aprobó la Ley de la Infancia de 1993 reconociendo sus derechos. Según el artículo 18 de la Ley de la Infancia, un niño con discapacidad física o mental tiene derecho a recibir educación básica (nivel primario) o formación profesional y está facultado para recibir cuidados y asistencia especiales del Estado. En el artículo 18 también se insta al Departamento de Bienestar Social a que establezca y aplique las medidas necesarias para que los niños con discapacidad mental o física puedan participar con dignidad en la comunidad, valerse por sí mismos y promover la autosuficiencia.

105.En Myanmar, todos los niños, incluidos los niños con discapacidad, tienen derecho a asistir a la escuela primaria. Sin embargo, hay algunos cambios necesarios, como la creación de entornos sin barreras y el apoyo a los dispositivos auxiliares basados en los tipos de discapacidad en las escuelas primarias, los centros de educación en monasterios y las escuelas privadas para lograr mejores resultados académicos de los niños con discapacidad. No obstante, en la Ley de Educación Nacional recientemente redactada se incluyeron los requisitos mencionados, en que se garantiza la igualdad de acceso a la educación y la promoción de la educación de los niños con discapacidad.

106.El Departamento de Bienestar Social desde 2007 y en colaboración con el UNICEF ha emprendido planes de acción sobre la protección de los niños, incluidos los niños con discapacidad. En consecuencia, se están aplicando los programas de concienciación sobre la detección temprana y la atención de los niños con discapacidad. En las conferencias regionales sobre atención y desarrollo en la primera infancia se ofrece información sobre los tipos y las causas de la discapacidad en los niños y la prevención de la discapacidad en el período prenatal, durante el embarazo y después del parto. Además, a los profesores de las escuelas de preescolar privadas y de voluntarios se imparten cursos de capacitación básica sobre atención y desarrollo en la primera infancia, incluidos métodos relacionados con el cuidado de los niños con discapacidad.

107.Del 7 al 11 de octubre en Yagon se organizó junto con el UNICEF un taller sobre los niños para valorar la paz desde la infancia y para el ejercicio de la diversidad, el respeto, la comprensión y el cuidado de los niños a nivel nacional, comunitario e individual, en que se trató de los niños con discapacidad.

108.El Departamento de Bienestar Social está organizando cursos de capacitación y talleres de educación sobre el peligro de las minas, la realización de programas de reducción de los riesgos de las minas, sesiones de asesoramiento para las personas con discapacidad, incluidos los niños con discapacidad, y el suministro de prótesis y ortopedia y otras ayudas previstas mediante la colaboración con el UNICEF, World Vision, Danish Church Aid, Norwegian People’s Aid y el ACNUR.

Parte V

Recopilación de datos y estadísticas

109.La Primera Encuesta Nacional sobre la Discapacidad en Myanmar de 2008 y 2009 fue realizada con Leprosy Mission Myanmar, anteriormente denominada Leprosy Mission International, en 108.000 hogares en los estados y regiones. Los resultados de la encuesta se compilaron y publicaron en 2010. La encuesta es una herramienta útil y de apoyo para la aplicación actual de las medidas sobre el desarrollo de las personas con discapacidad.

110.Se incluyeron en el proceso de reunión de datos del censo nacional los datos sobre los tipos de discapacidad con los cuestionarios reconocidos internacionalmente del Grupo de Washington, que podían constituir un amplio apoyo a la adopción de medidas más eficaces para el desarrollo y los derechos de las personas con discapacidad.

111.Para poder determinar los tipos de discapacidad para el censo nacional se llevaron a cabo cursos de capacitación, la distribución de cintas de vídeo, la concienciación de las personas con discapacidad para que participaran en la reunión de datos, así como la medición de los cursos de multiplicadores para los estadísticos y los entrevistadores.

Cooperación internacional

112.Para promover la cooperación internacional en relación con los derechos de las personas con discapacidad, el proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad pone de manifiesto que las organizaciones gubernamentales competentes y las ONG internacionales y locales han de incluir la protección de los derechos de las personas con discapacidad en la formulación de los programas de desarrollo social para garantizar la participación de las personas con discapacidad, según sus aptitudes y capacidades, en igualdad de condiciones con las demás en las tareas del desarrollo nacional. Además, el Departamento de Bienestar Social está aplicando los derechos de las personas con discapacidad en colaboración con siete ONG internacionales que han acordado un memorando de entendimiento con el Departamento.

113.El Departamento de Bienestar Social está viviendo un impulso en estrecha asociación con la comunidad internacional, por ejemplo, en la prestación de apoyo a la administración del bienestar social, el proyecto para promover la participación social de las personas sordas junto con el Organismo Japonés de Cooperación Internacional (JICA), el apoyo de los voluntarios mayores y los servicios de voluntarios sobre cuestiones relacionadas con la discapacidad por el Japón y Corea y la realización de cursos de educación especial en colaboración con la Universidad de Wolverhampton (Reino Unido).

114.En Myanmar, las organizaciones de personas con discapacidad también se unen a las organizaciones gubernamentales, las organizaciones de voluntarios y los organismos de las Naciones Unidas en la aplicación de las medidas de desarrollo para las personas con discapacidad. En Myanmar, 15 organizaciones de personas con discapacidad están contribuyendo activamente a los programas de fomento de la capacidad, la sensibilización, la rehabilitación basada en la comunidad, la creación de entornos sin barreras y el apoyo a los dispositivos de asistencia.

115.Las organizaciones de personas con discapacidad y las organizaciones de la sociedad civil consolidan las capacidades de 2.260 personas con discapacidad mediante la organización de conferencias y cursos de fomento de la capacidad.

116.Para participar plena y efectivamente en la sociedad y crear un entorno sin barreras para las personas con discapacidad, el Departamento de Bienestar Social está ejecutando el proyecto del Centro de Desarrollo sobre Discapacidad para Asia y el Pacífico-Fondo de Integración Japón-ASEAN de entornos que facilitan la autonomía de las personas con discapacidad junto con el Centro de Desarrollo en el municipio de Pyapon de la región de Ayeyawaddy. Además, el Departamento se unió a la Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico (CESPAP) para poner en marcha el primer Decenio de las Personas con Discapacidad de Asia y el Pacífico (1993-2002) y el Segundo Decenio de las Personas con Discapacidad de Asia y el Pacífico (2003-2012), que se conoce también como Marco de Acción del Milenio de Biwako. En la actualidad, el Departamento continúa su excelente cooperación con la Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico (CESPAP) para realizar con éxito el Tercer Decenio de las Personas con Discapacidad de Asia y el Pacífico (2013-2022); además, las 10 estrategias de Incheon se emplean como valor central en la elaboración de un Plan de Acción Nacional sobre las Personas con Discapacidad (2014‑2019).

117.Dado que Myanmar es miembro de la ASEAN, el Departamento de Bienestar Social mejorará la cooperación regional con las naciones de la ASEAN a fin de cumplir eficazmente las disposiciones de la Declaración de Bali sobre el Fortalecimiento del Papel y la Participación de las Personas con Discapacidad en la Comunidad de la ASEAN y los principios fundamentales de las 15 esferas prioritarias del Decenio de las Personas con Discapacidad de la ASEAN (2011-2020).

Aplicación y seguimiento nacionales

118.El proyecto de ley de los derechos de las personas con discapacidad ya se ha redactado para garantizar los derechos de dichas personas y mejorar su calidad de vida. En este proyecto de ley se incluyen la formación, las obligaciones y facultades de los comités nacionales, estatales y regionales en cuanto a los derechos de las personas con discapacidad y el Centro Nacional sobre la Discapacidad.

Conclusión

119.Si bien Myanmar está aplicando las actividades para las personas con discapacidad, ha reconocido que todavía queda mucho por hacer para las personas con discapacidad después de lo ocurrido durante el ciclón Nargis. Por consiguiente, Myanmar ha hecho todo lo posible para que las personas con discapacidad puedan vivir dignamente durante más tiempo. Tras la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad por el nuevo Gobierno, Myanmar seguirá los esfuerzos concretos y concertados para lograr que los derechos de las personas con discapacidad sean reales, fundamentales e importantes en el desarrollo integral de dichas personas.