Naciones Unidas

CED/C/13/1

Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas

Distr. general

21 de junio de 2017

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité contra la Desaparición Forzada

13 er período de sesiones

4 a 15 de septiembre de 2017

Tema 4 del programa provisional

Aprobación del programa

Programa provisional anotado

Programa provisional

1.Apertura del período de sesiones.

2.Declaración solemne de los miembros del Comité recientemente elegidos.

3.Elección de la Mesa.

4.Aprobación del programa.

5.Minuto de silencio en recuerdo de las víctimas de las desapariciones forzadas.

6.Información recibida por el Comité.

7.Asuntos relacionados con los métodos de trabajo del Comité:

a)Métodos de trabajo en relación con los artículos 29 a 34 de la Convención;

b)Estrategia para aumentar las ratificaciones de la Convención;

c)Otros asuntos.

8.Examen de los informes de los Estados partes en la Convención.

9.Seguimiento de las observaciones finales sobre los informes de los Estados partes.

10.Examen de las listas de cuestiones.

11.Examen de peticiones de acción urgente (art. 30 de la Convención).

12.Examen de comunicaciones individuales (art. 31 de la Convención).

13.Reunión anual con el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias.

14.Debate temático sobre la obligación prevista en la Convención de buscar y localizar a las personas desaparecidas.

15.Reunión con Estados Miembros de las Naciones Unidas.

16.Reunión con organismos y mecanismos de las Naciones Unidas y con organizaciones intergubernamentales.

17.Reunión con instituciones nacionales de derechos humanos.

18.Reunión con organizaciones no gubernamentales y otros interesados.

19.Programa provisional del 14º período de sesiones.

Anotaciones

1.Apertura del período de sesiones

El 13er período de sesiones del Comité será inaugurado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos o por su representante.

2.Declaración solemne de los miembros del Comité recientemente elegidos

De conformidad con el artículo 11 del reglamento del Comité, al asumir sus funciones los miembros del Comité recientemente elegidos harán la siguiente declaración solemne:

“Declaro solemnemente que desempeñaré mis funciones y ejerceré mis facultades como miembro del Comité contra la Desaparición Forzada con independencia, objetividad, honorabilidad, fidelidad, imparcialidad y en conciencia.”

3.Elección de la Mesa

De conformidad con el artículo 15 del reglamento, el Comité elegirá entre sus miembros 1 presidente, 3 vicepresidentes y 1 relator, teniendo debidamente en cuenta una representación geográfica equitativa. Al elegir los miembros de la Mesa, el Comité tendrá también en cuenta que haya un equilibrio de género adecuado y, en la medida de lo posible, una rotación entre los miembros.

4.Aprobación del programa

De conformidad con el artículo 8 del reglamento, el primer tema del programa provisional de cada período de sesiones será la aprobación del programa, excepto cuando deban elegirse los miembros de la Mesa. En relación con este tema, el Comité examinará y aprobará el programa de su 13er período de sesiones.

5.Minuto de silencio en recuerdo de las víctimas de las desapariciones forzadas

El Comité guardará un minuto de silencio en recuerdo de las víctimas de las desapariciones forzadas.

6.Información recibida por el Comité

El Comité examinará toda información que haya recibido en relación con los artículos 33 y 34 de la Convención.

7.Asuntos relacionados con los métodos de trabajo del Comité

a)Métodos de trabajo en relación con los artículos 29 a 34 de la Convención

El Comité proseguirá la elaboración de la metodología y los procedimientos de trabajo para llevar a la práctica los artículos 29 a 34 de la Convención.

b)Estrategia para aumentar las ratificaciones de la Convención

El Comité examinará la tasa de ratificación de la Convención y debatirá estrategias para alentar tanto la ratificación como la aceptación de la competencia del Comité prevista en los artículos 31 y 32 de la Convención.

c)Otros asuntos

El Comité examinará cualquier otro asunto que guarde relación con sus métodos de trabajo.

8.Examen de los informes de los Estados partes en la Convención

El Comité examinará los informes de Lituania y el Gabón, presentados en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención.

Calendario provisional para el examen de los informes:

Lituania (CED/C/LTU/1): lunes 4 de septiembre de 2017 (por la tarde) y martes 5 de septiembre de 2017 (por la mañana);

Gabón (CED/C/GAB/1): martes 5 de septiembre de 2017 (por la tarde) y miércoles 6 de septiembre de 2017 (por la mañana).

De conformidad con el artículo 51 de su reglamento, el Comité, por conducto del Secretario General, ha informado a los Estados partes interesados de las fechas previstas para el examen de sus respectivos informes.

9.Seguimiento de las observaciones finales sobre los informes de los Estados partes

El Comité examinará la información recibida de Burkina Faso, el Iraq, Kazajstán, Montenegro y Túnez sobre el seguimiento de sus observaciones finales.

10.Examen de las listas de cuestiones

El Comité examinará y aprobará las listas de cuestiones relativas a los informes presentados por Albania (CED/C/ALB/1), Honduras (CED/C/HND/1) y Austria (CED/C/AUT/1), con arreglo al artículo 29, párrafo 1, de la Convención.

11.Examen de peticiones de acción urgente (art. 30 de la Convención)

El relator especial nombrado para examinar las peticiones de acción urgente de conformidad con el artículo 30 de la Convención informará al Comité de las peticiones recibidas y las medidas de seguimiento adoptadas desde el anterior período de sesiones.

12.Examen de comunicaciones individuales (art. 31 de la Convención)

El Comité examinará las comunicaciones individuales, de conformidad con el artículo 31 de la Convención.

13.Reunión anual con el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias

El Comité celebrará su reunión anual con el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias con miras a mantener una cooperación estrecha y eficaz entre ambos mecanismos, evitar la duplicación de funciones, lograr el objetivo común de la erradicación de la práctica de las desapariciones forzadas y garantizar el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.

14.Debate temático sobre la obligación prevista en la Convención de buscar y localizar a las personas desaparecidas

El Comité celebrará un debate temático sobre la obligación, en virtud de la Convención, de buscar y localizar a personas desaparecidas, con la participación de interesados pertinentes, como organizaciones intergubernamentales, programas y organismos de las Naciones Unidas, mecanismos de derechos humanos y representantes de la sociedad civil y del mundo académico.

15.Reunión con Estados Miembros de las Naciones Unidas

El Comité celebrará una reunión con Estados partes y Estados signatarios de la Convención, y con otros Estados Miembros de las Naciones Unidas para debatir asuntos relacionados con la Convención.

16.Reunión con organismos y mecanismos de las Naciones Unidas y con organizaciones intergubernamentales

El Comité se reunirá con organismos y mecanismos de las Naciones Unidas y con organizaciones intergubernamentales que se ocupan de cuestiones relacionadas con la desaparición forzada.

17.Reunión con instituciones nacionales de derechos humanos

El Comité celebrará una reunión con instituciones nacionales de derechos humanos para tratar asuntos relacionados con la aplicación de la Convención.

18.Reunión con organizaciones no gubernamentales y otros interesados

El Comité celebrará una reunión con organizaciones no gubernamentales y otros interesados para tratar asuntos relacionados con la aplicación de la Convención.

19.Programa provisional del 14º período de sesiones

El Comité examinará la lista de temas que deberán incluirse en el programa provisional de su 14º período de sesiones, que se celebrará en marzo de 2018 (fechas exactas pendientes de confirmación).