Septuagésimo cuarto período de sesiones

21 de octubre a 8 de noviembre de 2019

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partesde conformidad con el artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativa al cuarto informe periódico de Andorra *

Visibilidad de la Convención, el Protocolo Facultativo y las recomendaciones generales del Comité

En el cuarto informe periódico del Estado parte (CEDAW/C/AND/4) se señala que se ha impartido una serie de cursos de formación a funcionarios judiciales, abogados y encargados de hacer cumplir la ley sobre temas relacionados con la mujer (párrs. 9 a 14). Sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas para dar suficiente visibilidad a la Convención, a los procedimientos de comunicación e investigación previstos conforme a su Protocolo Facultativo y a las recomendaciones generales del Comité, en particular la recomendación general núm. 33 (2015) sobre el acceso de las mujeres a la justicia, y para convertir esos elementos en parte esencial de los programas de formación de jueces, abogados, fiscales, agentes de policía y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

Marco constitucional y legislativo

En el documento básico común (HRI/CORE/AND/2018, párrs. 47 a 50) se indica que los tratados y acuerdos internacionales debidamente firmados y ratificados tienen primacía sobre las leyes ordinarias y son directamente aplicables en el derecho nacional. Sírvanse informar sobre los casos en que la Convención haya sido invocada por particulares, aplicada directamente o citada en procedimientos judiciales en el Estado parte. En relación con el proyecto de ley sobre la igualdad y la no discriminación que se pensaba presentar al Parlamento a finales de 2018 (párr. 24), sírvanse indicar si el proyecto se ha aprobado y cuáles son sus principales características, así como los mecanismos jurídicos de denuncia previstos para proteger a la mujer contra la discriminación sexista o por razón de género.

Acceso a la justicia y mecanismos jurídicos de denuncia

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres tengan acceso efectivo a los recursos jurídicos para hacer frente a las violaciones de sus derechos, y sobre las medidas adoptadas para crear conciencia sobre los derechos de las mujeres y cómo pueden ser invocados por estas. En relación con las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/AND/CO/2-3, párr. 14), sírvanse informar sobre las evaluaciones llevadas a cabo con miras a hacer frente al acceso limitado de las mujeres a la justicia.

En el informe se señala que el Raonador del Ciutadà (Ombudsman) tiene el mandato de recibir y examinar las quejas en caso de posibles discriminaciones (párr. 28). Sírvanse aclarar si el Raonador del Ciutadà tiene el mandato específico de aceptar denuncias relativas a todos los ámbitos que abarca la Convención. Sírvanse facilitar al Comité datos sobre el número de denuncias de discriminación presentadas por mujeres al Raonador del Ciutadà en 2018, y sobre los resultados de esas denuncias.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

En el informe se indica que en 2015 se estableció el Área de Políticas de Igualdad del Ministerio de Asuntos Sociales, Justicia e Interior (párr. 30). En el documento básico común se indica que las conclusiones y prioridades derivadas de la elaboración del libro blanco de la igualdad se presentaron en junio de 2017 (HRI/CORE/AND/2018, párrs. 69 a 72). Sírvanse explicar qué estrategias y políticas se prevén para integrar las disposiciones de la Convención en la legislación nacional y para promover la igualdad de género. Sírvanse explicar asimismo cuáles serán las funciones de los nuevos órganos previstos en el libro blanco en relación con la igualdad de género y la aplicación de la Convención.

En su informe, el Estado parte describe varias medidas de cooperación con sus principales asociaciones de mujeres (párrs. 16 a 19). Sírvanse proporcionar más detalles sobre los procesos convenidos de consultas periódicas y de cooperación con las organizaciones no gubernamentales sobre las cuestiones relativas a la aplicación de la Convención y sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para desarrollar aún más esa cooperación.

Institución nacional de derechos humanos

El Comité toma nota del compromiso del Estado parte de estudiar la posibilidad de establecer una institución nacional de derechos humanos en respuesta a las recomendaciones formuladas con ocasión del examen periódico universal realizado en 2015 (A/HRC/30/9/Add.1, párr. 10, recomendaciones 84.29 a 84.34). Sírvanse indicar al Comité si dicho estudio ya se ha llevado a cabo y, de ser así, sírvanse facilitar información sobre sus conclusiones. Asimismo, se ruega aportar información sobre las medidas adoptadas o previstas con respecto a la creación de una institución nacional de derechos humanos de carácter independiente, dotada de un mandato amplio para promover y proteger los derechos de las mujeres y la igualdad de género, en consonancia con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).

Medidas especiales de carácter temporal

En el informe no se proporciona información sobre el uso de medidas especiales de carácter temporal para acelerar el logro de la igualdad de facto de la mujer con el hombre, de conformidad con el artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité sobre medidas especiales de carácter temporal. Sírvanse proporcionar más información sobre los esfuerzos realizados para concienciar a los funcionarios competentes sobre el concepto de medidas especiales de carácter temporal, y aportar información actualizada indicando si se ha adoptado ese tipo de medidas para aumentar la representación de las mujeres y las niñas en todas las esferas que abarca la Convención.

Estereotipos de género discriminatorios

El Comité toma nota de la información facilitada en el informe sobre unos talleres celebrados en la primera y la segunda enseñanza (párrs. 49 a 55). Sírvanse indicar qué medidas se han tomado para adoptar una política integral a fin de eliminar los estereotipos de género discriminatorios y las actitudes patriarcales sobre las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad.

En el informe se indica que el Área de Políticas de Igualdad promoverá en 2018, entre otras cosas, la creación de un órgano de autocontrol para los miembros de los medios de comunicación a los efectos de que se puedan establecer criterios y buenas prácticas en relación con la transmisión de la información libre de estereotipos de género (párr. 59). Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la creación de ese órgano y sobre las medidas adoptadas, incluidas las dirigidas a los medios de comunicación, para eliminar las imágenes y actitudes estereotipadas sobre los papeles de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad.

Violencia de género contra la mujer

El Comité toma nota de la aprobación de la Ley 1/2015 sobre la erradicación de la violencia de género y la violencia doméstica, y de la tipificación como delito de la violencia contra la mujer en todas sus formas (párrs. 61 a 69). Sírvanse indicar el número de enjuiciamientos, la índole y los resultados de todos los casos de violencia de género, incluida la violencia doméstica contra las mujeres y las niñas, las sanciones aplicadas a los autores y las reparaciones, incluidas las indemnizaciones, otorgadas a las víctimas.

Sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre la violencia de género, incluida la violencia doméstica, desglosados por sexo, edad, nacionalidad y relación entre la víctima y el autor. Sírvanse proporcionar información sobre la disponibilidad de centros de acogida para las víctimas de la violencia de género, incluida la violencia doméstica, en particular sobre el número de plazas disponibles, sus recursos humanos, técnicos y financieros, y los servicios que prestan a las víctimas.

Trata y explotación de la prostitución

El Comité toma nota de la ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos por el Estado parte en 2011 (párr. 115) y del segundo informe del Estado parte al Grupo de Expertos en la Lucha contra la Trata de Seres Humanos sobre la aplicación del Convenio del Consejo de Europa, publicado en octubre de 2017 (párr. 117). El Comité toma nota de la modificación del Código Penal, que ahora tipifica como delito la trata de personas (párrs. 112 y 113), y de la aprobación de la Ley 9/2017, de 25 de mayo, sobre medidas para luchar contra la trata de personas y proteger a las víctimas (párr. 100). De conformidad con esta última, se deberá concluir, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley, un protocolo de acción para la protección de las víctimas de la trata de personas, y aprobar un programa nacional para la detección temprana de la trata de personas. Sírvanse informar al Comité sobre el calendario para la aprobación del protocolo y el programa nacional, y proporcionar información detallada sobre sus principales características.

Participación en la vida política y pública

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte, y los plazos correspondientes, para garantizar la igualdad de participación de las mujeres en los órganos legislativos a nivel local, en los altos cargos directivos, en la administración pública y en la judicatura.

Educación

Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para promover la enseñanza de los derechos humanos en las escuelas, con especial atención a la Convención y el empoderamiento de las mujeres y las niñas. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que se integre en los planes de estudios la educación sexual obligatoria y adaptada a la edad de los alumnos, en particular sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos, prestando especial atención a la prevención de los embarazos precoces y las infecciones de transmisión sexual.

El Comité toma nota de los datos sobre la educación presentados en el sitio web del Departamento de Estadística del Estado parte y mencionados en el informe (párr. 137). Sírvanse proporcionar datos estadísticos desglosados por sexo, edad y discapacidad, sobre la matrícula escolar y las tasas de terminación de los estudios, repetición y deserción escolar en todos los niveles educativos. Sírvanse indicar qué medidas se han tomado para combatir los estereotipos de género discriminatorios y los prejuicios contra las niñas con discapacidad en la escuela. Sírvanse indicar de qué manera el Área de Políticas de Igualdad tiene previsto garantizar una perspectiva de género en la educación (párr. 145).

Empleo y empoderamiento económico

En el informe se afirma que el proyecto de ley de igualdad y no discriminación dará respuesta a las situaciones de desigualdad, posiblemente mediante el establecimiento de cláusulas sociales (párr. 167). Sírvanse indicar si se ha aprobado ese proyecto y explicar más detenidamente las medidas previstas para hacer frente a la brecha salarial de género y garantizar la igualdad de trato y de oportunidades para las mujeres y los hombres en el empleo. Se observa además que está en trámite parlamentario un proyecto de ley por el que se efectúa una profunda modificación en la esfera de los permisos de maternidad y paternidad (párr. 169). Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación de ese segundo proyecto de ley y sobre las disposiciones que contiene para permitir a las mujeres y los hombres conciliar el trabajo y la vida familiar.

Sírvanse indicar las medidas adoptadas para concienciar a las trabajadoras domésticas y las trabajadoras migratorias acerca de sus derechos y de los mecanismos de denuncia de que disponen (párrs. 172 y 191). El Comité toma nota de las medidas adoptadas para promover el empleo de las personas con discapacidad (párrs. 182 a 184, 188 y 189). Sírvanse proporcionar datos sobre el número de mujeres con discapacidad que se han beneficiado de la asistencia del Servicio de Integración y Ocupación y que están empleadas en los sectores público y privado. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para promover la participación de las mujeres con discapacidad y facilitar su acceso al mercado de trabajo.

Salud

En relación con las recomendaciones anteriores del Comité (CEDAW/C/AND/CO/2-3, párr. 32), y en vista de la decisión del Estado parte de tomar en consideración las recomendaciones formuladas durante el examen periódico universal llevado a cabo en 2015 y modificar la legislación a fin de despenalizar el aborto en determinadas circunstancias (A/HRC/30/9/Add.1, párr. 10, recomendaciones 84.25 y 84.26), sírvanse proporcionar información sobre las medidas y decisiones adoptadas, incluido el calendario de aplicación, para despenalizar el aborto en todos los casos y legalizar el aborto en casos de violación, incesto, riesgo para la salud física o mental de la mujer embarazada y malformación fetal grave.

Mujeres migrantes

En el informe se señala que será posible hacer un análisis más a fondo de la situación de las mujeres migrantes gracias a los acuerdos de colaboración firmados entre distintos órganos del Estado en 2018 (párr. 218). Sírvanse informar al Comité sobre las conclusiones de los estudios sobre la situación de las mujeres migrantes realizados en cumplimiento de las anteriores recomendaciones del Comité (CEDAW/C/AND/CO/2-3, párr. 34 a)). Sírvanse suministrar información actualizada sobre las medidas adoptadas para aprobar un amplio proyecto de ley sobre el asilo que proporcione condiciones y protecciones similares a las establecidas con arreglo a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967 (párr. 220).

Empoderamiento económico, beneficios sociales y económicos

En el informe se indica que el proyecto de ley de igualdad y no discriminación establecerá programas para impulsar la igualdad de género en diversos ámbitos (párr. 231). Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas, incluidas las medidas especiales de carácter temporal, para desarrollar y fortalecer la capacidad de las mujeres empresarias en todos los ámbitos de la actividad económica, en particular el desarrollo sostenible y el entorno digital, en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares

En el informe se señala que el proyecto de ley sobre los derechos del niño y del adolescente elevará la edad mínima para contraer matrimonio a 18 años para niñas y niños (párr. 238). Sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre el estado del proyecto de ley, en particular sobre el plazo para su aprobación. Sírvanse indicar los esfuerzos realizados por el Estado parte para aplicar la Ley cualificada 21/2005, que establece los derechos económicos de las mujeres que viven en uniones estables de pareja (párr. 239), y la manera en que el Estado parte supervisa la aplicación de esa Ley.