Naciones Unidas

CRPD/C/PRY/Q/1/Add.1

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Distr. general

19 de febrero de 2013

Español solamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

N oveno período de sesiones

Ginebra, 15 a 19 de abril de 2013

Tema 10 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 35 de la Convención

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el informe inicial de Paraguay, aprobada por el Comité en su octavo período de sesiones (17 a 28 de septiembre de 2012)

Adición

Respuestas del Gobierno de Paraguay*

[23 de enero de 2013]

A.Propósito y obligaciones generales (artículos 1 a 4)

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones

1.La creación de la Secretaria por los Derechos Humanos de las personas con Discapacidad (SENADIS) y la reciente aprobación de su reglamentación permitirán llevar adelante iniciativas tendientes a la modificación de terminologías contenidas en las leyes anteriores y contrarias a lo propuesto en la Convención, incluyendo a las existentes en la Constitución Nacional (Art. 58). Con ese fin, se llevaron a cabo talleres dirigidos a medios de comunicación masivos y fueron remitidas notas a las instituciones públicas para que tengan conocimiento de la Convención y la utilización de la terminología propuesta en ella.

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

2.El Congreso Nacional ha adoptado una serie de leyes cuyo contenido se encuentra armonizado con el espíritu de la Convención. Se cita a continuación las leyes más relevantes:

a)Ley N.º 4720/2012, “Que crea la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las personas con discapacidad (SENADIS)”; establece la consulta obligatoria a ONGs y en su reglamentación prevé la creación de la Coordinadora Nacional de la Discapacidad (CONADIS);

b)Ley N.º 3365/2007, “Que exonera a las personas con discapacidad visual (ciegas) del pago del pasaje en el transporte terrestre” y el Decreto Nº 5251/10. “Por el cual se reglamenta la Ley Nº 3365/2007 que exonera a las personas con discapacidad visual (ciegas) del pago del pasaje en el transporte terrestre, y se sanciona sus infracciones”;

c)Ley N.º 3585/ 2008, “Que modifica los artículos 1º, 4º y 6º de la Ley Nº 2479/04 “Que establece la obligatoriedad de la incorporación de personas con discapacidad en las instituciones públicas”;

d)Ley N.º 4336/11, “Que establece la obligatoriedad del Lenguaje de Señas en los informativos o noticieros de los medios de comunicación audiovisuales”;

e)Ley N.º 4616/2012 “Que establece la reserva de lugares preferenciales para las personas con discapacidad física o motriz”.

f)Ley “De accesibilidad al medio físico para las personas con discapacidad” (sancionada el día 12 de diciembre de 2012, por lo cual aún no se cuenta con el número de ley).

3.Cabe mencionar los siguientes proyectos de ley:

a)Expediente N° S-085016. Proyecto de Ley: “Promoción de la persona con discapacidad a fin de logar su integración social”;

b)Expediente N° D-0912962. “Que crea incentivos en el Sector Privado, para el empleo de las personas con discapacidad”;

c)Expediente N° S-095275. Proyecto de Ley: “Que modifica los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 3365/2007 “Que exonera a las personas con discapacidad visual (ciegas) del pago del pasaje en el transporte terrestre”,

d)Expediente N° S-105517. Proyecto de ley: "Que establece la obligatoriedad de incorporación de personas con discapacidad en el sector privado",

e)Expediente N° D-1223390. Proyecto de Ley: “Que exonera el pago de impuestos de ayudas técnicas/bienes y vehículos que realicen las personas con discapacidad, para su uso, o a las personas jurídicas encargadas para su protección”. Iniciativa de Cámara de Diputados. Presentado el 25 de mayo de 2012.

4.Por otro lado, el Plan Nacional Acción en Derechos Humanos en el marco de su Eje Estratégico I: Transformación de las Desigualdades Estructurales para el Goce de los Derechos Humanos tiene como uno de sus Objetivos Estratégicos el de “Garantizar a las personas con discapacidad la promoción y protección de sus derechos y asegurar la accesibilidad en forma igualitaria”. A tal fin, ha trazado como líneas de acción las siguientes: a) estudiar para su aprobación el Proyecto de ley contra toda forma de discriminación; b) formular e implementar una política pública inclusiva de erradicación de toda forma de discriminación incluyendo a todos los sectores en situación de vulnerabilidad e históricamente excluidos; c) fortalecer la Red de Derechos Humanos del Poder Ejecutivo.

B.Derechos específicos

Igualdad y no discriminación (artículo 5)

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

5.Si bien a nivel nacional no se cuenta con una ley contra toda forma de discriminación, la Ley 4720 que crea la SENADIS contempla la protección contra toda forma de discriminación a personas con discapacidad. Asimismo, la Secretaría de la Función Pública con la Resolución 942/2009 establece un Marco Básico para las Políticas de Igualdad y No discriminación en la Función Pública, que incorpora en los artículos 6 y 8 la prohibición de discriminar en la función pública por motivos de discapacidad.

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

6.La función Pública ha lanzado un Plan de Igualdad y No Discriminación en la Función Pública de Paraguay con el objetivo de promover la igualdad y garantizar la no discriminación en el acceso, las oportunidades y la permanencia en la función pública, y lograr que el Estado sirva a la sociedad sin discriminaciones actuando conforme a los mandatos constitucionales, compromisos internacionales y las leyes nacionales.

7.A nivel de la Función Pública, se cuenta con el Decreto 7839/2011, por el cual se Aprueba el Primer Plan de Igualdad y No Discriminación de la Función Pública de Paraguay, este documento cuenta con indicadores de metas incorporados. Actualmente se ha culminado con la primera fase de socialización del mencionado instrumento e iniciado el proceso de trabajo con las instituciones públicas a los efectos de su implementación.

8.En este sentido, se ha solicitado a la Contraloría General de la República que los indicadores del Plan de Igualdad sean incorporados a los instrumentos del Modelo Estándar de Control Interno del Paraguay (MECIP), el cual se ha plasmado por medio de la Resolución CGR Nº 1212/2012 del 7 de diciembre de 2012.

9.En el marco de las acciones de fortalecimiento e implementación de la política de inclusión de las personas con discapacidad a la función pública la Secretaría de la Función Pública desarrolló reuniones técnicas de elaboración de planes de trabajo institucionales para la inclusión de personas con discapacidad en tres entidades gubernamentales, trabajando directamente en el fortalecimiento de sus unidades de recursos humanos de las instituciones.

Accesibilidad (artículo 9)

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

10.En materia de accesibilidad el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) es el Organismo Nacional de Normalización y tiene por objeto promover y adoptar las acciones para la armonización y la elaboración de las Normas Paraguayas. El INTN desarrolla su actividad normativa paraguaya a través de su Departamento de Normalización y éste por medio de la conformación de Comités Técnicos de Normalización (CTN) creados para campos de acción claramente definidos.

11.El Comité Técnico de Normalización CTN 45 “Accesibilidad” Subcomité “Accesibilidad al medio físico”, tuvo inicio el 24 de febrero de 2010 y terminó su Programa de Normalización en el mes de octubre de 2010. Estuvo conformado por las siguientes organizaciones:

Ministerio de Educación y Cultura – Dirección General de Educación Inclusiva y el Instituto Nacional de Protección a Personas Excepcionales – INPRO

Fundación SARAKI

Facultad de Arquitectura, Diseño y Arte – UNA

Dirección Nacional de Transporte

Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social – Instituto de Bienestar Social

Municipalidad de Asunción

Ministerio de Industria y Comercio

Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología

12.Las Normas que estudiadas y aprobadas por el CTN sobre accesibilidad de las personas al medio físico son:

PNA 45 001 10: Criterios y requisitos generales de diseño para un entorno edificado accesible

PNA 45 002 10: Edificios, espacios urbanos – Señalización

PNA 45 003 10: edificios y espacios urbanos – Equipamientos – Bordillos, pasamanos y agarraderas

PNA 45 004 10: Espacios urbanos – Vías de circulación peatonales horizontales

PNA 45 005 10: Edificios y espacios urbanos – Cruces peatonales a nivel y puentes peatonales

PNA 45 006 10: Edificios y espacios urbanos – Rampas fijas adecuadas y básicas

PNA 45 007 10: Símbolo gráfico – Características generales

PNA 45 008 10: Edificios – Pasillos y galerías – Características generales

PNA 45 009 10: Edificios, espacios urbanos. Escaleras adecuadas.

PNA 45 010 10: Edificios. Puertas accesibles

PNA 45 011 10: Estacionamientos

PNA 45 012 10: Símbolos de sordera e hipoacusia o dificultad de comunicación

PNA 45 013 10: Símbolos y ceguera ambliopía

PNA 45 014 10: Edificios y espacios – Servicios sanitarios accesibles

PNA 45 015 10: Equipamiento – Grifería

PNA 45 016 10: Edificios – Cocinas Accesibles

PNA 45 017 10: Edificios y Espacios Urbanos. Equipamiento – Herrajes accesibles

13.Estos documentos normativos serán utilizados como base para la certificación. También es importante resaltar que estos documentos, si bien son voluntarios, pueden ser utilizados como base para reglamentos técnicos. En este contexto las autoridades competentes, podrían citar a las Normas Paraguayas ya elaboradas en el marco de un Comité Técnico para ser usadas como referencia.

14.El comité 45 - Accesibilidad, este año dio varios talleres de concienciación con respecto a la accesibilidad, los últimos meses del año este taller fue llevado a cabo en contrataciones públicas dirigidos a responsables de UOC ya que desde el mes de noviembre todas las instituciones que desean construir o modificar su institución los planos deben cumplir con todos los requisitos de la accesibilidad.

15.En diciembre de 2012, fue sancionada la Ley de accesibilidad al medio físico para las personas con discapacidad en base a la propuesta elaborada por el Instituto Nacional de Tecnología, Metrología y Normalización (INTN), el entonces Instituto de Protección a Personas Excepcionales (INPRO), y la Fundación Saraki, con la participación de la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (OPACI), Unión Industrial Paraguaya (UIP), Cámara Paraguaya de la Construcción (CAPACO), Centro de Desarrollo Integral para Niños y Adolescentes con Necesidad Educativa Especiales (CEDINANE), Asociación Santa Lucía para la atención a Personas Ciegas, Municipalidad de Asunción, Consejo de Personas con Discapacidad de San Lorenzo (COPEDISA), Universidad Americana, Universidad Católica de Asunción, Asociación Paraguaya de Arquitectos, Consejo de Personas con Discapacidad de Asunción (COPERDISA), Ministerio de Educación y Cultura, UFCC, Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN), Revista Costos, Frentes Paraguayo por lo Derechos de las Personas con Discapacidad, Mborayhu Añete, Consejo de Personas con Discapacidad de Capiatá, Gabinete Social de la Presidencia, Coordinadora Nacional por la Promoción de las Personas con Discapacidad (CONAPRODIS), Asociación Paraguaya de Sordos (APS), Consejo de y para Personas con Discapacidad de Itaugúa, Centro de Rehabilitación para Personas Ciegas, Instituto de Bienestar Social, Ministerio de Salud, Coordinadora de Consejos de Personas con Discapacidad del Departamento Central, Fundación Solidaridad y Facultad de Arquitectura, Diseño y Arte de la UNA.

16.El Poder Judicial ha implementado en el año 2012, las siguientes medidas desde el punto de vista de la infraestructura física, en los edificios judiciales con miras al mejoramiento de las condiciones de acceso a la justicia de las personas con discapacidad y en condiciones de vulnerabilidad:

17.En el Palacio de Justicia de Asunción se dotó al edificio de:

Una rampa para acceso peatonal desde la calle Alonzo

La incorporación en las veredas de las cuatro calles que rodean al edificio, de rampas para el ingreso de sillas de ruedas

La incorporación en la torre norte de ascensores que tienen en sus botoneras el sistema de lectura braille y se están incorporando a los mismos el Digi Vox

El sistema de alarmas incorporado al edificio es audio visual, facilitando la captación de peligro a sordos y no videntes.

Baños para Personas con Discapacidad con las barras de seguridad y la superficie de giro necesaria.

Edificios Judiciales del Interior del País fueron dotados de:

La incorporación de ascensores que tienen en sus botoneras el sistema de lectura braille y se están incorporando a los mismos el Digi Vox

El sistema de alarmas incorporado al edificio es audio visual, facilitando la captación de peligro a sordos y no videntes.

Baños para Personas con Discapacidad con las barras de seguridad y la superficie de giro necesaria

18.Asimismo, la Policía Nacional adoptó medidas como:

Ventanillas especiales destinadas exclusivamente para la realización de trámites

Rampas para personas con discapacidad, estacionamientos exclusivos

Asistencia y facilitación de trámites

19.La Ley Nº 4616/12 “Establece la reserva de lugares preferenciales para las personas con discapacidad física o motriz” dispone la obligatoriedad de reservas de lugares preferenciales para personas con discapacidad física o motriz en los teatros, cines y estadios deportivos de todo el territorio nacional, debiendo prever un sector para la ubicación de sillas de ruedas, garantizar la perfecta visibilidad al espectador/a con discapacidad, ser seguros y de fácil acceso.

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

20.El Comité 39 INTN - Transporte, subcomité “Transporte Accesible”, conformado por representantes del Estado y de organizaciones civiles de y para personas con discapacidad elaboró y presentó a finales del año 2012 las normas de transportes accesibles.

21.La Secretaría del Transporte del Área Metropolitana de Asunción (SETAMA) presentó su “Proyecto de capacitación y concientización al conductor de transporte público y creación del carné de habilitación de la SETAMA”, que busca lograr la mejoría del servicio de los colectivos para las personas con discapacidad y abarca también la modernización de la infraestructura de las unidades del transporte de pasajeros para dentro de 5 años.

22.El proyecto mencionado se empezó a desarrollar a través de la Municipalidad de Asunción conjuntamente con la SETAMA, Secretaria Nacional de Turismo (SENATUR) y la Fundación Saraki que se encargaron de dar el curso de capacitación para chóferes de transporte público del área metropolitana, con el objetivo de mejorar la atención a los pasajeros, así como reducir la cantidad de accidentes que se producen por no respetar las señales de tránsito y por imprudencias del conductor.

23.Son dirigidas a chóferes del Transporte público y forman parte del programa del Curso de Especialización a Chóferes, el cual se desarrolla actualmente y que  llegará a aproximadamente a 5000 trabajadores del transporte público. Los participantes recibirán al final de la capacitación un carnet de conducir, que será de tenencia obligatoria desde el 2013 para manejar y son denominados “Chóferes Accesibles”.

24.Así también, se han realizado las primeras gestiones para que empiecen a circular las primeras unidades de transporte accesible que serán montadas por empresas de nuestro país, a partir del año que se inicia.

25.Con respecto a la a la accesibilidad en la información y comunicación fue sancionada la Ley n° 4336/11.- que establece la obligatoriedad del lenguaje de señas en los informativos o noticieros de los medios de comunicación audiovisuales, cuyos objetivos son los siguientes: a) Asegurar el acceso de las personas con discapacidad auditiva a las informaciones de interés social, económico, político, educativo, deportivo y cultural de nuestro país, en la medida que ello sea técnicamente posible; b) Reconocer el lenguaje de señas o visogestual utilizado por las personas con discapacidad auditiva, como medio de expresión y comunicación con los demás miembros de la sociedad; c) Promover e imponer la obligación de la adaptación de los medios de comunicación audiovisual a formatos que puedan hacer posible la difusión de información, a través del lenguaje de señas o visogestual.

26.El Poder Judicial cuenta con servicio de intérprete, al igual que la Secretaría de la Función Pública entre otras instituciones que han adoptado la norma supracitada.

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

27.En la ley de accesibilidad, se prevé que la fiscalización del cumplimiento de la normativa pertinente será de responsabilidad de las Municipalidades, así como la reglamentación de la misma fiscalización. Para la habilitación de las construcciones, será obligatorio contar con la certificación de accesibilidad a ser expedida por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, pudiendo para el efecto el mismo percibir recursos por tales servicios, los cuales constituirán ingresos propios de dicha entidad y se incorporarán a su presupuesto.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias(artículo 11)

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

28.No existen actualmente protocolos como los señalados por el Comité. No obstante, la Propuesta de Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en Paraguay podría ofrecer una plataforma de trabajo que permita la articulación de la atención a personas con discapacidad en casos de emergencias humanitarias.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (artículo 12)

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

29.No se tienen datos específicos sobre la cantidad de Personas con algún tipo de Discapacidad que hayan sido declaradas inhábiles judicialmente. No obstante la Corte Suprema de Justicia se encuentra abocada al diseño de una política judicial de derechos humanos con el apoyo del Alto Comisionado de Naciones Unidas, basada en los indicadores de acceso a la justicia y de juicio justo, dentro de los cuales se establecerán estándares de indicadores relativos al Acceso e Igualdad ante el Poder Judicial y Accesibilidad a la Justicia.

30.Los indicadores de Derechos Humanos son considerados por la Corte Suprema de Justicia como una oportunidad para el análisis de la acción desde una mirada centrada en las personas, cumpliendo con el Objetivo Estratégico 6 de la Corte Suprema de Justicia de difundir y controlar la vigencia de los derechos humanos en las políticas, sentencias, normativa y el accionar del Poder Judicial, y rendir cuentas a la ciudadanía y a los foros que corresponda.

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

31.El Código Civil de la República del Paraguay, en general, solo permite por medio de expresa autorización judicial, limitaciones relativas al ejercicio de la capacidad jurídica de hecho respecto a personas sobre las que se alegue una discapacidad inhabilitante, y pronunciada que fuere Sentencia en Juicio de Interdicción, regulada por los artículos 74 y siguientes de dicho cuerpo legal.

32.El Estado entiende que, a los efectos de una transición hacia el cumplimiento del artículo 12 de la Convención, es necesaria la adaptación de medidas legislativas que garanticen “el derecho de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, a ser propietarias y heredar bienes, controlar sus propios asuntos económicos y tener acceso en igualdad de condiciones a préstamos bancarios, hipotecas y otras modalidades de crédito financiero, y velar[…] por que las personas con discapacidad no sean privadas de sus bienes de manera arbitraria”, dado que conforme la redacción actual de algunos artículos del Código Civil, personas con discapacidad auditiva, visual, o privadas de la facultad de expresarse verbalmente, así como con algún tipo de discapacidad intelectual, previo juzgamiento de los hechos bajo el derecho a las garantías judiciales, podrían estar sujetas a restricciones no permitidas convencionalmente, respecto a la libre disposición de su patrimonio.

Acceso a la justicia (artículo 13)

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

33.El Poder Judicial se encuentra trabajando sus primeros pasos para la inclusión de Personas con Discapacidad en sus procesos. En ese sentido cabe destacar la firma del convenio de inclusión laboral efectiva con la Fundación Saraki, la cual obligará a adaptar los procesos judiciales para personas con discapacidad intelectual tanto como operadores judiciales como usuarios de justicia, lo que incluye la inducción y reinducción del personal judicial, incluyendo jueces/zas y magistrados/as judiciales en lo concerniente al respecto y garantías para personas con discapacidad en base a la experiencia recogida en talleres de capacitación en buen trato y trato inclusivo a personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad impartidos en el año 2011 y 2012. La evaluación de esta experiencia contribuirá con el diseño de la Política Institucional de Acceso a la Justicia de Personas con Discapacidad.

34.En el proceso de implementación efectiva de los Indicadores sobre un Juicio Justo, se espera incorporar para el año 2014 el siguiente indicador como parte del atributo “Acceso a la justicia”: Número de personas con discapacidad a las que se proporcionó asistencia técnica judicial para facilitar su participación directa o indirecta en el sistema de justicia, por año, desagregado por a) Tipo de discapacidad (sugén clasificación INPRO), b) PcD: imputados o víctimas, c) Tipo de asistencia técnica proporcionada: designación de intérprete, médico forense, trabajador social, etc. Asimismo se cuenta con un indicador relativo a la accesibilidad edilicia, a la disponibilidad de traductores para personas sordas y la provisión de servicio a niñez y adolescencia con discapacidad.

35.Dentro de la Acordada Nº 633/10 que ratifica las “100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condiciones de Vulnerabilidad” se conformó una Comisión a fin de dar algunas directivas sobre la aplicabilidad de la Acordada, para dar así un trato privilegiado a las personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres embarazadas, indígenas y niños, privados de libertad, eliminando así barreras que impidan el acceso efectivo a la justicia. En la ocasión, a cada defensor y defensora se le entregó una copia de los modelos de escritos en los que se indican los artículos de las 100 Reglas de Brasilia, revistas de las 100 Reglas de Brasilia y CD's de varias jurisprudencias. Los defensores manifestaron que implementarán esta normativa, ya que consideran de suma importancia su difusión.

36.Con el lema “La justicia al alcance de todos” se han visitado varios departamentos como Pedro Juan Caballero, Misiones, Central, Villarrica, Coronel Oviedo y Ciudad del Este a fin de proseguir con la difusión y sensibilización sobre la vigencia y aplicabilidad. Con tal objetivo, se está organizando la instalación de mesas consultivas en lugares de gran afluencia de gente, como las plazas y oficinas de juzgados en distintas ciudades del interior del país.

37.En cuanto a las capacitaciones, la Corte Suprema de Justicia en mayo de 2012, organizó la XIII Jornadas de Derecho Comparado del MERCOSUR “Discapacidad y Voluntad Anticipada”, cuyos principales temas abordados fueron: Institutos de Protección de los discapacitados: curatela, curadurías especiales, administración extraordinaria de la sociedad conyugal, inhabilitación, las consecuencias en la administración de bienes propios y ajenos en concurso culpable. Normativa Nacional e Internacional sobre los derechos de personas con discapacidad. Deberes del Estado. Normativa y realidad de establecimientos de cuidado de personas discapacitadas. La discapacidad en materia sucesoria.

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

38.A través de la DDH-CSJ, se presta servicio de interpretación en lengua de señas a las personas con discapacidad auditiva que la soliciten, para que este sector de la población ejerza su derecho accediendo al sistema de justicia. (Art. 13 CIDPD). De la misma manera se tiene prevista la incorporación de unaDirección de Políticas Lingüísticasdentro de la estructura de la CSJ, en el marco de lasCien Reglas de Brasilia y la Ley Nº 4251/2010 “Ley de Lenguas”, dando énfasis a la lengua guaraní como así también a los demás grupos minoritarios de la población como las personas sordas.

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

39.La Defensoría del Pueblo desde su Departamento de Acciones contra toda Forma de Discriminación llevó adelante acciones de acuerdo a su cronograma de trabajo y plan anual, sin perjuicio de los casos puntuales de reclamaciones de las personas que concurren a las oficinas para la tramitación de sus pedidos, que origina la apertura de expedientes específicos. Dicha dependencia lleva adelante capacitaciones de sensibilización sobre temas centrales y específicos que tienden a sentar las bases para la atención adecuada a las PcD. Asimismo, ha concretado la impresión de afiches, cartelería, trípticos, etc., de difusión destinados a funcionarios de la ciudad de Asunción y de las dependencias del interior del país. Cuenta además con el Protocolo de Atención para las PcD, que utiliza para la difusión, el cual cuenta con una descripción breve, con lenguaje sencillo y de gran utilidad.

40.A través de la Campaña por la No Discriminación y por la Inclusión de las PcD en las Instituciones Públicas de la Defensoría del Pueblo, se ha buscadodifundir y promocionar del respeto a los Derechos Humanos y lograr la sensibilización de las personas para que se promueva la incorporación con calidad de personas con discapacidad.

Libertad y seguridad de la persona (artículo 14)

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

41.El Instituto de Bienestar Social actualmente se encuentra elaborando un nuevo Organigrama Institucional y dentro de éste se contempla la creación de la Dirección de Discapacidad. Se prevé la habilitación del primer Hogar para personas con Discapacidad en estado de abandono o sin familiares.

42.Además existen 5 Hogares sustitutos para personas con discapacidad Psicosocial, dirigidos por la Dirección de Salud Mental a quienes la Dirección de Bienestar Social, provee alimentos en forma semanal y mensual, electrodomésticos y mobiliarios como también el mantenimiento edilicio.

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

43.En el marco de las responsabilidades asumidas por la Ley Nº 69/1990, “Que aprueba y ratifica la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,”; en cumplimiento al artículo 259 de la Constitución Nacional, que estatuye como uno de los Deberes y Atribuciones de la Corte Suprema de Justicia la “supervisión de penitenciarías” y en seguimiento de la decisión tomada en Reunión Plenaria de la CSJ (Acta N.º 12 del 16 de mayo de 2012), la Dirección de Derechos Humanos de la CSJ diseñó y puso en práctica un Protocolo de Verificación de las condiciones de vida y de garantía de derechos de las personas en privación de libertad por orden judicial, que incluye la identificación de personas con discapacidad y verificación de sus necesidades particulares.

Penal “Tacumbú”

44.La Dirección General de Salud de Establecimientos Penitenciarios, Centros Educativos y Hogares de Albrigo del Ministerio de Justicia y Trabajo se encuentra coordinando las tareas, actualmente en plena ejecución, del Proyecto: “Acuerdo Intersectorial y participativo hacia una intervención sustentable y el acceso universal para la prevención de la tuberculosis en Paraguay, con énfasis en poblaciones indígenas y personas privadas de libertad” para la adecuación y mejoramiento de las sanidades de las penitenciarías del país, financiado por el Fondo Mundial (PRY-S10-G05-T), enfocada en personas privadas de libertad .

45.En tal sentido, el Ministerio de Justicia y Trabajo a través de la Resolución Ministerial Nº 435 de fecha 8 de noviembre de 2.012 ha autorizado al Centro de Estudios y formación para el Desarrollo “Alter Vida” a ejecutar las obras proyectadas dentro del Convenio, entre las cuales se encuentran la construcción de la Sanidad y el área de Reinserción de Tacumbú, ya adjudicadas, y cuyas obras se inician en el mes de enero de 2013.

46.Asimismo, considerando la necesidad de garantizar el sistema de salud penitenciaria, a la luz de las exigencias de la actual población penal, la Dirección General de Salud de Establecimientos Penitenciarios, Centros Educativos y Hogares de Albrigo del Ministerio de Justicia y Trabajo, ha iniciado el proceso de búsqueda de mejores prácticas de gestión, elaborando planes orientados a la solución de problemas relacionados a la salud de los internos, privilegiando las acciones de fomento, protección y recuperación de la salud de los mismos, a través del apoyo médico institucional, de los Centros Hospitalarios y de rehabilitación en los casos necesarios .

Mecanismo independiente de prevención de la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

47.El Paraguay creó por Ley N.º4288/2011 el Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles e Inhumanos o Degradantes, el cual se encuentra actualmente íntegramente conformado con seis Comisionados/as titulares y tres Comisionados/as Suplentes con dedicación exclusiva a las tareas del Mecanismo y presupuesto para su ejecución.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (artículo 16)

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

48.No se encuentran sistematizados los datos específicos respecto a la cantidad de denuncias y decisiones por violencia o abusos en contra de personas con discapacidad, no obstante la Corte Suprema de Justicia se encuentra abocada al diseño de una política judicial de derechos humanos con el apoyo del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, basada en los indicadores de acceso a la justicia y de juicio justo, dentro de los cuales se establecerán estándares de indicadores relativos al Acceso e Igualdad ante el Poder Judicial y Accesibilidad a la Justicia.

49.El Ministerio Público no dispone de información sistematizada ya que su sistema informático no cuenta con un campo en el cual se especifique o se contemplen los aspectos requeridos. La Dirección de Denuncias Penales en coordinación con la Dirección de Informática ha iniciado gestiones tendientes a crear un campo informático que permita conocer los datos solicitados por el Comité.

50.Por otro lado, en el Albergue para mujeres en situación de violencia “Mercedes Sandoval” desde su habilitación en noviembre de 2010 han sido albergadas 4 mujeres con discapacidad cuyas edades se encuentran entre los 17 y 49 años. Entre las/os hijas/os de las usuarias ingreso 1 niño de 11 años de edad con discapacidad.

51.En Paraguay, según informaciones del Ministerio de la Mujer hasta la fecha no se ha registrado víctimas de trata de personas con discapacidad, no obstante se ha elaborado la Política Nacional de Prevención y Combate a la trata de personas en Paraguay, aprobada por Decreto Nº 8309/12. Este documento, se constituye en la hoja de ruta del Estado, en la lucha contra este crimen, y obliga a las instituciones públicas involucradas a desarrollar acciones y programas dirigidos a combatir la trata de personas.

52.Cabe resaltar que el Ministerio de la Mujer es la única institución pública en nuestro país que cuenta con un albergue para atención a víctimas de trata de personas, repatriadas o remitidas por el Ministerio Público, con un Programa de Reinserción Social y equipo multidisciplinario conformado por sicólogas, abogadas y trabajadoras sociales que brindan atención integral a las mismas

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

53.En noviembre del año 2012, fue presentado al Congreso Nacional el Proyecto de Ley Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres Basada en Asimetrías de Género”. Actualmente el referido Proyecto ha sido girado a las Comisiones del Congreso Nacional y se espera su aprobación en el corriente año 2013. Este proyecto de ley tiene por objeto sancionar, y erradicar de manera integral y multidisciplinaria la violencia contra las mujeres basada en asimetrías de género, y proteger los derechos de las víctimas, será aplicable a todos los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, en el ámbito público y privado, y sin distinción de edad. Asimismo, en el referido proyecto se disponen protecciones específicas para las mujeres con discapacidad, disponiendo que la realización de hechos punibles contra las mismas, son circunstancias agravantes. Así también, se prevé que el Estado financie el establecimiento de un centro de defensa y asesoramiento de las mujeres víctimas de violencia basada en asimetrías de género por cada 50.000 personas de sexo femenino, que provea apoyo proactivo e intervención en crisis para las víctimas, incluido asesoramiento y apoyo jurídicos, apoyo a largo plazo, y servicios especializados para mujeres con discapacidad, mujeres migrantes, mujeres de pueblos indígenas, niñas y mujeres adolescentes, y adultas mayores; además la instalación de una repartición en el Ministerio de Justicia y Trabajo, y en la Secretaría de la Función Pública, que estén especializadas en protección a las trabajadoras y funcionarias víctimas de violencia laboral, para dar apoyo proactivo, incluidos el asesoramiento y la asistencia jurídicos, que contemple en especial la condición de mujeres con discapacidad, mujeres migrantes, de pueblos indígenas, adolescentes, y adultas mayores.

54.Asimismo, como ya se ha hecho mención se ha elaborado la Política Nacional de Prevención y Combate a la trata de personas en Paraguay, aprobada por Decreto Nº 8309/12.

55.El 13 de diciembre de 2012, fue promulgada la Ley Nº 4788 /12 Integral contra la Trata de Personas, que tiene por objeto prevenir y sancionar la Trata de personas en cualquiera de sus manifestaciones, la que haya sido perpetrada en el territorio nacional y en el extranjero, como así también proteger y asistir a la víctimas. Está orientada a la protección de todas las personas sin ningún tipo de discriminación

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

56.A los efectos de acercar información que indiquen alguna situación de vulnerabilidad, se remiten los datos de pobreza total y extrema, medidos a través del método de Línea de pobreza, donde se define como población pobre a aquel conjunto de personas residentes en hogares cuyo nivel de bienestar (medido a través del ingreso) es inferior al costo de una canasta básica de consumo constituida por el conjunto de bienes y servicios que satisfacen ciertos requerimientos mínimos, tanto alimentarios como no alimentarios, para la sobrevivencia humana. El costo de esta canasta se denomina Línea de pobreza (LP).

Evolución de la Pobreza Total (%), según Área de Residencia. Periodo 2007-2011

57.En el periodo 2007-2011, la pobreza total a nivel nacional muestra una tendencia sostenida y paulatina a la baja, pasando de 41,2% a 32,4%. Este comportamiento es resultado de lo que ocurre principalmente en áreas urbanas que registró un descenso aproximado de 10 puntos porcentuales en el periodo analizado. Por su parte, en el área rural los descensos más significativos de alrededor de 3 puntos porcentuales se dieron en el 2008 en relación al 2007 y en 2011 en relación al 2010.

Fuente: DGEEC. Encuesta Permanente de Hogares 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011.

Nota: las cifras del 2007 al 2008, corresponden a las ajustadas con los nuevos factores de ponderación.

Evolución de la Pobreza Extrema (%), según Área de Residencia. Periodo 2007-2011

58.La tendencia de la incidencia de pobreza extrema (Gráfico 2) en el periodo 2007-2011 muestra un comportamiento similar al de pobreza total, aunque el descenso se dio a un ritmo menor. Entre los años extremos del periodo analizado (2007 y 2011) la baja fue de un poco más de 5 puntos porcentuales.

Fuente: DGEEC. Encuesta Permanente de Hogares 2007-2011

Incidencia absoluta y relativa de la pobreza, por áreas geográficas. Año 2011

Fuente: DGEEC. Encuesta Permanente de Hogares 2007-2011

1 Incluye pobres extremos y no extremos

2 Se excluye los empleados domésticos dentro del hogar

Evolución de la pobreza (valores absolutos), según área de residencia. 2007-2011

Fuente: DGEEC. Encuesta Permanente de Hogares 2007-2011

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

59.Los miembros de la Mesa de Análisis de la normativa existente, se encuentra trabajando en un Anteproyecto de “Ley sobre Buen Trato de niñas, niños y adolescentes”. En el último encuentro con legisladores, realizado en el mes de mayo de 2012, fue discutido el enfoque de la propuesta y se analizó el texto del anteproyecto, también fueron propuestas importantes modificaciones.

60.Asimismo, en el marco de la ejecución del Programa Abrazo, el cual cuenta con 2870 familias beneficiarias, quienes reciben mensualmente la visita de un funcionario de la Secretaría de la Niñez y Adolescencia quien monitorea el cumplimiento de los derechos del niño, niña y adolescente, y sensibiliza sobre el cumplimiento de la Ley 1680 y en caso de detección de vulneración de derechos (violencia intrafamiliar, maltrato físico y psicológico, abuso entre otros), se realizan las denuncias a las instancias correspondientes y el acompañamiento cercano.

61.El programa Abrazo, a través del componente familia otorga a las familias transferencias monetarias, en dinero en efectivo estipulándose un monto especifico por niño o adolescente con discapacidad el cual debe ser utilizado para los gastos de su salud.

62.El programa Abrazo a través de sus agentes institucionales llamados apoyos familiares realiza el enlace y acompañamiento a centros de salud especializados a familias con niños, niñas y adolescentes con discapacidad

63.La Ley 4295/11 Establece el procedimiento especial para el maltrato infantil en la jurisdicción especializada” otorga competencia a los Juzgados de Paz para la aplicación de medidas cautelares y la toma de denuncias sobre maltrato a niños, niñas y adolescentes aplicando las medidas previstas en la Ley 1600/00 de “Violencia Doméstica”.

Libertad de desplazamiento y nacionalidad (artículo 18)

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

64.Con relación a las disposiciones legales aplicables para la obtención de algún documento, ya sea cédula de identidad o pasaporte, se aplican las mismas normas y requisitos exigidos para todas las personas interesadas, en razón precisamente a evitar la discriminación, y en virtud a lo establecido en los artículos 46 y 47 de la Constitución Nacional, es decir, en base al principio de igualdad; aclarando que la Ley 978/96 no contiene impedimentos discriminatorios a las personas con discapacidad, ya sea se trate de nacionales o extranjeros; habiéndose derogado todas las normas que hubieren contenido algún tipo de discriminación.

65.La Ley 978/96 de Migraciones tuvo una modificación parcial para la expedición de la Cédula de Identidad Paraguaya, la Ley 2193/2003 “Que autoriza a la Policía Nacional a expedir cédula de identidad a los extranjeros cónyuges de paraguayos y a los extranjeros hijos de padre o madre paraguayos sobre la expedición de la cedula de identidad paraguaya a los cónyuges, hijos de paraguayos”, que les confiere de pleno derecho la calidad de residentes permanentes, y posteriormente la Dirección General de Migraciones deberá inscribirlo como tal, sin tener en cuenta algún tipo de discapacidad. La Dirección General de Migraciones por Resolución DGM N° 909 de fecha 21/08/2012, ha dispuesto el proceso sencillo a los efectos de la aplicación del citado cuerpo normativo.

66.Por otra parte la expedición de la Cedula de Identidad Paraguaya es una función del Departamento de informática de la Policía Nacional, para quienes tengan la radicación permanente conforme a la Ley 987/96, salvo conforme lo expresado en el párrafo precedente.

67.Actualmente, está en proceso de modificación de la Ley 978/96 para su adecuación en los diferentes temas que hacen a la materia; y en lo que a la consulta planteada sobre contenido de impedimentos discriminatorios a las personas con “discapacidad en la admisión de extranjeros por defectos físicos congénitos”, en razón que la propia Constitución de la República del Paraguay, no admite discriminaciones conforme a lo que prescribe el artículo 46, habiéndose también ratificados el Pacto de San José de Costa Rica así como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que tienen un rango constitucional de acuerdo a lo estipulado en el articulo 137 primer párrafo en concordancia con el artículo 142 de la Carta Constitucional. (Dirección General de Migraciones).

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad (artículo 19)

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

68.En materia de Educación, se cuenta con una Dirección de Educación para Personas con Necesidades Educativas Especiales (DEPNEE) en el Ministerio de Educación y Cultura, que Ofrece Programas y servicios en instituciones Educativas de la modalidad de Educación Especial. Su objetivo es promover y desarrollar acciones que garanticen una educación de calidad a las personas que enfrentan barreras para la participación y aprendizaje, derivadas de una o más deficiencias estructurales o funcionales, a fin de que estas sean reconocidas y se constituyan en agentes proactivos en sus familias y comunidades, generando normativas, currículo, formación y/o actualización de los RR.HH.

Ejes estratégicos de la DEPNEE

Ámbito curricular

69.Consolidar una propuesta curricular centrada en procesos inclusivos y en la adecuación de la oferta educativa según la necesidad de las personas que enfrentan barreras para la participación y el aprendizaje.

Ámbito de desarrollo del talento humano

70.Desarrollar un sistema focalizado de formación continua de los profesionales de la modalidad en los niveles central, departamental y local.

Ámbito de regulación y rectoría

71.Establecer un marco regulatorio y los mecanismos de seguimiento y evaluación de los programas y servicios para fortalecer el proceso de inclusión educativa.

Ámbito de articulación de redes

72.Consolidar la colaboración entre los distintos sectores, instituciones y asociaciones civiles, nacionales e internacionales, para apoyar la atención de las personas que enfrentan barreras para la participación y el aprendizaje.

73.Desde la DEPNEE, a través de los programas y servicios instalados en las instituciones educativas, se brinda atención directa a personas que enfrentan barreras para la participación y el aprendizaje derivadas de una o más deficiencias estructurales o funcionales.

74.Los programas ofrecidos son:

a)Los Servicios de Atención Temprana (SAT)

b)Los Servicios de Apoyo

c)Los Grados Especiales

d)Las Escuelas y Centros de Educación Especial

e)Los Programas específicos.

75.El Centro de Formación Laboral para Personas con Discapacidad brinda capacitación a jóvenes y adultos que enfrentan barreras para la participación y el aprendizaje, derivadas de una o más deficiencias estructurales o funcionales, en técnicas y aprendizajes profesionales que favorezcan y fomenten su desarrollo personal y su futura integración socio - laboral, utilizando programas de formación profesional con adecuaciones concretas para tareas laborales de carácter elemental.

Medidas adoptadas para la Inclusión de niños/as

76.Cabe mencionar:

a)Proyecto Ñangareko Ñepyru: “Fortalecimiento de los Servicios de Atención Temprana (SAT) Departamental de la República del Paraguay;

b)Proyecto MAPE: “Mejora de los Aprendizajes de la Población con discapacidad visual y su Entorno en la Región Oriental y Chaco de Paraguay”.

Dirección de Atención Educativa a Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes en Situación de Riesgo

77.Dicho Servicio se implementa en dos modalidades, en 1) Aulas Hospitalarias -Resolución Ministerial Nº 4256/09, por la “cual se reconoce el funcionamiento del espacio educativo Aula Hospitalaria en los hospitales públicos en forma gradual que atienden a niños, niñas y adolescentes en largos periodos de internación”., 2) Centros Comunitarios/Centros Abiertos/Hogares: donde se brinda herramientas pedagógicas y se busca la inclusión educativa en las instituciones de educación formal.

78.En materia de Salud, el Paraguay cuenta con una Política Nacional de Salud Mental, aprobada por Resolución N° 1097/10 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, elaborada en el marco de las Políticas Públicas para la Calidad de Vida y Salud con Equidad, Esta Política pretende instalar un abordaje integral y comunitario que contemple a la persona desde una visión holística, que promueva la salud mental con acciones preventivas, curativas, educacionales, de rehabilitación y reinserción desde la propia comunidad, evitando el estigma, el encierro y el desarraigo. Tiene como uno de sus ejes principales el proceso de desmanicomialización, cultural, edilicia y presupuestaria.

79.Desde la Secretaría Nacional de Cultura (SNC) se han realizado varios talleres con la Fundación Saraki, enfocados a la prestación de servicios comunitarios; también se ha organizado talleres de fortalecimiento del carácter y la autoestima para funcionarios de la SNC.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información (artículo 21)

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

80.El Paraguay cuenta con la Ley 4251/10 “Ley de Lenguas”, que hace referencia al tema, al establecer en su Art. 8 que: “Cuando el lenguaje utilizado sea viso gestual o “lengua de señas”, su transcripción para uso oficial se hará en el idioma oficial que se considere pertinente para el caso”.

81.Cabe mencionar que el Ministerio de Educación y Cultura ha adoptado la Resolución Nº 43/09, de fecha 13 de Mayo de 2.009, “por la cual se implementa el uso del lenguaje de señas en el sistema educativo nacional, en instituciones educativas de gestión pública, subvencionada y privada”, también el canto del Himno Nacional en lenguaje de señas, a través de la Resolución Nº 1.359, de fecha 20 de julio de 2.009, “Por la cual se aprueba la implementación del Himno Nacional Paraguayo en el Lenguaje de señas en el sistema educativo nacional, en las instituciones de gestión oficial, subvencionada y privada”. Finalmente la Rsl. Nº 227/10, de fecha 25 de febrero de 2.010, “Por la cual se aprueba el diccionario de lengua de señas paraguaya para la secretaria de la Función Pública.-

82.Asimismo fue sancionada la Ley N° 4336/11.- Que establece la obligatoriedad del Lenguaje de Señas en los informativos o noticieros de los medios de comunicación audiovisuales.

Educación (artículo 24)

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

83.A continuación, se presentan los datos estadísticos proporcionados por la Dirección de Educación para Personas con Necesidades Educativas Especiales (DEPNEE).

Educación Inicial y Escolar Básica. Porcentaje de alumnos con discapacidad incluidos en aulas regulares, según nivel. Año 2010

Nivel

Matrícula total

Matrícula - inclusiva

%

Educación Inicial

155.440

128

0,1

Educación Escolar Básica - 1º y 2º ciclo

833.487

1.196

0,1

Educación Escolar Básica - 3º ciclo

329.282

91

0,03

Nota: Los datos se refieren a las instituciones educativas que presentaron planilla estadística en el año de referencia

Fuente: MEC-DGPE. SIEC 2010

Educación Inicial y Escolar Básica. Cantidad de alumnos con discapacidad incluidos en aulas regulares por discapacidad, según nivel. Año 2010

Nivel

Dificultad de aprendizaje

Dificultad auditiva

Discapacidad intelectual

Discapacidad motora

Discapacidad visual

Multi -

discapacidad

Alta capacidad

Total

Educación

Inicial

18

15

33

21

5

36

-

128

Educación

Escolar Básica

743

61

101

97

68

122

4

1.196

Educación

Escolar Básica

43

4

13

7

9

15

-

91

Nota: Los datos se refieren a las instituciones educativas que presentaron planilla estadística en el año de referencia.

Fuente: MEC-DGPE. SIEC 2010

Grado especial. Cantidad de alumnos en grados especiales de instituciones de educación escolar básica, según dificultad del alumno

Dificultad

Matrícula

Dificultad de aprendizaje

97

Dificultad auditiva

53

Discapacidad intelectual

676

Discapacidad motora

105

Discapacidad visual

29

Multidiscapacidad

32

Otro

94

Total

1.086

Nota: Los datos se refieren a las instituciones educativas que presentaron planilla estadística en el año de referencia

Fuente: MEC-DGPE. SIEC 2010

Educación Escolar Básica. Alumnos del 1º grados. Año 2010

Alumnos

Alumnos con derecho a rendir-examen final

143313

Promovidos al 2º grado con área pendiente

7538

Promovidos al 2º grado sin área pendiente

120428

No aprobados

15306

No examinados

41

Nota: Los datos se refieren a las instituciones educativas que presentaron planilla estadística en el año de referencia

Fuente: MEC-DGPE. SIEC 2010

Educación Escolar Básica. Alumnos del 2º grados. Año 2010

Alumnos

Alumnos con derecho a rendir-examen final

140270

Promovidos al 3º grado con área pendiente

7657

Promovidos al 3º grado sin área pendiente

120836

No aprobados

11753

No examinados

24

Nota: Los datos se refieren a las instituciones educativas que presentaron planilla estadística en el año de referencia

Fuente: MEC-DGPE. SIEC 2010

Educación Especial Escolar Básica. Matrícula en aula inclusiva según necesidades especiales

Necesidades especiales

Matrícula

Dificultad de aprendizaje

143

Discapacidad auditiva

410

Discapacidad intelectual

351

Discapacidad motora

66

Discapacidad visual

36

Multidiscapacidad

258

Otro/s

14

Total

1278

Salud (artículo 25)

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

84.Los Servicios de Salud, en general, son accesibles a las personas con discapacidad, se ha establecido la gratuidad de las consultas, la atención por especialidades médicas en los servicios de salud en todo el país, la entrega de diagnóstico médico, la provisión de kits de parto, la realización de estudios laboratoriales gratuitos, tomografías, placas radiográficas, la asistencia para la planificación familiar, proveyendo gratuitamente métodos anticonceptivos.

85.Así también, los edificios de los Hospitales y Centros de Salud han iniciado la adecuación de su infraestructura para el acceso de las personas con discapacidad a través de una resolución para el cumplimiento de las normas de accesibilidad física del INTN

Habilitación y rehabilitación(artículo 26)

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

86.El Instituto Nacional de Protección a Personas Excepcionales (INPRO), hoy Secretaria Nacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad (SENADIS), ha venido impulsando la creación de servicios de rehabilitación en los Hospitales Regionales en las capitales departamentales y de acuerdo a las particularidades de cada departamento del país, involucrando en su diseño a las organizaciones civiles de y para personas con discapacidad a través de la firma de un convenio con el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, fueron creándose servicios de Rehabilitación en Hospitales Regionales así tenemos funcionando en: Caacupé, Coronel Oviedo, Pilar, Villarrica y San Estanislao, este año van a ser inaugurados en dos capitales departamentales más, Paraguari y Concepción.

87.También se cuenta con el Proyecto Triangular Paraguay-Chile-Japón, en el marco del proyecto de fortalecimiento del Servicio de Atención Temprana Departamental de la República del Paraguay – Ñangareko Ñepyru,organizado por laAgencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI), el Ministerio de Salud de Chile (MINSAL), la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), y el Ministerio de Educación y Culto del Paraguay (MEC)así como el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSP y BS).

88.En este contexto se origina elProyecto de Fortalecimiento de los Servicios de Atención Temprana Departamental de la República del Paraguay Ñangareko Ñepyrũcon enfoque Biopsicosocial en los cuatro SAT definidos, en el área departamental de Caaguazú, Guairá y Caazapá.

89.Los SAT están instalados en espacios físicos independientes, en instituciones educativas, en hospitales cuentan con elementos didácticos básicos para la estimulación temprana. El servicio es de carácter público y la atención es gratuita. Actualmente estos SAT (Servicio de Atención Temprana) se encuentran instalados y en funcionamiento en 4 departamentos del país.

90.Se ha conformado un mapa de actores involucrados en las diferentes comunidades instaladas así como la elaboración de instrumentos necesarios a cargo de Profesionales del INPRO. El Proyecto culminó en noviembre del año 2012.

91.Desde el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social se inició, con el apoyo de la OPS, líneas de acción de diseño estratégico para favorecer la inclusión social y los derechos humanos de las personas con discapacidad en 5 departamentos “Salud y Calidad de Vida como Derecho Humano” a través de los Unidades de Bienestar Social de las Regionales, junto con las unidades de Salud de la Familia, la Unidad de Atención Primaria de la Salud, Miembros de Consejos Locales y Subconsejos de Salud de Ñeembucú, Guaira, Cordillera, Encarnación, y Cnel. Oviedo.

92.En Codillera se avanzó bastante con el trabajo, con la Coordinación del Instituto de Bienestar Social y el acompañamiento de una consultora de la OPS, en Octubre 2011, se realizó el lanzamiento de Rehabilitación Basada en la Comunidad como parte de las actividades de un Plan Departamental de Acción.

93.En Hospital Regional de Caacupé, en Noviembre del 2011 se llevo a cabo la conformación de Coordinadora Regional RBC Cordillera, quienes trabajaron en la formación de los agentes y fueron capacitadas 190 personas como Promotores en RBC.

94.RBC: Organizar la comunidad en torno a las necesidades y demandas de las personas con discapacidad y mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad mediante la implementación de programas de rehabilitación integral y en ese marco la creación de 5 cinco centros de Rehabilitación.

95.El día 23 de Agosto de 2012, se llevó a cabo el taller de presentación de resultado de trabajo sobre rehabilitación Basada en la Comunidad en la ciudad de Caacupé en el local de la filial de la Cruz Roja Paraguaya, con la participación de familiares de personas con discapacidad de la Comunidad, voluntarios, referentes de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y funcionarios de la Región Sanitaria, Unidad de Salud Familiar y la APS.

96.El contenido del taller se centró en los siguientes temas: Presentación del resultado del Censo de discapacidad del Departamento de la Cordillera, específicamente en la Ciudad de Altos, 1ro. de Marzo e Itacurubi de la Cordillera. El censo consideró los siguientes tipos de discapacidad: discapacidad Física, discapacidad psicosocial, discapacidad Intelectual, sensorial, mixta y registro un total de 640 personas discapacitadas.

97.En la localidad de Azcurra se realiza terapia de rehabilitación en la Unidad de Salud Familiar donde recientemente se habilitó una sala de Rehabilitación con la ayuda de la comunidad organizada.

98.En los espacios de rehabilitación se encuentran trabajando profesionales voluntarios entre ellos Fisioterapeutas, nutricionistas, Psicólogos y Trabajadores Sociales, con resultados favorables en todo sentido.

Trabajo y empleo (artículo 27)

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

Sector Público

99.Con respecto al cumplimiento de las leyes N° 2479/04 y N° 3585/08, la Secretaría de la Función Pública ha trabajado en la reglamentación elaborada en forma participativa con las organizaciones de las personas con discapacidad, en la misma se establece el procedimiento para el ingreso a la función pública por medio de concurso público y con mecanismos transparente y considerando los ajustes necesarios.

100.De esta forma se ha impulsado el cumplimiento de la ley y la promoción de la realización de Concursos Públicos en las diversas Organismos y Entidades del Estado como mecanismo de ingreso a la función pública con criterio de igualdad de oportunidades, en los procesos de concurso, se aprueban los perfiles de cargos sin elementos discriminatorios, así mismo, integrantes de organizaciones de la sociedad civil que integran la Mesa Interinstitucional cooperan con el rol de “veedores” en los concursos públicos.

101.Del mismo modo, y a los efectos del cumplimiento de la normativa, la Secretaría de la Función Pública coopera con las instituciones en la elaboración de los Planes Institucionales para la Inclusión de personas con discapacidad, el mismo debe reflejar la propuesta de incorporación laboral gradual, la inducción y el acompañamiento, la sensibilización y la capacitación, adecuación de los puestos de trabajo e iniciativas de adecuación edilicia y de atención a usuarias/os y funcionarias/os con discapacidad; así mismo, dichos planes se homologan y se monitorean.

102.A noviembre de 2012, se cuenta con 1.114 personas con discapacidad prestando servicios en la Función Pública. De ellas 736 personas son del sexo masculino y 378 del sexo femenino.

\s

\s

El Estado paraguayo se proyecta en la incorporación laboral de personas con discapacidad

Cumplen 5%

4%

3%

2%

Menos del 2%

Cantidad de Instrucciones

4

5

6

5

70

Sector Privado

103.Actualmente cuenta con media sanción el proyecto de ley: "Que establece la obligatoriedad de incorporación de personas con discapacidad en el sector privado.

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

104.Al respecto informamos que la Secretaría de la Función Pública cuenta con la Resolución 942/09 que establece el Marco Básico de las Políticas de No Discriminación e Inclusión en la Función Pública, que prohíbe todo tipo de discriminación, así también el art. 60 de la Ley 1626/200 de la Función Pública establece la prohibición al funcionario público de “discriminar la atención de los asuntos a su cargo poniendo o restando esmero en los mismos, según de quien provenga o para quiénes sean” y esta prohibición es considerada falta grave establecida en el artículo 68 del mismo cuerpo legal. Se adjunta copia de la Resolución 942/2011 que forma parte del material “Normativa de Inclusión y No Discriminación”

105.Así mismo, la SFP ha habilitado la línea 175 para recepcionar denuncias sobre situaciones de discriminación, acoso sexual o laboral en la función pública.

Nivel de vida adecuado y protección social (artículo 28)

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones

106.La Propuesta de Política Pública para el Desarrollo Social 2010-2020 en su capítulo III —entre sus temas transversales y específicos— establece atender a las necesidades mediatas e inmediatas de personas con Discapacidad.

107.En ese sentido en el marco de la transversalización se hace imprescindible que las Políticas Públicas generen espacios inclusivos y servicios especializados que faciliten su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones. Entre las políticas priorizadas se encuentran 1. Asegurar el acceso preferencial a la educación y a los servicios de salud y rehabilitación a personas con discapacidad. 2. Disminuir las barreras físicas y culturales que faciliten el acceso a los servicios públicos. 3. Incrementar la inversión en centros de rehabilitación y atención. 4. Promocionar la formación de profesionales para el área de rehabilitación. 5. Promover el acceso preferente de personas con discapacidad a programas de generación de ingresos.6. Sensibilizar a la opinión pública, sobre las necesidades de las personas con discapacidad.

108.Dicha Política Pública está edificada sobre cuatro ejes principales, sustentados en la realidad del país, e incorpora temas transversales y específicos, que le dan integralidad:

a)Calidad de Vida para Todos y Todas

b)Inclusión Social y Superación de la pobreza y desigualdad

c)Crecimiento Económico sin exclusiones

d)Fortalecimiento Institucional y Eficiencia en la inversión social

109.El fin último de esta Política, es el ejercicio y goce de los Derechos de Todos y Todas, siendo la igualdad de oportunidades para el acceso a bienes y servicios la estrategia a implementar.

110.La visión al 2020 del PPDS: Un Paraguay democrático, incluyente, pluricultural y pluriétnico, donde la participación en la vida social, económica, cultural y política, y el acceso a bienes y servicios sociales universales garantizados, consolidan un desarrollo sustentable.

111.Un Estado, soberano y justo, una Sociedad Paraguaya solidaria y consciente de sus derechos y obligaciones, afianzan una gestión descentralizada, transparente y eficiente de sus instituciones públicas y una activa participación en la comunidad de naciones.

112.Los temas transversales de esta política son:

a)Hombres y mujeres - equidad de género;

b)Niñez y adolescencia;

c)Juventud;

d)Adulto Mayor;

e)Personas con Discapacidad.

f)Gestión de Riesgo de Desastres.

Políticas Priorizadas en referencia a Personas con Discapacidad

113.La Constitución Nacional garantiza a las personas con discapacidad la atención de su salud, educación, recreación y formación profesional para una plena integración social, y reconoce el disfrute de los derechos en igualdad de oportunidades, a fin de compensar sus desventajas. Para ello, el Estado organizará una política de prevención, tratamiento, rehabilitación e integración de los discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales, a quienes prestará el cuidado especializado que requieran.

114.En el marco de la transversalización se hace imprescindible que las Políticas Públicas generen espacios inclusivos y servicios especializados que faciliten su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones.

115.Se debe asegurar el acceso preferencial a la educación y a los servicios de salud y rehabilitación personas con discapacidad.

116.Se deben disminuir las barreras físicas y culturales que faciliten el acceso a los servicios públicos; incrementar la inversión en centros de rehabilitación y atención; promocionar la formación de profesionales para el área de rehabilitación. Promover el acceso preferente de personas de personas con discapacidad a programas de generación de ingresos.

117.También se debe sensibilizar a la opinión pública, sobre las necesidades de las personas con discapacidad.

118.Se incluyen como temas transversales aquellos que requieren de una alta especialización temática y responden a problemas, necesidades o reivindicaciones estructurales consideradas como Derechos Humanos, y que por atender problemas de origen estructural requieren de la participación de todos los sectores para resolverlos. La especialización temática obliga a instalar mecanismos institucionales especializados, a través de instituciones que deben articular acciones y esfuerzos con las instituciones sectoriales.

119.El Instituto de Bienestar Social “en su servicio de ayuda a domicilio” brinda asistencia a personas con Discapacidad en situación de necesidad. (Apoyo con alimentos) y apoyo psicosocial en su domicilio a 7 beneficiarios en el Bañado Sur Sobre la base de 35 encuestas realizadas en el Bañado Sur.

120.Por otro lado, la Secretaría de Acción Social (SAS) ha adoptado como política Institucional en la ejecución de sus programas, la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad y el Derecho a la inclusión de las mismas. Entre los programas de lucha contra la pobreza se encuentra Programa “Tekoporá” (Programa de Transferencias Monetarias Condicionadas con Corresponsabilidad) regulado por Ley N° 4087/2011 y reglamentado por Resolución N° 595/2012.

121.En el marco de la política institucional de la SAS de acceso a la tierra para las personas más carenciadas, se cuenta con el Decreto N° 1767/2009 “Que declara territorios sociales a los Asentamientos o núcleos poblacionales urbanos o suburbanos afectados a los programas de la Secretaría de Acción Social”. Se crea igualmente el Registro de Beneficiarios, el Banco de Tierras y el Programa de Desarrollo y Apoyo Social a los Asentamientos o Núcleos Poblacionales Urbanos o Suburbanos “Tekoha”, cuyo Reglamento fue aprobado por Resolución N° 622/2009. Este programa está destinado a las familias en situación de pobreza y extrema pobreza siendo fundamental para ello, la democratización del acceso a los beneficiarios sin ningún tipo de exclusiones. En ese sentido, las personas con discapacidad, conforme los términos del mismo Reglamento tienen prioridad, al establecer como Grupos de Familia a ser seleccionadas como Beneficiarios/as que cuenten con Personas con Discapacidad.

122.El Programa Paraguayo de Inversiones Sociales Segunda Fase-PROPAIS II, a través de Proyectos Específicos (PE) se encuentra en etapa de ejecución de proyectos con entidades sin fines de lucro, enfocados a beneficiarios con capacidades diferentes.

123.La Dirección de Cuidados Alternativos DICUIDA, dependiente de la Dirección General de Protección Especial DIPROE, respondiendo el punto, remite Memorándum Nº 142 de fecha 18/12/12, a través del cual informa que el Programa de Acogimiento Familiar que estaba a cargo del Centro de Adopciones pasa a formar parte de la Dirección de Cuidados Alternativos (DICUIDA).

124.En octubre de 2010 se aprueba el Decreto Presidencial N° 5196 “Por el cual se establece el Programa de Acogimiento Familiar de niños, niñas y adolescentes sujetos a protección y apoyo”. Con respecto a la provisión de un subsidio para los niños, niñas y adolescentes, incluyendo a los con discapacidad, el mismo Decreto, en su Artículo 6° establece:

“Del subsidio por niño, niña o adolescente. A los efectos de dar cobertura a las necesidades alimenticias, de salud y educación, de vestimenta y otras que se consideren necesarias para el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes sujetos a Programas de Acogimiento Familiar registrados y acreditados por la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia, se establecerá un subsidio para cada uno de ellos.

El subsidio podrá ser en insumos o dinero en efectivo. El procedimiento para su adjudicación, así como el monto a ser destinado como subsidio, será establecido y reglamentado por la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

El subsidio por niño, niña o adolescente será entregado a las familias acogedoras que posean la guarda judicial del niño, niña o adolescente y que se encuentren debidamente acreditados por los Programas respectivos. Los subsidios deberán destinarse únicamente para dar cobertura a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes a quienes está dirigido.”

125.Durante el año 2011-2012, se ha trabajado en un proyecto de Reglamento Operativo para Subsidio a Familias Acogedoras e Instituciones de Cuidado Residencial, que tiene como objetivo establecer las normas y procedimientos administrativos para la transferencia monetaria, proponiéndose al mismo tiempo la provisión de un costo adicional para niñas, niños y adolescentes con discapacidad (pendiente de aprobación).

126.Desde la Dirección de Cuidados Alternativos (DICUIDA), se instala el trabajo técnico centrándose en la Búsqueda y localización y el Mantenimiento del Vinculo familiar de los niños y adolescentes con o sin discapacidad por igual, de la misma forma coordina con la comunidad y organizaciones de la sociedad civil para la implementación y el fortalecimiento del programa de acogimiento familiar, para los niños, niñas y adolescentes separados de sus familias. En el marco del mencionado circuito de trabajo con NNA derivados por instancias judiciales, entre los años 2010 al 2012, 21 de ellos cuentan con una discapacidad determinada y han requerido una forma de cuidado alternativa. En este sentido, 12 han sido derivados a un cuidado institucional, mientras 09 (el 43% del total) han ingresado al programa de acogimiento familiar, siendo cuidados y atendidos en forma integral por familias acogedoras mientras dure su proceso judicial y se defina su situación de vida.

127.Con relación a las instituciones y/o redes de servicio que brindan apoyo al trabajo que se realiza desde la DICUIDA, incluyendo a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, se puede mencionar los siguientes:

a)En el año 2010, se firmó un convenio de cooperación con la Fundación Teletón, el mismo tiene por objetivo facilitar la rehabilitación de niñas, niños y adolescentes separados de sus familias;

b)Se trabaja en coordinación con los servicios del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en general en la detección temprana, prevención y tratamiento de cualquier forma de discapacidad y en forma específica con el Hospital General Pediátrico Niños del Acosta Ñu, con el Departamento de Neurología infantil para la consulta y evaluación neurológica de los niños y adolescentes con o sin discapacidad;

c)Instituto de Investigaciones en Ciencias de la Salud, dependiente de la Universidad Nacional de Asunción, para los estudios genéticos en los casos que se requiera;

d)El programa de Otorrinolaringología Oír Paraguay, dependiente de la Fundación Visión colabora con la Institución para los estudios auditivos. Asimismo, con la mencionada Fundación se realizan los estudios oftalmológicos de los niños, niñas y adolescentes que lo requieran;

d)Actualmente, se encuentra en proceso la firma de Convenio Marco de Cooperación entre la Secretaria Nacional de la Niñez y Adolescencia y la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos para las personas con Discapacidad (SENADIS), en el mismo se prevén los siguientes puntos:

i)La capacitación de los funcionarios/as que realizan atención directa, para que éstos puedan captar en los niños si sufren algún tipo de discapacidad;

ii)Capacitación a cuidadores/as de entidades de abrigo que reciben a niñas, niños y adolescentes con y sin discapacidad;

iii)Cruzamiento de fichas de beneficiarios de los programas que se vienen ejecutando desde la Dirección de Protección y Promoción y los asistidos por SENADIS;

iv)La construcción de una entidad de abrigo para niños, niñas y adolescentes con discapacidad sin vínculos parentales; para el efecto, la SENADIS ha puesto a disposición un terreno en el cual se podrá montar dicho servicio, actualmente se encuentra en tratativas para el financiamiento para la construcción del mismo;

e)También, en el marco del Programa Abrazo, dentro del componente familia se transfiere a las familias beneficiarias que se encuentren en estrato I-II-III bonos solidarios y cestas básicas, éstas cuando existiere dentro de la misma niños y niñas de 0 a 8 años (Primera Infancia);

f)Cálculo de los Bonos Solidarios o TMC: la suma base es de 100.000 guaraníes, más la suma de 50.000 guaraníes por hijo de 9 a 13 años, hasta cuatro hijos; si los hijos son de primera infancia de 0 a 8 años la suma es de 100.000 guaraníes y en caso que existiera dentro de la familia un miembro de 0 a 17 años que sufra de algún tipo de discapacidad la suma es de 50.000 guaraníes.

Participación en la vida política y pública (artículo 29)

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

128.La Comisión Coordinadora de Elecciones del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) se encuentra coordinando la implementación de la Campaña “Elecciones Accesibles”, por la cual se pretende establecer desde las elecciones de abril del año 2013, un plan piloto de asistencia para garantizar la participación en elecciones generales de personas con discapacidad, inicialmente en Asunción y de implementación progresiva a todo el país.

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

129.A Noviembre de 2012, se cuenta con 1.114 personas con discapacidad prestando servicios en la Función Pública; de ellas 736 personas son del sexo masculino y 378 del sexo femenino.

Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte (artículo 30)

Respuesta al párrafo 31 de la lista de cuestiones

130.La Secretaria Nacional de Deportes (SND) cuenta con accesibilidad restringida a las diferentes pistas deportivas, teniendo una facilidad para el ingreso a la pista de atletismo y al polideportivo, ya que ambas poseen rampas y puertas de tamaño adecuado, además de la utilización de baños móviles para personas con discapacidad física.

131.A partir del mes de enero del 2013 el polideportivo de la SND cerrará sus puertas para le realización de adaptaciones al mismo y entre ellas de los baños y mejoras en los pisos para la accesibilidad de personas con silla de ruedas.

132.Se tiene prevista la construcción de nuevas instalaciones deportivas que contarán con los requerimientos de accesibilidad física.

133.En materia de Museos, los siguientes cumplen con los niveles de accesibilidad para personas con capacidades diferentes: Museo Nacional de Bellas Artes (Asunción), Museo Gral. Bernardino Caballero (Asunción), Museo Casa de la Independencia (Asunción), Museo Dr. José Gaspar Rodríguez de Francia (Yaguarón), Museo Casa Oratorio Cabañas (Caapucú), Museo Cabildo de Pilar (Ñeembucú).

134.La Secretaría Nacional de Cultura (SNC), desde su Dirección General de Patrimonio Cultural está trabajando en la concreción de planes para adecuación de otras dependencias de la SNC para las personas con discapacidad

Respuesta al párrafo 32 de la lista de cuestiones

135.La SND en su Política Nacional Para el Desarrollo del Deporte, contempla el Programa de Integración Social de Deportes Para Todos. Cuenta igualmente con un Departamento del Deporte Inclusivo y Paraolímpico. Dicha cartera de Estado promueve el deporte para personas con discapacidad en el área recreativa y competitiva en las siguientes modalidades:

a)Quadrugby: Deporte Paralímpico gestionado por la Secretaria Nacional de Deportes en conjunto con la Unión de Rugby del Paraguay, con el auspicio y promoción de la Fundación Arcángeles de Columbia; se realizan entrenamientos 2 veces por semana, quienes se preparan para competir a nivel internacional, en torneos zonales y panamericanos.

i)Modalidad específica para personas cuadripléjicas, con parálisis cerebral, amputadas con secuelas de poliomielitis;

ii)Discapacidad Auditiva y Visual: Entrenamientos de preparación física para persona con discapacidad auditiva, visual, y con discapacidades múltiples; que se desarrolla dos veces por semana en las instalaciones de la SND, quienes se preparan para competir a nivel local, promovido por la Unión de Rugby del Paraguay y apoyado por la Secretaria Nacional de Deportes, con el auspicio y promoción de la Fundación Arcángeles de Colombia.

iii)Discapacidad intelectual: Apoyo logístico y económico, para el desarrollo de los distintos deportes y modalidades que practican.

iv)Además de la utilización por parte de OEP, de las instalaciones de la SND para las Prácticas deportivas tanto individuales como colectivas.

b)Juegos Nacionales Escolares: Juegos para personas con discapacidad intelectual, cuyos campeones clasificaron a los juegos sudamericanos escolares, en la modalidad de Atletismo, es organizado por la SND y llevado a cabo por Olimpiadas Especiales del Paraguay.

136.El Proyecto Patria Deportiva 2020 promoverá igualmente el deporte para este sector de la población.

Recopilación de datos y estadísticas(artículo 31)

Respuesta al párrafo 33 de la lista de cuestiones

137.En general, las informaciones sobre la situación de discapacidad, pueden ser obtenidas a través de distintas fuentes.

Fuentes de información sobre discapacidad

138.La Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos, ha realizado en los últimos años múltiples esfuerzos a fin de medir adecuada y oportunamente el comportamiento de la discapacidad a partir de diversos operativos estadísticos como los censos de población y las encuestas a hogares.

Recopilación de información

Tasas de discapacidad en Paraguay

Fuente

Población con Discapacidad

Absoluto

%

Censo

1982

32.419

1,07

1992

39.726

0,96

2002

51.146

0,99

Encuesta*

44.673

3,1

Fuentes: DGEEC. Censos Nacionales de Población y Viviendas, 1982, 1992, 2002.

*Encuesta a Personas con Capacidades Diferentes del Departamento Central, 2002.

139.Censos de población: El censo del año 1992 tuvo un enfoque de medición de impedimentos extremos, como sordos, mudos, ciegos, personas con retardo mental y paralíticos. Este espectro fue ampliado en el censo del 2002 con variables que miden gradaciones de deficiencias físicas, sensoriales y mentales, de acuerdo a las nuevas clasificaciones internacionales de la OMS. Los conceptos empleados aluden a las discapacidades y a las deficiencias como dimensiones distintas de la misma realidad. Los dos últimos Censos (1992 y 2002) arrojaron un porcentaje de población con discapacidad cercano al 1%, o sea, tan sólo alrededor de 55.000 paraguayos con discapacidad fueron censados.

140.La DGEEC, simultáneamente con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) de Argentina y el Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE) de Brasil, llevaron a cabo una prueba de diseño conceptual o “Test cognitivo” en el primer semestre de 2006, como actividad preparatoria de los censos de la ronda 2010. El objetivo de esta prueba fue investigar el funcionamiento de las preguntas en términos de su redacción e interpretación, para finalmente desarrollar un set de preguntas que se utilizará como instrumento de recolección de la información sobre discapacidad en la ronda censal del 2010.

141.Siguiendo en esta línea de estudio y en forma conjunta con Argentina y Brasil se desarrolló la Prueba Piloto Conjunta sobre Medición de Discapacidad como parte del componente 4 del Proyecto de difusión y evaluación de estadísticas censales armonizadas para programas sociales de desarrollo sostenible en el MERCOSUR, Bolivia y Chile-México-Ecuador y Venezuela.

Encuestas a personas con Capacidades Diferentes del Departamento Central 2002

142.La encuesta a personas con capacidades diferentes fue realizada con el objeto de determinar la cantidad, tipo de impedimento y el estudio de las condiciones de vida de este grupo poblacional que viven en viviendas particulares del Departamento Central. El tamaño de la muestra en todo el departamento fue de 8000 viviendas particulares, abarcando los 19 distritos del departamento. Esta encuesta fue realizada mediante un esfuerzo conjunto de la Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos, la Gobernación del Departamento Central y la Red de Atención Integral a Personas con Capacidades Diferentes con el apoyo de la GTZ.

143.En el marco del programa de explotación y difusión de la información recogida en el Censo Nacional de Población y Viviendas 2002, la DGEEC elaboró un documento denominado “Condiciones Sociodemográficas de las Personas con Discapacidad” que forma parte de la serie de estudios denominada “Condiciones de Vida en Paraguay”.

144.En el mencionado documento, se analizan las condiciones sociodemográficas de las personas con discapacidad en cuanto a educación, situación de empleo y condiciones de vida reflejadas en indicadores de la vivienda y el hogar, las necesidades básicas insatisfechas y un análisis de la población indígena con discapacidad.

145.Además, se realizaron talleres de presentación de resultados de discapacidad en distintas instancias como: Congreso Nacional, talleres con usuarios, talleres de discusión con usuarios, etc.

146.Los resultados de la encuesta a personas con capacidades diferentes del Departamento Central fueron difundidos en un documento de 26 páginas, distribuidos a todas las instituciones que participaron en el relevamiento de datos y principalmente a las asociaciones de personas con discapacidad, como las que conforman la Red de Atención Integral a Personas con Capacidades Diferentes.

Participación de las personas con discapacidad

147.Presentación de propuesta de trabajo y colaboración de diferentes instituciones que trabajan con el tema discapacidad tales como: Instituto Nacional de Protección a Personas Excepcionales (INPRO), Asociación de Rehabilitación de Impedidos Físicos (ARIFA), Escuela de Formación Laboral del Ministerio de Educación y Cultura, Comisión Nacional de Protección a los Discapacitados (CONAPRODIS), Red de Atención Integral a Personas con Capacidades Diferentes.

Actividades preparatorias del censo 2012

148.Cabe mencionar.

Talleres internos con técnicos de la DGEEC para la elaboración de propuesta de cuestionarios para el censo 2012

Ejecución de 3 pruebas conjuntas

Talleres de discusión con usuarios sobre el contenido del cuestionario censal

Ejecución de la Prueba piloto y Censo experimental

Boleta censal 2012

149.Las personas con discapacidad ingresan a la función pública por concurso público de oposición conforme al procedimiento establecido en el artículo 11º del Decreto N° 6369/2011 que reglamenta las leyes 2479/04 y 3585/08, en el mismo cuerpo legal se establece que en dicho concurso se deberán realizar los ajustes necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades.

150.En la Función Pública, a Noviembre de 2012, se cuenta con 1.114 personas con discapacidad prestando servicios; de ellas, 736 personas son del sexo masculino y 378 del sexo femenino.

Respuesta al párrafo 34 de la lista de cuestiones

151.Los datos sobre las personas con discapacidad provenientes de los Censos nacionales pueden ser vinculadas con los datos sobre inserción y actividad laboral, de esta manera es posible combinar las informaciones sobre discapacidad con las demás características socioeconómicas y demográficas, tales como variables relacionadas al mercado laboral, actividad económica, ocupación, categoría ocupacional. El censo 2012 se encuentra actualmente en la fase final del levantamiento de datos. Se prevé los datos preliminares para febrero del 2013 aunque de acuerdo a los primeros datos se tiene que es el 12% de la población.

Certificados de discapacidad. Dirección de Certificación de la SENADIS:

152.La persona con limitación sensorial, psíquica o física, así como recurre a la SENADIS para solicitar su certificado de discapacidad. El certificado de discapacidad, es un documento oficial que puede ser expedido únicamente por la Dirección de Certificación de la SENADIS. En este certificado ha de figurar el grado de discapacidad, si la minusvalía es temporal o definitiva, incluida su potencial laboral. Con esto, se le permite a la persona con discapacidad, acceder a los derechos, beneficios como las ofertas de empleo reservadas a personas con discapacidad en el sector público debe ser igual o mayor del 33 por ciento.

Aplicación y seguimiento nacionales (artículo 33)

Respuesta al párrafo 35 de la lista de cuestiones

153.El INPRO, como Instituto, no contaba con el mandato para coordinar la implementación de la Convención en el país. Actualmente, con la ley de creación de la SENADIS se establece que la misma será el ente rector encargado de transversalizar la temática del área de la discapacidad.

154.Compete a la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS):

a)Formular las políticas nacionales, relacionadas con las discapacidades acorde a las obligaciones derivadas de los tratados internacionales de derechos humanos en materia de personas con discapacidad y las acciones necesarias para dar cumplimiento a los programas nacionales, y someterlas para la aprobación del Presidente de la República;

b)Fomentar que las dependencias y organismos de los diferentes órdenes de gobierno trabajen a favor de la inclusión social y económica de las personas con discapacidad en el marco de la política de Estado;

c)Proponer, a través del Poder Ejecutivo en el Proyecto del Presupuesto General de la Nación las partidas correspondientes para la aplicación y ejecución de los programas nacionales dirigidos a las personas con discapacidad;

d)Promover el otorgamiento de estímulos fiscales a personas físicas o jurídicas que realicen acciones a favor de las personas con discapacidad;

e)Planificar acciones que permitan el fortalecimiento de los programas de prevención de discapacidades, atención e integración de las personas con discapacidad;

f)Establecer y coordinar las políticas y acciones necesarias para dar cumplimiento a los programas nacionales en materia de personas con discapacidad; así como aquellas que garanticen la equidad e igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en el ejercicio de sus derechos;

g)Asesorar jurídicamente los derechos de las personas con discapacidad;

h)Realizar investigaciones y coordinar las acciones que, en relación con la discapacidad, realicen organismos y entidades de los sectores público y privado;

i)Vigilar por el eficaz cumplimiento de esta Ley y exigir la aplicación de la sanción a quienes la incumplan;

j)Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad. Esta facultad incluye la atribución de denunciar los posibles incumplimientos ante los organismos o instancias jurisdiccionales respectivas, y ejercer acciones y hacerse parte en aquellas causas en que estén afectados los intereses de las personas con discapacidad, de conformidad a la Ley.

155.En cuanto a la consulta a organizaciones de la sociedad civil, en el Reglamento de la ley de creación de la SENADIS se prevé la conformación de la CONADIS. De acuerdo al dicho instrumento, la Comisión estará conformada de la siguiente manera:

a)El Secretario/a Ejecutivo/a de la SENADIS, o quien lo suplante, quien presidirá la CONADIS;

b)El Ministro/a de Salud Pública y Bienestar Social;

c)El Ministro/a de Educación y Cultura;

d)El Ministro/a de Justicia y Trabajo;

e)La Ministra/o de la Mujer;

f)El Ministro/a de Hacienda;

g)El Secretario/a Ejecutivo/a de la Secretaría de la Niñez y Adolescencia;

h)El Secretario/a Ejecutivo/a de la Función Pública;

i)El Presidente/a del Consejo de Gobernadores;

j)El Presidente/a de la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (OPACI);

k)Un mínimo de siete Organizaciones de la Sociedad Civil de y para las personas con discapacidad, quienes serán elegidas democráticamente por las propias Organizaciones Civiles de y para las personas con Discapacidad, por un periodo de 2 años, pudiendo ser reelectas y que acrediten fehacientemente su labor en este campo. A tal efecto estarán representadas como mínimo mediante una organización, representando a cada uno de los siguientes sectores: Sector de las personas con Discapacidad Visual, de las Personas con Discapacidad Auditiva, de las Personas con Discapacidad Física, de las Personas con Discapacidad Intelectual, de las Personas con Discapacidad Psico-Social, organizaciones de familias de las personas con discapacidad, y sector de organizaciones de y para Personas con Discapacidad que representen al Interior de la República, de conformidad a sus normas internas, y que reúnan los siguientes requisitos:

i)Que tenga personería jurídica con al menos cinco (5) años de antigüedad;

ii)Que este reconocido y habilitado por la SENADIS;

iii)Que tengan como mínimo cinco años de trabajo ininterrumpido en cuestiones relacionadas con el área de los derechos de las personas con discapacidad;

iv)Que, los representantes designados por dichas organizaciones, cuenten con experiencia y trayectoria en sus áreas respectivas y que no sean funcionarios públicos.

l)Otros Ministros o Representantes de Repartición del Estado que sean necesarios para la elaboración de políticas nacionales.

156.La CONADIS formulará políticas nacionales a corto, mediano y largo plazo con la participación de instituciones públicas y privadas, estipulando medidas concretas para su puesta en práctica (art. 5).

157.La CONADIS, reglamentará su funcionamiento, debiendo definir de entre sus miembros en permanentes y no permanentes. Además podrá dentro de sus funciones convocar a Instituciones Privadas para trabajos en conjunto en pro de las Políticas Nacionales (art. 6).

Atribuciones

158.Serán atribuciones de la CONADIS las siguientes (art. 7):

a)Diseñar políticas nacionales y sectoriales inclusivas, así como los lineamientos estratégicos del Plan Nacional de Discapacidad, además de acciones necesarias para las personas con discapacidad, de carácter general, en cualquiera de los ámbitos de actuación pública o privada, de conformidad a las normas y principios reconocidos por las leyes vigentes y tratados internacionales aprobados y ratificados por la República del Paraguay, a fin de que la SENADIS las formule y someta para su aprobación al Presidente de la República;

b)Formular políticas que fomente que los Ministerios, Dependencias, Entes y Organismos de los diferentes órdenes del Estado, trabajen a favor de la inclusión social y económica de las personas con discapacidad en el marco de las políticas nacionales y sectoriales inclusivas;

c)Formular planes de acciones a ser llevados a cabo por la SENADIS y transversalizarlas en el sector público y privado, y que permitan el fortalecimiento de los programas de prevención de discapacidades, atención e inclusión; así como el respeto a los derechos de las personas con discapacidad;

d)Formular las políticas inclusivas para dar cumplimiento a los programas nacionales relacionadas a las personas con discapacidad; así como aquellas que garanticen la equidad e igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en el ejercicio de sus derechos, a fin de que la SENADIS las establezca, transversalice y coordine;

Respuesta al párrafo 36 de la lista de cuestiones

159.Compete a la SENADIS el monitoreo, en coordinación con la CONADIS.

Respuesta al párrafo 37 de la lista de cuestiones

160.Las medidas preguntadas fueron descriptas a lo largo de este informe.

C.Mujeres y niños y niñas con discapacidad (artículos 6 y 7)

Mujeres con discapacidad (artículo 6)

Respuesta al párrafo 38 de la lista de cuestiones

161.Actualmente está en vigencia el III Plan Nacional de Igualdad de oportunidades entre Mujeres y Hombres 2008-2017. El mismo, incorpora como ejes transversales de prioridad el enfoque de derecho, la reducción de la pobreza, el ciclo de vida, las especificidades del área rural, la etnicidad, la discapacidad y la necesidad de adoptar medidas especiales que contribuyan a la igualdad real. El III Plan Nacional de Igualdad de oportunidades entre Mujeres y Hombres 2008 – 2017 se distribuye en ámbitos y se señalan a continuación los ámbitos que en forma específica incluyen acciones dirigidas a las personas con discapacidad, haciendo énfasis que la protección de estos derechos es transversal en todos los programas y planificaciones del Ministerio de la Mujer:

a)Ámbito II Una Cultura de Igualdad, entre sus lineamientos se establece: el Fomento a iniciativas que lleven al reconocimiento y estimulen el aporte de los/as adultas/ os mayores y personas con discapacidad en las familias y en la sociedad, desde una perspectiva de género;

b)Ámbito III de Acceso a los Recursos Económicos y al Trabajo entre sus líneas de Acción, se encuentra: la Elaboración de la propuesta de inclusión laboral para personas con discapacidad e indígenas;

c)Ámbito IV Equidad en la Educación, figuran la Sensibilización a la comunidad educativa, en especial a los grupos vulnerables, sectores rurales y personas que viven en situación de discapacidad, acerca de la importancia de la permanencia en la educación de niños y niñas, la igualdad entre los sexos y la distribución equitativa de responsabilidades en el hogar, así como en las diversas actividades económicas y sociales y la Implementación de programas educativos para reducir el analfabetismo atendiendo a las necesidades particulares de la edad, área de residencia urbana/rural), idioma hablado, etnia y discapacidad.

d)Ámbito VI Una vida libre de Violencia, como lineamiento para la difusión en el combate contra la violencia, se establece la Distribución permanente de materiales de difusión sobre el procedimiento de presentación de denuncias por violencia doméstica y la trata de personas, dirigidos especialmente a mujeres rurales, indígenas y con discapacidad, y en especial las que se encuentran en situación de pobreza.

162.El Artículo 123 del Código Penal Paraguayo, tipifica el Tratamiento médico sin consentimiento, disponiendo que quien proporcionara a otra persona un tratamiento médico sin su consentimiento, será castigado con pena de multa.

Niños y niñas con discapacidad (artículo 7)

Respuesta al párrafo 39 de la lista de cuestiones

163.El Estado aborda la temática en el marco del Plan Nacional de Desarrollo Integral de la Primera Infancia (2011/2021) que cuenta con un área estratégica con su respectiva línea y objetivo específico.

Eje 2 Inclusión social

Área estratégica: Inclusión socioeducativa para la primera infancia que experimenta barreras para el aprendizaje y la participación.

Línea estratégica: prevención y detección de la discapacidad desde la gestación y los primeros años de vida.

Objetivo específico: Prevenir y detectar la discapacidad desde el embarazo y los primeros años de vida.

Acciones:

Desarrollo de programas de detección precoz y asistencia oportuna de discapacidades y otras barreras para el aprendizaje y la participación (trastornos genéticos, neurológicos, visuales, auditivos, intelectuales, motrices, múltiples) en niños y niñas durante su gestación y primeros años de vida.

Desarrollo de medidas de prevención de discapacidades y otras barreras para el aprendizaje y la

participación, en niños y niñas durante su gestación y primeros años de vida.

Desarrollo de medidas para la derivación y seguimiento de los casos de niños, niñas con necesidades especiales, desde los servicios locales, con la participación de sus familias.

Implementación de estrategias de difusión en los medios masivos de comunicación y en los diferentes servicios sobre los cuidados en el embarazo y en los tres primeros años de vida para prevenir la discapacidad y otras barreras de aprendizaje y participación.

Habilitación y mejoramiento de servicios especializados en el área de discapacidad.

Objetivos específicos

Promover, ejecutar y evaluar estrategias de atención integral a niños y niñas de 0 a 8 años que presentan barreras para el aprendizaje y la participación.

Promover y propiciar la inclusión de niños y niñas que presentan barreras para el aprendizaje y la participación, mejorando la accesibilidad de los servicios.

Acciones

Implementación de estrategias para la detección oportuna de discapacidades, trastornos genéticos, neurológicos, específicos del aprendizaje y del lenguaje y sobre dotación.

Instalación de mecanismos de derivación de casos detectados.

Instalación y fortalecimiento de servicios existentes de atención integral a la primera infancia con discapacidad en centros de salud, centros educativos, u otros espacios de la comunidad (servicios de atención temprana, escuelas especiales, estrategias inclusivas y socializadoras, entre otros).

Ampliación y fortalecimiento de aulas de apoyo y centros de apoyo a la inclusión, para el aprendizaje en el nivel inicial y el primer ciclo de la educación escolar básica, para la atención integral a niños y niñas que presentan barreras para el aprendizaje y la participación.

Ampliación y fortalecimiento de las aulas inclusivas en los centros educativos del sistema regular.

Implementación de programas deportivos y culturales, para la primera infancia con discapacidad.

Implementación de programas de subsidio y seguimiento para las familias con hijos e hijas de 0a 8 años con discapacidad.

Elaboración e implementación de un manual de procedimientos para el tratamiento de los niños y niñas de primera infancia con discapacidad incluidos en el sistema educativo.

Mejoramiento de las condiciones de infraestructura, equipamiento y materiales didácticos de apoyo de los servicios de atención a los niños y niñas que presentan barreras para el aprendizaje y la participación, en zonas urbanas y rurales.

Implementación de procedimientos pedagógicos y administrativos para la inclusión socioeducativa de los niños y niñas que presentan barreras para el aprendizaje y la participación.

Área Estratégica

Inclusión socioeducativa para la primera infancia que presenta barreras para el aprendizaje y la participación.

Línea Estratégica

Formación de los recursos humanos para la atención integral a niños y niñas de primera infancia que presenta barreras para el aprendizaje y la participación.

Objetivo específico

Mejorar la formación de los profesionales que atienden a niños y niñas de 0 a 8 años que presentan barreras para el aprendizaje y la participación.

Acciones

Mejoramiento del Curriculum de la formación de recursos humanos para la atención de la primera infancia que presenta barreras para el aprendizaje y la participación (discapacidades, trastornos genéticos, neurológicos, específicos del aprendizaje y del lenguaje y sobre dotación).

Implementación de programas de formación y actualización a profesionales encargados de la atención a niños y niñas de primera infancia que presentan barreras para el aprendizaje y la participación, con enfoque inclusivo.

Desarrollo de investigaciones artículos, narrativas y sistematizaciones sobre experiencias de abordaje de la primera infancia que presenta barreras para el aprendizaje y la participación, desde las instituciones formadoras de recursos humanos u otras organizaciones de la sociedad civil.

Creación de un fondo de subsidio para financiar las estrategias de atención de organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro hacia la primera infancia en las diversas situaciones mencionadas.

164.En el mes de diciembre de 2011 se ha conseguido la aprobación del préstamo BID para implementación del programa DIT de Desarrollo Infantil Temprano que abordará los ejes relacionados a la detección temprana de los trastornos del desarrollo, con una cobertura en 10 Departamentos y 41 Distritos, con una duración de 5 años. El organismo responsable de su administración será la DIRSINA del MSP y BS.