Año

Población total

Alaotra Mangoro

999 894

Amoron'i Mania

696 080

Analamanga

3 260 060

Analanjirofo

1 007 703

Androy

714 486

Anosy

654 004

Atsimo Andrefana

1 281 865

Atsimo Atsinanana

874 888

Atsinanana

1 237 010

Betsiboka

285 744

Boeny

778 485

Bongolava

445 249

Diana

681 472

Haute Matsiatra

1 167 408

Ihorombe

304 032

Itasy

713 416

Melaky

281 921

Menabe

576 423

Sava

954 818

Sofia

1 213 994

Vakinankaratra

1 755 524

Vatovavy Fitovinany

1 378 926

Madagascar

21 263 403

Fuente: INSTAT/ DSE

La población malgache se caracteriza por una fecundidad elevada, aunque con regularidad se ha registrado una tendencia a la baja. El promedio de hijos nacidos vivos por mujer al final de su edad fértil o tasa global de fecundidad descendió de 5,2 en el período 2003-2004 a 4,8 en el período 2008-2009. Del mismo modo, la mortalidad infantil y la mortalidad de niños menores de 5 años descendieron 10 y 22 puntos respectivamente entre el período 2003-2004 y el período 2008-2009, gracias a la aplicación de un paquete de medidas de mejora de la salud maternoinfantil.

Cuadro 2

Tendenciade la fecundidad y de la mortalidad infantil y de niños menores de 5 años

Períodos

Tasa global de fecundidad

Mortalidad infantil

(Por cada 1.000 nacidos vivos)

Mortalidad de niños menores de 5 años

(Por cada 1.000 nacidos vivos)

2003-2004

5,2

58

94

2008-2009

4,8

48

72

Fuente: INSTAT/ Encuesta demográfica y de salud de Madagascar 2003-2004 y 2008-2009

Sin embargo, la esperanza de vida al nacer era de 56,2 años en 2008.

La composición demográfica relativa a la población de no ciudadanos se presenta en los cuadros que figuran en el anexo.

II.Información sobre aspectos políticos

1. La crisis

Desde finales de 2008, Madagascar tuvo que hacer frente a una grave crisis sociopolítica que duró más de cuatro años.

El 17 de marzo de 2009, un movimiento popular de protesta contra el régimen vigente llevó a la dimisión del entonces Presidente de la República, Marc RAVALOMANANA.

Mediante la Orden núm. 2009-001 de 17 de marzo de 2009, Marc RAVALOMANANA transfirió todos los poderes a una junta militar que, a su vez, los transfirió, mediante la Orden núm. 2009-002 de 17 de marzo de 2009, a Andry Nirina RAJOELINA.

La Orden núm. 2009-003 de 17 de marzo de 2009 instituyó una Alta Autoridad de Transición y disolvió el Parlamento.

Mediante la carta núm. 79-HCC/G de 18 de marzo de 2009, el Alto Tribunal Constitucional:

•Tomó nota de dichas Órdenes y validó la disolución del Parlamento;

•Declaró vacante el cargo de Presidente de la República;

•Ratificó el traspaso de poderes y el nombramiento de Andry Nirina RAJOELINA como Presidente de la Alta Autoridad de Transición con funciones de Jefe de Estado, así como el nombramiento de MONJA Roindefo Zafitsimivalo como Primer Ministro del Gobierno de la Alta Autoridad de Transición.

2. El proceso de superación de la crisis

A pesar de la mencionada crisis, en Madagascar no se han registrado enfrentamientos entre clanes, tribus, etnias o razas.

Se han emprendido varias iniciativas encaminadas a superar la crisis tanto a nivel nacional como internacional.

A nivel nacional, se llevaron a cabo mediaciones en el Hotel Le Hintsy, el Hotel Carlton, la sede del Episcopado de Antanimena y la Embajada del Senegal, bajo los auspicios del Consejo Ecuménico de Iglesias Cristianas de Madagascar (FFKM por sus siglas originales) y con el mandato de la comunidad internacional.

A nivel internacional, se concertaron los siguientes acuerdos para la superación de la crisis, bajo los auspicios de la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo (SADC), la Unión Africana, el Grupo de Contacto Internacional y las Naciones Unidas:

•Firma del Acuerdo de Maputo (Mozambique) por parte de Didier RATSIRAKA, Marc RAVALOMANANA y Albert ZAFY, ex-Presidentes electos, y Andry Nirina RAJOELINA, Presidente de la Alta Autoridad de Transición, el 9 de agosto de 2009, bajo los auspicios de la SADC;

•Firma del Acta Adicional de Addis Abeba el 6 de noviembre de 2009.

En estos acuerdos, se convino lo siguiente:

•El nombramiento de Andry Nirina RAJOELINA como Presidente de la Transición;

•El nombramiento de Fetison Rakoto ANDRIANIRINA, perteneciente al bloque de RAVALOMANANA, y Emmanuel RAKOTOVAHINY, del bloque de Albert ZAFY, como Copresidentes;

•El nombramiento de Eugène Régis MANGALAZA, del bloque de RATSIRAKA, como Primer Ministro por consenso. El relevo de este último por parte de Camille Albert VITAL, debido a la imposibilidad de aquel para constituir su Gobierno.

Tras el fracaso de los citados acuerdos, diez entidades políticas, entre ellas, el bloque de RAVALOMANANA y el de Albert ZAFY, firmaron la Hoja de Ruta para la Superación de la Crisis bajo los auspicios de la SADC y en presencia de representantes de la comunidad internacional. Dicho documento no contó con la firma del bloque del ex-Presidente Didier RATSIRAKA.

La Ley núm. 2011-014, de 28 de diciembre de 2011, incorporó dicha Hoja de Ruta al marco jurídico nacional y describió las distintas instituciones de la Transición.

3. Las instituciones de la Transición contempladas en la Hoja de Ruta

Poder ejecutivo

De conformidad con la Hoja de Ruta, se establecieron las siguientes disposiciones:

•Andry Nirina RAJOELINA queda nombrado Presidente de la Transición y ejercerá funciones de Jefe de Estado.

•Jean Omer BERIZIKY, en calidad de Primer Ministro nombrado por consenso, dirigirá el Gobierno de Unión Nacional. El nombramiento de este último fue efectuado por el Presidente de la Transición a partir de una lista de personalidades propuestas por las entidades política signatarias de la Hoja de Ruta.

•De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Hoja de Ruta, el titular de dicho cargo no es originario de la misma provincia que el Presidente de la Transición ni pertenece a la plataforma política que lo apoya.

•Los miembros del Gobierno de Unión Nacional han sido nombrados por el Presidente de la Transición a propuesta del Primer Ministro por consenso a partir de una lista de personalidades políticas propuesta por los agentes políticos signatarios de la Hoja de Ruta.

El nombramiento de los miembros del Gobierno se efectuó teniendo en cuenta un reparto justo y equitativo de las diversas carteras.

Parlamento

El Consejo Superior de la Transición y el Congreso de la Transición constituyen el Parlamento de la Transición.

El Consejo Superior de la Transición (CST) está presidido por el General Dolin RASOLOSOA, perteneciente al bloque de RAJOELINA. Dicho órgano está compuesto por 90 miembros y desempeña la función correspondiente al Senado.

El Congreso de la Transición (CT), presidido por Mamy RAKOTOARIVELO, perteneciente al bloque de RAVALOMANANA, está integrado por 250 miembros. Dicho Congreso asume la función correspondiente a la Asamblea Nacional.

Los miembros de estas dos cámaras forman parte de los agentes políticos malgaches signatarios de la Hoja de Ruta y son nombrados por el Presidente de la Transición.

Instituciones electorales

Con vistas a la celebración de elecciones justas, libres, transparentes, creíbles y universalmente aceptadas, se creó una Comisión Electoral Nacional Independiente de la Transición y un Tribunal Electoral Especial.

Comisión Electoral Nacional Independiente de la Transición (CENIT)

La CENIT, creada mediante la Ley núm. 2012-004 de 1 de febrero de 2012, es un órgano de gestión electoral (OGE).

Su cometido abarca las siguientes tareas:

•Organizar y supervisar el proceso electoral;

•Procesar y publicar los resultados provisionales del escrutinio de las votaciones durante la transición.

La CENIT está compuesta por 24 miembros que obedecen al siguiente reparto por categorías:

•Categoría A: el Presidente de la Comisión Electoral Nacional Independiente, elegido según las modalidades y los criterios definidos en la Ley núm. 2012-004, mediante la que se establece la organización, el funcionamiento y las competencias de la Comisión Electoral Nacional Independiente de la Transición.

•Categoría B: diez miembros representantes de las entidades de la sociedad civil, entre ellos:

a)Tres pertenecientes a organizaciones que trabajan en el ámbito de la observación electoral;

b)Uno perteneciente a organizaciones que trabajan en favor de la educación de los ciudadanos;

c)Uno perteneciente a asociaciones de defensa de los derechos humanos;

d)Uno perteneciente al Colegio de Periodistas y elegido por sus colegas de profesión;

e)Uno perteneciente al Cuerpo de Administradores Civiles y elegido por sus colegas de profesión en asamblea general convocada y dirigida por el decano;

g)Uno perteneciente al Colegio de Abogados y elegido por sus colegas de profesión;

h)Un Profesor Titular de Derecho de una universidad pública designado por el decano de la Facultad de Derecho de dicha universidad;

i)Un miembro de la Magistratura de Madagascar, elegido por sus colegas de profesión en asamblea general convocada y dirigida por el decano de los miembros de mayor rango.

•Categoría C: dos miembros de la Administración, entre ellos:

a)Un cargo directivo de la administración del territorio en representación del Ministerio del Interior;

b)Un cargo directivo del Ministerio de Descentralización.

•Categoría D: un representante de cada uno de los 11 partidos o agrupaciones políticas signatarios de la Hoja de Ruta.

La CENIT actúa como garante moral de la veracidad del escrutinio de la votación y de la autenticidad del voto.

En aras de la transparencia y la credibilidad de las elecciones, se ha capacitado a las organizaciones de la sociedad civil y a los partidos políticos para observar y supervisar el proceso electoral.

Para cumplir su cometido, la CENIT se vale del apoyo técnico y financiero del Gobierno y de la comunidad internacional prestado a través del Proyecto de Apoyo al Ciclo Electoral en Madagascar (PACEM), gestionado por el PNUD.

Tribunal Electoral Especial (TEE)

El Tribunal Electoral Especial, integrado en el Alto Tribunal Constitucional, fue instituido mediante la Ley núm. 2013-008 de 1 de agosto de 2013.

El Tribunal Electoral Especial se encarga de la recepción y validación de las candidaturas, la resolución de los contenciosos electorales y la proclamación de los resultados definitivos de las elecciones presidenciales y legislativas.

Mediante la Sentencia núm. 01-CES/AR de 22 de noviembre de 2013 relativa a la proclamación del resultado definitivo de la primera vuelta de las elecciones presidenciales de 25 de octubre de 2013, se autoriza a presentarse a la segunda vuelta del escrutinio a los candidatos Jean Louis ROBINSON, con 949.987 votos (21,16%) y Hery RAJAONARIMAMPIANINA, con 711.534 votos (15,85%).

La segunda vuelta de las elecciones presidenciales, celebrada de manera conjunta con la convocatoria de las elecciones legislativas, tuvo lugar el 20 de diciembre de 2013.

Instituciones para la instauración de un clima de pacificación

Con objeto de instaurar un clima de pacificación, se creó una Comisión Especial adscrita al Tribunal Supremo y un Consejo para la Reconciliación Malgache (Filankevitry ny Fampihavanana Malagasy).

Comisión Especial adscrita al Tribunal Supremo

Esta Comisión Especial, creada mediante la Orden núm. 2012-004 de 9 de octubre de 2012, se encarga de las siguientes tareas:

•Dictar la amnistía general de pleno derecho en relación con los hechos y las penas que se contemplan en las disposiciones de los artículos 2 y 3 de la Ley núm. 2012-007, de 3 de mayo de 2012, relativa a la amnistía para la reconciliación nacional;

•Pronunciarse sobre las solicitudes de amnistía presentadas por las personas procesadas que no hayan sido objeto de las medidas dictadas por la Ley núm. 2012-007, de 3 de mayo de 2012, relativa a la amnistía para la reconciliación nacional, una vez que hayan sido instruidas por el Filankevitry ny Fampihavanana Malagasy o Consejo para la Reconciliación Malgache;

•Notificar a los interesados la resolución que declara la amnistía;

•Elaborar y publicar la lista de beneficiarios en la sede del Tribunal Supremo y en el Boletín Oficinal de la República.

La Comisión Especial está integrada por 6 magistrados de primer grado que ejercen su actividad en la sede del Tribunal Supremo, 4 titulares y 2 suplentes, además de 1 magistrado de primer grado, que ejerce su actividad en la Fiscalía General del Tribunal Supremo, y 1 suplente, todos ellos elegidos por sus colegas de profesión en asamblea general del Tribunal Supremo.

Consejo para la Reconciliación Malgache (CRM) o Filankevitry ny Fampihavanana Malagasy (FFM)

El Consejo para la Reconciliación Malgache se instituyó mediante la Ley núm. 2012-010, de 9 de mayo de 2012, relativa a la creación, la misión, las competencias, la composición y las modalidades de funcionamiento del Filankevitry ny Fampihavanana Malagasy (FFM) o Consejo para la Reconciliación Malgache (CRM).

Dentro de su cometido, el Consejo para la Reconciliación Malgache se encarga de las siguientes tareas:

•El establecimiento de las modalidades de indemnización para todas las víctimas de los acontecimientos políticos ocurridos entre 2002 y la fecha de firma de la Hoja de Ruta;

•La erradicación y la prevención de crisis políticas cíclicas;

•El establecimiento de unas bases sólidas para el futuro y el desarrollo económico de la nación;

•La consolidación de la paz social, la unidad y la cohesión entre todos los componentes de la nación para permitir un desarrollo armonioso y equilibrado en todo el territorio nacional que tenga en cuenta los valores culturales y el respeto mutuo.

4. Las medidas adoptadas para aplicar la Hoja de Ruta

Para aplicar la Hoja de Ruta, se adoptaron las siguientes disposiciones legislativas y reglamentarias:

•La Ley núm. 2011-014, de 28 de diciembre de 2011, relativa a la incorporación de la Hoja de Ruta al marco jurídico nacional;

•La Ley núm. 2011-012, de 18 de agosto de 2011, relativa a los partidos políticos;

•La Ley núm. 2012-004, de 1 de febrero de 2012, relativa a la creación de la CENIT;

•La Ley Orgánica núm. 2012-005, de 22 de marzo de 2012, relativa al Código Electoral;

•La Ley núm. 2012-007, de 3 de mayo de 2012, relativa a la amnistía para la reconciliación nacional;

•La Ley núm. 2012-010, de 9 de mayo de 2012, relativa a la creación, la misión, las competencias, la composición y las modalidades de funcionamiento del Filankevitry ny Fampihavanana Malagasy (FFM) o Consejo para la Reconciliación Malgache (CRM).

•El Decreto núm. 2012-568, de 23 de mayo de 2012, relativo a la creación, la misión, la composición, la organización y el funcionamiento del Comité de Seguimiento y Control de la Aplicación de la Hoja de Ruta;

•La Ley núm. 2012-006, de 30 de julio de 2012, relativa al código ético y de buena conducta de los agentes políticos durante la Transición;

•La Ley Orgánica núm. 2012-015, de 1 de agosto de 2012, relativa a la elección del primer Presidente de la Cuarta República;

•La Ley Orgánica núm. 2012-016, de 1 de agosto de 2012, relativa a las primeras elecciones legislativas de la Cuarta República.

III.Cambios en la Constitución

El 11 de diciembre de 2010 se aprobó una nueva Constitución. Esta nueva Constitución de la Cuarta República consagra el principio de igualdad y no discriminación por razón de sexo, nivel educativo, patrimonio, origen, creencias religiosas u opinión.

Asimismo, otorga carácter constitucional a la prohibición de la tortura y los malos tratos.

Además, incorpora las disposiciones de los siguientes instrumentos:

•La Carta Internacional de Derechos Humanos;

•Las convenciones relativas a los derechos del niño, los derechos de la mujer, la protección del medio ambiente y los derechos sociales, económicos, políticos, civiles y culturales.

Por otra parte, además de las regiones y municipios que constituyen las entidades territoriales, dicha Constitución volvió a instaurar las provincias.

IV.Información sobre aspectos económicos y sociales

1. Ámbito económico

La variación del PIB y la inflación está condicionada por la situación política por la que ha atravesado el país desde 2008 hasta la actualidad:

•En 2008, Madagascar entró en la fase de aceleración y mejora del proceso de coordinación de su desarrollo económico, y la tasa de crecimiento alcanzó un 7,1%.

•Sin embargo, la crisis política que comenzó a finales de 2008 paralizó la economía nacional, debido a las siguientes causas:

a)El cierre de numerosas empresas francas, debido a que el país no cumplía los requisitos contemplados en la Ley sobre Crecimiento y Oportunidad en África, lo que aumentó la tasa de desempleo;

b)La congelación de la financiación y las ayudas presupuestarias externas;

c)El descenso de los ingresos presupuestarios del Estado;

d)La insuficiencia de la demanda mundial derivada de la disminución de los ingresos y del poder adquisitivo de las familias;

e)El efecto de la recesión económica mundial;

f)Los efectos negativos de los ciclones que se produjeron entre 2004 y 2013 (Hubert, Bingiza y Haruna) y de las plagas de langostas registradas entre 2010 y 2013.

•En 2011, la economía nacional experimentó una recuperación que continuó en 2012. En comparación con 2011, este año estuvo marcado por un ligero aumento de la tasa de crecimiento económico, que alcanzó un 3,1%, frente al 1,3% de 2011, así como por una disminución de la tasa de inflación, cuyo promedio del período llegó a situarse en el 5,8%, frente al 9,5% de 2011.

•El porcentaje de población que vivía por debajo del umbral de la pobreza alcanzó el 76,5% en 2010, frente al 68,7% de 2005.

El índice de desarrollo humano (IDH) retrocedió de 0,571 en 2008 a 0,481 en 2010 y 0,480 en 2011, lo que relegó nuevamente a Madagascar a la categoría de países con un bajo desarrollo humano.

Los desembolsos de asistencia oficial para el desarrollo (AOD) disminuyeron sin cesar: su importe, situado en 700 millones de dólares de los Estados Unidos en 2008, descendió a 470,3 millones en 2010 y, posteriormente, a 405,6 millones en 2011. Así pues, la tasa bruta de inversión se redujo del 40,3% del PIB en 2008 al 18,8% en 2010 y al 14,5% en 2011.

En cuanto al clima de inversión, Madagascar se encuentra entre los países que acometieron reformas en el ámbito de la facilitación de operaciones comerciales en 2011. En la clasificación elaborada en 2012 en función del indicador “Doing business 2011”, que constaba de 183 países, Madagascar había logrado subir del puesto 144 al puesto 137.0

Sin embargo, cabe señalar que las limitaciones persisten, en particular en materia de concesión de permisos de construcción, conexión a la electricidad, transferencia de la propiedad y obtención de préstamos.

En materia de infraestructuras se constatan los siguientes hechos:

•Deterioro de las infraestructurales viales debido a la reducción del gasto en financiación interna y la falta de financiación externa;

•Disminución de la tasa de acceso al agua potable a nivel nacional, que pasó del 44% al 39% durante el período 2008-2012;

•Tendencia decreciente de la tasa de utilización de letrinas entre la población a nivel nacional, que se redujo del 51% al 46% durante el período 2007-2011.

La producción de arroz se redujo de 5.932.550 toneladas en 2010 a 5.886.100 en 2011, frente a la cifra de 6.295.564 toneladas registrada en 2009, a causa de los fenómenos climáticos y las catástrofes naturales.

Cuadro 3

Evolución del producto interno bruto (PIB) nominal y real y de la tasa de inflación

Año

PIB nominal

(en miles de millones de ariary)

PIB real

(en miles de millones de ariary)

Crecimiento

(%)

Inflación

(%)

2012

21 989

627

3,1

5,8

2011

20 088

609

1,3

9,5

2010

18 273

601

-1,1

9,2

2009

16 797

607

-2,6

9,0

2008

16.081

624

7,1

9,2

Fuente: INSTAT/ DSE

2. Ámbito social

Salud

El Estado cuenta con una Política Nacional de Salud Comunitaria y una Política Nacional de Atención Integral Médica y Psicológica de las Personas que Viven con el VIH/SIDA en Madagascar.

Además, se está elaborando una Política Nacional de Protección Social.

La atención sanitaria básica es dispensada por los centros de atención primaria de nivel 1, atendidos por paramédicos en los fokontany, y los centros de atención primaria de nivel 2, atendidos por médicos en las cabeceras municipales. El acceso de la población a la atención sanitaria básica ha mejorado, por un lado, por la contratación de médicos y paramédicos funcionarios. Por otro lado, se han contratado paramédicos interinos con el apoyo del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el UNFPA.

El siguiente cuadro pone de manifiesto la situación de los centros de atención primaria de la salud cerrados y reabiertos.

Cuadro 4

Tendencia de operatividad de los centros de atención primaria de la salud

Año

Tipos de centros de atención primaria/Total

Núm. total de centros de atención primaria

Centros de atención primaria operativos

Centros de atención primaria no operativos

Causas de la no operatividad

Centros de atención primaria reabiertos

2009

Centros de atención primaria de nivel 1

875

795

80

Centros de atención primaria de nivel 2

1 561

1 516

45

Conj. 2009

2 436

2 311

125

15 82 6 22

ND

2010

Centros de atención primaria de nivel 1

862

734

128

Centros de atención primaria de nivel 2

1 596

1 510

86

32 128 54

9

Conj. 2010

2 458

2 244

214

16

2011

Centros de atención primaria de nivel 1

884

828

56

11 45

105

Centros de atención primaria de nivel 2

1 601

1 584

17

6 11

80

Conj. 2011

2 485

2 412

73

11 56

185

2012

Centros de atención primaria de nivel 1

935

796

139

11

Centros de atención primaria de nivel 2

1 609

1 561

48

59 121 7

38

Conj. 2012

2 544

2 357

187

49

Fuente: Ministerio de Salud Pública

Educación

La tasa neta de escolarización en primaria se ha reducido de un 83,3% en 2005 a un 73,4% en 2010.

La tasa de alfabetización ha registrado un descenso del 77% en 2009 al 71,4% en 2011.

Seguridad y sobrepoblación carcelaria

En el ámbito judicial y penitenciario, la tasa de criminalidad ha experimentado un aumento, desde la cifra de 1,22 infracciones por cada 1.000 habitantes en 2010 a la de 1,39 en 2011. Así pues, persiste la sobrepoblación carcelaria, con más de 19.000 reclusos internos en los 82 establecimientos penitenciarios existentes, cuya capacidad total asciende a 15.000.

No obstante, esta situación no afecta a las reclusas.

Con el fin de remediar esta situación, el Ministerio de Justicia organizó, con el apoyo del PNUD y el ACNUDH, una visita de investigación de la aplicación de las buenas prácticas ruandesas en materia de lucha contra la sobrepoblación carcelaria. Dicho país logró disminuir en 17 años el número de reclusos de 150.000 a 56.000 a través de una política de rehabilitación de estos.

La experiencia adquirida a raíz de esta visita se aprovechará para mejorar el sistema penitenciario con el fin de afrontar la sobrepoblación carcelaria y mejorar las condiciones de vida en las prisiones, incluidas las de las mujeres.

Segunda parte

Aplicación de los artículos 1 a 16 de la Convención

Aplicación del artículo 1 de la Convención: definición de la discriminación contra la mujer

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo núm. 11)

“El Comité recomienda que el Estado parte incorpore en su Constitución o en otra legislación apropiada una definición de discriminación contra las mujeres que abarque tanto la discriminación directa como indirecta, de conformidad con el artículo 1 de la Convención. Recomienda además que el Estado parte garantice que la definición de discriminación indirecta abarque la discriminación basada en el sexo así como otras formas de discriminación de que pueden ser víctimas las mujeres. El Comité pide al Estado parte que tome medidas adicionales para garantizar que la Convención se conozca y aplique suficientemente en el Estado parte como marco para todas las leyes y políticas sobre igualdad de género y adelanto de la mujer. El Comité también pide al Estado parte que tome medidas adicionales para difundir información acerca de la Convención y las recomendaciones generales del Comité, así como para aplicar programas de capacitación para fiscales, magistrados, abogados y funcionarios del sistema de justicia consuetudinaria sobre la Convención y su aplicación. El Comité recomienda que se organicen en forma sostenida campañas de concienciación y difusión de conocimientos jurídicos básicos dirigidas a las mujeres, incluidas las mujeres de las zonas rurales y organizaciones no gubernamentales que trabajen en cuestiones relacionadas con la mujer, para empoderar a las mujeres y alentarlas a utilizar los procedimientos y recursos disponibles en relación con las violaciones de sus derechos”.

Aun a falta de una revisión constitucional y legislativa que defina la discriminación de conformidad con el párrafo 11 de las observaciones finales del Comité, las leyes vigentes tienen en cuenta la no discriminación de la mujer en relación con el reconocimiento y disfrute de sus derechos civiles y políticos y el acceso a los derechos a la salud, la educación y el empleo.

Las lagunas constatadas por el Comité en su recomendación serán objeto de una reforma legislativa tras la constitución del Parlamento de la Cuarta República.

El Plan de Acción Nacional de Género y Desarrollo (PANAGED), que se mencionó en el anterior informe, ha sido sometido a evaluación. Se han establecido recomendaciones con vistas a su prórroga en el futuro.

En 2010, el Ministerio de Educación Nacional, con el apoyo del PNUD y por medio de la Oficina de Educación de Masas y Civismo, tradujo al malgache la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y difundió el texto entre los alumnos de los colegios de enseñanza general y los institutos. Además, la Convención se ha integrado en los nuevos planes de estudios de educación cívica.

En el marco de las campañas de sensibilización para dar a conocer la Convención, el Ministerio de Justicia, con el apoyo del PNUD, realizó una producción cinematográfica con carácter educativo sobre la prohibición de la violencia y la violencia doméstica contra la mujer, a través de las películas Aina y Fandrika. Estas películas se emitieron en todos los canales de televisión los días 8 de marzo y 10 de diciembre entre 2010 y 2012.

En 2012, con el apoyo del PNUD y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se editaron 2.000 ejemplares de un manual de formación en derechos humanos, en el que se incluía el tema de la lucha para eliminar la discriminación contra la mujer, y se distribuyeron entre los formadores en derechos humanos de las grandes escuelas profesionales de la magistratura, la policía, la gendarmería, el ejército y la administración penitenciaria.

Por otro lado, en los meses de febrero y mayo de 2013, se organizaron en Toamasina, Antsirabe y Fort Dauphin, con el apoyo del PNUD y el ACNUDH, sesiones de formación sobre la prohibición de la discriminación contra la mujer dirigidas a personal encargado de hacer cumplir la ley, entre ellos, magistrados, agentes de la policía judicial, responsables penitenciarios y militares.

Desde 2008, pueden acceder a dichas sesiones de formación los miembros de los consultorios jurídicos, los miembros del Centro de Atención y Asesoramiento Jurídico (CECJ, por sus siglas originales) y las asociaciones de mujeres de Mananjary, Farafangana, Manakara, Fort Dauphin, Toliara, Andohatapenaka, Ihosy, Ambalavao y Sakaraha.

Con el apoyo del PNUD, el Ministerio de Justicia ha establecido mecanismos de seguimiento del acceso a la justicia y la violencia sexual y por razón de género en tres ciudades de Madagascar: Antananarivo, Diego y Toliara. Desde mayo de 2012, el material informático destinado a las oficinas de seguimiento de la violencia sexual y por razón de género se enviaron a todas las partes interesadas, entre ellas los municipios, distritos, el Ministerio de Población, los tribunales de primera instancia y apelación de estas tres localidades y el Ministerio de Justicia.

Los responsables de los mecanismos de seguimiento en las tres regiones piloto recibieron formación sobre la utilización del programa informático en 2012.

El objetivo es disponer de mecanismos de recopilación de datos fiables, incluidos los relacionados con todas las formas de discriminación contra la mujer, con el fin de realizar un análisis útil para la elaboración de una política nacional de promoción y protección de los derechos humanos y, en particular, de los derechos de la mujer y el niño.

Aplicación de los artículos 2 y 5: eliminación de la discriminación contra la mujer

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo núm. 17)

“El Comité pide al Estado parte que considere su cultura como un aspecto dinámico de la vida del país y la trama social y, por tanto, susceptible de cambio. El Comité insta al Estado parte a que establezca sin demora una estrategia general, que incluya legislación, para modificar o eliminar prácticas culturales y estereotipos que discriminan contra la mujer, de conformidad con el apartado f) del artículo 2 y el apartado a) del artículo 5 de la Convención. Esas medidas deben incluir esfuerzos de sensibilización, en colaboración con la sociedad civil, dirigidos a las mujeres y los hombres en todos los sectores de la sociedad, incluidos líderes tradicionales. El Comité insta al Estado parte a que tome medidas más enérgicas en relación con las costumbres y prácticas culturales tradicionales nocivas, como la práctica del “moletry” (matrimonio forzado) en la región noroccidental y la costumbre que existe en Mananjary de abandonar a los mellizos en el momento de nacer. El Comité alienta al Estado parte a aplicar medidas efectivas e innovadoras para mejorar la comprensión de la igualdad de las mujeres y los hombres y trabajar con los medios de información para que ayuden a transmitir una imagen positiva y no estereotipada de las mujeres”.

Puesto que estos dos artículos se abordaron en la misma recomendación, se ha considerado útil agruparlos.

Para poner en práctica estas recomendaciones que preconizan la reforma legislativa y la lucha contra los prejuicios vinculados a la idea de inferioridad de la mujer con respecto al hombre, se han establecido medidas legislativas y reglamentarias que se hicieron constar en el anterior informe.

Pese a la entrada en vigor de la nueva ley por la que se deroga la ley en materia de acceso a la herencia de tierras de carácter discriminatorio, en la práctica, en algunas regiones meridionales y sudorientales, las mujeres no se atreven a reivindicar sus derechos por miedo a ser rechazadas por la familia y la comunidad en su conjunto, debido a la costumbre, que se considera inmutable.

1. Lucha contra la inferioridad de la mujer con respecto al hombre

La costumbre que considera a la mujer inferior al hombre persiste y se acentúa mucho más en las zonas rurales. Como consecuencia, se priva a las mujeres de los siguientes derechos:

•Derecho a ejercer, en igualdad de condiciones que los hombres, la patria potestad, pese a las disposiciones de los artículos 15 y 16 de la Ley 2007-023;

•Derecho a hacer uso de la palabra en público;

•Derecho a participar en la gestión de los asuntos públicos por vía de elección o nombramiento para ocupar puestos de responsabilidad;

•Derecho a acceder al crédito en aras de lograr su autonomía económica.

Con el apoyo del PNUD y en el marco de la aplicación del programa “Aumento de la Participación de la Mujer” en el ámbito de las decisiones comunitarias, a través de la mejora del ejercicio de sus derechos civiles y económicos, se adoptaron medidas, en las regiones sudorientales y sudoccidentales entre junio de 2011 y julio de 2013, para permitir a las mujeres hacer uso de la palabra en público y participar en la gestión de los asuntos comunitarios.

Al término de la ejecución de este programa, diversas mujeres y agrupaciones de mujeres pudieron participar en el proceso de toma de decisiones a nivel comunitario.

Cuadro 5

Porcentaje de participación de la mujer en las asambleas de los fokontany

Zonas de intervención (distritos)

Núm. de agrupaciones destinatarias del proyecto

Núm. de miembros de las agrupaciones

Núm. de mujeres mayores de 18 años en los “fokontany”

Núm. de miembros que participan en las asambleas generales de los “fokontany”

Porcentaje

Farafangana

80

2 320

3 094

2 042

88

Manakara

58

1 348

1 925

1 117

82,8

Mananjary

56

1 312

1 730

1 176

89,6

Total

194

4 980

6 749

4 335

87

Fuente: Informe de actividades del proyecto “Aumento de la Participación de la Mujer”, julio de 2013.

Entre 2011 y 2012, con el objetivo de fomentar un cambio de mentalidad y comportamiento encaminado a eliminar la costumbre nefasta constitutiva de discriminación contra la mujer, el Ministerio de Población y Asuntos Sociales (MPAS) organizó sesiones de información y sensibilización, al término de las cuales 62 líderes tradicionales de las regiones de Boeny, Ihorombe, Menabe, Amoron’i Manja, Antsimo Andrefana y Anosy asumieron el compromiso de promover la igualdad entre el hombre y la mujer y prevenir la violencia por razón de género entre los miembros de su localidad.

Desde 2008, el Ministerio de Educación Nacional realiza todos los años visitas de sensibilización a un promedio de 140 centros de enseñanza, durante las que se aborda “la posibilidad de que las niñas opten a profesiones tradicionalmente consideradas masculinas”.

Con el fin de acabar con la imagen estereotipada de la niña abocada al desempeño de las tareas domésticas, así como con el planteamiento tradicional de los oficios reservados a las niñas o los niños, la Oficina de Educación de Masas y Civismo (OEMC) ha elaborado un programa escolar de educación cívica que preconiza la igualdad de género en los ámbitos doméstico y profesional. De cara a concienciar a la población sobre este problema, se elaboraron folletos y carteles de sensibilización que fomentaban el trato igualitario de niñas y niños en el entorno familiar, los cuales se distribuyeron entre los centros de enseñanza públicos de 22 regiones de Madagascar en 2012 y 10 direcciones nacionales de enseñanza privada en 2013, así como entre organizaciones de la sociedad civil.

Además, el Ministerio de Educación Nacional, en colaboración con todos los ministerios competentes, llevó a cabo una campaña nacional de escolarización para el año académico 2013-2014. Esta campaña tuvo en cuenta los principales factores de exclusión en el ciclo de primaria, entre ellos, las razones de la falta de acceso a la escuela y la no escolarización de los niños vinculadas a la cultura y a las costumbres regionales, como la práctica del moletry.

Por último, a fin de luchar contra los prejuicios y los estereotipos en las familias, la OEMC ha emprendido, junto con el Ministerio de Educación Nacional, un programa de desarrollo de la educación para padres, a través de la creación de escuelas de padres. El objetivo consiste en convencer a los padres de que deben tratar por igual a niños y niñas.

En 2013, se crearon tres escuelas de padres en Antananarivo, Antsirabe y Ambatondrazaka.

Con el fin de acabar con la imagen estereotipada de la niña abocada al desempeño de las tareas domésticas, así como con el planteamiento tradicional de los oficios reservados a las niñas o los niños, Oficina de Educación de Masas y Civismo (OEMC) ha elaborado un programa escolar de educación cívica que preconiza la igualdad de género en los ámbitos doméstico y profesional. De cara a concienciar a la población sobre este problema, se elaboraron folletos y carteles de sensibilización que fomentaban el trato igualitario de niñas y niños en el entorno familiar, los cuales se distribuyeron entre los centros de enseñanza en 2012, así como entre organizaciones de la sociedad civil.

Durante las visitas de sensibilización efectuadas a los centros de enseñanza, se hizo hincapié en la posibilidad de que las niñas optasen a profesiones tradicionalmente consideradas masculinas.

En cuanto a las prácticas sociales y culturales negativas, cabe citar la persistencia de prácticas discriminatorias contra las niñas y la infancia a través del moletry y el abandono de los hijos gemelos.

2. Moletry

El moletry, practicado en algunas localidades de la zona noroccidental del país, consiste en un contrato prematrimonial de un año condicionado por la dote ofrecida por el futuro esposo a la familia de la esposa. La dote está constituida por una cantidad de dinero y ganado, según lo convenido durante las negociaciones. Su valor suele determinarse en función de la condición social de la futura esposa y de su edad.

Transcurrido un año, la dote pasa a formar parte de los bienes de la familia de la esposa (volambita), salvo que esta haya cometido alguna falta o mostrado conductas inadecuadas. En caso de perjuicio imputable a la esposa, no hay lugar a dote. De lo contrario, esta se adquiere aun cuando se haya producido una separación.

En 2008, a fin de luchar contra el moletry, el Ministerio de Justicia, con el respaldo del PNUD, encargó un estudio a la consultora Miaramita cuyos objetivos eran los siguientes:

Determinar la magnitud del fenómeno, especialmente su repercusión en las niñas;

Elaborar una hoja de ruta con vistas a eliminar el matrimonio infantil concertado a través del moletry.

A raíz de los resultados del estudio, el Ministerio de Justicia organizó un taller con todas las autoridades judiciales, administrativas, religiosas y tradicionales de la región de Sofia. El objetivo era convencer a los participantes de los perjuicios del moletry practicado con las niñas y obtener su compromiso de luchar contra esta lacra.

Al término del taller, las partes interesadas firmaron una hoja de ruta. Esta refleja los compromisos adquiridos por todas y cada una de ellas para luchar contra este fenómeno y adoptar medidas concretas a tal efecto en su ámbito.

Dichos compromisos se enumeran a continuación:

•Los líderes tradicionales se comprometieron a no otorgar su bendición a los moletry practicados con menores de 18 años;

•Las autoridades religiosas de todas las confesiones, cristianas y musulmanas, prometieron llevar a cabo actividades de sensibilización entre sus fieles con el fin de erradicar el moletry practicado con niños;

•Las autoridades judiciales, policiales y administrativas se comprometieron en el mismo sentido.

Se programó una evaluación de la repercusión de estas medidas en 2009, pero no se llevó a cabo a causa de la crisis.

3. Los niños gemelos

En los distritos de Mananjary y Nosy Varika, el nacimiento de gemelos es considerado por el conjunto de miembros de la comunidad como una maldición, por lo que se prohíbe terminantemente que permanezcan en la misma familia biológica. Esta prohibición afecta también a la posibilidad de residir en la localidad de Mananjary.

Frente a esta situación, el Ministerio de Justicia, con el apoyo del PNUD, encargó estudios para entender las razones profundas de esta práctica, su extensión y los medios que debían habilitarse para erradicar esta discriminación contra los hijos gemelos.

En 2008, se celebró un taller con las autoridades judiciales, administrativas, religiosas y tradicionales en Mananjary. El objetivo era convencer a los participantes de los perjuicios de la discriminación contra los hijos gemelos y obtener su compromiso de luchar contra esta lacra.

Al término del taller, las partes interesadas firmaron una hoja de ruta. Esta refleja los compromisos adquiridos por todas y cada una de ellas para luchar contra este fenómeno y adoptar medidas concretas a tal efecto en su ámbito.

Sin embargo, los ampanjaka matizaron su posición al no oponerse a que los padres pudiesen decidir no abandonar a sus hijos gemelos, pero sin otorgar a dichos padres su bendición en tal caso. La decisión de criar niños gemelos en Mananjary correrá, según ellos, por cuenta y riesgo de quienes se atrevan a saltarse la prohibición.

Se ha producido un ligero avance en la medida en que se permite a los hijos gemelos residir en Mananjary con su padre biológico y convivir con los miembros de la comunidad étnica antambahoaka.

Aplicación del artículo 3 de la Convención: promoción de la igualdad de género

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo núm. 13)

“El Comité insta al Estado parte a que garantice que los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer tengan la visibilidad y la facultad de adopción de decisiones y coordinación necesarias para poder cumplir efectivamente su mandato de promoción de la igualdad entre los géneros. El Comité pide al Estado parte que en su próximo informe describa con mayor claridad y detalle los mecanismos nacionales, tanto el órgano central de coordinación como las dependencias sectoriales que han de crearse, incluidas su jurisdicción, funciones, facultades y recursos. Teniendo en cuenta que se ha confiado al “Conseil national des droits humains” la aplicación de la Convención y otros tratados de derechos humanos, el Comité también recomienda que haya el mismo número de mujeres y varones en la plantilla del personal y entre los miembros de la Comisión y que se dé a las mujeres acceso pleno y fácil a los mecanismos que les permitan reclamar sus derechos”.

1. El mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer

El mecanismo nacional encargado del adelanto de la mujer, establecido por el Ministerio de Población y Asuntos Sociales en 2008, contempla que sus miembros sean los coordinadores de los departamentos ministeriales y los representantes de la sociedad civil.

El objetivo es integrar la dimensión de género en los programas y proyectos de desarrollo de dichas entidades, así como coordinar las medidas de promoción de la igualdad de género. El período entre 2009 y 2013 estuvo marcado por cambios permanentes de los dirigentes, los coordinadores y la prioridad de las actividades. Esta situación llevó a la suspensión de dicho mecanismo.

La reactivación del mecanismo tendrá en cuenta las recomendaciones enumeradas en las observaciones finales del Comité sobre la visibilidad y los poderes de decisión y coordinación.

2. La Comisión Nacional de Derechos Humanos

El artículo 40, párrafo 2, de la Constitución establece que el Estado garantizará, mediante la institución de organismos especializados, la promoción y protección de los derechos humanos.

En 1996, se creó por decreto una Comisión Nacional de Derechos Humanos. En 2002, el mandato de esta institución expiró sin renovación.

En 2008, la Ley núm. 2008-012 estableció el Consejo Nacional de Derechos Humanos.

Teniendo en cuenta las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados, incluida la del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, en mayo de 2012, la Dirección de Derechos Humanos y Relaciones Internacionales dependiente del Ministerio de Justicia organizó, con el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el PNUD, un taller para evaluar la conformidad de la Ley núm. 2008-012, de 17 de julio de 2008, relativa a la creación del CNDH con los Principios de París.

Durante este taller, se analizó cada uno de los artículos de la mencionada Ley. De este análisis se desprendió que varias disposiciones de dicha Ley no se ajustaban a los Principios de París, entre otras, las relacionadas con la designación de los miembros del Consejo, ya que de los 9 miembros, 7 eran nombrados por el Ejecutivo. Esto podría favorecer el control de la institución por parte del Ejecutivo y afectar a su independencia.

Para resolver esta cuestión, varios representantes de la Oficina del Primer Ministro, el Ministerio de Justicia, el Parlamento de la Transición, el Colegio de Periodistas, las universidades, la abogacía y la sociedad civil elaboraron un anteproyecto de ley.

Tras celebrar largas consultas con todas las partes interesadas e integrar sus observaciones, el Consejo de Gobierno examinó y aprobó el proyecto de ley. Este se presentará al Parlamento tras su aprobación por el Consejo de Ministros.

El objetivo del proyecto de ley es establecer una institución de defensa de los derechos humanos conforme a los Principios de París, garantizando los siguientes aspectos:

•Su independencia respecto del poder ejecutivo;

•Un mandato lo más amplio posible;

•Una composición plural y representativa;

•Procedimientos independientes de nombramiento;

•Un funcionamiento regular y eficaz a tiempo completo;

•Una financiación adecuada.

El nombre "Consejo Nacional de Derechos Humanos" se ha sustituido por "Comisión Nacional Independiente de Derechos Humanos" para insistir en la independencia de la institución.

Por otro lado, en este proyecto de ley el nombramiento de los representantes de las entidades correspondientes se atribuye a sus homólogos, con excepción del representante del poder ejecutivo, que no tiene ni voz ni voto.

Asimismo, en el nombramiento de los miembros se aúnan criterios como la representatividad, el pluralismo, la especialización, la experiencia, la moralidad, la integridad y la adhesión a los valores y principios de los derechos humanos.

En interés de la estabilidad y la eficacia, los miembros de la Comisión ejercerán su cargo a tiempo completo para dar respuesta de forma rápida y oportuna en tiempo real a las violaciones perpetradas.

De conformidad con la recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, la Comisión está facultada para realizar investigaciones sobre los casos de violación de los derechos humanos.

Finalmente, es fundamental dotar a la Comisión de recursos humanos, técnicos y financieros adecuados.

Por otro lado, en los artículos 2 y 4 del proyecto de ley se establecen las funciones de la Comisión de la siguiente manera:

Artículo 2 - "La Comisión se encargará de:

1.Promover y proteger todos los derechos humanos sin excepción;

2.Con carácter consultivo, formular dictámenes, recomendaciones, propuestas e informes sobre todas las cuestiones relacionadas con la promoción y la protección de los derechos humanos destinados al poder ejecutivo, al poder legislativo, al Tribunal Supremo y a cualquier otro órgano competente, ya sea previa solicitud de las autoridades en cuestión o por iniciativa propia;

3.De acuerdo con su independencia, formular dictámenes destinados al poder ejecutivo sobre las libertades fundamentales y los derechos humanos, los derechos de la mujer, del niño, de las personas con discapacidad, de las personas de edad y de todos los demás grupos vulnerables;

4.Elaborar informes sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en el país en general, así como sobre cuestiones más concretas;

5.Promover y garantizar la armonización de las leyes, los reglamentos y las prácticas nacionales con los instrumentos subregionales, regionales e internacionales relativos a los derechos humanos en los que Madagascar sea parte y velar por su aplicación eficaz;

6.Alentar la ratificación de los instrumentos regionales e internacionales relativos a los derechos humanos o la adhesión a estos documentos y velar por su aplicación;

7.Interpelar al poder ejecutivo y sus divisiones sobre los casos de violación de los derechos humanos en todo el país, proponerle iniciativas para ponerles fin y, si procede, formular un dictamen sobre la postura y la respuesta de las autoridades implicadas;

8.Examinar las leyes y los reglamentos en vigor, así como los proyectos y las propuestas de ley, y formular las observaciones apropiadas para garantizar la conformidad de los textos con los principios fundamentales de los derechos humanos; recomendar, si fuese necesario, la aprobación de una nueva legislación, la adaptación de la legislación y de la normativa en vigor y, si fuese necesario, su modificación;

9.Cooperar con la Organización de las Naciones Unidas y todos los organismos del sistema, las instituciones subregionales y regionales y las instituciones nacionales de otros países que tengan competencia en la esfera de la promoción y la protección de los derechos humanos;

10.Contribuir a la redacción de los informes que el Estado deba presentar a los órganos y comisiones de las Naciones Unidas, así como a las instituciones subregionales y regionales, en cumplimiento de sus obligaciones ordinarias y, si procediera, formular un dictamen al respecto de acuerdo con su independencia;

11. Dar a conocer los derechos humanos y la lucha contra todas las formas de violación de estos, sensibilizando a la opinión pública, en particular mediante la información, la educación y el recurso, entre otros instrumentos, a todos los medios de comunicación;

12.Colaborar en la elaboración de programas educativos y de investigación sobre los derechos humanos y participar en su aplicación en entornos escolares, universitarios, sociales y profesionales;

13.Recibir y examinar las denuncias y demandas individuales o colectivas relacionadas con la violación de los derechos humanos y tratar de solucionarlas extrajudicialmente mediante la conciliación o transmitirlas a las autoridades competentes si procediese;

14.Visitar regularmente y a cualquier hora las cárceles y todos los lugares de detención y de privación de la libertad previo aviso o de forma sorpresiva".

Artículo 4 - "La Comisión realizará estudios, análisis, investigaciones y publicaciones sobre todas las cuestiones relativas a los derechos humanos y las libertades fundamentales.

La Comisión remitirá todos los casos de violación a las autoridades competentes, en particular los relacionados con los siguientes aspectos:

a)La práctica de la tortura y otros tratos y castigos crueles, inhumanos o degradantes durante la prisión preventiva o la detención en instituciones carcelarias o centros de reeducación y reinserción, así como los casos de ejecución extrajudicial;

b)La existencia de lugares en que se practique la reclusión secreta;

c)Las desapariciones forzadas y los traslados secretos;

d)La práctica de la discriminación racial, las peores formas de trabajo infantil y la trata de personas;

e)La libertad de opinión, de expresión y de manifestarse".

Aplicación del artículo 4 de la Convención: aceleración de la igualdad de facto entre el hombre y la mujer

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo 27)

"El Comité insta al Estado parte a que promueva una mayor conciencia acerca de la importancia de la educación como derecho humano fundamental y base del empoderamiento de la mujer, y a que adopte medidas para abolir las actitudes tradicionales que constituyen obstáculos para que las mujeres y las niñas disfruten plenamente sus derechos humanos a la educación. El Comité recomienda que el Estado parte adopte medidas para garantizar que las niñas y las mujeres jóvenes tengan igualdad de acceso a todos los niveles de la enseñanza, que las niñas prosigan sus estudios, y que se apliquen políticas de reincorporación para que las niñas y las jóvenes retomen sus estudios después de haber dado a luz. El Comité insta además al Estado parte a que adopte medidas para incrementar la matriculación de las niñas a todos los niveles, y recomienda la aplicación de nuevas medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con la recomendación general núm. 25, entre ellas incentivos para que los padres manden a sus hijas a la escuela".

El artículo 8, párrafo 2, de la Constitución de 2010 dispone lo siguiente: "Todas las personas tienen los mismos derechos y las mismas libertades fundamentales consagrados por la ley sin discriminación por razón de sexo, nivel educativo, patrimonio, origen, raza, confesión religiosa u opinión".

De esto se deriva que nadie deberá ser discriminado por su origen por haber sido privado del acceso a la nacionalidad.

Para aplicar la recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, se elaboró un proyecto de ley en que se modificaban y complementaban determinadas disposiciones de la Orden núm. 60-064, de 22 de julio de 1960, sobre el Código de la Nacionalidad.

El objetivo del proyecto es garantizar la nacionalidad malgache a los hijos de parejas mixtas, de igual manera que a los hijos de padre de nacionalidad malgache y madre de nacionalidad extranjera.

Dicho proyecto de ley también tiene los siguientes objetivos:

a)Preservar el derecho de los niños a la nacionalidad:

•Adquisición de la nacionalidad malgache cuando el padre o la madre sea malgache sin tener en cuenta si el hijo es legítimo o natural (art. 9 nuevo);

•Conservación de la nacionalidad malgache de los niños que son objeto de adopción plena internacional (art. 17, párr. 2 nuevo);

•Adquisición de oficio de la nacionalidad malgache por los niños extranjeros adoptados judicialmente por una persona de nacionalidad malgache (art. 17, párr. 1 nuevo).

b)Respetar el derecho de las mujeres a la nacionalidad:

•Posibilidad de una madre de nacionalidad malgache de transmitir su nacionalidad a los hijos independientemente de su estado civil (art. 40 nuevo);

•Facultad de la mujer casada con un extranjero de conservar su nacionalidad de origen, aunque adquiera la de su cónyuge, si la ley del país de este lo permite (art. 47 nuevo).

Aplicación del artículo 5 de la Convención: eliminación de las prácticas culturales y los estereotipos

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo núm. 17)

El Comité pide al Estado parte que considere su cultura como un aspecto dinámico de la vida del país y la trama social y, por tanto, susceptible de cambio. El Comité insta al Estado parte a que establezca sin demora una estrategia general, que incluya legislación, para modificar o eliminar prácticas culturales y estereotipos que discriminan contra la mujer, de conformidad con el apartado f) del artículo 2 y el apartado a) del artículo 5 de la Convención. Esas medidas deben incluir esfuerzos de sensibilización, en colaboración con la sociedad civil, dirigidos a las mujeres y los hombres en todos los sectores de la sociedad, incluidos líderes tradicionales. El Comité insta al Estado parte a que tome medidas más enérgicas en relación con las costumbres y prácticas culturales tradicionales nocivas, como la práctica del moletry (matrimonio forzado) en la región noroccidental y la costumbre que existe en Mananjary de abandonar a los mellizos en el momento de nacer. El Comité alienta al Estado parte a aplicar medidas efectivas e innovadoras para mejorar la comprensión de la igualdad de las mujeres y los hombres y trabajar con los medios de información para que ayuden a transmitir una imagen positiva y no estereotipada de las mujeres .

Las prácticas culturales nocivas relacionadas con las prácticas del "moletry" y del abandono de los hijos mellizos en Mananjary se han abordado en la parte del presente informe sobre la aplicación del artículo 2.

En el marco de la lucha contra las prácticas nocivas del moletry y el abandono de los hijos mellizos, se ha sensibilizado a los líderes tradicionales, los medios de comunicación, las autoridades administrativas locales y regionales y los miembros de las organizaciones de la sociedad civil en una serie de talleres celebrados en Mampikony, Mananjary, Manakara y Farafangana.

En lo que respecta a la reforma legislativa para combatir la idea tradicional de la inferioridad de la mujer que supone discriminación en su contra, cabe recordar la derogación de las disposiciones sobre la repartición no equitativa de los bienes en caso de divorcio, así como el establecimiento de la edad mínima para contraer matrimonio para ambos sexos en 18 años, mientras que anteriormente los hombres podían hacerlo a los 17 y las mujeres, a los 14. Asimismo, el delito de adulterio se castiga con la misma pena, mientras que anteriormente a la mujer se le imponía una pena mayor.

Aplicación del artículo 6 de la Convención: priorización de la lucha contra la violencia contra las mujeres y las niñas

(Objeto de la recomendación que figura en los párrafos 19 y 21)

"El Comité insta al Estado parte a que preste atención prioritaria a combatir la violencia contra las mujeres y las niñas y adopte medidas globales para hacer frente a todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, de conformidad con su recomendación general núm. 19. El Comité pide al Estado parte que sensibilice a los ciudadanos, a través de los medios de difusión y programas de educación, respecto del hecho de que todas las formas de violencia contra las mujeres son una forma de discriminación con arreglo a la Convención y, por consiguiente, vulneran los derechos de las mujeres. El Comité pide al Estado parte que se asegure de que la violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia doméstica, la violación en el matrimonio y todas las formas de abusos sexuales, se tipifiquen como delito penal; que los autores de los actos de violencia se enjuicien, castiguen y rehabiliten; y que las mujeres y las niñas víctimas de violencia tengan acceso a formas de reparación y protección inmediata. El Comité pide al Estado parte que elimine todos los obstáculos con que tropiezan las mujeres para obtener acceso a la justicia y recomienda que todas las víctimas de violencia tengan acceso a la asistencia letrada, incluso mediante el establecimiento de servicios de asistencia letrada adicionales en zonas rurales y zonas aisladas. El Comité recomienda la organización de cursos de capacitación para miembros del poder judicial y funcionarios públicos, en particular el personal encargado de la aplicación de la ley, el personal de los servicios de salud y funcionarios de desarrollo comunitario, para garantizar que conozcan todas las formas de violencia contra las mujeres y den a las víctimas un apoyo adecuado desde el punto de vista del género. El Comité también recomienda el establecimiento de servicios de asesoramiento y albergues para víctimas de la violencia. El Comité pide al Estado parte que proporcione información sobre las leyes y las políticas en vigor para hacer frente a la violencia contra las mujeres y las niñas y sobre los efectos de dichas medidas, así como datos y tendencias, desglosados por grupos de edad, sobre la prevalencia de las distintas formas de violencia.

1. Sensibilización de los ciudadanos acerca de las formas de violencia contra las mujeres

Para aplicar la recomendación del párrafo 19, en que se pide que se sensibilice a los ciudadanos respecto del hecho de que todas las formas de violencia contra las mujeres son una forma de discriminación con arreglo a la Convención, el Ministerio de Educación Nacional, por conducto de la Oficina de Educación de Masas y Civismo (OEMC), produjo una serie de programas educativos radiofónicos retransmitidos a través de la emisora de radio nacional. Estos programas, emitidos de lunes a sábado durante el mes de abril de 2013, sensibilizaron a los ciudadanos respecto de la discriminación contra la mujer derivada de todas las formas de violencia de que son víctimas.

En la familia, la violencia física contra la mujer puede constituir un delito tipificado en el Código Penal.

El hecho de que la víctima de la violencia esté embarazada constituye una circunstancia agravante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 312 bis del Código Penal.

Según un estudio realizado por la agrupación de ONG Plateforme de la société civile pour lenfance en los barrios populares de la capital, el 6% de las niñas han sido violadas por algún familiar, en particular el padre, el suegro, el tío o el educador. Estadísticamente, la tasa de incesto es del 11% en el grupo de edad situado entre los 12 y los 14 años, frente al dato del 5% correspondiente a víctimas de tocamientos con edades entre los 7 y los 8 años.

Según un estudio realizado por la organización no gubernamental ENDA-OI en 2009, el 65% de las mujeres encuestadas declararon haber sido víctimas de algún acto de violencia.

Gráfico 1

Respuesta de las mujeres encuestadas que declararon haber sido víctimas de algún acto de violencia

Fuente: estudio realizado por ENDA-OI

En un estudio realizado por el programa BABEO en 2010 se determinan las formas de violencia contra la mujer más denunciadas en Antananarivo, que se resumen en el siguiente gráfico:

Gráfico 2

Formas de violencia contra la mujer más denunciadas en Antananarivo

Fuente: estudio realizado por el programa BABEO

En lo que respecta a la violación perpetrada por el cónyuge, actualmente la violación en el matrimonio sigue sin estar tipificada como delito independiente. Se está elaborando un proyecto de ley al respecto.

En 2012, en colaboración con la ONG Groupe Développement, el Ministerio de Educación Nacional, por conducto de la Oficina de Educación de Masas y Civismo, participó en la lucha contra la explotación sexual de los niños mediante actividades de prevención, como programas de radio educativos, visitas de sensibilización de los alumnos y los padres a los centros de enseñanza y la capacitación de 200 docentes de la capital y de Mahajanga sobre la autoprotección de los niños contra la explotación sexual. A su vez, los docentes sensibilizaron al respecto a 3.000 estudiantes. Además, se elaboraron manuales, guías e instrumentos pedagógicos relacionados con la autoprotección contra la explotación sexual de los niños y se distribuyeron a docentes y estudiantes.

La lucha contra la explotación sexual de los niños se integra en los nuevos programas de educación cívica llevados a cabo en los centros de educación secundaria, los institutos y los centros de formación profesional.

Para facilitar el acceso a la justicia de las mujeres que sean víctimas de la violencia y no dispongan de recursos económicos para pagar las tasas, en el Decreto núm. 2009-970, de 5 de enero de 2010, sobre la Regulación de la Asistencia Judicial se prevé que se costeen dichas tasas.

Por otro lado, desde 2013 y con el apoyo del Servicio de Cooperación y Acción Cultural (SCAC), un grupo de abogados de la Casa de Derecho de Antananarivo garantiza de forma gratuita la atención de los menores y las mujeres sin recursos que sean víctimas de la violencia y la defensa de sus intereses durante el proceso penal.

2. Trata de mujeres y explotación de la prostitución

Aplicación de la nueva Ley sobre la Trata y el Turismo Sexual: prevención, enjuiciamiento y sanción

a) Prevención

Se han adoptado varias medidas para prevenir el riesgo de trata y de explotación de la prostitución al que se ven expuestas las trabajadoras migratorias:

•La repatriación y la reinserción social de 85 mujeres y 1 niña provenientes del Líbano en marzo de 2011;

•La concesión por el Ministerio de Población de subsidios de reinstalación para su reinserción social y profesional;

•La suspensión temporal del envío de trabajadores migratorios a países de alto riesgo, como la Arabia Saudita, Kuwait y Qatar, así como a todos aquellos países que no ofrezcan suficientes garantías de protección de los derechos humanos en general y de los derechos de los trabajadores migratorios en particular.

Como consecuencia de la suspensión, el Gobierno de la Arabia Saudita presentó una propuesta de acuerdo bilateral sobre la migración de los trabajadores domésticos.

Además, para intensificar la lucha contra la trata de conformidad con las normas internacionales, Madagascar solicitó el apoyo técnico de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), centrado en los siguientes aspectos:

•La mejora del proyecto de reforma de la Ley núm. 2007-038 contra la Trata de Personas;

•El establecimiento de un mecanismo nacional de lucha contra la trata de personas;

•La formación de formadores;

•El fortalecimiento de la capacidad de los encargados de aplicar las leyes relativas a la lucha contra la trata de personas.

También en lo que respecta a la prevención, en 2008, con objeto de informar y sensibilizar a los ciudadanos acerca del peligro de la trata y de la prostitución de menores, el Ministerio de Justicia, con el apoyo del PNUD, produjo una película en la que se informaba acerca de las siguientes cuestiones:

•Las diferentes formas de trata y de prostitución de menores a nivel mundial y nacional;

•La interposición de demandas ante los tribunales, la condena de los responsables de la trata y la compensación de la víctima, incluida su inserción social.

El Ministerio de la Juventud y el Ocio, con el apoyo del UNICEF, también produjo películas similares para luchar contra la explotación sexual de los niños en 2010.

Todas estas películas se han emitido en los canales de televisión públicos y privados nacionales y locales.

Por otro lado, desde 2012, se han fabricado 30.000 carteles de sensibilización sobre la prohibición y la tipificación como delito del turismo sexual, que se han colgado a la entrada de los hoteles y otros edificios públicos, en aquellos lugares más expuestos al riesgo de trata y explotación del turismo sexual. El Ministerio de Turismo se encargó de editar y distribuir los carteles.

Finalmente, con el apoyo del UNICEF, en 2010 se puso en marcha una línea telefónica gratuita para denunciar los casos de cualquier forma de violencia contra las mujeres, incluidas la trata y la explotación sexual. Dicho servicio permite realizar llamadas de denuncia, gratuitamente a nivel nacional, a la Policía de Costumbres y de Protección de Menores (PCPM).

Para prevenir la explotación de la prostitución de las mujeres y las niñas, el servicio de la PCPM llevó a cabo labores de sensibilización en colaboración con el personal del Sindicato Profesional de Diplomados en Trabajo Social de Madagascar (SPDTS) y los voluntarios del Fokontany agrupados en la asociación Fiantso.

En 2011 y 2012, se consiguieron los siguientes logros:

•Sensibilización de los padres de los alumnos en 32 centros de enseñanza;

•Sensibilización de la población en 45 fokontany;

•Sensibilización de los gerentes de 15 hoteles;

•Realización de controles sistemáticos en las discotecas, los salones recreativos y las videotecas.

b) Enjuiciamiento y represión

La aplicación de la Ley sobre la Trata y el Turismo Sexual debe hacer frente a los siguientes obstáculos:

•A pesar de la capacitación realizada desde 2007, cabe constatar la escasez de casos registrados de enjuiciamiento y condena, así como de concesión de indemnizaciones a las víctimas;

•Las víctimas no se atreven a interponer denuncias ante las autoridades competentes por desconocimiento de sus derechos, vergüenza o miedo a que los autores de dichos delitos ejerzan represalias;

•En la mayoría de los casos, las víctimas prefieren recurrir a un arreglo amistoso que les permita recibir una indemnización sin pasar por el juzgado.

Para superar estos obstáculos se intensificará la realización de campañas de información y sensibilización de los ciudadanos.

Capacitación de los encargados de aplicar la ley y los trabajadores sociales y agentes de desarrollo comunitarios

Entre 2009 y 2013, el Ministerio de Justicia, con el apoyo del PNUD, el ACNUDH, la Organización Internacional de la Francofonía (OIF) y el SCAC, impartió una serie de actividades de capacitación sobre la aplicación de la Ley sobre la Trata y el Turismo Sexual en Taolagnaro, Toamasina, Mahajanga, Antsiranana, Antananarivo y Mananjary destinadas a los agentes encargados de aplicar la Ley: magistrados, agentes de policía judicial, abogados colegiados y representantes de las organizaciones de la sociedad civil, en grupos de 40 participantes por ubicación.

Aprobación de un plan de acción

Para aplicar las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos en el marco del examen periódico universal y del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer respecto de la aprobación de un plan de acción de lucha contra la trata, se está estableciendo una estructura permanente responsable de dicha tarea. Esta se ocupa de los siguientes cometidos:

•Proponer un plan nacional de lucha contra la trata de personas que incluya medidas preventivas y de enjuiciamiento y represión de los autores de dicho delito, así como la indemnización y reinserción de las víctimas;

•Proponer reformas legislativas de conformidad con las normas internacionales;

•Elaborar un dispositivo de asistencia multidisciplinar.

Multiplicación de esfuerzos para mejorar la situación económica de las mujeres, en particular las niñas que hayan alcanzado la pubertad

Se han adoptado las siguientes medidas para eliminar la vulnerabilidad de las niñas que se encuentran en la pubertad y las mujeres a la explotación y la trata:

a)El aliento de los padres a escolarizar a sus hijas, mediante:

•El alivio de los gastos que la educación representa para los padres;

•La distribución de material escolar (mochila, cuadernos, bolígrafos) a los alumnos de primaria;

•La distribución de libros de texto;

•El mantenimiento de la exención del pago de tasas de matriculación en la enseñanza primaria;

•La asignación de 3.000 ariary por alumno y año a las escuelas públicas;

b)La concesión de una subvención anual a los centros privados y los docentes de las escuelas privadas. La subvención del sector privado contemplada en 2013 era de 3.532.700.000 ariary, a razón de 27.000 ariary por docente y año y de 30.000 ariary al mes durante 9 meses;

c)Asimismo, se ha posibilitado la reinserción en la escuela de los niños de la calle de entre 10 y 15 años gracias al Programa de Medidas de Refuerzo Escolar para Adolescentes Malgaches (ASAMA, por sus siglas originales), que consiste en ofrecer a estos últimos unos estudios de ciclo corto de 10 meses que les permitan acceder a los exámenes públicos para obtener el certificado de enseñanza primaria elemental. A los niños que se encuentran en la misma situación entre los 7 y los 10 años se les ofrece un programa de alfabetización y reinserción escolar adaptado a su edad y nivel. En este contexto, algunas ONG, entre ellas, Groupe Développement (que ha pasado convertirse en ECPAT- Madagascar), se encargan de sufragar las tasas escolares.

Por otro lado, en 2012, en colaboración con la ONG Groupe Développement, la OEMC capacitó a 200 docentes de la capital y de Mahajanga sobre la autoprotección de los niños contra la explotación sexual. A su vez, los docentes sensibilizaron al respecto a 3.000 estudiantes.

Además, en 2013, en el marco de la aplicación del programa BABEO, financiado por la Unión Europea, la OEMC capacitó a 80 mujeres en materia de lucha contra la violencia contra la mujer.

Para que las mujeres puedan ser independientes económicamente y no caigan en las redes de la trata y la explotación sexual, y para que sus hijas permanezcan en la escuela durante la pubertad, el PNUD ha proporcionado herramientas a varios grupos y asociaciones de mujeres en el marco de la aplicación del programa "Aumento de la Participación de la Mujer", a través de la mejora del ejercicio de sus derechos civiles y económicos. La intervención se ha centrado en tres zonas: Farafangana, Manakara y Mananjary.

Cuadro 6

Ubicación de las beneficiarias del programa

Zona de intervención

Núm. de grupos a los que apoya el proyecto

Núm. de grupos que usan las técnicas comunitarias de movilización

Farafangana

80

75

Manakara

58

52

Mananjary

56

51

Total

194

178

Fuente: Informe de actividades del proyecto apoyado por el PNUD, julio de 2013

Las mujeres de cada grupo pudieron recibir apoyo, lo que les permitió ejercer oficios como la ganadería porcina, el cultivo del arroz, la cría de pollos y la piscicultura. Los ingresos obtenidos les permitieron mantener a sus hijos en la escuela y evitar verse expuestas a la trata y la explotación sexual.

Por último, a finales de 2012 y comienzos de 2013, las mujeres pudieron recibir capacitación sobre agricultura, ganadería y artesanía impartida en 12 zonas de la isla por el Observatorio de Empleo, Formación Profesional y Empresa de Madagascar (OMEF, por sus siglas originales).

Esta capacitación tuvo como objetivo empoderar a las mujeres rurales que todavía no recibían prestaciones sociales.

Cuadro 7

Número de mujeres capacitadas por el OMEF en agricultura, ganadería y artesanía

Región

Capacitación

Número de participantes

Número de mujeres capacitadas

Porcentaje de mujeres capacitadas

Diana

Artesanía

20

13

65%

Atsimo Andrefana

Vacas lecheras

20

5

25%

Vatovavy Fitovinany

Aceite de palma

20

5

25%

Boeny

Ahumado de pescado

13

4

30,77%

Haute Matsiatra

Mandioca

20

10

50%

Amoron i Mania

Apicultura

20

7

35%

Atsimo Atsinanana

Fabricación de ladrillos

23

2

8,69%

Alaotra Mangoro

Piscicultura

20

3

15%

Analanjirofo

Clavo de olor

15

1

6,66%

Bongolava

Maíz

20

9

45%

Itasy

Piscicultura

20

2

10%

Atsinanana

Pasta de plátano

20

0

0%

Fuente: datos estadísticos de la Dirección de Apoyo a la Promoción del Empleo del OMEF

Intensificación de los esfuerzos para luchar contra el turismo sexual, especialmente en cooperación con el país de origen de los autores del delito

En la ley sobre la lucha contra la trata y el turismo sexual se contempla ampliar la jurisdicción para poder enjuiciar a los autores de estos delitos independientemente de su ubicación, por lo que la cooperación con sus países de origen reviste gran importancia.

Aplicación del artículo 7 de la Convención: igualdad en la vida política y pública a nivel nacional

(Objeto de la recomendación que figura en los párrafos 15 y 23)

"El Comité recomienda que el Estado parte aplique medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención y la recomendación general núm. 25 del Comité, como parte de una estrategia necesaria para acelerar el logro de la igualdad de facto entre mujeres y hombres. El Comité pide al Estado parte que considere la posibilidad de valerse de una variedad de medidas posibles, como cupos, valores de referencia, metas e incentivos, en particular para garantizar la aplicación acelerada de los artículos 7, 8, 10, 11, 12 y 14 de la Convención.

El Comité alienta al Estado parte a aplicar medidas concretas para aumentar el número de mujeres en los puestos de responsabilidad, en particular a nivel municipal y local, en el Parlamento y en los partidos políticos. El Comité recomienda que el Estado parte aplique de manera efectiva el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, relativo a las medidas especiales de carácter temporal, y las recomendaciones generales núms. 23 y 25 del Comité, y que establezca objetivos y plazos concretos para acelerar la participación de la mujer en pie de igualdad con el hombre en la vida pública y política a todos los niveles. El Comité también invita al Estado parte a que aliente a los partidos políticos a aplicar el sistema de cupos y lo insta a que realice campañas de sensibilización dirigidas a las mujeres y los hombres para contribuir a eliminar los estereotipos relacionados con las funciones de las mujeres en la familia y en la sociedad en su conjunto, así como para aumentar el empoderamiento político de la mujer".

1. El derecho a votar y presentar su candidatura a todas las elecciones

En las sucesivas constituciones se ha consagrado el principio de no discriminación respecto del derecho a votar y presentar la propia candidatura. En la Ley Orgánica núm. 2012-005 relativa al Código Electoral se retoma ese principio, y sus artículos 3 y 5 disponen lo siguiente:

a)Art. 3 "Todos los ciudadanos de Madagascar con edad igual o superior a 18 años a fecha de la votación y que disfruten de sus derechos civiles y políticos pueden votar en las elecciones sin distinción por razón de sexo.

b)En el Código de la Nacionalidad, se establece el derecho de voto de las mujeres que hayan adquirido la nacionalidad malgache al contraer matrimonio, así como el de los extranjeros naturalizados en el país".

c)Art. 5 "Pueden presentar su candidatura, sin distinción por razón de sexo, todos los ciudadanos malgaches que cumplan los requisitos para votar en las elecciones, así como los exigidos por la normativa específica de cada tipo de elecciones, en particular:

•Estar inscrito en el censo electoral;

•Tener la edad exigida por la ley para poder ocupar el cargo electivo correspondiente".

2. Participación de las mujeres en la gestión de los asuntos políticos y públicos

Participación de las mujeres en los cargos electivos

En 2012, la participación de las mujeres seguía siendo mínima, pero se iba acercando al objetivo del 30%, tal como se muestra a continuación:

•Gobierno de Transición: 9 mujeres entre los 35 ministros (25%);

•Consejo Superior de la Transición: 32 mujeres entre los 161 consejeros (20%);

•Congreso de Transición: 64 mujeres entre los 366 congresistas (17%);

•Jefes de región: ninguna mujer (0%);

•Secretarios generales de región: 4 mujeres entre un total de 22 (18%);

•Jefes de distrito: 22 mujeres entre un total de 119 (18%);

La escasa representación de las mujeres en las instituciones de transición demuestra que las malgaches encuentran obstáculos que les impiden participar activamente en la vida política. Las mujeres ocupan el 25% de los puestos del Gobierno de Transición, el 17% de los del Congreso de la Transición, el 20% de los del Consejo Superior de la Transición y el 4% de los de alcalde, por lo que se puede concluir que los cargos políticos suelen estar reservados a los hombres.

En las elecciones presidenciales del 25 de octubre de 2013 hubo 2 candidatas de un total de 33 candidatos.

Participación de las mujeres en la gestión de los asuntos públicos

La evolución de la presencia de las mujeres en el Alto Tribunal Constitucional, representada en el gráfico que se presenta a continuación, se caracteriza por seguir manifestando una presencia minoritaria, a diferencia de lo que ocurre en el Tribunal Supremo, donde la evolución de la composición de sus miembros parece haber sido favorable para las mujeres.

Gráfico 3

Evolución de la presencia de las mujeres en el Alto Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo (porcentaje)

Fuente: estudio realizado por el programa BABEO

En el Tribunal Supremo existe paridad entre las mujeres y los hombres en cuanto al número y la responsabilidad. Las mujeres tienen acceso a ocupar los cargos de Presidente del Tribunal Supremo (nombrado por el Ministro de Justicia) y de Presidente de Sala (elegido entre los miembros de más antigüedad con un rango más elevado) en las mismas condiciones que los hombres.

En el gráfico que aparece a continuación se representa la participación de las mujeres en el Gobierno entre 1991 y 2012.

Gráfico 4

Evolución de la participación de las mujeres en el Gobierno (porcentaje)

Fuente: índice africano de género y desarrollo de 2003/ Informe Nacional sobre Desarrollo Humano de 2006/ Barómetro de Madagascar de 2010 y 2012

En 1998 se registró la presencia de cinco ministras o secretarias de Estado. La representación de cinco ministras volvió a darse en 2010.

Altos cargos del Estado

Gráfico 5

Evolución de la participación de las mujeres en los altos cargos del Estado (porcentaje)

Fuente: índice africano de género y desarrollo de 2003/ Barómetro de 2010 y 2012

En 2012, Madagascar ocupaba el 7º puesto de la clasificación de la región al respecto, con un 33% de secretarias ejecutivas/directoras generales y un 24% de altas funcionarias.

En el poder judicial, 454 de sus 913 miembros son mujeres, es decir, un 49,72%.

Sindicatos

En lo que respecta a los sindicatos, las mujeres representan el 29% de sus miembros y ocupan el 25,08% de los cargos de los comités ejecutivos y el 20,41% de los cargos de dirección. En el gráfico que se presenta más adelante, se resume la participación de las mujeres en los 13 sindicatos estudiados, cuyos porcentajes se indican a continuación:

•El 28,98% de los 99.072 miembros;

•El 74,92% de los 311 miembros de los comités ejecutivos;

•El 20,41% de los 338 cargos directivos;

En las federaciones no afiliadas a las organizaciones centrales, de un total de 11.707 miembros, 6.132 son mujeres. La tasa relativamente alta de mujeres en los cargos de dirección de estas federaciones, que asciende al 47,14% en el caso de los puestos de los comités ejecutivos (33 de 70) y al 31,25% en el de los cargos de dirección (15 de 48), se explica por el carácter específico de estos sindicatos.

Gráfico 6

Evolución de la presencia de las mujeres en los sindicatos

Fuente: estudio Focus/Oficina Internacional del Trabajo/CTM/Informe nacional del índice africano de género y desarrollo de 2004

La organización intersindical Tolon'ny Mpikarama agrupa a los sindicatos de organización de los trabajadores del sector textil (bordado, confección, etc.), en el que más del 80% de los trabajadores son mujeres. Esto explica la cifra de 8 presidentas de un total de 23.

Participación de las mujeres en las elecciones

En abril de 2012, el PNUD organizó un taller de planificación estratégica para aumentar la representación de las malgaches en los órganos encargados de adoptar decisiones mediante la integración de la perspectiva de género en el proceso electoral y en un contexto posterior a un conflicto. La nueva dinámica surgida de este taller contribuirá a implicar más a las mujeres en las fases preelectorales, electorales y poselectorales del proceso. Un ejemplo de ello es la presencia de mujeres entre los miembros de la mesa de la CENIT.

Cuadro 8

Mujeres miembros de la mesa de la CENIT

Miembros de la mesa

Varones

Mujeres

Porcentaje de mujeres

Presidente

0

1

100

Vicepresidentes

2

0

0

Relatores

1

1

50

Total

3

2

40

Fuente: encuesta individual a los miembros de la CENIT (2012)

La mesa de la CENIT, que es la segunda institución del país dirigida por una mujer, está constituida por 2 mujeres y 3 hombres. Actualmente, de sus 22 miembros, 5 son mujeres. Esto refleja el grado de sensibilidad respecto de las cuestiones de género de las instituciones que propusieron a su máximo representante.

En lo que respecta al derecho de voto, en el que no se excluye a las mujeres, estas se han mostrado muy entusiastas. Prueba de ello es que, en el último referendo constitucional, celebrado el 11 de noviembre de 2010, participaron 3.204.243 mujeres (es decir, un 44,8%), frente a los 3.946.980 hombres que también lo hicieron.

El reducido número de afiliadas a los partidos políticos muestra la desconfianza de las mujeres respecto de estas agrupaciones y su falta de interés en presentarse como candidatas a las elecciones.

Para aumentar el reducido número de mujeres afiliadas a un partido político y animarlas a presentarse como candidatas, se contempla la aplicación de las siguientes medidas:

•Obligar a los partidos políticos por ley a que alternen a un candidato de cada sexo en las listas presentadas a las elecciones, y a que velen por que haya una mujer como cabeza de lista en la mitad de las circunscripciones electorales;

•Obligar a los partidos políticos por ley a que el 50% de los candidatos a las elecciones uninominales sean mujeres;

•Fijar un objetivo preciso con un calendario de ejecución.

Vida asociativa

Las mujeres participan en las asociaciones de carácter social.

Gráfico 7

Presencia de las mujeres en la vida asociativa

Fuente: í ndice africano de género y desarrollo de 2003

El porcentaje de mujeres que ocupan cargos de dirección en las organizaciones comunitarias sigue siendo reducido. En el informe nacional sobre el índice africano de género y desarrollo se indica que este es del 17% únicamente en los ámbitos social, económico, educativo, de la capacitación y de las infraestructuras. Por el contrario, el número de mujeres es más elevado en los cargos de tesorería, en que se calcula que representan el 39%. En el gráfico se muestra que la representación de las mujeres es importante en el cargo de tesorería en todos los ámbitos. Según las explicaciones brindadas al respecto, se considera que las mujeres son rigurosas, una cualidad necesaria en este cargo.

Aplicación del artículo 8 de la Convención: representación femenina en el plano internacional

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo 23)

"El Comité alienta al Estado parte a aplicar medidas concretas para aumentar el número de mujeres en los puestos de responsabilidad, en particular a nivel municipal y local, en el Parlamento y en los partidos políticos. El Comité recomienda que el Estado parte aplique de manera efectiva el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, relativo a las medidas especiales de carácter temporal, y las recomendaciones generales núms. 23 y 25 del Comité, y que establezca objetivos y plazos concretos para acelerar la participación de la mujer en pie de igualdad con el hombre en la vida pública y política a todos los niveles. El Comité también invita al Estado parte a que aliente a los partidos políticos a aplicar el sistema de cupos y lo insta a que realice campañas de sensibilización dirigidas a las mujeres y los hombres para contribuir a eliminar los estereotipos relacionados con las funciones de las mujeres en la familia y en la sociedad en su conjunto, así como para aumentar el empoderamiento político de la mujer".

En Madagascar, la mujeres tienen las mismas posibilidades que los hombres de representar al Estado en los organismos internacionales. El cargo de Embajador y Representante Permanente de Madagascar ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra lo ocupa una mujer.

Desde 2003, los puestos de jefes de delegación encargados de defender los informes sobre la aplicación de los tratados relacionados con los derechos humanos ante los órganos de seguimiento de las Naciones Unidas los ocupan ministras.

Aplicación del artículo 9 de la Convención: derecho a la nacionalidad

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo 25)

"El Comité insta al Estado parte a que modifique el Código de la Nacionalidad de modo que este cumpla con el artículo 9 de la Convención".

En respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 25, va a remitirse al Parlamento para su aprobación un proyecto de ley en el que se tiene en cuenta lo dispuesto en dicha recomendación.

En lo que respecta a adquirir, cambiar o conservar la nacionalidad por parte de la mujer, en el art. 9 del proyecto de ley se dispone lo siguiente: "Se otorgará la nacionalidad malgache a cualquier hijo o hija cuya filiación quede establecida respecto de un solo progenitor de nacionalidad malgache".

De este modo, la mujer casada con un extranjero puede conservar su nacionalidad de origen, aunque adquiera la de su cónyuge, si la ley del país de este lo permite.

•Con respecto a los derechos de la mujer relativos a la nacionalidad de sus hijos cabe señalar lo siguiente:

Una madre que haya adquirido la nacionalidad malgache puede transmitírsela a sus hijos independientemente de su estado civil.

Artículo 40: "Se convertirá en malgache de pleno derecho, igual que sus padres, con la condición de que la filiación se establezca de conformidad con el derecho civil malgache:

•Todo hijo legítimo o ilegítimo cuyo padre o cuya madre adquiera la nacionalidad malgache;

•Todo hijo nacido fuera del matrimonio, cuya filiación se haya establecido con los padres en primer lugar o, si fuera el caso, cuyo progenitor supérstite adquiera la nacionalidad malgache".

Los niños de nacionalidad extranjera que sean objeto de adopción plena adquieren la nacionalidad malgache si uno de sus padres adoptivos es malgache.

Aplicación del artículo 10 de la Convención: sensibilización sobre la importancia de la educación

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo 27)

"El Comité insta al Estado parte a que promueva una mayor conciencia acerca de la importancia de la educación como derecho humano fundamental y base del empoderamiento de la mujer, y a que adopte medidas para abolir las actitudes tradicionales que constituyen obstáculos para que las mujeres y las niñas disfruten plenamente sus derechos humanos a la educación. El Comité recomienda que el Estado parte adopte medidas para garantizar que las niñas y las mujeres jóvenes tengan igualdad de acceso a todos los niveles de la enseñanza, que las niñas prosigan sus estudios, y que se apliquen políticas de reincorporación para que las niñas y las jóvenes retomen sus estudios después de haber dado a luz. El Comité insta además al Estado parte a que adopte medidas para incrementar la matriculación de las niñas a todos los niveles, y recomienda la aplicación de nuevas medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con la recomendación general núm. 25, entre ellas incentivos para que los padres manden a sus hijas a la escuela".

En respuesta a esta recomendación, en la Constitución de 11 de diciembre de 2010 se retoma el principio de la igualdad entre los géneros en lo que respecta al derecho a la educación. En el artículo 23 se estipula lo siguiente: "Todo niño tiene derecho a la instrucción y la educación bajo la responsabilidad de sus padres, en respeto de la libertad de elección de estos".

Por otro lado, según lo dispuesto en el artículo 22: "El Estado se compromete a adoptar las medidas necesarias para garantizar el desarrollo intelectual de toda persona sin otra limitación que las aptitudes de cada una".

Además, en el artículo 24 de la Constitución se garantiza la igualdad de acceso de todas las personas a la enseñanza pública gratuita.

1. Medidas legislativas

De conformidad con lo dispuesto en la Ley núm. 2008-011, de 26 de julio de 2008, relativa a las Orientaciones Generales del Sistema Educativo, de Enseñanza y de Capacitación de Madagascar, las niñas gozan del libre acceso al sistema educativo en las mismas condiciones que los niños.

En los datos estadísticos escolares que se presentan a continuación se muestra la proporción de niñas en el sistema educativo malgache.

Cuadro 9

Estadísticas del sistema educativo malgache con el porcentaje de niñas

Regiones

Total en preescolar

Total en primaria

Total en los 4 primeros cursos de secundaria

Total en los 2 últimos cursos de secundaria

Niños y niñas

Niñas

Niños y niñas

Niñas

Niños y niñas

Niñas

Niños y niñas

Niñas

Alaotra Mangoro

2 194

1 139

181 397

89 026

32 990

16 590

7 702

3 706

Amoron'i Mania

5 696

2 852

139 138

67 865

33 287

17 243

5 549

2 719

Analamanga

3 738

1 906

283 207

135 612

94 716

48 702

23 048

12 007

Analanjirofo

6 047

3 091

242 241

117 396

56 582

26 432

5 235

2 130

Androy

509

269

118 442

64 152

10 907

5 474

1 624

699

Anosy

92 861

47 391

10 822

4 869

2 149

955

Atsimo Andrefana

1 914

1 007

184 994

97 801

27 261

12 857

6 186

2 632

Atsimo Atsinanana

2 029

1 092

185 359

89 163

22 243

8 827

2 296

795

Atsinanana

1 608

842

248 074

122 135

38 896

19 324

6 669

3 300

Betsiboka

48 704

24 154

6 498

3 118

999

451

Boeny

1 516

774

91 936

45 770

15 289

7 205

3 770

1 670

Bongolava

50

21

74 631

36 593

12 444

6 101

2 064

935

Diana

2 234

1 144

96 930

48 555

23 479

11 736

5 412

2 530

Haute Matsiatra

2 303

1 179

208 926

102 905

46 966

25 352

8 237

3 982

Ihorombe

124

67

48 704

23 450

5 374

2 426

1 224

557

Itasy

892

481

111 947

54 454

23 585

12 290

3 743

1 816

Melaky

32 585

16 081

3 410

1 587

668

270

Menabe

675

376

82 521

42 230

10 521

4 934

2 323

988

SAVA

225 948

110 638

51 295

22 491

6 282

2 388

Sofia

71

38

273 266

134 336

48 787

20 470

9 192

3 503

Vakinankaratra

4 267

2 215

245 107

118 082

50 045

24 915

7 411

3 349

Vatovavy Fitovinany

1 732

849

322 413

156 803

37 940

16 050

5 870

2 324

EN CONJUNTO

37 599

19 342

3 539 331

1 744 592

663 337

318 993

117 653

53 706

Porcentaje

100 

51,44 

100 

49,29 

100 

48,09 

100 

45,64 

Fuente: DPE/MEN/Anuario estadístico 2010-2011

En lo que respecta al número de niños que comienzan la escolarización a nivel preescolar, el porcentaje de niñas (51,4%) es más elevado que el de niños (48,6%). A nivel de primaria, secundaria y superior se observa al respecto una tendencia inversa que va acentuándose.

En la enseñanza primaria, el porcentaje de niñas escolarizadas es del 49,30% y el de los niños, del 50,7%. Sin embargo, en algunas regiones como Androy, Anosy, Atsimo Andrefana, Diana y Menabe, el porcentaje de niñas escolarizadas sigue siendo superior al de los niños.

En la enseñanza secundaria, la diferencia aumenta, dado que en los centros de educación secundaria el porcentaje de niñas es del 48%, frente al 52% de los niños, y en los institutos, del 45,64%, frente al 54,36% de los niños. No obstante, cabe señalar que, en los centros de educación secundaria, el porcentaje de niñas escolarizadas supera al de los niños en 5 de las 22 regiones que existen en total. En los institutos, solo se observa un porcentaje más elevado de niñas en la región de Analamanga.

La disminución progresiva del porcentaje de niñas se debe a que estas abandonan antes la escuela, ya sea para casarse, como consecuencia de un embarazo precoz, o porque los padres consideran que ya han adquirido suficientes conocimientos y las sacan de la escuela de manera prematura.

Hasta la edad de 20 y 21 años se observa un porcentaje de mujeres jóvenes del 54,15%, que supera al del sexo masculino. Sin embargo, a partir de los 22 años, el porcentaje de hombres que continúan los estudios superiores se sitúa por encima del de las mujeres.

En el cuadro que se presenta a continuación se muestran las cifras de los estudiantes matriculados en instituciones superiores durante el año académico 2009-2010 (véase el anexo).

Cuadro 10

Distribución por carrera y género de los estudiantes del Centro Nacional de Educación a Distancia de Madagascar (CNTEMAD)

Carrera

Varones

Mujeres

Total

Gestión

1 218

1 282

2 600

Derecho

1 425

1 763

3 188

Informática de gestión

511

241

762

Comercio

189

339

628

Comunicación

162

539

701

Título de formación profesional (informática, comunicación, comercio)

124

194

318

Todas

3 629

4 368

7 987

Proporción (porcentaje)

45

55

100

Fuente: MESUPRES/Anuario 2009-2010

Los datos presentados en el cuadro 1 del anexo no informan acerca de la paridad entre los géneros de los estudiantes. No obstante, muestran que el acceso a la enseñanza superior se ve facilitado por la presencia de instituciones públicas y privadas diseminadas por la isla, en particular el CNTEMAD, implantado en 20 de las 22 regiones. La existencia de este centro en casi todas las regiones favorece el acceso de las mujeres a la enseñanza superior en la medida en que los cursos que se impartan a distancia no las obliguen a desplazarse de su lugar de residencia.

Por otro lado, los datos del cuadro 2 de dicho anexo muestran que la proporción de mujeres jóvenes inscritas en la enseñanza superior en el Centro Nacional de Educación a Distancia de Madagascar (55%) es más elevada que la de hombres (45%).

Todos los alumnos, sin distinción por razón de sexo, acceden en función del nivel de enseñanza a los mismos programas, los mismos exámenes y a un personal docente con la misma cualificación. No se ha podido consultar la distribución por sexo de los docentes en la enseñanza primaria y secundaria. En la enseñanza superior, las docentes son menos numerosas que los docentes, como se muestra en el cuadro que se presenta a continuación.

Cuadro 11

Distribución por sexo de los docentes de la enseñanza superior

Carrera

Profesor titular

Profesor

Profesor adjunto

Ayudante

Total

V

M

Total

V

M

Total

V

M

Total

V

M

Total

V

M

total

6 universidades públicas

64

28

92

81

41

122

408

179

587

242

131

373

795

379

1174

Centros privados

56

22

78

102

15

117

89

34

123

211

88

299

457

159

618

Fuente: MESUPRES

Los estudiantes, sin distinción por razón de sexo, tienen las mismas posibilidades de disfrutar de las becas que otorga el Estado. En el curso 2009-2010, 39.818 estudiantes de un total de 47.793, es decir, el 83,1%, recibieron becas de estudios.

ara solucionar el problema del abandono precoz y aumentar la tasa de escolarización en general y la de las niñas en particular, el Ministerio de Educación Nacional, con el apoyo del UNICEF y en colaboración con aquellos ministerios cuyas competencias están relacionadas con la educación presentó, antes del comienzo del curso 2013-2014, una campaña de escolarización de todos los niños en edad escolar destinada a los padres y a los ciudadanos en el plano nacional.

Por otro lado, desde 2006, con el apoyo de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), el Ministerio de Educación Nacional puso en marcha un programa de becas para niñas con el objetivo de lograr que no abandonaran la escuela y que al menos terminaran el ciclo de estudios de primaria.

Además, desde 2007 se está llevando a cabo un programa basado en la estrategia "niña por niña", elaborado por el Ministerio de Educación Nacional y respaldado por el UNICEF, con el mismo objetivo. Con esta estrategia se implanta un sistema de tutorías mediante el cual una niña que estudia uno de los primeros cursos de secundaria se convierte en tutora de otra de la misma aldea que acaba de matricularse en el primer curso de la escuela primaria. La misión de la tutora es orientar a la persona a su cargo respecto de varios aspectos: entre ellos, debe acompañarla a la escuela y ayudarla con los deberes.

Por último, se han adoptado medidas para aliviar los gastos económicos que la educación de los hijos supone para los padres, a fin de reactivar la escolarización de todos los niños en general y la de las niñas en particular. Cuando los padres que carecen de recursos se ven obligados a elegir cuál de sus hijos continuará los estudios, las niñas suelen salir perjudicadas en la decisión.

Así pues, el Estado sigue asumiendo el pago de las tasas de matriculación de los alumnos, distribuyendo material escolar con el apoyo del UNICEF, otorgando subsidios a los docentes de la FRAM (Asociación de Padres de Alumnos) contratados por los padres de los alumnos y a los docentes de las escuelas privadas, estableciendo comedores escolares en las zonas rurales con alto riesgo de desescolarización y concediendo becas a los alumnos de familias con dificultades.

En el marco de la ejecución del Plan Provisional de Educación (PIE) correspondiente al período 2013‑2015, cabe destacar las siguientes medidas:

•Se proporcionó material escolar a 3.650.959 alumnos en 2013;

•Se pretende dotar de comedores nuevos a 151.379 escuelas en zonas de inseguridad alimentaria;

•Se suministrará un complemento nutricional en períodos de escasez a 182.548 alumnos;

•Se concederán becas a 4.224 alumnos de secundaria y subvenciones a 11.333 docentes del sector privado;

•Se ampliará la infraestructura de educación preescolar, así como el presupuesto asignado a esta.

Con respecto a los niños que se encuentran fuera del sistema escolar, el programa ASAMA se encarga de la reinserción de los niños no escolarizados o desescolarizados sin distinción por razón de sexo.

En el cuadro que se presenta a continuación se destacan los logros obtenidos por la Dirección de Educación Preescolar y Alfabetización (DEPA) entre 2008 y 2012.

Cuadro 12

Logros de la DEPA

Año académico

Núm. de grupos

Núm. inicial de alumnos

Presentados a los exámenes

Aprobados en el examen para la obtención del CEPE

Porcentaje

2008/2009

18

483

334

260

77,44

2009/2010

56

1 265

804

494

61,49

2010/2011

34/69

2 110

667

524

85

2011/2012

34/80

1 009

747

606

81, 12

Total

221

4 867

2 552

1 884

73,82

Entre 2008 y 2012, el número de grupos del programa ASAMA aumentó de 18 a 80, y se ofreció una oportunidad de reinserción escolar a 4.867 alumnos; dentro de este grupo, 1.884 de los 2.552 alumnos finalmente matriculados aprobaron el examen de obtención del certificado de estudios primarios elementales (CEPE), es decir, la tasa de aprobados fue del 73,82%.

En vista de estos resultados, en el PIE se prevé ampliar los grupos del programa ASAMA. De este modo, se confiará a las ONG la educación de 10.000 adolescentes no escolarizados o desescolarizados y los otros 10.000 serán asignados a 11 distritos escolares experimentales, distribuidos en 3 regiones: Amoroni Mania, Analanjirofo y Atsinanana. Tras una escolarización intensiva de 10 meses, estos niños se presentarán a los exámenes del CEPE y, quienes aprueben, se reinsertarán en el sistema educativo oficial.

Finalmente, con respecto a los niños con discapacidad, se aprobó el Decreto 2009-1147, de 1 de septiembre de 2009, relativo a la Política Nacional de Educación Inclusiva. En su artículo 4 se estipula que "no se denegará a ningún niño la admisión en una escuela primaria sin motivos legítimos". De este modo, todos los niños, independientemente de su salud física, sensorial o mental, tienen derecho a ser escolarizados en las mismas condiciones que los demás.

El objetivo de la educación inclusiva es lograr la integración de todos los niños que se encuentren fuera del sistema educativo oficial en los grupos de las escuelas primarias públicas o privadas cercanas y conseguir que no abandonen la escuela.

En colaboración con el UNICEF, en 2015 se prevé la inserción y la reinserción escolar de 20.000 niños desescolarizados y no escolarizados. Con carácter experimental, en 2013 se organizaron cursos de recuperación destinados a 6.365 niños desescolarizados y no escolarizados distribuidos en 112 grupos de educación inclusiva, además de la capacitación de 385 docentes para el desempeño de su labor experimental.

Los datos de 2010 muestran más detalles acerca de la distribución por edades de los estudiantes matriculados en el año académico 2009‑2010.

Cuadro 13

Distribución por edades de los estudiantes matriculados en el año académico 2009-2010

Grupos de edad

Totalidad del sistema de educación superior

(6 universidades públicas, el Instituto de Ciencia y Tecnología Nucleares, 3 IST, el CNTEMAD, universidades privadas)

Proporción de mujeres

Varones

Mujeres

Total

Porcentaje

Menos de 18 años

487

962

1 449

66,39

De 18 a 21 años

14 388

16 727

31 115

53,76

De 22 a 25 años

16 288

13 360

29 648

45,06

De 26 a 29 años

5 430

3 314

8 744

37,90

De 30 a 33 años

1 171

667

1 838

36,29

De 34 a 39 años

552

393

945

41,58

Más de 40 años

568

291

859

33,87

Total

38 884

35 714

74 598

47,87

Fuente: MESUPRES/Anuario 2009-2010

Aplicación del artículo 11 de la Convención: igualdad de derechos en el empleo y el trabajo

(Objeto de la recomendación que figura en los párrafos 15 y 29)

"1. Los Estados partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos, en particular:

2. a) Prohibir, bajo pena de sanciones, el despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil;".

1. Marco normativo

Madagascar ha ratificado los siguientes instrumentos:

•El Convenio sobre Igualdad de Remuneración (Núm. 100);

•El Convenio relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación (Núm. 111);

•El Convenio relativo a la Igualdad de Trato de Nacionales y Extranjeros en Materia de Seguridad Social (Núm. 118) de la Organización Internacional del Trabajo;

•El Convenio sobre las Relaciones de Trabajo en la Administración Pública (Núm. 151).

La legislación nacional relativa al mercado de trabajo, tanto en el sector público como en el privado, vela por el respeto del principio de igualdad de acceso al empleo de conformidad con las normas internacionales del trabajo.

El sector público se rige por la Ley núm. 2003-011, de 3 de septiembre de 2003, relativa al Estatuto General de los Funcionarios, mientras que el sector privado lo hace por la Ley núm. 2003-044, de 28 de julio de 2004, relativa al Código del Trabajo.

Las prestaciones sociales del sector privado se rigen por el Decreto núm. 69-145, de 8 de abril de 1969, relativo al Código de Garantías Sociales.

2. Sector público y privado

Se respetan los principios de igualdad de acceso al empleo, igual remuneración por trabajo de igual valor y no discriminación por razón de la edad de contratación y de sexo.

La Ley núm. 2003-044, de 28 de julio de 2004, relativa al Código del Trabajo estipula, en su artículo 53, que "a igualdad de cualificaciones profesionales, de empleo, y por un trabajo de igual valor, el salario será igual para todos los trabajadores, independientemente de su origen, su color de piel, su ascendencia nacional, su sexo, su edad, el sindicato al que pertenezcan, sus opiniones y su condición".

En el capítulo III del Código del Trabajo se definen las condiciones particulares de trabajo para determinados tipos de trabajadores y, concretamente, las del trabajo de las mujeres.

Con respecto al sector privado, a fin de luchar contra la discriminación por razón de edad y de sexo, en el Decreto núm. 2013-337, de 14 de mayo de 2013, y su artículo 1 se ha establecido la edad normal de acceso al derecho a una prestación para los trabajadores de sexo masculino y femenino en 60 años, mientras que anteriormente la edad de jubilación de las mujeres era de 55 años.

3. Sector informal

En 2012, el INSTAT llevó a cabo una encuesta nacional sobre el empleo y el sector informal, con el apoyo del PNUD, la Oficina Internacional del Trabajo e IRD/DIAL (instituto de investigación para el desarrollo). De los resultados de la encuesta se desprenden las siguientes conclusiones:

•El desempleo, tal como lo define la Oficina Internacional del Trabajo, sigue siendo bajo en Madagascar, puesto que afecta únicamente al 1,3% de la fuerza de trabajo malgache. No obstante, afecta más a las mujeres que a los hombres, ya que 6 de cada 10 desempleados son mujeres;

•De cada 10 empleos, 9 se enmarcan en el sector informal. En este sentido, se observa una alta presencia femenina en el sector informal al margen de la agricultura (trabajo doméstico en los hogares y posibles actividades incluidas en la categoría de la asistencia familiar).

Todos los años, desde 2011, la CNSS (Caja Nacional de la Seguridad Social) adopta medidas de sensibilización para animar a los empleadores del sector informal a dar de alta a sus empleados en la CNSS, con miras a que puedan obtener prestaciones.

El impulso a la integración de los trabajadores en el sector formal figura entre las prioridades de la Oficina del Viceprimer Ministro encargada de la Economía y la Industria a través de la promoción de la creación de cooperativas.

4. A igual trabajo, igual salario

La Constitución de 2010, en su artículo 29, estipula lo siguiente: “Todo ciudadano tiene derecho a percibir una remuneración justa por su trabajo que le garantice a él y a su familia una existencia conforme a la dignidad humana”.

5. Migración por razones económicas

La elevada tasa de desempleo ha provocado un incremento del número de hombres y mujeres que se han expatriado para encontrar trabajo en el extranjero, especialmente en Seychelles, Mauricio, la Arabia Saudita, Kuwait, Qatar y Dubai.

Cuadro 14

Duración de la estancia de los emigrados en 2007

País

Número

Hombres

Mujeres

Meses/años de estancia

Líbano

448

0

448

2 a 3 años

Mauricio

276

76

200

2 a 3 años

Seychelles

256

45

211

2 años

Mayotte

5

5

0

3 meses a 1 año

Total

985

126

859

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro 15

Sectores de actividad de los emigrados en 2007

Empleo

Número

Visitador(a) social

209

Empleada doméstica

239

Mecánico de alta precisión

26

Maquinista

226

Frigorista

1

Aprestadora

212

Empaquetador y envasador

43

Técnico en mecánica de motores

2

Técnico en pintura CAT

3

Operario

10

Orientación pedagógica

14

Total

985

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro 16

Duración de la estancia de los emigrados en 2008

País

Número

Hombres

Mujeres

Meses/años de estancia

Líbano

657

0

657

3 años

Mauricio

133

76

57

2 años

Seychelles

1

0

1

1 año

Total

791

76

715

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro17

Sectores de actividad de los emigrados en 2008

Empleo

Número

Empleada doméstica

657

Aprestadora

58

Ayudante de cocina

2

Encargado de almacén

73

Funcionario responsable del bienestar de los animales

1

Total

791

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro 18

Duración de la estancia de los emigrados en 2009

País

Número

Hombres

Mujeres

Meses/años de estancia

Líbano

3 919

0

3 919

3 años

Mauricio

294

62

232

1 a 3 años

Seychelles

133

75

58

2 años

Mayotte

19

19

0

3 meses a 1 año

Kuwait

7

0

7

2 años

Total

4 372

156

4 216

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro 1 9

Sectores de actividad de los emigrados en 2009

Empleo

Hombres

Mujeres

Duración

Empleada doméstica

3 926

3 años

Aprestadora

58

2 años

Asistente de cocina

2

2 años

Encargado de almacén

73

2 años

Funcionario responsable del bienestar de los animales

1

1 año

Chapista pintor especializado en mantenimiento

4

6 meses

Técnico de mantenimiento y reparación de circuitos y transmisión de máquinas

2

8 meses a 1 año

Técnico de mantenimiento y reparación de circuitos de sistemas y motores

2

6 meses

Técnico de mantenimiento y reparación de circuitos

4

6 meses

Técnico de mantenimiento y reparación de sistemas electrónicos

1

6 meses

Técnico de mantenimiento y reparación de circuitos y transmisión de máquinas

2

8 meses a 1 año

Técnico de mantenimiento y reparación de circuitos de sistemas y motores

2

6 meses

Técnico de mantenimiento y reparación de circuitos

4

6 meses

Técnico de mantenimiento y reparación de sistemas electrónicos

1

6 meses

Operario de máquinas

16

169

3 años

Sin mencionar

42

2 años

Total

156

4 216

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro 20

Duración de la estancia de los emigrados en 2010

País

Número

Hombres

Mujeres

Meses/años de estancia

Líbano

23

2

21

3 años

Mauricio

206

161

45

2 a 3 años

Qatar

1

1

2 años

Mayotte

4

4

0

1 año

Kuwait

116

116

2 años

Egipto

108

108

2 años

Dubai

2

2

2 a 3 años

Arabia Saudita

1

1

2 años

Total

461

274

186

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro 21

Sectores de actividad de los emigrados en 2010

Empleo

Hombres

Mujeres

Duración

Empleada doméstica

139

2 a 3 años

Niñera

2

2 a 3 años

Técnico pintor especializado

2

1 año

Técnico en máquinas-herramientas

2

1 año

Maquinista

213

3

3 años

Mecánico de alta precisión

15

2 años

Operario de máquinas

42

3 años

Agente de seguridad

12

2 años

Carpintero

9

2 años

Soldador

6

2 años

Conductor de maquinaria

5

2 años

Albañil

9

2 años

Capataz

1

3 años

Jardinero

1

3 años

Técnico de mantenimiento

1

2 años

Total

274

188

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro 22

Duración de la estancia de los emigrados en 2011

País

Número

Hombres

Mujeres

Sin determinar

Meses/años de estancia

Líbano

1

1

3 años

Mauricio

390

246

144

3 a 4 años

Seychelles

50

22

28

2 años

Mayotte

7

7

5 meses a 1 año

Kuwait

165

165 (2 casos de prohibición de salida del territorio)

2 años

Aix-en-Provence

1

1

Sin determinar

Francia

1

1

2 meses

Jordania

288

113

167

8

3 años

Total

903

390

505

8

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro 23

Sectores de actividad de los emigrados en 2011

Empleo

Hombres

Mujeres

Sin determinar

Duración

Aprestadora

22

28

2 años

Técnico en máquinas-herramientas especializado en la mecanización

1

5 meses

Técnico en mecánica de motores

2

5 meses

Chapista pintor

1

1 año

Técnico de mantenimiento y de reparación

3

5 meses a 1 año

Empleada doméstica

166 (2 casos de prohibición de salida del territorio)

3 años

Lavado

3

3 años

Visitador

1

3 años

Empleado de granja

4

3 años

Tejedor

1

3 años

Operario de máquinas

125

126

3 a 4 años

Operario

25

3 años

Maquinista

45

18

3 años

Lavado

21

3 años

Clasificador de pescado

15

Operario de acabado

1

3 años

Empleado de hilado

1

3 años

Hilado

2

3 años

Cocinero

2

3 años

Administración y apoyo de programas

1

Sin determinar

Curso de gestión de empresas

1

2 meses

Tintorería

23

20

7

3 años

Sin mencionar

9

17

Verificación

1

Arreglo de refuerzos

1

Control de calidad

1

Cortador

4

Encargado

1

Encargado de costura

1

Inspección

1

1

Inspección final

2

Intérprete

1

Tejido

2

4

Tricotado / inspección

1

Tricotado

8

42

Maquinista

41

30

Manipulador de maquinaria

1

Reparación

4

16

Operario

1

Operario de maquinaria

1

Operario de robot

1

Operario de shima

1

Empaquetado

4

2

Control de calidad del tricotado

1

Planchado

1

Robot

1

Robot de tricotado

1

Realización de costuras de refuerzo

1

Shima

5

3

Máquina shima

1

1

Costura

2

17

1

Tricotado de punto por encima

1

Tricotadora

1

Verificador

1

Almacén

1

Total

390

505

8

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro 24

Duración de la estancia de los emigrados en 2012

País

Número

Hombres

Mujeres

Meses/años de estancia

Seychelles

260

48

212

2 años

Mauricio

881

602

279

2 a 5 años

Omán

3

3

2 años

Arabia Saudita

360

360

2 años

Kuwait

1 626

1 626 (1 caso de utilización doble)

2 años

Francia

23

23

3 meses a 1 año

Jordania

73

19

54 (1 caso de utilización doble)

2 años

Total

3 226

669

2 557

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Cuadro 25

Sectores de actividad de los emigrados en 2012

Empleo

Hombres

Mujeres

Duración

Empleada doméstica

1 990

1 a 2 años

Obrero manual

3

24

2 años

Encargado de alimentación y bebidas

6

Agente de seguridad

10

Jefe de cocina

2

Jefe de limpieza

2

Jefe de personal

1

Gerente de seguridad

2

Aprestadora

37

203

Costurero/a

30

5

2 años

Operario de maquinaria

387

123

3 años

Obrero/a de primer año

2

9

3 a 5 años

Maquinista

112

122

3 años

Colorista

1

3 años

Desarrollador web

2

3 años

Encargado de casa de comidas

1

3 años

Lavado

1

3 años

Operario

40

2 años y 6 meses

Operario de lijado

3

3 años

Obrero/a

13

13

5 años

Empaquetado

1

3 años

Supervisor

1

3 años

Serigrafía

3

3 años

Inspección

2

Intérprete

1

1

Tejido

1

Tricotado de mangas

1

Tricotado

14

Reparación

7

Operario de robot

1

Operario de shima

1

Costura overlock

1

Rebobinado

1

Shima

1

Costura

16

Tricotado de punto por encima

1

Verificación

1

GIP

1

Montaje

1

Cocinero

1

Sin mencionar

1

1

Formadora

22

3 meses

Total

669

2 557

Fuente: Ministerio de Administración Pública, Trabajo y Leyes Sociales

Se han adoptado las siguientes medidas reglamentarias para garantizar el seguimiento y evaluación de la situación de los trabajadores migrantes:

•Aprobación del Decreto núm. 2005/396, de 28 de junio de 2005, que establece las condiciones y modalidades de las agencias de contratación privadas y las modalidades de concesión y de retirada de la autorización, así como de los textos posteriores;

•Resolución núm. 01-013/2010 de 10 de febrero de 2010, que establece las modalidades de concesión y de retirada de la autorización de las agencias de contratación privadas.

La legislación nacional, que reconoce el derecho a la licencia de maternidad, tanto en el sector público como en el privado, no admite el despido por embarazo. El artículo 94 del Código de Trabajo establece lo siguiente: “Una mujer en busca de empleo no está obligada a declarar su estado de embarazo. Este no debe tenerse en consideración para rescindir un contrato de trabajo durante el período de prueba”.

Asimismo, el artículo 95 estipula lo siguiente: “Ningún empleador puede rescindir el contrato de trabajo de una mujer asalariada cuando se pueda demostrar médicamente que está embarazada”.

Sin embargo, en la práctica, a la hora de realizar contrataciones, ciertas empresas francas prefieren dar empleo a mujeres no embarazadas.

Por otro lado, son escasos los casos de despido motivados por el embarazo que se remiten a los tribunales de trabajo.

Aplicación del artículo 12 de la Convención: igualdad en el acceso a la atención de la salud

(Objeto de la recomendación que figura en los párrafos 15 y 31)

“El Comité recomienda que el Estado parte aplique medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención y la recomendación general núm. 25 del Comité, como parte de una estrategia necesaria para acelerar el logro de la igualdad de facto entre mujeres y hombres. El Comité pide al Estado parte que considere la posibilidad de valerse de una variedad de medidas posibles, como cupos, valores de referencia, metas e incentivos, en particular para garantizar la aplicación acelerada de los artículos 7, 8, 10, 11, 12 y 14 de la Convención.

El Comité recomienda que el Estado parte adopte medidas para mejorar el acceso de las mujeres a la atención médica, especialmente atención obstétrica de emergencia, y servicios sanitarios e información sobre la salud, de conformidad con el artículo 12 de la Convención y la recomendación general núm. 24 del Comité sobre las mujeres y la salud. Pide al Estado parte que mejore la disponibilidad de los servicios de educación sexual y de salud reproductiva, incluida la planificación familiar, a fin de prevenir los embarazos precoces y los abortos clandestinos. Alienta al Estado parte a que mejore todos los servicios de salud, especialmente para las mujeres del medio rural. El Comité pide al Estado parte que en su próximo informe presente información detallada sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso de las mujeres a los servicios sanitarios y la información sobre la salud, incluida la salud sexual y reproductiva y la planificación familiar, así como las repercusiones de dichas medidas”.

Madagascar todavía no dispone de medidas específicas que se incluyan en el marco de una estrategia que acelere el logro de una igualdad de facto entre la mujer y el hombre a través de cuotas.

Como se ha indicado en la parte relativa a la aplicación del artículo 7, en el ámbito del ejercicio de los derechos políticos, está prevista la instauración de medidas especiales, con cuotas, objetivos y calendarios, a fin de que pueda lograrse la igualdad de facto entre el hombre y la mujer en materia de acceso a puestos designados mediante elección.

Madagascar dispone de un Código de Salud; de conformidad con su artículo 267, es responsabilidad del Estado poner en marcha servicios sanitarios especiales, de calidad y accesibles para las mujeres que presentan complicaciones vinculadas con el embarazo, el parto, el posparto y el período postnatal, así como con el aborto.

La salud de la madre y del niño constituye una de las prioridades del Gobierno de Madagascar. Entre 1992 y 2009, la tasa de mortalidad en la infancia y en la niñez se redujo en 45 puntos y en 91 puntos, gracias a la prestación de una serie de actividades para la mejora de la salud de madres e hijos. En todo caso, después de una disminución de 127 puntos, la tasa de mortalidad materna experimenta una cierta tendencia al alza. Las muertes maternas son más frecuentes a nivel de la comunidad (88%) que a nivel de las dependencias de los servicios de salud (12%).

Cuadro 26

Tendencia de la mortalidad materna, neonatal, infantil y en la niñez

Encuesta Demográfica y de Salud de Madagascar

1992

1997

2003-2004

2008-2009

Mortalidad materna

por cada 100.000 nacidos vivos

596

488

469

498

Mortalidad neonatal

por cada 1.000 nacidos vivos

42

41

34

24

Mortalidad infantil (< 1 año)

por cada 1.000 nacidos vivos

93

96

58

48

Mortalidad en la niñez (< 5 años) por cada 1.000 nacidos vivos

163

159

94

72

Fuente: Demográfica y de Salud de Madagascar en 1992, 1997, 2003-2004, 2008-2009

El Estado dispone de una hoja de ruta para reducir la mortalidad materna entre 2005 y 2015. Se han realizado estudios para promover la adopción de decisiones y la reorientación de la política general de salud, especialmente en materia del programa para la supervivencia de la madre y el recién nacido.

En 2012, se adoptó e implementó un Documento de Orientación Política sobre la Salud Reproductiva. Se han realizado esfuerzos para mejorar el acceso de las mujeres a los servicios de salud durante el embarazo, el parto y durante el período postnatal.

1. Mejora del acceso de las mujeres a la atención de la salud durante el embarazo

Los servicios de consulta prenatal (CPN) se ofrecen gratuitamente en todas las dependencias de los servicios de salud públicos. Con el objetivo de mejorar la supervivencia de la madre y el recién nacido, durante las consultas prenatales se ofrecen una serie de actividades con carácter preventivo, curativo y promocional.

La participación de la comunidad en el proceso de planificación, realización y seguimiento de estas actividades ha permitido mejorar el acceso de las mujeres embarazadas a la atención adecuada. Se ha observado un aumento de la tasa de cobertura en la primera CPN.

Las actividades de sensibilización se reforzarán para alcanzar los objetivos establecidos para la cuarta CPN.

Cuadro 27

Tendencia de la cobertura en la consulta prenatal

Año 2009

Año 2010

Año 2011

Año 2012

Objetivo

Resultado

Objetivo

Resultado

Objetivo

Resultado

Objetivo

Resultado

Tasa de realización de la primera consulta prenatal (CPN.1)

61%

76%

65%

78%

63%

80%

80%

80%

Tasa de mujeres que han efectuado al menos 4 CPN (CPN.4)

No disponible

15,4%

60%

Fuente: Ministerio de Salud Pública / Servicio de Estadísticas Sanitarias

Desde 2011, para velar por la calidad de los servicios ofrecidos en la atención prenatal, la CPN mejorada, que incluye toda la atención adecuada para las mujeres embarazadas, como la vacunación, la nutrición y el suministro de suplementos de hierro y ácido fólico y la eliminación de parásitos, la administración de sulfadoxina-pirimetamina, el asesoramiento y diagnóstico inicial en materia de VIH y sífilis, se ha reforzado e integrado en la capacitación sobre atención obstétrica y neonatal de urgencia.

De 2009 a 2010, el porcentaje de niños nacidos protegidos contra el tétanos pasó de un 51,2% a un 59%, con un pico elevado del 62% en 2011, que se correspondía con el período de realización de la campaña de erradicación del tétanos materno y neonatal.

Cuadro 28

Evolución del número de nacimientos protegidos contra el tétanos neonatal (TNN)

Año

Número de mujeres que recibieron ATT

Embarazos previstos

Número

% de nacimientos protegidos

2009

881 000

503 503

57,2%

2010

964 270

566 725

58,8%

2011

793 057

492 295

62%

2012

816 202

483 979

59%

Fuente: Anuario de Estadísticas del Sector de la Salud en Madagascar, JRF 2011, JRF 2012

De conformidad con la recomendación de la OMS, en 2012, se estaba estudiando un proyecto de ley relativo a la vacunación. Entre sus objetivos, cabe citar los siguientes: establecer un marco jurídico de gestión de la salud de prevención de las enfermedades evitables mediante la vacunación, de conformidad con sus obligaciones constitucionales; planificar, organizar, ejecutar y supervisar las medidas destinadas a velar por el carácter obligatorio y gratuito de la prevención de las enfermedades evitables mediante la vacunación; proporcionar los recursos financieros permanentes y necesarios para el cumplimiento de los objetivos especificados.

En el marco de la lucha contra el VIH/SIDA, las diferentes encuestas de vigilancia biológica del VIH/SIDA efectuadas entre las mujeres embarazadas en 2005, 2007 y 2010 han revelado tasas de prevalencia inferiores al 1%, en concreto del 0,15%, 0,18% y 0,09%, respectivamente. No obstante, aunque el objetivo se ha fijado en el 80%, el porcentaje de mujeres embarazadas que han realizado la prueba del VIH/SIDA es del 32,15%.

Cuadro 29

Tendencia de la prevención primaria de la transmisión maternoinfantil del VIH/SIDA entre las mujeres embarazadas

Año

Asesoramiento previo a la prueba de VIH (%)

Prueba de VIH/SIDA (%)

Objetivo ( % )

2010

29,07

22,80

80

2011

57,29

51,04

80

2012

39,41

32,15

80

Fuente: Ministerio de Salud Pública / Programa Nacional de Lucha contra el SIDA

Según los resultados de la encuesta demográfica y de salud realizada en 2008-2009, durante las CPN, el 9% de las mujeres embarazadas recibieron asesoramiento sobre el VIH, aceptaron realizar la prueba y conocieron sus resultados, mientras que el 24% de las mujeres embarazadas recibieron únicamente asesoramiento sobre el VIH y el 13% realizaron la prueba y conocieron los resultados.

Se han realizado esfuerzos para mejorar el acceso de las mujeres embarazadas a la prevención primaria del VIH/SIDA mediante la ampliación de los centros de diagnóstico inicial y asesoramiento sobre el VIH/SIDA.

Cuadro 30

Evolución de la puesta en marcha de unidades de diagnóstico inicial y asesoramiento sobre el VIH/SIDA

Indicadores

2009

2010

2011

2012

Objetivos 2017

Número de unidades de diagnóstico inicial y asesoramiento sobre el VIH

816 de 2.436 centros de atención primaria

1.020 de 2.458 centros de atención primaria

1.638 de 2.485 centros de atención primaria

1.644 de 2.544 centros de atención primaria

Porcentaje de centros de atención primaria que ofrecen asesoramiento y diagnóstico inicial sobre el VIH/SIDA

33,49%

41,49%

65,91%

64,62%

100% (todos los centros de atención primaria públicos)

Fuente: Ministerio de Salud Pública / Programa Nacional de Lucha contra el SIDA

En lo que se refiere a la lucha contra el paludismo, desde 2007, las campañas de fumigación de interiores con insecticida realizadas antes del inicio de la temporada de transmisión del paludismo constituyen uno de los métodos de control del vector más eficaces para interrumpir dicha transmisión. Este método ha permitido incrementar el porcentaje de la población protegida contra el paludismo. Desde el año 2008, se ha aplicado este método en algunos municipios.

Entre 2010 y 2011, su uso se generalizó en la región montañosa central y se amplió a tres regiones del sur. Para mejorar la protección de las mujeres embarazadas y de los niños, se realizan una serie de actividades complementarias, tanto durante las actividades ordinarias como durante las actividades de la campaña. Se distribuyen mosquiteros tratados con insecticidas, ya sea gratuitamente o en la modalidad de mercadotecnia social.

Cuadro 31

Tendencia de la distribución de los mosquiteros tratados con insecticidas

2007

2008

2009

2010

2011

2012

Mosquiteros tratados con insecticidas distribuidos en modalidad ordinaria

-

471.720

44.000

74.363

226.040

130.364

Mosquiteros tratados con insecticidas distribuidos durante las campañas en los distritos*

2.026.000 en 92 distritos

2.900.000 en 10 distritos

4.748.869 en 72 distritos

3.463.445 en 31 distritos

Mosquiteros tratados con insecticidas vendidos mediante la modalidad de mercadotecnia social en los distritos*

914.156

en 106 distritos

429.332

en 104 distritos

253.300

en 104 distritos

163.636

en 104 distritos

284.235

en 104 distritos

345.931

en 104 distritos

Fuente: Ministerio de Salud Pública de Madagascar / Programa Nacional de Lucha contra el Paludismo *Número total de distritos sanitarios: de 2005 a 2010 (111), a partir de 2011 (112)

El tratamiento preventivo intermitente (TPI), basado en la toma periódica de sulfadoxina-pirimetamina (SP), se dispensa con fines de prevención del paludismo a partir del cuarto mes de embarazo. Esta estrategia se está aplicando en 91 distritos sanitarios. Independientemente del momento de la CPN en el que se haya tratado a la mujer embarazada, el número de mujeres embarazadas que se han beneficiado del TPI en los distritos en cuestión ha aumentado. No obstante, la tasa de pérdida entre el TPI 1 y el TPI 2 varía del 17,18% al 27,42%; deben realizarse esfuerzos con el objetivo de velar por la protección de las mujeres embarazadas.

Cuadro 32

Tendencia del porcentaje de mujeres embarazadas que han recibido tratamiento preventivo contra el paludismo

2007

2008

2009

2010

2011

2012

Población total

18 555.667

19 071 811

19 601 026

20 142 015

20 696 070

21 263 403

Mujeres embarazadas > 4 meses (1,88 % de la PT)

348 847

358 550

368 499

378 670

389 086

399 752

Mujeres embarazadas que han recibido TPI 1

Núm.

169 207

318 163

316 848

327 423

359 081

273 520

%

48,50

88,74

85,98

86,47

92,29

68,42

Mujeres embarazadas que han recibido TPI 2

Núm.

109 278

219 840

238 262

248 522

272 954

188 557

%

31,33

61,31

64,66

65,63

70,15

47,17

Tasa de pérdida entre el TPI 1 y el TPI 2

%

17,18

27,42

21,33

20,84

22,14

21,25

Fuente: Ministerio de Salud Pública de Madagascar / Programa Nacional de Lucha contra el Paludismo

En materia de nutrición, la eliminación de parásitos y el suministro de suplementos de hierro y ácido fólico a las mujeres embarazadas se dispensan de forma gratuita en la modalidad de campaña durante la Semana de la Salud de la Madre y el Hijo.

2. Mejora del acceso de las mujeres a la atención de la salud durante el parto

Desde 2006, con el apoyo de la OMS, el UNICEF y el UNFPA, el Programa de Atención Obstétrica y Neonatal de Urgencia Básica se ofrece en 504 unidades sanitarias y el Programa de Atención Obstétrica y Neonatal de Urgencia Completa, que incluye las operaciones de cesárea, está disponible en 48 unidades sanitarias públicas. Se han organizado sesiones de fortalecimiento de la capacidad en Atención Obstétrica y Neonatal de Urgencia para los trabajadores del sector sanitario (787), entre los que se incluyen médicos, parteras y enfermeras. Con miras a la ampliación y generalización de estas actividades, los módulos de Atención Obstétrica y Neonatal de Urgencia se han integrado en el curso de formación inicial de paramédicos en Madagascar.

Desde 2008, las unidades sanitarias públicas se han provisto de kits individuales para la intervención en partos y de insumos para operaciones de cesárea, que son sufragados por el presupuesto del Estado además de a través de las contribuciones de los asociados técnicos y financieros, entre ellos el UNICEF y el UNFPA. A raíz de ello, 3.119 madres y sus recién nacidos se han beneficiado de esta dotación. Una evaluación sobre la utilización de los kits para las operaciones de cesárea, realizada en 2009, permitió determinar que 4.295 operaciones de cesárea fueron sufragadas por el Estado y 7.949 por el UNFPA. No obstante, desde 2010, la tendencia en cuanto a la dotación de kits en las unidades sanitarias (kits individuales para los partos y kits para las operaciones de cesárea) había disminuido. Además, en 2011, no se llegaron a satisfacer las necesidades de cobertura. En 2012, el efecto se ha percibido en la tasa de partos.

Cuadro 33

Tendencia de la cobertura del parto en las unidades sanitarias

Indicadores

2009

2010

2011

2012

Objetivos 2012

Tasa de partos en las unidades sanitarias

31,59%

33,97%

30%

29,50%

42%

Tasa de operaciones de cesárea

1,07%

0,9%

0,93%

1,37%

1,5%

Fuente: Ministerio de Salud Pública

3. Mejora del acceso de las mujeres a la atención de la salud después del parto

En 2011, en el marco de la promoción de la lactancia materna exclusiva, se aprobó el Decreto núm. 2011-629, de 29 de diciembre de 2011, relativo a la regulación de la Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna. Este Decreto se aplica a los sucedáneos de la leche materna, cuando se comercializan o también cuando se presentan como productos que sustituyen, total o parcialmente, a la leche materna. También se aplica a los biberones y a las tetinas.

Desde 2008, con el fin de fomentar la disminución de la mortalidad materna, se creó una auditoría de casos de muerte materna en las unidades sanitarias públicas. La auditoría de casos de muerte materna consiste en un estudio profundo de las causas, las circunstancias y los factores asociados que han contribuido a la producción de dicho tipo de casos en los centros sanitarios, a fin de formular recomendaciones que fomenten cambios. Además, sobre la base de los análisis de las causas y los factores evitables que se encuentran en el origen de dichas muertes y las secuelas maternas, se adoptarán medidas correctivas a nivel local, regional y nacional. Desde 2008, esta estrategia se ha puesto en marcha en 26 hospitales de referencia.

En 2012, las 4 causas principales de los casos de muerte materna registrados en las unidades sanitarias públicas fueron la septicemia (42%), la hemorragia (21%), la eclampsia (17%) y la ruptura uterina (13%). Se está tramitando un proyecto de decreto relativo a la institucionalización de la práctica de la auditoría/examen de las muertes maternas en todas las unidades sanitarias que practiquen partos en Madagascar.

A nivel comunitario, la vigilancia de los casos de muerte materna se inició a través de los puestos de vigilancia establecidos en cinco distritos.

Desde junio de 2012, se ha puesto en marcha un proyecto piloto que tiene como finalidad mejorar la salud materna y neonatal en las siguientes cinco regiones:

•Atsimo Atsinanana;

•Vatovavy Fitovinany;

•Atsimo Andrefana;

•Androy;

•Sofía.

Este proyecto consiste en facilitar datos fiables en tiempo real, mediante el envío de mensajes por telefonía móvil, para realizar un seguimiento continuo de los casos de muerte materna y neonatal y el abastecimiento de productos de salud reproductiva. Al final del año, con la colaboración de la compañía TELMA, se registraron 393 casos de muerte materna y 176 casos de muerte neonatal.

Cuadro 34

Tendencia de la cobertura de la puesta en marcha de auditorías y del seguimiento de los casos de muerte materna y neonatal

Indicadores

2009

2010

2011

2012

Número de hospitales que practican la auditoría de casos de muerte materna

3

10

19

26

Número de puestos de vigilancia de la mortalidad materna

3

3

5

Fuente: Ministerio de la Salud Pública / Dirección de la Salud del Niño y de la Madre y de la Salud Reproductiva

La consulta postnatal forma parte del paquete mínimo de actividades de todas las unidades sanitarias. El porcentaje de mujeres que recibieron atención postnatal durante las 48 horas posteriores al nacimiento fue del 32,1% en el período 2003-2004 y del 46 % en el período 2008-2009.

En el marco de la mejora de la alimentación de los grupos vulnerables y para velar por la supervivencia y el desarrollo óptimo de cada niño, en 2010 se elaboró un manual titulado Alimentation du nourrisson et du jeune enfant et nutrition de la femme (Alimentación del lactante y del niño pequeño y nutrición de la mujer), con el objetivo de servir de manual de referencia para los médicos y los paramédicos. Este manual pone de manifiesto las mejores prácticas a través de las intervenciones más eficaces y más económicas que tienen como finalidad promover y proteger la alimentación del lactante y del niño pequeño, en particular la lactancia materna y el apoyo alimentario y la nutrición de la mujer. Se ha desarrollado una estrategia de comunicación relativa a la alimentación del lactante y del niño pequeño y la nutrición de la mujer y se han elaborado y difundido diferentes tipos de soportes, como folletos de animación o láminas sobre el ciclo de vida. Se han elaborado programas de formación del personal sanitario y de los líderes y agentes comunitarios. A raíz de ello, se ha capacitado a 224 trabajadores sanitarios, 860 líderes y 2.854 agentes comunitarios en comunicación interpersonal relativa a la alimentación del lactante y del niño pequeño y la nutrición de la mujer en 4 regiones (Analamanga, Androy, Atsimo Andrefana y Anosy).

4. Servicio de planificación familiar y de salud reproductiva

Existe un programa nacional de planificación familiar, aprobado en 2007, orientado a reducir aquellos embarazos precoces, demasiado próximos en el tiempo, demasiado tardíos o demasiado numerosos. Los servicios de planificación familiar se ofrecen gratuitamente en el 97% de las unidades sanitarias públicas, de las cuales el 41% ofrecen además métodos de larga duración. En 2012, la prestación de servicios se reforzó mediante la puesta en funcionamiento de 2.388 centros operativos de planificación familiar a nivel comunitario, estructuras vinculadas a los centros de atención primaria de la salud, en los que trabajan 3.796 agentes comunitarios, y de los cuales 454 ofrecen anticonceptivos inyectables en 88 municipios. De este modo, la prevalencia de la utilización de anticonceptivos evolucionó del 18% en 2003 al 29% en 2008.

5. Embarazo precoz y fístula obstétrica

Según las sucesivas encuestas demográficas y de salud, los embarazos precoces muestran tendencia a la baja, pasando del 52% en 1997 al 32% en 2008. En todo caso, los abortos son el corolario de estos embarazos precoces y un tercio de los casos de aborto se producen entre adolescentes de menos de 25 años y representan el 2% de las causas de hospitalización. Estos embarazos precoces incrementan el riesgo de un parto difícil y favorecen la aparición de la fístula obstétrica, que se traduce en una incapacidad física más o menos importante, acompañada de secuelas humanas y sociales, debido a que la estigmatización social de la que es víctima la paciente conlleva el rechazo por parte de la comunidad, incluida su familia, lo que genera un aislamiento total y un sentimiento vergüenza.

Ciertos usos y costumbres relacionados con casar a las niñas demasiado pronto, como el moletry (matrimonio forzado), la precocidad en aumento de la primera relación sexual o la libertad sexual en algunas regiones en las que, desde la pubertad, las chicas se liberan de la custodia parental y viven solas, son otros elementos igual de determinantes en la aparición de embarazos precoces.

En 2007, un análisis de la situación realizado para evaluar la magnitud y los efectos del fenómeno de la fístula obstétrica permitió calcular que el número de nuevos casos registrados cada año era de aproximadamente 2.000, es decir, 2 o 3 casos por cada 1.000 embarazos.

En 2010, se llevó a cabo un proyecto de erradicación de las fístulas obstétricas, que consistió en prestar una asistencia individualizada gratuita, que incluía una cirugía reconstructiva y la reinserción social de 10 mujeres afectadas de fístula obstétrica y procedentes de 6 regiones.

En 2011, una campaña nacional llevada a cabo en Toliara, que reunió a 7 regiones de Madagascar sudoriental y sudoccidental (Atsimo Andrefana, Androy, Anosy, Vatovavy Fitovinany, Atsimo Atsinanana, Ihorombe, Menabe), permitió tratar gratuitamente a 106 mujeres afectadas de fístula obstétrica y aumentar de 2 a 14 el número de centros hospitalarios encargados de atender dichos casos.

En 2012, se integró en la Semana de la Salud de la Madre y el Hijo un censo de las mujeres afectadas por fístula obstétrica; se registraron 589 casos, de los cuales se trataron 265. Asimismo, se elaboró el Plan Estratégico Nacional para la Erradicación de las Fístulas Obstétricas, que contempla actividades preventivas, curativas y de reinserción social con atención psicológica y que será gestionado por el Ministerio de Salud Pública, en colaboración con el resto de los ministerios pertinentes y diversos asociados, como el sistema de las Naciones Unidas, las ONG nacionales e internacionales y otras entidades defensoras de dicha causa.

6. Prevención de los embarazos precoces

La Ley núm. 2004/028, de 9 de septiembre de 2004, relativa a la Política Nacional de Juventud estipula, en su artículo 3, que “La Política Nacional de Juventud abarca a todos los jóvenes, sin distinción de sexo, clase social, religión, afiliación política o discapacidad física o mental”.

El Estado dispone de una Política Nacional de Salud Reproductiva para los Jóvenes y los Adolescentes. Se ha adoptado un enfoque multisectorial y conjunto por parte de los Ministerios de Salud, de Juventud y de Educación Nacional para la sensibilización en materia de salud reproductiva de los adolescentes y los jóvenes y la reducción de los embarazos precoces.

Se han adoptado asimismo las siguientes medidas para prevenir los embarazos precoces: se presta asesoramiento a los adolescentes, se ha adoptado un enfoque más eficaz sobre la educación sexual y la anticoncepción en las escuelas, se han programado emisiones de radio y de televisión y se ha fortalecido la capacidad de los diversos agentes en relación con la preparación para la vida, basada en la salud sexual y la salud reproductiva.

En 2012, se elaboró un manual de referencia titulado Service amis des jeunes (Servicios adaptados a los jóvenes), del cual se difundieron 4.000 ejemplares. Además, se han puesto en funcionamiento 148 servicios orientados a los jóvenes en 31 de los 119 distritos existentes y se han creado 35 centros de atención primaria de la salud también orientados a aquellos. El establecimiento de redes de los denominados “servicios orientados a los jóvenes” ha permitido facilitar información a estos como respuesta a su demanda y a sus necesidades. En 2013, con el apoyo de la OMS, el UNICEF y el UNFPA, 31 municipios participarán en la red de estos “servicios orientados a los jóvenes” correspondiente a sus respectivas zonas.

Todos los años, se contrata a jóvenes educadores (según un criterio de paridad y con edades entre 15 y 24 años) a los que se encarga la distribución de preservativos a nivel comunitario.

Cuadro 35

Evolución de las actividades de los jóvenes educadores en 25 ubicaciones

Año

2009

2010

2011

2012

Número de jóvenes educadores

1 735 (915 hombres y 815 mujeres)

200 (100 hombres y 100 mujeres)

425 (225 hombres y 200 mujeres)

442 (221 hombres y 221 mujeres)

Número de preservativos distribuidos

65 433

77 889

228 432

155 169

Jóvenes sensibilizados mediante el enfoque de preparación para la vida

159 533

99 844

86 057

133 485

Jóvenes remitidos a los centros de salud

1 904

1 515

4 083

1 787

Fuente: Ministerio de Juventud y Ocio

En la ejecución de los programas para jóvenes, las actividades de prevención del embarazo precoz se realizan conjuntamente con la prevención de las infecciones de transmisión sexual y del VIH/SIDA.

Cuadro 36

Evolución del número de jóvenes sensibilizados sobre la salud reproductiva de los jóvenes y adolescentes y el VIH/SIDA (25 ubicaciones)

Año

2009

2010

2011

2012

Hombres

22 009

75 068

Mujeres

23 013

58 417

Total

159 533

45 022

189 422

133 485

Fuente: Ministerio de Juventud y Ocio

Aplicación del artículo 13 de la Convención: eliminación de la discriminación de la mujer en otras esferas de la vida económica y social

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo núm. 33)

“El Comité insta al Estado parte a que garantice que la promoción de la igualdad entre los géneros sea un componente expreso de sus planes y programas de desarrollo nacionales y locales, en particular los destinados a reducir la pobreza y promover el desarrollo sostenible. El Comité insta también al Estado parte a que preste especial atención a las necesidades de las mujeres rurales y las mujeres que son cabeza de familia, asegurando que puedan participar en los procesos de adopción de decisiones y tener pleno acceso a los créditos. El Comité insta además al Estado parte a que tome medidas proactivas para garantizar a las mujeres de las zonas rurales el acceso a los servicios de salud, la educación, el agua potable, la electricidad, la tierra y los proyectos generadores de ingresos. El Comité recomienda que el Estado parte elabore y ponga en práctica estrategias y programas de desarrollo rural que tengan en cuenta las cuestiones de género y asegure la plena participación de las mujeres rurales en su formulación y ejecución”.

1. Acceso de la mujer a los créditos

Para facilitar el acceso de la mujer al crédito, el Ministerio de Finanzas y de Presupuesto, a través de la Coordinación Nacional de Microfinanciación (CNMF), un servicio vinculado a la Dirección General del Tesoro, ha adoptado ciertas medidas, especialmente la promoción del producto “Crédito más Formación”, en favor de aquellas mujeres en situación de gran vulnerabilidad. En el marco de la iniciativa “Crédito más Formación” se imparten cursos de formación a las asociaciones y/o agrupaciones femeninas en las siguientes esferas:

•Salud materna, infantil, planificación familiar, etc.;

•Gestión de los ingresos familiares;

•Educación de los hijos;

•Gestión de las actividades generadoras de ingresos.

En el cuadro que aparece más adelante se detalla la cuantía del apoyo prestado por la CNMF a fin de difundir el producto de microfinanciación destinado exclusivamente a las mujeres.

Estas iniciativas de apoyo se llevaron a cabo entre 2006 y 2007, y los correspondientes convenios de asociaciones y grupos se mantuvieron vigentes hasta 2009.

Tras este período, todas las instituciones de microfinanciación implicadas continuaron ofreciendo el producto “Crédito más Formación” a sus clientes/miembros utilizando sus propios fondos, al menos aquellas instituciones que se mantenían en activo. También conviene señalar que las instituciones de microfinanciación OTIV, ZL y TIAVO ofrecen asimismo el producto “Crédito más Formación” a sus miembros.

Por último, en el caso de Volamahasoa, “Crédito más Formación” es uno de sus productos principales, aunque no está reservado exclusivamente a las mujeres.

Cuadro 37

Apoyo financiero de la CNMF para la difusión del producto “Crédito más Formación” (financiación del PNUD)

Instituciones

Regiones

Fecha

Cuantía

Ariary

Dólares EE.UU

OTIV Alaotra

Alaotra

junio de 2006

140 000 000

64 113

noviembre de 2007

24 000 000

13 615

OTIV Antananarivo

Analamanga

junio de 2006

304 000 000

139 216

OTIV Diana

Diana

junio de 2006

98 557 000

45 143

Haingonala

Amoron’i Mania

junio de 2006

202 200 000

92 597

ODDER

Anosy

octubre de 2006

208 420 000

97 885

AECA (Asociación de Ahorro y Crédito Autogestionados)

Boeny

noviembre de 2007

70 000 000

39 712

OTIV SAVA

SAVA

noviembre de 2007

40 000 000

22 692

CECAM

Bongolava

noviembre de 2007

66 000 000

37 443

Mujeres

23 013

58 417

Total

1 153 197 000

552 415

Alcance

Número de mujeres beneficiarias de los créditos

25 000

Promedio de importe de los créditos concedidos

163.100 ariary

Fuente: Ministerio de Finanzas y Presupuesto

A continuación se detalla la evolución, para el conjunto del sector, del porcentaje de mujeres que son miembros y/o clientes de las instituciones de microfinanciación (IMF) y otras categorías de instituciones crediticias que ejercen actividades de microfinanciación.

Cuadro 38

Porcentaje de mujeres que son miembros y/o clientes de las IMF y las instituciones crediticias

Año

Dic. 2008

Dic. 2009

Dic.2010

Dic. 2011

Dic. 2012

Mar. 2013

Jun. 2013

Número de puntos de servicio

638

652

700

739

784

789

803

Tasa de penetración en los hogares

13,9%

16,1%

17,5%

19,5%

22,69%

23,13%

23,69%

Número de miembros y/o clientes

529 774

629 302

733 864

844 340

984 683

1 010 537

1 042 421

Número de mujeres miembros y/o clientes

228 120

285 388

340 586

387 636

452 166

465 554

483 579

% de mujeres miembros y/o clientes

43,06%

45,35%

46,41%

45,91%

45,92%

46,07%

46,39%

Fuente: www.madamicrofinance.mg (sistemas de puntuación de las IMF incluidas a nivel de la CNMF)

Del cuadro que aparece anteriormente se desprende que se ha registrado un aumento del porcentaje de mujeres apoyadas por los servicios de microfinanciación, que aumentó del 43,06% en 2008 al 46,39% en junio de 2013.

Además, la actual Estrategia Nacional de Financiación Inclusiva (SNFI) 2013-2017, aprobada en diciembre de 2012 por los agentes del sector de la microfinanciación, entre ellos, el Ministerio de Finanzas y Presupuesto, el Ministerio de Agricultura, los asociados técnicos y financieros (Banco Mundial, FIDA, Organismo Francés de Desarrollo, FNUDC/PNUD, UE...), la Asociación Profesional de Instituciones de Microfinanciación, la Asociación Profesional de Bancos, el Comité de Seguros de Madagascar, las instituciones de microfinanciación y las instituciones bancarias de microfinanciación, reitera la importancia del acceso de la mujer a los servicios financieros y de microfinanciación.

A tal efecto y con el fin de poner en marcha las actividades previstas, los agentes del sector de la microfinanciación aprobaron la presupuestación de la SNFI el 23 de octubre de 2013 y el FNUDC/PNUD asignó fondos para el período de 2013 a 2015.

De aquí a 2017, la Estrategia Nacional de Financiación Inclusiva (SNFI) pretende apoyar a más de un millón de mujeres beneficiarias.

2. Acceso de las mujeres rurales a los servicios de salud adecuados

Desde 2008, el Estado dispone de una Política Nacional de Salud Comunitaria. Los programas de salud, en particular la promoción de la supervivencia de la madre y el recién nacido, se han fortalecido mediante la implicación de la comunidad en todos los niveles del proceso de planificación. En cumplimiento de la Orden Interministerial núm. 8014/2009 de 2 de septiembre de 2009, que establece la creación, la organización, el funcionamiento y las responsabilidades del Comité de Salud en los municipios y los Fokontany, se ha creado una estructura responsable del desarrollo de la salud comunitaria, denominada “Comité de Salud”. Esta constituye el principal vínculo entre el sistema de salud y la comunidad y está bajo la supervisión técnica del Departamento Ministerial de Salud.

En Madagascar, el 79,7% de la población vive en las zonas rurales. La mayoría de la población tiene problemas de acceso a los servicios de salud, ya que el 50% de los centros de atención primaria de la salud están en zonas aisladas y el 65% de la población reside fuera de un radio de 5 km en torno a la ubicación de las unidades sanitarias, lo que supone un obstáculo a la hora de acudir a estas. Desde la crisis de 2009, se ha interrumpido la operatividad de algunos centros de atención primaria de la salud; por ejemplo, se han cerrado algunos por diferentes causas, especialmente la inseguridad y el éxodo de los trabajadores sanitarios hacia zonas más urbanizadas.

En consecuencia, la utilización de los servicios de salud favorece a las zonas urbanizadas. Ante el bajo nivel de acceso de las mujeres rurales a la atención adecuada de cara al embarazo y a la práctica del parto en una unidad sanitaria, se han realizado esfuerzos para mejorar esta situación.

Cuadro 39

Tendencia de operatividad de los centros de atención primaria de la salud

Año

Núm. total de centros de atención primaria

Centros de atención primaria operativos

Centros de atención primaria no operativos

Causas de la no operatividad

Centros de atención primaria reabiertos

Infraestructuras

Personal

Inseguridad

Sin precisar

2009

2 436

2 311

125

15

82

6

23

ND

2010

2 458

2 244

214

32

158

54

16

2011

2 485

2 412

73

11

45

85

2012

2 544

2 357

187

59

121

7

73

Fuente: Ministerio de Salud Pública

Se han realizado esfuerzos para volver a poner en funcionamiento los centros de atención primaria de la salud cerrados, a través del redespliegue y la contratación de personal técnico en función del presupuesto del Estado. Los asociados técnicos y financieros, en particular el UNICEF, el UNFPA y el Fondo GAVI, aportaron su contribución al fortalecimiento y la puesta en funcionamiento de los centros de atención primaria de la salud previamente cerrados, a través de la contratación de enfermeros/as y de parteras.

Cuadro 40

Tendencia de la selección y contratación de médicos y paramédicos

Año

Estado

Total de trabajadores sanitarios contratados por los asociados

Núm. de partidas presupuestarias asignadas a la salud

Núm. de partidas presupuestarias destinadas a la contratación de personal técnico

2009

1 144

862 (médicos y paramédicos)

 -

2010

1 360

1 060 (médicos y paramédicos)

207

2011

380 paramédicos

231

2012

 -

281 paramédicos

215

Fuente: Ministerio de Salud Pública

Además, en el marco de la puesta en marcha del programa de supervivencia de la madre y el recién nacido, se ha institucionalizado la Semana de la Salud de la Madre y el Hijo, que se celebra dos veces al año en todo el territorio desde 2006. Esta estrategia tiene como finalidad el fortalecimiento de la oferta y de la utilización de los servicios básicos de salud mediante un paquete integrado de servicios, que incluyen la vacunación, la prevención del paludismo, la consulta prenatal y el asesoramiento y diagnóstico inicial sobre el VIH/SIDA, la planificación familiar y la nutrición (suministro de suplementos en vitamina A, eliminación de parásitos, diagnóstico inicial de la malnutrición, suministro de suplementos de hierro y ácido fólico). En cada edición, se define la gama de servicios ofrecidos según las prioridades del período. La Semana de la Salud de la Madre y el Hijo da prioridad a las madres y los niños de las zonas menos accesibles y más subatendidas por los servicios ordinarios y pretende prestar servicio al menos al 90% de la población. Esta estrategia ha permitido fortalecer e integrar otras estrategias eficaces para lograr los objetivos en las zonas más remotas, que abarcan al 40% de la población. Sus servicios, ya sean prestados en modalidad fija, avanzada o móvil, son de carácter gratuito.

Cuadro 41

Tendencia de la cobertura de los paquetes de servicios ofrecidos durante la Semana de la Salud de la Madre y el Hijo

Cobertura

2009

2010

2011

2012

Abril

Octubre

Abril

Octubre

Abril

Octubre

Abril

Octubre

Suministro de suplementos de Vit. A a niños de 6 a 59 meses

95%

98%

95%

95%

91%

98%

96%

95%

Eliminación de parásitos en niños de 12 a 59 meses

97%

99%

95%

96%

92%

95%

96%

95%

Eliminación de parásitos en mujeres embarazadas de más de 4 meses

39%

53%

51%

54%

52%

56%

50%

48%

Diagnóstico inicial de la malnutrición aguda en niños de 6 a 59 meses

59%

81%

92%

95%

67%

87%

85%

92%

Suministro de suplementos de hierro y ácido fólico a mujeres embarazadas

17%

100%

Diagnóstico inicial del VIH en mujeres embarazadas

57%

63%

44%

70%

52%

Administración de TPI 1 y TPI 2 a mujeres embarazadas

33%

25%

Planificación familiar (contratación)

34 154

21 347

10 751

Fuent e: Ministerio de Salud Pública

A pesar de los esfuerzos realizados, el acceso a los servicios de salud sigue siendo limitado en el caso de las mujeres rurales. Se han identificado obstáculos, tanto en las ciudades como en el entorno rural, entre los que destaca la exigencia a la mujer de obtener una autorización del marido para recibir asistencia sanitaria.

Cuadro 42

Problemas de acceso a la asistencia sanitaria entre las mujeres de 15 a 49 años, según el lugar de residencia

Lugar de residencia

Problemas de acceso a la asistencia sanitaria

Disponer de permiso para recibir asistencia

Disponer de dinero para el trata-miento

Distancia respecto al servicio de salud

Tener que usar un medio de transporte

No querer ir sola

Miedo a que el trabajador sanitario no sea mujer

Miedo a que no haya medica-mentos dispo-nibles

Miedo a que no haya medica-mentos dispo-nibles

Al menos uno de los proble-mas de acceso a la asis-tencia sanitaria

Capital

15,1

46,1

27,8

23,7

27

17,2

36,1

39,6

74,3

Otras ciudades

9,7

46,1

18,6

14,4

20

10,4

31,9

32,5

67,1

Entorno urbano en su conjunto

11,6

46,1

21,9

17,8

22,5

12,9

33,4

35,1

69,7

Entorno rural

15,7

56,9

46

34,2

29,6

17,6

44,1

44,9

76,9

Fuent e: Encuesta Demográfica y de Salud, 2008-2009

Desde 2013, con la finalidad de reducir la vulnerabilidad de la población más necesitada y afectada por la crisis, se ha puesto en marcha el Programa de Apoyo a los Sectores Sociales Básicos en el sector de la salud, también denominado “Proyecto PASSOBA”, que se llevará a cabo durante 3 años en 5 regiones (Analanjirofo, Anosy, Atsimo Andrefana, Menabe, SAVA). El presupuesto asignado, por una cuantía de 22 millones de euros, está financiado conjuntamente por el UNICEF y la Unión Europea. A partir de 2014, está previsto ampliar este proyecto a otras cuatro regiones. Los enfoques estratégicos se basan en los siguientes aspectos:

a)La mejora de la accesibilidad geográfica a las unidades sanitarias operativas a través de una política de contratación que se ajuste a los requisitos del Ministerio de Salud, que vela, entre otras cuestiones, por la sostenibilidad de los siguientes procesos:

•La contratación del personal por contrata necesario para el funcionamiento de las unidades sanitarias en cuestión.

•La financiación de la incorporación de personal adecuado en las unidades sanitarias de las zonas aisladas, mediante la movilización de un kit de recursos para facilitar la incorporación y de incentivos en consonancia con el Plan de Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud.

b)Fortalecimiento de la cobertura y de la calidad de los servicios prestados en los centros de atención primaria de la salud, a través del apoyo técnico y financiero a las estructuras descentralizadas y de carácter comunitario que operan en el sector de la salud, según sus niveles de competencia.

c)Mejora de la gestión de los insumos farmacéuticos necesarios para el funcionamiento de las unidades sanitarias básicas y del primer nivel de referencia.

3. Acceso de las mujeres rurales a la educación

Para aplicar la recomendación del párrafo 33, se han llevado a cabo medidas de alfabetización y de escolarización orientadas a facilitar el acceso de las mujeres rurales a la educación.

Si bien en 2001 la tasa de alfabetización de las mujeres mayores de 15 años era del 50,3%, en 2004 aumentó al 55,5%, y en 2010, al 68%.

En el caso de los ciclos escolares oficiales, la tasa de acceso de las niñas de las zonas rurales es inferior a la de aquellas que residen en zonas urbanas, salvo en el caso del ciclo de educación primaria, tal como se muestra en el siguiente cuadro:

Cuadro 43

Número de niñas por cada 100 niños escolarizados, según el nivel de enseñanza

Zonas Urbanas

Zonas rurales

Total

Primaria

90,2

99,9

98,0

Primer ciclo de secundaria

97,0

86,5

89,9

Segundo ciclo de secundaria

90,9

89,3

90,3

Superior

134,5

NSE

119,2

Total

92,5

97,5

96,3

Fuente: INSTAT/EPM 2010 (NSE: no significativo estadísticamente)

El acceso a la educación por parte de las niñas rurales, en las zonas aisladas, se ve limitado por el alejamiento de la escuela respecto al lugar de residencia de los alumnos. Para facilitar el acceso de las niñas rurales a la educación, las instituciones confesionales de algunas grandes ciudades disponen de un internado para niñas.

El cuadro que aparece a continuación registra la evolución de la tasa de alfabetización entre 2005 y 2010:

Cuadro 44

Tasa de alfabetización de las personas mayores de 15 años, en función del entorno y el género

Año

Entorno

Género

Total

Urbano

Rural

Hombres

Mujeres

2005

75,9%

58,9%

66,8%

59,3%

62,9%

2010

83,7%

67,8%

74,9%

68,0%

71,4%

Fuente: INSTAT/EPM 2005 y 2010

La tasa de alfabetización global aumentó del 62,9% al 71,4%, es decir, se registró una mejora de 8,5 puntos. La tasa de alfabetización de las mujeres se incrementó del 59,3% al 68,0%, lo que supone una mejora de 8,7 puntos.

El entorno rural experimenta un aumento de 8,9 puntos y el entorno urbano, de 7,8 puntos.

Estas cifras confirman avances en la alfabetización en favor de las mujeres rurales.

4. Aplicación del artículo 13c: el derecho a participar en actividades recreativas, deportes y en todos los aspectos de la vida cultural

La Ley núm. 2004/028, de 9 de septiembre de 2004, relativa a la Política Nacional de Juventud estipula, en su artículo 3, que “La Política Nacional de Juventud abarca a todos los jóvenes, sin distinción por razones de sexo, clase social, religión, afiliación política o discapacidad física o mental”.

Entre 2011 y 2012, el Ministerio de Juventud reforzó los centros e infraestructuras orientados a los jóvenes.

•En las divisiones de distrito, se pusieron en funcionamiento 31 de los 42 centros juveniles existentes en la actualidad orientados a jóvenes escolarizados o no escolarizados, lo que les ha permitido tener acceso a actividades socioculturales y de ocio;

•Con el apoyo del UNFPA y del UNICEF, se rehabilitaron las infraestructuras deportivas de 31 centros juveniles;

•Se pusieron en marcha 25 quioscos de información en los 25 municipios rurales de las regiones de Sava, Diana, Alaotra Mangoro, Atsinanana, gracias al apoyo del UNICEF;

•Se habilitó acceso gratuito a Internet en 20 centros juveniles, en colaboración con Orange Madagascar.

El cuadro que aparece a continuación registra el número de jóvenes que asisten a los centros juveniles en 25 ubicaciones.

Cuadro 45

Número de jóvenes con edades entre 10 y 24 años que asisten a centros juveniles

2009

2010

2011

2012

Hombres

32 136

32 424

70 085

Mujeres

11 711

15 772

29 321

Total

86 982

43 857

48 186

99 406

Fuente: Ministerio de Juventud y Ocio

5. Participación de las niñas en actividades deportivas

•En 2011, se respetaron los reglamentos sobre la paridad entre niños y niñas garantizando el mismo número de participantes de ambos en los Juegos de las Islas del Océano Índico;

•El Ministerio de Deporte organizó competiciones deportivas anuales, en modalidad “especial junior” y bajo la denominación de la “Copa del Presidente”, orientadas a niños y niñas;

•Cada año, se celebra el certamen de acontecimientos deportivos “Kitra Fokontany”, con actividades de fútbol 7 para niños y niñas, baloncesto y voleibol, organizado por los Fokontany;

•Celebración de concursos impulsados por estructuras privadas, con carácter anual: concurso de cantos Pazzapa (patrocinado por el canal de radiotelevisión RTA), de slam (patrocinado por la Alianza Francesa);

•Participación de las mujeres en el arte de la oratoria, cuya asociación nacional está dirigida por una mujer. Además, las mujeres pueden ahora pronunciar el discurso en las ceremonias de matrimonio u otros acontecimientos, cosa que no ocurría anteriormente.

6. Animación/formación

Con el apoyo del UNICEF, se contrató y formó a 400 jóvenes reporteros de 13 a 18 años, de los cuales 200 eran mujeres y 200 eran hombres, en colegios, institutos y asociaciones religiosas, deportivas, artísticas y clubes, para garantizar la difusión de las emisiones radiofónicas en su localidad.

Entre 2011 y 2012, se formó a 238 mentores deportivos, de los cuales 37 eran mujeres, en la Academia Nacional de Deporte.

Entre 2011 y 2013, se formó a 56 directivos y dirigentes de actividades juveniles, de los cuales 20 eran mujeres, en el Instituto Nacional de Juventud.

Aplicación del artículo 14 de la Convención: convertir el fomento de la igualdad entre los géneros en un componente explícito de los planes y programas de desarrollo nacional y local

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo núm. 33)

“El Comité insta al Estado parte a que garantice que la promoción de la igualdad entre los géneros sea un componente expreso de sus planes y programas de desarrollo nacionales y locales, en particular los destinados a reducir la pobreza y promover el desarrollo sostenible. El Comité insta también al Estado parte a que preste especial atención a las necesidades de las mujeres rurales y las mujeres que son cabeza de familia, asegurando que puedan participar en los procesos de adopción de decisiones y tener pleno acceso a los créditos. El Comité insta además al Estado parte a que tome medidas proactivas para garantizar a las mujeres de las zonas rurales el acceso a los servicios de salud, la educación, el agua potable, la electricidad, la tierra y los proyectos generadores de ingresos. El Comité recomienda que el Estado parte elabore y ponga en práctica estrategias y programas de desarrollo rural que tengan en cuenta las cuestiones de género y asegure la plena participación de las mujeres rurales en su formulación y ejecución”.

Al abordar la aplicación de la recomendación núm. 33, se proporcionó y detalló cierta información en torno a la aplicación del artículo 14, en particular en lo relativo al acceso de las mujeres rurales a los servicios en la esfera de la salud, la educación y la formación y el acceso a los créditos y las ayudas agrícolas.

La participación efectiva de las mujeres rurales en la elaboración y la ejecución de los planes de desarrollo a todos los niveles se enfrenta a obstáculos de carácter cultural, que tienden a considerar que la concepción, la elaboración y la ejecución de los planes de desarrollo comunitario están reservadas a los hombres. Conviene señalar, en cualquier caso, que, en determinadas regiones, particularmente en las de la zona sudoriental, las agrupaciones de mujeres convertidas en cooperativas comienzan a interesarse por la gestión de las cuestiones de desarrollo, participando en las asambleas de los Fokontany a la hora de diseñar los planes locales de desarrollo y todas las actividades de la comunidad.

A día de hoy, las mujeres rurales no son beneficiarias directas de los programas de seguridad social.

Aplicación del artículo 15 de la Convención: igualdad del hombre y la mujer ante la ley

La información proporcionada en el informe anterior en relación con la capacidad jurídica para celebrar contratos, elegir la residencia común y administrar los bienes comunes sigue siendo válida.

1. La igualdad del hombre y la mujer ante la ley

El reconocimiento de la igualdad de todos ante la ley, sin distinción por razón de género, se refleja en el artículo 6, párrafo 2, de la Constitución, en los siguientes términos: “Todos los individuos son iguales ante la ley y disfrutan de las mismas libertades fundamentales protegidas por la ley, sin discriminación alguna por motivo de sexo, nivel de educación, fortuna, origen, credo religioso u opinión”.

De ello se desprende que la mujer, al igual que el hombre, está capacitada para elegir la residencia común y para ser tratada de la misma manera ante los tribunales, y que disfrutará de las mismas medidas de protección en todas las etapas del procedimiento, sin restricción alguna por motivo de sexo.

Además, la mujer está asimismo igualmente facultada que el hombre en materia de celebración de contratos, administración de bienes y derecho a la libertad de circulación. .

Aplicación del artículo 16 de la Convención: eliminación de la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio

(Objeto de la recomendación que figura en el párrafo núm. 37)

“El Comité insta al Estado parte a que armonice su derecho civil y consuetudinario con el artículo 16 de la Convención y derogue la disposición por la que se exige un período de espera de seis meses para que las viudas puedan volver a casarse. El Comité exhorta al Estado parte a que adopte medidas para eliminar la poligamia, conforme a la recomendación general núm. 21 del Comité, relativa a la igualdad en el matrimonio y las relaciones familiares. El Comité recomienda que el Estado parte considere seriamente la situación de las mujeres en las uniones de hecho, así como de los hijos producto de esas uniones, y tome medidas para que gocen de la debida protección jurídica”.

1. Armonización del derecho civil y consuetudinario en materia de matrimonio

En Madagascar, existen dos tipos de matrimonio: el matrimonio civil y el matrimonio tradicional. La Ley núm. 2007-022, de 20 de agosto de 2007, relativa al matrimonio y a los regímenes matrimoniales establece, en su artículo 29, que el matrimonio también puede celebrarse de acuerdo con las tradiciones. De conformidad con la Convención y para la aplicación de la recomendación núm. 37, esta Ley establece el registro del matrimonio tradicional ante el funcionario del registro civil, que redacta de inmediato el acta de matrimonio. Este registro confiere a la esposa y a los hijos la condición legítima para disfrutar, en pie de igualdad con los demás niños, de los mismos derechos derivados del matrimonio.

136.Esta legalización del matrimonio tradicional se ha concebido con el fin de conferir a los niños nacidos de una unión de hecho el estatuto de hijos legítimos, algo que resulta frecuente en las zonas rurales debido a la lejanía de estas respecto de las dependencias del registro civil.

2. Exigencia de un período de espera de seis meses para que las mujeres puedan volver a casarse

Conviene precisar que esta exigencia se ha mantenido para evitar la confusión de paternidad en caso de concepción de un niño durante dicho período, ya que, en Madagascar, la prueba de ADN para determinar la paternidad todavía no está a disposición de todos los ciudadanos.

3. Eliminación de la poligamia

La ley prohíbe la poligamia; no obstante, algunos ciudadanos nacionales de Madagascar que practican la religión musulmana son polígamos. La eliminación de la poligamia choca, por tanto, con la práctica de la religión musulmana.