Grupo de trabajo anterior al período de sesiones

43° período de sesiones

19 de enero a 6 de febrero de 2009

Lista de asuntos y preguntas para el examen y los informes periódicos

Haití

El grupo de trabajo anterior al período de sesiones examinó el informe inicial y los informes periódicos segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo combinados de Haití (CEDAW/C/HTI/7).

Artículo 1Definición de discriminación

En el informe se hace hincapié en que, si bien la Constitución no prohíbe explícitamente la discriminación basada en el sexo, varias leyes, decretos y reglamentos hacen referencia a la no discriminación. Sírvase especificar si en alguno de estos instrumentos se define la discriminación contra la mujer. Sírvase proporcionar al Comité información actualizada sobre las medidas adoptadas para incluir, con arreglo al artículo 1 de la Convención, una definición de discriminación contra la mujer en la Constitución o en otras leyes nacionales.

Artículo 2Visibilidad de la Convención

En el informe se dice que la principal dificultad para aplicar en forma directa las disposiciones de la Convención en las jurisdicciones nacionales es la ignorancia general de la existencia de la Convención y otros instrumentos internacionales por la población, e incluso los profesionales del derecho. En tal sentido se dice en el informe que los jueces y los abogados rara vez se remiten a la Convención. Sírvase proporcionar información sobre cualquier medida adoptada para sensibilizar a los jueces, abogados y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respecto de las obligaciones del Estado Parte, en virtud de la Convención, de lograr la igualdad entre los géneros.

El informe hace referencia al hecho de que, si bien el Estado tiene la obligación (artículo 40 de la Constitución) de difundir en la prensa oral, escrita y televisiva, en creole y en francés, todas las leyes, ordenanzas, decretos, acuerdos internacionales, tratados y convenciones sobre todas las cuestiones que afectan la vida nacional, excepto la información relativa a la seguridad nacional, en la práctica muchas leyes y medidas internacionales no se traducen a esos idiomas. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para mejorar la situación en este sentido.

Leyes y prácticas discriminatorias

El informe menciona una lista de leyes que discriminan contra la mujer, inclusive en las esferas del derecho civil, laboral y penal. Sírvase proporcionar información detallada sobre las medidas que ha adoptado o se propone adoptar el Gobierno para modificar todas las leyes que discriminan contra la mujer y que no se ajustan a la Convención.

En el informe se indica que ciertas prácticas y costumbres dan lugar a la discriminación de la mujer. Sírvase proporcionar información sobre cualquier medida adoptada por el Gobierno para modificarlas mediante leyes u otros programas.

El informe hace referencia a algunos aspectos discriminatorios contra la mujer que subsisten en el derecho civil y penal, incluidas disposiciones discriminatorias con respecto al adulterio, en especial los artículos 269, 284 y 287 del Código Penal. Sírvase proporcionar información sobre los esfuerzos que se están realizando para combatir esos aspectos discriminatorios que subsisten en la legislación y el ordenamiento jurídico de Haití. En el informe se afirma que, si bien la violación está considerada como un delito, sucede con frecuencia que en las actuaciones que llevan a cabo los jueces recae sobre las mujeres una mayor carga de la prueba, lo que a su vez suele traducirse en circunstancias atenuantes para los perpetradores del hecho. Sírvase indicar cualquier medida que se esté tomando a ese respecto.

Leyes de igualdad entre los géneros

Según el informe, se han presentado al Parlamento tres proyectos de ley relativos a la admisibilidad de los procesos de paternidad, la reglamentación del concubinato (plaçage) y el trabajo doméstico. Sírvase proporcionar información sobre la situación de estos proyectos y su contenido.

En el informe se hace referencia a la elaboración de unos proyectos de ley, concretamente un proyecto sobre la violencia contra la mujer, otro sobre la despenalización parcial del aborto y uno sobre la igualdad entre el hombre y la mujer. Sírvase proporcionar información detallada sobre estos proyectos y su situación actual.

En el informe se afirma que el hostigamiento sexual y la violencia en el hogar no están reconocidos concretamente y que esta última sólo se sanciona con arreglo a la legislación general sobre lesiones. Sírvase proporcionar información sobre cualquier medida que se esté adoptando a este respecto.

Sírvase proporcionar información detallada sobre el número de casos de discriminación contra la mujer que hayan sido presentados a los tribunales u otros órganos, si corresponde, en los últimos cinco años y cuál fue el resultado.

Artículo 3Planes de acción

El informe hace referencia al Plan Nacional de lucha contra violencia contra la mujer y se enumeran sus objetivos, estrategias y resultados esperados. Sírvase proporcionar información detallada sobre los resultados logrados, así como sobre los obstáculos a su aplicación efectiva, especialmente en las zonas más remotas, como se reconoce en el informe.

Artículo 4Medidas especiales de carácter temporal

Según el informe, las medidas adoptadas por el Gobierno para acelerar el logro de la igualdad entre los hombres y las mujeres no se aplican en su totalidad. Teniendo en cuenta la necesidad de acelerar el establecimiento de la igualdad entre los géneros en varias esferas, sírvase proporcionar información sobre cualquier plan o política que pueda estar examinando el Gobierno a este respecto, teniendo en cuenta la recomendación general No. 25 sobre el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención.

Artículos 5 y 6Violencia contra la mujer y trata de personas

Según el informe, una de las mayores dificultades para la recopilación de datos fidedignos en los casos de violencia contra la mujer es la renuencia de las víctimas a denunciar las agresiones. En el informe se hace referencia a la “cultura del silencio” de las mujeres. Sírvase proporcionar información sobre las campañas públicas que se estén llevando a cabo para sensibilizar a la población sobre la violencia contra la mujer. Sírvase también proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para asegurar la aplicación de un enfoque estadístico fidedigno de los casos de violencia contra la mujer. El informe se refiere al estudio realizado en 2006 por el Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer y, concretamente, a sus recomendaciones para combatir la violencia contra la mujer. Sírvase proporcionar información sobre el seguimiento de cada una de estas recomendaciones y la forma en que el Gobierno las está aplicando o se propone hacerlo.

El informe hace referencia al uso de la violación como arma política, que se ha convertido en una práctica común de las bandas. Las zonas más pobres son las más afectadas. Sírvase proporcionar datos sobre las investigaciones, acciones judiciales, juicios y condenas que se pueden haber producido por violaciones cometidas entre 1991 y 1995. Asimismo, sírvase proporcionar información sobre el número de víctimas de estos delitos que han sido indemnizadas. Sírvase proporcionar información detallada sobre el número de casos de violaciones cometidas por bandas registrado durante los últimos cinco años y especifique cuántas víctimas eran niñas y cuántas mujeres adultas.

En el informe se dice que la violencia psicológica no se considera como una forma de violencia. También se dice que la violación en el matrimonio no se considera violencia y que sólo se toman en consideración las agresiones físicas. Sírvase proporcionar información sobre cualquier campaña de sensibilización pública sobre la violencia en el hogar, incluyendo la forma en que se intentó modificar las actitudes de los hombres por su intermedio. Sírvase especificar si existen refugios para las mujeres víctimas de situaciones de violencia familiar y si las fuerzas del orden cuentan con unidades especializadas en la violencia en el hogar. Sírvase proporcionar información detallada sobre cualquier plan o medida que pueda estar examinando el Gobierno a este respecto.

En Haití se considera que los embarazos de adolescentes resultantes de las violaciones y del hostigamiento sexual en las escuelas son un problema grave, del mismo modo que la violencia y los abusos sexuales cometidos contra jóvenes trabajadoras domésticas. Sírvase proporcionar información estadística actualizada sobre la frecuencia con que se denuncian estos abusos así como sobre las medidas que pueda haber adoptado el Gobierno para combatirlos.

El informe se refiere a grupos vulnerables concretos de mujeres que sufren problemas de discriminación, como las migrantes, las mujeres que ejercen la prostitución y las trabajadoras domésticas. Sírvase proporcionar información concreta sobre cualquier medida que pudiera estar adoptando el Gobierno para combatir la discriminación contra estos grupos de mujeres.

El informe hace referencia al artículo 341 del Código de Trabajo en el que se determina que la edad mínima para realizar trabajos remunerados es de 15 años. Sin embargo, también autoriza la colocación de niños más jóvenes en familias como criados. Teniendo en cuenta que, en la práctica, estos niños, en su mayoría niñas, se ven obligados a trabajar muchas horas en condiciones muy duras sin remuneración monetaria y son objeto de malos tratos y abusos, inclusive de abusos sexuales, sírvase proporcionar información sobre cualquier medida que tenga previsto adoptar el Gobierno para modificar esta práctica. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la situación de los niños trabajadores domésticos (restaveks), sobre los esfuerzos realizados para sensibilizar a la gente respecto de su situación y sobre los programas educativos que se puedan estar contemplando.

El informe reconoce las graves dificultades con que se tropieza para combatir la trata de personas. Sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para luchar contra la trata de mujeres y niñas, inclusive sobre el seguimiento del proyecto de ley elaborado recientemente sobre este tema.

Artículos 7 y 8Participación política y participación en la vida pública

En el informe se reconocen las dificultades que enfrentan las mujeres en relación con la participación política y la lentitud con que se avanza en ese ámbito. Sírvase indicar qué medidas se prevén a este respecto, especialmente teniendo en cuenta la declaración formulada por el Estado Parte según la cual si se considera el ritmo con que se está avanzando actualmente no se podrá lograr la paridad entre los sexos en el corto plazo. En el informe se afirma que si bien, en principio, las mujeres tienen el derecho y la posibilidad de representar a su Gobierno en el plano internacional y participar en la labor de las organizaciones internacionales en igualdad de condiciones con los hombres, el 93% de los representantes de las misiones diplomáticas son hombres. Sírvase indicar si el Gobierno está considerando la adopción de alguna medida para asegurar que las mujeres representen a su Gobierno en el plano internacional y participen en la labor de las organizaciones internacionales.

Artículo 10Educación

En el informe se señala que las niñas y los niños tienen las mismas posibilidades de acceso a las escuelas. Sin embargo, en la práctica, las niñas no se matriculan o, si lo hacen, abandonan los estudios prematuramente, por varios motivos, como el papel social de la mujer y los embarazos precoces, especialmente en las zonas rurales. Sírvase proporcionar información sobre las leyes y políticas que pudieran estar vigentes y mediante las cuales se intenta mantener a las niñas en la escuela hasta la edad en que la asistencia es obligatoria. Asimismo, sírvase brindar información detallada sobre el memorando de entendimiento entre el Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer y el Ministerio Nacional de Educación, en especial sobre las medidas que se han adoptado para abordar esa situación.

Artículo 11Empleo

En el informe se indica que generalmente las mujeres ingresan en profesiones que ofrecen remuneraciones bajas y tienen menos ventajas en los mercados de trabajo. Además, en el informe se dice que generalmente las mujeres ejercen profesiones menos calificadas que los hombres. Sírvase proporcionar información sobre las medidas que pueda estar contemplando el Gobierno para modificar esta situación de modo que las mujeres tengan las mismas oportunidades profesionales que los hombres.

Artículo 12Salud

Sírvase explicar el significado de la afirmación que figura en el informe del Estado Parte según la cual la salud sexual y reproductiva se considera la puerta de entrada al sistema de salud.

Según el informe, el aborto, que a menudo se usa como medio de planificación familiar, está tipificado como delito en el Código Penal e incluso el aborto terapéutico está prohibido. Teniendo en cuenta las consecuencias que tiene para la salud de la mujer el aborto ilegal, sírvase proporcionar información detallada sobre cualquier medida que esté adoptando el Gobierno para abordar esta situación desde una perspectiva sanitaria, educativa y social, así como las medidas adoptadas para eximir de enjuiciamientos a las mujeres que se someten a un aborto, en consonancia con la recomendación general No. 24 de Comité. Sírvase proporcionar información sobre el número de mujeres que han denunciado haber quedado embarazadas como consecuencia de una violación en los últimos cuatro años y sobre las acciones realizadas para abordar esta cuestión. Asimismo, sírvase proporcionar información sobre las medidas adoptadas para sensibilizar a las víctimas sobre la importancia de recibir tratamiento médico después de una agresión.

Según el informe, las mujeres de las zonas rurales carecen de acceso a atención médica. A este respecto en el informe se afirma que el 90% de las mujeres de las zonas rurales dan a luz en sus hogares. También se afirma que esas mujeres son especialmente vulnerables al VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual debido a factores culturales y socioeconómicos. Sírvase informar si el Gobierno está adoptando alguna medida para mejorar esta situación.

Artículo 13Actividades recreativas y vida cultural

En el informe se dice que los estereotipos limitan considerablemente la participación de la mayoría de las niñas y muchachas pobres en actividades culturales, deportivas y otras actividades recreativas y que dedican la mayor parte de su tiempo a las labores domésticas y a ayudar a sus madres en actividades comerciales o de otro tipo para aumentar los ingresos del hogar. Sírvase proporcionar información detallada sobre las estrategias que pueda estar contemplando el Gobierno para promover la participación de las niñas y muchachas, especialmente de las zonas rurales, en actividades culturales, deportivas y otras actividades recreativas y para modificar los estereotipos sobre las funciones de cada sexo que limitan esa participación.

Artículo 14Las mujeres de las zonas rurales

Considerando que en el informe se reconoce la feminización de la pobreza y los problemas especiales que enfrentan las mujeres de las zonas rurales, entre ellas ancianas, sírvase proporcionar información sobre las medidas que se hayan adoptado para solucionar esta situación en el marco de los programas de desarrollo y reducción de la pobreza.

Según el informe, muchas mujeres de las zonas rurales viven como concubinas (plaçage). Como esta situación no es reconocida por la ley, estas mujeres están privadas de todos los derechos, especialmente si la relación se termina o la pareja fallece. Sírvase proporcionar detalles sobre cualquier medida que esté adoptando el Gobierno para solucionar esta situación.

Artículo 16Relaciones familiares

En el informe se dice que, en la práctica, se llevan a cabo matrimonios forzados en casos de violación o embarazo. También se afirma que si bien en la Constitución se establece la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio, en el artículo 133 del Código Civil se fijan las edades de 18 y 15 años para los hombres y las mujeres, respectivamente. Sírvase proporcionar información sobre las medidas que pudieran haberse adoptado para modificar este artículo del Código Civil y armonizarlo con la Convención y otros instrumentos internacionales. Sírvase también proporcionar información sobre las medidas que pudieran haberse adoptado para combatir el problema de los matrimonios forzados.

En el informe se hace referencia a diversos aspectos discriminatorios que se mantienen en la legislación relativa al matrimonio y la familia, como los relacionados con el apellido de la esposa, el domicilio conyugal y el manejo de los bienes conyugales conjuntos. También se hace referencia a algunos aspectos discriminatorios con respecto a las viudas (artículo 213 del Código Civil). Sírvase proporcionar información sobre cualquier medida que se pudiera estar adoptando para mejorar esta situación.

Protocolo Facultativo y enmienda del párrafo 1 del artículo 20

Sírvase indicar qué avances se han realizado con respecto a la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención o la adhesión al mismo. Asimismo, sírvase explicar que avances se han realizado hacia la aceptación de la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención.