Distr.GENERAL

E/C.12/1/Add.765 de junio de 2002

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS,SOCIALES Y CULTURALES

28º período de sesiones29 de abril a 17 de mayo de 2002

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTESDE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos,Sociales y Culturales

REPÚBLICA CHECA

1.El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales examinó el informe inicial de la República Checa sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1990/5/Add.47) en sus sesiones tercera, cuarta y quinta, celebradas los días 30 de abril y 1º de mayo de 2002 (E/C.12/2001/SR.3 a 5), y aprobó las observaciones finales que figuran a continuación en su 23ª sesión, el 15 de mayo de 2002.

A. Introducción

2.El Comité acoge con satisfacción el informe inicial del Estado Parte, que a su juicio es amplio y se ajusta en general a sus directrices para la preparación de los informes.

3.El Comité observa con reconocimiento las detalladas respuestas dadas verbalmente y por escrito por el Estado Parte, así como el carácter franco y abierto del diálogo constructivo entablado con la delegación. El Comité también acoge favorablemente la buena disposición de la delegación para presentar información adicional por escrito respecto de las preguntas que no pudieron contestarse durante el diálogo.

GE.02-42406 (S) 060802 060802

B. Aspectos positivos

4.El Comité observa con satisfacción que en el país se han promulgado varias leyes y están en marcha reformas legislativas con el fin de promover los derechos económicos, sociales y culturales.

5.El Comité celebra el establecimiento del Consejo de Derechos Humanos del Gobierno en 1998 y de la Oficina del Defensor Público de los Derechos en 1999.

6.El Comité toma nota con satisfacción de la cooperación de organizaciones no gubernamentales (ONG) con el Estado Parte en la preparación del informe.

C. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto

7.El Comité observa que el Estado Parte encontró dificultades para hacer efectivos los derechos económicos, sociales y culturales previstos en el Pacto de resultas del proceso de transición a una economía de mercado.

D. Principales motivos de preocupación

8.El Comité lamenta que no se haya dado pleno efecto al Pacto en el ordenamiento jurídico del Estado Parte y que la mayoría de los derechos enunciados en el Pacto no sean justiciables en el ordenamiento jurídico interno, en particular el derecho a una vivienda adecuada, que el Estado Parte considera meramente "un derecho declarativo que no entraña titularidad".

9.El Comité lamenta que no exista un plan de acción nacional para la protección de los derechos humanos de conformidad con la Declaración de Viena de 1993. Además, el Comité expresa su preocupación por la falta de una institución nacional independiente que se ocupe de los derechos humanos de conformidad con los Principios de París de 1991.

10.El Comité expresa su preocupación por el hecho de que la insuficiencia de los sistemas de seguridad social durante el proceso de reestructuración y privatización haya tenido efectos negativos para el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular por parte de los grupos más desfavorecidos y marginados.

11.Preocupa al Comité la reciente decisión del Estado Parte de seguir aplicando las leyes de depuración, incumpliendo así las obligaciones contraídas en virtud de los artículos 2.2 y 6 del Pacto.

12.El Comité expresa su grave preocupación por el alto grado de discriminación existente contra los romaníes en el empleo, la vivienda y la educación. A pesar de que el Estado Parte reconoce este hecho, las medidas administrativas y legislativas que ha adoptado para mejorar las condiciones socioeconómicas de los romaníes siguen siendo insuficientes para remediar el problema. El Comité se declara asimismo preocupado por el hecho de que, a pesar de los programas positivos en favor de los romaníes emprendidos por el Estado Parte, no se haya promulgado todavía ninguna ley concreta para ilegalizar la discriminación contra ellos.

13.El Comité observa con inquietud que el Estado Parte no ha ratificado varios convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativos a los derechos económicos, sociales y culturales.

14.El Comité expresa su alarma por el aumento del desempleo, en particular entre las mujeres, los romaníes y otros grupos vulnerables.

15.El Comité expresa su preocupación por el hecho de que el salario mínimo no sea todavía suficiente para garantizar un nivel de vida digno a los trabajadores y sus familias.

16.El Comité observa con preocupación que sigue habiendo desigualdad entre los salarios de los hombres y de las mujeres, y que las mujeres perciben sueldos que equivalen aproximadamente a un 75% de los sueldos de los hombres.

17.El Comité observa con preocupación que no se está abordando como es debido el problema de la violencia doméstica contra la mujer y que el Código Penal de la República Checa no contiene ninguna disposición concreta que proteja a la mujer contra la violencia en el hogar.

18.El Comité expresa su preocupación por el aumento de la trata de mujeres así como de la explotación sexual de niños.

19.El Comité expresa su profunda preocupación por la grave falta de viviendas y la privatización de algunas viviendas públicas que han provocado un fuerte aumento de los alquileres, los desahucios y las personas sin hogar.

20.El Comité también expresa su preocupación por la insuficiencia de medidas que permitan garantizar una vida digna para las personas con discapacidades, incluidos los enfermos mentales.

21.El Comité expresa su profunda preocupación por el elevado índice de consumo de drogas y tabaco así como por el alto grado de consumo de alcohol, especialmente entre los niños y los jóvenes.

22.El Comité observa con preocupación que sigue aumentando la incidencia del VIH/SIDA, especialmente entre los jóvenes.

23.El Comité expresa su profunda preocupación por la representación excesiva de los niños romaníes en las llamadas "escuelas especiales", que están concebidas principalmente para los niños retrasados mentales, lo que entraña discriminación, una educación de nivel inferior y el estigma de la discapacidad mental.

24.El Comité expresa su preocupación por la constante disminución del gasto público en educación y las consecuencias que eso tiene para el disfrute del derecho a la educación.

SUGERENCIAS Y RECOMENDACIONES

25.El Comité exhorta al Estado Parte a que adopte las medidas oportunas para hacer plenamente efectivo el Pacto en su ordenamiento jurídico de modo que los derechos amparados por éste puedan ser invocados directamente ante los tribunales.

26.El Comité recomienda encarecidamente al Estado Parte que adopte un plan de acción nacional para los derechos humanos y que, en este contexto, cree una institución nacional de derechos humanos que se encargue de la protección y promoción de todos los derechos humanos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales.

27.El Comité recomienda encarecidamente al Estado Parte que integre las disposiciones del Pacto en sus programas de privatización y prevea sistemas de seguridad social al ejecutarlos.

28.El Comité insta al Estado Parte a que revoque las leyes de depuración.

29.El Comité exhorta al Estado Parte a que, de conformidad con el "Plan de Integración de los Romaníes", aprobado por el Gobierno el 23 de enero de 2002, adopte todas las medidas necesarias, legislativas o de otra índole, para acabar con la discriminación contra los miembros de minorías, en particular los romaníes.

30.El Comité recomienda al Estado Parte que tenga en cuenta las partes pertinentes de la Declaración y el Programa de Acción de Durban al incorporar el Pacto en el ordenamiento jurídico interno, en particular en lo que respecta al artículo 2.2 del Pacto, y que incluya en su próximo informe periódico información sobre los planes de acción u otras medidas que haya adoptado para aplicar la Declaración y el Programa de Acción de Durban en el plano nacional.

31.El Comité alienta al Estado Parte a que facilite datos estadísticos en su segundo informe periódico, en particular sobre el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales por parte de las mujeres, los romaníes y las personas con discapacidades.

32.El Comité recomienda al Estado Parte que ratifique en particular el Convenio Nº 2 de la OIT relativo al desempleo, el Convenio Nº 81 sobre la inspección del trabajo, el Convenio Nº 117 sobre política social, el Convenio Nº 118 sobre la igualdad de trato, el Convenio Nº 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo, el Convenio Nº 174 sobre la prevención de accidentes industriales mayores y el Convenio Nº 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil.

33.El Comité exhorta al Estado Parte a que adopte medidas eficaces para reducir el desempleo, en particular entre los romaníes, las mujeres y otros grupos vulnerables.

34.El Comité exhorta al Estado Parte a que reconsidere periódicamente la cuantía del salario mínimo a fin de asegurar un nivel de vida digno a todos los trabajadores y sus familias.

35.El Comité exhorta al Estado Parte a que intensifique sus esfuerzos por remediar la desigualdad entre hombres y mujeres y a que adopte medidas eficaces, legislativas o de otra índole, para garantizar a la mujer una participación plena y equitativa en el mercado laboral, asegurándole en particular igual remuneración por un trabajo de igual valor.

36.El Comité exhorta al Estado Parte a que promulgue una legislación específica sobre la violencia en el hogar.

37.El Comité exhorta al Estado Parte a que adopte medidas eficaces contra la trata de mujeres y la explotación sexual de niños.

38.El Comité insta al Estado Parte a que adopte medidas eficaces para remediar los problemas de: a) la falta de viviendas mediante la adopción de programas de promoción de la vivienda, especialmente para los grupos desfavorecidos y marginales; b) los desahucios y las personas sin hogar respetando las Observaciones generales Nos. 4 y 7 del Comité y concibiendo un plan general para resolver el problema de las personas sin hogar.

39.El Comité alienta al Estado Parte a que adopte una estrategia nacional integral en materia de salud.

40.El Comité recomienda al Estado Parte que adopte medidas eficaces para garantizar mejores condiciones de vida a las personas con discapacidades. El Comité pide al Estado Parte que en su segundo informe periódico presente información sobre las leyes y medidas adoptadas en favor de las personas con discapacidades, incluidos los enfermos mentales, y en particular sobre el número de personas hospitalizadas, los servicios de que disponen y las garantías jurídicas existentes para la protección de los pacientes.

41.El Comité insta al Estado Parte a que adopte medidas eficaces para reducir el consumo de tabaco, el uso indebido de drogas y el consumo de alcohol, especialmente entre los niños.

42.El Comité recomienda al Estado Parte que cumpla las normas de las directrices internacionales sobre el VIH/SIDA y los derechos humanos, aprobadas en la segunda consulta internacional sobre el VIH/SIDA y los derechos humanos en septiembre de 1996.

43.El Comité recomienda al Estado Parte que considere la posibilidad de aumentar la consignación presupuestaria destinada a la educación.

44.El Comité exhorta al Estado Parte a que adopte de inmediato medidas eficaces para eliminar la discriminación contra los niños romaníes sacándolos de las "escuelas especiales" e integrándolos en el sistema educacional normal.

45.El Comité alienta al Estado Parte a impartir la enseñanza de los derechos humanos en las escuelas a todos los niveles y a crear conciencia de los derechos humanos, en particular de los derechos económicos, sociales y culturales, entre los funcionarios del Estado y los miembros de la judicatura.

46.El Comité pide al Estado Parte que le comunique, en su segundo informe periódico, las medidas que haya adoptado para poner en práctica sus observaciones finales. El Comité también alienta al Estado Parte a que siga propiciando la participación de organizaciones no gubernamentales y otros miembros de la sociedad civil en la preparación de su segundo informe periódico.

47.Por último, el Comité pide al Estado Parte que presente su segundo informe periódico a más tardar el 30 de junio de 2007.

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