Naciones Unidas

E/C.12/MLI/1

Consejo Económico y Social

Distr. general

27 de julio de 2018

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Informe inicial que Malí debía presentar en 1990 en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto *

[Fecha de recepción: 8 de febrero de 2018]

Índice

Página

Introducción3

Disposiciones generales del Pacto3

Artículo 1. Derecho de libre determinación3

Artículo 2. Plena efectividad de los derechos reconocidos en el Pacto4

Artículo 3. Igualdad entre hombres y mujeres4

Artículo 6. Derecho a trabajar5

Artículo 7. Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias7

Artículo 8. Libertad sindical9

Artículo 9. Derecho a la seguridad social10

Artículo 10. Protección de la familia19

Artículo 11. Derecho a un nivel de vida adecuado26

Artículo 12. Derecho a la salud43

Artículo 13. Derecho a la educación y al pleno desarrollo de la persona humana48

Artículo 15. Participación en la vida cultural56

Introducción

1.El propósito de este documento es presentar el informe inicial de la República de Malí sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por Malí mediante la Ordenanza núm. 26/CMLN, de 3 de junio de 1974.

2.El informe se presenta en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 17 del Pacto.

3.A fin de hacer más eficaz la aplicación de sus disposiciones, el Pacto recomienda a los Estados partes que presenten al Secretario General de las Naciones Unidas informes sobre las medidas adoptadas y los progresos realizados con miras a asegurar el respeto de los derechos reconocidos y garantizados.

4.Teniendo esto presente, el Gobierno de Malí ha elaborado el presente informe inicial con el fin de exponer los progresos realizados en la aplicación del Pacto, las limitaciones que enfrenta y las perspectivas que tiene ante sí.

5.De conformidad con la práctica establecida, el presente informe inicial ha sido elaborado y aprobado en el seno del Comité Interministerial de Apoyo a la Preparación de los Informes Iniciales y Periódicos sobre la aplicación de las convenciones internacionales ratificadas por Malí (CIMERAP), con la participación de todas las partes interesadas (las entidades estatales, la sociedad civil). Abarca el período comprendido entre 1976 y 2012 y tiene en cuenta las directrices para la preparación de los informes sobre la aplicación de los instrumentos internacionales ratificados por Malí.

Disposiciones generales del Pacto

Artículo 1Derecho de libre determinación

6.La historia de Malí se remonta al Imperio de Ghana (siglo III D.C.) y se enriquece con la del Imperio de Malí del siglo XI al siglo XVII y del Imperio Songhai. La conquista francesa del Sudán comienza hacia 1850 y culmina con la caída de Samori en 1898 y el inicio de la colonización. El Sudán francés permanece bajo el dominio francés de 1898 a 1960. El establecimiento en Bamako, en 1946, del partido panafricano USRDA (Unión Sudanesa-Agrupación Democrática Africana) marca un punto de inflexión decisivo en la marcha de los Estados del África Occidental francesa hacia la independencia. La Constitución francesa de octubre de 1946 garantiza los derechos políticos y sociales, entre ellos el sufragio universal y el derecho de huelga, y proclama la prohibición de toda discriminación. En mayo de 1958, el derrumbe de la Cuarta República Francesa provoca la vuelta al poder del General de Gaulle. De inmediato comienza el proceso de redacción de una nueva Constitución. Para los territorios de ultramar, que ya son semiautónomos, se plantea el debate entre los partidarios de la independencia inmediata; los partidarios de una confederación de Estados independientes compuesta por Francia y una agrupación de Estados de África dotada de un ejecutivo federal (Léopold Sedar Senghor, Sékou Touré), y los partidarios de una comunidad de tipo federal con relaciones desiguales entre Francia y los miembros africanos, que gocen de autonomía interna (Félix Houphouët Boigny). De Gaulle zanja el debate a favor de estos últimos: todo Estado independiente dejará de pertenecer a la Comunidad.

7.Ello va en contra de una fuerte corriente africana que aspira a la independencia y la asociación con Francia. Para los interesados en pronunciarse en el referendo, votar “no” significa optar por la independencia con su corolario de secesión: “el territorio será considerado entonces extranjero”. De Gaulle recorre el África francesa para conseguir la adhesión de los territorios a la Comunidad propuesta. Todos se le suman, salvo uno, Guinea. En noviembre de 1958, la Asamblea Territorial proclama a la República Sudanesa miembro de la Comunidad Francesa creada por la Constitución gaullista de 1958.

8.El 20 de junio de 1960 se proclama la independencia del Sudán y del Senegal en el marco de la llamada Federación de Malí. Tras la disolución de la Federación de Malí (19 y 20 de agosto de 1960), el partido USRDA proclama la independencia de Malí el 22 de septiembre de 1960 y emprende una vía de desarrollo socialista. Unos días más tarde, el país pasa a ser Miembro de las Naciones Unidas.

9.También cabe señalar que uno de los principios constantes de la diplomacia maliense ha sido y sigue siendo el apoyo indefectible a los pueblos que luchan por su independencia.

Artículo 2Plena efectividad de los derechos reconocidos en el Pacto

10.El Gobierno de Malí ha demostrado claramente desde 1997 su firme voluntad de hacer de la lucha contra la pobreza la primerísima de las prioridades de desarrollo. Esta voluntad política, que se tradujo en la elaboración de la Estrategia Nacional de Lucha contra la Pobreza en julio de 1998, responde a dos imperativos: por una parte, aumentar la eficacia de las actividades de desarrollo en beneficio de los pobres; por la otra, adoptar medidas apropiadas a corto y mediano plazo que permitan al Gobierno utilizar racional y eficazmente los recursos internos y externos.

11.La Estrategia Nacional de Lucha contra la Pobreza fue el tema de la Mesa Redonda de los Asociados para el Desarrollo de Malí celebrada en septiembre de 1998 en Ginebra. La mayoría de los asociados bilaterales y multilaterales de Malí participaron en esta conferencia, en la que se aprobó la estrategia propuesta. Desde entonces, la Estrategia constituye el marco de referencia principal de los asociados para el desarrollo en sus intervenciones en Malí. Además, en el marco del seguimiento de la Estrategia se estableció una comisión mixta del Gobierno y los asociados con el fin de mejorar la movilización de los recursos y velar por su repartición óptima entre los diferentes sectores.

12.La Estrategia se sustenta en ocho ejes que abarcan la totalidad de las cuestiones relacionadas con la satisfacción de las necesidades humanas básicas.

13.Por consiguiente, tanto en el plano de la cooperación internacional como en el de la cooperación regional, el mejoramiento constante de las condiciones de vida de la población es la preocupación central del Gobierno de Malí.

14.En el contexto de la Unión Económica y Monetaria de África Occidental (UEMAO) y la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental (CEDEAO), el empeño de Malí en pro de la creación de un mercado común reforzado por las políticas sectoriales comunes tiene por objetivo fundamental ampliar las posibilidades de acceso de nuestras poblaciones a condiciones de vida más dignas. Muestra elocuente de ello fue el papel desempeñado por Malí en la aceleración del proceso de integración en África Occidental de 1999 a 2001.

Artículo 3Igualdad entre hombres y mujeres

15.En sus artículos 1 a 21, la Constitución de la República de Malí establece claramente el principio de igualdad y de no discriminación y garantiza de este modo al hombre y a la mujer los mismos derechos y libertades individuales en los ámbitos de la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión, de culto, de opinión, de expresión, de creación, de circulación, de elección del lugar de residencia, la libertad de asociación, de reunión, de desfile y de manifestación, la libertad de creación artística y cultural, el derecho a la propiedad, la libertad de empresa, el derecho a la instrucción, a la formación, a la vivienda, al ocio, a la salud y a la protección social, el derecho al trabajo y al descanso, la libertad sindical y el derecho de huelga.

16.El Gobierno de Malí ha adoptado una Política Nacional de Género que tiene por objeto:

Sistematizar la perspectiva de género en las políticas y en los programas nacionales de desarrollo.

Consolidar la democracia y el estado de derecho mediante la igualdad de acceso y el pleno disfrute de los derechos fundamentales.

Integrar a las mujeres en los circuitos productivos y garantizarles el acceso legal al empleo y a los factores de producción.

Asegurar la igualdad de participación en las instancias de decisión.

Promover la igualdad como valor social y los comportamientos no sexistas.

Institucionalizar la perspectiva de género en los programas, los proyectos, las políticas y las reformas públicas, con las consiguientes previsiones presupuestarias.

17.El principal desafío siguen siendo las rémoras socioculturales que perpetúan la discriminación contra la mujer, pese a la existencia de políticas y leyes destinadas a mejorar su condición y a protegerla contra la discriminación.

18.Cabe observar asimismo que la Ley núm. 2011-087 del Código de la Persona y de la Familia, de 30 de diciembre de 2011, consagra la igualdad entre el hombre y la mujer en lo que atañe a la conservación de la nacionalidad al establecer en su artículo 224:

“Es maliense, haya nacido en Malí o en el extranjero:

El hijo legítimo nacido de padre y de madre malienses.

El hijo legítimo nacido de padre o madre maliense cuyo otro progenitor es apátrida o de nacionalidad desconocida.

El hijo natural de un progenitor maliense respecto del cual la filiación se ha establecido en primer lugar.

El hijo natural de un progenitor maliense respecto del cual la filiación se ha establecido en segundo lugar, si el otro progenitor es apátrida o de nacionalidad desconocida.

El hijo nacido de padre o madre maliense cuyo otro progenitor es extranjero, salvo que él mismo renuncie a la nacionalidad maliense en los seis meses siguientes a su mayoría de edad, de conformidad con los artículos 255 y 256 del presente Código.”

Artículo 6Derecho a trabajar

19.El 2 de marzo de 1964, Malí ratificó el Convenio núm. 111 de la OIT sobre la Discriminación (Empleo y Ocupación). Además, garantizan el derecho a trabajar las disposiciones generales de la Ley núm. 92-020 del Código de Trabajo, de 23 de septiembre de 1992, relativas a la legislación maliense en materia de trabajo y empleo.

20.En particular, el artículo 11 del Código del Trabajo establece que “la presente Ley se aplica a los trabajadores que ejerzan su actividad profesional en todo el territorio de la República de Malí. Se considera trabajador, sin distinción de sexo ni de nacionalidad, a toda persona que se haya comprometido a ejercer su actividad profesional, a cambio de una remuneración, bajo la dirección y la autoridad de una persona física o jurídica, pública o privada, laica o religiosa, denominada empleador”.

21.El Código está siendo revisado por el Ministerio del Trabajo, antes de ser presentado al Gobierno y a la Asamblea Nacional.

Los tribunales del trabajo

22.Los tribunales del trabajo conocen de los litigios entre los trabajadores y sus empleadores o las controversias relativas a los convenios colectivos.

23.Los tribunales del trabajo están compuestos por un presidente y dos asesores que representan, respectivamente, a los trabajadores y a los empleadores.

Situación del empleo

24.Se ha constatado un incremento neto de las solicitudes de empleo, así como un leve aumento de las ofertas de empleo. El empleo masculino está estancado, mientras que el femenino registra un aumento considerable (del 11% anual).

25.Entre las medidas, cabe señalar las dos políticas de promoción del empleo adoptadas por Malí: la Política Nacional de Empleo y su Plan de Acción (1999) y la Política Nacional de Formación Profesional (2009).

26.Por otra parte, está en vías de elaboración e implementación el Programa Decenal de Desarrollo de la Formación Profesional para el Empleo (PRODEFPE). Además, se ha creado el ONEF (Observatorio del Empleo y la Formación Profesional) en sustitución del DOEF de la ANPE (Agencia Nacional de Empleo), que databa de 1997, y en conjunto con el PCFP (Programa de Consolidación de la Formación Profesional en Malí).

Desempleo

27.Situación: el desempleo femenino era del 31,3% en 2008 y el masculino, del 13,2%; la cifra total era de 76.000 desempleados.

28.Nivel: la tasa de desempleo era de 23,3% en 2008. Afectaba en mayor medida a la población joven activa.

29.Tendencias: regresión del desempleo femenino.

Subempleo

30.Situación: el subempleo afecta en mayor medida a las mujeres.

31.Nivel: el subempleo afecta al 11,3% de la población activa ocupada.

32.Tendencias: regresión neta del subempleo.

33.Políticas y medidas adoptadas para que haya trabajo para todas las personas disponibles y en busca de trabajo:

Creación de una nueva estructura en 2003, la APEJ (Agencia de Promoción del Empleo de los Jóvenes), además de los servicios técnicos ya creados en materia de empleo y de formación profesional, como la ANPE (Agencia Nacional de Empleo) y el OEF (Observatorio del Empleo y la Formación Profesional). La APEJ entró en funcionamiento en 2005.

Organización de pasantías de cualificación (en 2005 fueron contratados por un año 2.000 voluntarios, cuyos contratos fueron renovados en 2006 por un año suplementario).

Formación de los trabajadores e inversiones en el aparato productivo por parte de la ANPE como medidas de fomento de la productividad laboral.

Creación del FAFPA (Fondo de Apoyo a la Formación Profesional y el Aprendizaje).

34.En la legislación de nuestro país no existen distinciones, exclusiones, restricciones ni preferencias en materia de empleo u ocupación.

35.En Malí no hay discriminación alguna en materia de formación profesional o de empleo por motivos de raza, color, religión o nacionalidad. Empero, existen programas de formación destinados específicamente a las mujeres y a los grupos vulnerables (véase el informe al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/MLI/1)).

Artículo 7Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

36.Malí ha ratificado los siguientes instrumentos:

El Convenio núm. 100 de la OIT sobre Igualdad de Remuneración, de 1951.

El Convenio núm. 14 sobre el Descanso Semanal (Industria), de 1921.

El Convenio núm. 81 sobre la Inspección del Trabajo, de 1947.

37.Además, los acuerdos o negociaciones colectivos son fuentes de fijación de los salarios.

38.En Malí no existen desigualdades de remuneración por un trabajo de igual valor.

Igualdad de remuneración

39.El artículo L.95 del Código del Trabajo consagra la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor.

40.Si bien es cierto que la igualdad profesional está consagrada en los textos, no lo es menos que sigue siendo un objetivo elusivo a causa de numerosos factores que propician la desigualdad, como las posibilidades de acceso a la escuela, la segregación sexual en el empleo, las posibilidades de acceso al empleo, la interrupción y el rezago en la carrera y los arraigados prejuicios sexistas de nuestras sociedades.

41.En el marco del seguimiento de la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, la Oficina Internacional del Trabajo organizó un seminario sobre la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres. Se confirma que en la práctica existe desigualdad a la luz de los factores mencionados: en el sector moderno, lo que más salta a la vista es el problema de la fuerza de trabajo femenina: las mujeres representan alrededor del 16% del total de los asalariados, según la encuesta realizada por el Observatorio del Empleo y la Formación. Las mujeres asalariadas perciben 15% menos que los hombres. Esta brecha obedece por entero a las diferencias entre los empleos de hombres y mujeres: las mujeres rara vez llegan a ocupar los puestos directivos y a percibir los niveles superiores de remuneración correspondientes. Suelen hallarse en las empresas menos ventajosas.

42.En la administración pública, la diferencia salarial media es del orden de 30%. Tampoco aquí se observa una discriminación salarial en el sentido estricto del término.

43.La gran disparidad en el salario medio se atribuye por entero a los factores estructurales: aunque constituyen la cuarta parte de la dotación de personal, las mujeres solo representan el 10% de los profesionales de la categoría “A”.

44.Según el diagnóstico del estudio sobre la igualdad de remuneración, el problema principal para conseguir la igualdad profesional de hombres y mujeres en el sector moderno privado y público radica en la dificultad de acceso de las mujeres a los empleos asalariados y, para las que logran acceder a estos, en la posibilidad de tener una carrera profesional atractiva.

45.Los factores que contribuyen a esta situación residen principalmente en el escaso aumento de la tasa de escolarización de las niñas y en las dificultades de acceso de las mujeres asalariadas a la formación permanente.

46.Tras el taller sobre la igualdad de remuneración se elaboró un plan de acción nacional para promover la igualdad de remuneración. Para su ejecución, el Gobierno y los interlocutores sociales de Malí cuentan con el apoyo de la OIT y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Diálogo Social de Francia en el marco del seguimiento de la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo.

Derecho al trabajo y al descanso. La aplicación concreta del artículo 19 de la Constitución de Malí

47.El artículo 19 consagra el principio universal del derecho al trabajo y al descanso y prohíbe el trabajo forzoso u obligatorio. Esta disposición se recoge en el artículo L.6 del Código del Trabajo, relativo a la prohibición del trabajo forzoso.

48.Cabe recordar que Malí ha ratificado dos convenios fundamentales de la OIT: el Convenio núm. 29 sobre el Trabajo Forzoso, de 1930, ratificado el 22 de septiembre de 1960, y el Convenio núm. 105 sobre la Abolición del Trabajo Forzoso, de 1957, ratificado el 28 de mayo de 1962.

Limitación de las horas de trabajo

49.El artículo L.4 del Código del Trabajo reconoce a todos los ciudadanos el derecho al trabajo y a la formación. Los trabajadores tienen derecho a expresarse sobre el contenido y las condiciones de ejercicio y de organización del trabajo.

50.En principio, el tiempo de trabajo no debe exceder de 40 horas semanales. No obstante, en las explotaciones agrícolas, el tiempo de trabajo está fijado en 2.352 horas anuales, y las horas semanales se establecen por decisión del Ministro de Trabajo según las estaciones.

51.El descanso semanal es obligatorio. Debe ser de 24 horas consecutivas. En principio tiene lugar el domingo (art. L.42 del Código del Trabajo). En ningún caso puede sustituirse por un pago compensatorio.

52.El trabajador adquiere el derecho a vacaciones al cabo de 12 meses de servicio. La estimación de los días de vacaciones a que tiene derecho se basa en un período de referencia que va desde la fecha de su incorporación o de su regreso de las anteriores vacaciones hasta el día precedente a la fecha de comienzo de las nuevas vacaciones.

Prohibición del trabajo forzoso u obligatorio

53.Según el artículo L.6 del Código del Trabajo, el trabajo forzoso u obligatorio está absolutamente prohibido.

54.Por “trabajo forzoso u obligatorio” se entiende todo trabajo o servicio que se exija a una persona bajo la amenaza de una sanción cualquiera y que la persona no esté dispuesta a ejecutar por propia voluntad. Empero, la expresión “trabajo forzoso u obligatorio” no incluirá:

Cualquier trabajo o servicio que se exija en virtud de las leyes sobre el servicio militar obligatorio y se efectúe en un contexto puramente militar.

Cualquier trabajo de interés público que se exija en virtud de disposiciones legislativas sobre la organización de la defensa, la creación de un servicio nacional o la participación en el desarrollo.

Cualquier trabajo, servicio o socorro que se exija en circunstancias de fuerza mayor.

Cualquier trabajo decidido por una comunidad local en su conjunto que suponga tareas de interés directo para esta.

Cualquier trabajo o servicio que se exija a un individuo en virtud de una condena pronunciada por sentencia judicial, a condición de que este trabajo o servicio se realice bajo la vigilancia de las autoridades públicas y esté destinado a obras de interés público y de que dicho individuo no sea puesto a disposición de particulares, empresas o personas jurídicas de carácter privado.

55.El artículo L.314 del Código del Trabajo prevé la imposición de multas de entre 20.000 y 100.000 francos CFA y penas de prisión de entre 15 días y 6 meses, o una sola de estas penas, a quienes infrinjan las disposiciones del artículo L.6. En caso de reincidencia, la multa será de entre 40.000 y 200.000 francos CFA y la prisión, de entre 1 y 12 meses.

56.La persona pública podrá ser objeto de procedimientos judiciales si se establece formalmente que ha sometido ilegalmente a cualquier persona al trabajo forzoso.

57.En condiciones distintas de las enumeradas en el Código de Trabajo, la víctima podrá obtener reparación ante la justicia penal por los daños sufridos a manos de una persona privada.

58.Sin embargo, se plantean dificultades para el reembolso de los gastos por el INPS cuando el parto es atendido en los hospitales públicos o en las clínicas privadas.

Seguridad e higiene del trabajo

59.Este elemento está tratado en la sección 2 del Libro 3 del Código de Previsión Social. En la práctica, el Instituto Nacional de Previsión Social (INPS) organiza cada año para los empleadores y sus trabajadores campañas de sensibilización, seminarios, talleres y cursos de capacitación.

60.Además, el INPS siempre les destina programas:

De información, educación y comunicación.

De eventos de carácter regular, como los concursos de “cero accidentes” o los certámenes del comité más dinámico de higiene y seguridad.

De conmemoración del Día Africano de Prevención, el 30 de abril de cada año.

De visitas a empresas.

De inspección de las empresas y auditoría de las condiciones de trabajo.

De visitas médicas a los trabajadores.

De actividades de promoción de la higiene en la empresa y en los hogares de los trabajadores.

La seguridad social y los regímenes de seguro social

61.Estos derechos están reconocidos en el artículo 2 del Libro 1 del Código de Previsión Social, que está en consonancia con el artículo 1 de las disposiciones generales del Código del Trabajo.

62.Es preciso reconocer que de hecho solo los trabajadores del sector formal están cubiertos por los regímenes de previsión social. Se procura extender la cobertura social a otros segmentos de la sociedad.

63.El Instituto tropieza con dificultades en cuanto a la cobertura social del sector informal. Sin embargo, se realizan esfuerzos para extender la cobertura social a los trabajadores autónomos de las profesiones liberales. La Ley núm. 99-047, de 28 de diciembre de 1999, por la que se instituye el aseguramiento voluntario con determinados regímenes de previsión social del INPS, aún no puede aplicarse porque falta su decreto de aplicación.

Artículo 8Libertad sindical

64.Malí ha ratificado los siguientes instrumentos:

El Convenio núm. 87 de la OIT sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, de 1948.

El Convenio núm. 98 de la OIT sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, de 1949.

El Convenio núm. 151 de la OIT sobre las Relaciones de Trabajo en la Administración Pública, de 1978.

La libertad sindical en Malí. El derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos

65.La libertad de sindical en Malí está consagrada por la Constitución de 25 de febrero de 1992, el Código del Trabajo y los convenios internacionales ratificados por Malí (Convenios núms. 87 y 98 de la OIT).

66.El artículo 20 de la Constitución de 25 de febrero de 1992 dispone que “la libertad sindical está garantizada. Los sindicatos ejercerán sus actividades sin restricciones y sin más límites que los previstos por la ley”.

67.Según el artículo L.232 de la Ley núm. 92-020 del Código del Trabajo, de 23 de septiembre de 1992, la única finalidad de los sindicatos profesionales es el estudio y la defensa de los intereses económicos, sociales y morales de los trabajadores.

68.Los fundadores de un sindicato deben presentar a las autoridades los estatutos y los nombres de las personas que en cualquier calidad estén encargadas de su administración o dirección. Estos deben depositarse en la sede de la circunscripción administrativa a que pertenezca el sindicato. Un ejemplar de los estatutos se transmitirá a la Inspección de Trabajo y al Fiscal de la República, que verificará su legalidad y comunicará sus conclusiones al sindicato interesado, al jefe de la circunscripción administrativa y al inspector del trabajo.

Derecho de los sindicatos a ejercer libremente sus actividades

69.De conformidad con el artículo 1 del Convenio núm. 98 de la OIT sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva y el artículo L.257 de la Ley núm. 92-020 del Código del Trabajo, de 23 de septiembre de 1992, se prohíbe a los empleadores tomar en consideración las opiniones o la afiliación sindical de los trabajadores al adoptar sus decisiones de contratación, ejecución y distribución del trabajo, formación profesional, ascenso, remuneración, concesión de beneficios sociales, adopción de medidas disciplinarias o despido.

70.Según el artículo L.247 del Código del Trabajo, se considerará nula y sin efecto cualquier cláusula de contrato, convenio o acuerdo en virtud de la cual el uso de la marca sindical por parte del empleador quede supeditado a la obligación de este de mantener o de contratar únicamente a los afiliados del sindicato propietario de las marcas y etiquetas que utilice.

71.La institución de los comités sindicales y los delegados del personal asegura el respeto del derecho de sindicación previsto en el artículo L.256 del Código del Trabajo.

72.Para proceder al despido de un delegado del personal, de un delegado sindical o de un miembro del comité de higiene y seguridad se requiere la autorización previa del inspector del trabajo.

73.Los inspectores de trabajo velan por la aplicación de la Constitución, el Código de Trabajo y los Convenios núms. 97 y 98 en materia de libertad sindical.

74.En caso de injerencia de las autoridades administrativas en las elecciones sindicales, el acta correspondiente se transmite a los tribunales para la imposición de sanciones.

75.Hay cuatro centrales sindicales en Malí: la UNTM (Unión Nacional de Trabajadores de Malí) y la CSTM (Confederación Sindical de Trabajadores de Malí), a las que se afilian sindicatos autónomos; la CMT (Confederación del Trabajo de Malí) y la CDMT (Central Democrática de Trabajadores de Malí).

76.El derecho de huelga está reconocido por la Constitución y el Código del Trabajo.

Artículo 9Derecho a la seguridad social

77.Las siguientes son las ramas de la seguridad social en Malí:

La atención médica (seguro médico obligatorio, régimen de asistencia médica, mutualidades de salud).

Las prestaciones de vejez.

Las prestaciones de maternidad.

Las prestaciones por accidente del trabajo o enfermedad profesional.

Las asignaciones familiares.

Las prestaciones de invalidez y sobrevivencia.

78.La protección social en Malí abarca todas las ramas previstas en el Convenio núm. 102 de la OIT relativo a la Norma Mínima de la Seguridad Social, salvo el desempleo.

79.La gestión de estas ramas está encomendada a la Caja de Seguridad de Malí, la Caja Nacional del Seguro Médico y el Instituto Nacional de Previsión Social.

80.El Instituto administra dos sistemas de protección social que difieren según los destinatarios previstos. Se trata de:

El régimen general aplicable a los trabajadores asalariados sujetos al Código del Trabajo. Este abarca las ramas mencionadas supra. Quedan excluidos los funcionarios, magistrados, miembros de las fuerzas armadas, trabajadores autónomos, miembros no asalariados de las profesiones liberales, industriales, comerciales y artesanales.

El plan de seguro voluntario que se aplica a los miembros no asalariados de las profesiones liberales, industriales, comerciales y artesanales y a los trabajadores autónomos. Este plan abarca las ramas de las prestaciones familiares, la protección contra la enfermedad y el seguro de vejez, invalidez y sobrevivencia. Quedan excluidos de este sistema los funcionarios, magistrados, miembros de las fuerzas armadas y trabajadores asalariados.

Características principales, grado de cobertura, naturaleza y nivel de las prestaciones y modo de financiación de las ramas de la seguridad social en Malí

81.Las siguientes son las condiciones para la atribución de las prestaciones familiares:

Prima de primera instalación: haber contraído matrimonio ante el registro civil.

Asignaciones familiares: tener hijos de menos de 14 años de edad (de 18 si son aprendices y de 21 si son estudiantes o inválidos). El asegurado, padre o madre, debe ser titular de una pensión de jubilación, de invalidez o de supérstite o haber estado empleado durante 9 meses consecutivos y trabajar al menos 18 días al mes. Debe residir en Malí (salvo en caso de acuerdo o convenio).

Licencia por nacimiento: nacimiento de hijos viables.

82.Las prestaciones familiares se financian con las cotizaciones de los asegurados voluntarios a razón del 8% del total de las cotizaciones según la base de cálculo correspondiente a la categoría de ingresos del asegurado.

Categorías

Ingresos trimestrales (francos CFA)

Bases de cálculo (francos CFA)

1

Menos de 150 000

125 000

2

150 000 a 450 000

400 000

3

450 000 a 750 000

675 000

4

750 000 a 1 500 000

9 00 000

5

Más de 1 500 000

1 000 000

83.Las prestaciones incluyen:

Las asignaciones prenatales, que se abonan en tres cuotas:

La primera, antes de finalizar el tercer mes de embarazo: 1.830 francos CFA.

La segunda, hacia el sexto mes de embarazo: 3.660 francos CFA.

La tercera, hacia el octavo mes de embarazo: 2.745 francos CFA.

Las asignaciones de maternidad, que se abonan en tres cuotas:

La primera, en las fechas del parto: 5.490 francos CFA.

La segunda, cuando el niño cumple 6 meses de vida: 2.745 francos CFA.

La tercera, cuando el niño cumple 1 año: 2.745 francos CFA.

Los subsidios diarios para las asalariadas embarazadas.

84.Estos subsidios equivalen a la totalidad del salario, sin limitación, efectivamente percibido a la fecha de suspensión del contrato de trabajo. Se conceden para el período de licencia maternal de 14 semanas. Son pagaderos durante todo el período de reposo prenatal y posnatal.

85.Esta rama es financiada por las contribuciones patronales del 8% de la masa salarial.

El plan de seguro voluntario

86.La legislación en vigor es la siguiente: la Ley núm. 99-047, de 28 de diciembre de 1999, por la que se instituye el aseguramiento voluntario con ciertos regímenes de previsión social del INPS; el Decreto núm. 03-110/P-RM, de 20 de marzo de 2003, sobre la revalorización de las prestaciones familiares a cargo del Instituto Nacional de Previsión Social; el Decreto núm. 04-567/P-RM, de 8 de diciembre de 1999, por el que se establecen las modalidades de aplicación de la citada Ley núm. 99-047.

Las prestaciones

87.Prestaciones en efectivo:

Asignaciones prenatales: 8.235 francos CFA;

Asignaciones de maternidad: 10.980 francos CFA.

Protección y asistencia a las madres asalariadas

88.En el plano legislativo, esta cuestión está tratada en los artículos 28 a 32 de la sección 5 del Libro 2 del Código de Previsión Social.

Condiciones para la atribución de las prestaciones de maternidad

89.Prestaciones de maternidad en efectivo. En todos los casos, el asegurado voluntario debe haber cotizado al menos dos trimestres en el seguro.

90.Asignaciones prenatales:

Ser asegurada voluntaria o esposa de un asegurado voluntario.

Haber presentado al INPS la declaración de embarazo con el certificado médico correspondiente.

Haberse sometido a tres exámenes médicos:

El primero antes de finalizar el tercer mes de embarazo.

El segundo hacia el sexto mes de embarazo.

El tercero hacia el octavo mes de embarazo.

91.Asignaciones de maternidad:

Ser asegurada voluntaria o esposa de un asegurado voluntario.

Haber dispuesto la supervisión médica del parto y el control médico del recién nacido.

Haber dado a luz bajo supervisión médica a un niño nacido viable que se ha inscrito en el registro civil.

92.En caso de parto múltiple, cada nacimiento se considera una maternidad separada.

93.Todos los exámenes médicos deben ser consignados por un médico en la libreta de embarazo y maternidad expedida por el INPS. La inscripción del nacimiento en el registro civil es confirmada por un certificado de nacimiento expedido por la autoridad administrativa.

Reparación y prevención de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales

Régimen general

94.La legislación en vigor es la Ley núm. 99-041 del Código de Previsión Social, de 12 de agosto de 1999, y el Decreto núm. 03-110/P-RM, de 20 de marzo de 2003, sobre la revalorización de las prestaciones familiares a cargo del Instituto Nacional de Previsión Social.

Ámbito de aplicación

95.El régimen concierne a:

Los trabajadores asalariados.

Los miembros de las sociedades cooperativas obreras de producción, así como los gerentes no asalariados de estas y su personal.

Los gerentes de una sociedad de responsabilidad limitada cuando los estatutos de esta prevén su nombramiento a plazo fijo.

Los directores generales de las sociedades anónimas.

Los aprendices.

Los alumnos de los institutos de enseñanza técnica y las personas acogidas en los centros de formación, rehabilitación o readiestramiento profesional.

Los presos que ejecutan un trabajo penal.

Toda otra persona que lo solicite está facultada para asegurarse voluntariamente.

Prestaciones en efectivo por incapacidad laboral transitoria para el trabajador asegurado

96.Las prestaciones son las siguientes: las prestaciones por incapacidad transitoria (o subsidios diarios de indemnización): 100% del salario. Se abonan a partir del primer día de interrupción de la actividad laboral como resultado del accidente, durante todo el período de incapacitación laboral que precede a la recuperación completa, la consolidación de las lesiones o la defunción, así como en los períodos de recaída o agravamiento. El subsidio diario de indemnización equivale:

A 1/30 del salario del mes civil de trabajo anterior a la fecha del accidente, en el caso del asalariado con pago mensual o quincenal.

A 1/28 del salario de las dos últimas catorcenas de trabajo en el caso de los trabajadores pagados a la catorcena.

A 1/28 del salario de las cuatro últimas semanas de trabajo en el caso de los trabajadores con pago semanal.

A 1/30 del salario de los horarios de trabajo del jornalero intermitente multiplicado por la duración mensual del trabajo en la empresa.

Prestaciones por incapacidad laboral permanente para el trabajador asegurado

97.Incapacidad parcial: el salario mensual medio multiplicado por la tasa de incapacitación, previamente reducido a la mitad para la parte de esta tasa situada entre el 10% y el 50% e incrementado en la mitad para la parte que supera el 50%.

98.Incapacidad total permanente: la renta calculada para el caso de incapacidad parcial se incrementa en un 40%.

99.El salario anual que sirve de base para el cálculo de la renta de incapacidad laboral permanente comprende el conjunto de las remuneraciones percibidas durante el año y se determina sobre la misma base que los subsidios diarios: el salario del mes civil anterior al accidente para los asalariados mensuales, el salario de las dos últimas catorcenas para los que trabajan a la catorcena y el salario de las cuatro últimas semanas para los asalariados semanales.

100.Prestaciones médicas para los trabajadores asegurados: atención médica y quirúrgica, hospitalización, medicamentos, prótesis y aparatos ortopédicos, transporte, rehabilitación funcional, readiestramiento profesional.

Prestaciones de sobrevivencia para las personas a cargo

101.Renta del cónyuge supérstite: el 30% del salario anual de la víctima. Si hay más de una viuda, la renta vitalicia se reparte a partes iguales entre ellas.

102.Renta de orfandad: el 15% del salario anual de la víctima si hay un solo hijo a cargo; el 30% si hay dos, el 40% si hay tres, y así sucesivamente; la renta aumenta en 10% por cada hijo a cargo a partir del tercero.

103.La renta de orfandad puede incrementarse hasta el 20% del salario anual de la víctima para cada huérfano de padre y madre, o en caso de que fallezca el cónyuge supérstite después del accidente.

104.Renta para ascendientes: el 10% del salario anual de la víctima para cada uno de los ascendientes, sin sobrepasar el 30%.

105.Renta máxima de los supérstites: el 58% del salario anual de la víctima.

Límite máximo del salario que sirve de base para el cálculo de la renta debida en concepto de reparación de un accidente mortal o que conlleve una reducción de la capacidad laboral de por lo menos el 10%

106.El límite es de 10 veces el salario mínimo interprofesional garantizado (SMIG) anual. Si el salario es superior a ese monto, el excedente solo cuenta un tercio. No se contabiliza la fracción que supere la cuantía de 28 veces el SMIG anual. Asignación funeraria: 1/4 del SMIG anual.

107.Esta rama se financia con las contribuciones patronales, que oscilan entre el 1% y el 4% según el sector de actividad del empleador.

108.El Gobierno contribuye en su calidad de empleador.

Prestaciones de vejez, invalidez y sobrevivencia

Régimen general

109.La legislación en vigor es la Ley núm. 99-04 del Código de Previsión Social, de 12 de agosto de 1999, y la Ley núm. 03-036, de 30 de diciembre de 2003, por la que se modifica el Código de Previsión Social (aumento de la edad de jubilación).

Prestaciones en efectivo

110.Las prestaciones incluyen:

La pensión de jubilación: el monto mensual de la pensión de jubilación equivale al 26% del salario mensual medio de los ocho años anteriores al cese de la actividad. Si el número total de meses de cotización o asimilados supera los 156 meses, la pensión aumenta en un 2% del salario medio por cada período adicional de cotización o asimilado de 12 meses. La pensión de jubilación no puede calcularse sobre un salario anual medio inferior al doble del SMIG anual. Los titulares de las pensiones de jubilación conservan las asignaciones familiares. No hay un límite máximo para el salario medio que sirve de base para el cálculo de la pensión.

La pensión de jubilación anticipada: se calcula del mismo modo que la pensión de vejez, con una deducción de 5% de la tasa de pensión por cada año de anticipación.

La pensión solidaria: el 52% del salario mínimo legal.

Prestaciones por incapacidad laboral permanente para los trabajadores asegurados

111.Pensión de invalidez: el monto mensual de la pensión de invalidez equivale al 26% del salario mensual medio de los ocho años anteriores al cese de la actividad. Si el número total de meses de cotización o asimilados supera los 156 meses, la pensión aumenta en un 2% del salario medio por cada período adicional de cotización o asimilado de 12 meses. Los años comprendidos entre la edad de 50 años y la edad efectiva de la invalidez, a la fecha en que se hace efectiva la pensión, son asimilados a períodos de cotización a razón de seis meses por año. La pensión de invalidez no puede calcularse sobre un salario anual medio inferior al doble del SMIG anual. Los titulares de las pensiones de invalidez conservan las asignaciones familiares. No hay un límite máximo para el salario medio que sirve de base para el cálculo de la pensión.

Prestaciones de sobrevivencia para las personas a cargo

112.Las prestaciones incluyen:

La pensión de sobrevivencia: se calcula como porcentaje de la pensión de jubilación, de invalidez o de jubilación anticipada a que tenía o habría tenido derecho el asegurado a la fecha de su defunción.

La pensión de viudedad: el 50% para la viuda/el viudo. Si hay más de una viuda, la suma se reparte a partes iguales entre ellas.

La pensión de orfandad: el 10% para cada huérfano, sin que el total supere el 50% de la pensión a que tenía o habría tenido derecho el asegurado. Si el número de huérfanos es superior a cinco, el monto se reparte entre ellos a partes iguales.

La asignación de sobrevivencia: monto fijo, pagadero una sola vez, que equivale a la pensión de jubilación que habría correspondido al asegurado con 156 meses de cotización en el seguro. Cada mensualidad equivale a seis meses de cotización a la fecha de su defunción.

113.Las siguientes son las condiciones para su atribución:

Pensión de vejez: 58 años de edad (53 años en caso de incapacitación laboral reconocida), con no menos de 13 años de cotizaciones efectivas o asimiladas. Cese de toda actividad remunerada.

Pensión de jubilación anticipada: a partir de los 53 años de edad, con un mínimo de 13 años de cotizaciones efectivas o asimiladas. Cese de toda actividad remunerada.

Asignación solidaria: 53 años de edad, con un mínimo de seis años de cotizaciones. no reúne los requisitos para ser titular de una pensión de jubilación.

Pensión de invalidez: ocho años de cotizaciones en el seguro. Una afección que incapacite a la persona para percibir más de un tercio de la remuneración que puede percibir un trabajador con las mismas cualificaciones. La pensión de invalidez puede revisarse si el beneficiario recupera parte de sus facultades físicas o mentales que le permitan ejercer una actividad remunerada. Se suprime a la edad de 53 años para sustituirse por una pensión de jubilación sin deducciones.

Pensión de sobrevivencia: el difunto estaba jubilado o reunía los requisitos para ser titular de una pensión. El viudo o la viuda debe haber estado casado con la persona asegurada al menos durante dos años antes de su fallecimiento. El hijo a cargo debe tener menos de 14 años de edad. el límite de edad del hijo se eleva a 18 años si es aprendiz y a 21 años si es estudiante o inválido.

Asignación de sobrevivencia: el asegurado tenía menos de 13 años de cotizaciones a la fecha de su defunción.

114.El trabajador extranjero cuyo país ha suscrito acuerdos de reciprocidad con Malí puede recibir una pensión de jubilación proporcional a sus cotizaciones.

115.Esta rama se financia con las contribuciones patronales (5,4%) y las cotizaciones de los trabajadores (3,6%).

El plan de seguro voluntario

116.La legislación en vigor es la Ley núm. 99-047, de 28 de diciembre de 1999, por la que se instituye el aseguramiento voluntario con ciertos regímenes de previsión social del INPS, y el Decreto núm. 04-567/P-RM, de 8 de diciembre de 2004, por el que se establecen las modalidades de aplicación de la citada la Ley núm. 99-047.

Prestaciones en efectivo

117.Las prestaciones incluyen:

La pensión de jubilación: el monto mensual de la pensión de jubilación equivale al 30% de la renta trimestral media. Si el número total de los meses de cotización excede de 60 trimestres, el porcentaje se incrementa en un 2% de la renta trimestral media por cada año adicional de cotización. La pensión de jubilación no puede ser inferior al 30% de la renta que sirve de base para el cálculo de las cotizaciones de la categoría de ingresos correspondiente al asegurado voluntario. El límite máximo del salario medio que sirve de base para el cálculo de la pensión depende de la categoría de ingresos del asegurado voluntario (véase el cuadro de las cotizaciones).

La pensión de jubilación anticipada: se calcula del mismo modo que la pensión de vejez, con una deducción de 5% de la tasa de pensión por cada año de anticipación.

La asignación solidaria: el 30% de la renta que sirve de base para el cálculo de las cotizaciones de la categoría de ingresos correspondiente al asegurado voluntario.

Prestaciones por incapacidad laboral permanente

118.Pensión de invalidez: el monto mensual de la pensión de invalidez equivale al 30% de la renta trimestral media. Si el número total de meses de cotización excede de 60 trimestres, el porcentaje se incrementa en un 2% de la renta trimestral media por cada año adicional de cotización. La pensión de invalidez no puede ser inferior al 30% de la renta que sirve de base para el cálculo de las cotizaciones de la categoría de ingresos correspondiente al asegurado voluntario.

Prestaciones de sobrevivencia para las personas a cargo

119.Las prestaciones incluyen:

La pensión de sobrevivencia: se calcula como porcentaje de la pensión de jubilación, de invalidez o de jubilación anticipada a que tenía o habría tenido derecho el asegurado a la fecha de su defunción.

La pensión de viudedad: el 50% para la viuda/el viudo. Si hay más de una viuda, la suma se reparte a partes iguales entre ellas.

La pensión de orfandad: el 10% para cada huérfano, sin que el total supere el 50% de la pensión a que tenía o habría tenido derecho el asegurado. Si el número de huérfanos es superior a cinco, el monto se reparte entre ellos a partes iguales. La cuantía de la pensión de orfandad no puede ser inferior a la de las asignaciones familiares.

La asignación de sobrevivencia: monto fijo, pagadero una sola vez, que equivale a la pensión de jubilación que habría correspondido al asegurado al cabo de 40 trimestres; cada trimestre de cotización cuenta el doble. Se reparte entre los supérstites del mismo modo que la pensión de sobrevivencia.

120.Las siguientes son las condiciones para su atribución:

Pensión de vejez: 60 años de edad, con un mínimo de 15 años de cotizaciones efectivas. Cese de toda actividad remunerada.

Pensión de jubilación anticipada: a partir de los 55 años de edad.

Asignación solidaria: 60 años de edad, con un mínimo de 10 años de cotizaciones. no reúne los requisitos para ser titular de una pensión de jubilación.

Pensión de invalidez: 10 años de cotizaciones en el seguro. Afección que incapacite a la persona para percibir más de un tercio de la renta declarada al INPS. La pensión de invalidez puede revisarse si el beneficiario recupera parte de sus facultades físicas o mentales que le permitan ejercer una actividad remunerada. Se suprime a la edad de 55 años para sustituirse por una pensión de jubilación.

Pensión de sobrevivencia: el difunto recibía una pensión o reunía los requisitos para ser titular de una pensión. El viudo o la viuda debe haber estado casado con la persona asegurada al menos dos años antes de su fallecimiento. El hijo debe haber estado a cargo del asegurado voluntario a la fecha de su defunción y haber sido inscrito en el registro civil.

Asignaciones de sobrevivencia: el asegurado tenía menos de 15 años de cotizaciones a la fecha de su defunción.

121.Esta rama se financia con las cotizaciones: el 9% de la renta fija de la categoría correspondiente al asegurado voluntario según el cuadro que figura a continuación.

Categorías

Ingresos trimestrales (francos CFA)

Bases de cálculo (francos CFA)

1

Menos de 150 000

125.000

2

150 000 a 450 000

4 00 000

3

450 000 a 750 000

675 000

4

750 000 a 1 500 000

900 000

5

Más de 1 500 000

1 000 000

Prestaciones de protección contra la enfermedad

Régimen general

122.La legislación vigente es la Ley núm. 99-041 del Código de Previsión Social, de 12 de agosto de 1999.

Prestaciones médicas para los asegurados

123.Las prestaciones son las siguientes:

La asalariada recibe la atención médica necesaria durante el embarazo y el parto (acción sanitaria y social).

El trabajador asegurado recibe atención médica en los centros de salud del INPS (protección contra la enfermedad, acción sanitaria y social).

Prestaciones médicas para los derechohabientes

124.Las prestaciones consisten en lo siguiente:

La esposa del asalariado afiliado recibe la atención médica necesaria durante el embarazo y el parto (acción sanitaria y social).

El cónyuge de la persona asalariada asegurada y el hijo a su cargo reciben atención médica en los centros de salud del INPS (protección contra la enfermedad, acción sanitaria y social).

125.No existen las prestaciones médicas en efectivo.

126.Según las disposiciones del Código del Trabajo, la indemnización al trabajador enfermo corre por cuenta del empleador.

127.Condiciones para su atribución: para beneficiarse de la atención médica, es preciso ser un asalariado afiliado al INPS o derechohabiente de este.

128.Esta rama está financiada por las contribuciones patronales: 2%.

El plan de seguro voluntario

129.La legislación en vigor es la Ley núm. 99-047, de 28 de diciembre de 1999, por la que se instituye el aseguramiento voluntario con ciertos regímenes de previsión social del INPS.

Prestaciones médicas para los asegurados voluntarios

130.La asegurada voluntaria recibe la atención médica necesaria durante el embarazo y el parto (acción sanitaria y social).

Prestaciones médicas para los derechohabientes

131.Las prestaciones consisten en lo siguiente:

La esposa del asegurado voluntario recibe la atención médica necesaria durante el embarazo y el parto (acción sanitaria y social).

El cónyuge de la persona afiliada al seguro voluntario y el hijo a su cargo reciben atención médica en los centros de salud del INPS (protección contra la enfermedad, acción sanitaria y social). No existen las prestaciones médicas en efectivo.

132.Condiciones para su atribución: para beneficiarse de la atención médica, es preciso ser un asegurado voluntario o derechohabiente de un asegurado voluntario.

133.La rama se financia con las cotizaciones del asegurado voluntario.

134.Ello a razón del 2% de la renta fija de la categoría correspondiente al asegurado voluntario según el cuadro que figura a continuación.

Categorías

Ingresos trimestrales (francos CFA)

Bases de cálculo (francos CFA)

1

Menos de 150 000

1 25 000

2

150 000 a 450 000

400 000

3

450 000 a 750 000

675 000

4

750 000 a 1 500 000

900 000

5

Más de 1 500 000

1 000 000

Acción sanitaria y social

135.La acción sanitaria y social se financia mediante un cargo de recuperación sobre las cotizaciones de las ramas precedentes, tanto para el régimen general como para el plan de seguro voluntario.

136.La acción sanitaria y social se traduce en medidas en favor de las familias y de las personas aseguradas.

Grupos que no gozan del derecho a la seguridad social o que se hallan en neta desventaja en este ámbito frente a la mayoría de la población

137.Los desempleados son los principales excluidos del sistema de protección social.

138.El Gobierno ha adoptado medidas para los grupos desfavorecidos o excluidos del sistema de protección social a través de su marco estratégico de lucha contra la pobreza y la exclusión.

139.El Instituto se consagra a ello mediante la administración de servicios médicos gratuitos en sus centros de salud, consistentes en consultas gratuitas, exámenes paraclínicos de control gratuitos y atención gratuita de primera necesidad, todo ello dentro de los límites de sus posibilidades.

Artículo 10Protección de la familia

140.Malí se ha adherido a los siguientes instrumentos:

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el 16 de julio de 1974.

La Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada el 20 de septiembre de 1990.

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ratificada el 10 de septiembre de 1985.

El Convenio núm. 138 de la OIT sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo, de 1973, ratificado el 11 de marzo de 2002.

141.Además, el 30 de diciembre de 2011 se promulgó la Ley núm. 2011-080 del Código de la Persona y de la Familia.

142.Independientemente de la etnia y el medio social, la familia se define en Malí como un grupo de personas que se reconocen descendientes de un antepasado común. Puede comprender varias decenas de personas que viven juntas en un mismo inmueble.

143.En Malí la noción de familia se relaciona con la de “hogar”, que designa al conjunto de personas que viven en la misma vivienda, comparten sus recursos y gastos colectivos y reconocen la autoridad de un jefe de hogar o de familia.

144.El parentesco viene dado por la consanguinidad, el matrimonio o la adopción. Según el artículo 16 del Código de Relaciones Familiares, las personas unidas por lazos de parentesco conforman la familia social, que comprende uno o varios hogares conyugales, integrados por el padre, la madre y los hijos.

145.El proceso de reforma del derecho de familia iniciado en 1996 culminó con la aprobación por la Asamblea Nacional de Malí, en diciembre de 2011, de la Ley núm. 2011‑080 del Código de la Persona y de la Familia, de 30 de diciembre de 2011.

146.La autoridad familiar se caracteriza por su unidad, el respeto mutuo y la solidaridad entre sus miembros. Los padres dirigen la educación del niño mientras es menor de edad. Deciden las modalidades de su educación e instrucción, y a veces su orientación profesional. La patria potestad conlleva un derecho de guarda, dirección y supervisión sobre la persona del niño.

147.Sea de tipo tradicional o moderno, la familia constituye el primer nivel de la educación y la socialización del niño. Le garantiza protección y seguridad desde su nacimiento. La familia, hecho social necesario, constituye igualmente un hecho jurídico, aun cuando gran parte de la vida familiar se sitúe en el ámbito “extrajurídico” por estar más anclada en los usos y costumbres.

148.Según el artículo 2 del Código de Protección del Niño, “por niño se entiende toda persona de menos de 18 años de edad que no ha alcanzado aún la mayoría de edad en virtud de disposiciones especiales”.

Reclutamiento en el ejército

149.De conformidad con el estatuto del ejército, la edad mínima de ingreso en esa institución, así como de incorporación al servicio militar, es de 18 años.

Justicia

150.El artículo 1 de la Ley núm. 01-081, de 26 de agosto de 2001, sobre la minoría de edad penal y la institución de jurisdicciones, y el artículo 26 del Código Penal fijan “en 18 años la edad de responsabilidad penal”.

Transacciones inmobiliarias

151.En cuanto a las transacciones inmobiliarias, el artículo 29 del Código de Protección del Niño dispone que “todo niño que goce de capacidad jurídica (emancipado) tiene derecho a concluir contratos en pie de igualdad y sin discriminación basada en la edad…”.

Libertad de asociación y de culto

152.La Ley núm. 04-038 de Asociaciones, de 5 de agosto de 2004, no impone restricción alguna a la posibilidad de que los niños creen asociaciones o se afilien a ellas.

Consumo de bebidas alcohólicas

153.En el marco de la reglamentación de vigilancia de los establecimientos de venta y consumo de bebidas alcohólicas, la Ley de 1 de octubre de 1917 sobre la represión de la embriaguez pública y el control de los establecimientos de venta y consumo de bebidas (todavía en vigor en Malí) prohíbe al propietario de todo café, bar u otro expendio, so pena de sanción penal (multa y/o prisión en caso de reincidencia):

Recibir en su establecimiento o servir licores o bebidas alcohólicas a personas de menos de 18 años de edad.

Vender, incluso para su consumo exterior, licores o bebidas alcohólicas a personas menores de 18 años.

Emplear en su establecimiento a niñas o mujeres menores de 18 años, a menos que pertenezcan a la familia del propietario.

Medidas especiales de protección y asistencia en favor de los niños y jóvenes, en particular las medidas para protegerlos contra toda forma de explotación económica o impedir que sean empleados en trabajos que puedan comprometer su moral o salud, poner en peligro su vida o perjudicar su desarrollo

Medidas adoptadas para reconocer y garantizar el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica

154.El trabajo infantil en Malí está reglamentado por:

La Ley núm. 92/020 del Código del Trabajo, de 23 de septiembre de 1992;

El Decreto núm. 96-178P/RM, de 13 de junio 1996, por el que se establecen las modalidades de aplicación de las disposiciones del Código del Trabajo;

La Ordenanza núm. 02-062/P-RM, de 5 de junio de 2002, por la que se establece el Código de Protección del Niño;

Los convenios fundamentales de la OIT, en particular el Convenio núm. 138 sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo, ratificado por Malí en 2002, y el Convenio núm. 182 sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, ratificado en 2000;

Cabe mencionar:

La elección de la lucha contra el trabajo infantil como tema para el inicio del curso escolar 2004/05, así como la dedicación de una lección modelo, el primer día del año escolar, a los aspectos fundamentales de esa cuestión.

La retirada, reinserción, rehabilitación y escolarización de los niños que trabajan en el sector informal de la economía.

Definición de las actividades consideradas arriesgadas o que pueden poner en peligro la escolaridad del niño o perjudicar su salud o su desarrollo

155.Los decretos de aplicación del Código del Trabajo tratan de esas actividades en los siguientes artículos:

a)El artículo D.189-21, que prohíbe emplear a niños en la elaboración, manutención y venta de libros, impresos, carteles, dibujos, grabados, pinturas, emblemas, imágenes u otros objetos cuya venta, oferta, exposición, colocación o distribución pueda perjudicar su moral o ejercer en ellos una influencia negativa;

b)El artículo D.189-28, que prohíbe emplear a niños en la utilización y manipulación de explosivos;

c)El artículo D.189-30, que prohíbe emplear a personas de menos de 16 años en espectáculos públicos en teatros, cines, cafés, salas de concierto o circos para la ejecución de contorsiones o acrobacias peligrosas.

156.Las campañas de información, sensibilización y educación se han centrado en las actividades que se mencionan a continuación. En los actos conmemorativos del Día Mundial de Lucha contra el Trabajo Infantil se ha dado la palabra a los propios niños trabajadores para que expresen las preocupaciones que consideren oportunas y merecedoras de un acento especial en la lucha contra las peores formas de trabajo infantil.

157.Con ocasión de la 23ª edición de la Copa de Fútbol de Naciones de África, celebrada en Malí en enero 2002, se lanzó una campaña de sensibilización e información sobre las condiciones de vida de los niños que trabajan bajo el lema “¡Tarjeta roja al trabajo infantil!”. En colaboración con el Centro de Alfabetización Funcional (CAF) y el Comité de Organización de la Copa (COCAN), se organizó una amplia campaña de sensibilización centrada en la lucha contra las peores formas de trabajo infantil.

158.La campaña tuvo por objeto aprovechar ese evento deportivo para sensibilizar al público en general acerca de esta realidad y suscitar la adhesión unánime a los principios básicos del Convenio núm. 182. La campaña consiguió los siguientes resultados:

Una amplia sensibilización de todos los sectores de la población, incluidas las autoridades políticas, los periodistas y los funcionarios de diferentes administraciones públicas. Más de 2 millones de malienses participaron directa o indirectamente en el evento.

Durante la campaña los propios niños trabajadores tuvieron la ocasión de expresar las preocupaciones que consideraban oportunas y merecedoras de un acento especial en la lucha contra las peores formas de trabajo infantil.

El concepto de “tarjeta roja” se asociaría en lo sucesivo a todas las actividades deportivas del país para apoyar las actividades sobre el terreno.

159.En el marco del proyecto OIT/IPEC, el Ministro del Trabajo y de la Función Pública y la Ministra de Promoción de la Mujer, el Niño y la Familia firmaron en abril de 2004 en Bamako un llamamiento internacional de apoyo a la campaña mundial para la abolición del trabajo infantil.

160.Asimismo, el proyecto OIT/IPEC, en colaboración con el Ministerio de Educación Nacional y el sindicato de maestros, puso en marcha en 2003 una nueva iniciativa contra el trabajo infantil centrada en la educación y la movilización social, denominada “SCREAM ¡Alto al trabajo infantil!”. El objetivo de esa campaña era ayudar a los educadores de todo el mundo a crear una mayor conciencia y comprensión del problema del trabajo infantil entre los jóvenes.

161.La iniciativa SCREAM y las lecciones modelo reconocen que la escuela es el primer baluarte contra el trabajo infantil y la mejor alternativa posible en términos de inserción social y económica de los niños que han podido ser sustraídos a las peores formas de trabajo infantil.

162.Se ha puesto en marcha en Malí el programa SIMPOC (Programa de Información Estadística y de Seguimiento en materia de Trabajo Infantil). Sus objetivos son los siguientes:

Reunir, utilizar y difundir datos cuantitativos y cualitativos brutos que permitan estudiar el alcance, la distribución, las características, las causas y las consecuencias del trabajo infantil.

Crear una base para analizar los datos sobre el trabajo infantil con miras a la planificación, definición y ejecución de intervenciones multisectoriales integradas, el seguimiento de la aplicación y la evaluación de las repercusiones de las políticas y los programas. Cabe señalar, por otro lado, que el Gobierno de Malí creó en 2004 en el Ministerio de Trabajo la dependencia de “infancia y trabajo” para coordinar y evaluar mejor las actividades de lucha contra la explotación laboral de los niños.

El número de niños que se han beneficiado directamente del plan de acción asciende a 7.011, de los que 2.804 son niños y 4.207 niñas.

El número de niños que se han beneficiado indirectamente asciende a más de 25.000, de los que más del 60% son niñas.

Las campañas de sensibilización han llegado a unos 25.000 niños.

163.A pesar de los esfuerzos del Gobierno para conocer mejor el problema del trabajo infantil, crear conciencia de este entre los agentes nacionales e intensificar las actividades destinadas a retirar y reinsertar a los niños trabajadores, en algunos medios se sigue oponiendo resistencia a la idea de impedir que los niños realicen determinadas actividades peligrosas y penosas. También es preciso dedicar esfuerzos a las cuestiones de enfoque metodológico y de cobertura geográfica y sectorial.

164.Frente a estas insuficiencias, Malí se propone realizar, con el apoyo del programa SIMPOC y a partir de las nuevas metodologías de investigación sobre el trabajo infantil elaboradas por la OIT, una encuesta más completa y de alcance nacional para poder ofrecer datos fiables y al día sobre el trabajo infantil en Malí.

165.La implementación del Programa Nacional de Lucha contra el Trabajo Infantil y la elaboración y ejecución del Plan Nacional de Emergencia contra la Trata Transfronteriza de Niños (2000-2001) son una muestra de los esfuerzos realizados para acabar con este flagelo. En este contexto han sido repatriados 413 niños víctimas de la trata transfronteriza.

166.Desde 2002, Malí participa igualmente en el “Proyecto de apoyo a la aplicación de la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo” (PAMODEC-MALÍ). Su objetivo consiste en prestar ayuda a los Estados que la soliciten para mejorar la aplicación en sus países de los convenios fundamentales de la OIT y, por extensión, de las normas internacionales del trabajo. Este proyecto ha contribuido a que se conozcan mejor los convenios de la OIT sobre el trabajo infantil.

167.Por último, Malí es miembro de la Organización para la Armonización de la Legislación Empresarial en África (OHADA), creada en 1993 por el Tratado de Port-Louis, cuyo artículo 2 se refiere expresamente al derecho al trabajo y en particular a la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso y obligatorio, a la abolición efectiva del trabajo infantil y a la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

168.Sin embargo, este documento no se ha aprovechado como instrumento jurídico de lucha contra el trabajo infantil.

169.El artículo L.185 del Código del Trabajo prohíbe emplear, en cualquier tipo de establecimiento, a personas de menos de 18 años de uno u otro sexo en trabajos excesivamente duros para su edad, peligrosos o que, por su naturaleza o por las condiciones en que se realicen, puedan ser perjudiciales para su moral.

170.El Código también prohíbe:

El trabajo nocturno de niños en actividades industriales.

El empleo de niños en empresas (aunque sea como aprendices) antes de los 14 años de edad.

El empleo de niños para un trabajo efectivo de más de ocho horas diarias.

El trabajo nocturno de menores de 18 años entre las 21.00 y las 5.00 horas.

El empleo de niños los días festivos oficiales, aunque sea para labores de acondicionamiento de los locales.

El trabajo dominical de niños de uno u otro sexo en régimen de aprendizaje.

171.Igualmente, el Código de Protección del Niño, en su artículo 20, dispone que todo niño tiene derecho a:

Asistir a la escuela durante un mínimo de nueve años.

Trabajar a partir de los 15 años con arreglo a las disposiciones pertinentes del Código del Trabajo y sus textos subsiguientes.

172.No obstante, es preciso reconocer que la realidad económica y sociocultural dificulta la aplicación de estas disposiciones. Además, las disposiciones del Código del Trabajo solo son aplicables al sector formal de la economía nacional, siendo que la mayoría de los niños que trabajan lo hacen en el sector informal. Ello explica la falta de sanciones apropiadas en esta esfera.

Convenios internacionales y otros instrumentos pertinentes, políticas nacionales de prevención, programas de cooperación y mecanismos de coordinación y de seguimiento

173.Malí ha ratificado los dos convenios fundamentales de la OIT en esta materia:

El Convenio núm. 138 sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo, ratificado en 2002.

El Convenio núm. 182 sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, ratificado en el año 2000.

174.Ambos convenios se implementan en el marco del Programa Nacional de Lucha contra el Trabajo Infantil, del proyecto OIT-IPEC. Existe un comité directivo nacional de este programa que reúne a 12 ministerios, 8 asociaciones y organizaciones no gubernamentales (ONG), la Coalición Maliense de Derechos del Niño (COMADE) y organismos de las Naciones Unidas. Este comité se reúne trimestralmente. Valida todo programa o proyecto ejecutado en el marco del programa nacional. También desempeña una función de coordinación.

175.En el marco de la cooperación entre Malí y los Estados Unidos de América, desde 2003 las organizaciones Visión Mundial Internacional y CARE International tienen en marcha en las regiones de Ségou y Mopti y en el distrito de Bamako un programa de lucha contra la explotación económica y la trata de niños. El programa de la ONG Winrock International opera desde 2004 en las regiones de Sikasso y Ségou.

176.En 2005, la Dirección Nacional de Estadística e Informática (DNSI) realizó una encuesta nacional sobre el trabajo infantil (ENTE) con apoyo técnico y financiero del programa IPEC/SIMPOC. La encuesta se centró en las actividades de los niños de 5 a 17 años.

177.Cada vez más, los niños contribuyen directa o indirectamente a mejorar el nivel de vida de muchos hogares pobres en las zonas urbanas y rurales del país. Según el Censo General de la Población y el Hábitat (RGPH 1998), a la fecha trabajaba el 38,5% de los niños de 6 a 17 años de edad, es decir, un número de 1.208.229 niños.

178.La encuesta puso de manifiesto que a medida que crecían, más importancia cobraba la actividad económica de los niños. Esta afectaba al 28,8% de los niños de 6 a 9 años, y a 4 de cada 10 niños de entre 10 y 14 años.

179.El 51,9% de los niños de 15 a 17 años eran económicamente activos.

180.En este contexto, los niños varones constituían el primer sustituto de los adultos: el 45,8% de los varones de 6 a 17 años eran económicamente activos, frente al 38,5% de las niñas.

181.La Encuesta Nacional de Trabajo Infantil de 2005 reveló la existencia de 6.463.669 niños menores de 18 años de edad, de los cuales el 68,5% tenía entre 5 y 17 años de edad. Entre estos niños hay relativamente más niños que niñas, como señala el índice de masculinidad de 107. El país tiene 3.341.704 niños y 3.121.965 niñas, lo que supone una diferencia de 219.739 entre ambos grupos.

182.En Malí, la implicación de los niños en las actividades económicas ha alcanzado proporciones inquietantes: alrededor de 2 de cada 3 niños de entre 5 y 17 años contribuyen a la actividad económica, o poco más de 3 millones de niñas y niños. Entre ellos hay casi 2,4 millones de trabajadores de menos de 15 años. El fenómeno afecta a las niñas (68%) y a los niños (68,7%), tanto en el campo (71,1%) como en la ciudad (62,5%).

183.El desglose por sexo y condición laboral de los niños trabajadores muestra que los varones son principalmente llevados a trabajar en las plantaciones (74,1%) como mano de obra auxiliar de la familia (93,5%). Por otra parte, la actividad económica de los niños presenta mucha más movilidad que la de las niñas: el 6,2% y el 1,4%, respectivamente, de ellos trabajan en distintos lugares.

184.No es de extrañar que se observe que el trabajo infantil en Malí tiene lugar principalmente en las plantaciones (58,1%) o en el hogar (33,1%), lo que tiende a reforzar el carácter tradicional y social asociado a la actividad económica de los niños. Sin embargo, no todos los niños trabajadores en Malí se hallan en un entorno familiar. Por ejemplo, el 2,2% de los niños que deben realizar trabajos peligrosos lo hace en la calle, y el 3,1% ejerce su actividad en diferentes lugares, cosa que dificulta aún más su protección. En este contexto, los niños tienen más movilidad que las niñas.

185.El lavado de la vajilla y la ropa y la búsqueda de leña y agua son las principales actividades domésticas que deben realizar los niños. Huelga decir que el subdesarrollo en Malí es una de las causas de esta situación. En este contexto, las niñas son las que más se ocupan de las actividades mencionadas, salvo la limpieza de las viviendas. Por otra parte, desde muy tierna edad son llamadas a ejecutar la mayor parte de las tareas domésticas que tradicionalmente incumben a las mujeres, como ir de compras, preparar y servir la comida o incluso cuidar de los niños más pequeños.

186.La situación es tanto más preocupante cuanto que uno de cada cinco niños consagra a esta actividad no remunerada más de 35 horas por semana. Esta gran intensidad de ejecución de las tareas del hogar se observa tanto en el medio urbano como en el rural: el 18% y el 21% de los niños, respectivamente, deben dedicarles más de 35 horas semanales.

187.Dos sectores de actividad albergan el grueso del trabajo infantil: el sector agrícola (57,7%) y el sector de los servicios (38,3%); la industria ocupa tan solo un lugar marginal, con el 2,5% de los niños económicamente activos.

188.El desglose de los niños trabajadores por medio de residencia y sector de actividad aporta más precisiones. De 10 niños de las zonas rurales, casi 7 están ocupados en actividades agrícolas, pesqueras, forestales o manufactureras (2 en esta última); los otros 3 se dedican a diversas actividades, probablemente pequeños servicios auxiliares al trabajo de los adultos. Estas actividades de servicio constituyen lo esencial del trabajo infantil en las ciudades, en la medida en que se emplea en ellas al 56% de los niños trabajadores. En las zonas periurbanas, aproximadamente el 38% de estos trabaja en actividades agrícolas o pesqueras. Además, en las zonas rurales se observa una presencia mayor de gente de la ciudad de menos de 18 años de edad en las actividades de comercio y restauración (3,1%, frente a apenas 0,3%) y en la manufactura (2,6%).

Niños privados de su entorno familiar

Medidas adoptadas para garantizar una protección y una ayuda especial a los niños privados temporal o definitivamente de su medio familiar

189.El nombramiento del Delegado de Protección del Niño (artículo 66 del Código de Protección del Niño) y la institución del deber de informar (artículo 73 del Código) son medidas legislativas y administrativas que contribuyen a mejorar la atención y la protección de los niños privados de su entorno familiar. Los artículos 85 y 86 del mismo Código establecen las medidas jurídicas para proveer al acogimiento del niño en las mejores condiciones de seguridad posibles.

190.Es imposible calcular el número exacto de niños y jóvenes que no viven con sus familias ante la insuficiencia de datos sobre el número de niños que viven y se crían y educan en instituciones o que han abandonado sus lugares de origen.

191.El Estado sigue alentando las iniciativas privadas y comunitarias. Por ejemplo, se realizan esfuerzos para sensibilizar a las familias y las personas con el fin de fomentar la creación de redes de solidaridad en beneficio de los niños. Para proteger mejor a los niños en general, y a los privados de su entorno familiar en particular, contra irregularidades como la explotación, el secuestro y la trata, se ha establecido en Malí un dispositivo reglamentario para organizar la colocación, la acogida, el albergue y la orientación de los niños. Los Decretos núm. 99-450, de 31 de diciembre de 1999, y núm. 02-067, de 12 de febrero de 2002, determinan las condiciones para la creación y las modalidades de funcionamiento de las instituciones privadas de acogida, consulta, orientación o albergue de niños.

192.En materia de protección del niño, todas las medidas de protección social o judicial tienen por efecto promover la prevención y propiciar la corrección de las conductas inaceptables para con los niños.

193.Se trata de medidas de readaptación o de rehabilitación física o psicológica y de reinserción social y familiar de los niños.

194.Entre estas medidas, se da preferencia a las que supongan mantener al niño en la familia. La colocación del menor fuera de ella es una medida excepcional que debe ser temporal. Además, hace necesaria la participación de los padres en las tareas de educación del niño. Esta disposición responde al interés de mantener la relación del niño con su familia.

Niños huérfanos y niños abandonados

195.A menudo los mecanismos de solidaridad tradicionales de Malí hacen posible que la familia extensa se haga cargo de los niños huérfanos y abandonados. En el medio urbano, donde tiene poca incidencia la solidaridad tradicional, los niños huérfanos, abandonados o hijos de enfermos mentales son acogidos por los servicios sociales y gozan de la protección social necesaria. El centro de acogida y colocación en hogares de guarda (guardería de Bamako), para el cual el Gobierno ha construido nuevos edificios y adquirido medios logísticos, recibe a una media de 300 niños por año.

Alumnos coránicos

196.En cuanto a los niños confiados a morabitos para que se formen en las escuelas coránicas, en el cuadro que figura a continuación se presenta la distribución de los alumnos coránicos por grupo de edad en el distrito de Bamako, según el censo efectuado por la ONG Malí Enjeu.

Distribución de los alumnos coránicos por grupo de edad

Edad (años)

4 a 6

7 a 14

15 a 18

M ás de 18

Total

Total de alumnos

1 624

3 408

629

406

6 067

Porcentaje

26,77

56,17

10,37

6,69

100

Fuente: Informe final sobre la mendicidad – M alí -Enjeu/GARFO 99.

Niños de la calle

Censo de los niños vagabundos en el distrito de Bamako, octubre de 2002

Edad de los niños

Varones

Niñas

Población total

Número

Porcentaje

Número

Porcentaje

Número

Porcentaje

Menos de 11 años

775

21

131

18

906

21

De 11 a 15 años

2 135

59

498

68

2 633

61

De 15 a 17 años

704

20

105

14

809

18

Total

3 614

734

4 248

Fuente: DNPEF/Samu Social, Censo de los niños vagabundos en el distrito de Bamako, 2002.

Consideración del derecho del niño a la expresión de su origen étnico, religioso, cultural y lingüístico cuando se aplican medidas de protección, y datos desglosados sobre las categorías de niños beneficiarios de tales medidas

197.En sus artículos 50 a 60, el Código de Protección del Niño define las categorías de niños que pueden considerarse privados de su medio familiar:

Los alumnos que se desplazan para continuar sus estudios en escuelas de otros pueblos, municipios o ciudades y que no cuentan con becas o pensiones alimenticias del Estado.

Los niños que son confiados, para su formación religiosa, a morabitos itinerantes que recorren especialmente los centros urbanos y viven de limosnas.

Los niños trabajadores precoces que viven de actividades del sector informal, víctimas de explotación laboral (en particular las niñas empleadas en el servicio doméstico).

Los niños de la calle de los grandes centros urbanos, como Bamako.

Los niños huérfanos, abandonados y expósitos, que reciben una atención particular en las instituciones de colocación en hogares de guarda.

Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado

198.Según el último Censo General de la Población y el Hábitat (RGPH), de 2009, la pobreza de condiciones de vida o la pobreza masiva afecta a casi dos tercios (el 64%) de la población total, o sea, a 6,5 millones de personas de una población total de 14.517.176. Cerca del 22% de esos 6,5 millones viven en la extrema pobreza.

199.El 88% de la población afectada por la pobreza de condiciones de vida se halla en las zonas rurales. El índice de recuento de la pobreza es de 76% en el medio rural, frente a 30% en el medio urbano. Por otra parte, para que las localidades pobres superen el umbral de pobreza se requiere el doble de inversiones en las zonas rurales (donde la brecha de pobreza es de 46%) que en las zonas urbanas (donde la brecha es de 22%).

200.La pobreza masiva afecta más a las mujeres que a los hombres. Las mujeres representan el 51% de la población pobre.

201.En general, los jóvenes menores de 15 años de edad (47%) se ven menos afectados por la pobreza que la población en edad de trabajar de 15 años y más (53%). Esta incidencia menor de la pobreza entre los menores de 15 años pobres se acentúa en el medio urbano, donde solo es del 42%.

202.La gran mayoría de los pobres trabaja en el sector primario. Cerca del 90% de los empleos de los pobres corresponden a este sector.

203.Según los resultados de la encuesta ligera de hogares de 2003, a nivel nacional, las dos terceras partes de los hogares consideraban que su situación económica era mejor que un año antes, frente a poco más de la quinta parte (el 21%) de los hogares que consideraban que su situación económica había empeorado. Consideraban que su situación económica había mejorado casi tres cuartas partes (el 71%) de los hogares de las zonas rurales y alrededor de la mitad de los hogares de las zonas urbanas.

204.La mejora de la situación económica parece haber beneficiado más a los hogares encabezados por hombres (65%) que a los encabezados por mujeres (62%).

205.El mejoramiento de las condiciones de vida no ha sido constante para toda la población.

206.El PNB (producto nacional bruto) per c a pita del 40% de la población que representa a los estratos más pobres.

207.El PNB per ca pita del 40% de la población que representa a los segmentos más pobres corresponde al tramo del tercer decil, es decir, 85.455 francos CFA, según los resultados del EMEP de 2001.

208.El umbral de pobreza en Malí representa el nivel de consumo por debajo del cual las personas se consideran pobres. Se expresa en términos de capacidad monetaria de consumo. Se trata, entonces, de determinar qué nivel monetario de consumo puede considerarse mínimo o, más precisamente, cuál es el límite del poder adquisitivo que permite satisfacer las necesidades humanas básicas.

209.A partir de esta definición se determina el nivel de gastos por debajo del cual la población no satisface sus necesidades energéticas, equivalentes a 2.450 calorías diarias. Este nivel corresponde a 99.038 francos CFA, según la EMEP de 2001. Por otra parte, la encuesta consigna un gasto de consumo (alimentario y no alimentario) anual medio por habitante de 144.022 francos CFA en el caso de la población que no satisface sus necesidades energéticas.

210.Según la Encuesta de Población y Salud (EDSM-V) de 2012, en Malí, más de 1 de cada 3 niños (el 38%) padece retraso del crecimiento: el 19% un retraso moderado y el 19% un retraso grave. Aproximadamente 1 de cada 4 niños (el 26%) presenta insuficiencia ponderal: el 16% con carácter moderado y el 9% con carácter grave.

211.En cuanto a las tendencias del estado nutricional de los niños, se observó un aumento significativo de la malnutrición crónica o retraso del crecimiento entre 1987 y 2001. En cambio, las otras dos formas de malnutrición (emaciación e insuficiencia ponderal) registraron un aumento constante entre 1987 y 1996 para luego descender apreciablemente entre 1996 y 2001.

Medidas adoptadas para mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos

212.Las medidas adoptadas son numerosas y tienen que ver con diversas funciones de apoyo al sector rural: la investigación, la divulgación, el apoyo a las organizaciones campesinas y el desarrollo de los procesos de comercialización y transformación de los productos agrícolas.

213.Entre las medidas que han marcado una diferencia, cabe sin duda mencionar las siguientes:

A partir de 1981, la persecución continua de una política de seguridad alimentaria en constante mejoramiento sustentada en una reserva de seguridad nacional de 35.000 t, que ha de revisarse al alza.

La adopción masiva de la tracción animal por parte de los agricultores.

La selección y adopción de variedades de algodón, arroz, maíz y mijo/sorgo mejor adaptadas al contexto local de producción y de mayor rendimiento.

La rehabilitación de grandes perímetros con pleno control del agua.

El desarrollo del cultivo del arroz, en particular con pleno control del agua, la introducción de variedades de arroz de paja corta, el trasplante y la adopción en gran escala de pequeñas máquinas descascarilladoras.

El apoyo a las organizaciones de productores.

El desarrollo del sistema financiero descentralizado y su extensión al medio rural, y otras medidas.

214.Si bien se han logrado buenos resultados en la producción de los principales productos agrícolas y en su comercialización primaria (algodón, cereales, cebollas, tomates y papas), no ha sido así en los procesos de conservación, transformación y distribución de los productos, en particular para la exportación. Las razones son las siguientes:

El hecho de que no se apliquen itinerarios técnicos y tecnológicos económica y financieramente compatibles con los requisitos de exportación.

El hecho de que la garantía de los mercados para determinados productos tienda a incrementar en demasía la producción (chalotas, tomates).

215.En su conjunto estas medidas han contribuido a un aumento considerable de la disponibilidad de cereales por persona y por año, que ha pasado:

En el caso de todos los cereales combinados, de 184 kg/persona/año entre 1984 y 1991 a 199 kg/persona/año entre 1992 y 2003, de los cuales unos 152 kg de mijo/sorgo/ maíz y 38 kg de arroz/persona/año.

En el caso del arroz, de 33 kg/persona/año entre 1984 y 1991 a 60 kg/persona/año entre 1992 y 2003.

216.Tomando como base las normas de consumo oficial de 202 kg de todos los cereales combinados y 34 kg de arroz en 1992, las necesidades nacionales de cereales fueron cubiertas en un 98,5% por la producción nacional durante todo el período.

217.Estas medidas dieron lugar, en condiciones de deterioro de la relación de intercambio:

A una expansión de los cultivos de cereales y de algodón que no deja de exacerbar hoy en día la presión sobre las tierras, la degradación de los recursos naturales y la reducción de la fertilidad de los suelos y de la productividad.

A una disminución efectiva de los ingresos de la población rural, incluso en las zonas algodoneras y arroceras.

218.La elevación constante del nivel de la producción agrícola en los dos últimos decenios ha ido acompañada de un programa de información y sensibilización de los productores sobre el mejoramiento y la aceptación de los alimentos y productos locales de alto valor nutritivo (Programa de la Mujer y el Desarrollo). Se suma a ello la ejecución del Programa Nacional de Seguridad Alimentaria (PNSA) que, por medio de un enfoque participativo y prospectivo de los aspectos multidimensionales de la seguridad alimentaria, prevé, entre otras actividades urgentes a corto y mediano plazo, la implementación de medidas de salud y nutrición.

219.Las medidas de reforma agraria (en el sentido de implantación de políticas agrícolas y de aplicación de políticas agrarias en vigor) son las siguientes:

El Plan Rector del Sector del Desarrollo Rural (SDDR), que sirve de marco de referencia de todo el sector rural para la adopción de decisiones en materia de orientación de las políticas y de ejecución de las medidas, proyectos y programas de desarrollo.

El Plan Nacional de Acción Ambiental (PNAE)/CID, que tiene en cuenta el conjunto de los problemas ambientales y los programas de acción contra la desertificación.

La Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria, elaborada en 2002, que se ajusta al proceso contemplado en la iniciativa “Sahel 21”, promovida por el CILSS y destinada a crear las condiciones para una seguridad alimentaria regional sostenible y reducir la pobreza y la desigualdad estructurales en el Sahel.

El Programa de Reestructuración del Mercado de Cereales (PRMC), que data de 1981 y ha entrado en su fase de consolidación, en que el Estado debe asumir plenamente la gestión y el tratamiento apropiado de las situaciones de emergencia, en particular mediante el establecimiento de un sistema de seguridad alimentaria reforzado (SAR), el mejoramiento de la información sobre los mercados cerealeros y la conducción de las ramas de actividad.

La Estrategia Nacional de Desarrollo de la Irrigación (SNDI), que fue adoptada en 2002 con los siguientes objetivos generales:

Concentrar la inversión pública en la rehabilitación selectiva de los grandes perímetros de regadío.

Prestar servicios de divulgación y de investigación eficaces a los agricultores.

Establecer mecanismos que permitan aumentar la participación de los productores en la rehabilitación y el mantenimiento de los perímetros de regadío estatales.

Estimular la inversión privada en obras de regadío en pequeña escala haciendo posible que los propios productores identifiquen las inversiones rentables y se ocupen de su explotación.

220.Estas políticas y estrategias persiguen los siguientes objetivos generales comunes:

Mejorar las condiciones de vida de la población rural.

Satisfacer las necesidades alimentarias del país.

Promover las exportaciones.

Asegurar la sostenibilidad de las intervenciones mejorando la gestión de los recursos naturales y del medio ambiente.

221.El Programa de Reestructuración del Mercado de Cereales (PRMC), que data de los años ochenta, refleja la voluntad del Gobierno de Malí de consolidar un mercado agrícola centrado en la liberalización de la economía maliense, haciendo hincapié a la vez en los aspectos de carácter más sectorial, en este caso los que atañen al sector agrícola y la seguridad alimentaria.

222.En este programa pueden distinguirse dos fases:

La primera duró de 1980 a 1986: su objetivo era corregir los grandes desequilibrios financieros y mejorar la asignación de los recursos, en particular mediante reformas institucionales decisivas. Estuvo marcada por acontecimientos importantes como la incorporación en la zona de la UEMAO y la sequía de 1986. Se tradujo sobre todo en:

La liberalización del comercio interno de los cereales.

La adopción del principio de separación del Estado del sector productivo.

La segunda fase va de 1986 al día de hoy: su objetivo liberalizar la comercialización y los precios de los principales productos agrícolas. Tiene un importante componente de reestructuración institucional tras el advenimiento de la democracia. Incluye el período de aprobación y aplicación del SDDR y se ha traducido, entre otras cosas, en:

El afianzamiento de la liberalización del comercio.

La liberalización completa de los precios de los cereales.

La separación efectiva del Estado del sector productivo (reforma de las Oficinas de Desarrollo Rural, del sector algodonero y de la Oficina del Níger).

La privatización de las empresas de propiedad estatal (reforma de la Oficina de Productos Agrícolas de Malí).

La revisión de los principales textos legislativos: el Código de Comercio, el Código Tributario, el Código de Inversiones, el Código del Trabajo y otros textos.

La introducción de diversas reformas para reajustar el marco legislativo e institucional en lo que atañe el desarrollo rural.

La adopción del enfoque programático con la financiación de los programas siguientes:

El Programa Nacional de Infraestructuras Rurales (PNIR).

El Programa de Apoyo a los Servicios Agrícolas y a las Organizaciones Campesinas (PASAOP).

El Programa de Competitividad y Diversificación Agrícola (PCDA).

El Programa de Apoyo a los Municipios Rurales (PACR).

El derecho a una alimentación adecuada. Progresos realizados

La producción agrícola

La producción de cereales

223.La agricultura alimentaria en Malí está dominada por los cultivos cerealeros. Exportador de cereales antes de la independencia, Malí pasó a ser deficitario en los años setenta como resultado de una sucesión de graves sequías y de una política intervencionista cuyos efectos negativos sobre la producción y la comercialización quedaron demostrados por los análisis.

224.De los años sesenta a setenta, la producción de cereales registró una tasa de crecimiento negativa, de modo que el nivel de la producción de 1980 fue inferior al de 1961, 20 años antes. Durante esos dos decenios osciló en torno a 1,1 millones de toneladas.

Tasa de crecimiento anual medio de la producción total de cereales

1961-1980

1980-1990

1990-1998

0,7%

6,2%

4,5%

Fuente: Estudio del PRMC de 1999, según datos de la FAO y DNSI/DNAMR.

225.A partir de 1981, la producción conoce un período de fuerte crecimiento, que es interrumpido en 1984, año de sequía grave. Globalmente, se duplicó con creces en los últimos años, llegando a 2,65 millones de toneladas en 1999.

226.La tasa de crecimiento de la producción, del orden de 4,7% entre 1980 y 1997, superó con creces la tasa de crecimiento de la población, de 2% anual.

227.Sin embargo, aunque la producción de cereales aumentó nuevamente de 2.156 millones en 1988-1990 a 2.951 millones de toneladas en 1990-2000 (CPS/MDR) y parecía haberse logrado globalmente la seguridad alimentaria, esta sigue siendo frágil y tributaria de las variaciones climáticas principales a causa de las fluctuaciones del nivel de la producción interna, que es, por su parte, el vector más determinante de las variaciones interanuales de los precios en función de la oferta y la demanda.

228.En efecto, la disponibilidad de cereales producidos localmente, que era satisfactoria a principios los años sesenta, disminuyó considerablemente hasta 1980 (llegando a un mínimo de 137 kg/persona/año en el período 1976-1980). Luego esta mejoró, llegando a una media de 199 kg/persona/año en el período 1994-1999 (incluidos 152 kg de cereales secos y 38 kg de arroz/persona/año). Tomando como base las normas de consumo oficiales del EBC 198889 (202 kg/ persona/año de todos los cereales combinados, incluidos 34 kg de arroz), la demanda de todos los cereales estaba cubierta en un 98,5% por la producción interna.

229.Desde 1994/95 hasta 1998/99, las existencias por habitante aseguradas por la producción nacional evolucionaron de la siguiente manera.

Cereales

1994/95

1995/96

1996/97

1997/98

1998/99

Todos los cereales

218

193

198

186

199

Mijo, sorgo, maíz

157

160

147

140

155

Arroz

32

33

42

38

43

Fuente: CILSS/DIAPER.

230.Las necesidades restantes fueron cubiertas por las importaciones comerciales (arroz, trigo) y la ayuda alimentaria.

231.En los últimos años del decenio de 2000, la seguridad alimentaria se caracterizó por una mejora significativa de la situación pluviométrica y de la producción agrícola. Ello contribuyó a mejorar la disponibilidad de alimentos cerealeros. En años de precipitaciones normales, la disponibilidad de cereales por habitante alcanzó una media de 207 kg/persona/año. Ello se debió principalmente al fuerte aumento de la producción de arroz, que pasó de 300.000 t en 1995/96 a 600.000 t en 1997/98.

232.Sin embargo, la situación alimentaria es frágil; su evolución está sujeta a las tensiones del equilibrio entre la oferta y la demanda. De ahí que la fluctuación en función de las variaciones climáticas haga que la disponibilidad no pueda satisfacer cada año la creciente demanda interna, a la que se suma la de los países vecinos. De ahí también que la situación alimentaria sea más frágil en las zonas del norte y el oeste del país, cuyas tendencias locales en materia de contribución a la seguridad alimentaria muestran un déficit constante de producción de cereales.

233.En efecto, mientras que en años de producción normal las regiones de Kayes y Koulikoro producen para satisfacer, respectivamente, el 70% y el 95,4%, de sus propias necesidades de consumo, en las de Kidal, Gao y Tombuctú la producción anual suele estar muy por debajo de las necesidades. Por lo tanto, las tendencias favorables de la producción de los últimos años (tasa de crecimiento) enmascaran una grave inseguridad alimentaria en las zonas rurales y urbanas. Los cereales constituyen el 76,1% de la ración en el medio rural y el 60,5% en el urbano.

Los otros cultivos vegetales

234.Se trata en particular de leguminosas y proteaginosas, raíces y tubérculos, frutas y legumbres. A falta de estadísticas fiables, los mencionamos a modo de inventario. De hecho, contribuyen de manera importante a la disponibilidad de alimentos.

Producción animal

Carne de ganado

235.Sobre la base de una tasa de crecimiento de 3% para el ganado bovino, 6% para el ovino y el caprino, 10,19% para el equino, 2,19% para el asnal, 12,49% para el camélido y 1,10% para el porcino, al 31 de diciembre de 2011 la cabaña nacional estaba constituida por:

Ganado bovino:10.012.968 cabezas.

Ganado ovino:13.735.520 cabezas.

Ganado caprino:19.126.805 cabezas.

Ganado equino:517.605 cabezas.

Ganado asnal:939.832 cabezas.

Ganado camélido:978.979 cabezas.

Ganado porcino:77.365 cabezas.

236.La producción total de carne en 2011-2012 fue estimada en 56.690 t por la Dirección Nacional de Producción e Industria Animal (DNPIA) y la Dirección Nacional de Servicios Veterinarios (DNSV).

237.También la ganadería depende en gran medida de la situación pluviométrica. En un año de precipitaciones normales, la disponibilidad de carne y productos cárnicos puede llegar en promedio a 15 o 16 kg/persona/año frente a una media de 12 kg/persona/año.

Aves de corral

238.La DNPIA y la DNSV estimaron en 36.850.378 cabezas la población de aves de corral en el período agrícola de 2011-2012, incluidas 5.957.351 producidas en sistemas de cría modernos en el distrito de Bamako. La cifra representa unas 2,7 cabezas por habitante.

Leche

239.La producción lechera tiene lugar principalmente alrededor de los centros urbanos, en las concesiones rurales. Esta producción representa la mayor parte de la leche comercializada. Los rebaños trashumantes producen leche sobre todo para el consumo de los propios productores.

240.En 2011, el potencial productivo de leche cruda fue de 1.641.790 t: alrededor del 31% era de vaca, el 16% de oveja, el 24% de cabra y el 29% de camella.

Huevos

241.El objetivo de producción de huevos fijado por la DNAMR para el año 2003 fue de 150 millones de unidades.

Producción pesquera

242.En períodos hidrológicos normales, la producción pesquera se sitúa en unas 100.000 t de pescado fresco por año, o unos 10,5 kg/persona/año. El 80% del potencial pesquero de Malí se concentra en el delta. Sin embargo, el volumen de la captura varía considerablemente de un año a otro según las condiciones climáticas e hidrológicas. Ilustran esta disparidad las estimaciones de los años siguientes:

1969-1970:87.000 t.

1984-1985: 35.000 t.

1997-1998: 141.000 t.

243.Unas tres cuartas partes de la producción pesquera nacional se transforman en pescado ahumado, deshidratado o asado. Los siguientes son los objetivos de producción de pescado transformado para el período de actividad pesquera de 2003:

Ahumado: 3.160 t.

Deshidratado:428 t.

Asado: 1.679 t.

Calidad de los productos

Productos vegetales

244.En general, la calidad de los productos deja que desear. Ello reduce el valor comercial y la competitividad nacional. No obstante, la Dirección de Regulación y Control realiza importantes esfuerzos al respecto. La inocuidad de los alimentos es objeto de un control cada vez más riguroso y los infractores son sancionados (decomiso y destrucción de los productos). Se difunden las normas de calidad y se vigila cada vez más el origen y la trayectoria de los productos.

Productos animales

245.En 2000, los servicios de regulación y control inspeccionaron un total de 33.890 t, frente a 31.798 toneladas en 1999 (o sea, un 6,5% más), de carne procedente de la faena de 211.323 bovinos, 122.948 ovinos, 259.943 caprinos, 313 camélidos y 823 porcinos.

Accesibilidad

Accesibilidad física

246.La extensión del país y su aislamiento dificultan el acceso de los consumidores a los productos agrícolas. Las regiones estructuralmente deficitarias necesitan importar cereales de las excedentarias. La falta de infraestructura vial incide considerablemente en los gastos de transporte, que en ciertas zonas desheredadas superan el costo de los productos.

247.El aprovisionamiento de los mercados es en general suficiente, pero los precios siguen siendo elevados para algunas categorías de consumidores.

Asequibilidad financiera

248.Los precios de los cereales al consumidor oscilaron entre un mínimo de 70 francos CFA/kg en 1990 y un máximo de 250 francos CFA/kg en 1996. Los del arroz local fueron objeto de grandes fluctuaciones entre 1994 y 1998, período en que experimentaron un alza notable. Los precios al productor de los cereales secos y del arroz fueron aún menos estables que los precios al consumidor. El análisis de los costos de comercialización en los precios medios al consumidor de 1 kg de mijo entre 1995 y 1998 arroja las siguientes proporciones:

El 65% para los productores.

El 15,3% para los transportistas.

El 16% para los intermediarios, del cual el 10% va a los minoristas.

El 1,5% para los colectores rurales y el 2,2% para los mayoristas de Bamako.

Otros gastos.

249.Las consecuencias de estos cambios o tensiones en el equilibrio de la oferta y la demanda y el alza consiguiente de los precios de los cereales dificultan el acceso a estos de los consumidores netos cuyo poder adquisitivo crece a un ritmo más lento que el índice de precios. Se plantea, entonces, el problema del acceso de los segmentos vulnerables de la población rural y urbana a los alimentos.

Segmentos vulnerables de la población

250.Se trata de personas pobres que no tienen acceso a alimentos aun cuando estén disponibles. Estos grupos existen tanto en las zonas rurales como en las urbanas. Pueden clasificarse de la siguiente manera:

En el medio rural:

Las comunidades que padecen inseguridad alimentaria crónica.

Las comunidades afectadas por la inseguridad alimentaria coyuntural.

Los productores de zonas de producción inestable.

En el medio urbano: se trata de los estratos pobres de la población urbana y periurbana (categorías de ingresos fijos, categorías de ingresos bajos y aleatorios, categoría menesterosa).

251.En 2000 se adoptó un Marco Estratégico de Seguridad Alimentaria en una perspectiva de lucha contra la pobreza en el Sahel, con miras a garantizar las condiciones necesarias para una seguridad alimentaria sostenible y estructural y regionalmente integrada.

252.Con estos fines se estableció en 2004 en Malí la Oficina del Comisionado de Seguridad Alimentaria mediante el Decreto núm. 04-150/P-RM, de 18 de mayo de 2004. Su misión es elaborar la política de seguridad alimentaria y proveer a su aplicación.

253.Su función consiste en orientar, diseñar y coordinar las medidas de aplicación de la política nacional de seguridad alimentaria.

254.Los retos de la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria en Malí son, entre otros, alimentar a una población en rápido crecimiento, fomentar el crecimiento económico y aumentar los ingresos de la población, y hacer frente a las diversas crisis alimentarias.

255.En Malí existen muchas entidades que contribuyen a la lucha contra la pobreza y a la consolidación de una buena política de seguridad alimentaria. Las acciones de estas entidades son coordinadas por la Oficina del Comisionado de Seguridad Alimentaria.

256.Ellas son las siguientes:

El Sistema de Alerta Temprana (SAP), organismo que reúne información que ayuda a adoptar decisiones y disposiciones para circunscribir los eventuales problemas alimentarios.

El Observatorio del Mercado Agrícola (OMA), que se encarga de la recopilación, la presentación, el tratamiento y la difusión de información comercial, estadística y normativa sobre todos los factores que influyen en la formación de los precios del mercado agrícola. Se sustenta en el trípode de la célula central, las unidades locales de recopilación y difusión y la red de medios de comunicación. El Observatorio cuenta con 25 unidades locales de recopilación y difusión, que abarcan un total de 77 mercados repartidos por todo el territorio nacional.

El Programa Especial de Seguridad Alimentaria (PESA), que es una iniciativa de la FAO destinada a los países miembros de bajos ingresos y déficit alimentario. Les ayuda a aumentar su producción alimentaria mejorando la transferencia de tecnología y prácticas agrícolas. El objetivo específico del PESA es encontrar soluciones que permitan superar las dificultades encontradas desde antes, de principio a fin y después del proceso productivo y propiciar el surgimiento de sistemas de producción sostenibles.

La Dirección Nacional de Proyectos del PMA (DNPP), cuyos ámbitos de actividad son la salud, la educación y el desarrollo rural. Ha ejecutado dos proyectos de emergencia. El primero permitió apoyar el regreso y la reintegración de los malienses de Côte d’Ivoire y otros lugares. El segundo benefició a las poblaciones afectadas por la hambruna disponiendo el suministro de 263.820 t de alimentos a las personas necesitadas.

La Agencia de Promoción de las Ramas de Actividad Agrícolas (APROFA), que es una estructura de apoyo a las pequeñas y medianas empresas agroalimentarias. Entre sus actividades cabe mencionar un ensayo de exportación multimodal de 214 t de mangos en barco vía Abiyán y un ensayo de comercialización de 16 t de papas malienses en el mercado de Bouaké en Côte d’Ivoire.

El Programa de Seguridad Alimentaria y de los Ingresos en la región de Kidal (PSARK), que es fruto de la voluntad de las autoridades públicas de desarrollar y asegurar la economía de una región gravemente desarticulada por las sequías de 1972-1973 y de 1984-1985. El programa cubre toda la octava región y en su financiación han participado, aparte los fondos públicos malienses, unos cuantos asociados para el desarrollo. Entre estos figuran el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), el Banco Islámico de Desarrollo, el Fondo de la OPEP para el Desarrollo Internacional, la ONG Accor y el UNICEF. Entre otras tareas, el PSARK se ocupa de reforzar el marco institucional de la región y de financiar el crédito para mejorar la producción y la productividad.

257.En el marco de la seguridad alimentaria, la Oficina del Comisionado de Seguridad Alimentaria debe proceder al establecimiento de bancos de cereales en todo el territorio. Por ejemplo, se han instalado bancos en las regiones de Kayes, Koulikoro, Sikasso, Ségou y Mopti.

Dificultades

Climáticas y naturales

258.Todas las producciones vegetales, animales y pesqueras dependen de las condiciones climáticas, en particular las precipitaciones y las crecidas.

259.Las siguientes son las principales dificultades de orden climático y natural:

La insuficiencia de las precipitaciones y de las crecidas.

La mala conjunción de lluvias y crecidas.

Los depredadores (langostas, cantáridas, aves granívoras, roedores, peces rizófagos, parásitos de almacén).

Los desastres naturales (inundaciones, sequías, rayos, ruptura de diques y otros fenómenos).

Socioeconómicas y culturales;

260.Entre estas dificultades cabe señalar:

Los litigios en torno a la tierra.

Los conflictos armados.

La pobreza.

El régimen de tenencia de la tierra.

Los usos y costumbres.

La reducción de la financiación externa.

Políticas e institucionales

261.Se trata fundamentalmente de:

La aplicación correcta de las leyes y reglamentos; la ausencia de una política clara en determinados ámbitos.

La confusión en cuanto a los roles de las instituciones.

El bajo grado de organización y profesionalización de los productores.

Técnicas

262.Tienen que ver con:

La falta de equipo.

El limitado acceso a los insumos.

La falta de formación.

Medidas previstas

En el plano político

263.En la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial se reconoce que un entorno político, social y económico pacífico, estable y propicio constituye la base fundamental que permitirá a los Estados atribuir la debida prioridad a la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza. La democracia, la promoción y protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, inclusive el derecho al desarrollo, y la participación plena y equitativa de hombres y mujeres son indispensables a fin de alcanzar la seguridad alimentaria sostenible para todos.

264.A partir de la revolución del 26 de marzo de 1991, la República de Malí dio un viraje político caracterizado por las siguientes opciones fundamentales:

La democratización de la vida pública.

La descentralización y el traspaso de competencias.

La liberalización de la economía.

La promoción del sector privado.

La solidaridad con los grupos más desfavorecidos de la población.

265.Desde 1992, el Ministerio de Agricultura cuenta con un Plan Rector del Sector del Desarrollo Rural (SDDR) que constituye un instrumento político de orientación de la política de desarrollo y un marco de integración de las reformas politicoeconómicas institucionales y legislativas del sector del desarrollo rural. En su versión actualizada hasta el año 2010 se fijó los siguientes objetivos:

Incrementar la contribución del sector al crecimiento económico.

Reforzar la seguridad y la autosuficiencia alimentarias.

Mejorar los ingresos y las condiciones de vida de la población rural.

Proteger el medio ambiente y conservar los recursos naturales.

266.Objetivos específicos:

El desarrollo de las distintas ramas de actividad.

La recuperación y el mantenimiento de la fertilidad de los suelos.

La promoción del crédito rural.

267.Este plan tiene ocho pilares estratégicos, entre los que se cuentan el fortalecimiento del papel de las mujeres y los jóvenes de las zonas rurales y el apoyo a los mecanismos de solidaridad en el medio rural. La seguridad alimentaria es una de sus esferas prioritarias de intervención.

268.El 29 de mayo de 2002, el Gobierno adoptó el Marco Estratégico de Lucha contra la Pobreza (MELP) para reafirmar su compromiso de hacer de la lucha contra la pobreza la primerísima de las prioridades de desarrollo.

269.Seguidamente, el Gobierno adoptó una estrategia nacional de seguridad alimentaria en conformidad con el MELP, con el fin de garantizar el acceso de todos los malienses, en todo momento, a los alimentos necesarios para llevar una vida sana mediante:

La disponibilidad de alimentos de buena calidad sanitaria y nutricional.

Su asequibilidad para los distintos segmentos de la población, incluidos los más vulnerables.

La estabilidad del aprovisionamiento en el espacio y en el tiempo.

El aprovechamiento óptimo de los alimentos por las personas.

270.Los objetivos específicos incluyen:

La promoción de una agricultura productiva, diversificada y sostenible.

El mejoramiento sostenido de las condiciones de acceso de los grupos y zonas vulnerables a los alimentos y a los servicios sociales básicos.

El mejoramiento de los dispositivos de prevención y de gestión de las crisis coyunturales.

En el plano institucional

271.Uno de los hechos más significativos ha sido la creación de un ministerio delegado de seguridad alimentaria, bajo cuya tutela están todos los órganos del PRMC. El PRMC constituye la piedra angular de nuestro sistema de seguridad y un modelo en la subregión. El ministerio delegado fue sustituido en 2004 por la Oficina del Comisionado de Seguridad Alimentaria.

272.Cabe mencionar igualmente el establecimiento, mediante el Decreto núm. 03-176, de 25 de abril de 2003, de un marco institucional de gestión de la seguridad alimentaria en Malí.

273.Además, hay muchas asociaciones de consumidores que lidian a diario con los problemas de la inocuidad de los alimentos.

Programas y proyectos

274.El plan de acción del SDDR comprende nueve programas principales:

El Programa de Apoyo a los Servicios Agrícolas y a las Organizaciones Campesinas (PASAOP), en vigor desde 2002.

El Programa de Desarrollo de la Infraestructura y el Equipo Agrícola, una parte del cual (el PNIR) está en marcha.

El Programa de Valorización de las Ramas de Actividad Agrícolas y de Fomento de su Competitividad.

El Programa de Intensificación y Diversificación de la Producción Agrícola.

El Programa de Fortalecimiento de la Seguridad Alimentaria.

El Programa de Fomento del Crédito y la Financiación del Sector Rural.

El Programa de Gestión de los Recursos Naturales para el Desarrollo Sostenible.

La contribución a la finalización y la implementación de los planes de gestión locales.

275.Además de estos programas, financiados en parte por el Banco Mundial, hay numerosos proyectos que son financiados por el Estado conjuntamente con sus asociados bilaterales y multilaterales, entre los que cabe mencionar:

El FIDA (PDZL, RDP San, FODESA).

La FAO (PESA, Desarrollo Yélimané, Asistencia de emergencia a los refugiados procedentes de Côte d’Ivoire).

El PMA (programa del país para 2003-2007).

El PNUD (PDIZL Tonca, ACODEP).

El Banco Mundial (PASAOP, PNIR, APROFA).

La Unión Europea (VRES, PRODEC, PRODESS).

La AFD (PASE, PDISR).

La USAID (crecimiento sostenible).

Los Fondos árabes (GOUBO, SAOUNE, PAPIV, PDIAM, PMB, PDAM).

El BOAD (PDZL, PDR San, Oficina del Níger).

El BAfD (PADER, PAPIM, Dayes Amadia Koriomé, PAFISEM).

La GIZ (PISA, PRBP …).

276.Estos proyectos abarcan todos los ámbitos del desarrollo, en particular:

La investigación.

La capacitación.

Las obras hidroagrícolas.

Los caminos rurales.

La microfinanciación.

Los sistemas hidráulicos.

El desarrollo rural.

La descentralización.

La ganadería.

La pesca y la piscicultura.

277.Deben realizarse esfuerzos adicionales para mejorar la situación de ejercicio del derecho a la alimentación para todos en Malí. Los factores que explican esta situación son, entre otros, la inestabilidad de la producción debida a la extrema variabilidad climática, el aumento incesante de la demanda y la apertura de los mercados hacia el exterior. El alza de los precios constituye, entonces, el principal riesgo que se cierne sobre la seguridad alimentaria de los consumidores netos con escaso poder adquisitivo que viven en la extrema pobreza.

278.La falta de recursos del Estado para financiar algunas inversiones y la disminución progresiva de la asistencia oficial para el desarrollo también contribuyen a impedir el ejercicio de este derecho por parte de ciertos segmentos de la población. Para un país como Malí, de bajos ingresos y con déficit alimentario, el ejercicio del derecho a una alimentación adecuada requiere de un apoyo consecuente de la comunidad internacional para asegurar la producción agrícola y garantizar a la población rural un nivel de ingresos que le permita reducir su estado de pobreza. Lamentablemente, a todos estos problemas se suma el efecto de los grandes subsidios agrícolas que erosionan drásticamente los precios de nuestras materias primas y reducen las magras expectativas de nuestra población rural.

El derecho a una vivienda adecuada

279.En el plano de la vivienda, el Gobierno de Malí ha adoptado una serie de medidas:

Como parte de los esfuerzos de promoción del hábitat, cabe destacar que tras el establecimiento de la Sociedad de Equipamiento de Malí (SEMA) en 1961, la primera República creó en 1967 en el seno de la SEMA el Fondo Nacional de Vivienda (FNL), institución a la que todo empleador debe abonar el 1% de la masa salarial de sus empleados. Esta medida tenía por objeto generar recursos para subvencionar los programas de la SEMA a fin de hacerlos accesibles para los grupos destinatarios.

El Ministerio del Hábitat elaboró la Estrategia Nacional de Vivienda de Malí, que fue adoptada por el Gobierno en octubre de 1995 y que recomendaba la creación de un banco del hábitat y la conversión del Fondo Nacional de Vivienda en Oficina del Hábitat de Malí. Estas estructuras de financiación del hábitat se establecieron en 1996.

280.En el contexto de la implantación de la Estrategia Nacional de Vivienda se elaboraron los textos siguientes:

La Ley núm. 99-040/AN de Promoción Inmobiliaria, de 10 de agosto de 1999.

El Decreto núm. 00-274/P-RM, de 23 de junio de 2000, por el que se establecen las modalidades de atribución de los beneficios destinados a los promotores inmobiliarios.

El Decreto núm. 00-275/P-RM, de 23 de junio de 2000, relativo a la creación, las atribuciones y las modalidades de funcionamiento de la Comisión Nacional de Determinación de la Admisibilidad de los programas inmobiliarios para acogerse a los beneficios previstos en la Ley de Promoción Inmobiliaria.

281.Durante ese período, también cabe señalar:

La creación del Fondo de Garantía Hipotecaria, herramienta de gestión de los riesgos asociados a la financiación de la vivienda, que permite a los bancos, las instituciones financieras y las iniciativas de crédito conceder préstamos inmobiliarios. Esta institución se estableció en el marco del Proyecto de Apoyo al Hábitat Urbano en Malí (PAFHAM).

El establecimiento de numerosas sociedades inmobiliarias que han realizado importantes programas de vivienda.

La construcción de 300 viviendas sociales en Garantiguibougou (Bamako).

La puesta en marcha de la operación “¡Salvemos Nuestro Barrio!” por el Consejo del Distrito de Bamako con el objetivo de rehabilitar 24 barrios espontáneos de Bamako para garantizar la seguridad de tenencia a sus habitantes.

El surgimiento de muchas cooperativas habitacionales, la más dinámica de las cuales es la de educación y cultura “SISO”, que ha suministrado a sus miembros unas 80 viviendas de un programa previsto de 187 viviendas, con el apoyo de la Oficina del Hábitat y del Banco del Hábitat de Malí.

El establecimiento de la Agencia de Cesiones Inmobiliarias (ACI), creada inicialmente para la venta de lotes de terreno de Baco-Djikoroni en el marco del segundo proyecto urbano de Malí. En la actualidad, esta institución es una promotora inmobiliaria dedicada a la subasta de lotes principalmente en Bamako.

El Proyecto de Desarrollo Urbano y Descentralización (PDUD), financiado conjuntamente por Malí y asociados multilaterales (Banco Mundial) y bilaterales (Alemania, Francia, Japón y otros) y domiciliado en el Ministerio del Hábitat, tiene por objetivo principal mejorar de modo sostenible el suministro de infraestructura urbana a cargo de los municipios, en colaboración con el Gobierno, el sector privado y las comunidades.

El programa de suministro de 3.500 viviendas sociales en Bamako y en las regiones.

Estadísticas detalladas sobre la situación de la vivienda en Malí

282.La Estrategia Nacional de Vivienda, adoptada en 1995, puso de relieve la necesidad de construir 120.000 viviendas para Bamako y 115.000 para 14 ciudades secundarias, es decir, unas de 23.500 viviendas por año durante el período 1995-2005.

283.En 2015 se estimaba en 176.000 el número de hogares nuevos que necesitarían vivienda: 127.713 en Bamako y 48.257 en las ciudades secundarias.

284.La demanda de vivienda de los malienses en el extranjero se estimaba en 732.328 unidades habitacionales para el mismo período.

285.En materia de construcción de viviendas, surgen dificultades a la hora de la evaluación cuando se trata de obras a cargo de los promotores inmobiliarios y los particulares. A nivel estatal, observamos que entre 2002 y 2011 se construyó un total de 7.500 unidades de vivienda social, que fueron ocupadas por 40.000 habitantes. En 2011 se estimó en 15.000 el número de solicitudes de vivienda no atendidas. Además, según las simulaciones de los especialistas, las necesidades de vivienda para 2015 se estimaban en 440.000 unidades de vivienda.

286.Por otra parte, entre 1997 y 2005 la Agencia de Cesión Inmobiliaria (ACI) viabilizó 1.779 ha que totalizaron 26.595 lotes de terreno. A esta superficie hay que añadir las de los promotores inmobiliarios y la Sociedad de Equipamiento de Malí (SEMA).

Evaluación de las necesidades de financiación

287.Los programas de vivienda en curso a cargo de los promotores inmobiliarios prevén el suministro de unas 4.417 unidades de vivienda. El Estado también invirtió en la construcción de 1.500 viviendas para alcanzar el objetivo fijado de 3.500 en 2007.

288.Estas obras deben ir acompañadas de la construcción de grandes instalaciones administrativas, de comercio, salud y educación y de todas las infraestructuras de viabilización.

La proporción de los grupos vulnerables y desfavorecidos en el plano de la vivienda

289.La proporción de los habitantes afectados por el problema es del 63,8% de la población urbana de Malí (F uente: Estrategia Nacional de Vivienda).

290.Este segmento de población de bajos ingresos (entre 20.000 y 50.000 francos CFA) no tiene la posibilidad financiera de acceder a la propiedad de bienes raíces. Este grupo suele vivir en régimen de alquiler en las ciudades o bien alojarse en los barrios espontáneos (asentamientos precarios).

El número de personas y de familias sin hogar

291.En Malí, tanto en el medio urbano como en el rural, todos los hogares tienen alojamiento. La condición y la viabilidad de este alojamiento pueden variar según su ubicación y el nivel de ingresos del propietario o del hogar.

292.No obstante, en los centros urbanos existe una proporción insignificante de población que no tiene alojamiento, en particular algunos grupos sociales constituidos por personas con discapacidad y niños de la calle o que viven en la calle. Los centros de acogida y los albergues no llegan a satisfacer las necesidades existentes.

El número de personas y de familias que actualmente no tienen un alojamiento adecuado y no disponen de los elementos mínimos de confort, como servicios de agua potable y evacuación de desechos, instalaciones sanitarias, electricidad y servicios postales

293.En general, una gran parte de la población carece de una vivienda adecuada y no tiene pleno acceso a los servicios públicos básicos. Se está invirtiendo en ello, en particular con el proyecto Kabala y el programa de movilización de recursos hídricos.

294.La situación es la siguiente.

Acceso a los servicios públicos

Año 1996

Año 2004

Índice de cobertura de los servicios de agua potable en Malí

10,2%

12%

Tasa de acceso de la población urbana al agua potable

37,3%

63%

Tasa de conexión de los hogares a la red eléctrica en el conjunto de la población

8,8%

16,80%

Proporción de los hogares que disponen de instalaciones sanitarias en Bamako

86%

Tasa de disponibilidad de instalaciones sanitarias adecuadas en Malí

8%

Tasa de disponibilidad de instalaciones sanitarias como letrinas en Malí

51,1%

92%

Tasa de recogida de los desechos domésticos

11,88%

Fuente: EDM SA y SOMAGEP SA .

Número de abonados a los servicios de electricidad en Bamako en 2011: 177.876.

Número de abonados a los servicios de electricidad en 2011 en los centros urbanos de Malí: 261.005.

Número de abonados a los servicios de agua potable en 2011 en Bamako: 77.790.

Número de abonados a los servicios de agua potable en 2011 en los centros urbanos: 131.641.

295.La legislación maliense reconoce y garantiza el derecho a la propiedad. En caso de expropiación, invariablemente se indemnizan los daños y perjuicios.

296.En 1992, Malí adoptó y puso en marcha el programa titulado “¡Salvemos Nuestro Barrio!” El objetivo era rehabilitar los barrios espontáneos de la ciudad de Bamako. Al final de la operación, en 1998, por diversos motivos fueron objeto de desalojo 18.989 jefes de hogar. En esa ocasión, el Estado puso lotes de terreno a disposición de cada municipio pertinente para la reinstalación de los desalojados.

297.Según la Estrategia Nacional de Vivienda (SLN), hay un 36,40% de personas cuyos gastos en vivienda sobrepasan el límite oficialmente declarado aceptable en función de la capacidad de pago o de una cierta proporción de los ingresos.

298.Según los estudios y constataciones sobre la oferta y la demanda habitacional, la oferta procedente de todas las operaciones combinadas solo satisface el 20% de la demanda. Lo ilustra un caso reciente de suministro de 1.008 y 525 viviendas sociales en que quedaron insatisfechas, respectivamente, 4.142 y 5.321 de las solicitudes de 5.150 y 5.846 postulantes inscritos.

299.Según una estimación de la Comisión de Asignación de Viviendas Sociales, unas 20.920 personas viven actualmente en viviendas subvencionadas por el Estado.

El programa de suministro de 3.500 viviendas sociales en Bamako y en las regiones

300.Teniendo presente que el 50% de la población urbana se alojaba en una vivienda de alquiler, el Gobierno dio inicio al programa de construcción de 3.500 viviendas sociales en todo el territorio del país.

301.El programa tuvo cuatro fases:

En la primera se construyeron 1.008 viviendas sociales en Bamako entre 2003 y 2004.

En la segunda se construyeron 525 viviendas entre 2004 y 2005: 320 en Bamako, 120 en Ségou, 50 en Gao y 28 en Kidal.

La tercera fase, de construcción de 880 viviendas, se llevó a cabo entre 2005 y 2006. Se construyeron 501 en Bamako, 76 en Kayes, 20 en Nioro, 20 en Kita, 30 en San, 145 en Mopti, 20 en Bandiagara, 33 en Tombuctú, 20 en Goundam y 15 en Diré.

La última fase del programa de 3.500 viviendas llegó a su fin. En 2007 se construyeron 1.081 viviendas: 759 en Bamako, 27 en Koulikoro, 20 en Kati, 120 en Sikasso, 30 en Koutiala, 20 en Bougouni, 50 en Ségou, 35 en Gao, 10 en Ansongo y 10 en Ménaka.

302.Información sobre las leyes que inciden en la realización del derecho a la vivienda:

La Constitución de la República de Malí.

La Ordenanza núm. 00-27, de 22 de marzo de 2000, por la que se establecen el Código de Propiedad y Tenencia de Bienes Raíces y sus decretos de aplicación.

La Ley núm. 01-76 de Sociedades Cooperativas, de 18 de julio de 2001.

La Ley núm. 01-105 de Financiación del Hábitat, de 10 de diciembre de 2001.

La Ley núm. 02-016 del Reglamento General de Urbanismo, de 3 de junio de 2002.

El Decreto núm. 130/P-RM, de 29 de agosto de 1967, sobre las modalidades de fijación de los topes de alquiler de las edificaciones.

El Decreto núm. 146/PG-RM, de 27 de septiembre, por el que se regula el alquiler de viviendas en la República de Malí.

El Decreto núm. 00-247/P-RM, de 23 de junio de 2000, por el que se establecen las modalidades de atribución de los beneficios destinados a los promotores inmobiliarios.

El Decreto núm. 00-275/P-RM, de 23 de junio de 2000, relativo a la creación, las atribuciones y las modalidades de funcionamiento de la Comisión Nacional de Determinación de la Admisibilidad de los programas inmobiliarios para acogerse a los beneficios previstos en la Ley de Promoción Inmobiliaria.

El Decreto núm. 04-607/P-RM, de 30 de diciembre de 2004, por el que se establecen las modalidades de ejecución de la planificación urbana.

El Decreto núm. 05-113/P-RM, de 9 de marzo de 2005, por el que se fijan las normas específicas aplicables a las diferentes categorías de servidumbres urbanísticas.

El Decreto núm. 05-114/P-RM, de 9 de marzo de 2005, por el que se establecen las modalidades de ejecución, gestión y normalización de las infraestructuras urbanas.

El Decreto núm. 05-115/P-RM, de 9 de marzo de 2005, por el que se establecen las modalidades de ejecución de los diferentes tipos de operaciones urbanas.

El Decreto núm. 05-340/P-RM, de 25 de julio de 2005, por el que regula el equipamiento urbano colectivo.

303.Información sobre las demás medidas adoptadas para hacer efectivo el derecho a la vivienda:

Promoción de las “estrategias de facilitación” que permiten a las organizaciones locales y al “sector informal” construir viviendas y las instalaciones conexas.

Construcción de unidades de vivienda e intensificación de la construcción de viviendas de alquiler moderado.

Adopción y ejecución por el Gobierno de un programa de vivienda social para el período 2003-2007 destinado a los grupos de población de ingresos bajos y medianos.

Ejecución del Proyecto de Desarrollo Urbano y Descentralización, con el apoyo del Banco Mundial.

Fomento del desarrollo de centros urbanos pequeños y medianos, particularmente en las regiones rurales.

Abastecimiento de agua, ejecución de proyectos de desarrollo local, construcción de infraestructura vial y de instalaciones sociocomunitarias.

Fortalecimiento de la cobertura telefónica y televisiva en el país.

304.Dificultades con que se ha tropezado en la realización de los derechos enunciados:

La falta de recursos financieros, materiales y humanos.

La baja tasa de alfabetización de una gran parte de la población.

El bajo nivel de educación, formación e información de una gran parte de la población.

305.El consentimiento para el matrimonio: de conformidad con el Código de la Persona y de la Familia (CPF), no hay matrimonio sin consentimiento.

Mejoramiento constante de las condiciones de vida

306.Con este fin se creó el Ministerio de Desarrollo Social, de Solidaridad y de la Tercera Edad.

307.Como el desarrollo social es un proceso transversal, concierne a diversos sectores. Cabe señalar que el sector social en Malí ha recibido la influencia positiva de importantes acontecimientos tales como las reuniones de Copenhague sobre el desarrollo social y de Madrid sobre el envejecimiento; la Cumbre de Beijing sobre el derecho y la participación de la mujer en el desarrollo y la Cumbre Mundial en Favor de la Infancia en Ginebra.

308.A la luz de estos eventos y teniendo en cuenta el fenómeno de la movilidad social, el Ministerio de Desarrollo Social centra sus intervenciones en los siguientes aspectos: la salud, la educación, el medio ambiente, el acceso al agua potable, al empleo y a la asistencia social, la lucha contra la pobreza y la exclusión social, y la protección social.

309.Las diversas medidas adoptadas pueden resumirse así:

El establecimiento de asociaciones de salud comunitaria (ASACO).

La movilización de los recursos locales y de la población para la construcción de centros de salud comunitaria (CSCOM).

El apoyo a la construcción de infraestructuras escolares (escuelas comunitarias, centros de alfabetización, centros de desarrollo de la primera infancia).

La elaboración y ejecución de la iniciativa de vivienda social (programa experimental para personas de bajos ingresos).

El apoyo a la ejecución de proyectos de lucha contra la exclusión social y la pobreza, tales como:

El PAIB: Proyecto de apoyo a las iniciativas de base comunitaria (en las regiones de Sikasso, Ségou y Mopti).

El RBC: Proyecto de rehabilitación basada en la comunidad (de alcance nacional).

El PRP: Proyecto de reducción de la pobreza (en las regiones de Kayes y Koulikoro).

El Proyecto de equipamiento para superar la pobreza (en las prefecturas de Kadiolo y Yorosso en la región de Sikasso).

El DSU: Proyecto de desarrollo social urbano (en los seis municipios del distrito de Bamako, los municipios de Mopti y Gao y la ciudad de Koutiala en la región de Sikasso).

La creación de un Instituto de Estudios e Investigaciones Gerontogeriátricos.

El apoyo a los grupos vulnerables: las personas de edad; las personas con discapacidad; las mujeres jefas de hogar; los niños en situación difícil; los jóvenes titulados sin empleo; la financiación de pequeños proyectos generadores de ingresos; la atención médica; el apoyo a la escolarización; la financiación de pasantías de cualificación.

El desarrollo de los recursos humanos (creación del Instituto Nacional de Formación de Trabajadores Sociales (INFTS)).

La institucionalización del Mes de la Solidaridad y la Lucha contra la Exclusión en 2001 (mes de octubre).

La celebración de los primeros encuentros sobre el desarrollo social en Ségou, del 17 al 20 de julio de 2001.

El apoyo al establecimiento del Grupo Coordinador del Desarrollo Social y del Consejo Nacional de las Personas de Edad de Malí.

El apoyo de las actividades del PRODESS (Programa de Desarrollo Sociosanitario).

La creación del Banco Maliense de Solidaridad (BMS).

La creación del Fondo de Solidaridad Nacional (FSN) en lugar y sustitución de la Agencia de Desarrollo Social (ADS).

La reestructuración del Observatorio del Desarrollo Humano Sostenible (ODHD).

310.Sin embargo, la labor del Departamento de Desarrollo Social relacionada con la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se ha visto afectada por la falta de compromiso financiero de los asociados.

311.La financiación del sector social es escasa en comparación con la de otros sectores. Empero, se están realizando esfuerzos. Lo mismo vale en el contexto de la ejecución del PRODESS. Esta situación puede explicarse por las dificultades relacionadas con la evaluación de las intervenciones en la esfera social y la legibilidad de los indicadores sociales.

312.Aún no se ha atendido a la sugerencia del Departamento de crear un servicio social consular en los países con grandes comunidades malienses.

313.La creación de este servicio contribuiría, sin lugar a dudas, a mejorar el conocimiento de los problemas de los migrantes malienses, a facilitar su integración y a tomar disposiciones de respaldo y apoyo a los malienses en los países en crisis.

314.En este ámbito de acción, el Gobierno de Malí se propone reforzar sus intervenciones mediante:

La elaboración de un plan sectorial sustentado en actividades visibles.

La actualización del sistema de información social.

La aportación adicional de los recursos destinados a los países pobres muy endeudados.

Artículo 12Derecho a la salud

315.Para cumplir las disposiciones del artículo 12 del Pacto, el Gobierno de Malí ha iniciado y ejecutado diversos proyectos y programas destinados a satisfacer las necesidades básicas de salud de la población. El último programa emprendido es el Programa de Desarrollo Sociosanitario (PRODESS), que constituye el primer tramo del Plan Decenal de Desarrollo Sociosanitario (PDDSS).

316.Al adoptar el PDDSS y el PRODESS en 1998, el Gobierno de Malí tomó una importante decisión para hacerse cargo de los problemas sanitarios y sociales de la población maliense.

317.El PRODESS es fruto de una larga reflexión. Sus prioridades apuntan a reducir la morbilidad, la mortalidad y la exclusión social asociadas a las principales enfermedades en Malí. El Gobierno se propone consagrar importantes esfuerzos a este programa.

318.Los diversos objetivos generales y específicos definidos en el PDDSS y el PRODESS tienen en cuenta los diferentes aspectos señalados en el artículo 12 del Pacto.

Principales actividades previstas y algunos resultados conseguidos

319.Como parte de la ejecución del PRODESS y del primer tramo del PDDSS, el Gobierno desarrolló actividades que permitieron alcanzar ciertos indicadores. Estos reflejan la situación sanitaria de ciertas categorías de grupos destinatarios durante un período determinado. La encuesta de población y de salud de Malí realizada en 2001 proporciona información sobre esta situación.

Mortalidad

320.Las tasas de mortalidad (de niños menores de 1 año, infantil, de niños de 1 a 4 años cumplidos y materna) evolucionaron entre 1995/96 y 2000/01 de la siguiente manera:

Mortalidad de niños menores de 1 año: 113 defunciones por cada 1.000 nacidos vivos en 2000/01 frente a 123 por cada 1.000 nacidos vivos en 1995/96;

Mortalidad infantil (niños menores de 5 años): 225,9 por cada 1.000 nacidos vivos en 2000/01 frente a 237,5 por cada 1.000 nacidos vivos en 1995/96;

Mortalidad de niños de 1 año a 4 años cumplidos: 128,3 por cada 1.000 nacidos vivos en 2000/01 frente a 131,1 por cada 1.000 nacidos vivos en 1995/96;

Mortalidad materna: 582 muertes de madres por cada 100.000 nacidos vivos en 2000/02.

El desarrollo saludable del niño y la madre

321.El Ministerio de Salud estableció hace muchos años un programa ampliado de inmunización (PAI) por el que todos los niños deben recibir la vacuna BCG antes de cumplir 1 año de vida.

322.El objetivo inicial fue vacunar al 80% de los niños de 0 a 6 años contra las seis enfermedades determinadas (difteria, tétanos, tos ferina, poliomielitis, tuberculosis y sarampión) y al 80% de las mujeres embarazadas contra el tétanos.

323.El objetivo de vacunación antitetánica (VAT), centrado inicialmente en las mujeres embarazadas, se hizo extensivo a las mujeres en edad de procrear (de 15 a 49 años) en el marco de la erradicación del tétanos neonatal.

324.Desde 1997 se organizan cada año los días nacionales de inmunización contra la poliomielitis. Se trata de vacunar a los niños de entre 0 y 5 años contra esta enfermedad. Como la vacunación es un derecho de todos los niños, el Departamento de Salud se ha consagrado resueltamente a varias iniciativas con el apoyo de los asociados y de la comunidad internacional. En particular, cabe mencionar:

La Iniciativa de Independencia Vacunal, en virtud de la cual todas las vacunas del PAI sistemático se adquieren con cargo al presupuesto del Estado.

La Alianza Mundial para Vacunas (GAVI), cuyo objetivo es, entre otros, reforzar los servicios de inmunización sistemática e introducir nuevas vacunas (hepatitis B, influenza hemofílica).

Los contratos de ejecución en curso en algunas circunscripciones de las regiones de Kayes, Sikasso y Mopti.

325.El Gobierno instituyó en 2005 la gratuidad de la cesárea.

Higiene y saneamiento

326.Malí cuenta con el apoyo de varias instituciones para la aplicación de su política de higiene y saneamiento destinada a reducir los factores de riesgo para la salud, de la insalubridad y de los problemas ambientales.

327.Se han adoptado varias medidas en este ámbito:

La capacitación del personal sociosanitario en higiene y saneamiento en el contexto del PMA.

El control de la calidad del agua potable.

La introducción de la enseñanza de la higiene en los currículos del ciclo fundamental.

La promoción de obras de saneamiento en los hogares, las escuelas y los centros de salud, así como la aplicación de un enfoque integrado de comunicación.

La elaboración de normas y procedimientos de higiene y saneamiento.

La capacitación en higiene y saneamiento de los agentes comunitarios y los maestros en los distritos sanitarios funcionales.

El fomento de las competencias de los albañiles locales en las técnicas de ejecución de obras de saneamiento individual.

El control de la calidad de los alimentos.

El fomento de la capacidad de las comunidades para identificar los problemas de higiene y de saneamiento y hacerse cargo de ellos.

La elaboración de estrategias nacionales de higiene y salubridad y la implementación de un sistema de gestión sostenible de los residuos biomédicos.

El mejoramiento de la higiene en 20 unidades agroalimentarias piloto

328.En el marco de la cooperación con la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), el Ministerio de Industria y Comercio, por conducto de la Dirección Nacional de Industrias, ha venido ejecutando desde 2000 un programa titulado “Calidad e Inocuidad de los Alimentos”, uno de cuyos componentes esenciales tiene por objeto potenciar las buenas prácticas de higiene en una veintena de empresas agroalimentarias piloto.

Lucha contra las enfermedades y epidemias

329.A fin de reducir considerablemente la morbilidad y la mortalidad derivadas de determinadas enfermedades prioritarias, el Gobierno ha reforzado algunos programas con el apoyo de sus asociados. Prácticamente todos estos programas específicos, al principio de carácter “vertical”, se integran sobre el terreno en el marco de la lucha contra las enfermedades. Se trata de los programas nacionales de lucha contra la lepra, la tuberculosis, la ceguera, los trastornos por carencia de yodo, la esquistosomiasis, el paludismo, el VIH/sida y las enfermedades de transmisión sexual y el Programa Nacional de Erradicación de la Dranunculiasis.

330.Los resultados de algunos de estos proyectos son muy alentadores. Tras la encuesta nacional realizada de diciembre de 1991 a marzo de 1992, el establecimiento del grupo intersectorial de erradicación de la dranunculiasis en Malí y la puesta en marcha del programa en abril de 1993, se han logrado los siguientes resultados:

Las regiones de Kayes, Koulikoro, Sikasso y Bamako ya no son endémicas desde hace dos años.

La región de Ségou pasó de registrar 277 casos en 1992 a 8 en 2000, mientras que la de Mopti pasó de 9.154 casos en 1992 a 71 en 2000.

En las regiones de Tombuctú y Gao se registraron, respectivamente, 80 y 131 casos en 2000.

331.La tasa de prevalencia instantánea de la lepra disminuyó de 11,82 por 10.000 a 0,69 por 10.000 a finales de 2000 en todas las regiones gracias a la introducción de la poliquimioterapia y a la campaña nacional de erradicación de la lepra iniciada en 1999.

332.El número de enfermos registrados disminuyó de 13.737 en 1992 a 1.032 a finales de 2000 y a 727 casos al 30 de abril de 2001.

333.El paludismo es la primera causa de mortalidad, con el 13% de las defunciones, la primera causa de morbilidad, con el 15,6% de los casos en la población general, y la primera causa de anemia entre los niños de 0 a 5 años y las mujeres embarazadas.

334.En lo que respecta a la utilización de los servicios, el paludismo es la primera causa, con el 33% de las consultas. En la temporada de lluvias, del 80% al 90% de los niños de 0 a 5 años son portadores del plasmodio. Por esta razón, el PRODESS asigna prioridad a la lucha contra el paludismo. Se han adoptado medidas como las siguientes:

La elaboración de la política nacional de lucha contra el paludismo, en diciembre de 2000.

La iniciativa de “Regresión del Paludismo” o “Roll Back Malaria”, que concitó una intensa movilización de las autoridades (el Presidente de la República, los miembros del Gobierno, los representantes elegidos), los técnicos y los asociados financieros.

La elaboración del plan estratégico quinquenal en el marco de la iniciativa de “Regresión del Paludismo”.

Una de las esferas prioritarias de intervención de la iniciativa de “Regresión del Paludismo” es la promoción y el suministro de mosquiteros y otros artículos impregnados de insecticida.

En el contexto de la lucha contra el sida, se ha hecho hincapié en la prevención mediante campañas de sensibilización en todo el país. Las caravanas de la juventud contra el sida, el tren de la esperanza, el programa “Conducir Protegidos” y la semana y el día nacional de lucha contra el sida se cuentan entre las actividades desarrolladas con fines preventivos.

Según la tercera encuesta de población y salud (2000/01), la situación epidemiológica se caracteriza por una tasa de seroprevalencia del orden de 1,7% entre la población general.

335.Los siguientes son los principales ejes de intervención en la lucha contra el sida:

El programa de acceso a los antirretrovirales (ARV), iniciado por el Gobierno. Ya se han firmado acuerdos con las empresas farmacéuticas para retrotraer los ARV a los precios de costo a fin de hacerlos asequibles.

La Iniciativa Maliense de Acceso a los Antirretrovirales (IMAARV), que es fruto de la concertación de acuerdos de principio entre las empresas farmacéuticas y los organismos del sistema de las Naciones Unidas para facilitar el pronto acceso al tratamiento. Se ha establecido un marco apropiado.

La iniciativa “Una Circunscripción, una ONG”, que refuerza el compromiso del Gobierno en la lucha contra el sida de mejorar la cobertura de los servicios de prevención y de atención en el país.

336.En el contexto de la gestión previsora y dinámica de las epidemias, el Gobierno procedió por primera vez en 1994 al preposicionamiento de las vacunas, medicamentos y otros artículos en el presupuesto del Estado. Esta medida, encaminada a desarrollar la capacidad de reacción rápida de los equipos sociosanitarios de las circunscripciones frente a los brotes epidémicos, tiene alcance nacional:

Se han establecido comités de lucha en todas las regiones y circunscripciones para mejorar la gestión de las epidemias.

Se han elaborado microprogramas de información y sensibilización que se difunden a través de los medios de comunicación (radio, televisión, periódicos, etc.)

Medidas en favor de las estructuras y servicios

337.Tras la adopción del plan modelo y la lista modelo de equipos e instalaciones por nivel de las estructuras, mediante diversos programas de intervención se han introducido mejoras en las diferentes estructuras de atención de la salud.

338.Estos programas han dado lugar a:

La construcción y rehabilitación de 559 centros de salud comunitarios (CSCOM), incluso en las regiones del norte.

La rehabilitación o renovación de 31 centros de atención primaria en las regiones del norte, como parte del plan de acción a corto plazo para las regiones del norte, antes de 1998.

Obras de rehabilitación o de renovación en la mayoría de los centros de salud de las circunscripciones y los hospitales, teniendo en cuenta la reorganización del sistema de remisión y evacuación, cuyo punto de entrada es la perinatalidad.

El fomento de la capacidad técnica de los CSCOM y de las estructuras de remisión (CSCREF y hospitales).

La constitución de un parque de vehículos que permite a las estructuras periféricas desempeñar correctamente sus actividades conforme a las estrategias e instrucciones impartidas, y a las estructuras centrales y regionales cumplir en las mejores condiciones posibles sus misiones de apoyo técnico, de seguimiento y de supervisión.

339.En el marco de la reforma hospitalaria, se señalan tres ejes principales:

La autonomía financiera y de gestión mediante la conversión de los hospitales nacionales en establecimientos públicos de carácter administrativo.

La instauración de una dinámica favorable a la gestión participativa de los trabajadores.

La rendición de cuentas del personal directivo.

La elaboración del proyecto fundacional para cada hospital, basado en los objetivos centrados en el paciente y en la programación de las inversiones a mediano y largo plazo.

Medidas en pro de la reforma farmacéutica y el aprovisionamiento de medicamentos

340.Entre las medidas importantes, además de medidas institucionales como la creación de la Dirección de Farmacia y Medicamentos (DPM), cabe mencionar:

La formulación, adopción y aplicación de una política farmacéutica nacional y del plan rector del aprovisionamiento de medicamentos esenciales.

El depósito de medicamentos esenciales en la DCI (denominación común internacional) en todos los servicios de salud funcionales.

La ampliación de la capacidad de la unidad de producción masiva de soluciones en la fábrica maliense de productos farmacéuticos (UMPP) para atender las necesidades.

El equipamiento material de la UMPP para el embalaje de comprimidos.

El equipamiento y la capacitación del personal del Laboratorio Nacional de Salud para sus misiones de control de calidad en Malí (medicamentos, alimentos, vacunas, agua y bebidas, etc.).

La apertura del capital de la UMPP para su conversión en sociedad anónima.

Limitaciones

341.Las limitaciones son de diverso orden. Cabe señalar, entre otras, las siguientes:

La falta de personal sanitario cualificado y suficiente a nivel operacional.

La escasa capacidad productiva de los institutos de salud.

La inestabilidad del personal de los CSCOM.

El bajo nivel de competencia de los agentes de inmunización en los CSCOM y CSCREF.

La vetustez de la cadena de frío y la logística de vacunación.

La baja del nivel de movilización social en general y en torno al PAI en particular.

Las dificultades de las entidades de ejecución para movilizar recursos financieros a raíz de la pesada carga de trabajo que suponen los procedimientos.

La insuficiencia de los recursos para reforzar la capacidad técnica de los centros de remisión, en particular los hospitales, a fin de desarrollar la complementariedad de la pirámide sanitaria.

La falta de control sobre las aportaciones de los asociados y la inadaptación de los ciclos de programación.

El bajo nivel de compromiso en favor de las estructuras hospitalarias.

342.Cabe señalar que desde mayo de 2002 se dispone de un plan estratégico nacional de salud mental (2002-2006), que a la fecha no se ha ejecutado efectivamente.

343.Malí no ha presentado un informe a la Organización Mundial de la Salud sobre la situación en la esfera de la salud, pero existen informes anuales del Ministerio de Salud que están disponibles a nivel de los órganos de vigilancia del PRODESS (Comité Técnico, Comité de Seguimiento). Estos informes son validados y aprobados con la participación de todos los asociados técnicos y financieros del PRODESS.

344.La parte correspondiente a la salud en el presupuesto del Estado era del 6,68% en 2005 (F uente: Dirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Salud).

345.La esperanza de vida al nacer es de 62 años (tercera encuesta de población, 2001).

346.La tasa de accesibilidad de un centro de salud comunitaria en un radio de 5 km era de 48% en 2004 (F uente: segundo informe de seguimiento y evaluación del componente de salud de la población del Marco Estratégico de Lucha contra la Pobreza (MELP), años 2003 y 2004, versión final).

347.En 2002, la disponibilidad de medicamentos de la canasta era del 87,3% para el sector público (PRODESS II).

348.La tasa de cobertura de las consultas prenatales fue de 75% en 2004 (F uente: segundo informe de seguimiento y evaluación del componente de salud del MELP, años 2003 y 2004, versión final).

349.La tasa de partos asistidos fue de 52% en 2005 (F uente: informe sobre el componente de salud del MELP, años 2003 y 2004, versión final).

Artículo 13Derecho a la educación y al pleno desarrollo de la persona humana

350.El análisis sectorial de los derechos económicos, sociales y culturales no puede ser pertinente si no se tienen en cuenta las “necesidades humanas fundamentales”, y en este contexto el desarrollo de las capacidades de la población maliense sigue siendo uno de los principales retos del Estado. En efecto, a pesar de los innegables progresos realizados, la mayoría de los indicadores del desarrollo social del país revelan graves insuficiencias y deficiencias, particularmente en el ámbito de educación. Pese a los escasos medios a disposición del Estado, el derecho a la educación está consagrado en Malí.

El derecho a la educación

351.La Constitución de 1992 consagra en su artículo 18 el derecho a la educación al disponer que “todo ciudadano tiene derecho a la educación. La enseñanza pública es obligatoria, gratuita y laica. La enseñanza privada está reconocida y se ejerce en las condiciones prescritas por la ley”.

352.Las dificultades con que tropieza la realización de este derecho están vinculadas en general con las que experimenta un Estado ya sacudido por muchos años de ajuste estructural y la pobreza generalizada de la población. A pesar de la escasez de recursos, en los diez últimos años nuestro país ha logrado un avance significativo en relación con el derecho a la educación.

353.El PRODEC (Programa Decenal de Desarrollo de la Educación) es una respuesta a las medidas preconizadas por el Pacto en la esfera de la educación.

354.La educación es la primera prioridad del Malí democrático, y de ahí la decisión de reorganizar el sistema educativo, que se plasmó en el Programa Decenal de Desarrollo de la Educación 1998-2008.

355.En efecto, a diferencia de los años setenta y ochenta, en que el sistema educativo maliense adolecía de falta de visión, tanto en el diseño de las políticas como en la formulación de las estrategias, a causa de las graves crisis políticas, económicas y sociales a que se vio enfrentado el país, los años noventa representan un punto de inflexión decisivo en el diseño, la planificación y la ejecución de importantes reformas e innovaciones educativas y pedagógicas.

356.La reforma institucional: en el plano institucional, se crearon nuevos organismos encargados de la educación, como el Ministerio encargado exclusivamente de la educación básica, en 1992. Este consagró el establecimiento de:

La Dirección Nacional de Enseñanza Fundamental.

La Dirección Nacional de Educación No Formal y de Lenguas Nacionales.

La Dirección Nacional de Educación Preescolar y Especial.

La Dirección Nacional de Pedagogía.

La Dirección Administrativa y Financiera.

La Unidad de Planificación y Estadística.

La Unidad de Apoyo a la Descentralización y el Traspaso de Competencias de la Educación.

La Academia Maliense de Lenguas.

La Dirección General de Recursos Humanos.

El Centro Nacional de Comedores Escolares.

La Dirección Nacional de Enseñanza Normal.

357.Promoción y uso de los idiomas nacionales: el uso de los idiomas nacionales en la enseñanza es un asunto encomendado al Ministerio de Educación por el Decreto núm. 93‑107/P-RM, de 16 de abril de 1993. Sobre la base de los logros alcanzados desde 1987 por la introducción experimental de las lenguas nacionales por medio de la pedagogía convergente, el Gobierno decidió proceder, a partir del año escolar 1994/95, a la generalización progresiva de esta pedagogía de enseñanza concomitante de los idiomas nacionales y el francés. A la fecha esta pedagogía se ha extendido a 678 aulas en 241 escuelas.

358.Valorización de las alternativas locales de educación: gracias al apoyo de los asociados técnicos y financieros y las ONG, el pasado decenio se vio profundamente marcado por el surgimiento de diferentes tipos de escuelas, como las escuelas comunitarias, las escuelas de aldeas (EDV) y los centros de educación para el desarrollo (CED). Estas escuelas se autogestionan y cuentan con el apoyo activo de las comunidades locales. Matriculan por lo general a los niños de 9 a 15 años no escolarizados o que han abandonado la escuela. Los programas de enseñanza de estas escuelas se adaptan a las realidades del medio local. Mediante la Ley núm. 94-032 del Estatuto de la Enseñanza Privada, de 25 de julio de 1994, y sus decretos de aplicación, el Gobierno de Malí estableció un marco jurídico para el desarrollo de estos tipos de escuelas.

359.La práctica de los dos turnos: esta práctica permitió que un número adicional de 67.000 niños asistieran a la escuela durante el año escolar 1995/96. En 1997/98 se ocuparon 11.682 aulas en dos turnos, es decir, el 21,1% de las aulas del primer ciclo de enseñanza fundamental.

360.La práctica de la división de salas en dos (aulas con distintos cursos) en las zonas rurales con pocos alumnos.

361.El reclutamiento masivo de maestros bajo contrata: fue iniciado por el Gobierno en 1992 para hacer frente al problema de la falta de maestros. Este sistema ha permitido concluir contratos periódicos con más de 3.303 jóvenes diplomados de la educación básica, merced al apoyo de los asociados técnicos y financieros y a los recursos presupuestarios nacionales y locales.

362.Informatización del sistema de gestión, control y supervisión del sistema educativo en todos los niveles de la administración escolar.

363.Valorización del sistema de asociación en la gestión de las escuelas: la asociación como espacio de concertación se ha formalizado a partir de diciembre de 1993 con la celebración periódica de reuniones bilaterales y multilaterales de todas las partes interesadas en torno a las principales cuestiones de la escuela maliense.

364.La descentralización de la gestión del sistema educativo ha tomado cuerpo y se consolida cada vez más a pesar de algunas dificultades. Se va haciendo más y más efectivo el traspaso de competencias y recursos del Estado a las estructuras descentralizadas.

365.Introducción de la educación cívica, la educación para la democracia y los derechos humanos y la educación para la paz en los programas de enseñanza. Esta innovación tiene por objeto apoyar a la naciente democracia de Malí inculcando en los alumnos los conceptos y actitudes de tolerancia y de respeto de los derechos humanos tanto a nivel nacional como internacional. También ha de promover la cultura de paz entre los jóvenes malienses, los adultos de mañana. Uno de los artículos fundamentales de la Declaración Universal de Derechos Humanos dispone que la educación debe contribuir al fortalecimiento de la paz y el entendimiento mutuo entre todos los pueblos. Fiel a su tradición de pueblo amante de la paz y la justicia, Malí ha elaborado nuevos currículos que tienen en cuenta los siguientes aspectos:

La promoción del sistema de las escuelas asociadas o hermanadas, que permite a los jóvenes malienses conocer a los jóvenes del mundo entero mediante un sistema organizado de intercambio de alumnos.

El desarrollo de la política de clubes del sistema de las Naciones Unidas, como los clubes de la UNESCO, para que los jóvenes comprendan mejor los valores universales de solidaridad, de tolerancia y de humanismo que sustentan las instituciones internacionales.

La introducción de la historia de las grandes civilizaciones del mundo en los programas. Esta enseñanza pone de relieve la identidad humana genérica y el parentesco cultural entre todos los pueblos del mundo.

La institucionalización del sistema de campamentos de verano para que los niños malienses puedan viajar, relacionarse con los demás niños del mundo, conocerlos y amarlos y puedan vivir con ellos en paz y respeto mutuo durante el siglo XXI.

El fortalecimiento de la educación cívica y moral y la enseñanza de los derechos humanos en los planes de estudio.

Los principales problemas y desafíos que hay que encarar en estos primeros años del siglo XXI

366.A pesar de los notables progresos realizados en el pasado decenio, subsisten numerosos problemas y desafíos. La tasa de escolarización de 69% sigue siendo baja en comparación con la media subsahariana, rayana en el 80%. Malí sigue registrando una baja tasa de escolaridad.

367.Problemas que constituyeron verdaderos obstáculos en el pasado decenio:

La supresión de la Dirección Nacional de Planificación Escolar a principios de los años noventa y la falta de una visión estratégica, es decir, de una visión a largo plazo de la política nacional de educación. Durante muchos años prevaleció el estilo improvisado de gestión reactiva. No fue sino a partir de la creación de la nueva Unidad de Planificación y Estadística a mediados de los años noventa y la elaboración del PRODEC en 1998 que fue posible romper con ese peligroso principio de gestión del sistema educativo.

La falta de formación en administración escolar, incluidas la gestión y el liderazgo. El sistema educativo se vio afectado por la falta de un instituto de formación en este ámbito. De hecho, la mayoría de los encargados de dirigir el sistema carecen de formación continua en administración escolar y en gestión de los recursos de la educación.

La condicionalidad de la ayuda de algunos donantes: en el marco del Programa Decenal de Educación Básica (PDEB) y del Programa de Ajuste Estructural del Sector de la Educación (PASSE), por ejemplo, la imposición de ciertas condiciones en relación con la gestión del flujo de alumnos y del personal docente a menudo ha tenido por efecto limitar los esfuerzos desplegados por el Gobierno.

La deuda y su servicio: el reembolso y el servicio de la deuda entrañan enormes gastos que, de no reducirse a proporciones aceptables, pueden limitar las inversiones en el sector de la educación en años venideros.

Los retos de la integración regional y la globalización imponen la necesidad de diseñar e implementar programas y proyectos pertinentes de desarrollo del sistema educativo para que los productos de la escuela maliense sean más competitivos en el mercado de trabajo internacional.

Los retos demográficos: la tasa de crecimiento de la población de 2,8% y el índice sintético de fecundidad de 6,7 contribuyen considerablemente al aumento de la población escolar en una situación de lento desarrollo de la infraestructura escolar.

368.La falta de infraestructuras escolares frente al incremento de la población escolar puede deteriorar la calidad de la enseñanza y el rendimiento interno del sistema.

369.En el ámbito de la educación no formal (ENF), pese a los esfuerzos desplegados, el fenómeno del analfabetismo sigue siendo preocupante en Malí. Según las encuestas ligeras de hogares (ELIM) de 2006 y 2010, la población de 15 años y más que no sabía leer y escribir en ningún idioma aumentó de 4.738.501 a 5.035.502 personas, es decir, en un 5,89%, en un período de cinco años. Por otra parte, seguía siendo preocupante el problema del acceso de los grupos destinatarios de la ENF a la capacitación profesional. Cabe señalar que de los alumnos de los centros de educación para el desarrollo (CED), menos del 10% han recibido formación preprofesional, y solo existen cuatro centros de aprendizaje femeninos (CAFE) en todo el territorio.

370.La enseñanza primaria en Malí es la enseñanza fundamental de dos ciclos de seis y tres años. Las medidas en curso son las siguientes:

La multiplicación de las escuelas (infraestructuras y equipo) para acercar la escuela a los beneficiarios: el Estado pone a disposición de las poblaciones infraestructura y equipos escolares (aulas, mobiliario, equipo informático, laboratorios, bibliotecas). Por ejemplo, como parte del Programa de Inversiones en el Sector de la Educación (PISE), entre 2002 y 2005, el Estado puso 1.818 aulas a disposición de la población.

La contratación de maestros para paliar la escasez de personal.

La multiplicación de los institutos de formación de maestros (IFM) para mejorar la calidad de la enseñanza y el aprendizaje: el Estado creó 20 IFM antes de finalizar 2014 para asegurar la formación inicial, concediendo becas a los estudiantes durante su ciclo de estudio.

El aumento de los ingresos de los maestros; el suministro gratuito de libros de texto y material didáctico: entre 2002 y 2005, el Ministerio de Educación procedió a la distribución gratuita de 11 millones de libros de texto en las escuelas de enseñanza fundamental; la implantación de la obligatoriedad de la educación está prevista en el artículo 6 de la Ley de Orientación.

Limitaciones

371.Si bien el reclutamiento bajo contrata permite atender parte de las necesidades de personal docente, también plantea el problema de la cualificación profesional de esta categoría de maestros.

372.A pesar del creciente número de IFM, sigue siendo considerable la necesidad de maestros de calidad.

373.En cuanto a la infraestructura, la oferta sigue siendo insuficiente frente a la creciente demanda de educación.

374.Aunque era apreciable la disponibilidad de libros de texto, en 2004 aún no había alcanzado la relación libros/alumnos prevista, de 2 para el primer ciclo y de 4 para el segundo ciclo.

Perspectivas

375.El desarrollo de las infraestructuras, el equipamiento de las escuelas, el suministro de libros de texto, la formación y la contratación de maestros están previstos y serán reforzados en el marco del PISE.

376.El Gobierno estableció un programa provisional con el objetivo de revitalizar la educación en 2014-2015, promover el acceso a ella y mejorar la calidad de los aprendizajes y sus entornos.

377.Ese programa consta de tres componentes principales:

Componente I – Mejorar la calidad de la enseñanza y los aprendizajes en los niveles de enseñanza fundamental y secundaria para que los estudiantes puedan continuar sus estudios o integrarse en la vida laboral:

Sus objetivos son: i) mejorar el rendimiento escolar de los alumnos de la enseñanza fundamental en lectura y escritura y en matemáticas; ii) consolidar los conocimientos del francés en cuanto instrumento de apoyo y objeto de aprendizaje; y iii) promover la orientación de los estudiantes hacia las áreas técnicas o científicas.

Componente II – Mejorar el acceso mediante la persecución de una política de escolarización de las niñas en todos los niveles de la educación, el desarrollo de la educación no formal, la creación de infraestructura escolar, y la evaluación y certificación de los establecimientos privados de enseñanza preescolar, fundamental y secundaria:

Sus objetivos son: i) aumentar el acceso mediante la construcción, el equipamiento y/o la reconstrucción o rehabilitación de las estructuras físicas; ii) estimular la demanda de educación, especialmente para las niñas/mujeres; y iii) seleccionar los mejores establecimientos que puedan contribuir a la expansión de la oferta educacional.

Componente III – Reforzar la capacidad administrativa y de supervisión del sistema educativo:

Su objetivo es mejorar el sistema de información, de gestión y planificación y de seguimiento y evaluación del sistema educativo, incluida la educación en situaciones de emergencia.

378.En el ámbito de la educación no formal (ENF), pese a los esfuerzos desplegados, el fenómeno del analfabetismo sigue siendo preocupante en Malí. Según las encuestas ligeras de hogares (ELIM) de 2006 y 2010, la población de 15 años y más que no sabía leer y escribir en ningún idioma aumentó de 4.738.501 a 5.035.502 personas, es decir, en un 5,89%, en un período de cinco años. Por otra parte, seguía siendo preocupante el problema del acceso de los grupos destinatarios de la ENF a la capacitación profesional. Cabe señalar que de los alumnos de los centros de educación para el desarrollo (CED), menos del 10% han recibido formación preprofesional, y solo existen cuatro centros de aprendizaje femeninos (CAFE) en todo el territorio.

La enseñanza secundaria

379.En Malí, la enseñanza secundaria general está generalizada. Hay al menos 1 liceo público en cada 1 de las 8 capitales regionales, y 1 en 18 de las 49 circunscripciones y en la ciudad de Markala. El distrito de Bamako tiene 12 liceos públicos.

380.Pueden acceder a la educación secundaria todos los alumnos titulares del diploma de enseñanza fundamental (DEF) o de un diploma equivalente que satisfaga los criterios de orientación.

381.La educación secundaria también es gratuita: el Estado suministra a los establecimientos públicos libros de texto y útiles escolares y se hace cargo de los gastos de escolarización de los alumnos orientados al sector privado.

382.En 2003, el costo de un estudiante de la enseñanza superior se estimaba en 386.199 francos CFA por año.

Medidas adoptadas para establecer un sistema de educación básica para quienes no hayan recibido o completado la instrucción primaria

La situación actual

383.El Gobierno ha elaborado y aplicado una estrategia para hacerse cargo de la formación de los niños que han debido abandonar la escuela precozmente.

384.Estos niños se tienen en cuenta en las instituciones educativas denominadas centros de educación para el desarrollo (CED). Su edad oscila entre 9 y 15 años.

385.En la actualidad existen en el territorio nacional 706 CED de nivel tercer nivel y 254 CED de primer nivel.

386.El programa de los CED, impartido en el idioma nacional, además de lectura, escritura y aritmética, abarca varias disciplinas, como historia, francés básico, geografía, agricultura, salud, medio ambiente y formación preprofesional.

387.El ciclo del CED comprende un tronco común de 1.420 horas y un programa de formación preprofesional cuya masa horaria depende de las materias del oficio correspondiente. Los aprendizajes del CED son reconocidos por una acreditación de los conocimientos adquiridos (certificación, homologación, diploma) cuyas modalidades se definen en función de la nomenclatura oficial en consulta con las autoridades competentes.

Limitaciones

388.Las limitaciones tienen que ver principalmente con la formación preprofesional y con las condiciones salariales de los educadores, pese al subsidio estatal otorgado a estos efectos.

Perspectivas

389.Se tiene previsto supervisar debidamente el desarrollo de los CED, consolidar los centros existentes para hacer frente a las limitaciones señaladas y asegurar la formación preprofesional.

Información sobre el porcentaje del presupuesto nacional (o, en su caso, de los presupuestos regionales) destinado a la educación

390.La voluntad manifiesta del Gobierno de hacer de la educación una de sus prioridades lo ha llevado a asignarle una parte cada vez mayor del presupuesto estatal.

391.Esta proporción aumentó del 29,54% en 2001 al 30,29% en 2005.

392.El presupuesto ordinario del Departamento de Educación aumentó de 51.445 millones de francos CFA en 2001 a 97.450 millones de francos CFA en 2005, es decir, en un 89,4%.

393.La parte de los presupuestos regionales aumentó de 19.596 millones de francos CFA en 2001 a 57.676 millones de francos CFA en 2005, es decir, en un 194,3%.

394.Ello corresponde a los objetivos del Programa Decenal de Desarrollo de la Educación (PRODEC), que prevé la transferencia progresiva de los recursos financieros hacia las estructuras descentralizadas, de conformidad con los principios de descentralización y traspaso de competencias.

395.Medidas en curso para garantizar la igualdad de acceso a todos los niveles de la enseñanza:

Las disposiciones específicas para las niñas durante su escolaridad: clases de recuperación, sensibilización de las familias, creación y formación de la asociación de madres de alumnos, flexibilidad respecto de la edad de matriculación, bonificación para la orientación (véase el informe al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/MLI/1)).

El apoyo a los niños de familias menesterosas.

La atención de los niños con necesidades educativas especiales.

La elaboración de un documento de política nacional para acelerar el proceso de escolarización de las niñas.

El programa de becas para niñas en Gao, Kidal y Tombuctú, del Embajador de los Estados Unidos de América.

396.Estas medidas han permitido:

El aumento de la tasa bruta de escolarización de las niñas: 59,9% en 2004 frente a 49,9% en 2000-2001.

La retención de las madres adolescentes.

La escolarización de los niños procedentes de entornos desfavorecidos.

La integración de los niños con problemas de la vista y de audición y el desarrollo de los niños con discapacidad.

En las zonas nómadas y seminómadas y en las escuelas particularmente aisladas, el Estado, con la asistencia del Programa Mundial de Alimentos (PMA), provee a la creación y el funcionamiento regular de comedores escolares.

397.Las limitaciones se deben principalmente a:

Las rémoras culturales que obstaculizan la escolarización y la retención de las niñas en la escuela (el exceso de trabajo doméstico, el matrimonio precoz).

La falta de estructuras de recuperación.

398.Esta cuestión no está suficientemente estudiada por falta de recursos.

Perspectivas

399.Se tiene previsto:

Adoptar y aplicar la política de aceleración del proceso de escolarización de las niñas.

Reforzar la capacidad de acogida de los comedores.

Elaborar y aplicar una estrategia para mejorar la escolarización en el entorno nómada y seminómada.

Apoyar a las comunidades locales.

Situación material del personal docente en todos los niveles de la enseñanza

400.El aumento de los recursos asignados al sector de la educación ha traído como consecuencia, entre otras cosas, una mejora significativa de las condiciones de vida y de trabajo de los maestros, en particular gracias a:

La modificación al alza de las escalas de sueldos anexas a la Ley núm. 98-067, de 30 de diciembre de 1998, relativa al estatuto del personal docente de la enseñanza superior, en virtud de la Ley núm. 02-079, de 23 de diciembre de 2002, la Ley núm. 00-060 del Estatuto de los Investigadores, de 1 de diciembre de 2000, y la Ley núm. 02-080, de 23 de diciembre de 2002.

La revisión al alza en 2004 de las mismas escalas de sueldos de la enseñanza superior y de los investigadores, aprobada por el Gobierno.

La firma de un protocolo en 2003 que permitió mejorar la escala de sueldos de las categorías B1 y B2 (que incluyen a un gran número de maestros).

La aplicación del Pacto de Solidaridad para el Crecimiento y el Desarrollo. De este modo, el personal docente de la enseñanza secundaria, fundamental y preescolar, que tenía su propio estatuto, fue integrado en el nuevo estatuto general de los funcionarios, con su escala de sueldos.

El alineamiento de los sueldos de los maestros contractuales sujetos a los Decretos núm. 038/PM, de 27 de enero de 2000, y núm. 0306/ PM, de 4 de julio de 2000, con los de los funcionarios mediante la modificación de la escala de sueldos teniendo en cuenta todos los aumentos anteriores.

El registro próximo de los maestros contractuales sujetos al Decreto núm. 306 citado supra.

La asignación de bonificaciones especiales de responsabilidad a los maestros de la enseñanza fundamental y secundaria (Decreto núm. 05-07/PM, de 22 de febrero de 2005), cifradas en 818 millones de francos CFA en 2004 y 1.600 millones de francos CFA en 2005.

La asignación de subsidios de investigación a los profesores de la enseñanza superior y a los investigadores, por valor de 170.850 millones de francos CFA en 2005.

Proporción de los establecimientos de enseñanza, en todos los niveles, que no han sido creados ni son administrados por el Estado

401.Entre las instituciones de enseñanza secundaria general, las públicas representaban el 35,77% (o 39 de 109) y las privadas, el 64,23% (o 70 de 109) en 2005.

402.De la población escolar, el sector público tenía matriculado al 63,20% de los alumnos y el sector privado, al 36,19% en 2005.

403.Las personas que desean fundar una institución privada de enseñanza secundaria general no tropiezan con dificultad alguna si sus expedientes están conformes con las disposiciones del Decreto núm. 94-276/PM, de 15 de agosto de 1994, por el que se establecen las modalidades de aplicación de la Ley núm. 94-032 del Estatuto de la Enseñanza Privada, de 25 de julio de 1994.

404.Los alumnos son orientados o transferidos a las instituciones privadas de enseñanza secundaria general conforme a la asignación presupuestaria de cada año.

Papel de la asistencia internacional en la realización efectiva del derecho enunciado

405.A fin de garantizar el ejercicio efectivo del derecho enunciado, la asistencia internacional debe seguir prestando apoyo financiero y técnico en materia de planificación, programación y elaboración de políticas subsectoriales, de gobernanza, de descentralización y traspaso de competencias educacionales, de educación no formal (enseñanza no académica) y de análisis de datos estadísticos escolares.

Artículo 15Participación en la vida cultural

406.Se trata de preocupaciones que las autoridades de Malí siempre han incorporado en su política de desarrollo económico, social y cultural.

407.Por ejemplo, la Constitución de la República de Malí afirma en su preámbulo la determinación del pueblo maliense de defender la diversidad cultural y lingüística de la comunidad nacional y de asegurar la protección del medio ambiente y del patrimonio cultural.

408.El artículo 8 de la Ley fundamental garantiza a todas las personas la libertad de creación artística y literaria.

409.La voluntad del Estado de respaldar todas las iniciativas en el plano de la cultura se vio reafirmada por la creación de un departamento ministerial dedicado específicamente a la cultura y de organismos técnicos como las Direcciones Nacionales de Acción Cultural (DNA), del Patrimonio Cultural (DNPC), de la Biblioteca Nacional y la Documentación (DNBD) y el Museo Nacional. A esto se añade la elaboración y adopción en 2012 de un documento de la política cultural de Malí.

410.Estos organismos técnicos tienen el mandato de promover el arte y la cultura e incentivar la creación.

411.En particular, la DNAC se encarga de la formulación y ejecución de la política nacional de Malí en el ámbito cultural.

412.En concreto, se dio inicio a las actividades promoción del diálogo intercultural mediante el apoyo:

A la organización en 2009 de un coloquio subregional titulado “El papel de las 'relaciones en broma' ( relations à plaisanterie ) tradicionales en el fomento de la cohesión social y de la paz”.

Al intercambio cultural internacional de compañías artísticas privadas malienses con grupos extranjeros.

A la organización de foros consagrados a diferentes aspectos de la cultura que promueven los contactos entre los creadores malienses y extranjeros.

A la democratización de la cultura con el establecimiento de la Federación de Artistas de Malí (FEDAMA) y la Unión de Artistas Profesionales y Editores de Malí (UAPREM).

413.Este apoyo ha revestido diversas formas, de carácter intelectual, material y financiero:

Capacitación: formación de líderes de asociaciones para dinamizar los movimientos asociativos.

Organización de las jornadas de concertación con los organizadores de festivales, los productores de espectáculos, las asociaciones y los grupos de intereses culturales (2008).

Apoyo material: suministro de material y equipo a algunos artistas privados y comunidades (orquestas).

Apoyo financiero: contribución a la financiación de ciertos proyectos iniciados por particulares, comunidades o asociaciones.

414.La Oficina de Derechos de Autor de Malí fue creada en 1978 con el objetivo principal de contribuir al proceso de desarrollo cultural y económico de la nación mediante la protección efectiva de los derechos de autor. Desde entonces, la República de Malí se ha adherido a una serie de tratados y convenios relativos a los derechos de autor, en particular:

El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas.

El Acuerdo de Bangui de 1977 por el que se Establece una Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI).

El Tratado de la OMPI sobre Interpretación, Ejecución y Fonogramas.

415.Consciente del papel desempeñado por los artistas en la vida de la nación, el Gobierno decidió otorgar un subsidio anual a los artistas para compensar la explotación de las obras literarias y artísticas.

416.Asimismo, a fin de estimular la creatividad y promover el sector de la producción y la distribución, la Oficina de Derechos de Autor de Malí instituyó un premio para los mejores artistas y distribuidores de fonogramas, además de crear un sitio web para los artistas.

La producción artística

417.La artesanía es, sin duda, una forma de expresión cultural y la promoción del turismo también es una forma de valorizar nuestra cultura. El turismo maliense es esencialmente cultural. Se sustenta en un rico patrimonio ancestral cimentado en elementos artísticos, folclóricos y arquitectónicos y en valores tradicionales.

418.La artesanía también forma parte de este patrimonio cultural, que da renombre a Malí con los sitios históricos de Djenné, Tombuctú, el País Dogón y la Tumba de los Askia, enumerados en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO.

419.En el ámbito de la artesanía, el Gobierno ha tomado iniciativas para contribuir a:

La organización del sector artesanal mediante la creación de las cámaras de los oficios.

La prestación de asesoramiento a los artesanos por vía de la Dirección Nacional de Artesanía, creada en 2011.

El fomento de la capacidad de los recursos humanos del sector.

La promoción de los productos artesanales mediante la mejora de la calidad de la oferta y la prospección de nuevos mercados.

La construcción de aldeas y casas de artesanos.

La promoción de los productos artesanales mediante la organización de salones de artesanía en el interior del país (el Salón Chris Seydou y el Salón de Mobiliario, entre otros) y la prestación de apoyo técnico y financiero para la participación en eventos internacionales (la Feria de París, el Smithsonian Folklife Festival y el Salón Internacional de Artesanía de Uagadugú (SIAO), donde nuestros artesanos han sido premiados, entre otros).

La puesta en marcha, con el apoyo del Banco de Desarrollo de África Occidental (BOAD), de un proyecto de desarrollo del sector artesanal.

420.Por otra parte, el sector de la artesanía dispone desde 2009 de un documento de política titulado “Documento nacional de promoción del sector artesanal (DNPSA)”. Cabe recordar también que, para promover el turismo maliense, la Asamblea Nacional aprobó una ley de creación de la Agencia de Promoción del Turismo en Malí, cuya misión fundamental es promover a Malí como destino turístico.

421.Estas medidas están destinadas a promover el sector de la artesanía mediante la mejora de la calidad de los productos y su comercialización y la generación de empleo, entre otras cosas.

422.Sin embargo, la artesanía maliense se ve enfrentada a un grave problema de formación de sus efectivos y de acceso de estos al crédito para su equipamiento.

423.En lo que respecta a la promoción de Malí como destino turístico y, por ende, de nuestra cultura, el Gobierno, por conducto de la Oficina de Turismo y Hotelería de Malí (OMATHO), ha prestado apoyo prácticamente a todas las manifestaciones culturales que han tenido lugar este año en nuestro país:

El Festival del Desierto en Tombuctú.

Los festivales de Hombori, Kidal y Ménaka.

Con el apoyo del PNUD, se ha puesto en marcha un proyecto de protección del patrimonio cultural dogón en Sangha.

El Festival de marionetas de Markala.

424.En el plano internacional, la cultura maliense se promueve en ferias europeas como la FITUR de Madrid y la Bolsa Internacional de Turismo de Milán.

El papel de la asistencia internacional en la realización efectiva de los derechos enunciados en el artículo 15

425.Programa PAVIA (Programa de Apoyo y Valorización de las Iniciativas Culturales y Artísticas)-Fondo PSIC (Programa de Apoyo a las Iniciativas Culturales).

Antecedentes

426.Entre abril de 2000 y diciembre de 2003, la Comisión Europea y el Gobierno de Malí implementaron un primer programa de apoyo a la política cultural de Malí (PAPCM) con cargo a los recursos de la octava reposición del Fondo Europeo de Desarrollo (FED).

427.Este primer programa dio lugar a la realización de proyectos de envergadura, por iniciativa del Ministerio de Cultura, así como a la creación de un fondo, el PSIC (Programa de Apoyo a las Iniciativas Culturales), destinado a las iniciativas culturales descentralizadas.

428.Al finalizar la ejecución del programa, eran concretos y perceptibles los indicadores de un proceso emergente que tenía repercusiones positivas en el sector de la cultura. El PSIC ha sido la fuerza motriz de una dinámica sumamente favorable al desarrollo de las actividades culturales en el país: por su conducto han recibido financiación europea unos 60 proyectos culturales. Entre estos proyectos, algunas manifestaciones se consagraron como grandes eventos culturales de África occidental.

Objetivos del PSIC

429.El objetivo general del programa es contribuir al desarrollo cultural de Malí para propiciar el arraigo del sector cultural en una dinámica de desarrollo económico y social mediante la promoción a nivel nacional e internacional de la riqueza y la diversidad culturales y artísticas.

430.El objetivo específico del Fondo PSIC es ofrecer a los agentes descentralizados de la cultura el apoyo técnico y financiero necesario para la realización de sus proyectos. Su finalidad es:

El desarrollo de los diversos ámbitos del arte y la cultura mediante la implementación de una amplia gama de proyectos iniciados por diferentes agentes de la cultura (artistas, asociaciones culturales, agentes privados independientes, colectividades públicas descentralizadas y otros).

El fomento de las competencias técnicas y artísticas de los agentes de la cultura.

Monto de la financiación ofrecida por la autoridad contratante

431.El monto indicativo global disponible en el marco de una determinada convocatoria de licitación asciende a 90.200.000 francos CFA. La autoridad contratante se reserva el derecho de no asignar todos los fondos disponibles.

Cuantía de las subvenciones

432.La subvención otorgada a un proyecto en el marco del programa no debe exceder de 20.000.000 de francos CFA.

433.Además, una subvención no debe superar el 90% del total de gastos admisibles del proyecto. El saldo se financiará con los recursos propios del solicitante o sus asociados, o de fuentes distintas del presupuesto de las Comunidades Europeas o el Fondo Europeo de Desarrollo.

434.En lo que respecta al sector del turismo, el programa de promoción prevé las siguientes medidas:

Continuación e intensificación de la prospección de sitios.

Contribución y apoyo a la ordenación, la rehabilitación y la protección de los sitios y monumentos de interés cultural o turístico.

Diversificación de los productos y de la oferta turística.

Apoyo a la limpieza de las ciudades turísticas.

Fortalecimiento del Proyecto de promoción del turismo y preservación de los sitios turísticos y arqueológicos del País Dogón y su extensión a otros sitios.

Mejoramiento cualitativo y cuantitativo de la oferta turística.

Apoyo a la creación de sindicatos de iniciativas.

Capacitación del personal.

Elaboración de anuarios estadísticos del turismo que muestren la contribución del turismo al desarrollo social y económico y promuevan el apoyo de los asociados y las inversiones turísticas.

435.Este programa se propone:

Lograr que el sector del turismo sea fuente de divisas y de empleo.

Promover la información estadística.

Fomentar la capacidad de los recursos humanos.

Organizar el sector.

436.Sin embargo, el turismo maliense se ve enfrentado a problemas de “temporalidad”, aislamiento e inaccesibilidad de los sitios, así como a la falta de una cobertura fiable de servicios aéreos.

437.A raíz de la grave crisis política y de seguridad de 2012, la República de Malí aspira a adoptar una nueva política de desarrollo de su turismo. Se trata de la voluntad política no solo de hacer frente a los desafíos actuales del turismo maliense, sino también de dotar a la administración nacional del turismo de un marco de directrices en materia institucional y reglamentaria. Las reformas incluirán aspectos tales como:

Las modalidades de aplicación de las directrices para el desarrollo del turismo.

Las definiciones de los términos.

Las nomenclaturas y clasificaciones de los establecimientos turísticos (hoteles, restaurantes).

Las condiciones para la obtención de permisos y autorizaciones, así como las modalidades de control de las actividades y ocupaciones turísticas.