Naciones Unidas

E/C.12/HND/2

Consejo Económico y Social

Distr.: general

31 de octubre de 2014

Original: español

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Segundos informes periódicos que los Estados partes debían presentar en 2006

Honduras *

[Fecha de recepción: 5 de mayo de 2014]

Índice

Párrafos Página

Presentación1–75

II.Aplicación de los artículos del Pacto8–1246

Artículo 1: autodeterminación y libre determinación.8–126

Artículo 2: efectos de la cooperación internacional sobre los derechos del Pacto.13–197

Artículo 3: medidas para eliminar la discriminación basada en el sexo.2010

Artículos 4 y 5: limitaciones determinadas por la ley de los derechos garantizados por el Pacto.21–2212

Artículo 6: derecho altrabajo.23–5212

Artículo 7: salario equitativo, seguridad e higiene en el trabajo.53–6119

Artículo 8: derecho a la sindicalización.62–6621

Artículo 9: derecho a la seguridad social.67–7322

Artículo 10: protección a la familia.74–8123

Artículo 11: derecho a un nivel de vida adecuado para sí y la familia.82–9525

Artículo 12: derecho a la salud física y mental96–10328

Artículo 13:derecho ala educación.104–11030

Artículo 14: obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza primaria111–11432

Artículo 15: participación en la vida cultural.115–12432

Anexos**

1.Decreto 82-2004 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 30428del 29 de junio de 2004 Ley de Propiedad

2.Decreto 156-2007 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 31544 del 26 de febrero de 2008 Ley Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre

3.Decreto Ejecutivo N.º PCM-003-2013 de fecha 12 de Marzo de 2013 ypublicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 33073 de fecha 12 marzo de 2013, Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos

4.Decreto Ejecutivo N.º PCM-008-2012 de 8 de marzo del 2012 y publicadoen el Diario Oficial La Gaceta N.º 32784 de fecha 28 de marzo del 2012, Política de Protección Social

5.Sistema de Naciones Unidas de Honduras y Gobierno de Honduras. Plan de Acción del Marco de Asistencia para el desarrollo de Naciones 2007-2011

6.Sistema de Naciones Unidas de Honduras y Gobierno de Honduras. Plan de Acción del Marco de Asistencia para el desarrollo de Naciones 2012-2016

7.Decreto Legislativo N.º 286-2009 de fecha 13 de enero de 2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N.º 32129 de fecha 2 de febrero del año 2010, Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación para Honduras

8Decreto Ejecutivo N.º PCM-038-2010 de 24 de agosto del 2010, Política Nacional y Estrategia sobre Seguridad Alimentaria y Nutricional

9.Decreto Legislativo N.º 25-2011 de fecha 29 de marzo del 2011, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N.º 32561 de fecha 7 de julio de 2011, Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional

10.Decreto Ejecutivo N.º PCM- 031-2012 de 21 de Agosto del 2012,publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 7 de septiembre del 2012, Política de Desarrollo Integral a la Primera Infancia

11.Acuerdo Ministerial 2606 de 27 de Agosto de 2010, Normas Nacionales para la Atención Materno-Neonatal

12.Decreto Ejecutivo PCM-010-2010 de 13 de abril de 2010, Programa Presidencial de Salud, Educación y Nutrición “Bono 10 Mil”

13.Ley fue aprobada mediante Decreto Legislativo N.º 286-2009 de fecha 13 de enero de 2010, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 32129de fecha 2 de febrero de 2010

14.Decreto PCM-028-2010 de fecha 6 de julio del 2010. II Plan de Igualdad y Equidad de Género de Honduras 2010-2022

15.Reforma al Código Penal artículo 321, Decreto Legislativo N.º 023-2013 de fecha 22 de febrero del año 2013, siendo publicada en el Diario Oficial La Gaceta N.º 33092 de fecha 6 de abril del año 2013

16.Decreto Legislativo N.º 44-2004 de fecha 1 de abril del 2004. Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas

17.Decreto 54-2012 de fecha 14 de mayo 2012, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 32820 de fecha 15 de mayo de 2012, Reforma Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas

18.Unidad de Género, Acuerdo N.º 04-2010 de fecha 30 de septiembre de 2010 y publicado el Diario Oficial La Gaceta N.º 32373 de fecha 23 de noviembre de 2010

19.Decreto 230-2010, Ley de empleo por Hora

20.Reforma a la Ley de Empleo por Hora mediante Decreto 354-2013 de fecha 31 de marzo de 2014

21.Acuerdo STSS 259-2011 de fecha 8 de junio de 2011 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 32544 de fecha 17 de junio de 2011, Servicio Nacional de Empleo de Honduras (SENAEH)

22.Decreto Ejecutivo 04-2014 de fecha 3 de febrero de 2014, Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivís Mejor”

23.Decreto Legislativo N.º 160-2005. Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad

24.Decreto Legislativo N.º 199-2006, Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados

25.Decreto Legislativo N.º 313-1998 de fecha 15 de febrero de 1999, Ley para el Desarrollo de la Educación Alternativa no Formal

26.Decreto Legislativo N.º 84-2001 de fecha 29 de junio del 2001. Centro Nacional de Educación para el Trabajo

27.Cuadro que presenta la capacitación realizado por el INFOP duranteel año 2013 de los programas y proyectos de proyección social

28.Acuerdo Tripartito sobre la Revisión del Salario Mínimo para los años2014-2015 y 2016. Publicado en el diario Oficial La Gaceta N.º 33353 en fecha 12 de febrero de 2014

29.Acuerdo N.º STSS 001-2012 de fecha 11 de enero de 2012

30.Acuerdo N.º STSS-599-2013 de fecha 20 de diciembre de 2013 publicadoen el Diario Oficial La Gaceta N.º 33313 de fecha 26 de diciembre de 2013

31.Acuerdo Ejecutivo N.º STSS-053-04, Reglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

32.Acuerdo Ejecutivo N.º STSS-116-01, Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional de la Pesca Submarina

33.Decreto Legislativo N.º 234-2000 de fecha 28 de abril del 2000, Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer

34.Gran Acuerdo Nacional por un Crecimiento Económico con EquidadSocial. Febrero 2012

35.Decreto Legislativo N.º 38-2011 de fecha 25 de abril del 2011 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 33149 de fecha 13 de junio de 2013,Ley Marco de Política Pública Social

36.Decreto Legislativo N.º 35-2013 de fecha 27 de febrero del año 2013, fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 33222 de fecha 6 de septiembre del año 2013, Reforma Integral en Materia de Niñez y Familia

37.Decreto Legislativo N.º 92-2013 de fecha 5 de Noviembre de 2013, Ley de Paternidad y Maternidad Responsable

38.Ley de Ingresos Complementarios en Zonas Rurales y Urbano Marginales, aprobada mediante Acuerdo Ejecutivo N.º 001-2011 de fecha 14 de enero del año 2010, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N.º 32487 de fecha7 de abril del 2011

39.Decreto Ejecutivo N.º PCM-39-2006 de fecha 20 de octubre del 2006, Programa de Vivienda Ciudadana y Crédito Solidario

40.Decreto Ejecutivo N.º PCM-004-2011 de fecha 24 de enero de 2011, Programa Presidencial de Coordinación del Sector Habitacional (PRO-VIVIENDA)

41.Instituto Nacional de Estadísticas, Encuesta Permanente de Hogares de Propósitos Múltiples. Honduras, 2013

42.Plan Nacional de Salud 2021, Honduras

43.Decreto Legislativo N.º 262-2011 de fecha 22 de febrero de 2012 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 32754 de fecha 22 de febrero 2012, Ley Fundamental de Educación

44.Instituto Nacional de Estadísticas. Estadísticas, Encuesta Permanentede Hogares de Propósitos Múltiples. Honduras 2010

45.Decreto Legislativo N.º 220-97 de fecha 29 de diciembre de 1997, Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación

I.Presentación

En nombre del Estado de Honduras y en mi condición de Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, con suma satisfacción y compromiso con la población hondureña se presenta ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de la Organización de las Naciones Unidas, con arreglo a los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Segundo Informe del Estado de Honduras sobre el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado el 17 de febrero de 1981. En 1998 el Estado hondureño presentó su Informe Inicial, el que fue examinado en su 25.º período de sesiones por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, realizado entre el 23 de abril y el 11 de mayo de 2001, aprobando las observaciones finales del mismo.

La Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, bajo el mandato conferido por la Ley General de la Administración Pública articula su accionar para garantizar el respeto de la persona humana como el fin supremo de la sociedad y del Estado, incorporando el enfoque de derechos humanos en la agenda del quehacer institucional. Lo anterior se enmarca en la Política Pública y el Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos, como instrumentos de orientación, construidos bajo cuatro lineamientos estratégicos: Seguridad Humana, Sistema de Justicia, Democracia y Grupos Colocados en Situación de Vulnerabilidad.

Honduras reconoce que el segundo informe periódico de Honduras sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales debió ser presentado a más tardar el 30 de junio de 2006, responsabilidad con la que no se cumplió en vista que no existía en la estructura administrativa del Estado una instancia con mandato legal para asumir los compromisos y obligaciones internacionales en la materia.

Gracias al apoyo técnico y financiero de la Unión Europea a través del Programa de Apoyo a los Derechos Humanos en Honduras (PADH), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación, así como al compromiso del Gobierno de Honduras de cumplir los tratados y convenios en materia de derechos humanos de los que el Estado es parte, fue posible que el proceso de preparación del presente informe se realizara con una amplia y activa participación de representantes de las secretarías e instituciones estatales y gubernamentales, así como la activa participación de grupos, sectores y organizaciones de la sociedad civil.

El Estado de Honduras reconoce que, en materia de derechos económicos, sociales y culturales, aún existen grandes desafíos vinculados a los elevados índices de pobreza, alto costo de la vida, limitado acceso a bienes y servicios, desempleo y sub empleo, alta tasa de inseguridad ciudadana, situación de discriminación, desigualdad y exclusión social. Sin embargo, también reconoce la necesidad de continuar impulsando medidas de orden constitucional, legal, administrativas y de articulación con la sociedad en general, a fin que las personas adquieran mayores capacidades y oportunidades para mejorar su condición de vida y asimismo, para el goce y exigibilidad de sus derechos humanos.

El accionar articulado de las diferentes secretarías e instituciones del Estado constituye una oportunidad para la puesta en marcha de significativas políticas públicas, planes, programas y proyectos vigentes en el país y que se encaminan a buscar la oportunidad y el goce de los derechos de todas las personas. Sin embargo, mejores resultados se obtendrán si el desarrollo de Honduras se construye de la mano de la sociedad civil y con la población en general como agentes de su propio desarrollo.

El Estado de Honduras reitera el firme compromiso de seguir impulsando con la asesoría técnica del Comité, acciones de todo orden para dar cumplimiento a las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en el marco de los compromisos y obligaciones del Estado de Honduras como garante de todos los derechos y libertades fundamentales, incluidos el goce y disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de la población hondureña.

Rigoberto Chang Castillo

Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

II.Aplicación de los artículos del Pacto

Artículo 1: autodeterminación y libre determinación

La libre determinación está contenida en varios instrumentos internacionales de los que el Estado de Honduras es parte, tales como la Carta de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Para asegurar el cumplimiento de este derecho, el Estado de Honduras lo incorporó como un principio enel artículo15 de la Constitución de la República de 1982.

El principio de autodeterminación de pueblos indígenas y afrohondureños está orientadoa sus comunidades, su soberanía y su derecho a la tierra, su cultura, su estilo de vida y su correspondencia con el medio ambiente. Este principio está desarrollado en el capítulo3 de la Ley de Propiedad y en laLey Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre. En materia de política pública, este derecho se visibiliza en el lineamiento estratégico de grupos en situación de vulnerabilidad, en el capítulo sobre derechos de pueblos indígenas y afrohondureños de la Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos. La Política de Protección Social desarrolla además del enfoque de derechos humanos, el enfoque territorial, ambiental y multicultural, dentro de los sujetos de atención se encuentran con enfoque de ciclo de vida aquellas personas pertenecientes a Pueblos Indígenas o Afro hondureños.

En la actualidad y en el marco del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes,se desarrolla el proceso para el diseño de un mecanismo nacional relacionado con la consulta previa, libre e informada, con la participación de las Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas en coordinación con la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social y la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización con la participación de representantes de los nuevepueblos culturalmente diferenciados, representantes de la empresa privada, del sector obrero del país y el acompañamiento de la OIT.

Con respecto a la recomendación incluida en el párrafo 44 delas observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sobre el informe inicial de Honduras (E/C.12/1/Add.57), se emitieron entre los años 2001 y 2013 por parte del Instituto Nacional Agrario (INA) 158títulos de propiedad a favor de pueblos indígenas y afrohondureños, entre estos 63 para las comunidades lencas, 11títulos a las comunidades garífuna, 4 títulos a las comunidades pech, 10títulos tolupanes, 7títulos a las comunidades misquitas, y 63títulos a las comunidades chortí.

Con respecto a la recomendación incluida en el párrafo 45 delas observaciones finales del Comité, entró en vigencia la nueva Ley General de Minería aprobada por el Congreso Nacional de la República mediante Decreto Legislativo No.238-2012 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N.º33088 de fecha 2 de abril del 2013, el que se encuentra contenido en el Articulo67.

Artículo 2: efectos de la cooperación internacional sobre los derechos del Pacto

Con respecto a la recomendación incluida en el párrafo 53 delas anteriores observaciones finales del Comité, uno de los ejemplos más tangibles de la coordinación permanente del Estado de Honduras y los organismos y agencias de cooperación internacional, es la suscripción periódica de Marcos de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo (MANUD), como una de las herramientas de la planificación estratégica para el Sistema de Naciones Unidas y sus diversas agencias en Honduras. Para el período 2007-2011 los recursos estimados para ser movilizados por las diversas agencias del sistema de naciones unidas ascendieron a un monto aproximado de 76,8 millones de dólares de los Estados Unidos de América.

El 17 de marzo de 2011, el Gobierno de Honduras y el Sistema de Naciones Unidas firmaron el MANUD 2012-2016, para lo que se diseñó el respectivo Plan de Acción, con la identificación de tres áreas estratégicas y prioritarias, alineadas con los objetivos estratégicos de la Visión de País y Plan de Nación: a)En el marco de los derechos sociales y de los ODMs reconocidos por la comunidad internacional contribuir a una Honduras sin pobreza extrema, educada y sana, con sistemas consolidados de protección social”, b)Área Estratégica 2: “En el marco de los derechos civiles y políticos contribuir a una Honduras que se desarrolla en democracia, con seguridad y sin violencia y un Estado moderno, transparente, responsable, eficiente y competitivo”, c)Área Estratégica 3: “En el marco de los derechos económicos y convenciones ambientales contribuir a una Honduras productiva, generadora de empleos dignos, que aprovecha de manera sostenible e integrada sus recursos naturales y reduce los riesgos de desastres derivados de la vulnerabilidad ambiental”. Para la gestión del MANUD 2012-2016 se cuenta con un estimado de 239.500.795 dólares.

De éstas tres áreas estratégicas se establecieron 10efectos o resultados globales vinculados a las áreas de educación, salud, nutrición, fomento de la democracia representativa y participativa, apoyo a la planificación nacional y local, fomento de la seguridad, justicia y los derechos humanos, medio ambiente, cambio climático, apoyo en la gestión de riesgos y preparación frente a desastres, empleo, desarrollo rural y seguridad alimentaria.

Por su parte el Estado de Honduras compareció ante el Consejo de Derechos Humanos por primera ocasión el 4 de noviembre de 2010 para el examen periódico universal, del cual se derivaron 129recomendaciones.

La segunda comparecencia del Estado de Honduras ante el Consejo de Derechos Humanos se efectuó el 17 de marzo de 2011, en la cual Honduras no rechazó ninguna de las 129recomendaciones formuladas y se expusieron las medidas adoptadas para avanzar en la implementación de las recomendaciones y a la vez se asumieron importantes compromisos voluntarios. El 9 de septiembre de 2013, nuevamente se informó que de 129recomendaciones formuladas 86 se han cumplido, 38 están en proceso de cumplimiento y 5 no tienen ningún nivel de avance.

En buena medida el Acuerdo de Cartagena y las acciones que luego del mismo se ejecutaron para promover el respeto y goce de los derechos humanos, fue lo que permitió el reintegro de Honduras a distintos foros internacionales y reiniciar la coordinación de los proyectos de cooperación externa, por parte de la entonces Secretaría de Planificación y Cooperación Externa, dotándola entre sus facultades, la de coordinar los proyectos de cooperación externa que tengan incidencia sobre el cumplimiento de los objetivos de dicha normativa. En ese marco de acción, en la actualidad la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización (SDHJGD) cuenta con el apoyo internacional de la Unión Europea (UE) con un monto de 1.572.013,86euros, y por parte de la Agencia Española de la Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) con un monto de 7.895.437,41lempiras.

Con respecto a la recomendación incluida en el párrafo 30 delas anteriores observaciones finales del Comité, es de suma importancia destacar la medidas adoptadas por el Estado de Honduras en crear las Políticas Públicas y Planes de Nación como ser:

a)Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos (PNADH), aprobada por el Presidente en Consejo de Ministros el 22 de enero del 2012. El PNADH tiene una vigencia de 10 años:, 2013–2022 y contempla cuatro lineamientos estratégicos: i) Seguridad Humana; ii) Sistema de Justicia; iii) Democracia; iv) Grupos de Población en Situación de Vulnerabilidad. En el proceso de diseño participaron más de 5.116 personas pertenecientes a 399 instituciones del gobierno, 968 organizaciones de sociedad civil, pertenecientes a sectores en condición de vulnerabilidad, del cual resultaron 573 propuestas de la ciudadanía y de funcionarios públicos, 746 recomendaciones del Sistema Internacional e Interamericano de Derechos Humanos, 517 recomendaciones de informes y estudios especializados y 731 recomendaciones de 34 Políticas Públicas en diversos temas;

b)Política de Protección Social mediante, la que incorpora entre otros los enfoques de ciclo de vida, derechos humanos y multiculturalidad, focalizando a las personas en condiciones de pobreza, pobreza extrema, vulnerabilidad, riesgo y exclusión social. Su objetivo es generar gradual y progresivamente condiciones sociales que contribuyan al bienestar personal y colectivo, así como a la potenciación de las habilidades y capacidades para el ejercicio pleno de los derechos de las personas en situación de pobreza, pobreza extrema, vulnerabilidad, exclusión y riesgo social, a fin de crear y ampliar sus oportunidades de generación de bienestar y riqueza familiar y colectiva logrando su inclusión activa en la sociedad. Cabe destacar que el proceso de diseño, consulta, construcción y aprobación de ésta Política se desarrolló con el permanente diálogo, acompañamiento y participación de las diversas organizaciones de sociedad civil;

c)Política Nacional y Estrategia sobre Seguridad Alimentaria y Nutricional. Tiene como objetivo procurar que todas las familias hondureñas atiendan sus necesidades básicas de alimentación en cantidad, calidad, oportunidad e inocuidad, para que cada uno de sus miembros logre un adecuado estado de salud y bienestar y el pleno desarrollo de sus potencialidades cognitivas y físicas; además, se aprobó la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional, que tiene como objetivo establecer el marco normativo para estructurar, armonizar y coordinar acciones de seguridad alimentaria y nutricional que contribuye al mejoramiento de la calidad de vida de la población hondureña, con prioridad a los grupos más vulnerables;

d)Política de Desarrollo Integral a la Primera Infancia, su objetivo es promover y asegurar el cumplimiento de los derechos de la primera infancia, la formación del capital humano futuro y el logro de los compromisos asumidos por el Estado de Honduras con este grupo poblacional;

e)Normas Nacionales para la Atención Materno-Neonatal, tienen el objetivo de contribuir a disminuir la mortalidad y morbilidad materna y neonatal en el país, estas normas permiten la estandarización de las prácticas clínicas y procedimientos básicos necesarios para que los proveedores de salud brinden una atención oportuna, segura y eficaz a las mujeres de todas las edades y neonatos que demanden atención en hospitales, clínicas materno infantiles y unidades de salud;

f)Programa Presidencial de Salud, Educación y Nutrición “Bono 10 Mil”, que tiene como propósito contribuir con la ruptura del ciclo inter-generacional de la pobreza a través de la creación de oportunidades, desarrollo de capacidades y competencias en educación, salud y nutrición de las familias en extrema pobreza. Durante la presente administración se ha logrado cubrir en el primer trimestre de 2014 a 217.000 familias beneficiadas, teniéndose como meta anual el llegar a 375.000 familias.

g)Programa Social “Vida Mejor”, el que está dirigido a remodelar las casas de las 800 mil familias más pobres de Honduras. El paquete básico de mejoras incluye: eco-fogón, piso de cemento, techo digno, filtro de agua, huerto familiar y letrina. En el primer trimestre de 2014, este Programa ha beneficiado a 24.000 familias.

h)Aprobación del Decreto Legislativo No. 54-2010 de fecha 11 de junio de 2010, contentivo de la Ley del Vaso de Leche para el Fortalecimiento de la Merienda Escolar, el que declara de interés y conveniencia nacional la nutrición apropiada de las niñas y niños que asisten a centros educativos públicos, con la ingesta dietética de leche y sus derivados.

i)Programa Escuelas Saludables con el subcomponente Merienda Escolar el que sólo en los inicios del 2014 ha beneficiado a 1.401.000 niñas y niños de centros educativos públicos y se está implementando el plan piloto en el que se ha incorporado el huevo a la dieta escolar beneficiando a 636.000 niñas y niños.

Artículo 3: medidas para eliminar la discriminación basada en el sexo

Con respecto a la recomendación incluida en el párrafo 32 delas anteriores observaciones finales del Comité, Honduras ha logrado la aprobación y reformas legislativas que a continuación se detalla:

a)El II Plan de Igualdad y Equidad de Género de Honduras 2010-2022 (IIPIEGH), como política de Estado e incorporada dentro de la misma la Visión de País y Plan de Nación, conteniendo los ejes de Economía, Educación, Violencia Contra las mujeres, ParticipaciónSocial y Política; Salud y de forma incluyenteelnuevo eje de Medio Ambiente;

b)La Política Pública y el Plan Nacional de Acción en Derechos Humanoscontiene el capítulo referido al Derecho de la Mujer en el que se incorporan acciones referidas al enfoque de género en Políticas, Planesy Presupuestos gubernamentales;

c)La Política de Protección Social encamina uno de sus objetivos específicos a apoyar de manera especial a grupos sociales que por razones relacionadas con su edad, genero, multiculturalidad, discapacidad, orientación sexual e identidad de género, condición serológicao por carencia de protección se encuentran excluidos en situación de alto riesgo social, o presenten daños que requieren una atención especial;

d)En 2013 el Congreso Nacional reformó el Artículo 321 del Código Penal, que se refiere a la protección contra la discriminación cuando el delito se cometa con odio o desprecio en razón de sexo, genero, religión, origen nacional, pertenencia a pueblos indígenas y afro hondureños, orientación sexual y/o identidad de género, edad, estado civil, discapacidad, ideología u opinión política de la víctima; Asimismo se incorporó el femicidio como tipo calificado en el capítulo del homicidio, mediante adición del Artículo 118, para castigar a él o los hombres que den muerte a una mujer por razones de género, con odio y desprecio por su condición de mujer;

e)En lo que corresponde a equidad de género en materia de participación política, el Decreto No. 54-2012, que reforma los Artículos 105 y 116 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticasagrega el Artículo 105-A, incrementando la cuota obligatoria para la participación política de las mujeres de 30 a 40 por ciento para el proceso electoral 2013, y a 50 por ciento para las próximas elecciones internas y generales (2016 y 2017 respectivamente), lo que ha representado un avance importante en la materia;

f)Respecto a la participación de la mujer en los Gobiernos Locales, en el periodo 2002-2005 fueron electas 27 alcaldesas y 37 vice alcaldesas, para el periodo 2006‑2009 fueron 24 alcaldesas electas y 50 vice alcaldesas y del periodo 2010-2013 se eligieron a 17 alcaldesas y 79 vice alcaldesas. Para el Periodo Presidencial 2014-2018 fueron electas 19 mujeres Alcaldesas;

g)Con respecto al nivel electivo al Congreso Nacional de la República, el número de diputadas propietarias en el periodo 2002-2005 fueron electas 9 diputadas propietarias y 21 diputadas suplentes, el periodo 2005-2009 fue de 32 y 28 diputadas suplentes, en el periodo 2010-2014 fueron electas 25 diputadas propietarias y 29 diputadas suplentes. En el periodo 2014-2018 fueron electas 33 diputadas;

h)En la actualidad funcionan a nivel nacional 298 Oficinas Municipales de la Mujer (OMM), para fortalecer sus capacidades en derechos humanos, participación social, políticas públicas y legislación, estas instancias cuentan con el respaldo de la cooperación internacional y sectores de la sociedad civil especialmente del movimiento de mujeres para respaldar el proceso de incidencia y concertación para la legalización de dichas Oficinas en la reforma a la Ley de Municipalidades, logrando la obligatoriedad de las municipalidades para destinar el 2% de la transferencia municipal a programas y proyectos para el desarrollo económico, social y el combate a la violencia en contra de la mujer;

i)Para procurar el acceso equitativo y sin discriminación a la justicia para mujeres y hombres, dentro de la Corte Suprema de Justicia se creó la Unidad de Género mediante Acuerdo No. 04-2010 de fecha 30 de septiembre de 2010 con el objetivo incorporar en forma trasversal la perspectiva de género en la planificación y gestión institucional en los procesos jurisdiccionales y administrativos internos con el fin de asegurar un mayor acceso la justicia sin discriminación.

Artículos 4 y 5: limitaciones determinadas por la ley de los derechos garantizados por el Pacto

En el año 2009 Honduras vivió momentos muy críticos, donde se pusieron en mayor riesgo los derechos humanos específicamente los derechos económicos y sociales. A raíz de ello y por las denuncias atendidas por los órganos competentes, el Estado de Honduras muestra su preocupación ante estos hechos, por lo que mediante Decreto Ejecutivo PCM‑011-2010 de fecha 13 de abril de 2010,se aprobó la creación de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR), con los objetivos de esclarecer los hechos ocurridos antes y después del 28 de junio 2009, identificar los actos que condujeron a la situación de la crisis y proporcionar al pueblo hondureño elementos para evitar que los hechos se repitan en el futuro.

Mediante Decreto Ejecutivo N.º PCM-071-2011 de fecha 8 de noviembre 2011 publicado en el Diario Oficial L a Gaceta N.º 32683 de fecha 1 de diciembre de 2011, se creó la Unidad de Seguimiento de las Recomendaciones de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (USCVR) , con la finalidad de atender las recomendaciones contenidas en el informe de la CVR. Esta unidad ha impulsado la implementación de las recomendaciones con la participación activa de diversos actores de la sociedad civil. A la fecha se han cumplido 37 de las 84 recomendaciones, 32 están en proceso de implementación y en 15 no hay ningún nivel de cumplimiento.

Artículo 6: derecho al trabajo

Con respecto a la recomendación incluida en los párrafos 35 y 36 delas anteriores observaciones finales del Comité, con el propósito de garantizar y proteger el derecho de las personas a un empleo digno ha creado los siguientes programas:

1.Programa Promoción del Empleo (PROEMPLEO)

PROEMPLEO es un programa de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social desarrollado entre los años 2006 al 2011 cuyo objetivo consistió enincrementar la inserción laboral de las y los desempleados y subempleados, y generar políticas activas del mercado laboral, que impulsen la colaboración del sector privado para reproducir buenas prácticas de asociación entre la demanda y la oferta de trabajo, premien el entrenamiento laboral costo-efectivo y sienten las bases para orientar la transformación del sistema de capacitación y empleo del país. Del año 2006 al 2010 el Programa logró insertar 5.133jóvenes al mercado laboral.

La meta para el año 2011 fue capacitar e insertar a 6.150jóvenes en razón de los convenios de asociación público-privados firmados con los siguientes gremios empresariales: Cámaras de Comercio de Tegucigalpa, Cortés, Puerto Cortés, Santa Rosa de Copán, Comayagua, Choluteca, Juticalpa e Islas de la Bahía, y a través de la Asociación Hondureña de Maquiladores.

2.Programa Nacional de Empleo por Hora

A partir de 2013 es un Programa de carácter permanente, que tiene como finalidad fomentar el empleo digno, mantener los puestos de trabajo y evitar que crezcan los índices de desempleo y subempleo en el país, abriendo oportunidades de trabajo a la población durante el ciclo de crisis.

Este Programa es de aplicación nacional, tanto en el área urbana como en el área rural, y está dirigido a todas las personas naturales o jurídicas empleadoras, propietarias de unidades productivas o de servicios, así como a los programas especiales que desarrolle el sector público y que requieran contratación temporal.

En solamente 13 meses la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (STSS) ha logrado la creación de 34.642 empleos solamente en una pequeña parte de cada una de las ciudades donde se ha realizado la promoción del programa (Tegucigalpa, San Pedro Sula y Choluteca). Al efectuar los análisis y estudios, la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social estima que existen unos 40.693 empleos en todo el país generados en su mayoría por empresas, que están haciendo uso del programa.

3.Programa Mi Primer Empleo

Este programa , iniciado en febrero de 2006 y finalizado en 2011 logró impulsar la capacitación laboral dirigida a jóvenes de áreas urbanas y rurales, en edades entre 15 y 19años, que se encuentran fuera del sistema de educación formal, que no trabajan o lo hacen en actividades informales y se encuentran en riesgo social.Los beneficiarios del Programa recibieron un estipendio durante el periodo de capacitación y pasantía para cubrir los costos del transporte y el alimento por cada día de asistencia.

El programa logró la inclusión de jóvenes pertenecientes a grupos étnicos del país. De los inscritos, se ha beneficiado al 62%, entre Garífunas, Misquitos, Tolupanes, Lencas y Xicaques.

Por decisión del Gobierno y del Banco Mundial, que reconocen la importancia del programa y su buena gestión, se incorporaron 2,6 millones de dólares más. Los fondos adicionales beneficiaran aproximadamente a 2.300jóvenes permitiendo alcanzar una meta nueva de 7.200jóvenes beneficiarios de Mi Primer Empleo.

4.Programa Mujer Trabajadora de la STSS

La STSS ha implementado el Programa Mujer Trabajadora que tiene como misión garantizar en la estructura social la incorporación del trabajo de hombres y mujeres en igualdad de condiciones laborales y jurídicas que le aseguren el pleno goce de sus derechos en cuanto a condiciones generales de trabajo; orientación, organización, seguridad y salud en el trabajo.

El objetivo de este programa es promover las acciones en materia de derecho de la mujer trabajadora enla formulación, coordinación, ejecución, evaluación y monitoreo de todas aquellas políticas, medidas e indicadores vinculadas al quehacer laboral de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social impulsando y vigilando el cumplimiento de la normativa laboral vigente en materia de derecho de la mujer trabajadora y lograr su aplicabilidad en igualdad de condiciones sin discriminación alguna.

5.Servicio Nacional de Empleo de Honduras (SENAEH)

El Servicio Nacional de Empleo en Honduras se crea como un sistema de intermediación laboral, capaz de registrar la información que generan los diferentes programas de empleo (PROEMPLEO), Mi Primer Empleo, Empleo por Hora, Empleo Permanente, convirtiéndose en una opción para la búsqueda de empleo en el país de forma incluyente, garantizando el acceso a todos los hondureños y generando una bolsa electrónica de intermediación laboral, con procesos sistematizados y modernos (Sistema EMPLEATE), creando un ambiente adecuado para el proceso de vinculación entre la demanda y la oferta de trabajo. Además, el SENAEH, articula una red de oficinas de intermediación público-privadas con gremios empresariales, de forma que puedan contar con servicios de formación profesional para generar una adecuada oferta de competencias laborales.

De la misma manera, genera estrategias activas de empleo, orientándose especialmente a la focalización del fomento del empleo, en grupos sociales y territorios, además de ejercer el papel de control y regulación de la migración laboral. La meta es atender anualmente al menos 144.907solicitudes de empleo (equivalente a la tasa de desempleo abierto del país, 4,3%).

6.Formación e Inserción Laboral para Mujeres y Personas con Discapacidad

Este proyecto apunta a apoyar a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social y a organizaciones de la sociedad civil, para disminuir las tendencias de exclusión económica de las Mujeres y Personas con Discapacidad. Tenía un tiempo de duración de enero de 2011 a diciembre de 2012 y su objetivo era impulsar la inserción laboral de mujeres y personas con discapacidad en el mercado de trabajo de Honduras, en igualdad de oportunidades y trato que permita mejorar la calidad de vida de estos grupos de población con el fin de incentivar una cultura incluyente, particularmente en el sector laboral y productivo del país.

7.Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivís Mejor ”

El Programa tiene como objetivo desarrollar las condiciones adecuadas desde el sector empleador para la generación de ingresos con la inserción laboral de personas que están disponibles para trabajar y/o para iniciar una actividad en cualquier momento. También brinda la formación de los jóvenes en competencia para el trabajo y habilidades para la vida. Este programa tienecomo meta generar 25.000 empleos cada año para llegar a 100.000en cuatro años (2014-2018). A la fecha de elaboración de éste informe, sólo en el primer trimestre de 2014 se han contratado 8.379 personas.

8.La Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad

La Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad contiene 7 Artículos sobre el derecho a trabajar entre estos lo referido a la discriminación laboral, a la facilitación de trámites para las personas con discapacidad, el rol de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, acerca de incentivos fiscales a las empresas que contraten Personas con Discapacidad, el accionar del Instituto Nacional de Formación Profesional INFOP y la cantidad de personas con discapacidad que deben contratar las empresas, como establece el Artículo 35.- “Las entidades de la administración pública y las Empresas de carácter privado están obligadas a contratar un número mínimo de Personas con Discapacidad de acuerdo con la siguiente tabla: a) De veinte a cuarenta y nueve trabajadores, una (1) persona con discapacidad; b) De cincuenta a setenta y cuatro trabajadores, dos (2) personas con discapacidad; c) De setenta y cinco a noventa y nueve trabajadores, tres (3) personas con discapacidad; y, d) Por cada cien (100) trabajadores, cuatro (4) personas con discapacidad”.

La Política Pública para el Ejercicio de los Derechos y la Inclusión Social de la Población de Honduras con Discapacidad, en su eje 5, desarrolla las acciones necesarias para la generación de oportunidades de empleo. Asimismo la Primera Política Pública y elPlan Nacional de Acción en Derechos Humanos, señala como obligación del Estado “Garantizar las oportunidades laborales en las instituciones públicas, asegurando las modificaciones estructurales y funcionales para la inserción laboral de los Personas con Discapacidad”.

La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social reconoce el derecho al trabajo de las Personas con Discapacidad, por lo que ha implementado acciones positivas para promover el auto empleo, especialmente de las mujeres, dándoles capital semilla a través del Fondo Rotatorio “Apoyo Continuidad”, orientado al desarrollo y fortalecimiento de microempresas para Personas con Discapacidad y/o familiares con el otorgamiento de pequeños créditos.

En 2006 se aprobó la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubiladosque tiene objetivo mejorar la calidad de vida, propiciando formas de organización y participación del adulto mayor y jubilados, que permitan al país aprovechar sus experiencias y conocimientos, asimismo como evitar la discriminación y segregación por motivos de edad y contribuir al fortalecimiento de la solidaridad entre generaciones. Esta ley en su artículo 5 inciso 3 reconoce el derecho al trabajo digno que le permitan alcanzar una mejor calidad de vida.

El Instituto Nacional de Estadísticas INE en la Encuesta Nacional de Hogares de Propósitos Múltiples (EPHPM) 2012, estima en 3.243.877 las personas ocupadas del país. De éstas, el 38,2% se emplea en la agricultura, un 21,9% en el comercioy en la industria el 13,4%. Por otro lado, señala que los ingresos de las personas serán mayores a medida que sea mayor el nivel educativo de las mismas. El ingreso promedio mensual de una persona ocupada que no tiene educación formal es de 2.626 lempiras; con educación primaria llega a 3.572 lempiras y puede llegar a 13.126 lempiras con educación superior. En el año 2011 los salarios representaron el 45,3% del ingreso de la población, seguidos de otras fuentes como los que trabajan por cuenta propia 40,2% y en tercer lugar de importancia, se encuentran las remesas con 5,1%.

Uno de los mayores retos que enfrenta permanentemente el mercado laboral hondureño, es la generación de empleo e ingresos a la sociedad y procurar mantener una economía en constante crecimiento que sea capaz de asegurar empleos dignos y seguros y contribuir a resolver los problemas estructurales de pobreza que enfrenta la Población Económicamente Activa y la población en general del país. La tasa de participación de la fuerza de trabajo de Honduras en 2011, 2012 y 2013 fue de 51,9%, 50,8% y 53,7% respectivamente, similar al promedio de la región centroamericana (55,7% en 2011).

A lo largo de este análisis que parte desde 2005, el mercado laboral hondureño se ha caracterizado por bajos niveles de desempleo abierto (4,3% en 2011, 3,6% en 2012 y 3,9% en 2013), pero a costa de un incremento incesante en el subempleo invisible (36,3% en 2011, 43,6% en 2012 y 40,8% en 2013) que se convierte en una de las principales causas del empleo informal.Según cálculos preliminares del Observatorio del Mercado Laboral, el 64% de la población ocupada, está trabajando en el sector informal.

Las políticas y programas de capacitación técnica y profesional existente en el país son:

9.Política Nacional de Educación Alternativa No Formal 2013-2020 (PNEANF)

Aprobada por la Comisión Nacional para el Desarrollo de la educación Alternativa No Formal (CONEANFO) en aplicación del Artículo 5 de la Ley para el Desarrollo de la Educación Alternativa no Formal. Esta política tiene como finalidad general que el país cuente con personas con un desempeño social y productivo que aporte a la construcción de una sociedad más justa y equitativa, que valore, respete y conviva armónicamente dentro de la diversidad sociocultural, fomente la participación y fortalezca un proyecto común de sociedad y de país en un marco de igualdad de oportunidades. Asimismo, pretende el logro de una educación que contribuya al desarrollo humano de los hondureños, su autorrealización y el desarrollo nacional.

10.Comisión Nacional para el Desarrollo de la Educación Alternativa No Formal (CONEANFO)

La Comisión fue creada bajo Decreto legislativo 313-98, del 18 de diciembre de 1998, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de febrero de 1999, como un organismo descentralizado orientado a la formulación de políticas de educación no formal a nivel nacional con el fin de contribuir en la organización y desarrollo del subsistema de EANF articulado al sistema educativo nacional. Se pueden destacar entre otros, como los principales logros de dicha Comisión:

a)Capacitación a 6.135 personas de 15 años en adelante, en su mayoría en áreas de servicios, industria y comercio vinculados a las potencialidades de los municipios. Las acciones se han desarrollado en 12 municipios de 8 departamentos del país: Cortés, Copán, Santa Bárbara, Lempira, Comayagua, Francisco Morazán, Olancho y El Paraíso, con el objetivo de incorporar a éstas personas al mundo del trabajo;

b)Capacitación a 13.003 personas en temas vinculados a necesidades básicas de los grupos más vulnerados sobre todo educación para el mejoramiento de vivienda, de la salud y la alimentación en 17 municipios del Departamento de Lempira, 7 de Santa Bárbara, 3 de La Paz y 2 en Copán;

c)Para disminuir los niveles de exclusión educativa y en coordinación con EDUCATODOS y PRALEBAH se apoyó la formación básica alternativa a 7.494personas. En ocho municipios de Lempira. En total se abrieron oportunidades educativas alternativas a 54.936personas en el país;

d)Se formaron a 9.362educadores y educadoras no formales, voluntarios y técnicos como educadoras de prebásica, educadoras de la atención a la primera infancia, educadoras de básica alternativa no formal, educadores y educadoras para la satisfacción de necesidades básicas, gestores y gestoras de la educación no formal, alfabetizadores y alfabetizadoras, y otros. Los 9.362 educadores y educadoras son miembros de 55instituciones que laboran en los deLempira, Intibucá, Comayagua, Choluteca, Yoro, El Paraíso, Francisco Morazán, Gracias a Dios, Atlántida, La Paz, Cortés, Colón, Olancho, Santa Bárbara, Copán y Valle;

e)Se desarrollaron 7 currículos especializados en áreas de la Educación No Formal, entre estosi)Currículo de Educación Prenatal; ii)Currículo de Formación de Técnicos (as) en Ludotecas y Recreación Comunitaria; iii)Educación preconcepcional con sus respectivas guías y módulos; iv)Currículo Educación para la Satisfacción de Necesidades Básicas; v)Currículo de Soldadura; vi)Currículo de Carpintería y vii)Currículo de Control de Alimentos y bebidas con sus respectivas guías;

f)Veintiséis (26) programas de instituciones tanto del sector privado como gubernamental iniciaron procesos de acreditación de sus programas educativos no formales: Centro Nacional de Educación para el Trabajo (CENET), Instituto Psicopedagógico Juana Leclerc, Iglesia de Dios de la Profecía, Cruz Roja Hondureña.

g)Se aprobó en Consejo de Ministros la Política Nacional de Educación Alternativa No Formal (PNEANF) 2008-2015 mediante Decreto Ejecutivo PCM-031-2013, para institucionalizarla como el instrumento de planificación de las Secretarías de Estado y Organizaciones No Gubernamentales, en materia de EANF.

h)En este período se logra la certificación internacional de la CONEANFO, bajo la norma ISO 9001:2008, la que viene a elevar la calidad del servicio que la institución brinda en pro de los y las excluidas de la educación y una mejor imagen institucional tanto dentro como fuera del país. Para este logro vale destacar la participación y liderazgo de las 14 instituciones miembros de la CONEANFO.

11.Centro Nacional de Educación para el Trabajo (CENET)

El Centro Nacional de Educación para el Trabajo (CENET) se fundó en el año 1995 mediante Acuerdo Presidencial N.º0349-EP-95, con la cooperación conjunta de la Secretaría de Educación, el Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP),a través de la cooperación técnica y financiera del PNUD, la OIT y el Reino de los Países Bajos. Posteriormente, se transformó en un ente desconcentrado del Estado, mediante Acuerdo Legislativo No.84-2001, adscrito a la Secretaría de Educación.

De los años 2011 al 2013 se han creado 379 empresas de jóvenes, a los que se les entregó financiamiento crediticio por dos años con un interés de 7% al año, en un monto de alrededor de 1.000 dólares a cada empresa.

Se logró fortalecer las capacidades de hombres y mujeres en el ámbito comunitario y municipal, entre otros: a)Autogestión de procesos educativos y de desarrollo por parte de las organizaciones locales; b)Participación y democracia en las acciones educativas y de desarrollo en las comunidades y municipios atendidos.

12.Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP)

El Instituto de Formación Profesional (INFOP) es la institución rectora de las políticas de formación profesional, dirigida a propiciar el desarrollo económico y social del país en todos los sectores de la economía, proporcionando una opción de formación, capacitación y certificación para enfrentar los retos de la sociedad moderna y especialmente de la juventud que se encuentra desempleada. Tiene como objetivo contribuir en el incremento de la productividad nacional y al desarrollo económico y social del país mediante la formación ocupacional que responda al establecimiento de un sistema nacional de formación profesional, para todos los sectores de la economía y para todos los niveles de empleo, de acuerdo con los planes nacionales de desarrollo económico y social y las necesidades reales del país.

El Instituto de Formación Profesional tiene programas de capacitación en áreas como la producción industrial, formación agrícola, capacitación artesanal, formación agroindustrial, producción agropecuaria, floricultura, pequeña empresa rural, mecanización agrícola, tracción animal, hotelería y turismo, desarrollo empresarial, formación secretarial y formación de instructores. A partir de septiembre de 2011, se ha introducido la formación electrónica virtual a través del internet. En la actualidad, se ofrecen al menos, 13 cursos en línea.

Artículo 7: salario equitativo, seguridad e higiene en el trabajo

Con respecto a la recomendación incluida en los párrafos 36, 37, 38 y 42 delas anteriores observaciones finales del Comité, los criterios y procedimientos para la fijación del salario mínimo en Honduras están regulados por la Ley del Salario Mínimo. Para su establecimiento, a finales de cada año se conforma mediante convocatoria de la STSS una Comisión Tripartita, integrada por representantes del Gobierno, Empresa Privada y Trabajadores. Durante los años 2012 y 2013 se suscribieron tres acuerdos entre los representantes del sector patronal, obrero y sector público. El primer acuerdo denominado “Acuerdo Tripartito sobre la revisión del salario mínimo para los años 2012 y 2013”, el segundo, el “Acuerdo de protección, estabilidad del empleo, fortalecimiento del sector laboral y empresarial de la maquila hondureña”, los dos primeros documentos están incluidos en el Acuerdo STSS 001-2012, emitido por el Presidente de la República, a través de la STSS, y el tercer Acuerdo STSS-599-2013 de fecha 20 de diciembre de 2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.33313 de fecha 26 de diciembre de 2013 que acuerda fijar el salario mínimo que regirá en todo el país a partir del 1 de enero del año 2014 de conformidad a las ramas de actividad económicas. Asimismoacordó aprobar el acuerdo tripartito sobre la revisión del salario mínimo para los años 2014, 2015 y 2016.

El criterio de indexación del salario mínimo toma como base el incremento anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que elabora el Banco Central de Honduras. Adicionalmente, la Comisión Tripartita puede consultar estudios e informes sobre el costo de la canasta básica elaborados por el INE y otras proyecciones de inflación preparadas por cada uno de los sectores que integran la Comisión.

En materia de Seguridad e Higiene en la legislación hondureña encontramos elReglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales , que tiene como objeto establecer las condiciones de Seguridad y Salud en que deben desarrollarse las labores en los centros de trabajo, Asimismo establecer, desarrollar y proveer los mecanismos legales y técnicos administrativos para la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales en los centros de trabajo.

Anteriormente a dicho Reglamento, en 2001, se aprobó el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional de la Pesca Submarina, para establecer las normas de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo de la pesca submarina.

Además en el Plan Nacional de Acción en Derechos Humanosse tiene previsto entre el Periodo 2015-2022, “Adoptar y aplicar medidas legislativas y de otra índole para proteger a las y los trabajadores de los riesgos para su salud derivados del uso de sustancias tóxicas, como plaguicidas y cianuro, en el cultivo del banano y la extracción de oro en aplicación a la Recomendación N .º 38 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, CESCR, mayo de 2001”.

Sumado a lo anterior, la legislación hondureña en el Código Penal, contempla como delito el hostigamiento sexual en el trabajo y en los centros educativos, pero queda sin sanción cuando sucede en los otros espacios o cuando en la relación de trabajo las personas involucradas tienen el mismo nivel jerárquico.

El Código Penal señala en su Artículo 147-A: “Una persona es objeto de hostigamiento sexual cuando recibe por parte de otra de mayor jerarquía en el ámbito laboral, insinuaciones o solicitudes de favores de carácter sexual y obtiene como represalias a su rechazo, inestabilidad laboral y descalificación en el desempeño de su trabajo”.

Lo mismo se aplica en el ámbito educativo, a las alumnas y alumnos que como consecuencia del hostigamiento sexual por parte de un docente se ven afectados en su rendimiento académico. Es importante hacer notar que quien solicite favores sexuales para otra persona también incurrirá en el delito de hostigamiento sexual. La pena para la persona que incurra en este delito es de 1 a 3 años de reclusión o de inhabilitación especial por este mismo período, esta decisión queda a criterio del juez que resuelve el caso.

El acoso sexual además se encuentra regulado en el artículo 60 de la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer.

Artículo 8: derecho a la sindicalización

En Honduras el derecho a la sindicalización se encuentra regulado enel artículo 128 de laConstitución de la República y ampliamente desarrollado en el Código de Trabajo. El Estado de Honduras ha ratificado los Convenios de la OIT N.º 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación y N.º 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva.

Dentro de las acciones que ha realizado el Estado se encuentran la Suscripción de el “Gran Acuerdo Nacional Hacia un Crecimiento Económico con Equidad” de fecha 7 de febrero de 2012, concebido como un Pacto Social de corto, mediano y largo plazo entre el gobierno, empresarios, obreros y campesinos, con el propósito de enfrentar la crisis nacional y de las economías desarrolladas, en un escenario de crecimiento con equidad. El Pacto Social de corto plazo, es la expresión de un conjunto de acuerdos y compromisos de las partes para alcanzar, en común, una serie de metas en las siguientes áreas: a)Crecimiento económico con equidad social;b) Inversión privada y pública;c) Empleo;d) Salarios;e) Productividad y Competitividad con Responsabilidad Social;f) Protección de la población vulnerable; g) Diálogo y participación democrática.

Actualmente se cuenta con 580 organizaciones sindicalesinscritas en el Departamento deOrganizaciones Sindicales de la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social. Los sindicatos representan el sector público el 13% y en el sector privado el 87%.

En Honduras los sindicatos de trabajadores han tenido un papel protagónico en la historia económica, política y social, sobre todo en las décadas de los años 50, 60 y 70. En la actualidad, no se puede dejar de mencionar factores de importancia con relación a la libertad sindical, como ser que las y los trabajadores organizados sindicalmente representan un sector minoritario en relación a la población económicamente activa (PEA) y del colectivo de los asalariados.

También el Derecho a huelga se encuentra amparado en la Constitución de la República y en el Código de Trabajo. A éste respecto el Artículo128 (13) Constitucional establece que se reconoce el derecho de huelga y de paro. La ley reglamentará su ejercicio y podrá someterlo a restricciones especiales en los servicios públicos que determine.

Artículo 9: derecho a la seguridad social

El derecho a la seguridad social estáplasmado en losArtículos 142, 143 y 144 de la Constitución de la República, que establecen claramente el derecho de toda persona a la seguridad social, la creación de instituciones de asistencia y previsión social, el funcionamiento de un sistema unitario estatal y declara de utilidad pública la ampliación del régimen de seguridad social a las y los trabajadores de la ciudad y del campo.

El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), fundado en 1959 ofrece tres tipos de prestaciones, de acuerdo a los riesgos o eventualidades que pudieran ocurrir a las y lostrabajadores: enfermedad-maternidad (EM), vejez, invalidez y muerte (IVM) y riesgos profesionales. La cobertura del IHSS se extiende a las y los trabajadores asalariados del sector público-privado, público central y público descentralizado, aunque su normativa permite la incorporación voluntaria, en régimen especial, de otras categorías laborales. A diciembre 2012 el IHSS registra el totalpoblación total aseguradacotizante de 649.448; la población total asegurada beneficiaria asciende a 944.947personas para un total de población asegurada de 1.594.395personas.

En el año 2008, la Junta Directiva del IHSS, aprobó el inicio del Régimen Especial de Afiliación Progresiva, con el que se completa el universo de acción planteado en su Ley Constitutiva. Este nuevo régimen abre la posibilidad de afiliación al sector no formal de la economía.

Funcionan en el país otros sistemas de previsión social, que complementan y ofrecen servicios que van más allá de los del IHSS, sobre todo, en materia de IVM y riesgos profesionales. Entre ellos se encuentran: el Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados Públicos (INJUPEMP) que a diciembre de 2012 cubría una población total de 72.591personas; elInstituto de Previsión Militar (IPM), que cubre a personal de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y Bomberos que a octubre del 2013 cubría a 33.659personas; el Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA) que cubre a las y los docentes de los niveles preescolar, básico y secundario del sector público y privado a noviembre de 2012, cubría a 95.264personasy el Instituto de Previsión de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH), que cubre a las y los trabajadores de esta institución pública.

La Política de Protección Social (PPS) promueve el fortalecimiento institucional del sistema de seguro social para afrontar la extensión de la cobertura y garantizar la unidad, eficiencia ycalidad de los servicios; además, fomenta la extensión progresiva de la cobertura de la seguridad social en pensiones y salud a los grupos sin acceso a este servicio, con o sin capacidad de pago. Dicha política abarca los programas contributivos de pensiones, salud, desempleo y la afiliación voluntaria de trabajadores que no están en el sistema formal. El componente de protección vincula las diferentes políticas públicas de previsión social vigentes, buscando crear un sistema único e integrado.

El Gobierno de Honduras 2014-2018 presidido por el Abogado Juan Orlando Hernández Alvarado ha previsto dentro de su Plan de Gobierno denominado “Plan de Todos para una Vida Mejor” mediante el propósito fundamental numero 3 encaminado al desarrollo humano la reducción de las desigualdades y la protección social de todos las y los hondureños y a través del compromiso numero 10 el lograr la implementación gradual de un sistema universal de previsión social que otorgue pensiones básicas por invalidez vejez y muerte a todos las y los trabajadores del país.

El Estado de Honduras ha manifestado su voluntad de reconocer y hacer efectivo el derecho a la seguridad social, sin embargo, reconoce que es un desafío de grandes proporciones que a la vez requiere un esfuerzo sostenido para lo cual se encamina al impulso de una política social integral, gradual y efectiva, habiéndose dado un paso fundamental con la aprobación de la Ley Marco de Política Publica Social en junio de 2013, que tiene como objetivo la creación del marco legal de las políticas públicas en materia social y las competencias institucionales para regular, rectorar y coordinar las acciones orientadas a transformar las condiciones humanas, socioculturales y materiales, con énfasis en la población en condiciones de pobreza y los grupos vulnerables.

Artículo 10: protección a la familia

De acuerdo al Artículo 111 de la Constitución de la República, el Estado tiene el deber de proteger la familia, la niñez y la maternidad. Asimismo, se reconoce en el Artículo 112 constitucional el derecho tanto para el hombre como para la mujer, a contraer matrimonio entre sí, así como la igualdad jurídica de los cónyuges. Para lograrlo el país ha tenido avances significativos en materia normativa a través de la Reforma Integral en Materia de Niñez y Familia. Debe destacarse además la suscripción de importantes políticas públicas como la Política de Protección Social y la Política de Desarrollo Integral de la Primera Infancia. A esto debe sumarse como un hecho histórico la aprobación y puesta en vigencia de la Ley de Paternidad y Maternidad Responsable, la cual tiene como fundamento el lograr mediante reconocimiento o declaración de maternidad y paternidad, el hijo o hija ingresa jurídicamente a formar parte de la familia de sus progenitores sin discriminación de ningún tipo de tal reconocimiento se deriva una gran gama de derechos y obligaciones que se generan por tal condición.

Aunado a las reformas normativas debe destacarse la creación y puesta en marcha de programas sociales emblemáticos que contribuyen al cumplimiento de la responsabilidad parental en beneficio del núcleo familiar, entre estos debe destacarse el Programa de Asignación Familiar (PRAF), ahora integrado a la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, el cual administra un conjunto de transferencias condicionadas orientadas a mejorar la situación de las familias más pobres del país. Entre el esquema de transferencias monetarias condicionadas se destaca la creación en 2010 del Programa Presidencial de Salud, Educación y Nutrición Bono 10 Mil, el cual ha logrado atender a 393.481 hogares al tercer cuatrimestre de 2013 y solo en el primer trimestre de 2014 se han sumado 217.000 familias durante la reciente administración del Presidente Juan Orlando Hernández.

Otra medida del Gobierno orientada a beneficiar a las familias hondureñas es la ejecución del Programa de Ingresos Complementarios “Desarrollemos Honduras”, el cual al año 2012 había generado 33.081 oportunidades de ingresos complementarios para jóvenes y adultos de familias zonas rurales y urbano marginales en 13 departamentos del país a través de su participación en obras de mejoramiento y desarrollo comunitario.

Otros programas que han resultado en un impacto positivo de apoyo a la familia hondureña lo constituye el Programa Escuelas Saludables, el cual con el subcomponente Merienda Escolar a abril de 2014 logra atender a 1.401.000 niños y niñas en centros educativos públicos. Sumado a este beneficio en el presente gobierno se ha comenzado a impulsar un plan piloto en el que se ha incorporado el huevo a la dieta escolar de 636.000 niños y niñas de dichos centros escolares. A través del programa Vida Mejor que impulsa la presente administración se ha logrado atender de forma integral a 24.000 familias en el primer trimestre de 2014. Los esfuerzos de focalización de los programas sociales se apoyan en las herramientas de gestión de la Política de Protección Social tales como el Registro Único de Beneficiarios (RUB) de los Programas Sociales, y el Registro de la Oferta Institucional (ROI), ambos adscritos al Centro Nacional de Información del Sector Social CENISS de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social.

El tema del embarazo en adolescentes y sus consecuencias, sobre todo en las familias en desventaja social, es un tema que cobra especial importancia en la Política de Protección Social contando de los sujetos de atención a las niñas y adolescentes embarazadas del área rural y urbana o pertenecientes a pueblos indígenas y afrohondureños. A través de esta herramienta se articulan diversos esfuerzos entre varios sectores con el fin de reducir gradualmente la pobreza, la vulnerabilidad y la exclusión social de la población, promoviendo la protección social desde un enfoque integral e incluyente de acuerdo al ciclo de vida, mediante la asistencia social seguridad alimentaria, servicios de salud y educación entre otras acciones.

Por medio del Despacho de la Primera Dama Ana García de Hernándezy en articulación con la Secretaría de Salud, Secretaria de Educación, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), promueve el desarrollo de líneas estratégicas orientadas a la prevención y atención del embarazo en adolescentes, con intervenciones directas basadas en la familia comunidad y el sector educativo para prevenir la ocurrencia del primer y subsiguiente embarazo. En Honduras, según la Encuesta Nacional de Demografía y Salud 2011 y 2012, el 24% de mujeres entre 15 y 19 años de edad han estado alguna vez embarazadas. Con la implementación de esta estrategia en el marco de la prevención de embarazo en la adolescencia se pretende desarrollar el capital humano de las niñas a través de la educación ofreciendo oportunidades reales para una vida mejor donde la maternidad no se vea como su único destino.

La Secretaría de Salud a través del Programa de Atención Integral al Adolescente, desarrolla un trabajo intersectorial e interprogramático por medio del cual se presenta la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (ENAPREAH), la que define acciones comunitarias e institucionales que deben implementarse para contribuir a disminuir este importante problema.

En Honduras, se considera adulto mayor o persona de la tercera edad a la persona nacional o extranjero que haya cumplido sesenta años. La Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilado tiene como finalidad mejorar la calidad de vida de la y el adulto mayor y jubilados, reconociendo entre otros, como derechos del adulto mayor y jubilado: a) Tener acceso a los servicios públicos de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación; b) Tener un trabajo digno que le permita alcanzar una mejor calidad de vida; c) Tener una educación que favorezca el auto-cuidado y el conocimiento de su salud; d) Que sus conocimientos, actitudes y prácticas culturales sean tenidas en cuenta, valoradas y respetadas; e) Ser informado sobre su situación de salud y a recibir un tratamiento adecuado; f) Gozar de descuentos y tarifas especiales, consignadas en la Ley.

Artículo 11: derecho a un nivel de vida adecuado para sí y la familia

1.El derecho a una mejora continua de las condiciones de existencia

Con respecto a la recomendación incluida en el párrafo 34 delas anteriores observaciones finales del Comité,el Estado hondureño, ha adoptado estrategias de acción nacional para medir y combatir la pobreza. De acuerdo a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en su XLIV Encuesta Permanente de Hogares de Propósitos Múltiples de mayo 2013, en Honduras existen dos tipos de pobreza: la Relativa con 21,9% y Extrema con 42,6% haciendo un total de 64,5% de hogares por nivel de pobreza según dominio. Siendo Honduras uno de los países más pobres del mundo se vuelven impostergables las acciones que debe ejecutar el gobierno de la República para superar esos extremos por lo que se ha priorizado en el Plan de Todos para una Vida Mejor, el desarrollo humano, la reducción de las desigualdades y la protección social de todas las y los hondureños. Asimismo, la Política de Protección Social incluye acciones dirigidas a la atención integral y prioritaria de los grupos poblacionales que se encuentran en situación de pobreza, pobreza extrema, vulnerabilidad, exclusión y riesgo social.

El Gobierno de la República, a través del Decreto Legislativo N.º 278-2013, de fecha 21 de diciembre del año 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 33.316 de fecha 30 de diciembre de 2013, emitió la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión, con el objetivo de reordenar las finanzas del Estado a fin de reducir el déficit fiscal, y evitar los efectos negativos que éste produce en la economía hondureña, según lo establece el último considerando del Decreto en mención. Mediante este Decreto se incrementa el Impuesto Sobre Ventas, del 12% al 15%, quedando excluidos 72 alimentos de la canasta básica.

Como medida de compensación se les entregará a las familias a través de una institución bancaria, 120 lempiras sí consumen 75 kilovatios hora al mes de energía eléctrica, de esta reforma, se benefician alrededor de 280.000 abonados potenciales que ascienden a un monto aproximado de 33 millones de lempiras.

2.Derecho a una alimentación adecuada

Con respecto a la recomendación incluida en el párrafo 30 delas anteriores observaciones finales del Comité, en el año 2001 se impulsó la aprobación de las “Directrices voluntarias en apoyo de la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional” en el seno de la FAO.

Honduras ha hecho esfuerzos para combatir la desnutrición infantil y la subnutrición en los hogares en extrema pobreza a través de programas como la Merienda Escolar, el Vaso de Leche y otros. A través de los dos primeros programas aproximadamente 1,5 millones de niños y niñas de 20.000 escuelas públicas del país se beneficiaron en el año 2011. La Merienda Escolar fue financiada en un 80% por el Gobierno de la República mediante un fondo fiduciario suscrito con el Programa Mundial de Alimentos, y el 20 por ciento restante, con apoyo de los Gobiernos de Canadá, Taiwán y la empresa privada.

Cabe destacar que el Estado de Honduras ha depositado el documento de adhesión del Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador” ratificado por el Estado de Honduras el 14 de septiembre del año 2011, que en su Artículo 2 reconoce “el derecho de toda persona a una nutrición adecuada”.

Aprobación de la Ley en materia de seguridad alimentaria y nutricional, Decreto Legislativo 25-2011 del 25 marzo de 2011, la que tiene como objetivo establecer el marco normativo para estructurar, armonizar y coordinar acciones de seguridad alimentaria y nutricional que contribuye al mejoramiento de la calidad de vida de la población hondureña, con prioridad a los grupos más vulnerables.

Aprobación en 2010 de la Política Nacional y Estrategia de Seguridad Alimentaria y Nutricional, la cual tiene como objetivo procurar que todas las familias hondureñas atiendan sus necesidades básicas de alimentación, en cantidad, calidad, oportunidad e inocuidad para que cada uno de sus miembros logre un adecuado estado de salud y bienestar.

En el área de seguridad alimentaria y nutricional se elaboró un Plan Integral de Nutrición (PIN) y un Plan de Inversión País para el Sector Agrícola y de Seguridad Alimentaria Nutricional (PIP-SAM).

3.El derecho al agua

Según datos de la Encuesta Permanente de Hogares de Propósitos Múltiples del año 2013 se puede determinar que en relación al acceso al agua existe una variación entre el área urbana y rural. En la primera el 49,2% tiene acceso a este servicio contra un 50,8% del área rural a través de diferentes formas de abastecimiento. Por ejemplo en la zona urbana el agua se abastece en un 94% y en el área rural un 6% por medio del Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA) beneficiando a un total de 569.391 viviendas. El servicio privado abastece en un 33,4% en el área urbana y en el área rural un 66,6%, beneficiando un total de 1.049.235 viviendas. Tienen acceso al agua mediante pozo en el área urbana 3.492 viviendas y en el área rural 30.237 viviendas. Mediante río solo acceden las familias en la zona rural que equivale a 53.978 viviendas. También existen otras posibilidades para acceder al servicio del agua a través de carros cisternas, llave pública, que le da el vecino y otros que suman un total en el área urbana 27.182 viviendas y en el área rural 130.254 viviendas.

Mediante Decreto Legislativo N.º 118-2003 de fecha 20 de agosto del año 2003 se aprobó la Ley Marco de Agua Potable y Saneamiento, publicada en el Diario Oficial L a Gaceta N.º 30384 del 8 de mayo del 2004. En la misma se consigna la participación de empresas privadas nacionales o extranjeras, para la prestación de los servicios de agua y saneamiento por parte del SANAA, las municipalidades, juntas municipales de agua e incluso las juntas administradoras de agua de pequeñas aldeas y caseríos y abren el marco legal para la apertura a la privatización y al libre mercado. Asimismo regula las tarifas, mecanismos de inversión, prestación del servicio, derechos y obligaciones de los prestadores de servicios y de las y los usuarios, que van desde la concesión total o parcial de los servicios de suministro de agua y saneamiento, hasta la totalidad de los sistemas.

El Estado de Honduras ha aprobado medidas legislativas recientes que reforman el Artículo 145 de la Constitución de la República con la que se reconoce el derecho de acceso al agua y saneamiento como un derecho humano, según lo establece el Decreto Legislativo N.º 233-2012 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N.º 33033.

4.El derecho a una vivienda adecuada

Con respecto a la recomendación incluida en los párrafos 22 y 43 delas anteriores observaciones finales del Comité, según el Artículo 178 de la Constitución de la República de Honduras se reconoce a la población el derecho de vivienda digna. El Estado ejecuta y formula programas de vivienda de interés social tales como:

a)Programa de Vivienda Ciudadana y Crédito Solidario (PROVICCSOL) que tiene como objetivo proveer de una vivienda digna y crédito solidario, en el marco de la economía social a la población de menores recursos mediante acciones solidarias;

b)Programa Presidencial de Coordinación del Sector Habitacional (PRO-VIVIENDA) adscrito a la Presidencia de la Republica con el propósito de coordinar, articular y coadyuvar en todos los esfuerzos para formular, impulsar y ejecutar la estrategia del sector habitacional del gobierno;

c)Programa de Combate a la Enfermedad de Chagas que tiene como objetivo mediante la reposición de viviendas en zonas de riesgo combatir el mal de Chagas en la población más vulnerable del país, ha construido 5.089 nuevas viviendas bloque, adobe y adoblock de las cuales 3.894 están finalizadas, 1.160 en ejecución y 35 en liquidación administrativa.

d)Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI) fue creado mediante Decreto de Ley No. 6-2005, como una institución de crédito de segundo piso, desconcentrada del Banco Central de Honduras, de Servicio Público, de duración indefinida que tendrá por objeto promover el crecimiento y desarrollo de los sectores productivos mediante la concesión de financiamiento con la tasa de interés más baja (11,5% anual) y tiempo más prolongado para el pago del crédito habitacional (20 años) en el mercado, por medio de Instituciones Financieras Privadas, cooperativas de Ahorro y Crédito, supervisadas y reguladas por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, cuenta con los servicios a tres sectores: sector producción, vivienda y MIPYME.

Los resultados de la última Encuesta Permanente de Hogares de Propósitos Múltiples estiman en 1.863.291 el número de viviendas del país y en ellas se albergan 1.898.966 familias con 8.535.692 personas, promediándose una relación de 4,5 personas por hogar a nivel nacional. La cantidad de personas que integran los hogares rurales es mayor a la de los hogares urbanos (4,7 y 4,3 personas respectivamente). Del total de éstas, el 49,2% se encuentran en el área urbana. Algunas variables de interés, que proporcionan información significativa y que puede compararse por área de residencia, son las que determinan el acceso que tiene la población a los servicios básicos de agua, saneamiento básico y energía eléctrica.

Artículo 12: derecho a la salud física y mental

El derecho a la protección a la salud implica que cada persona debe gozar del más alto nivel posible de salud física y mental; y establece, por tanto, una obligación de resultado para el Estado que debe concretarse en medidas preventivas y asistenciales que incluyen la reducción de la mortinatalidad y mortalidad infantil, la prevención de enfermedades epidémicas y endémicas y la asistencia y tratamiento médico en caso de enfermedad. El tema del ambiente está presente en el contenido de este derecho, en su dimensión de problema de salud.

1.Salud mental

Con respecto a la recomendación incluida en el párrafo 49 delas anteriores observaciones finales del Comité, en el año 2004 se aprobó la Política Nacional de Salud Mental la cual fue concebida en forma participativa, transdisciplinaria e intersectorial, que proporciona un marco regulador y orienta las acciones de promoción de la salud mental, a efecto de ofrecer a la población hondureña las condiciones necesarias para desarrollar todo su potencial bio-psico-social dentro de ambientes y estilos de vida saludables. Esta política describe seis áreas estratégicas que han sido definidas tomando en cuenta la magnitud de los problemas que enfrenta la salud mental en Honduras, para lograr el bienestar físico, mental, emocional y espiritual de la población a lo largo de su ciclo de vida, dichas áreas son: a) ética y derechos humanos; b) violencia intrafamiliar; c) promoción y prevención; d) identidad, cultura y migración; e) fortalecimiento institucional; f) investigación científica, siendo sus dimensiones conceptuales la perspectiva de la integralidad y una visión humanista.

Para la atención de la salud mental en Honduras existen dos hospitales psiquiátricos: el Hospital Psiquiátrico Nacional Santa Rosita y Hospital Psiquiátrico Dr. Mario Mendoza, en el ámbito hospitalario, los diagnósticos más frecuentes son debido al consumo de alcohol, el trastorno afectivo bipolar y el episodio maniaco depresivo con síntomas psicóticos.

El Estado de Honduras comprometido con la salud de su gente y atendiendo la necesidad particularmente de aquellas personas que adolecen de enfermedades mentales ha dotado los hospitales y establecimientos de salud mental con una lista de medicamentos esenciales, que incluye medicamentos antipsicóticos, ansiolíticos, antidepresivos, estabilizadores del estado de ánimo y anticonvulsivos con el fin de dar una mayor protección y nivel de salud a este grupo de personas.

2.Salud física

En el periodo 2010-2014, el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, elaboró el Plan Nacional de Salud. Con este Plan se ha buscado dar cumplimiento al Artículo 149 de la Constitución de la República que establece que: “[el] Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Salud Pública y Asistencia Social, coordinará todas las actividades públicas de los organismos centralizados y descentralizados de dicho sector, mediante un plan nacional de salud, en el cual se dará prioridad a los grupos más necesitados”.

El Plan se ha armonizado con la Visión de País y el Plan de Nación 2010-2038, particularmente en lo que atañe a alcanzar progresivamente las metas fijadas en dichos documentos, los cuales han fijado para 2038 una tasa de mortalidad en niñez de 12 por cada 1.000 niñas y niños nacidos vivos (actualmente ya en 29); una tasa de mortalidad materna de 25 por 100.000 nacidos(as) vivos y; un porcentaje de 95% en las prescripciones médicas atendidas en hospitales del Estado. Para continuar el desarrollo de acciones integradas para mejorar la salud materna y de la niñez, la Secretaría de Salud impulsa desde el año 2008 una política denominada Reducción Acelerada de la Mortalidad Materna y de la Niñez 2008-2015 (RAMNI).

Asimismo este Plan contempla como una de sus estrategias brindar servicios adecuados y de calidad integrados en un plan de trabajo que consiste en: a) mejorar la satisfacción del usuario; b) mejorar la calidad técnica-científica de las atenciones prestadas por los profesionales de salud; c) optimizar el uso de los recursos; además toma en cuenta los Objetivos de Desarrollo del Milenio de Naciones Unidas, a cuyo alcance Honduras se ha comprometido.

La evaluación en relación al servicio adecuado y de calidad se dirige hacia aspectos profesionales o técnicos, utilizando como instrumento las auditorías y el análisis de los resultados medidos a través de indicadores que permiten también valorar el grado de eficiencia, eficacia y calidad en el trato humano de la entrega de servicios a la población. Como ejemplos de estas evaluaciones podemos mencionar los siguientes: La certificación de “Municipios Saludables” y la iniciativa de Hospital Amigos de los Niños, que permiten mejorar la calidad de la asistencia, a través de procesos de certificación por parte de la autoridad en salud quien otorga a los municipios que reúnen determinados requisitos establecidos y a los hospitales con servicios de maternidad y centros de parto que han implementado el programa de Amamantamiento Adecuado de la OMS-UNICEF.

Artículo 13: derecho a la educación

Según el Artículo 171 de la Constitución de la República, la educación impartida oficialmente es gratuita. La educación básica es, además obligatoria y tendrá que ser costeada totalmente por el Estado. A partir del establecimiento del Currículo Nacional Básico en 2003, corresponde también al Estado la atención obligatoria a niñas y niños de último año de segundo ciclo de educación pre-básica (a los cinco años de edad), mediante jardines infantiles oficiales, centros preescolares de educación no formal y centros comunitarios de educación pre-básica.

Con respecto a la recomendación incluida en el párrafo 50 delas anteriores observaciones finales del Comité, se aprobó la Ley Fundamental de Educación, que tiene como finalidad adoptar como transversal el principio de no discriminación a ninguna persona en el ámbito educativo. Asimismo, el principio de equidad e inclusión comprende la atención a las necesidades educativas especiales, diversidad cultural, lingüística, social e individual como elementos centrales en el desarrollo, garantizando a todas las personas el acceso a la educación con las necesarias compensaciones para lograr la igualdad de oportunidades, sin discriminación alguna.

En relación al grado de analfabetismo, la población indígena y afrohondureña presenta un nivel de 13% valor estimado en la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples de mayo del 2010. Sin embargo, se observa un nivel más elevado de analfabetismo en los pueblos maya chortí (34%), tolupan (32%) y tawahka (25%).

En relación a lo anterior, la Confederación de los Pueblos Autóctonos de Honduras (CONPAH) y la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, en el año 1992, firmaron un Convenio de Cooperación con el objetivo de iniciar el proceso de desarrollo de la Educación Intercultural Bilingüe de calidad. Como resultado de este Convenio, mediante Acuerdo Ejecutivo N.º 719-94 del 3 de agosto de 1994, se reconoce la diversidad pluricultural y plurilingüística de la sociedad hondureña.

En ese sentido en el año 2013, se creó la Dirección General de Educación Intercultural Multilingüe (DIGEIM), antes Programa Nacional de Educación para las Etnias Autóctonas y Afroantillanas de Honduras (PRONEEAAH), asumiendo el compromiso y reto de consolidar el desarrollo y concreción del Modelo de Educación Intercultural Bilingüe en las aulas de clases. Un reto que va más allá del aula de clase, pretendiendo alcanzar y configurar todos los niveles y estratos sociales, hasta crear esa identidad hondureña, multiétnica, pluricultural y plurilingüe. Asimismo, esta medida se incorpora en el Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos, destacando a la DIGEIM como uno de los logros en materia educativa e inclusiva.

Adicionalmente, la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación Y Descentralización a través de la Dirección de Educación en Derechos Humanos, Justicia y Cultura de Paz firmó un Convenio Interinstitucional con la Secretaría de Educación el cual tiene el fin de incorporar en la Currícula Nacional Básica las temáticas de derechos humanos, prevención de la violencia, cultura de paz y respeto de los derechos humanos. Además, se ha diseñado el Programa Nacional de Educación en Derechos Humanos y Cultura de Paz. En esa misma línea de acción, se capacitó en 2012 a 17.670 servidores/as públicas, servidoras y servidores de diferentes Secretarías e Instituciones estatales y representantes de organizaciones de Sociedad Civil en el marco de dicho Programa. Esta Secretaría de Estado realizó un Diplomado sobre Estado de Derecho y Derechos Humanos por parte con el auspicio de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Universidad Católica de Honduras “Nuestra Señora Reina de la Paz”, Fundación Konrad Adenauer y el Colegio de Abogados de Honduras, dirigido a representantes de las Facultades de Derecho, Ministerio Publico, Poder Judicial y Congreso Nacional de la República se beneficiaron 420 operadoras y operadores del sector justicia y derechos humanos; se diseñaron dos Módulos Instruccionales para: la educación y capacitación en derechos humanos y la promoción al respeto de los derechos humanos de la población privada de libertad dirigido a operadoras y operadores de justicia que incluye: Juezas y Jueces de Paz, Juezas y Jueces de Letras, Fiscales, Defensoras y Defensores Públicos, Personal Auxiliar, Policías Preventivos, Policías Penitenciarios y Policías de Investigación, por parte de la Escuela Judicial adscrita al Poder Judicial; se capacitó sobre derechos humanos a abogadas y abogados independientes, Alcaldesas y Alcaldes, funcionarias y funcionarios de instituciones estatales y gubernamentales, catedráticas y catedráticos universitarios, estudiantes, representantes de sectores de sociedad civil, psicólogos, trabajadores sociales de los centros penales, entre otros, por otra parte la Escuela Judicial impartió un Diplomado sobre Derechos Humanos y Policía Comunitaria con una duración de seis meses al personal policial de las diferentes escalas como un requisito de ingreso al sistema policial que dirige la Secretaría de Seguridad.

Adicionalmente en materia educativa, cabe resaltar el logro del cumplimiento de los 200 días de clases calendario del año escolar 2012-2013, en el sistema educativo nacional.

Artículo 14: obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza primaria

La Constitución de la República de Honduras, establece en el Artículo 171 que la educación es gratuita y obligatoria para todos los niños y niñas desde los niveles del primer año pre básico al nivel medio. De igual manera, los artículos 7 y 8 de la Ley Fundamental de Educación prohíbe exigencia de contribuciones económicas o en especie de parte de los docentes o autoridades educativas.

Asimismo, en la Ley Fundamental de Educación, se establece que es obligación de los padres y madres o tutores, hacer que sus hijas hijos o pupilos en edad escolar cursen al menos un año de educación pre básica, la básica y la media.

En cuanto a la Educación Superior, La ley establece que deberá promover la transformación de la sociedad hondureña y su misión se orientará hacia una formación integral de ciudadanos para el logro de una óptima calidad académica, conjugando el dominio del saber, el conocimiento de la realidad nacional, con el cultivo de las más puras cualidades éticas e incremento del sentido de responsabilidad frente a su misión profesional. Actualmente en nuestro país existen un total de 20 Universidades entre Públicas y Privadas.

El nivel superior público, cuya universidad insignia estatal es la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), cobra tarifas sumamente bajas comparadas con las de las universidades privadas del país.

Artículo 15: participación en la vida cultural

Para la atención de la cultura en la estructura administrativa del Estado se cuenta con la Secretaría de Desarrollo Económico a quien le corresponde dentro de otras atribuciones la investigación, rescate y difusión del acervo cultural de la nación, la educación artística y la identificación, conservación y protección del patrimonio histórico y cultural de la nación.

Esta Secretaría cuenta con la red de 49 Casas de la Cultura, cuyas principales acciones son conservar y exhibir el patrimonio cultural local y nacional, apoyar el equipamiento del espacio destinado a la promoción artística, promover el intercambio cultural, satisfacer las necesidades en materia de formación y educación artística y promover las distintas expresiones artísticas por medio de exposiciones, ferias, cine y conciertos entre otros. También dependen de este Despacho la Biblioteca, el Archivo y la Hemeroteca Nacionales y la Red de Bibliotecas Públicas Municipales, las Escuelas Nacionales de Danza y Teatro, el Conservatorio Nacional de Música, la Radio Nacional de Honduras entre otros espacios culturales.

Como una unidad desconcentrada del Estado existe el Instituto Hondureño de Antropología e Historia y en un nivel aún más descentralizado de la estructura cultural, existe una red nacional de casas de la cultura en diferentes municipios y poblaciones y el trabajo de fundaciones, centros y círculos privados que operan museos, grupos de teatro y otras iniciativas.

En el marco del seguimiento de las Recomendaciones de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR) sobre la Política de la Memoria Histórica, la Unidad de Seguimiento de las Recomendaciones de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR) y la SJDH, trabajaron una propuesta de la primera Política Pública para la Preservación de la Memoria Histórica de Honduras y que forma parte de la Primera Política Pública y Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos. Esta Política Pública tiene por objetivo fortalecer la reconciliación nacional mediante la construcción, reconstrucción y difusión de un conocimiento crítico y aleccionador de la memoria colectiva y la conciencia nacional sobre los hechos recogidos en el Informe de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación y cualquier otro acontecimiento social, político y cultural de relevancia para la nación hondureña.

En el ámbito nacional, en procura de asegurar la armonización del ordenamiento jurídico a los estándares internacionales, fue remitido al Congreso Nacional de la República el anteproyecto de reforma al artículo 6 de la Constitución de la República, para declarar a Honduras como un Estado pluricultural y multilingüe.

El Estado de Honduras promulgó la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación que en su Artículo 1 establece como finalidad, “la defensa, conservación, reivindicación, rescate, restauración, protección, investigación, divulgación, acrecentamiento y transmisión a las generaciones futuras de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación en todo el territorio nacional y en las aguas jurisdiccionales.” Por otro lado esta misma Ley en su Artículo 9 “prohíbe a las organizaciones de cualquier índole, menoscabar la cultura tradicional de las comunidades indígenas, impidiendo o accionando de manera coactiva contra la celebración de sus fiestas periódicas y rituales autóctonos y demás manifestaciones culturales”.

Mediante Decretos Legislativos y Ejecutivos relevantes al tema cultural: Decreto Legislativo Número 330-2002 de fecha 24 de diciembre de 2002, que declara al mes de abril como “Mes de la Herencia Africana en Honduras”; Creación del Premio Nacional “Mes de la Herencia Africana en Honduras”, en cinco categorías, mediante Decreto Ejecutivo Número 04-2006.

Debe destacarse además la ratificación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial mediante Decreto Legislativo Número 61-2002; Creación de la Comisión Nacional Contra el Racismo en Honduras, por medio del Decreto Ejecutivo Número 002-2004; Aprobación del Decreto Ejecutivo No. 09‑2007, para favorecer y apoyar a la población Afrohondureña; Creación de la Secretaría de Estado en los Despachos de los Pueblos Indígenas y Afrohondureños, mediante Decreto 183-2010 del 14 de octubre del año 2010, publicado en el Diario Oficial L a Gaceta N.º 32364 de fecha 12 de octubre del 2010 y el Decreto Ejecutivo Número PCM-003-2011, que declara en Honduras el año 2011 como el “Año Internacional de los Afrodescendientes”, entre otros.

En el ámbito regional, las y los ministros y las altas autoridades de las Secretarías de Cultura de Centroamérica y República Dominicana, el 24 de enero de 2011 en San José, Costa Rica, acordaron la creación del “Corredor Cultural Caribe” como un proyecto que responde a la necesidad e importancia de promover la diversidad cultural y reactivar corredores culturales tradicionales, así como, de incentivar la circulación de artistas, el emprendimiento e industrias culturales, la atracción de inversión, el turismo y la cooperación internacional.

El Instituto Hondureño de Turismo ha puesto en marcha la Estrategia Nacional de Turismo Sostenible, la cual tiene dos ejes, social y cultural, mismos que vinculan el turismo con la Estrategia de Reducción de la Pobreza y el respeto de la cultura de los pueblos Indígenas y Afrohondureños. El eje social se basa en generar puestos de trabajo, en especial, mano de obra local y el cultural, en integrar a las comunidades y poblaciones autóctonas en el desarrollo de las actividades, con énfasis en las mujeres; y preservar el valor del patrimonio cultural, como elemento diferenciador de la oferta turística de Honduras.