Población según la situación de actividad

Unidad

Censo de 1993 a

Población activa total

Personas

2.322.229

Mujeres

Porcentaje

47,9

Hombres

Porcentaje

52,1

Desempleados

Personas

16.268

Mujeres

Porcentaje

18,1

Hombres

Porcentaje

81,9

Empleo total (población activa ocupada)

Personas

2.305.961

Mujeres

Porcentaje

48,1

Hombres

Porcentaje

51,9

Fuente: Dirección de Estadística de Estudios Económicos y Demográficos.

aEstas estadísticas se basan en el censo de 1993. Sin embargo, cabe señalar que el fenómeno del desempleo cobra cada vez mayor magnitud.

Cuadro 2

Distribución del empleo en el sector moderno

Chad

Unidad

1998

1999

Personal asalariado de la administración Pública

Número de asalariados de la función pública

Asalariados

29.315

30.180

Fuente: Ministerio de Función Pública y Trabajo.

68.Pese a que el número de funcionarios del Estado no es importante, la incorporación masiva de nuevos diplomados plantea verdaderas dificultades debido a las limitaciones presupuestarias.

Cuadro 3

Distribución de asalariados en las grandes empresas, por tamaño y volumen de negocio

C had

Unidad

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

Las diez mayores empresas, por tamaño (número de asalariados)

Colontchad

A salariados

910

1.300

1.190

1.120

1.400

1.170

1.460

2.090

2.410

1.075

ONPT

A salariados

484

509

536

564

594

625

658

693

697

689

SATOM

A salariados

676

712

750

789

831

875

921

969

1.338

600

STEE

A salariados

353

372

392

413

435

458

482

507

510

504

SONASUT

A salariados

180

202

224

249

277

308

342

427

451

402

TTS

A salariados

85

106

133

148

164

182

202

224

70

378

AFF

A salariados

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

209

BDL

A salariados

118

126

134

142

150

158

166

175

173

177

SOTEXHÔ

A salariados

83

92

102

113

127

141

157

175

207

143

MCI

A salariados

86

91

96

101

106

112

118

124

110

137

Las diez mayores empresas, por volumen de negocio a

Cotontchad

M illones de FCFA

45.663,0

48.066,0

50.596,0

53.259,0

56.062,0

59.013,0

62.119,0

65.388,0

67.424,0

63.352,0

SONASUT

M illones de FCFA

2.591,0

2.879,0

3.199,0

3.555,0

3.950,0

4.389,0

4.876,0

6.095,0

7.619,0

11.844,0

STEE,

M illones de FCFA

5.921,0

6.233,0

6.561,0

6.906,0

7.269,0

7.652,0

8.055,0

8.479,0

5.518,0

11.440,0

SATOM

M illones de FCFA

2.109,0

2.220,0

2.337,0

2.460,0

2.589,0

2.726,0

2.869,0

3.020,0

3.114,0

10.263,0

MCT

M illones de FCFA

2.926,0

3.081,0

3.243,0

3.413,0

3.593,0

3.782,0

3.981,0

4.191,0

4.411,0

5.832,0

Total Tchad

M illones de FCFA

1.704,0

1.794,0

1.889,0

1.988,0

2.093,0

2.203,0

2.319,0

2.441,0

5.164,0

5.162,0

Tchad import

M illones de FCFA

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

702,0

1.003,0

1.254,0

1.567,0

2.239,0

4.113,0

Mobil Oil Tchad

M illones de FCFA

1.417,7

2.835,0

2.769,0

2.901,0

2.638,0

3.165,0

2.110,0

4.220,0

4.464,0

3.976,0

BDL

M illones de FCFA

2.573,0

2.709,0

2.851,0

3.001,0

3.159,0

3.326,0

3.501,0

3.890,0

3.922,0

3.857,0

BTCD/ SGTB

M illones de FCFA

2.226,0

2.343,0

2.466,0

2.596,0

2.732,0

2.876,0

3.028,0

3.187,0

3.013,0

3.361,0

Fuente: Ministerio de Hacienda.

a Algunas de estas empresas se enfrentan a bastantes dificultades en sus actividades, lo que tiene repercusiones negativas en la vida de los ciudadanos .

69.Con una población de 9 millones de habitantes en 2005, el Chad infrautiliza su capacidad productiva, lo que da lugar al subempleo permanente observado desde la independencia. Los grupos desfavorecidos son las mujeres, los niños y los discapacitados.

70.El Chad adoptó y aplica el Código de Inversiones mediante la Ordenanza Nº 025/PR/87, de 8 de diciembre de 1987. El 11 de diciembre de 1996 también se adoptó un Código del Trabajo que regula las condiciones de empleo y facilita las negociaciones sobre el particular.

Régimen de las inversiones

71.La ordenanza citada prevé dos regímenes para la inversión privada. De conformidad con el primer artículo, en la República del Chad las inversiones privadas están sometidas a un régimen de derecho común o a regímenes privilegiados:

a)Un régimen "A", atribuido a las pequeñas y medianas empresas de capital social nacional mayoritario;

b)Un régimen "B", aplicable a las empresas cuya actividad se limita al territorio nacional;

c)Un régimen "C", aplicable a las empresas y establecimientos instalados en el Chad, cuyo mercado se extiende al territorio de dos o más Estados de la Comunidad Económica y Monetaria del África Central (CEMAC), y

d)Un régimen "D", reservado a las empresas consideradas de gran importancia para el desarrollo económico y social de la República del Chad y que realizan inversiones muy elevadas.

También existen acuerdos de establecimiento concertados por el Gobierno con las empresas autorizadas.

72.Según el artículo 2, las inversiones privadas se realizan libremente en el Chad, sin perjuicio de las disposiciones específicas destinadas a garantizar la protección de la salud y la salubridad pública, la protección social o el orden público económico. Asimismo, se garantizan los derechos adquiridos de todo tipo a las empresas debidamente establecidas en el Chad.

73.En el marco de la regulación de los intercambios, el Estado garantiza la libre transferencia de capitales, en particular de los beneficios contabilizados con arreglo a las leyes, y de los fondos procedentes de cesiones o liquidaciones.

74.Los artículos 5 a 8 se ocupan de las empresas de capital extranjero y sus empleados. Dichas empresas, así como las sucursales de empresas extranjeras, pueden adquirir todo tipo de derechos que faciliten la realización de sus actividades: derechos inmobiliarios, derechos industriales, concesiones, autorizaciones y permisos administrativos, participación en los contratos públicos en las mismas condiciones que las empresas chadianas. No obstante, se reservan con carácter prioritario a las empresas nacionales los contratos de la administración, los organismos paraestatales y las colectividades públicas cuya cuantía no sea superior a 60 millones de francos CFA y que se refieran total o parcialmente a prestaciones o suministros que puedan ser realizados o entregados por pequeñas y medianas empresas (PYME) nacionales.

75.El artículo 6 prevé que las empresas contempladas en el artículo 5 o sus dirigentes estén representados en las mismas condiciones que las empresas o los nacionales del Chad en las asambleas consulares y los organismos que representan los intereses profesionales y económicos.

76.En el ejercicio de sus actividades profesionales, los empleadores y los trabajadores extranjeros están asimilados a los nacionales (art. 7). Pueden acogerse a la legislación laboral y social en las mismas condiciones que los nacionales. Asimismo, pueden participar en actividades sindicales y formar parte de asociaciones de defensa profesional.

77.Los empleadores y los trabajadores extranjeros (art. 8) no pueden estar sujetos a título personal a derechos, tasas y contribuciones distintas y superiores a los aplicados a los nacionales.

78.El Código de Inversiones del Chad contempla también beneficios fiscales en función del régimen elegido. Las disposiciones de los artículos 5 a 8 mencionados supra se aplican a reserva de reciprocidad. Estas empresas pueden gozar de un régimen preferencial de aranceles aduaneros. Dicho régimen conlleva la aplicación de un tipo global reducido del 5% de los derechos y tasas que gravan las importaciones de bienes de equipo, salvo los materiales, el mobiliario y las piezas de repuesto, siempre que correspondan a un programa de equipamiento aprobado por el Gobierno y que su valor sea igual o superior a 20 millones de francos CFA. En el caso de las PYME, ese límite será de 10 millones de francos CFA.

79.Con miras a una aplicación del Código de Inversiones en la práctica, el Decreto Nº 446/PR/MCI/87, de 8 de diciembre de 1987, establece el procedimiento para poder acogerse a los beneficios que ofrece dicho Código. Este decreto, de conformidad con el artículo 1, tiene por objeto:

-Establecer el procedimiento para la concesión y denegación de los beneficios previstos en el Código de Inversiones;

-Definir las condiciones en que las personas físicas o jurídicas, cuyas solicitudes se presenten conforme a las formas prescritas a tal efecto, pueden acogerse a los diversos regímenes establecidos en el Código de Inversiones, previo dictamen de la Comisión de Inversiones, y

-Definir las condiciones en que las personas físicas o jurídicas acogidas a uno de los regímenes pueden beneficiarse de un tipo global reducido del 5%, previo dictamen del Comité Técnico de Autorizaciones.

80.A nivel aduanero, se ha aprobado un arancel externo común que grava con tipos moderados los equipos y las materias primas destinados a las empresas.

81.Respecto de la promoción de las exportaciones, se prevé:

-La exención de los derechos de salida y las tasas de seguros aplicados a los productos manufacturados, y

-La reducción de la base imponible de los productos manufacturados.

82.Ante una tasa de desempleo creciente, se ha creado la Oficina Nacional de Promoción del Empleo (ONAPE), que tiene por objeto aumentar las oportunidades de empleo y promover la inserción profesional de las personas que buscan trabajo por primera vez.

83.En virtud del artículo 32 de la Constitución, el Estado reconoce a todos los ciudadanos el derecho al trabajo. Garantiza a los trabajadores la justa retribución de sus servicios o su producción. Nadie puede ser perjudicado en su trabajo por razón de sus orígenes, opiniones, creencias, sexo o estado civil.

84.Para plasmar en la realidad este derecho constitucional, se aprobaron la Ley Nº 038/PR/96, de 11 de diciembre de 1996, que contiene el Código del Trabajo y otros textos de aplicación, en particular, el convenio colectivo general de 2002.

85.Con respecto al Código del Trabajo, éste es aplicable en todo el territorio nacional y regula las relaciones entre empleadores y trabajadores. En los párrafos 2 y 3 del artículo 1 se dispone que el Código regula las relaciones entre empleadores y trabajadores derivadas de contratos de trabajo ejecutados en territorio de la República del Chad, con independencia del lugar de su celebración y la residencia y nacionalidad de las partes.

86.El Código también reglamenta la ejecución ocasional en el territorio de la República del Chad de un contrato de trabajo de ejecución prevista en el extranjero. No obstante, esta última disposición no se aplica a los trabajadores desplazados para una misión temporal que no exceda de tres meses.

87.Cabe señalar que los magistrados de la Judicatura, los miembros de las fuerzas armadas, los funcionarios de plantilla de una administración pública y los agentes y auxiliares administrativos del Estado y las colectividades públicas, salvo disposiciones en contrario de un estatuto especial, están excluidos del ámbito de aplicación de este Código.

88.En los artículos 3 y 4 del Código se definen los términos "trabajador" y "empleador". Así, se considera trabajador o asalariado, independientemente de su sexo y nacionalidad, toda persona física que se obligue a desempeñar su actividad profesional contra remuneración, bajo la dirección y la autoridad de otra persona denominada empleador. Es empleador toda persona natural o jurídica, pública o privada que, bajo su propia dirección y autoridad, utiliza los servicios de una o varias personas físicas contra remuneración.

89.El Código del Trabajo prohíbe claramente el trabajo forzoso u obligatorio. A tenor del artículo 5, esta expresión designa todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente. Sin embargo, a los efectos de la presente disposición, no se considerará "trabajo forzoso u obligatorio":

a)Cualquier trabajo o servicio que se exija en virtud de las leyes sobre el servicio militar obligatorio y que tenga un carácter puramente militar;

b)Cualquier trabajo o servicio que forme parte de las obligaciones cívicas normales de los ciudadanos de un país que se gobierne plenamente por sí mismo;

c)Cualquier trabajo o servicio que se exija a un individuo en virtud de una condena pronunciada por sentencia judicial, a condición de que este trabajo o servicio se realice bajo la vigilancia y control de las autoridades públicas y que dicho individuo no sea cedido o puesto a disposición de particulares, compañías o personas jurídicas de carácter privado;

d)Cualquier trabajo o servicio que se exija en casos de fuerza mayor, es decir, guerra, siniestros o amenaza de siniestros, tales como incendios, inundaciones, hambre, temblores de tierra, epidemias y epizootias violentas, invasiones de animales, de insectos o de parásitos vegetales dañinos, y en general, en todas las circunstancias que pongan en peligro o amenacen poner en peligro la vida o las condiciones normales de existencia de toda o parte de la población;

e)Los pequeños trabajos comunales, es decir, los trabajos realizados por los miembros de una comunidad en beneficio directo de la misma, trabajos que, por consiguiente, pueden considerarse como obligaciones cívicas normales que incumben a los miembros de la comunidad, a condición de que la misma población o sus representantes directos tengan derecho a pronunciarse sobre la necesidad de esos trabajos y se ofrezcan espontáneamente.

90.Por otra parte, el empleador deberá abstenerse de toda discriminación basada en el sexo, la edad o la nacionalidad de los trabajadores en lo que concierne a la contratación, la realización y distribución del trabajo, la formación profesional, el ascenso, la promoción, la remuneración, la concesión de prestaciones sociales, la disciplina o la rescisión del contrato de trabajo, excepto en las condiciones previstas en la ley. La misma prohibición se aplica a propósito de la afiliación a un sindicato y la actividad sindical o al origen y las opiniones, en particular las religiosas y políticas, del trabajador. Estas son esencialmente las condiciones previstas en los artículos 6 y 7.

91.En los artículos 11 a 37, el Código regula el contrato de aprendizaje, los centros de formación de aprendices y la participación del Estado, las empresas o los establecimientos en la formación de los aprendices.

92.No obstante, si bien dicho Código no es aplicable a los funcionarios del Estado, está prevista la presencia destacada y eficaz de este último en esa esfera. Así, por ejemplo, el artículo 32 establece que los centros de formación de aprendices estén sujetos al control técnico, pedagógico y financiero del Estado. El control financiero no se ejerce sobre los centros privados.

93.Si este control revela graves deficiencias o incumplimiento de las obligaciones dimanantes del Código del Trabajo, el Estado procederá al cierre de tales centros. En ese caso, podrá exigir al organismo gestor que ponga fin a la formación impartida. Las medidas de control e inspección de los centros de formación de aprendices se establecen por decreto.

94.El Código del Trabajo prevé la participación del Estado, las empresas o establecimientos en la formación de los aprendices en términos muy claros. De acuerdo con el artículo 35, toda empresa o establecimiento que ocupe por lo menos a diez empleados debe contribuir al desarrollo de la formación de los aprendices y participar anualmente en la financiación de las actividades de formación mediante el pago de la tasa de aprendizaje y formación profesional fijada en la Ley de presupuestos. Las empresas o establecimientos sujetos a esta tasa pueden solicitar exenciones, si justifican que se ocupan de la capacitación de su propio personal.

95.La intervención del Estado puede plasmarse en la concesión de subvenciones. El artículo 37 precisa que los centros de formación de aprendices pueden recibir del Estado las colectividades locales y las instituciones públicas, subvenciones para equipamiento y funcionamiento.

96.En lo que respecta al trabajador, tendrá derecho a la formación profesional y la formación complementaria y continua previstas en los artículos 38 a 46. En virtud de este último artículo, el trabajador tiene derecho al ascenso, que consiste en ofrecer al trabajador la posibilidad de ocupar un puesto superior o a la reorientación hacia una nueva actividad.

97.La adopción de este Código se vio seguida de un convenio colectivo general en 2002. Dicho convenio tiene por objeto, a tenor de lo dispuesto en el primer artículo, regular las relaciones de trabajo entre empleadores y trabajadores, tal como se definen en el artículo 339 del Código del Trabajo, de uno u otro sexo, independientemente de su origen y condición, en las empresas que realizan sus actividades en todo el territorio de la República del Chad.

98.Este convenio insiste de manera particular en el libre ejercicio del derecho de sindicación y representación del personal. De conformidad con el artículo 9, las partes contratantes reconocen la libertad de opinión y el derecho a afiliarse libremente a un sindicato profesional constituido con arreglo a lo dispuesto en el artículo 294 del Código del Trabajo.

99.Los empresarios, al adoptar sus decisiones, se comprometen a:

-No tomar en consideración la afiliación a un sindicato o el ejercicio de responsabilidades en el mismo;

-No tener en cuenta las opiniones políticas o filosóficas, el origen social, racial, nacional, tribal o de otra índole de los trabajadores a la hora de tomar decisiones en materia de contratación, realización o distribución del trabajo, medidas disciplinarias, remuneración, despido o ascenso, concesión de prestaciones sociales y formación profesional;

-No ejercer presiones ni aplicar medidas discriminatorias en favor o en contra de los miembros de una organización sindical.

100.Por su parte, los trabajadores se comprometen a no tener en cuenta, tanto en el trabajo como por lo que respecta a los beneficios sociales y la formación profesional, la pertenencia de los demás trabajadores a un sindicato determinado, a respetar la libertad de opinión y a no ejercer presión alguna contraria al libre ejercicio del derecho sindical dentro de la profesión y al derecho al trabajo en la empresa. Las partes contratantes consideran que la empresa es un lugar de trabajo y velarán por la estricta observancia de estas obligaciones y tomarán las medidas necesarias para garantizar su pleno respeto.

101.En el ámbito de la formación profesional, el Chad ha adoptado las siguientes medidas:

-La creación en 1993 del Comité Nacional de Educación y Formación Profesional (CONEFE) mediante el Decreto Nº 165/PR/PM/MPC, de 31 de diciembre de 1993, cuyo cometido es velar por la conformidad de la política de formación con las condiciones de empleo (1990);

-La creación de diversos institutos universitarios situados en distintas ciudades del país, en particular el Instituto Universitario de Técnicas Agronómicas de Sarh, la Universidad Adam Barka de Abéché, el Instituto Politécnico de Mongo, el Instituto de Gestión de Moundou y la Escuela Superior de Ciencias Exactas y Aplicadas de Bongor;

-La rehabilitación y creación de escuelas normales de magisterio;

-La liberalización del sector de la formación profesional, autorizando la actividad de un número importante de centros privados de formación profesional que funcionan legalmente en todo el territorio en diversos ámbitos, tales como la industria, la mecánica, la informática, la ofimática, la hostelería, la comunicación, la salud, la banca, el derecho y las ciencias sociales, etc.;

-La concesión y renovación de becas de formación y perfeccionamiento a trabajadores en las áreas de la salud, la enseñanza superior, las finanzas, etc.

102.Conviene señalar que se han realizado esfuerzos notables en la función pública, dando entrada a graduados de las escuelas de magisterio, la Facultad de Ciencias de la Salud, la Escuela Nacional de Agentes de Salud y Servicios Sociales, el Instituto Nacional de Juventud y Deportes y la Escuela Nacional de Obras Públicas, etc.

102 bis. El empleo ha mejorado en el Chad merced a las actividades relacionadas con la explotación del petróleo. Sin embargo, una serie de factores han obligado a reducir progresivamente los efectivos, lo cual ha contribuido al aumento de la tasa de desempleados cualificados. Éste fue el caso de los empleados de TCC, de los cuales una buena parte fueron despedidos a raíz de la disminución de las actividades extractivas de la empresa. Estas personas han demandado recientemente a su empleador TCC, reclamando el pago de horas extraordinarias. Gracias a este litigio, que llevó a las partes hasta el Tribunal Supremo, se han reconocido los derechos de los antiguos empleados y se ha procedido al abono de las horas extraordinarias. Cabe destacar en particular la influencia de la Unión de Sindicatos del Chad, y también del Gobierno, en la resolución de este litigio.

103.Se han puesto en marcha proyectos de apoyo a las microempresas. Sin embargo, dada la insuficiencia de créditos, de momento no se pueden apreciar mucho sus efectos. La creación del Ministerio de Solidaridad y Microcrédito en 2006 refleja la voluntad del Gobierno de promover el sector liberal. El Gobierno apoya las iniciativas de las cooperativas de ahorro y crédito (COOPEC), que recientemente han atravesado momentos muy críticos a causa de una gestión desafortunada. Se procura ahora renovar la confianza de los miembros de la cooperativa en estas instituciones de microfinanciación. En la esfera del empleo, se prohíbe formalmente la discriminación. El 29 de marzo de 1966 el Chad ratificó el Convenio Nº 111 de la OIT relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación.

104.En lo que atañe a la legislación nacional, la Ley fundamental de la República garantiza la igualdad de acceso al empleo público a todos los chadianos, sin discriminación alguna. De conformidad con el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que establece que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, el Chad, tanto en su Constitución como en su marco de trabajo, ofrece en materia de ocupación igualdad de oportunidades a los nacionales y extranjeros que trabajan en su territorio, sin distinción de raza, color, sexo, religión, opinión política, nacionalidad y origen social.

105.Con todo, en algunas empresas se observa que a veces se otorga preferencia a los extranjeros en detrimento de los nacionales que presentan el mismo perfil. La desigualdad se manifiesta en la remuneración, donde, en un mismo puesto de trabajo y con las mismas calificaciones, la diferencia de salario entre ambos puede llegar al triple. En respuesta a esta discriminación, en 2006 el personal nacional de ESSO Chad convocó una serie de huelgas para reclamar igualdad y equidad en materia salarial.

106.En la práctica, por lo que respecta a las mujeres, los condicionantes socioculturales juegan en su contra, de manera que sólo ocupan puestos de trabajo subalternos y, por lo tanto, mal remunerados.

107.Asimismo, cabe señalar que en algunas organizaciones o empresas se observan casos de acumulación de funciones. Sin embargo, no se dispone de cifras al respecto. En el Chad, la población activa se caracteriza por el predominio persistente de una mano de obra abundante, pero no cualificada. Con el fin de hacer realidad el ejercicio del derecho al trabajo, la asistencia internacional se presta en forma de apoyo técnico, financiero y logístico.

108.El régimen del salario mínimo se funda en encuestas periódicas. Se aplica el principio, de a trabajo igual, salario igual. El Chad ha ratificado el Convenio Nº 100 (1951) relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor. Ahora bien, no siempre se respeta, en la práctica el principio de "a trabajo igual, salario igual". La Ley Nº 17 reconoce, en los artículos 13 a 17, esta igualdad a los funcionarios de la administración pública en los términos siguientes: "todo funcionario tiene derecho a una remuneración por sus servicios".

109.En el Chad la clasificación nacional de actividades se inspira en la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones. Los trabajadores están clasificados por categorías. A tenor del artículo 44, se entiende por cuerpo al conjunto de funcionarios pertenecientes a un mismo sector de actividad y sujetos al mismo estatuto, agrupados en una misma especialidad o marco profesional y destinados a los mismos empleos. Cada cuerpo de funcionarios se divide en clases, grados y escalones. La clase define la posición del funcionario en el escalafón de su cuerpo y establece distintos niveles de calificación. Cada categoría consta de una a cuatro clases en orden jerárquico creciente: primera, segunda, tercera y cuarta clase.

110.El grado define la posición del funcionario dentro de su clase. Los diferentes grados corresponden a distintos niveles de competencia. Cada clase consta de tres grados en orden jerárquico creciente: grado inicial, medio y superior. El escalón define la posición del funcionario dentro de su grado. Los escalones están en función de la antigüedad. El número y el orden de los escalones de cada grado se definen por decreto del Consejo de Ministros.

111.Los cuerpos de funcionarios se clasifican en tres categorías en orden jerárquico decreciente designadas con las letras A, B y C. La categoría A corresponde a los puestos de dirección, decisión o control y requiere, como mínimo, una formación a nivel de licenciatura, acompañada de experiencia profesional. La categoría B corresponde a los empleos de elaboración y aplicación de políticas de alto nivel y requiere, como mínimo, una formación a nivel de bachillerato, combinada con capacitación profesional. La categoría C corresponde a puestos de ejecución especializada y ordinaria y requiere, como mínimo, un Certificado de estudios de primer ciclo (BEPC), completado con capacitación profesional.

112.Los salarios del sector público responden a un doble criterio. Por una parte, existe un índice salarial aplicable a los funcionarios de las categorías A, B y C. Cada categoría consta de dos clases en orden decreciente: segunda y primera clase. Cada clase se divide en escalones. Algunos funcionarios pertenecen a una clase especial.

113.La remuneración de los funcionarios y agentes del Estado se basa en el índice salarial y en la categoría. A tal efecto, el salario puede ser mayor o menor según el valor del punto del índice. Los criados y otros empleados del servicio doméstico no dados de alta carecen de protección.

114.Los empleados del sector privado son remunerados según distintas categorías. Dentro de cada categoría hay niveles que van de A a G; en general, los salarios del sector privado son más elevados que los del sector público. Sin embargo, los salarios del sector público vienen registrando una progresión del 20% con relación al presupuesto anual de 1996 en los sectores denominados prioritarios, como educación, salud, infraestructuras, asuntos sociales y desarrollo rural.

115.Desde un punto de vista general, el incremento salarial no ha registrado una evolución notable, incluso si el Gobierno ha hecho un esfuerzo en este sentido, que los sindicatos consideran insuficiente y de ahí la convocatoria reiterada de huelgas. La devaluación del franco CFA ha afectado también al poder adquisitivo de las familias; la explotación del petróleo ha contribuido por su parte a acentuar la inflación y a reducir el poder adquisitivo.

116.El artículo 224 del Código del Trabajo regula las condiciones de higiene y seguridad en el lugar de trabajo. No obstante, hay que seguir trabajando para dar aplicación efectiva a estas disposiciones, pues es escaso el número de inspectores de trabajo formados a tal efecto, a lo que hay que añadir la tolerancia de los agentes y la insuficiencia de recursos que hacen que la labor sea ineficaz. El artículo 31 de la Ley Nº 17 establece un consejo médico que se ocupa de todos los problemas de higiene y salubridad en el trabajo, así como de los problemas médicos que afectan a los funcionarios.

117.En el Chad, nadie queda excluido del ámbito de aplicación de la legislación laboral. Sin embargo, en la mayoría de las actividades que se realizan en el sector no estructurado, es muy difícil efectuar un control eficaz debido a la ocultación de la actividad para no pagar impuestos. Ello sucede, por ejemplo, con los molineros, los soldadores y los vendedores de carburante, entre otros.

118.El Chad, que ratificó el Convenio Nº 100 (1951) de la OIT sobre igualdad de remuneración el 29 de marzo de 1966, recoge este principio en el artículo 246 del Código del Trabajo. El artículo 247 de dicho Código determina los distintos componentes de la remuneración que son idénticos para hombres y mujeres, con lo que consagra así el principio de no discriminación. Sin embargo, se observa la subrepresentación de la mujer en el mundo del trabajo. Con el fin de corregir esta desigualdad, se ha elaborado un proyecto de ley que establece cuotas. En efecto, las mujeres rurales, que constituyen el sector más importante, están marginadas, a pesar de que representan una mano de obra nada despreciable (el 45% en el sector agrícola). El proyecto CHD/00/P07 sobre cuestiones de género, iniciado en 2001, ha puesto en marcha dos estrategias consistentes en:

-La sensibilización y educación de la mujer sobre el bienestar de la familia y la condición y función de la mujer en la comunidad y el fomento de la escolarización de las niñas; y

-El apoyo financiero y técnico a las asociaciones de mujeres rurales mediante la concesión de créditos para fortalecer su poder adquisitivo mediante actividades generadoras de ingresos. El proyecto incluye 500 asociaciones en más de 400 pueblos, de las cuales 213 han recibido créditos.

119.El artículo 209 del Código del Trabajo regula el descanso semanal que, en principio, tiene lugar el domingo. La aplicación de esta disposición no plantea dificultades. Incluso si el Estado sigue siendo el principal empleador, se aprecia una tendencia a la liberalización del mercado de trabajo. El sector privado, debido a que ofrece mejor remuneración, está más solicitado por quienes buscan empleo, con independencia de su cualificación. Sin embargo, dada la insuficiencia de oportunidades de empleo que ofrece el sector privado, el Estado sigue siendo la principal fuente de empleo. La asistencia internacional se encauza por conducto de la Organización Internacional del Trabajo y de la Oficina Internacional del Trabajo en forma de apoyo al movimiento sindical.

Artículo 8 . D erechos sindicales

120.El Chad es parte en varios Convenios de la OIT. La libertad sindical se reconoce en el artículo 28 de la Constitución, por lo que todos los ciudadanos tienen la libertad de afiliarse a un sindicato. Con respecto a los funcionarios, en el artículo 8 de la Ley Nº 17/PR/2001, de 31 de diciembre de 2001, se les reconoce ese derecho.

121.En el sector privado, las condiciones para la creación de sindicatos figuran en los artículos 294 y 295 del Código del Trabajo.

122.Los miembros de las fuerzas armadas y de defensa, el personal de la policía y los gendarmes no tienen derecho de huelga. Lo mismo ocurre con el personal diplomático y los jueces. Se necesita una autorización para crear un sindicato. Esa precaución permite evitar la anarquía sindical. Los sindicatos tienen derecho a formar una federación o confederación y afiliarse a organizaciones sindicales internacionales. No existe ninguna restricción a este respecto.

123.Según el párrafo 5 del artículo 299 del Código del Trabajo, las actividades de los sindicatos no podrán infringir las normas en vigor. No obstante, no se ha registrado ningún conflicto de ese tipo. Los sindicatos constituidos como centrales sindicales son los siguientes:

-Unión de Sindicatos del Chad (UST);

-Confederación Libre de Trabajadores del Chad (CLTT).

Esas dos grandes organizaciones sindicales desempeñan un papel muy importante en la consolidación de los derechos humanos y la democracia en el Chad merced a la divulgación de los instrumentos nacionales e internacionales sobre los derechos de los trabajadores y los derechos y deberes de los ciudadanos.

124.El derecho de huelga de los trabajadores está reconocido en los artículos 28 y 29 de la Constitución, el artículo 456 del Código del Trabajo y el artículo 8 de la Ley Nº 17/PR/2001. El procedimiento para convocar una huelga se describe en el artículo 457 del Código del Trabajo, a cuyo tenor, la huelga debe anunciarse con seis días de antelación y respetar el orden público. Con la excepción de los jueces, los agentes de las fuerzas del orden y la seguridad, los militares y otras profesiones armadas, no hay ningún texto que limite el derecho de huelga.

A rtículo 9 . D erecho a la S eguridad S ocial

125.En el Chad hay una Caja Nacional de Previsión Social que incluye las ramas enumeradas en el Convenio Nº 102 (1952) de la OIT, relativo a la norma mínima de la seguridad social. La Seguridad Social del Chad tiene tres ramas: prestaciones familiares, seguro de vejez, invalidez y muerte, y accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Se garantizan las prestaciones siguientes a los asegurados:

-Prestaciones de maternidad;

-Prestaciones de invalidez;

-Prestaciones a los supervivientes;

-Prestaciones por accidentes de trabajo;

-Asignaciones familiares.

Prestaciones ofrecidas a los asegurados en las ramas siguientes:

Prestaciones familiares:

-Asignaciones familiares;

-Asignaciones prenatales;

-Asignaciones de maternidad;

-Gastos médicos;

-Indemnización diaria.

Riesgos profesionales:

-Indemnización diaria;

-Asignación de incapacidad;

-Rentas a los asegurados;

-Rentas a los supervivientes;

-Redención de rentas;

-Gastos médicos (reeducación);

-Gastos diversos y accesorios;

-Otras cargas técnicas.

Pensiones de vejez, incapacidad y muerte:

-Pensiones de vejez;

-Asignaciones de vejez;

-Pensión de invalidez;

-Pensión de los supervivientes;

-Asignación a los supervivientes.

126.El régimen de previsión social se aplica a los asalariados que se han comprometido a poner su actividad profesional, contra una remuneración, bajo la dirección de una persona física o moral, pública o privada, que será considerada su empleador. Quedan excluidos del campo de aplicación de dicho régimen los funcionarios del Estado, así como todo personal que se rija por:

-El estatuto general de la función pública;

-El estatuto de la magistratura;

-El estatuto de la seguridad nacional;

-Las disposiciones aplicables a los auxiliares de administración.

127.Hasta la fecha, el régimen incluye a los afiliados a la seguridad social y sus hijos. Las prestaciones pagadas son las siguientes:

-Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: la indemnización diaria se paga a la víctima mientras no pueda volver al trabajo, sea cual sea la duración de la interrupción del trabajo. La cuantía de esa indemnización es igual a los dos tercios de la remuneración mensual de la víctima y se obtiene calculando la media de la remuneración percibida durante los tres meses anteriores a la fecha del accidente de trabajo.

-La renta de incapacidad permanente parcial se paga a la víctima cuando el coeficiente de incapacidad permanente parcial es superior al 20%. La cuantía de la renta de incapacidad permanente parcial es, según el grado de incapacidad, proporcional a la renta que había percibido la víctima en caso de incapacidad permanente total, es decir, el 85% de su remuneración mensual media.

128.La asignación de incapacidad se paga a la víctima cuando el coeficiente de incapacidad permanente parcial es inferior al 20%. La cuantía de dicha asignación es igual a diez veces la renta anual. La renta de los supervivientes se paga a los derechohabientes (padre, madre, hijos legítimos, reconocidos o adoptivos) de la víctima fallecida de resultas de un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacional. La cuantía total de las rentas de los supervivientes es igual al 85% de la remuneración media mensual de la víctima.

129.En lo que respecta a las prestaciones en especie, la CNPS asume los gastos ocasionados por el tratamiento, la reeducación y la readaptación de la víctima (gastos de hospitalización, gastos de ortopedia, gastos farmacéuticos, etc.) al igual que los gastos de entierro. Las prestaciones correspondientes a los riesgos profesionales son financiadas por las cotizaciones calculadas sobre la base del salario abonado al trabajador, de 130.000 francos CFA, cotizaciones que están a cargo exclusivamente del empleador.

Seguro de pensiones de vejez, invalidez y muerte

130.Percibe una pensión normal el asegurado que justifica por lo menos 20 años de afiliación, 60 años de edad y 180 meses de cotización. La cuantía mínima de la pensión es igual al 30% de la remuneración mensual media obtenida calculando la media de los salarios de los 36 a 60 últimos meses precedentes a la fecha de término de la actividad del asegurado. La cuantía de la pensión se aumenta en un 1% por cada período de cotización de 12 meses por encima de los 180 meses.

131.La pensión de vejez anticipada se percibe en las mismas condiciones, con excepción de la edad, que se reduce a 50 años como mínimo. La asignación de vejez requiere por lo menos 12 meses de afiliación, 55 años de edad y 12 meses de cotización. La cuantía de la asignación de vejez es igual al número de veces de remuneración mensual media del asegurado correspondiente al número de períodos de 12 meses de cotización.

132.La pensión de vejez anticipada se percibe en las mismas condiciones, con excepción de la edad, que se reduce a 50 años como mínimo. La asignación de vejez requiere por lo menos 12 meses de afiliación, haber cumplido la edad requerida y cesado toda actividad remunerada, pero sin reunir las demás condiciones para tener derecho a una pensión de vejez o pensión de vejez anticipada. La cuantía de la asignación de vejez es igual al número de veces de remuneración mensual media correspondiente al número de períodos de 12 meses de cotización.

133.La pensión de invalidez se concede al asalariado que, de resultas de enfermedad o accidente de origen no profesional, ha sufrido una disminución permanente de sus capacidades físicas o mentales de por lo menos dos tercios y que justifique un período de afiliación de por lo menos 5 años y 6 meses de cotización como mínimo durante los 12 últimos meses civiles precedentes al comienzo de la incapacidad causante de la invalidez.

134.Esta última condición no se exige, sin embargo, cuando la invalidez se debe a un accidente. En este caso, basta con que el asegurado haya ocupado, en la fecha del accidente, un empleo que conlleve seguro. Las modalidades de cálculo de la pensión de invalidez son las mismas que las fijadas por la ley para la pensión de vejez. No obstante, la invalidez tiene una bonificación especial de meses de cotización. El requisito de edad exigido para percibir la pensión de vejez normal o anticipada (50 ó 60 años) no se aplica a la invalidez.

135.Se concede un aumento por tercera persona al beneficiario de una pensión de vejez anticipada o de invalidez que tiene necesidad de manera constante de la ayuda y de los cuidados de una tercera persona para realizar los actos ordinarios de la vida corriente. El aumento es igual al 40% de la cuantía de la pensión.

136.Se concede una pensión de supervivientes a los derechohabientes de una persona fallecida o de un asegurado que fallece en activo. La pensión de vejez o de invalidez o la pensión anticipada a la que el asegurado tenía o habría tenido derecho en la fecha de su fallecimiento se reduce en porcentaje, como sigue: 50% para el o los cónyuges; 25% para los huérfanos de padre y madre; 15% para los huérfanos de padre o madre; 10% para los ascendientes.

137.La asignación de supervivientes se concede a los derechohabientes del asalariado que fallece en un momento en el que no tenía derecho a percibir una asignación de vejez. El asegurado debe justificar haber cotizado por lo menos 6 meses durante los 12 meses civiles precedentes al comienzo de la incapacidad causante de la invalidez. La cuantía de la asignación es igual a la de la pensión de vejez a la que el asegurado habría tenido derecho si hubiera cumplido 180 meses de cotización, multiplicada por el número de períodos de 6 meses de cotización cumplidos en la fecha de su fallecimiento.

138.Los gastos de entierro son asumidos por la CNPS si el asegurado fallece sin dejar derechohabientes. El régimen de pensiones se financia con las cotizaciones pagadas por los empleadores.

Prestaciones familiares

139.Se pagan a los hijos a cargo del beneficiario. Su importe mensual es de 600 francos por hijo. En la administración pública, el pago de las prestaciones familiares se suspendió en 1979 a causa de la guerra civil. Las pagaderas en el sector privado son irrisorias y se deben revisar al alza en el contexto actual.

140.Percibe asignación prenatal la mujer asalariada o cónyuge de un trabajador asalariado en cada embarazo regularmente declarado a la CNPS. Su cuantía es igual a nueve veces el importe mensual de la asignación familiar.

141.La prestación por parto se abona a la mujer asalariada o cónyuge de un trabajador asalariado que da a luz a un niño vivo y viable. Su cuantía es 12 veces el importe mensual de la asignación familiar.

142.La prestación por maternidad se paga a la mujer asalariada en licencia de maternidad que justifica por lo menos seis meses de trabajo consecutivos en la fecha de suspensión del contrato de trabajo. La duración de la licencia es de 14 semanas, que pueden prolongarse por 6 semanas previa presentación de un certificado médico. El importe diario de la prestación es igual a la mitad del salario neto efectivamente percibido por la mujer asalariada en el momento de la suspensión del contrato de trabajo.

143.Los gastos médicos de embarazo y maternidad en concepto de exámenes prenatales y del parto se reembolsan a razón de 200 francos y 1.400 francos, respectivamente, por cada parto. En ciertas empresas existe una mutualidad paralela al régimen oficial que paga prestaciones sociales a los afiliados. Es el caso de la Mutua de Correos y Telecomunicaciones (MUTAPOSTEL). STAR Nationale ofrece igualmente un seguro complementario del sistema público de seguridad social (seguro de vida, enfermedad). Sin embargo, el desconocimiento en esta materia, restringe el acceso de los usuarios a las prestaciones.

144.No hay discriminación en lo que respecta al acceso al sistema público de seguridad social. Además de los trabajadores que se rigen por el Código del Trabajo, se ofrece a los particulares la posibilidad de asegurarse de manera individual sin restricción alguna.

Artículo 10. Protección de la familia, la maternidad y los niños

145.El Chad se ha adherido al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre los Derechos del Niño. También ha ratificado, entre otros, los siguientes convenios de la OIT:

-Convenio Nº 5 (1919), por el que se fija la edad mínima de admisión de los niños a los trabajos industriales;

-Convenio Nº 6 (1919), relativo al trabajo nocturno de los menores en la industria;

-Convenio Nº 182 (1999), sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación;

-Convenio Nº 138 (1973), sobre la edad mínima de admisión al empleo.

146.En el Chad, los términos familia, padres, etc., se entienden en su sentido más amplio posible. Además de la unidad social más pequeña, integrada por el padre, la madre y los hijos, la familia incluye a los tíos, las tías y los abuelos.

147.En la Constitución y el Código Electoral, se establece que la mayoría de edad a efectos civiles y electorales es de 18 años. En lo que respecta al matrimonio, el Código Civil en vigor establece que la edad mínima para contraer matrimonio es de 15 años para las hembras y los 18 años para los varones. Sin embargo, en la práctica, no es raro encontrar a niñas menores de 15 años casadas o que ya han tenido su primer hijo. Algunas asociaciones calculan que, en las zonas rurales, se promete a las niñas en matrimonio aún más jóvenes, a veces a los 13 años, edad por debajo de la cual el Código Penal equipara la consumación del matrimonio (tradicional) a una violación.

148.Según los artículos 37 y 38 de la Constitución revisada de 2005, los padres y las colectividades locales tienen la obligación de educar a los niños y de velar por su bienestar. Sin embargo, el Estado no concede ayudas para cumplir estas obligaciones, puesto que la mayoría de las familias no disfruta de ellas. Sólo se prevé la cooperación con el UNICEF para la educación parental en las zonas rurales y las guarderías comunitarias.

149.La mujer rural es la más desfavorecida. La insuficiencia de estructuras también contribuye a su exclusión. Se va a adoptar un proyecto de política de desarrollo integrado de los niños para resolver el problema.

150.No se puede emplear a los niños en ninguna ocupación antes de los 14 años, salvo las excepciones establecidas por decreto a propuesta del Ministro de Trabajo y Seguridad Social y el Ministro de Salud Pública, habida cuenta de las tareas que se puedan solicitar a los niños. Éstos sólo pueden ser contratados con el consentimiento de su representante legal.

151.Los niños de la calle, los mohajir, los hijos de leprosos y los hijos de los ganaderos son los más afectados. En general, los niños con discapacidad mental o física y los niños huérfanos están totalmente a cargo de las familias. El Estado no dispone de estructuras para ocuparse de ellos. Hay orfanatos, pero en un número reducido.

152.La Dirección de la Infancia y la Dirección de las Personas con Discapacidad del Ministerio de Acción Social y la Dirección de Seguimiento Judicial del Ministerio de Justicia se encargan de esta tarea. Desgraciadamente, la divulgación de la información sigue siendo limitada. Sobre esas cuestiones, el informe presentado por el Chad al Comité de los Derechos del Niño (CRC/C/TCD/2) es más ilustrativo y se puede consultar en relación con el presente capítulo.

Artículo 11. Derecho a un nivel de vida adecuado

153.Según los informes sobre desarrollo humano del PNUD de 2005 y 2006, el Chad se encuentra entre los países de desarrollo humano bajo, pues ocupa los lugares 173 y 171, respectivamente, de un total de 177. Ello refleja la gran pobreza de la población del Chad. Además, hay una gran disparidad entre el nivel de vida de la población rural y el de la población urbana en el sur del país.

154.Por lo general, la mujer sufre mucho más que el hombre de la pobreza. El problema se plantea también en la vida estudiantil. En efecto, debe señalarse que los estudiantes chadianos disfrutan de una beca de 25.000 francos CFA desde la creación de la Universidad del Chad en 1973, cantidad que no ha variado desde entonces. Así pues, ya no corresponde al costo de la vida del país, lo cual no favorece el nivel de vida de los estudiantes.

155.No obstante, el importe global de todas esas becas sigue siendo oneroso para el Estado, que ha iniciado un debate para revalorizar la situación social de los estudiantes. Ese debate sigue abierto.

156.Gran parte de la población vive en una situación de inseguridad alimentaria crónica (el 52% de la población vive por debajo del umbral de la pobreza), según el informe del Ministerio de Acción Social al Comité sobre los Derechos del Niño (CRC/C/TCD/2).

157.El descubrimiento del petróleo ha tenido como consecuencia un ligero aumento del nivel de vida de algunos jóvenes, pero no ha traído un cambio acorde con las expectativas de la población. Por otro lado, la nueva Ley sobre el Estatuto General de la Función Pública ha traído consigo un pequeño aumento general de los sueldos de los funcionarios, así como diversos incrementos de sueldos de por lo menos un 30% (varía en función del ministerio), que han aumentado ligeramente el nivel de vida.

158.Cabe señalar también que el SMIG, que ascendía a 15.000 francos CFA, también experimentó un ligero aumento hasta 25.480 francos CFA y se sitúa actualmente en 28.000 francos. La mejora de las condiciones de vida afecta a toda la población, a pesar de que su efecto se perciba de manera diferente debido a la pobreza extrema de la población rural.

159.Según el informe al Comité sobre los Derechos del Niño, en 2004 el 52% de la población vivía por debajo del umbral de la pobreza, fijado en entre 1 y 2 dólares de los EE.UU. al día.

A. Derecho a una alimentación adecuada

160.A fin de subsanar la inexistencia de una agricultura de subsistencia, la ONASA, el Proyecto Nacional de Seguridad Alimentaria (PNSA) y los Ministerios de Planificación y Acción Social han puesto en marcha diversas iniciativas. Se ha aprobado una estrategia nacional de reducción de la pobreza. La estrategia está bajo la dirección de un comité.

161.Entre las iniciativas puestas en marcha, cabe mencionar también el proyecto Reducción de la pobreza y acción en favor de las mujeres del Ministerio de Acción Social y Familiar. Debe precisarse, sin embargo, que todas esas iniciativas siguen teniendo un alcance limitado, debido a los problemas presupuestarios del Estado.

162.No obstante, el Gobierno sigue preocupado y muy atento al desarrollo de nuevas estrategias para que los ciudadanos puedan disfrutar plenamente de su derecho a una alimentación adecuada. De hecho, ninguna política gubernamental ni ninguna ley ha tenido un efecto perjudicial en el acceso a los alimentos. Sin embargo, entre las prácticas nacionales, predomina el cultivo de productos comercializables frente a la agricultura de subsistencia, lo cual dio lugar a la hambruna en el sur del país, concretamente en las zonas algodoneras, consideradas el granero del país.

163.Las expropiaciones en las zonas petrolíferas, donde las indemnizaciones han sido incompletas o inexistentes, han influido negativamente en el acceso a los alimentos. Cabe señalar también que el éxodo de muchos jóvenes para trabajar en el proyecto petrolífero ha reducido considerablemente la mano de obra para la agricultura.

164.La precariedad económica también ha tenido una influencia negativa en el acceso a los alimentos, caracterizado por el aumento constante de los precios, que a menudo escapan al control del Gobierno.

165.Otros hechos también han influido negativamente en la producción de alimentos, como las condiciones climáticas, la presión demográfica, la avalancha de depredadores y la sequía y los conflictos intercomunitarios.

166.Sin embargo, debe señalarse que la agricultura siempre ha sido una de las prioridades del Estado y prueba de ello es la creación de organizaciones promotoras de una alimentación adecuada, como: PNSA, ONASA, SODELAC, Casiers A et B, PSAOP y PSAP. Además, el Estado alienta a las asociaciones y las organizaciones no gubernamentales (ONG) a difundir información sobre el acceso a los alimentos.

167.La cuestión del acceso a la tierra es cada vez más preocupante y contribuye a la limitación del acceso a los alimentos. En el Chad no ha habido reforma agraria. La Ley de bienes rústicos permanece en vigor. En el país coexisten dos regímenes de adquisición de la tierra: por un lado, el régimen creado por las Leyes Nos. 23 y 24, de 1967 y sus decretos de aplicación y, por otro, el régimen consuetudinario. El régimen de tenencia de la tierra da a las personas físicas o jurídicas de derecho privado un medio para demostrar la existencia de sus derechos, conservarlos y transmitirlos. Ello se hace, en el caso del derecho escrito, mediante la inscripción en el Registro de la Propiedad y, en el caso de la costumbre, mediante la posesión.

168.A ese respecto, ha habido litigios entre particulares o entre particulares y la administración. Los jueces aplican uno u otro régimen dependiendo del caso. Por ejemplo, el Tribunal de Apelación de Yamena estimó la reclamación del Sr. H. A. contra la ciudad de Abéché. El tribunal deliberó de la siguiente manera: "Considerando que, de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 24, de 22 de julio de 1967, sobre la propiedad rústica, si existen derechos consuetudinarios cuyo ejercicio ha aumentado el valor de la tierra, el Estado una vez determinada su existencia, puede suprimirlos e indemnizar a los titulares o proponer otros derechos equivalentes; considerando que H. A. viene ocupando regularmente la tierra en litigio desde hace 25 años; considerando que, al condenar al ayuntamiento a pagar 600.000 francos, el juez de primera instancia ha aplicado correctamente la ley".

169.El acceso al agua sigue siendo una de las grandes dificultades. El cuadro siguiente ofrece una visión general del acceso al agua potable de una población de más de 7 millones de habitantes.

170.En los últimos años, el Estado chadiano ha hecho esfuerzos notables en favor del abastecimiento de agua con el apoyo de algunos asociados para el desarrollo. Esos esfuerzos han permitido extender el abastecimiento de agua a zonas remotas de las provincias y, en particular, construir depósitos de agua.

Cuadro 4

Acceso al agua potable

Chad

Unidades

Censo de 1993

Número de familias con acceso al agua potable

Familia

209.011

Número de personas con acceso al agua potable

Persona

1.450.057

Fuente: Dirección de Estadística y de Estudios Económicos y Demográficos.

171.Según la Encuesta de Población y Salud del Chad II (2004), el 50,4% de la población utiliza un pozo tradicional protegido; el 31,3% tiene acceso a agua potable; de ese porcentaje el 11,1% utiliza agua del grifo y el 20,1% las fuentes públicas y el 11,1% aguas superficiales.

172.En el ámbito de la producción industrial, se han hecho esfuerzos, pero siguen siendo limitados habida cuenta de las dificultades financieras del Estado.

Cuadro 5

Producción industrial

Chad

Unidades

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

Índice de producción industrial (base 100: 1977)

Índice

n.d.

110,6

107,0

95,1

90,8

103,0

109,8

125,7

Principales productos (cantidad)

Electricidad

Millones de kwh

78,5

76,1

73,1

74,9

71,9

81,9

84,3

81,0

Agua

Millones de m 3

11,0

10,8

10,7

10,2

10,3

9,6

10,5

11,0

Fibra de algodón

Miles de t

58,1

60,2

67,7

47,2

37,1

67,2

69,1

87,7

Azúcar

Miles de t

30,4

29,5

28,3

27,9

32,2

28,9

24,4

26,7

Cigarrillos

Millones de paquetes

12,4

23,8

20,7

24,9

25,4

28,5

35,7

39,3

Cerveza

Miles de hl

114,2

142,8

127,2

115,7

107,5

101,6

133,6

123,2

Principales productos (valor)

Electricidad

Miles de millones de francos CFA

9,3

8,8

8,9

7,6

10,3

13,4

13,9

n.d.

Agua

Miles de millones de francos CFA

1,0

1,0

1,0

0,9

0,9

1,0

1,0

n.d.

Fibra de algodón

Miles de millones de francos CFA

28,0

26,9

24,0

14,2

26,3

56,6

53,7

n.d.

Azúcar

Miles de millones de francos CFA

10,8

10,5

10,1

11,3

14,6

15,3

15,2

n.d.

Cigarrillos

Miles de millones de francos CFA

1,9

3,7

3,1

3,7

5,5

6,4

8,1

n.d.

Cerveza

Miles de millones de francos CFA

4,2

5,3

4,7

4,3

4,8

5,3

7,2

n.d.

Fuente: Dirección de Estadística y de Estudios Económicos y Demográficos.

La producción industrial es muy limitada y queda mucho por hacer. No obstante, un proyecto financiado por el Banco Mundial va por buen camino: se trata del Proyecto de extensión de los servicios básicos de agua y electricidad.

Cuadro 6

Crecimiento del PIB - Evolución anual del PIB y el ingreso per cápita

(En dólares de los EE.UU.)

Indicadores

Años

2000

2001

2002

2003

2004

2005

PIB per cápita

162,4

175,0

138,1

250,8

636,54

Ingreso anual per cápita

228,9

226,2

299,5

359

389,8

Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Estudios Económicos y Demográficos, abril de 2005.

173.Según el Instituto Nacional de Estadística y Estudios Económicos y Demográficos, en 2005 el ingreso anual per cápita ascendió a 389,8 dólares de los EE.UU. Según los resultados de la encuesta sobre el consumo y el sector no estructurado (ECOSIT 1), más del 52% de la población vive por debajo del umbral de pobreza (menos de 1 dólar por persona y día). Se calcula que, en 2005, el producto nacional bruto (PNB) ascendió a 3.108 millones de francos CFA.

Cuadro 7

Principales agregados

C had

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

PIB

439,0

451,0

441,0

412,0

655,0

717,6

830,0

889,0

993,0

Utilización del PIB

Consumo final de las familias

371,8

371,8

390,7

378,0

524,5

631,7

685,0

758,0

842,0

Consumo final de las administraciones públicas y las instituciones privadas sin ánimo de lucro al servicio de las familias

89,2

97,2

86,3

89,0

121,5

116,3

137,0

130,0

137,0

Formación bruta de capital fijo total

56,3

54,7

56,8

51,6

77,0

81,9

98,0

108,0

113,0

Formación bruta de capital fijo público

27,3

26,3

33,0

28,7

48,3

44,0

50,0

46,0

48,0

Formación bruta de capital fijo privado

29,0

28,4

23,8

22,9

28,7

37,9

48,0

62,0

65,0

Variación de las existencias

5,0

13,0

-6,0

-10,0

48,0

-7,4

45,0

19,0

31,0

Balance de bienes y servicios

-84,2

-85,0

-85,6

-96,7

-115,8

-104,8

-136,0

-127,0

-130,0

Comercio exterior

Exportación de bienes y servicios

78,5

74,9

73,5

67,5

127,2

163,5

163,0

195,0

211,0

Importación de bienes y servicios

162,7

159,9

159,1

164,2

243,0

268,3

299,0

322,0

341,0

Desglose del valor añadido por ramas principales

Valor añadido del sector primario

149,5

163,0

156,9

136,7

243,7

252,2

308,0

332,0

384,0

Valor añadido del sector secundario

61,6

61,0

55,3

46,4

76,9

102,9

113,0

132,0

145,0

Valor añadido del sector terciario

214,7

215,8

217,6

219,0

323,9

347,0

389,0

401,0

438,0

Derechos y tasas a la importación

13,0

11,8

11,5

9,5

10,7

15,7

19,8

23,3

25,9

Fuente:Dirección de Estadística y de Estudios Económicos y Demográficos.

174.En lo que respecta a los bienes de consumo, los precios aumentan, pero el bolsillo de los chadianos se resiente. Ese aumento es a menudo imputable a la situación de dependencia del Chad a causa de su ubicación. No obstante, también hay que mencionar las subidas de precios practicados por algunos comerciantes. Durante los últimos años, el Gobierno se ha esforzado por controlar los precios del mercado.

Cuadro 8

Índices de precios al consumo a

Índices generales mensuales de precios al consumo en Yamena

Año

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

1990

97,3

95,3

96,9

97,1

97,2

97,5

99,9

99,5

102,9

107,1

106,0

96 , 6

1991

98,9

101,7

99,5

104,3

106,4

105,5

107,0

106,5

104,6

103,3

102,4

102,0

1992

101,2

103,0

101,4

99,5

98,7

101,6

101,6

104,2

100,5

98,3

97,3

95,5

1993

94,1

89,9

89,6

86,2

89,6

91,9

92,9

94,4

94,9

92,7

92,1

95,5

1994

96,6

109,6

120,8

132,1

136,7

138,7

138,5

143,0

144,1

141,3

135,5

136,9

1995

138,9

140,2

137,5

136,1

136,6

143,9

144,8

146,6

146,4

147,1

148,9

148,6

1996

145,4

147,5

144,8

151,8

158,7

166,1

170,1

168,5

168,7

168,3

165,5

163,8

1997

162,7

164,1

160,3

166,0

172,0

176,9

177,1

174,5

174,9

169,6

169,7

164,7

1998

165,6

167,6

164,1

170,9

177,8

177,7

182,5

194,1

197,3

181,8

171,9

170,7

1999

163,8

155,7

154,1

156,1

159,4

164,9

165,8

170,9

163,8

161,6

163,0

162,0

2000

160,8

158,7

156,9

159,0

159,8

163,8

165,2

169,8

176,8

177,1

178,9

182,5

Fuente: Dirección de Estadística y de Estudios Económicos y Demográficos.

a Índice: Base 100, febrero de 1988.

1990

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

91,9

89,8

92,1

93,0

92,9

95,2

95,9

94,1

99,7

108,7

109,0

94,0

Bienes no alimenticios

103,5

101,1

102,0

100,7

101,3

97,8

103,9

105,1

105,6

103,0

99,8

98,9

Servicios

109,6

109,1

109,1

109,1

109,1

109,1

111,3

113,4

113,4

109,9

106,7

105,0

Índice general

97,3

95,3

96,9

97,1

97,2

97,5

99,9

99,5

102,9

107,1

106,0

96,6

199 1

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

95,7

103,7

100,9

108,8

110,4

109,1

110,8

109,8

106,8

104,6

103,2

102,6

Bienes no alimenticios

102,4

96,0

95,5

95,6

97,3

96,1

96,7

96,7

97,1

97,5

98,0

98,5

Servicios

106,7

106,4

103,3

104,4

109,5

112,2

115,5

116,4

114,0

111,9

110,1

108,5

Índice general

98,9

101,7

99,5

104,3

106,4

105,5

107,0

106,5

104,6

103,3

102,4

102,0

199 2

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

100,9

104,6

103,0

100,2

99,8

103,2

103,6

107,1

100,6

96,8

94,8

93,0

Bienes no alimenticios

99,4

98,7

96,5

95,7

93,8

95,7

94,9

96,5

97,3

97,6

99,1

95,8

Servicios

107,3

106,4

106,1

106,5

106,0

109,2

110,2

109,7

109,3

108,6

106,2

108,1

Índice general

101,2

103,0

101,4

99,5

98,7

101,6

101,6

104,2

100,5

98,3

97,3

95,5

199 3

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

90,5

83,7

84,4

79,9

82,5

86,2

87,6

90,0

88,2

87,0

87,3

93,1

Bienes no alimenticios

96,7

95,8

93,7

92,4

96,5

96,2

96,6

96,7

102,0

97,3

95,4

96,4

Servicios

106,9

107,0

107,0

103,5

109,5

111,4

111,7

111,7

111,7

111,5

109,5

105,9

Índice general

94,1

89,9

89,6

86,2

89,6

91,9

92,9

94,4

94,9

92,7

92,1

95,5

199 4

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

94,0

107,7

121,7

135,2

137,2

141,1

140,8

145,8

147,2

141,7

131,4

133,3

Bienes no alimenticios

98,0

113,4

122,3

129,2

138,2

136,7

136,3

140,4

141,6

141,7

143,7

144,1

Servicios

107,0

109,3

111,0

123,4

129,9

130,9

132,3

135,0

134,7

138,5

134,6

136,7

Índice general

96,6

109,6

120,8

132,1

136,7

138,7

138,5

143,0

144,1

141,3

135,5

136,9

199 5

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

135,0

136,5

132,0

129,6

130,4

141,2

142,5

143,4

141,5

140,0

144,0

144,5

Bienes no alimenticios

147,4

150,3

150,9

151,1

151,0

153,6

153,3

156,5

158,9

163,9

164,3

163,0

Servicios

136,8

132,3

130,1

129,9

130,2

131,5

133,5

135,8

137,8

138,8

132,3

130,0

Índice general

138,9

140,2

137,5

136,1

136,6

143,9

144,8

146,6

146,4

147,1

148,9

148,6

199 6

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

140,4

142,1

138

149,6

158,6

168,4

168,3

168,9

169

168,4

165,1

162,8

Bienes no alimenticios

161

164,6

163,3

163,7

169

173,1

177,6

169

168,4

167,7

167

166,9

Servicios

129

129,2

129,6

129,9

130,7

133,3

158,8

164,7

167,9

169,9

163,8

130,0

Índice general

145,4

147,5

144,8

151,8

158,7

166,1

170,1

168,5

168,7

168,3

165,5

163,8

199 7

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

161,2

164,0

158,4

168,0

177,3

182,9

181,7

176,4

176,9

169,5

170,9

164,2

Bienes no alimenticios

166,5

166,2

165,1

165,1

166,5

170,8

173,0

173,9

176,0

174,4

172,9

173,2

Servicios

160,1

158,5

157,8

157,6

158,5

160,5

163,5

166,1

160,0

156,8

153,9

143,7

Índice general

162,7

164,1

160,3

166,0

172,0

176,9

177,1

174,5

174,9

169,6

169,7

164,7

199 8

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

163,5

164,5

158,2

170,8

179,5

182,3

187,9

205,2

210,7

184,0

166,6

168,2

Bienes no alimenticios

175,5

178,7

179,0

176,9

183,0

176,8

181,0

185,1

185,4

186,0

187,4

182,0

Servicios

149,5

153,4

153,8

154,4

153,4

155,2

156,3

158,5

157,5

157,3

157,2

152,5

Índice general

165,6

167,6

164,1

170,9

177,8

177,7

182,5

194,1

197,3

181,8

171,9

170,7

199 9

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

156,0

145,3

143,3

146,6

151,8

161,9

163,7

167,6

156,9

154,6

157,4

157,7

Bienes no alimenticios

182,6

176,9

175,5

175,6

176,2

174,3

172,1

178,4

177,0

176,1

177,0

174,1

Servicios

154,0

153,1

153,5

153,7

153,9

154,5

159,0

167,7

164,0

159,4

154,5

151,3

Índice general

163,8

155,7

154,1

156,1

159,4

164,9

165,8

170,9

163,8

161,6

163,0

162,0

2000

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Productos alimenticios

155,6

155,3

153,7

154,7

158,5

163,6

163,1

169,1

178,3

175,9

187,0

190,8

Bienes no alimenticios

174,3

173,3

171,1

176,0

171,6

173,7

176,8

181,4

181,7

186,2

178,6

182,7

Servicios

151,3

136,3

134,2

133,9

134,2

136,9

143,7

140,7

154,3

157,6

135,7

136,4

Índice general

160,8

158,7

156,9

159,0

159,8

163,8

165,2

169,8

176,8

177,1

178,9

182,5

Fuente: Dirección de Estadística y de Estudios Económicos y Demográficos.

Nota: Base 100 , febrero de 1988.

175.El transporte representa otro problema, pues no es fácil distribuir y comercializar los productos en todo el territorio.

Cuadro 9

Transporte por carretera

Chad

Unidad

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

Red de carreteras

Total de la red

km

40.000

40.000

40.000

40.000

40.000

40.000

40.000

40.000

40.000

40.000

Carreteras asfaltadas

km

n.d.

n.d.

263

263

263

263

283

283

283

412

Carreteras de tierra clasificadas (acondicionadas)

km

n.d.

n.d.

2.035

2.035

2.035

n.d.

n.d.

3.100

3.100

3.100

Carreteras y pi stas no clasificadas (de tierra )

km

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

1.400

1.400

1.400

Parque automovilístico nacional

Vehículos en circulación

Vehículos

2.034

3.301

2.772

2.230

2.465

2.635

2.355

Automóviles particulares

Vehículos

688

1. 172

878

960

922

758

694

Fuente: Ministerios de Obras Públicas, Transporte, Hábitat y Urbanismo.

No obstante, cabe señalar que, durante los últimos años, se han hecho esfuerzos considerables, puesto que se han asfaltado muchas carreteras.

B. Derecho a una vivienda digna

176.En el Chad, cerca del 90% de la población vulnerable está a la intemperie debido a la falta de vivienda digna. El derecho a la vivienda está garantizado por el artículo 43 de la Constitución: todos los chadianos tienen derecho a establecer libremente su domicilio o residencia en cualquier lugar del territorio nacional. Hay indudablemente familias que, debido a la falta de vivienda, están mal alojadas, pero es difícil proporcionar datos estadísticos porque no se dispone de ellos.

177.El Gobierno del Chad, con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y ONU-Hábitat, ha puesto en marcha un plan cuyo objetivo es mejorar las viviendas y las condiciones de vida en las zonas urbanas desfavorecidas. La mayoría de la población carece de las comodidades básicas, como agua corriente, climatización, evacuación de desechos, saneamiento, electricidad, etc., a excepción de un número muy reducido de personas que viven en el centro de las ciudades. Sin embargo, esas comodidades son inaccesibles.

178.Además, el título de propiedad de la tierra genera un título irrevocable que, en caso de expropiación da derecho a una indemnización acorde con el valor del bien expropiado. Una ley de 1967 (Ley Nº 67-25, de 22 de julio de 1967, sobre la limitación de los derechos sobre la tierra) rige el régimen de la tierra en el Chad. En virtud de esa ley y, en particular, su artículo 1, no se puede privar a nadie de la propiedad de un bien inmueble ni del uso de la tierra, excepto si lo exige el interés general, pagando en tal caso una indemnización y aplicando las disposiciones pertinentes.

179.Además, toda expropiación debe ir precedida de un estudio, que tendrá una duración mínima de un mes y máxima de cuatro meses, al que se dará la publicidad suficiente para que todas las partes interesadas, en particular los expropiados, puedan presentar sus observaciones. En vista de los resultados del estudio, el Consejo de Ministros aprueba un decreto por el que se declara de utilidad pública la operación prevista, se determinan las parcelas que serán expropiadas y se ordena la expropiación. Con respecto al desalojo, el artículo 17 de la ley dispone el derecho a una indemnización. El importe de ésta será estimado por una comisión, cuya composición se establece por decreto y en la que están representadas las partes interesadas.

180.El Chad ha previsto viviendas sociales para algunos de sus funcionarios, pero su ocupación es hasta la fecha anárquica, puesto que quienes las ocupan no son funcionarios. También es difícil por motivos de orden interno desalojar a los ocupantes ilegales.

181.Las relaciones entre propietarios e inquilinos suelen plantear problemas. No hay leyes específicas en ese ámbito, aparte del Código Civil de 1958 vigente en el Chad, que regula en particular los derechos de los inquilinos. Sin embargo, éstos están expuestos al desahucio arbitrario en cualquier momento si no recurren al arbitraje de la autoridad municipal, administrativa o judicial.

182.La construcción se rige por la Ordenanza Nº 17/PR/70, de 9 de julio de 1970, por la que se regulan los permisos de construcción en el Chad. Los derechos en la materia están recogidos en los artículos 41, 42 y 43 de la Constitución de 1996, revisada en julio de 2005. También figuran otras disposiciones en el Código Civil de 1958.

183.El Ministerio de Finanzas, debido a la falta de estadísticas, ha determinado en las leyes de finanzas el valor de los solares en función de las zonas urbanas para proteger el derecho a la vivienda contra la especulación. Sin embargo, hay una gran especulación sobre los solares de la ciudad de Yamena y sus alrededores.

184.El derecho de propiedad de la tierra se rige en el Chad por varios textos legislativos y reglamentarios: la Ley Nº 23, sobre el régimen de los bienes del dominio público; la Ley Nº 24, sobre el régimen de la propiedad de la tierra y la propiedad consuetudinaria; y la Ley Nº 25, sobre la limitación de los derechos sobre la tierra. Hay que citar también los Decretos Nos. 186, 187 y 188, que desarrollan estas leyes. Por último, la Ordenanza Nº 17 regula el permiso de construir.

185.En el Chad, se distingue el dominio público y el dominio privado. El dominio público natural comprende, de conformidad con el artículo 2 de la Ley Nº 23, los cursos de agua, permanentes o no, los lagos, los pantanos y los manantiales, dentro de los límites de las aguas más altas antes del desbordamiento, así como una franja de 25 metros más allá de ese límite, las islas, los islotes, los bancos de arena y los terreros que se formen en los ríos, las aguas subterráneas, los yacimientos minerales y mineros y los bosques clasificados.

186.El dominio público artificial está integrado por los canales de navegación y riego, las construcciones de agua de cualquier tipo y los dispositivos de evacuación y depuración de las aguas residuales, las vías de comunicación de cualquier tipo, los aeródromos, los medios de transmisión de cualquier tipo, tanto materiales como inmateriales, las instalaciones de producción y distribución de energía, siempre que se hayan realizado o adquirido con fines de utilidad pública, así como los dispositivos de protección y explotación de esas instalaciones, las señales, los mojones y las marcas geodésicas y topográficas. También forman parte del dominio público natural las obras de defensa nacional de cualquier tipo y, eventualmente, sus zonas de protección, los monumentos públicos, las colecciones u objetos de interés cultural que pertenezcan al Estado o personas jurídicas de derecho público que dependan de él, así como cualquier tipo de bienes que los códigos y las leyes declaren inapropiables. El dominio público es inalienable e imprescriptible.

187.El dominio privado del Estado está integrado por los bienes del Estado o las personas jurídicas de derecho público que dependan de él, así como los bienes que hayan dejado de pertenecer al dominio público.

188.Los bienes vacantes y sin dueño forman parte de los bienes del dominio privado del Estado, salvo disposición en contrario. En lo que respecta a la tierra, el dominio privado puede estar sujeto a servidumbres o derechos consuetudinarios de ocupación temporal que se determinarán, en su caso, de conformidad con los procedimientos legales o reglamentarios. Los poderes públicos se reservan el derecho, cuando no haya expropiación material y definitiva, a redimir en su dominio los derechos de que se trate mediante el pago de una indemnización (artículos 7, 8 y 9 de la Ley Nº 23).

189.Los resultados del estudio sobre la expropiación sirven de base para que el Consejo de Ministros adopte una decisión de conformidad con el artículo 4. La indemnización por expropiación se puede determinar de común acuerdo entre las partes o, en su defecto, por un tribunal competente. El procedimiento se rige por los artículos 7 a 11. Con respecto a la expropiación de fincas rústicas sobre las que exista un título de propiedad de conformidad con el artículo 12, el procedimiento es el mismo que para la expropiación de derecho común (arts. 13 y 14). El desahucio da derecho a indemnización (art. 17). La administración puede tomar posesión (art. 18).

190.La ley también regula los derechos consuetudinarios cuando la utilidad pública exija su eliminación. El procedimiento es el mismo que el utilizado para inscribir el derecho que se va a eliminar. El Gobierno del Chad ha previsto en los últimos años dos grandes proyectos que están en curso de ejecución (Cité Tournai y Patte d'Oie). Cabe señalar que el Gobierno procura que sólo se recurra al lanzamiento en circunstancias completamente excepcionales y después de examinar todas las alternativas posibles y respetando plenamente los derechos de todos los interesados.

191.El Gobierno debe prorrogar el mayor tiempo posible la moratoria de lanzamientos y demoliciones forzosos, sumarios e ilegales y velar por que todas las personas sobre las que pese esa amenaza se beneficien de todas las garantías previstas en la ley.

192.El Chad tiene también legislación sobre urbanismo. Cabe mencionar, por ejemplo, el Decreto Nº 236/PR/MATUH, de 31 de mayo de 2004, sobre la creación, las facultades y el funcionamiento de la Comisión Local de Urbanismo.

Artículo 12. El derecho a la salud y a la protección social

193.En 1998 el Estado adoptó la política nacional de salud cuyo objetivo general es garantizar a la población el acceso a unos servicios de atención sanitaria primaria de calidad. El sistema de salud del Chad es piramidal y consta de tres niveles de responsabilidad y actividad. En primer lugar, el nivel central, que comprende un consejo nacional de salud, una administración central, organizaciones bajo tutela y un hospital general de referencia. En segundo lugar, el nivel intermedio, que comprende consejos regionales de salud, delegaciones regionales de salud, hospitales públicos regionales y escuelas de formación y farmacias regionales de suministro de medicamentos. En tercer lugar, el nivel periférico que comprende consejos de salud de distrito, hospitales públicos de distrito con su propio equipo, consejos de salud zonales y de centros de salud.

194.Los servicios de higiene en los hospitales y en los distritos municipales desempeñan sus tareas, incluso si carecen de medios de trabajo.

195.Desde hace algún tiempo el Gobierno instituyó la utilización generalizada de productos genéricos. El 10 de diciembre de 1999 se adoptó la Ley Nº 18 PR/99 relativa a la creación de hospitales públicos en las delegaciones de las prefecturas y en los distritos sanitarios del Chad.

Cuadro 10

Algunos datos sobre el sistema de salud del Chad

(Cobertura sanitaria por delegación)

Delegación sanitaria regional

Población

Médicos

Enfermeros calificados

Parteras

Hospitales

Camas (plazas)

Zonas de responsabilidad funcional

1

Batha

425.935

7

68

3

2

117

21

2

B.E.T.

108.064

5

35

1

2

49

9

3

Chari-Baguirmi

676.789

3

36

0

3

110

29

4

Hadjer-Lamis

387.747

4

26

0

3

92

30

5

Guera

452.211

10

66

5

4

188

32

6

Kanem

413.338

6

74

5

3

94

68

7

Lac

373.478

4

62

3

2

53

37

8

Logone occidental

672.572

17

119

14

3

601

38

9

Logone oriental

651.272

7

79

3

4

193

58

10

Mandoul

593.083

5

38

2

3

166

38

11

Mayo-Kebbi Oriental

738.729

11

128

10

3

246

49

12

Mayo-Kebbi Occidental

479.693

3

35

4

2

226

22

13

Moyen-Chari

504.057

13

114

14

3

333

32

14

N'djamena

784.019

208

275

150

3

920

46

15

Ouaddaï

803.119

13

84

6

4

270

46

16

Salamat

272.288

5

65

5

3

110

16

17

Tandjile

670.157

5

51

5

4

142

49

18

Wadi-Fira

272.885

7

52

3

3

97

19

Totales

9.272.900

333

1.437

233

50

3.952

639

Fuente : Ministerio de Salud Pública (MSP): Anuario de estadísticas sanitarias del Chad, 2005.

Cuadro 11 a)

Evolución del presupuesto asignado a la salud

(En miles de francos CFA)

Año

Presupuesto estatal

Presupuesto de salud

Porcentaje para personal

Porcentaje para funcionamiento

1990

40.107.000

1.534.761

74,2

25,8

1991

40.925.878

2.180.211

71,4

28,6

1992

43.692.000

1.829.069

72,3

27,7

1993

41.214.301

2.415.117

74,8

25,2

1994

70.864.889

2.148.735

60

40

1995

61.652.000

2.678.394

65

35

1996

56.423.000

4.152.954

52,4

47,6

1997

75.288.000

3.957.783

51,9

48,1

1998

61.845.682

4.386.739

47,6

52,4

1999

69.499.255

3.495.996

64,1

35,9

2000

75.820.076

6.581.057

39

61

Fuente: Ministerio de Salud Pública (MSP): Anuario de estadísticas sanitarias del Chad, 2000.

Cuadro 11 b)

Presupuesto del Ministerio de Salud Pública

(En miles de francos CFA)

Partida

Presupuesto del Estado

Presupuesto PPME (países pobres muy endeudados)

Ingresos del petróleo

Total

Gastos de personal

0

7.001.237, 000

Gastos de bienes y equipo

2.428.215,000

1.533.440,000

1.420.000,000

5.381.655 , 000

Gastos de servicios

1.170.381,000

0

1.040.000,000

2.210.381 , 000

Intervención del Estado

0

0

1.000.000,000

1.000.000 , 000

Inversiones

2.750.000,000

1.198.974,000

5.144.673,000

9.093.647 , 000

Equipos

1.998.000,000

598.974,000

699.692,000

3.256.666 , 000

Construcciones

752.000,000

600.000,000

3.594.981,000

4.946.981 , 000

Subvenciones para el SIDA

0

0

100.000,000

100.000 , 000

Contrapartidas de proyectos

0

0

790.000,000

790.000 , 000

Financiación externa

17.997.108,000

0

0

17.997.108 , 000

Donaciones

12.424.433,000

0

0

12.424.433 , 000

Préstamos

5.572.675,000

0

0

5.572.675 , 000

Total

28.973.126,000

2.806.229,000

10.904.673 ,000

42.684.028,000

Fuente: Anuario DAFM/MSF 2005 .

Nota: Presupuesto ordinario: 44,5%, es decir, 976.018.000 francos CFA.

- Presupuesto PPME: 11,4%, es decir, 2.806.229. 000 francos CFA;

- Presupuesto de ingresos del petróleo: 44,2%, es decir, 10.964.673.000 francos CFA.

El presupu esto total del Estado según la L ey de finanzas revisada es de 527.199.830.000 francos CFA, de los cuales 36.623.856.846 francos CFA, es decir el 6,95% del presupuesto general, están asignados al Ministerio de Salud Pública. Este presupuesto del Ministerio se reparte de la manera siguiente:

- Personal: 5,78%, es decir, 5.482.600.000 francos CFA;

- Bienes y servicios: 13,39%, es decir, 5.717.095 . 846 francos CFA.

Cuadro 12

Número de estudiantes en formación en la Facultad de Ciencias de la Salud

Año

Primer año

Segundo año

Tercer año

Cuarto año

Quinto año

Sexto año

Séptimo año

Total

2000/01

66

16

57

8

33

14

27

221

2004/05

88

85

80

54

15

46

12

380

Fuente: MSP: Anuario de estadísticas sanitarias del Chad, 2000.

Cuadro 13 a)

Número de alumnos inscritos en la Escuela Nacional de Personal Sanitario y Social (ENPSS) en 2004 /05 desglosados por disciplina

Sección

Número de alumnos en formación

Primer año

Segundo año

Tercer año

Total

Enfermeros con diploma del Estado

65

-

56

121

Parteras con diploma del Estado

39

-

26

65

Técnicos de laboratorio con diploma del Estado

30

-

19

49

Asistentes sociales con diploma del Estado

46

-

39

85

Maestros de preescolar

42

-

0

42

Técnicos de la salud

109

-

0

109

Técnicos de la salud (parteras)

0

0

0

0

Enfermeros especializados (oftalmología)

12

-

-

12

Enfermeros especializados (anestesia, reanimación)

12

0

0

12

Total

355

0

140

495

Fuente: MSP: Anuario de estadísticas sanitarias del Chad.

Cuadro 13 b)

Formación inicial descentralizada , en 2005

POOL

Técnicos de la salud

Enfermeras obstétricas

Total

Primer año

Segundo año

Total

i U

52

52

0

16

16

0

40

40

0

9

9

0

33

33

0

9

9

0

14

14

0

7

7

0

139

139

0

41

41

196.Habida cuenta de la importancia atribuida a la salud de la población, el Gobierno ha aprobado una serie de textos para organizar la participación de la colectividad en dichas cuestiones. El 10 de diciembre de 1999 se aprobó la Ley Nº 19/PR/99, por la cual se estableció la participación de la colectividad en los gastos de salud. Para la aplicación de esta ley se promulgó el Decreto Nº 364/PR/MSP/01 de 18 de julio de 2001, que trata de la misma materia. El artículo 1 de dicho decreto regula la participación de la colectividad en los gastos de la salud. En virtud del principio de la participación de la colectividad, ésta contribuye a cubrir los gastos de los servicios de salud, así como a su planificación, gestión y evaluación. Los objetivos del sistema descrito están definidos por los textos vigentes y especificados en el artículo 3 del decreto: mejorar los servicios mínimos y complementarios, controlar los precios que paga la población por la atención médica y mejorar la gestión de los recursos de las estructuras sanitarias.

197.De conformidad con el decreto, en cada centro de salud se crea un comité elegido por la población de demarcación respectiva. Este comité de salud tiene estatuto de asociación no lucrativa y está reconocida oficialmente por la autoridad competente y dirigida por una junta ejecutiva. Juntamente con el director del centro de salud, la junta ejecutiva del comité de salud participa en la gestión de los recursos financieros y materiales, así como de los productos farmacéuticos, a fin de dar estabilidad a las actividades. El comité puede celebrar acuerdos de asociación con los centros de salud, en los que se determinan las modalidades de la colaboración entre dichos centros para la gestión y el control de los fondos aportados por la colectividad. Esos comités pueden recibir financiación externa para cubrir sus gastos de inversión, sobre la base de acuerdos concertados por el Estado con los asociados para el desarrollo. Asimismo, pueden beneficiarse directamente de donaciones y legados destinados a mejorar las actividades sanitarias de sus zonas de responsabilidad.

198.De conformidad con su política en la esfera de la salud, el Estado chadiano aprobó en 2000 una ley de farmacia (Ley Nº 024/PR/2000) cuyo propósito es organizar la gestión de los productos farmacéuticos de uso tanto humano como veterinario. En virtud del artículo 2 de dicha ley, se creó una Comisión Nacional de Medicamentos, que debe ser consultada sobre cualquier cuestión relativa a los medicamentos y demás productos farmacéuticos.

199.Esta ley establece las diversas categorías de medicamentos, así como las condiciones de su autorización. En virtud de sus artículos 15 y 16, ningún producto farmacéutico o medicamento genérico puede despacharse, a título oneroso o gratuito, si no se ha obtenido antes una licencia de comercialización expedida por el Ministerio de Salud. Esta licencia se expide por un período renovable de cinco años. La solicitud de la licencia de comercialización debe dirigirse al Ministerio de Salud, junto con el comprobante de pago de una tasa fija cuya cuantía determinan por decreto conjunto los Ministerios de Salud y de Finanzas.

200.Por lo que se refiere al precio de los medicamentos, éste está determinado por la libre competencia, dentro de los límites de la estructura de precios establecida por vía de decreto. No obstante, cuando así lo exige la coyuntura, pueden adoptarse medidas concretas por decreto conjunto de los Ministerios de Salud y de Comercio, a fin de favorecer la asequibilidad de los medicamentos esenciales y sociales, previo dictamen de la Comisión Nacional de Medicamentos. Toda denuncia de infracción en materia de precios de los medicamentos se comunicará al Ministerio de Salud Pública (art. 24). La promoción de los medicamentos y la extensión de recetas médicas están también reguladas por la ley.

201.La Ordenanza Nº 010/PR/91 de 20 de agosto de 1991 creó el Colegio Nacional de Farmacéuticos al que todos los farmacéuticos deben afiliarse para poder ejercer su actividad en la República del Chad. Para ejercer la profesión, los farmacéuticos deben dar prueba de moralidad profesional, para lo cual deben cumplir los requisitos siguientes:

a)Estar en posesión del título oficial de Doctor en Farmacia, Farmacéutico o cualquier otro diploma equivalente con arreglo a las disposiciones vigentes en materia de enseñanza superior;

b)Tener la nacionalidad chadiana y residir en la República del Chad o ser nacional de un Estado que permita a los chadianos ejercer la farmacia si poseen la titulación que habilita a los nacionales de ese Estado para ejercer la profesión;

c)Ser miembro del Colegio de Farmacéuticos, en la sección o secciones correspondientes al ejercicio de la práctica profesional;

d)Estar autorizado por el Ministerio de Salud.

202.Existe una dependencia de inspección farmacéutica encargada de actividades de la supervisión y el control. La ley regula igualmente los establecimientos de fabricación de productos farmacéuticos, los distribuidores mayoristas y los almacenes, y prevé sanciones en caso de infracción.

203.Los centros de salud urbanos cuentan con una sección de asuntos sociales que se ocupa de las personas pertenecientes a los grupos vulnerables en general, especialmente los ancianos. En algunos centros de salud, la comunidad participa en la gestión y el control de la atención primaria de la salud, por conducto de un comité de salud elegido por los habitantes del barrio en que está implantado el centro de salud. La planificación y organización de los centros, en cambio, están a cargo del Estado.

204.Hay que señalar que las estrategias establecidas distan mucho de satisfacer las necesidades de salud de la población chadiana, que no cesan de aumentar. Dado el problema que plantea el acceso al agua potable en el Chad, las condiciones de higiene y saneamiento siguen siendo precarias y provocando enfermedades.

205.Según el informe de la Encuesta de indicadores múltiples en el Chad realizada en 2000, más del 70% de la población no disponía de retretes. Sólo el 24% de la población poseía un sistema adecuado de evacuación de los excrementos y sólo el 0,2% de ellos era un retrete moderno.

Cuadro 14 a)

Las principales enfermedades

Motivo de la consulta

Número de casos

Porcentaje

1

Paludismo simple

67.907

22,4

2

Diarreas

37.659

12,4

3

Paludismo grave

12.156

4,0

4

Disentería

25.051

6,2

5

Pérdida vaginal

25.831

2,9

Fuente: Ministerio de Salud Pública.

Cuadro 14 b)

Evolución de la cobertura de inmunización por antígenos para los niños de 0 a 11 años en el período 2001-2005

Antígeno

2001

2002

2003

2004

2005

BCG

49,1

60,6

62

32,5

64,8

DTC3

27,3

40,6

41,8

41,9

47,8

Poliomielitis

27,2

36,2

41,5

38,9

46,2

Fiebre amarilla

35,3

44,2

33,1

39,2

50,9

Sarampión

35,3

44,7

51,5

46,2

58,2

Fuente: Ministerio de Salud Pública.

Cuadro 15

Recursos humanos

Año

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Efectivos

3.120

3.660

3.774

4.301

4.641

4.699

n.d.

n.d.

Fuente : Ministerio de Salud Pública.

206.Organizaciones internacionales como la OMS, el UNICEF y el Banco Mundial, y ONG como Médicos Sin Fronteras y Médicos del Mundo proporcionan apoyo técnico, financiero, material y logístico para paliar las deficiencias en la materia. Se presentan a continuación algunas estadísticas sobre el país publicadas por el UNICEF.

Cuadro 16

Salud y VIH/SIDA (estadísticas del UNICEF)

Salud

Porcentaje de la población que se beneficia

34

Porcentaje de la población que se beneficia

40

Porcentaje de la población que se beneficia

32

Porcentaje de la población total con acceso a saneamiento adecuado

8

Porcentaje de la población urbana con acceso a saneamiento adecuado

30

Porcentaje de la población rural con un acceso a saneamiento adecuado

0

Porcentaje de vacunación

42

Vacunación 2004: niños de 1 año vacunados contra la tuberculosis (BCG)

38

Vacunación 2004: niños de 1 año vacunados contra la difteria, la tos ferina y el tétanos (vacuna triple DCT 1)

68

Vacunación 2004: niños de 1 año vacunados contra la difteria, la tos ferina y el tétanos (vacuna triple 3DTT)

50

Vacunación 2004: niños de 1 año vacunados contra la poliomielitis (polio 3)

47

Vacunación 2004: niños de 1 año vacunados contra el sarampión

56

Vacunación 2004: niños de 1 año vacunados contra la hepatitis B (hepB3)

-

Vacunación 2004: niños de 1 año vacunados contra la Haemophilus influenza tipo B (hib3)

-

Vacunación 2004: porcentaje de recién nacidos vacunados contra el tétanos

40

Porcentaje de niños de menos de 5 años que sufren de infecciones respiratorias agudas (IRA) 1998-2004

12

Porcentaje de niños de menos de 5 años que sufren de IRA y han consultado a personal sanitario, 1998-2004

22

Porcentaje de niños de menos de 5 años que sufren de fiebre y reciben medicamentos contra el paludismo, 1996-2004

50

Porcentaje de niños de menos de 5 años que duermen con mosquitero

27

Porcentaje de niños de menos de 5 años que duermen con mosquitero impregnado de insecticida

1

Porcentaje de niños de menos de 5 años que sufren de fiebre y reciben medicamentos contra el paludismo, 1999-2004

32

Prevalencia del VIH/SIDA

Tasa de prevalencia en los adultos (15 a 49 años), finales de 2003 (estimación)

4,8

Estimación del número de personas que viven con el VIH/SIDA, 2003 (miles) - Adultos y niños (0 a 49 años)

200

Estimación del número de personas que viven con el VIH/SIDA, 2003 (miles) - Estimación baja

130

Estimación del número de personas que viven con el VIH/SIDA, 2003 (miles) - Estimación alta

300

Estimación del número de personas que viven con el VIH/SIDA, 2003 (miles) - Niños (0 a 14 años)

18

Estimación del número de personas que viven con el VIH/SIDA, 2003 (miles) - Mujeres (15 a 49 años)

100

Tasa de prevalencia del VIH en las mujeres jóvenes embarazadas (15 a 24 años) en la capital en 2003 (media)

4,8

VIH/SIDA : c onocimientos y comportamiento

Porcentaje de personas entre 15 y 24 años que saben que el preservativo protege contra el VIH - Hombres

-

Porcentaje de personas entre 15 y 24 años que saben que el preservativo protege contra el VIH - Mujeres

21

Porcentaje de personas entre 15 y 24 años que saben que una persona que parece disfrutar de buena salud puede ser seropositiva - Hombres

-

Porcentaje de personas entre 15 y 24 años que saben que una persona que parece disfrutar de buena salud puede ser seropositiva - Mujeres

28

Porcentaje de personas entre 15 y 24 años que tienen un conocimiento general del VIH - Hombres

-

Porcentaje de personas entre 15 y 24 años que tienen un conocimiento general del VIH - Mujeres

5

Utilización de preservativo en las últimas relaciones sexuales de riesgo (porcentaje) - Hombres

-

Utilización de preservativo en las últimas relaciones sexuales de riesgo (porcentaje) - Mujeres

-

Huérfanos

Niños (0 a 17 años) que han quedado huérfanos a causa del SIDA, 2003, estimación (miles)

96

Niños (0 a 17 años) que han quedado huérfanos por cualquier razón, 2003, estimación (miles)

500

Tasa de asistencia a la escuela entre los huérfanos, 1998-2004

96

Cuadro 17

Estadísticas sobre la protección de los niños

Trabajo infantil (5 a 14 años) 1999-2004*- Niños

4760

Trabajo infantil (5 a 14 años) 1999-2004* - Niñas

55

Matrimonio de niños 1986-2004* - Total

71

Matrimonio de niños 1986-2004* - En medio urbano

65

Matrimonio de niños 1986-2004*- En medio rural

74

Registro de nacimientos 1999-2004* - Total

25

Registro de nacimientos 1999-2004* - En medio urbano

53

Registro de nacimientos 1999-2004* - En medio rural

18

Mutilación genital femenina 1998-2004* - Mujeresa (15 a 49 años) - Total

45

Mutilación genital femenina 1998-2004* - Mujeresa (15 a 49 años) - En medio urbano

43

Mutilación genital femenina 1998-2004* - Mujeresa (15 a 49 años) - En medio rural

46

Mutilación genital femenina 1998-2004* - Niñasb- Total

-

Cuadro 18

Progresos realizados

Clasificación según la tasa de mortalidad de niños menores de 5 años (TMM5)

12

Tasa de mortalidad de niños menores de 5 años, 1970

-

Tasa de mortalidad de niños menores de 5 años, 1990

203

Tasa de mortalidad de niños menores de 5 años, 2004

200

Tasa anual media de retroceso (porcentaje), 1970-1990

-

Tasa anual media de retroceso (porcentaje), 1990-2004

0,0-1

Retroceso desde 1990 (porcentaje)

1

Tasa anual de crecimiento del PIB por habitante (porcentaje), 1970-1990

-0,9

Tasa anual de crecimiento del PIB por habitante (porcentaje), 1990-2004

0,9

Índice sintético de fecundidad, 1970

6,6

Índice sintético de fecundidad, 1990

6,7

Índice sintético de fecundidad, 2004

6,7

Tasa anual media de retroceso (porcentaje), 1970-1990

-0,1

Tasa anual media de retroceso (porcentaje), 1990-2004

-

Fuente: UNICEF.

Artículos 13 y 14 . El derecho a la educación

207.El sector educativo es una de las prioridades del Chad. En la medida de sus posibilidades y medios, el Estado se hace cargo del salario de los maestros, de la construcción de los edificios, del material didáctico, del mobiliario y de los bienes consumibles y la formación continua de los maestros. Cabe constatar:

a)La falta de infraestructura adecuada (número insuficiente de aulas de clase);

b)La baja calificación de los maestros (el 62% carece de formación profesional).

208.Por otra parte, la gratuidad y obligatoriedad de la educación están garantizadas por el artículo 35 de la Constitución. A este respecto, es importante subrayar que la llamada al orden formulada este año por el Ministerio de Educación Nacional a fin de hacer efectiva esta disposición contribuye a avanzar en la materia.

209.Las asociaciones de padres de alumnos fueron en sus comienzos un excelente aliado del Estado en la educación, pues participaban en la gestión de las escuelas y aportaban al respecto un apoyo esencial. Desafortunadamente, en los últimos años esas asociaciones se han desviado de su vocación inicial y ahora atacan la gratuidad de la escuela, y lo cual dio lugar a la intervención del Ministro de Educación Nacional.

210.La enseñanza secundaria está generalizada y es accesible a todos en el conjunto del territorio nacional, lo cual no es el caso de la enseñanza técnica y profesional.

211.Al igual que la enseñanza primaria, la enseñanza secundaria es gratuita. No obstante, la tasa de analfabetismo sigue siendo elevada.

Cuadro 19

Tasa de escolarización y alfabetización

Chad

Censo de 1993

Tasa de escolarización a

39,8

Niños

52,6

Niñas

26,7

Tasa de alfabetizaciónb de los adultos

13,5

Hombres

23,0

Mujeres

5,2

Fuente:Dirección de Estadística y Estudios Económicos yDemográficos.

a La tasa de escolarización corresponde a la poblaciónde 6 a 12 años.

b La tasa de alfabetización corresponde a la poblaciónde 15 años o más.

Cuadro 20

Tasa de escolarización a nivel primario

1996/97

1997/98

1998/99

1999/00

2000/01

2001/02

Tasa bruta de escolarización

Niños

74,9

83

84,6

88,2

91,5

92,2

Niñas

39,7

46,2

50

54,6

58,9

63,2

Ambos sexos

57,5

64,8

67,4

71,6

75,4

80,5

Proporción niñas/niños

0,53

0,56

0,59

0,62

0,65

0,65

Tasa neta de escolarización

Niños

58,3

65,3

66,2

68,2

71,1

76,2

Niñas

33,1

38,8

42,4

44,7

48,5

52,5

Ambos sexos

45,8

52,1

54,5

56,6

59,9

64,5

Proporción niñas/niños

0,57

0,59

0,64

0,66

0,68

0,69

Fuente : Ministerio de Educación Nacional.

Cuadro 21

Número de alumnos escolarizados

Chad

Unidad

1989/90

1990/91

1991/92

1992/93

1993/94

1994/95

1995/96

1996/97

1997/98

1998/99

Número de alumnos en primaria

Alumnos

492.231

525.165

568.630

n.d.

542.405

547.696

591.493

680.909

786.537

839.932

Número de alumnos en secundaria

Alumnos

54.751

62.658

76.124

n.d.

73.031

85.323

92.220

99.164

112.268

n.d.

Número de estudiantes en la enseñanza superior

Estudiantes

n.d.

1.425

2.721

1.588

2.958

3.242

3.446

3.798

4.799

n.d.

Promedio de alumnos por clase en primaria

Alumnos

68,3

68,3

65,9

n.d.

61,6

n.d.

69,4

68,8

70,3

67,8

Promedio de alumnos por maestro en primaria

Alumnos

67,0

65,8

62,3

n.d.

60,3

n.d.

63,0

n.d.

68,0

67,9

Porcentaje de niñas en primaria

Porcentaje

30,5

31,0

32,1

n.d.

32,3

n.d.

32,9

34,3

35,4

36,7

Porcentaje de niñas en secundaria

Porcentaje

15,7

15,8

n.d.

n.d.

17,5

n.d.

19,6

n.d.

20,4

n.d.

Porcentaje de niñas en la enseñanza superior

Porcentaje

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

13,1

14,6

13,8

n.d.

Fuente: Ministerio de Educación Nacional.

Cuadro 22

Presupuesto de funcionamiento y créditos de inversión del Ministerio de Educación Nacional

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

Presupuesto de funcionamiento (millones de Ma)

Total de créditos asignados a la educación

11.954,2

14.635,9

15.326,8

16.970,2

18.998,0

23.270,3

25.909,2

Presupuesto general de funcionamiento del Estado

74.620

73.126

76.524,7

92.780,3

99.649,0

129.894

123.601

Porcentaje del presupuesto para la educación

16

20

20

18,3

19,1

17,9

21

Presupuesto de inversión (millones de francos CFA)

Total de créditos asignados a la educación

n.d.

19.627,8

10.905,9

12.930,1

12.202,1

7.989,2

13.575,0

Presupuesto general de funcionamiento del Estado

n.d.

134.830

142.432

150.260

146.344

129.943

230.456

Porcentaje del presupuesto para la educación

n.d.

14,6

7,7

8,6

5,3

6,1

5,9

Cuadro 23

Educación (estadísticas del UNICEF)

Tasa de alfabetización de los adultos, 2000-2004*- Hombres

41

Tasa de alfabetización de los adultos, 2000-2004* - Mujeres

13

Número por cada 100 personas, 2002-2003* - Teléfonos

1

Número por cada 100 personas, 2002-2003*- Utilización de Internet

0

Tasa de escolarización en la enseñanza primaria (2000-2004*), bruta - Hombres

95

Tasa de escolarización en la enseñanza primaria (2000-2004*), bruta - Mujeres

61

Tasa de escolarización en la enseñanza primaria (2000-2004*), neta - Hombres

75

Tasa de escolarización en la enseñanza primaria (2000-2004*), neta - Mujeres

51

Tasa de asistencia a la escuela en la enseñanza primaria (1996-2004*), neta - Hombres

46

Tasa de asistencia a la escuela en la enseñanza primaria (1996-2004*), neta - Mujeres

33

Porcentaje de niños que llegan hasta el quinto año de la enseñanza primaria, datos de la administración, 2000-2004 *

44

Porcentaje de niños que llegan hasta el quinto año de la enseñanza primaria, datos de la encuesta 1997-2004 *

96

Tasa de escolarización en la enseñanza secundaria (2000-2004*), bruta - Hombres

22

Tasa de escolarización en la enseñanza secundaria (2000-2004*)* bruta - Mujeres

7

Tasa de escolarización en la enseñanza secundaria (2000-2004*), neta - Hombres

12

Tasa de escolarización en la enseñanza secundaria (2000-2004*)* neta - Mujeres

4

Tasa de asistencia al instituto en la enseñanza secundaria (1996-2004*), neta - Hombres

9

Tasa de asistencia al instituto en la enseñanza secundaria (1996-2004*), neta - Mujeres

5

212.La situación específica de las mujeres sigue siendo preocupante, como lo demuestran las estadísticas que se presentan a continuación.

Cuadro 24

Estadísticas del UNICEF sobre la tasa de alfabetización de las mujeres

Esperanza de vida de las mujeres, en porcentaje de la de los hombres, 2004

105

Tasa de alfabetización de las mujeres adultas, en porcentaje de la de los hombres, 2000-2004

32

Tasa de escolarización de las niñas en porcentaje

64

Tasa de escolarización de las niñas en porcentaje

68

Tasa de escolarización de las niñas en porcentaje

32

Tasa de escolarización de las niñas en porcentaje

33

Tasa de utilización de anticonceptivos (porcentaje), 1996-2004

8

Tasa de cobertura de la atención prenatal (porcentaje), 1996-2004 *

42

Partos

16

Tasa de mortalidad materna, 1990-2004, declarada

830

Tasa de mortalidad materna, 2000, ajustada

1.100

Tasa de mortalidad materna, 2000, riesgo de deceso materno sobre toda la vida

1/11

213.Se están haciendo esfuerzos para poner la enseñanza superior completamente al alcance de todos los bachilleres. Además de las dos universidades principales abiertas en el Chad (Nyamena y Abéché), se han creado institutos de formación profesional en Moundou, Mongo, Abéché y Bongor. No obstante, cabe deplorar la falta de personal docente en esas universidades.

214.Por lo que se refiere a los costos, el primer año sólo se exigen emolumentos para la producción de documentos administrativos, que ascienden a 25.000 francos CFA. En los años siguientes, el Estado concede a los estudiantes la matrícula gratuita y abona el resto de los gastos. Actualmente se está estudiando la manera de revalorizar la situación social de los estudiantes, a fin de proponer las mejores soluciones posibles para la enseñanza superior.

215.Dado que el Chad es un país en que la tasa de analfabetismo es bastante elevada, se están haciendo esfuerzos para ofrecer educación básica a quienes no han recibido o completado la instrucción primaria. Para luchar contra el analfabetismo, el Gobierno creó en 2000 por decreto un centro para la eliminación del analfabetismo en el Chad. Se trata del Decreto Nº 006/PR/MEN/90 de 15 de enero de 1990 por el que se crea el Comité Nacional para la eliminación del analfabetismo en el Chad.

216.Asimismo, en la Facultad de Letras y Ciencias Humanas se creó un departamento de alfabetización, encargado de formar asesores en alfabetización que se dedicarán a este aspecto de la instrucción.

217.El 13 de marzo de 2006 se votó la Ley Nº 016/PR/06 relativa a la orientación del sistema educativo chadiano; en ella se establece el marco jurídico y organizacional general de dicho sistema, así como sus orientaciones fundamentales. El artículo 2 precisa que el sistema educativo chadiano está constituido por un conjunto de instancias de iniciativa y concepción, estructuras de planificación, producción y gestión, y circunscripciones y estructuras de enseñanza, formación e investigación que procuran la transmisión de conocimientos, competencias técnicas y aptitudes generales. Incumbe al Estado definir de manera soberana el marco de dicho sistema. De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, la ley establece que el derecho a la educación y la formación está reconocido para todos, sin distinción de edad, sexo, u origen regional, social, étnico o religioso. En el párrafo 2 de su artículo 4, la ley establece que la educación es una prioridad nacional absoluta.

218.El Estado garantiza la educación básica entre los 6 y los 16 años. La enseñanza y la formación se imparten en los dos idiomas oficiales, el francés y el árabe, pero también se pueden impartir en los idiomas nacionales. Se utilizan idiomas extranjeros pero en calidad de asignaturas del programa académico. La enseñanza pública es laica, y el Estado tiene a su cargo la organización, el funcionamiento y la inspección.

219.El Estado define los principios de organización y funcionamiento del sistema educativo por los que se deben regir las actividades de instrucción, educación, formación e investigación realizadas por las colectividades públicas y las personas privadas. De conformidad con la ley, el sistema educativo persigue los objetivos siguientes:

-Ofrecer a todos los niños chadianos acceso equitativo a una educación de calidad;

-Promover el espíritu de curiosidad y de investigación científica y técnica;

-Desarrollar la enseñanza y la formación profesional, con miras a la inserción socioprofesional en el entorno socioeconómico y cultural del país;

-Erradicar el analfabetismo;

-Promover la escolarización de las niñas, a fin de eliminar los estereotipos y demás lastres socioeconómicos y culturales que dificultan el pleno desarrollo de la niña y la mujer en el proceso de aprendizaje;

-Destacar el valor de la educación física y deportiva;

-Destacar el valor de la enseñanza de las artes y la artesanía;

-Preservar y promover el patrimonio cultural, artístico y archivístico;

-Promover la educación medioambiental, con miras al bienestar social;

-Formar hombres y mujeres responsables, capaces de emprender iniciativas en materia cívica y profesional;

-Dotar al país de profesionales con alto nivel de especialización y de investigación científica y tecnológica;

-Luchar contra los perjuicios y taras nocivos para la cohesión social mediante la promoción de una cultura de tolerancia y respeto del otro;

-Fomentar la conciencia de pertenecer a un mismo país y contribuir así al fortalecimiento de la cohesión nacional;

-Contribuir a la promoción del estado de derecho mediante la difusión de una cultura del respeto de la justicia, los derechos humanos y las libertades.

220.De conformidad con el artículo 18 de la ley mencionada, el sistema educativo académico comprende los siguientes niveles de enseñanza: preescolar, primaria, secundaria y superior.

221.Pese a la consagración en la Ley del derecho a la educación, hay que señalar que su ejercicio completo se ve obstaculizado por varios factores, como la falta de transición en la aplicación de la gratuidad de la educación, la falta de personal docente y de suministros y la insuficiencia de los medios financieros.

222.En consecuencia, el Gobierno ha colocado al Ministerio de Educación entre los departamentos que tienen prioridad, y se esfuerza por ofrecer la mejor educación posible a la población, pues sabe que con ello contribuirá a mejorar el desarrollo del país.

223.En 2002 se formuló la política sectorial de la educación, que se inscribe en la perspectiva de la realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (escolarización universal de aquí a 2015 y logro de la escolaridad completa a nivel de la enseñanza primaria). La estrategia adoptada tiene en cuenta la función que desempeñan las asociaciones de padres de alumnos en la construcción y la gestión de las escuelas y el apoyo que presta el Estado para la financiación correspondiente y para la formación y remuneración de los maestros.

224.Para apoyar la reforma del sistema educativo del Chad se ha aprobado un proyecto que refleja en términos operacionales la política del sector. Está integrado por cuatro componentes, a saber: acceso equitativo a la educación, calidad y eficacia de la enseñanza, afabetización y educación no académica, y fortalecimiento de la planificación, la gestión y el seguimiento de los programas.

225.Parte del proyecto de apoyo a la reforma del sistema educativo del Chad recibió financiación del Banco Mundial en el marco de un proyecto vigente desde diciembre de 2003. Esta financiación no cubre en su totalidad las construcciones escolares ni la reorganización de la formación inicial y continua, para lo cual se espera el apoyo de Francia. Se había previsto que la aplicación de este proyecto se iniciaría realmente a mediados de 2005, una vez se hubiese concluido el informe sobre la situación del sistema educativo nacional, que constituía el fundamento estadístico indispensable para dar credibilidad a la estrategia a mediano plazo del sector.

226.El Gobierno se preocupa por la escolarización de los niños sordos, ciegos y enfermos, para lo cual dispone de escuelas de formación especiales. Es política del Gobierno rebajar el costo de la escolarización de las niñas, los alumnos con dificultades sociales y los niños desfavorecidos, etc.

227.En el país existen varios establecimientos de enseñanza privada. Las creación de establecimientos de esa índole es libre y las dificultades con que se enfrentarán sólo serán de orden organizacional. Cabe señalar que para la aplicación de las políticas educativas el Chad recibe aportes considerables de entidades como el UNICEF, el Banco Mundial, el PNUD, el Banco Islámico de Desarrollo, la Unión Europea y el Banco Africano de Desarrollo.

228.La gratuidad de la enseñanza está garantizada por la Constitución en su artículo 35, en el que se establece lo siguiente: "Todo ciudadano tiene derecho a la instrucción. La enseñanza pública es laica y gratuita. Se reconoce la enseñanza privada, que deberá ejercerse en las condiciones definidas por la ley. La enseñanza básica es obligatoria". A este respecto, la Ley fundamental encomienda al Estado y a las colectividades una obligación que se define de la siguiente manera en su artículo 36: "El Estado y las colectividades territoriales descentralizadas crearán las condiciones y las instituciones que aseguren y garanticen la educación de los niños".

Artículo 15. El derecho a los beneficios de la cultura

229.El derecho a la cultura está garantizado por la Constitución en sus artículos 33 y 34. En efecto, todo chadiano tiene derecho a la cultura. El Estado tiene el deber de proteger y promover los valores culturales nacionales. Todo ciudadano tiene derecho a la creación, la protección y el disfrute de sus obras intelectuales y artísticas. El Estado garantiza la promoción y la protección del patrimonio cultural nacional, así como de la producción artística y literaria. Existe un Ministerio de la Cultura, la Juventud y el Deporte al que competen todas las cuestiones de esa índole.

230.Las emisoras de radio privadas y públicas han aumentado en los últimos años. Constituyen los medios más importantes de información, comunicación y fomento de la vida cultural y son secundadas por la prensa escrita, que también trabaja en el mismo sentido. El Estado, por su parte, fomenta todas esas actividades y ha creado, además, una dirección de archivos nacionales y patrimonio. Mediante la Decisión Nº 007/HCC/P/SG/99 de 10 de junio de 1999, enmendada, se establecieron las condiciones de funcionamiento de las emisoras de radio privadas. En el artículo 15 de esa decisión se estipula que: "Las estaciones de radio privadas deben dedicar al menos el 30% de su emisión a la producción nacional y al menos el 30% a la música nacional.

231.Las emisoras de radio privadas que tienen convenios con emisoras extranjeras no pueden dedicar más del 30% de su programación a transmitir programas de esas emisoras.

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