Naciones Unidas

E/C.12/BFA/1

Consejo Económico y Social

Distr. general

12 de mayo de 2015

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Informes iniciales que los Estados partes debíanpresentar en 2000

Burkina Faso *

[Fecha de recepción:25 de febrero de 2015]

Índice

Párrafos Página

Siglas y abreviaturas3

Introducción1–25

Primera parte. Marco general de protección de los derechos económicos, sociales y culturales3–405

A.Marco jurídico3–45

B.Políticas y estrategias de aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales5–166

C.Mecanismos de seguimiento de las políticas y programas del Estado en el ámbito de los derechos económicos, sociales y culturales179

D.Mecanismos de seguimiento de las obligaciones del Estadocon respecto al Pacto18–239

E.Incorporación al ordenamiento jurídico interno de las disposicionesdel Pacto24–3110

F.Recursos efectivos32–4012

Segunda parte. Información relativa a los artículos 1 a 15 del Pacto Internacionalde Derechos Económicos, Sociales y Culturales41–31814

I.Información sobre las disposiciones generales del Pacto41–6314

Artículo primero. Derecho a la libre determinación41–4414

Artículo 2. Cooperación internacional45–4815

Artículo 3. Igualdad de género y no discriminación49–6217

Artículos 4 y 5. Derogaciones, restricciones o limitaciones de los derechos económicos, sociales y culturales6319

II.Información sobre los derechos específicos64–31819

Artículo 6. Derecho al trabajo64–8519

Artículo 7. Derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo86–9923

Artículo 8. Derecho a la libertad sindical100–11525

Artículo 9. Derecho a la seguridad social116–12827

Artículo 10. Derecho al matrimonio129–18830

Artículo 11. Derecho a un nivel de vida adecuado189–22842

Artículo 12. Derecho a la salud229–26149

Artículos 13 y 14. Derecho a la educación262–27953

Artículo 15. Derechos culturales280–31857

Conclusión319–32163

Siglas y abreviaturas

ADPAsamblea de los Diputados del Pueblo

AEPAbastecimiento de agua potable

AEPAAbastecimiento de agua potable y saneamiento

AEPS/PEAAbastecimiento de agua potable simplificado

ANAsamblea Nacional

BBDAOficina de derechos de autor de Burkina Faso

CARFOCaja autónoma de jubilación de los funcionarios

CEDEAOComunidad Económica de los Estados del África Occidental

CEFACCentro de facilitación de la construcción

CFAComunidad Financiera Africana

CILSComité institucional de lucha contra el sida

CMACentro médico con unidad quirúrgica

CMLSComité ministerial de lucha contra el sida

CELSComité de empresa de lucha contra el sida

CNRSTCentro nacional de investigación científica y técnica

CNSSCaja nacional de seguridad social

CSPSCentro de salud y de promoción social

FAIJFondo de apoyo a las iniciativas de los jóvenes

FASIFondo de apoyo al sector informal

FESPACOFestival panafricano de cine y televisión de Uagadugú

ITSSInspección técnica de los servicios sociales y sanitarios

LNSPLaboratorio nacional de salud pública

MASSNMinisterio de Acción Social y Solidaridad Nacional

ONEAOficina nacional del agua y el saneamiento

ONGOrganización no gubernamental

PCIMETratamiento integrado de las enfermedades infantiles

PNDSPlan nacional de desarrollo sanitario

PTMEPrograma de prevención de la transmisión maternoinfantil

SCADDEstrategia de crecimiento acelerado y de desarrollo sostenible

SIAOSalón internacional de artesanía de Uagadugú

SIDASíndrome de inmunodeficiencia adquirida

SMIGSalario mínimo interprofesional garantizado

SNCSemana nacional de la cultura

SNISSistema nacional de información sanitaria

TPITratamiento preventivo intermitente

UNESCOOrganización de las Naciones Unidas para la Educación, la Cienciay la Cultura

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

Introducción

1.El 4 de enero de 1999, Burkina Faso ratificó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Se han tomado varias medidas para dar efectividad a los compromisos contraídos en virtud de ese instrumento. El presente informe inicial, elaborado de conformidad con el artículo 16 del Pacto, ofrece información sobre las medidas adoptadas para aplicar las disposiciones del Pacto, con arreglo a las directrices específicas del documento HRI/GEN/2/Rev.6, páginas 29 a 44. La primera parte brinda información sobre el marco global de protección de los derechos económicos, sociales y culturales, mientras que la segunda facilita detalles acerca de la aplicación de las disposiciones del Pacto. En el documento básico común ya se han incluido informaciones generales sobre Burkina Faso, así como el marco global de protección y promoción de los derechos humanos. Esos datos permiten comprender mejor la aplicación de las disposiciones del Pacto en el contexto del país.

2.El informe inicial sobre el Pacto es un documento consensuado, fruto de la colaboración entre los departamentos ministeriales, las instituciones públicas y las organizaciones de la sociedad civil que desempeñan un papel en la esfera de los derechos humanos. Ha sido objeto de un taller de validación, que ha reunido a la totalidad de esos actores públicos y privados. El informe se ha presentado igualmente al Comité Interministerial de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario y ha sido aprobado por el Consejo de Ministros.

Primera parteMarco general para la protección de los derechos económicos, sociales y culturales

A.Marco jurídico

3.Los derechos económicos, sociales y culturales gozan de reconocimiento en la Constitución de 11 de junio de 1991. Además de la Constitución, conviene mencionar la Carta de la Transición, adoptada el 16 de noviembre de 2014, a raíz de la insurrección popular para impedir la revisión de la Constitución, que hubiera permitido al antiguo Presidente optar a un nuevo mandato. Ese levantamiento popular, que desembocó en la dimisión del Presidente, instauró un régimen de transición con la misión de conducir al país hacia unas elecciones presidenciales y legislativas en el plazo de un año.

4.Las modalidades de aplicación de esos derechos se han plasmado en textos legislativos y normativos. En lo tocante a las leyes, las más importantes son, entre otras:

La Ley núm. 034‑2009/AN de 16 de junio de 2009 sobre Tenencia de Tierras;

La Ley núm. 057‑2008/AN de 20 de noviembre de 2008 sobre la Promoción Inmobiliaria en Burkina Faso;

La Ley núm. 030‑2008/AN de 20 de mayo de 2008 de Lucha contre el VIH/SIDA y de Protección de los Derechos de las Personas que viven con el VIH/SIDA;

La Ley núm. 028‑2008/AN de 13 de mayo de 2008 sobre el Código del Trabajo;

La Ley núm. 024‑2007/AN de 13 de noviembre de 2007 de Protección del Patrimonio Cultural en Burkina Faso;

La Ley núm. 13‑2007/AN de 30 de julio de 2007 sobre la Orientación de la Educación;

La Ley núm. 015‑2006/AN de 11 de mayo de 2006 sobre el Régimen de la Seguridad Social aplicable a los Trabajadores Asalariados y Asimilados en Burkina Faso;

La Ley núm. 049‑2005/AN de 22 de diciembre de 2005 de Salud Reproductiva en Burkina Faso;

La resolución núm. 2004‑1/AN/BAN/PRES de 16 de noviembre de 2004 relativa al Régimen aplicable a la Función Pública Parlamentaria;

La Ley núm. 002‑2001/AN de 8 de febrero de 2001 sobre la Ley de Orientación relativa a la Gestión del Agua;

La Ley núm. 032‑99/AN de 22 de diciembre de 1999 relativa a la Protección de la Propiedad Literaria y Artística en Burkina Faso;

La Ley núm. 013‑98/AN de 28 de abril de 1998 sobre el Régimen Jurídico aplicable a los Empleos y a los Agentes de la Función Pública y su Ley modificativa núm. 19‑2005/AN de 18 de mayo de 2005;

La Ley núm. 23/94/ADP de 19 de mayo de 1994 sobre el Código de la Salud Pública;

La Ley núm. 10/92/ADP de 15 de diciembre de 1992 sobre la Libertad de Asociación.

B.Políticas y estrategias de aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales

5.En Burkina Faso, se han incluido las perspectivas nacionales de desarrollo en documentos marco. Cabe citar:

La estrategia de crecimiento acelerado y de desarrollo sostenible

6.Para luchar contra la pobreza, Burkina Faso ha puesto en práctica una serie de políticas: los Programas de ajuste estructural y el Marco estratégico de lucha contra la pobreza. Pero, en 2010 se adoptó un nuevo marco referencial, la SCADD. Se trata de un documento de estrategia económica, que hace hincapié en el crecimiento de esa índole y en una buena redistribución de sus frutos. Según las estimaciones, la aplicación de dicha estrategia se elevará a 7.268.062 millardos de francos CFA.

La Carta de solidaridad nacional

7.El Gobierno adoptó en 2009 una carta de solidaridad nacional que materializaba la voluntad de ayuda mutua, que es un valor fundamental de la sociedad de Burkina Faso. Frente a las recientes crisis y a las catástrofes naturales y, en particular las inundaciones de 2009 y 2010, el Gobierno, con el apoyo de sus asociados para el desarrollo, ha establecido programas sociales destinados a atenuar los efectos nefastos de esos impactos sobre la población. El objetivo de esos programas residía, sobre todo, en subvencionar la atención obstétrica y neonatal de urgencia, ampliar el número de comedores escolares, distribuir vales de comida a las familias más desfavorecidas, o vender productos alimentarios a precios subvencionados.

La política nacional de salud 2011‑2020

8.La política nacional de salud (PSN) se adoptó por primera vez en 2001 y se empezó a aplicar a través de un PNDS, que abarcó el período de 2001-2010. Gracias a la aplicación de ese plan se han podido obtener resultados significativos. Así pues, se ha mejorado la oferta de los servicios de salud, en especial la asistencia a los partos por personal cualificado, el tratamiento de las urgencias obstétricas, la lucha contra las epidemias y la inmunización mediante la introducción de nuevas vacunas, así como la atención a las enfermedades endemoepidémicas. A fin de consolidar esos resultados, se ha adoptado una nueva política nacional de salud, que cubre el período 2011-2020. Según las estimaciones, los recursos financieros indispensables para la aplicación del PNDS 2011-2020 ascenderán a 5.705,72 millardos de francos CFA. Con esta política se pretende, entre otros objetivos, reducir la mortalidad perinatal e infantil, garantizar la atención de salud a los niños, haciendo hincapié en el nivel primario, luchar contra la enfermedad y la malnutrición, dispensar unos cuidados adecuados a las mujeres embarazadas y madres lactantes, promover la profilaxis y la educación, así como los servicios de planificación de la familia.

Plan de desarrollo estratégico de la educación básica

9.El Plan de desarrollo estratégico de la educación básica (PDSEB) constituye una estrategia sectorial de desarrollo del sistema educativo general para el período 2012-2021. Substituye al Plan decenal de desarrollo de la educación básica (PDDEB 2001-2010) y gira en torno a cuatro (4) ejes estratégicos, que son: i) el fomento del nivel de preescolar, que pasará del 3% en 2010 al 11,3% en 2015 y llegará al menos al 25% en 2021; ii) la generalización de la enseñanza primaria universal en 2021, con una tasa de ejecución del 75,1% en la enseñanza primaria para 2015 y una paridad niñas/niños; iii) la eliminación del nudo gordiano entre la enseñanza primaria y la posprimaria y una tasa de transición del 93,2% en 2015, luego del 95% en 2021 y del 100% en 2025 con una paridad niñas y niños; iv) la aceleración de la alfabetización, con objeto, por una parte, de eliminar de raíz el analfabetismo mediante la cobertura de todos los adolescentes de 9 a 14 años para el año 2021 y, por otra, la alfabetización/formación de los que tienen 15 años o más, con una atención especial para el 60% al menos de los jóvenes de 15 a 24 años en 2015 y el 75% en 2021, con un 60% de mujeres.

La política nacional de empleo

10.Aprobada en 2008, esta política se inscribe en la continuidad de esfuerzos del Gobierno por luchar contra la pobreza, promover el desarrollo económico compartido y el progreso social permanente. El Estado ha establecido progresivamente un dispositivo que engloba varias instituciones: la Agencia nacional para la promoción del empleo, el Fondo de apoyo para la promoción del empleo, el Fondo de apoyo a las iniciativas de los jóvenes, el Programa nacional de apoyo a la reinserción de los trabajadores despedidos, el Fondo de apoyo a la formación profesional y el aprendizaje, y el Proyecto de apoyo a las microempresas rurales.

La política cultural nacional

11.Burkina Faso adoptó el 19 de octubre de 2009 una política cultural y una política turística, acompañadas ambas de planes de acción trienales. Las dos políticas se inspiran en los valores y realidades endógenos. La política cultural se enmarca en una perspectiva destinada a reforzar la economía creativa en ese ámbito y la capacidad del sector de la cultura para producir, de manera competitiva, bienes y servicios, crear empleos y actividades generadoras de ingresos. El coste global del plan de acción se eleva a 16.268.500.000 francos CFA.

Programa nacional de abastecimiento de agua potable

12.En el sector del agua y el saneamiento, en 2006 se adoptó un Programa nacional de abastecimiento de agua potable (PNA‑EP). Ese programa ha permitido incrementar considerablemente el acceso al agua, tanto de las familias como de las escuelas y centros de salud. Las iniciativas en pro de los estratos más vulnerables de la población emprendidas a partir de 2008 por el Gobierno y el conjunto de los actores del subsector del agua potable han facilitado la elevación de la tasa de acceso al agua potable en el medio urbano a más del 78%. En el medio rural, esta tasa se cifra en un 56,6%. Según las previsiones, durante el período 2007‑2015, el costo total del PN‑AEP en el medio rural ascenderá a 406.000 millones de francos CFA.

La política en materia de vivienda

13.En julio de 2006 se creó un mecanismo financiero para complementar la política en materia de asentamientos y de construcción de viviendas, gracias a la entrada en funcionamiento del Banco de asentamientos de Burkina Faso. El Centro de gestión de las ciudades inició un programa de construcción de viviendas económicas, cómodas y de coste reducido. También se ha puesto en marcha un amplio programa de construcción de viviendas sociales, con miras a proporcionar una solución adecuada a la crisis del alojamiento y brindar a las familias de escasos ingresos la posibilidad de beneficiarse de viviendas dignas en los principales centros urbanos del país.

La política nacional de género

14.En el marco de la lucha contra las discriminaciones por razones de género en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, Burkina Faso ha adoptado una política nacional en esta esfera. El objetivo general de esa política estriba en promover un desarrollo justo y participativo de hombres y mujeres, garantizándoles un acceso y un control igual y equitativo a los recursos y a los centros de decisión y respetando sus derechos fundamentales. Con miras a la aplicación de esta política se ha creado el Consejo nacional para la promoción del género (CONAP Género).

La Estrategia nacional de educación acelerada de las niñas

15.A fin de potenciar la educación de las niñas, el Gobierno adoptó el 8 de junio de 2012 la Estrategia nacional de educación acelerada de las niñas (SNAEF). La finalidad general de la Estrategia reside en contribuir al cumplimiento del objetivo de generalización de la enseñanza primaria de aquí a 2021, reduciendo las disparidades de género mediante el establecimiento de condiciones favorables a la educación acelerada de las niñas.

El Programa especial de creación de empleos para los jóvenes y las mujeres

16.El objetivo global de este programa, que cubre el período 2012‑2014, consiste en aportar una contribución substancial a la reducción del desempleo y el subempleo de los jóvenes y las mujeres. Prevé medidas en favor de los jóvenes diplomados, los jóvenes desescolarizados y no escolarizados, los jóvenes rurales, y del empoderamiento económico de las mujeres, así como iniciativas de creación de empleo por parte de las empresas locales y las pequeñas y medianas empresas. La ejecución de las iniciativas del conjunto de los actores permitirá generar 54.209 empleos, crear 10.000 puestos de trabajo y formar a 45.100 jóvenes diplomados rurales por término medio al año. La aplicación de medidas de "autonomización de la mujer" permite dotarla de tecnologías adaptadas a sus necesidades de transformación (molinos, telares, prensas para extraer karité, ollas para preparar el arroz, carretas, secadoras, etc.).

C.Mecanismos de seguimiento de las políticas y programas del Estado en el ámbito de los derechos económicos, sociales y culturales

17.En el dispositivo de seguimiento y de evaluación de las políticas, programas y proyectos mencionados anteriormente interviene por regla general el Consejo de Ministros, que determina el mecanismo institucional de seguimiento de la aplicación y evaluación; los comités de dirección, los órganos de supervisión; las secretarías técnicas permanentes, los mecanismos institucionales de apoyo a la ejecución de determinados proyectos o programas; los foros sectoriales de diálogo y de concertación regionales, que son instancias formales de debate y de formación de consensos, establecidas en las distintas regiones y provincias con miras a armonizar las diferentes iniciativas en las esferas del desarrollo.

D.Mecanismos de seguimiento de las obligaciones del Estado con respecto al Pacto

a)El Parlamento

18.La Asamblea Nacional ejerce el poder legislativo con sujeción a la Constitución. La Carta de la Transición implantó el Consejo Nacional de la Transición, que debe ejercer el poder legislativo hasta el final de la transición y mientras no se celebren las elecciones legislativas que permitirán instaurar una nueva Asamblea Nacional. El Parlamento contribuye a la realización de los derechos humanos, en particular a través de la adopción de leyes que determinan las modalidades de ejercicio de los derechos individuales y colectivos, la votación del presupuesto y el control de la acción gubernamental. Para prestar una mayor atención a los derechos humanos, la Asamblea ha establecido una Comisión de Asuntos Generales, Institucionales y de los Derechos Humanos. Esa Comisión existe también en el Consejo Nacional de la Transición.

b)La Comisión Nacional de Derechos Humanos

19.Mediante sus dictámenes, la Comisión presta asistencia a los poderes públicos sobre todas las cuestiones relativas a la promoción y a la protección de los derechos humanos en Burkina Faso. Por su propia iniciativa puede señalar a la atención de los poderes públicos las situaciones de violación de los derechos humanos y, en su caso, proponer todas las medidas encaminadas a ponerles fin. La Comisión señala igualmente a la atención de los poderes públicos las disposiciones que, a su juicio, podrían favorecer la protección y promoción de los derechos humanos.

c)El Consejo de Ministros

20.El Consejo de Ministros es el órgano de adopción de decisiones del Gobierno. Su función consiste en dar cuenta de las actuaciones pasadas del Gobierno, definir las futuras, elaborar proyectos de ley, redactar comunicaciones sobre diferentes temas, como la participación en organismos internacionales. Sus miembros deliberan y deciden en materia de política general. El Consejo adopta los proyectos de informe para los órganos de tratados que le presentan los departamentos ministeriales. Sobre él recae igualmente la tarea de velar por la cohesión política del equipo gubernamental.

d)El Comité Interministerial de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario

21.El Comité Interministerial de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario es una estructura técnica de apoyo del Gobierno. Se encarga, entre otras tareas, de facilitar la coordinación de las acciones de promoción y protección de los derechos humanos emprendidas por los diferentes departamentos ministeriales, estudiar las políticas, estrategias y expedientes de derechos humanos que le sean sometidos por el Gobierno y aportar una ayuda técnica a la redacción de los informes que se deben presentar a los órganos de tratados.

e)El Ministerio encargado de los derechos humanos

22.El Ministerio encargado de los derechos humanos tiene encomendada la tarea de aplicar la política gubernamental en esa esfera. Ha creado una Dirección de seguimiento de los acuerdos internacionales con la misión, en especial, de coordinar la elaboración de los proyectos de informe destinados a los organismos internacionales de derechos humanos y de velar por la adecuación de la legislación nacional a los acuerdos internacionales en esa materia.

23.Además de los mecanismos establecidos por el Estado para el seguimiento de las obligaciones derivadas del Pacto, las organizaciones de la sociedad civil pueden exigir al Estado el cumplimiento de los compromisos que ha contraído mediante la ratificación de los instrumentos internacionales de derechos humanos.

E.Incorporación al ordenamiento jurídico interno y aplicación de las disposiciones del Pacto

Respeto de las disposiciones del Pacto en la legislación de Burkina Faso

24.Por ejemplo, a nivel educativo, la Ley núm. 13‑2007/AN de 30 de julio de 2007 sobre la Orientación de la Educación reconoce el derecho de todos sin discriminación y prevé la escolarización obligatoria hasta los 16 años. Consagra igualmente el principio de gratuidad de la enseñanza primaria.

25.En el ámbito de la sanidad, cabe citar:

La Ley núm. 23/94/ADP de 19 de mayo de 1994 sobre el Código de la Salud Pública. Establece los derechos y deberes inherentes a la protección y promoción de la salud de la población.

La Ley núm. 012‑2010/AN de 1 de abril de 2010 sobre la Protección y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad. En sus artículos 5 y siguientes, la Ley dispone que la política sanitaria nacional debe cubrir la prevención, la detección y la asistencia a la discapacidad en el niño, independientemente de su edad, a través de medidas de vacunación, nutrición, consulta y tratamiento. Por otra parte, cualquier persona con discapacidad, titular de una tarjeta de invalidez, y clasificada como indigente, disfrutará gratuitamente de los beneficios de la atención sanitaria, así como de todos los dispositivos necesarios para la asistencia médica prescrita.

La Ley núm. 030‑2008/AN de 20 de mayo de 2008 de Lucha contra el VIH/SIDA y de Protección de los Derechos de las Personas que Viven con el VIH/SIDA. Refuerza la lucha contra el VIH/SIDA y la protección del derecho a la salud de las personas que viven con el VIH.

La Ley núm. 005‑2006/AN de 17 de mayo de 2006 relativa al Régimen de Seguridad en materia de Biotecnología en Burkina Faso. Determina las condiciones de utilización de los organismos genéticamente modificados y de sus derivados en Burkina Faso.

26.En lo tocante a la promoción del derecho a la vivienda, cabe señalar:

La Ley núm. 057‑2008/AN de 20 de noviembre de 2008 sobre la Promoción Inmobiliaria en Burkina Faso. Esa ley brinda ventajas a los promotores inmobiliarios con el fin de promover el derecho a la vivienda mediante el aumento de la oferta en materia de asentamientos.

La Ley núm. 017‑2006/AN de 16 de mayo de 2006 sobre el Código de Urbanismo y Construcción en Burkina Faso. Este Código organiza y regula los sectores del urbanismo y la construcción en Burkina Faso. Exime a los propietarios de edificios de viviendas de la obligación de obtener la cédula de habitabilidad, que puede incrementar el coste del producto final.

27.En cuanto al derecho al trabajo, se hace efectivo a través de:

La Ley núm. 012‑2010/AN de 1 abril de 2010 de Protección y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que otorga a todas las personas con discapacidad el derecho a un empleo en el sector público o privado, si posee las competencias necesarias para ejercerlo.

La Ley núm. 028‑2008/AN de 13 de mayo de 2008 sobre el Código del Trabajo en Burkina Faso prohíbe toda discriminación en materia de empleo y de profesión, así como el trabajo forzoso u obligatorio.

La Ley núm. 015‑2006/AN de 11 de mayo de 2006 relativa al Régimen de Seguridad Social aplicable a los Trabajadores Asalariados y Asimilados en Burkina Faso. Todos los trabajadores a los que se apliquen las disposiciones del Código del Trabajo se benefician del régimen de seguridad social establecido por esa ley.

La Ley núm. 013‑98/AN de 28 de abril de 1998 sobre el Régimen Jurídico aplicable a los Empleos y a los Agentes de la Función Pública y su Ley modificativa núm. 19‑2005/AN de 18 de mayo de 2005. En virtud de dicha ley, los empleos de la función pública son de libre acceso para todos los ciudadanos de Burkina Faso que reúnan las condiciones necesarias para el puesto de trabajo postulado, con sujeción a los requisitos específicos de ciertos empleos, definidos por decreto. Si las circunstancias lo justifican, la administración pública puede contratar a extranjeros.

28.En lo referente al agua potable, conviene mencionar en especial la Ley núm. 002‑2001/AN de 8 de febrero de 2001 sobre la Ley de Orientación relativa a la Gestión del Agua, que reconoce el derecho de todos a disponer del agua indispensable para cubrir sus necesidades y las exigencias elementales para su subsistencia y su dignidad.

29.Pasando al derecho a un medio ambiente sano, este se rige por la Ley núm. 006‑2013/AN de 2 de abril de 2013 relativa al Código del Medio Ambiente. Dicha ley fija los principios fundamentales destinados a la defensa del medio ambiente y a la mejora de las condiciones de vida en Burkina Faso.

30.Los derechos culturales se hacen efectivos a través de:

La Ley núm. 024‑2007/AN de 13 de noviembre de 2007 relativa a la Protección del Patrimonio Cultural en Burkina Faso. En virtud de esta ley, la protección y la salvaguardia del patrimonio cultural están garantizadas por el Estado y sus circunscripciones y, en cierta medida, por las poblaciones locales afectadas.

La Ley núm. 032‑99/AN de 22 de diciembre de 1999 relativa a la Protección de la Propiedad Intelectual y Artística en Burkina Faso. Esa ley protege las obras de creación intelectual y los derechos morales y patrimoniales de los autores.

31.Algunas disposiciones del Pacto no se han incorporado aún a la legislación nacional. En un estudio sobre la adecuación de la legislación nacional a las normas internacionales en materia de derechos económicos, sociales y culturales, efectuado en 2010 por el Gobierno, se detectaron lagunas y se formularon recomendaciones con miras a subsanar esa situación. En materia de vivienda, alimentación o promoción de las lenguas nacionales, se aconsejó la adopción de medidas legislativas que rijan esos sectores.

F.Recursos efectivos

a)El recurso a los tribunales

32.El sistema judicial ofrece las garantías necesarias para un recurso efectivo. La intervención del juez nacional no está condicionada por ningún factor ligado a la nacionalidad del demandante. Es un derecho reconocido a toda persona que se estime lesionada. Las decisiones tomadas por los tribunales son ejecutivas. En la política nacional en materia de justicia 2010‑2019 se han identificado ciertos defectos relacionados, en particular, con la lentitud de los trámites y las dificultades de acceso a la justicia y a la información judicial. Para corregir esas inercias, se han incorporado a la política una serie de medidas que giran en torno a los seis ejes estratégicos siguientes: reforzar la capacidad global de la justicia, dinamizar la dirección de este sector, promover su accesibilidad física y financiera, así como su dimensión psicológica, fortalecer la justicia penal y la administración de los establecimientos penitenciarios, y reforzar la situación de las personas. En el marco de la aplicación de esta política, no se han escatimado esfuerzos para mejorar el acceso a la justicia. Así, el tiempo medio de tramitación de los expedientes ha experimentado una reducción substancial, pasando de 4 meses y 15 días en 2009, a 2 meses y 18 días en 2013 para los asuntos civiles, según los datos del Anuario Estadístico de 2013 del Ministerio de Justicia. El número de magistrados aumentó de 371 en 2008 a 450 en 2013. El de los auxiliares de justicia (abogados y oficiales) pasó de 164 a 297 en ese mismo período.

b)El recurso a la autoridad administrativa

33.Cuando un acto administrativo lesione los derechos de una persona, esta podrá interponer ante la autoridad administrativa autora del acto un recurso de reposición, o ante una autoridad superior, un recurso jerárquico contra dicho acto. El recurso se puede interponer por una simple carta dirigida a la autoridad administrativa interesada. Los ciudadanos tienen igualmente la posibilidad de presentar una denuncia ante las autoridades competentes si sus derechos han sido violados por cualquier persona física o jurídica.

c)El recurso al Mediador de Faso

34.En virtud del artículo 2 de la Ley orgánica núm. 22‑94/ADP de 17 de mayo de 1994 por la que se crea esta figura, el Mediador de Faso es una autoridad independiente. Es una instancia de recurso, que puede conocer de todas las reclamaciones de los administrados relativas al funcionamiento de la administración pública y las colectividades territoriales, de las instituciones públicas y de cualquier otro organismo al que se le haya conferido una misión de servicio público. Toda persona víctima de una violación de sus derechos económicos, sociales o culturales tiene la posibilidad de acudir por sí misma, o a través de un representante electo, al Mediador de Faso, que puede también conocer de oficio toda cuestión de su competencia. El recurso al Mediador de Faso es simple y gratuito.

d)El recurso al Centro de escucha y orientación del Ministerio encargado de los derechos humanos

35.El Ministerio encargado de los derechos humanos ha creado Centros de escucha y de documentación sobre los derechos humanos en Uagadugú y en las direcciones regionales de derechos humanos y promoción cívica. La función de los Centros reside en ofrecer gratuitamente consejos e información de calidad para combatir el desconocimiento de los ciudadanos respecto de sus derechos y de los procedimientos para hacerlos efectivos.

e)La Comisión Nacional de Derechos Humanos

36.La Comisión Nacional de Derechos Humanos es un órgano consultivo e independiente, facultado para recibir reclamaciones sobre situaciones individuales y relativas a denuncias de violación o de vulneración de los derechos humanos. Cualquier persona, sus representantes, las ONG o las asociaciones pueden acudir ante la Comisión, que favorece, en especial, las soluciones amistosas mediante la conciliación.

f)Otras estructuras de defensa y de protección de los derechos humanos

37.La promoción y la protección de los derechos humanos es una cuestión transversal que afecta a varios departamentos ministeriales. Existen igualmente organizaciones de la sociedad civil a las que pueden dirigirse las víctimas de violaciones de los derechos humanos en defensa de sus derechos. La intervención de esas organizaciones consiste a menudo en prestar una asistencia jurídica, judicial y psicosocial a las víctimas.

g)Obstáculos a la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales

38.La aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales tropieza con varios obstáculos estructurales, entre los que cabe citar la insuficiencia de los recursos del Estado, las inclemencias del tiempo, el escaso nivel de instrucción de las poblaciones, las condiciones naturales poco favorables y las inercias socioculturales. La suma de esos factores limita la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales, pese a los esfuerzos desplegados por el Estado.

h)Datos estadísticos anuales comparativos sobre el ejercicio de los derechos consagrados en el Pacto

39.En cuanto al derecho a la educación, el siguiente cuadro presenta la evolución de las estadísticas relativas a las niñas y los niños en los centros de enseñanza primaria.

Cuadro 1

Evolución de la tasa de escolarización en la enseñanza primaria de 2009 a 2014

Año escolar

Tasa bruta de escolarización

Tasa neta de escolarización

Tasa de terminación de los estudios

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

Niños

Niñas

Total

2009/ 10

78,3

71,2

74,8

59,8

55,0

57,4

49,2

42,5

45,9

2010 / 11

80,2

75,0

77,6

62,6

59,1

60,9

55,1

49,1

52,1

2011 / 12

81,1

78,1

79,1

63,2

61,1

62,2

56,6

53,7

55,1

2012 / 13

81,6

81 ,0

81,3

63,5

62,8

63,2

59,3

59,7

59,5

2013 / 14

82,8

83,2

83 ,0

64,7

64,2

64,4

55,7

59,7

57,6

Fuente : DEP/MENA, 2014.

40.En lo referente al derecho a la salud:

La esperanza de vida pasó de 53,8 años en 2005 a 56,7 en 2011;

La seroprevalencia del VIH pasó del 2,3% en 2005 al 1,6% en 2011;

La mortalidad materna (por 100.000) pasó de 484 casos en 2005 a 307,3 en 2011.

Cuadro 2

Evolución de los indicadores del PNDS de 2008 a 2013

Indicadores

Años

2008

2009

2010

2011

2012

2013

Radio medio de acción teórico

7,54 km

7,5 km

7,38 km

7,2 km

7,1 km

7 km

Prevalencia de la insuficiencia ponderal

27,4 %

26,0 %

25,7 %

24,4 %

24,4 %

21 %

Prevalencia de la malnutrición aguda severa

3,8 %

2,7 %

2,8 %

2,4 %

1,8 %

ND

Tasa de partos asistidos por personal cualificado

66,5 %

73,2 %

76,0 %

78,3 %

79,9 %

80,5 %

Tasa de cesáreas por nacimientos previstos

1,5 %

1,4 %

1,6 %

1,8 %

1,9 %

2,1 %

Tasa de cobertura en Centros prenatales (CPN4)

16,9 %

20,5 %

22,3 %

25,5 %

31,2 %

29,7 %

Porcentaje de embarazadas que se han beneficiado del TPI2

ND

47,1

62,37

6 2

52,6

52

Tasa de cobertura de la vacunación antitetánica (VAT) de las embarazadas

84,8 %

92,3 %

92,3 %

90,9 %

92,7 %

88 %

Porcentaje de embarazadas infectadas por el VIH que reciben un tratamiento completo

91,07

85

90,05

92

92,8

70,7

Fuente: Extracto de la revista de 2013 del sector de la salud.

Segunda parteInformación relativa a los artículos 1 a 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Socialesy Culturales

I.Información sobre las disposiciones generales del Pacto

Artículo 1Derecho a la libre determinación

41.En virtud de los principios de igualdad de derechos de los pueblos y de su derecho a la libre determinación, todas las comunidades disfrutan en Burkina Faso de los mismos derechos económicos, sociales y culturales. En cuanto al derecho a disponer de los recursos naturales, el artículo 14 de la Constitución establece que "las riquezas y los recursos naturales pertenecen al pueblo. Se utilizarán para mejorar sus condiciones de vida". Además, la Constitución reconoce a los ciudadanos el derecho a iniciar acciones contra los autores de actos que atenten contra los recursos naturales (art. 30).

42.En Burkina Faso no se hacen distinciones ni existen discriminaciones de ningún tipo. Algunos mecanismos socioculturales, como el parentesco simbólico, favorecen esa armonía social. El Estado, a través del Ministerio encargado de la cultura, se esfuerza por consolidar esos valores socioculturales positivos. Buen ejemplo de ello es la organización de la Semana nacional de la cultura, con carácter bienal.

43.En Burkina Faso no existen, en el sentido estricto de la palabra, comunidades indígenas. Las escasas comunidades específicas propiamente dichas son los foulani y los tuareg, pastores nómadas originarios del norte del país, que presentan características especiales. Pero las recientes reformas locales llevadas a cabo gracias a la descentralización han tenido plenamente en cuenta las necesidades específicas de esos grupos. Gozan de los mismos derechos sobre las tierras y territorios con arreglo a la Ley núm. 034‑2009/AN de 16 de junio de 2009 sobre Tenencia de Tierras. Dicha ley promueve el acceso a la tierra de las comunidades rurales, puesto que prevé la posibilidad de moldear o adaptar sus disposiciones a las peculiaridades del medio rural y a las características de las necesidades de cada lugar, mediante la elaboración de Cartas locales del suelo.

44.El proceso de descentralización emprendido desde 1993 por Burkina Faso favorece la participación de las comunidades locales en la gestión de los asuntos públicos, en la adopción de las decisiones que les afectan y en las políticas de desarrollo local. Todas las comunidades, sin exclusión, toman parte en ese proceso. Las entidades de participación de las comunidades son los Consejos municipales y los Consejos rurales de desarrollo. Esas instituciones permiten consultar a dichas comunidades y hacerse cargo de sus preocupaciones.

Artículo 2Cooperación internacional

A.Efectos de la asistencia y la cooperación económica y técnica internacional

45.Burkina Faso goza de un importante privilegio en materia de cooperación internacional. Esa cooperación se traduce en la acción de los organismos especializados de las Naciones Unidas, mediante la intervención de ciertos Estados asociados y finalmente en el apoyo de determinadas ONG extranjeras. Varios asociados técnicos y financieros han participado también, en el marco del proyecto de desarrollo, en diversas esferas de los derechos económicos, sociales y culturales. A nivel bilateral, la cooperación se canaliza generalmente a través de las ayudas presupuestarias y/o de la asistencia técnica.

B.Datos estadísticos comparativos sobre la eficacia de las medidas específicas de lucha contra la discriminación y los avances conseguidos

46.Burkina Faso ha emprendido una serie de actuaciones positivas en pro de la mujer y de la joven. Esas iniciativas han generado una mejora de la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales de la mujer en Burkina Faso.

Cuadro 3

Número de agentes de la función pública estatal al 31 de diciembre de 2012 desglosados por sexo

2009

2010

2011

2012

Mujeres

29 042

31 396

33 959

37 141

Hombres

69 564

76 330

81 616

86 451

Total

98 606

107 726

115 575

123 592

Fuente : Anuario Estadístico 2012 del Ministerio de la Función Pública, Trabajo y Seguridad Social.

Cuadro 4

Número de mujeres en la Asamblea Nacional en los cuatro últimos mandatos electorales

Años

Número total

Número de hombres

Número de mujeres

Porcentaje de mujeres

1997 ‑ 2002

111

102

9

8,01

2002 ‑ 2007

111

98

13

11,71

2007 ‑ 2012

111

94

17

15,31

2012 ‑ 2014

127

107

20

15,75

Fuente : Extracto actualizado de datos de la Coalición de Burkina Faso para el seguimiento de la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDEF), 2010.

Cuadro 5

Número de ministras de 2004 a 2014

Años

Número total

Número de hombres

Número de mujeres

Porcentaje

2004

31

27

4

12,90

2005

32

28

4

12,5

2006

36

29

5

14,70

2007

34

29

5

14,70

2008

35

28

7

20

2009

36

29

7

19,44

2010

35

29

6

17,14

2011

29

26

3

10,34

2013

32

27

5

15,62

2014

26

22

4

15,38

Fuente : Extracto actualizado de los datos de la Coalición de Burkina Faso para el seguimiento de la aplicación de la CEDEF, 2010.

47.En términos generales, se observa una ligera evolución de la participación femenina en la vida pública y la política. Pero no se deben escatimar esfuerzos para facilitar una representación más amplia de la mujer, en particular mediante la erradicación de las resistencias socioculturales, la aplicación efectiva de la Ley de Cupos, etc.

C.Información sobre cualesquiera restricciones impuestas, con arreglo al párrafo 3, al disfrute por los no nacionales de los derechos económicos reconocidos en el Pacto

48.La Constitución reconoce y protege los derechos económicos, sociales y culturales de toda persona que resida en el territorio nacional. No obstante, por razones de orden económico, político o de otra índole, cabe restringir el disfrute de ciertos derechos a los extranjeros. Así ocurre en el caso del empleo en la función pública, al que solo pueden acceder los nacionales. Sin embargo, cuando las circunstancias lo justifiquen, la Administración pública puede contratar a candidatos de nacionalidad extranjera, en virtud del artículo 11 de la Ley núm. 13/98/AN de 28 de abril de 1998 sobre el Régimen Jurídico aplicable a los Empleos y a los Agentes de la Función Pública.

Artículo 3Igualdad de género y no discriminación

A.Igualdad y no discriminación basada en el sexo

49.En su artículo 1, la Constitución prohíbe cualquier forma de discriminación y, entre ellas, la basada en el género. Los textos legislativos y reglamentarios y los proyectos y políticas de todos los ámbitos consagran ese principio. Se han emprendido muchas campañas de sensibilización para dar a conocer todas las disposiciones legislativas favorables a la mujer, tanto por parte del Gobierno como de la sociedad civil. Se han redoblado los esfuerzos para reducir las diferencias en la enseñanza entre la tasa de escolarización de las niñas y la de los niños, que pasaron del 12,2% en 2008 al 5,2% en 2011. La ejecución del Plan decenal para el desarrollo de la educación básica desde 2001 ha dado lugar a la apertura de numerosas escuelas de proximidad y a campañas de sensibilización en pro de la escolarización de las niñas. El Gobierno ha otorgado igualmente prioridad a la alfabetización de las mujeres y niñas desescolarizadas y no escolarizadas, multiplicando los centros de formación alternativos y adoptando medidas de acción positiva en su favor.

50.Se han tomado también otras medidas destinadas a acortar las distancias entre los niños y las niñas en la enseñanza, como:

La adopción de un plan de acción en favor de las niñas pequeñas;

La formación de maestros y gestores en lo tocante a los problemas de escolarización y educación de las niñas;

La concesión de becas de estudio a las niñas en los centros de enseñanza secundaria;

La atribución prioritaria del 60% de las habitaciones en las residencias universitarias a las niñas, etc.

51.Todos esos esfuerzos han contribuido al alza de la tasa bruta de escolarización y de alfabetización de las niñas, que pasó del 65,7% en 2007/2008 al 83,2% en 2013‑2014. La tasa bruta de matrícula experimentó igualmente un incremento en comparación con la de 2012‑2013, pasando del 85,7% al 94,8%. A estas iniciativas es preciso añadir las medidas tomadas por el Gobierno para poner en marcha una educación integradora, que no excluya a ningún grupo social.

52.En cuanto al acceso a la atención de salud, no existe ninguna discriminación entre hombres y mujeres. En lo tocante al derecho a participar en las actividades culturales, no se aplica ninguna distinción en esa esfera. La Constitución reconoce a todos los ciudadanos el derecho a tomar parte libremente en la vida cultural, así como en la promoción y protección de los valores tradicionales. En el ámbito laboral, los ciudadanos de Burkina Faso tienen libre acceso en igualdad de derechos a los empleos públicos y privados sin diferencia alguna, siempre que reúnan las condiciones necesarias para cada empleo postulado, con sujeción a los requisitos específicos de ciertos puestos, definidos por los textos en vigor.

53.Por último, no se aplica ninguna discriminación legal en cuanto a la vivienda y la alimentación. El obstáculo principal sigue radicando en la pobreza de las poblaciones.

B.Legislación en materia de igualdad de género

a)Marco legislativo de promoción de la igualdad de género

54.A nivel nacional, la igualdad de género está plasmada en los textos. La Constitución de 11 de junio de 1991 consagra ese principio en los siguientes términos: "Todos los nacionales de Burkina Faso nacen libres e iguales en derechos […]. Se prohíben las discriminaciones de todo tipo, en particular las basadas en motivos de raza, etnia, región, color, sexo, lengua, religión, casta, opinión política, fortuna y nacimiento".

55.En su artículo 19, la Constitución establece que no se hará ninguna distinción entre hombres y mujeres por lo que hace a la oferta de empleo y la remuneración, en particular cuando dispongan de las mismas competencias y de los mismos títulos o diplomas. El artículo 182 del Código del Trabajo estipula que deben recibir el mismo salario si su cualificación profesional, las condiciones de trabajo y el rendimiento son idénticos.

56.La Ley sobre la Reforma Agraria y la Ordenación Territorial dispone en su artículo 62 que las tierras urbanas o rurales de propiedad del Estado se asignarán a las personas físicas sin distinción por motivos de género o de estado civil.

57.El derecho a la salud es un derecho reconocido sin discriminación alguna a toda persona que resida en el territorio de Burkina Faso. Constituye uno de los derechos sociales consagrados en el artículo 18 de la Constitución. La disposición constitucional se aplica por medio de la Ley núm. 034/98/AN de 18 de mayo de 1998 o Ley de los Hospitales que, en su artículo 6, dispone que los hospitales públicos y privados, con o sin fines de lucro, deben garantizar a todos igual acceso a los cuidados que brindan.

58.El Código de las Personas y de la Familia plasma el principio de igualdad entre el hombre y la mujer ante la ley. Los derechos relacionados con el matrimonio obedecen al principio de que debe basarse en la igualdad de derechos y deberes entre los esposos. La ley consagra el matrimonio monogámico como forma de derecho común. La poligamia está admitida si se cumplen las condiciones de respeto de los derechos fundamentales de la mujer. En cuanto al Código Penal, en su artículo 132 castiga la violación de las normas de no discriminación. De igual manera, se ha tipificado como delito el matrimonio forzado, para evitar, en concreto, que las jóvenes o las viudas se vean coaccionadas a casarse.

59.A pesar del repertorio de medidas jurídicas, la mujer sigue siendo víctima de algunas discriminaciones, vinculadas, sobre todo, con los estereotipos y las prácticas culturales y tradicionales nefastas. Se han organizado campañas de sensibilización destinadas a luchar contra esas prácticas nocivas para la realización de los derechos de la mujer.

b)De la evaluación de los efectos de la legislación y las políticas en la igualdad de género

60.En la esfera del empleo, el Gobierno está emprendiendo medidas positivas con miras a fomentar las candidaturas femeninas a determinados empleos que, antiguamente, estaban reservados de forma exclusiva a los hombres. Así ocurre con la contratación de mujeres en la policía, la gendarmería y el ejército. Además, el Fondo de apoyo a las actividades remuneradas de las mujeres, creado en 1991, les facilita el acceso al crédito mediante la concesión de préstamos y/o la oferta de avales, o impartiéndoles también una capacitación que les permita gestionar mejor sus asuntos, en los sectores de la agricultura, la ganadería, la artesanía, la restauración o el comercio al por menor.

61.El 24 de febrero de 2012, el Gobierno puso en marcha oficialmente un programa especial de creación de empleo para los jóvenes y las mujeres (PSCE/JF) durante el período 2012‑2014, con miras a hacer frente al problema del desempleo y del subempleo. El papel del Programa nacional de voluntariado de Burkina Faso en ese amplio proyecto consiste en poner 10.000 voluntarios nacionales a disposición de las entidades desconcentradas y descentralizadas del Estado, así como de las organizaciones de la sociedad civil.

62.En el ámbito de la educación, la aprobación de la Ley sobre la Orientación de la Educación en Burkina Faso ha permitido incrementar considerablemente la tasa de escolarización y reducir el desfase entre la escolarización de las niñas y los niños. La gratuidad de la escuela y la escolarización obligatoria de los 6 a los 16 años, establecidas por ley, indujeron al Gobierno a adoptar ciertas medidas positivas que han contribuido a mejorar los indicadores de la educación en general y de la enseñanza básica, en particular.

Artículos 4 y 5Derogaciones, restricciones o limitaciones de los derechos económicos, sociales y culturales

63.La Constitución de Burkina Faso prohíbe toda discriminación basada en la raza, la etnia, la región, el color, el sexo, la lengua, la religión, la casta, las opiniones políticas, la fortuna y el nacimiento. Las personas que pertenecen a una minoría o a un grupo indígena disfrutan de los mismos derechos que los ciudadanos y los extranjeros, con excepción de algunos derechos relacionados con la nacionalidad de Burkina Faso.

II.Información sobre los derechos específicos

Artículo 6Derecho al trabajo

A.La lucha contra el desempleo

64.En el marco de la aplicación de la política nacional de empleo, y con la ayuda de sus asociados, el Gobierno ha establecido fondos nacionales de financiación de microempresas y de pequeñas y medianas empresas, así como ventanillas únicas para facilitar las operaciones.

a)Los efectos de los programas de empleo en pro de las personas y grupos desfavorecidos

65.La Agencia Nacional de Promoción del Empleo (ANPE) permite detectar las necesidades reales de las empresas, canalizar la mano de obra cualificada existente y definir directrices para impartir las formaciones más solicitadas. La ANPE sirve de interfaz entre los solicitantes de empleo y los empleadores. Publica periódicamente anuncios de oferta de empleos y de cursillos prácticos. Además, el Gobierno ha creado un FAIJ, con la misión de financiar los proyectos de los jóvenes promotores carentes de avales.

66.Los resultados registrados por el FAIJ de 2008 a 2011, según las estadísticas del Ministerio de Finanzas, son: 16.981 jóvenes formados en iniciativas empresariales, 3.111 microproyectos financiados y 12.220 empleos creados. El monto de los préstamos concedidos durante ese período es de 13.973.126.035 francos CFA. De 2000 a 2011, sin dejar de velar por la formación en técnicas de gestión de los promotores, el Fondo de apoyo a la promoción del empleo participó con una aportación de 4.223.583.241 francos CFA en el diseño y consolidación de 1.431 proyectos, lo que ha generado la creación y la consolidación de 6.982 empleos.

67.Además de las facilidades de acceso a los créditos, el Gobierno trabaja para potenciar la capacitación de candidatos a los empleos y al aprendizaje de oficios a través del Fondo de apoyo a la formación profesional y al aprendizaje. Gracias a ese Fondo se han formado 581 aprendices por 87.461.945 francos CFA, 989 trabajadores de pequeñas y medianas empresas e industrias por 106.869.693 francos CFA, 372 agentes rurales por 20.286.935 francos CFA y 986 artesanos por 78.043.478 francos CFA. Cada año, 10.000 jóvenes reciben también una formación en montaje de proyectos y técnicas de búsqueda de empleo. A ello hay que añadir la " Operación permisos de conducir ", iniciada en 2008. Esa capacitación ha permitido en total a 5.000 jóvenes disponer de un permiso de conducir y aspirar a obtener un empleo.

68.La preocupación por acercar a los promotores a las fuentes de financiación indujo al Ministerio encargado del empleo a implantar en cada cabeza de partido una ventanilla única que agrupa al conjunto de los fondos de promoción del empresariado bajo su tutela.

69.En cuanto a las personas mayores, se han tomado medidas para mejorar su situación, en especial la de los jubilados. Así, estos pueden beneficiarse ahora de préstamos a corto plazo de los bancos, a fin de poder ejercer actividades generadoras de ingresos. Tienen acceso también a una visita médica gratuita al año y a la subvención de determinados gastos médicos. Además, se ha adoptado una política de reciclaje de los militares en la reserva.

70.Para potenciar la producción agrícola y favorecer el empleo de los grupos sociales desfavorecidos y, entre ellos, el de las mujeres en el sector agrícola, el Estado ha tomado medidas relacionadas fundamentalmente con los pequeños regadíos rurales para el fomento de los cultivos de fuera de temporada. Así, según el informe de seguimiento de las iniciativas en pro de "un mundo apropiado para los niños", elaborado en marzo de 2010 por el Ministerio encargado de la economía y las finanzas, en 2008 se contabilizaban:

277.000 hortelanos, con un 35,7% de mujeres;

89.530 cultivadores de arroz, con un 41,4% de mujeres;

40.700 cultivadores de otros productos de regadío, con un 27,5% de mujeres.

71.En cuanto a los empleos creados, las plataformas multifuncionales han generado alrededor de 2.646 puestos de trabajo rurales directos, así como otros indirectos a través de oficios conexos como soldadura, electricidad, etc.

72.En lo tocante a las personas con discapacidad, el Estado aporta su apoyo a ciertas asociaciones (de personas discapacitadas) para la instalación de talleres de producción. A veces también destina a su personal a las asociaciones que imparten cursos de formación profesional o a establecimientos especializados. En ese ámbito, abundan las entidades privadas que participan igualmente en la capacitación de personas con discapacidad en tareas de costura, batik, agricultura, jardinería, fábricas de tiza, cerámica, etc.

b)Los efectos de las medidas dirigidas a facilitar la recontratación de trabajadores

73.El Gobierno ha establecido un Fondo nacional de apoyo a los trabajadores despedidos y jubilados. Ese Fondo se estableció mediante el decreto núm. 2008‑049/PRES/PM/MEF/MTSS de 6 de febrero de 2008 relativo a la creación del Fondo nacional de apoyo a los trabajadores despedidos y jubilados. Gracias a él se han financiado microproyectos que facilitarán la consolidación de puestos de trabajo y la generación de empleos permanentes y temporales.

B.Dimensiones del sector informal

74.Según el Instituto Nacional de Estadística y Demografía, la economía de Burkina Faso se caracteriza por una tasa de expansión anual media del 5,9%, imputable en gran parte al sector agrícola. Los resultados económicos registrados en los últimos cinco años son fruto principalmente de las actividades de transformación de los recursos agrícolas y del desarrollo del sector privado.

75.El peso del sector informal en la economía de Burkina Faso se refleja en un volumen de empleos informales que afecta al 73,3% de la población activa ocupada. Las iniciativas llevadas a cabo en esa esfera están muy diversificadas y vinculadas a los tres sectores de la economía. El sector informal proporciona también ingresos a un elevado número de familias (seis de cada siete reciben ingresos derivados de una actividad informal). Es un sector entero de la economía caracterizado por el dinamismo de las mujeres. Sin embargo, sigue siendo difícil contabilizar todos los resultados generados por sus iniciativas. El sector informal es el predilecto por excelencia de las mujeres (58,1%).

76.El sector artesanal está también muy explotado por las mujeres y los jóvenes, con actividades como la tinción, la cestería, el tejido, la cerámica, la costura, la estética y la peluquería. Los artesanos actúan impulsados por las posibilidades de dar salida a sus productos que les ofrecen los encuentros culturales periódicos organizados por Burkina Faso (SIAO, SNC, …).

77.Frente a los obstáculos objetivos que lastran la economía informal, el Estado adoptó en julio de 2008 un Programa de formación anual de 5.000 jóvenes en iniciativas empresariales (PFE). El objetivo del programa consiste en potenciar el espíritu empresarial de los jóvenes, basándose en sus gestiones para la creación de empleos y en sus motivaciones para establecer microempresas y pequeñas y medianas empresas. En cinco años, el programa ha capacitado a 25.000 jóvenes. Una vez terminada su formación, los proyectos seleccionados son financiados por el FAIJ. Tras las tres primeras ediciones (2008 a 2010), la cifra de jóvenes que han recibido una formación en empresas privadas se ha elevado a 12.388; se han remitido al FAIJ, para su financiación, 5.971 planes de proyectos y se han financiado 3.315. Esos proyectos financiados han permitido crear 2.122 empleos directos y 6.142 empleos indirectos.

78.Las instituciones financieras, que se mostraban reacias a financiar el sector informal han empezado a interesarse por él. De igual manera, las acciones del FASI y del Fondo de apoyo a las actividades remuneradas de las mujeres contribuyen a promover el sector. Los gestores del FASI respaldan a los emprendedores y les abren así el acceso al sistema bancario clásico; esa medida ha permitido estructurar y sacar del sector informal a los beneficiarios. De 1999 a 2011, el FASI ha permitido financiar 14.819 microproyectos y crear 42.432 empleos. La cuantía total de los préstamos concedidos durante ese período se eleva a 6.774.316.762 francos CFA.

79.En lo tocante al Ministerio de Industria, Comercio y Artesanía, la desconcentración de los Centros de gestión de trámites para la creación de empresas (CEFORE) ha facilitado el establecimiento de 4.951 nuevas empresas, inscritas en 2011 en el registro. Durante ese mismo período, han empezado a funcionar 25 grandes empresas, que han permitido crear 528 empleos permanentes y efectuar inversiones por valor de 13.221.124.181 francos CFA.

80.La actividad ganadera está contribuyendo igualmente a luchar contra la pobreza, sobre todo en el medio rural. Por el número de empleos directos creados, la ganadería ocupa anualmente a más de 900.000 personas a tiempo completo en el sector de la producción y a otras 60.000 a 90.000 en actividades de transformación y comercialización (MRA, 2005). Estos resultados se han obtenido gracias, entre otros, al Fondo de desarrollo de la ganadería (FODEL), a los proyectos y programas y a la ayuda del Estado. Desde 2010, siete operaciones crediticias gestionadas por el FODEL han generado un grupo de 948 beneficiarios directos y, entre ellos, 350 mujeres. El apoyo a la operación denominada "ganaderos líderes" en 2010, ha dado lugar a la formación de 181 promotores (y, entre ellos, 45 mujeres). La operación ha creado, en total, 482 empleos (189 para las mujeres).

C.Protección de los trabajadores contra el despido improcedente

81.El Estado ha implantado una serie de garantías jurídicas destinadas a proteger a los trabajadores frente al despido improcedente. Es el caso de la Ley núm. 013/98/AN de 28 de abril de 1998 sobre el Régimen Jurídico aplicable a los Empleos y a los Agentes de la Función Pública que, en su artículo 162, enumera las situaciones en que puede declararse un despido, teniendo en cuenta, en particular, las condiciones de preaviso. Para proteger a los trabajadores de los despidos improcedentes, el procedimiento sigue unas reglas muy estrictas, como el respeto del plazo de notificación, el requerimiento, la indemnización de los interesados, la concesión de permisos al trabajador para buscar un nuevo empleo, etc.

82.Todo agente público víctima de un despido improcedente dispone de una serie de recursos (de reposición, jerárquico o jurisdiccional). El agente despedido irregularmente por la administración tiene derecho a una readmisión en el empleo, así como a una indemnización. El Código del Trabajo, en su artículo 99, obliga al empleador que esté considerando la posibilidad de despedir a más de un trabajador asalariado por motivos económicos, a consultar a los delegados del personal y a buscar con ellos cualesquiera soluciones que permitan mantener los empleos.

D.Programas de formación técnica y profesional

83.Existen varias alternativas para mejorar la empleabilidad de los jóvenes. Desde cursos prácticos hasta cursos de formación en diversas esferas, la juventud cuenta desde 2006 con la ayuda del Gobierno a través del Programa de apoyo a la inserción social de los jóvenes diplomados, dirigido por la Agencia Nacional para el Empleo. Además, se está aplicando desde 2009 un programa anual de capacitación en iniciativas empresariales para 5.000 jóvenes. Se ha adoptado asimismo una política nacional de enseñanza y de formación técnica y profesional y un programa de capacitación anual de 10.000 jóvenes en diversos oficios. Por otra parte, durante el Día Internacional de la Juventud, el 12 de agosto de 2008, el Gobierno puso en marcha "la Operación permiso de conducir", subvencionada en un 80% aproximadamente para los jóvenes. Las dos primeras ediciones han permitido a 2.811 jóvenes obtener un permiso de conducir.

84.Para incrementar la oferta de formación profesional, el Gobierno adoptó en 2007 el Programa de refuerzo de la formación profesional. Gracias a ese programa, se ha construido y equipado el Centro de formación profesional de referencia de Ziniaré y ampliado el Centro de evaluación y formación profesional. El Gobierno ha implantado también en 2006 un Programa nacional de voluntariado.

85.En el marco de las relaciones amistosas de Burkina Faso con el Reino de Marruecos, Túnez y Argelia, más de un centenar de jóvenes han recibido becas de estudio en el ámbito de la formación técnica y profesional.

Artículo 7Derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo

A.Información sobre el salario mínimo nacional

86.En Burkina Faso, el SMIG está fijado por el decreto núm. 2006‑655/PRES/PM de 29 de diciembre de 2006 en 30.684 francos CFA al mes. Se aplica a todos los trabajadores salvo a los empleados agrícolas y a las personas vinculadas a su empleador por un contrato de aprendizaje. Los SMIG de los trabajadores de empresas agrícolas y similares, con la excepción de las personas vinculadas a su empleador por un contrato de aprendizaje se han fijado del modo siguiente:

Salario horario mínimo agrícola garantizado: 162,37 francos CFA;

Monto diario por ocho horas de trabajo: 1.298,96 francos CFA.

87.En la actualidad, Burkina Faso no dispone de estadísticas para determinar con exactitud cuántos trabajadores perciben el SMIG, lo que se explica por el hecho de que muchos de ellos no están declarados, habida cuenta de las dimensiones del sector informal, que emplea a muchos trabajadores.

B.Información sobre las condiciones laborales

a)Duración del trabajo y horas extraordinarias

88.En virtud del artículo 137 del Código del Trabajo, la duración legal del trabajo de los empleados o de los obreros de ambos sexos y de cualquier edad, que trabajen por temporada, por servicio o por obra, es de 40 horas semanales en todos los establecimientos públicos o privados. En las explotaciones agrícolas, el número de horas de trabajo establecidas es de 2.400 al año, con una duración semanal fijada por vía reglamentaria por el Ministro encargado del trabajo, una vez oída la opinión de la Comisión consultiva del trabajo. El artículo 138 estipula que las horas trabajadas por encima de la duración semanal legal se considerarán horas extraordinarias y darán lugar a un incremento del salario.

b)Vacaciones

89.Los textos en vigor prevén unas vacaciones de las que pueden beneficiarse los trabajadores en activo. El trabajador asalariado tiene derecho a vacaciones pagadas por cuenta del empleador, a razón de dos días y medio naturales por mes de servicio efectivo, salvo disposiciones más favorables de los convenios colectivos o del contrato individual. Los trabajadores menores de 18 años tienen derecho a unas vacaciones de 30 días naturales sin sueldo si así lo solicitan, independientemente de la duración de sus servicios.

90.Las trabajadoras asalariadas o aprendizas menores de 22 años tienen derecho a dos días de vacaciones más por cada hijo a cargo. Las licencias excepcionales concedidas al trabajador con motivo de eventos familiares relacionados directamente con su hogar no se descuentan de la duración de las vacaciones pagadas hasta un límite anual máximo de diez días laborables.

91.Todo trabajador asalariado puede obtener de su empleador una licencia sin sueldo de una duración de seis meses, renovable una sola vez, para el cuidado de sus hijos. También pueden concedérsele autorizaciones para ausentarse sin sueldo de su puesto de trabajo, sin superar el límite de 15 días laborables no deducibles de la duración de las vacaciones pagadas, a fin de poder asistir a un curso práctico de perfeccionamiento, de educación cultural o deportiva; o de representar a una asociación que tenga reconocido el carácter de interés público, participar o asistir a las actividades de esta o representar a Burkina Faso en una competición deportiva o cultural internacional.

92.Otras licencias especiales otorgadas además de los días de fiesta podrán deducirse de la duración de las vacaciones pagadas si no han sido objeto de una compensación o recuperación de las jornadas concedidas. El derecho a disfrutar de las vacaciones se adquiere tras un período mínimo de 12 meses de servicio efectivo, salvo disposición contraria de los convenios colectivos o del contrato de trabajo. El trabajador contratado por horas o por días para una tarea de corta duración que no supere una jornada, percibe su prestación de vacaciones al mismo tiempo que el salario acordado, a más tardar al final de la jornada, en forma de una indemnización compensadora de sus vacaciones pagadas.

93.El empleador deberá entregar al trabajador, antes de tomarse sus vacaciones y por toda la duración de estas, una prestación que sea al menos igual a la media de los salarios y de los diversos elementos retributivos que haya recibido el trabajador durante los 12 meses anteriores a la fecha del inicio de las vacaciones. La mujer embarazada se beneficiará de una licencia de maternidad de 14 semanas de duración, que podrá tomarse como máximo 8 semanas y como mínimo 4 semanas antes de la fecha prevista del parto, independientemente de que el niño nazca vivo o no.

94.En cuanto a los agentes públicos, exceptuando al personal docente o a otras profesiones acogidas a disposiciones específicas, la duración de las vacaciones pagadas de los funcionarios suele ser de 30 días por 11 meses de servicio realizado.

C.Igualdad y no discriminación en materia de remuneración

95.En virtud del artículo 19 de la Constitución, "el derecho al trabajo está reconocido y es igual para todos. Se prohíben las discriminaciones en materia de empleo y de remuneración basadas en particular en motivos de sexo, color, origen social, etnia y opinión política". En aplicación de ese principio, el Código del Trabajo dispone en su artículo 182 que "el salario será igual para todos los trabajadores independientemente del origen, el sexo, la edad y la condición jurídica". En la determinación de los salarios y la fijación de las tasas de remuneración se debe respetar el principio de igualdad de remuneración entre mano de obra masculina y femenina para un trabajo de igual valor. En la práctica, cada vez se fomentan más las candidaturas femeninas a través de los anuncios de ofertas de empleo.

D.El acoso sexual en el lugar de trabajo

96.El Código del Trabajo define, prohíbe y castiga el acoso sexual en sus artículos 37 y 422. El artículo 422 castiga el acoso sexual con multas de 50.000 a 300.000 francos CFA y con penas de prisión de 1 mes a 3 años o con una sola de esas sanciones.

E.La seguridad y la higiene en el trabajo

97.Según el artículo 20 de la Constitución, "El Estado vela por la mejora continua de las condiciones de trabajo y la protección del trabajador".

98.En el sector privado, el Código del Trabajo impone al jefe del establecimiento la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y proteger la salud física y mental de los trabajadores de la empresa. La inspección de trabajo controla periódicamente los lugares de trabajo, a fin de verificar si los empleadores respetan las condiciones laborales fijadas por la ley. De igual manera, la Ley núm. 15‑2006/AN de 11 de mayo de 2006 sobre el Régimen de Seguridad aplicable a los Trabajadores Asalariados y Asimilados en Burkina Faso prevé un ramo de riesgos profesionales, encargado de la prevención y del servicio de prestaciones en caso de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales.

99.La protección de los agentes públicos contra los riesgos profesionales se rige por los textos específicos que definen cada tipo de empleo y está gestionada por la CNSS y la CARFO. Así, la víctima de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional tiene derecho a la atención médica que su estado exija, así como a una indemnización por la incapacidad resultante. En caso de incapacidad laboral temporal, el asegurado tiene derecho, además de la mencionada atención médica, a mantener su salario o su remuneración. Si se trata de una incapacidad permanente, recibirá no solo la atención médica que requieran sus lesiones o las secuelas de estas, sino también una pensión de incapacidad. En tal caso, el grado de incapacidad debe ser al menos del 15%. En caso de fallecimiento de un agente público o privado a consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, a sus descendientes se les concederá una pensión o una asignación para supérstites.

Artículo 8Derecho a la libertad sindical

A.Derechos sindicales

a)Condiciones de fondo o de forma que hay que reunir para formar y afiliarse a un sindicato

100.La libertad sindical en Burkina Faso está garantizada por el artículo 21 de la Constitución. Las condiciones de su ejercicio están fijadas por la Ley núm. 10‑92/ADP de 15 de diciembre de 1992 sobre la Libertad de Asociación, la Ley núm. 013‑1998/AN de 28 de abril de 1998 sobre el Régimen Jurídico aplicable a los Empleos y a los Agentes de la Función Pública y la Ley núm. 028‑2008/AN de 13 de mayo de 2008 sobre el Código del Trabajo en Burkina Faso.

101.El artículo 44 de la Ley sobre el Régimen Jurídico aplicable a los Empleos y a los Agentes de la Función Pública reconoce a todos los agentes del Estado el derecho a formar o a afiliarse a un sindicato. No obstante, algunos cuerpos de agentes públicos gozan de estatutos específicos que restringen ese derecho. Se trata, en particular de la Ley núm. 037‑2008/AN de 29 de mayo de 2008, sobre el Estatuto General de los Miembros de las Fuerzas Armadas Nacionales.

102.Todo trabajador o empleador puede adherirse libremente a un sindicato de su elección en el marco de su profesión. Los niños de por lo menos 16 años tienen la posibilidad de afiliarse a los sindicatos salvo oposición del padre, madre o tutor. Los sindicatos legalmente registrados pueden constituirse libremente en unión y también adherirse libremente a las organizaciones sindicales internacionales de su elección.

b)Independencia de los sindicatos

103.La independencia de los sindicatos está garantizada especialmente por la Constitución y el Código del Trabajo. Según el artículo 295 del Código del Trabajo, la administración no puede dictar la suspensión, ni la disolución de los sindicatos de trabajadores y empleadores. Su disolución solo puede producirse por decisión judicial. Los miembros encargados de la administración o de la dirección de un sindicato disfrutan de los beneficios de la protección concedida contra los despidos y los traslados arbitrarios.

104.El jefe de empresa o sus representantes tienen la obligación de mostrarse neutrales con respecto a las organizaciones sindicales presentes en la empresa. Los sindicatos profesionales gozan de personalidad jurídica. Por ese motivo, pueden ejercer todos los derechos reservados a la parte civil ante cualquier órgano jurisdiccional y destinar una parte de sus recursos tanto a la creación de viviendas para trabajadores como a la adquisición de bienes inmobiliarios.

105.Los inmuebles y objetos mobiliarios que los sindicatos necesitan para sus reuniones, sus bibliotecas y sus cursos de formación profesional son inembargables. Además, deben ser consultados en todos los casos de diferencias y en las cuestiones relacionadas con la profesión o el ramo de actividad de que se trate.

B.Los mecanismos de negociación colectiva

106.En Burkina Faso, las negociaciones colectivas tienen lugar generalmente en el marco de la redacción de los convenios colectivos y de los acuerdos de empresa, así como en la Comisión consultiva de trabajo. El Gobierno y los sindicatos cuentan también con un marco de negociación.

a)El convenio colectivo de trabajo

107.El convenio colectivo de trabajo es un acuerdo relativo a las condiciones laborales. Se concluye entre los representantes de uno o de varios sindicatos o agrupaciones profesionales de trabajadores, por una parte, y una o varias organizaciones sindicales de empleadores o cualquier otra agrupación de empleadores, o uno o varios empleadores a título individual, por otra. Puede contener cláusulas más favorables a los trabajadores que las leyes y reglamentos en vigor.

b)Los acuerdos colectivos de empresa

108.Los acuerdos colectivos de empresa son convenios colectivos celebrados, por una parte, entre un empleador o un grupo de empleadores y, por otra, unas organizaciones profesionales de trabajadores. Su objetivo consiste en adaptar las disposiciones de los convenios colectivos de trabajo, de carácter nacional o local, a las condiciones específicas de la o de las empresas de que se trate.

c)La Comisión consultiva de trabajo

109.La Comisión consultiva de trabajo se constituye ante el Ministerio encargado del trabajo. Está integrada por el mismo número de empleadores que de trabajadores nombrados por las organizaciones más representativas de ambos o por el Ministro encargado del trabajo en caso de ausencia de organizaciones representativas. La Comisión consultiva de trabajo puede ser consultada respecto de todas las cuestiones relativas al trabajo, la mano de obra y la seguridad social, además de los casos en los que se requiere que dé obligatoriamente su opinión.

d)Las reuniones entre Gobierno y sindicatos

110.En 2007 se estableció la necesidad de organizar una reunión anual entre el Gobierno y las organizaciones sindicales de Burkina Faso. Se trata de un marco de concertación y de examen de las quejas de los trabajadores del sector público.

111.Además de la reunión anual del Gobierno con los sindicatos de trabajadores, se organiza:

Una reunión anual entre el Gobierno y el sector privado para mejorar el clima de los negocios y el mercado de trabajo;

Una reunión entre el Gobierno y el sector privado para examinar las inquietudes del sector por rama de actividad;

Una reunión anual bipartita entre patronos y sindicatos de trabajadores para llevar a cabo negociaciones salariales en el sector privado.

C.Derecho de huelga

a)Garantía del derecho de huelga

112.El derecho de huelga posee una base constitucional. Varias disposiciones estatutarias garantizan igualmente este derecho, en especial la Ley sobre el Régimen Jurídico aplicable a los Empleos y a los Agentes de la Función Pública.

b)Restricciones al derecho de huelga

113.El derecho de huelga se ejerce en el marco definido por los textos en vigor en la materia, en este caso, la Ley núm. 45‑60/AN de 25 de julio de 1960 sobre la Regulación del Derecho de Huelga de los Funcionarios y Agentes del Estado. De conformidad con esa disposición normativa, la huelga ha de estar precedida de una notificación registrada por los responsables sindicales impulsores de la iniciativa ante el Gabinete del Presidente del Consejo de Ministros. En el preaviso deben indicarse los motivos, el alcance, la duración, la fecha y el horario que tendrá la huelga. La notificación deberá registrarse en los plazos previstos.

114.Según el artículo 74 de la Ley sobre el Régimen Jurídico aplicable a los Empleos y a los Agentes de la Función Pública, los funcionarios en período de prácticas no tienen derecho a la huelga.

c)Servicios para los que está prohibida la huelga

115.Algunos estatutos especiales contienen disposiciones que prohíben la huelga a ciertos cuerpos de la administración, a pesar del principio que establece que todos los trabajadores tienen reconocido ese derecho. La Ley relativa a la Regulación del Derecho de Huelga de los Funcionarios y Agentes del Estado prevé la posibilidad de que los textos específicos regulen ese derecho para determinadas categorías de agentes. Se trata del personal de policía, los militares, los magistrados y los guardianes de prisiones.

Artículo 9Derecho a la seguridad social

A.De la existencia de un sistema de seguridad social en Burkina Faso

116.En Burkina Faso existe un sistema de seguridad social establecido por la Ley núm. 15‑2006/AN de 11 de mayo de 2006 sobre el Régimen de Seguridad Social aplicable a los Trabajadores Asalariados y Asimilados. El sistema comprende tres tipos de seguros:

Un seguro de prestaciones familiares, que cubre el servicio de prestaciones familiares y de prestaciones de maternidad;

Un seguro de riesgos profesionales, que cubre la prevención y el servicio de prestaciones en caso de accidente de trabajo y de enfermedad profesional;

Un seguro de pensiones, que cubre el servicio de las pensiones de vejez, invalidez, supérstites y huérfanos.

117.Están sujetos obligatoriamente al régimen de seguridad social todos los trabajadores a los que se aplica el Código del Trabajo, si ejercen su ocupación principalmente en el territorio nacional por cuenta de uno o varios empleadores, independientemente de la naturaleza, la forma, la validez del contrato y la cuantía de la remuneración. Están también sujetos los asalariados del Estado y de las colectividades públicas o locales que, en virtud de las disposiciones legales o reglamentarias, no disfrutan de los beneficios de un régimen especial de seguridad social, los alumnos y estudiantes de las escuelas o de los centros de formación profesional y los aprendices.

118.Además de los asalariados a los que se aplica el régimen obligatorio, la cobertura puede extenderse a las personas que ejercen una actividad profesional que no les vincule a un régimen obligatorio de seguridad social. Dichas personas tienen la posibilidad de suscribir un seguro voluntario, de conformidad con la resolución de 10 de marzo de 2008, relativa a la modalidad de afiliación, liquidación y pago de prestaciones por concepto de seguro voluntario. En cuanto a los agentes públicos, la seguridad social cubre el régimen de jubilación y la protección contra los riesgos profesionales.

B.Cuantía mínima de la prestación fijada por la ley

119.La ley no fija una cuantía mínima para las prestaciones sociales que reciben los asegurados por la CNSS o la CARFO. La cuantía se calcula en función del año en que el asegurado causó derecho a pensión, la duración de los servicios y bonificaciones y su nivel salarial. No obstante, el monto trimestral mínimo de la pensión principal no puede ser inferior al SMIG. El Estado y las instituciones de la seguridad social autorizan, sin embargo, ciertas iniciativas para mejorar las prestaciones sociales, que han dado lugar, en especial, a un aumento de las pensiones de jubilación del 5% en 2007; del 4% en 2009 y del 5% en 2012.

C.Prestaciones no contributivas de asistencia social a personas y familias desfavorecidas

120.El sistema de seguridad social de Burkina Faso no dispone de mecanismos de prestación social no contributiva para las personas y las familias desfavorecidas y marginales. No obstante, se ha creado un Fondo nacional de solidaridad en el Ministerio encargado de la acción social y la solidaridad nacional, que se nutre de las contribuciones voluntarias recogidas anualmente durante el mes de noviembre (decretado mes de la solidaridad nacional). Ese Fondo permite facilitar una asistencia social a las personas y familias desamparadas y desfavorecidas.

D.Los regímenes privados de seguridad social

121.La gestión del régimen de protección social está garantizada, en principio, por la CNSS y la CARFO. Existen, sin embargo, compañías de seguros privadas que pueden proporcionar prestaciones complementarias a las de estas entidades. En los sectores privado y parapúblico, cada empresa presenta una situación diferente en función de su capacidad financiera. Por ese motivo han surgido iniciativas locales o comunitarias que permiten paliar las carencias de las disposiciones legales. Se trata de los seguros privados comerciales, las mutuas y los microseguros de salud y los sistemas de prepago.

122.Los trabajadores de la economía informal no disponen, por lo general, más que de formas tradicionales de protección social, como la ayuda mutua y la solidaridad que les brinda su pertenencia a grupos sociales. Los ingresos que obtienen de sus actividades profesionales son más bien precarios e irregulares. El 45% de la población vive por debajo del umbral de pobreza y el 80% de esta trabaja en el sector agrícola.

E.Igualdad de género en materia del derecho a pensión

123.Todo agente jubilado de la función pública se beneficia, en las condiciones definidas por los textos en vigor, de un régimen de pensiones sin discriminación alguna. El derecho a pensión se consolida para todo agente por su reconocimiento efectivo. Supone, ante todo, que, durante el período de actividad, se han efectuado las retenciones con cargo a la retribución o el salario del 8% del haber regulador (para los funcionarios) o del salario sometido a cotización (para los contratados), representadas por las cotizaciones para la generación de ese derecho. A este porcentaje con que contribuye el agente, hay que añadir el porcentaje aportado por la administración que, desde el 1 de enero de 2004, se eleva al 12% de la retribución (haber regulador) o del salario sometido a cotización. El derecho a pensión supone por otra parte, una duración mínima del servicio, que es de 15 años para los agentes del Estado y de las colectividades locales y de 20 años para los funcionarios parlamentarios.

124.Los asalariados del sector privado gozan también de igualdad de acceso a la pensión. Están declarados en la CNSS:

Todo trabajador sujeto a las disposiciones del Código del Trabajo de Burkina Faso, sea cual fuere su nacionalidad, que resida en Burkina Faso y trabaje en el sector privado o en el sector público;

Los aprendices y los alumnos de los centros de enseñanza técnica;

Las personas que ejercen una actividad no asalariada pueden asegurarse como voluntarias, a condición de haber estado afiliadas a la CNSS desde al menos 6 meses antes.

125.En el caso de los extranjeros, no es obligatorio cotizar a la CNSS para la pensión de vejez si el trabajador está cotizando ya a una caja en su país de origen. Las cotizaciones para los otros dos seguros son obligatorias.

F.Información sobre los programas de seguridad social

126.El artículo 50 de la Ley núm. 022‑2006/AN de 16 de noviembre de 2006 relativa al Régimen de Prevención y Reparación de los Riesgos Profesionales aplicable a los Agentes de la Función Pública, los Militares y los Magistrados otorga derecho a los huérfanos del asegurado que haya obtenido, o habría debido hacerlo, una pensión de incapacidad, a beneficiarse de una pensión temporal de orfandad hasta cumplir los 20 años.

127.El Estado actúa mediante mecanismos de subvención gratuita a través de los centros sanitarios, en favor de los grupos vulnerables como los huérfanos y los niños en situación de vulnerabilidad, las embarazadas, las personas que viven con el VIH/SIDA y los indigentes. La financiación prevista para el período 2006‑2015 asciende a 4.196.075.000 francos CFA anuales destinados al programa de asistencia obstétrica y neonatal de urgencia. Existen otros tipos de seguridad social de base comunitaria como las mutuas. Se ha abierto un período de reflexión sobre la posibilidad de implantar un sistema nacional de seguro de enfermedad para todos.

G.Regímenes no contributivos de apoyo a los no nacionales de Burkina Faso

128.Los extranjeros y los nacionales disfrutan de los beneficios del régimen normal de seguridad social. No existe ningún régimen no contributivo de seguridad social para los extranjeros, al igual que para los nacionales.

Artículo 10Derecho al matrimonio

A.Derechos relacionados con el matrimonio y la familia

129.El artículo 23 de la Constitución de 11 de junio de 1991 reconoce el derecho de todas las personas a contraer matrimonio. Prohíbe cualquier discriminación por motivos de raza, color, religión, etnia, casta, origen social y fortuna. El derecho de hombres y mujeres a contraer libremente matrimonio y a fundar una familia está regulado en Burkina Faso por el Código de las Personas y de la Familia. De la misma manera, el Código Penal castiga la violación de estos derechos.

130.Según el artículo 231 del Código de las Personas y de la Familia, la familia basada en el matrimonio es la célula básica de la sociedad. Además, el artículo 234 estipula que el matrimonio es obra de la voluntad libre y consciente del hombre y la mujer de tomarse como esposos. Por consiguiente, están prohibidos los matrimonios forzados y los obstáculos y la oposición al matrimonio por motivos de raza, casta, color o religión.

131.El Código prohíbe el pago de una dote, en efectivo, en especie, o en forma de prestación de servicio. Así, el Código Penal castiga con una pena de tres a seis meses de prisión y una multa de 100.000 a 1.000.000 francos a todo el que exija o acepte pagar o recibir una dote con fines matrimoniales.

B.Disponibilidad, nivel de cobertura y financiación de los servicios sociales de apoyo a personas o grupos específicos

132.Para fomentar el espíritu de responsabilidad de los padres, el MASSN ha continuado desarrollando las actividades denominadas "Educación para la vida familiar (EVF)". Los servicios del MASSN organizaron en 2012 sesiones de sensibilización respecto de la EVF y los derechos de la familia sobre temas relacionados con el matrimonio, la filiación, la necesidad de inscribir a los niños en el registro civil, la planificación de la familia, la nutrición, la salud reproductiva y otros aspectos que han permitido conectar con 459.024 personas.

133.Todos esos esfuerzos han facilitado la solución de 10.316 conflictos familiares, de 2005 a 2009, y de 7.629 casos en 2010 en relación con la identificación de la paternidad, el matrimonio forzado, la pensión alimentaria, los conflictos conyugales y las herencias.

a)Servicios de guarda de niños

134.El MASSN organiza muchas actividades en favor de los niños vulnerables y garantiza el seguimiento y la supervisión de las entidades de acogida de esos niños. El Gobierno ha adoptado un marco estratégico de atención a los huérfanos y otros niños vulnerables, 2005‑2015. Sirve de referente para todos los actores que colaboran, con arreglo a su esfera de competencia, en la prevención de los factores de vulnerabilidad, la asistencia y la reinserción/rehabilitación de las víctimas.

135.El MASSN, por conducto del Fondo nacional de solidaridad, el Comité nacional de socorro de urgencia y rehabilitación y el CMLS aportan una contribución material, alimentaria, de indumentaria y de alojamiento a las familias necesitadas, con miras a ayudarlas a adquirir autonomía y atender las necesidades de sus hijos. Han contado también con el respaldo de múltiples ONG y asociaciones, así como de personas de buena voluntad.

136.La atención socioeducativa y pedagógica de los niños que viven en la calle se presta a través de instituciones públicas y privadas. Las estructuras públicas y, en especial, la Maison de l'enfance André Dupont de Orodara (MEADO) y el Centro de educación especializada y de formación de Gampéla, se ocupan de los niños con miras a lograr su inserción social e incluso económica, mediante actividades educativas, escolares y profesionales.

137.En cuanto a los niños afectados por el VIH/SIDA, el Gobierno no ha cejado en sus esfuerzos para intensificar la prevención y promoción de los cambios de comportamiento. De ese modo, el Ministerio de Salud está aplicando programas de prevención de la transmisión maternoinfantil y de asistencia pediátrica (Proyecto BKF 6129 "Apoyo nutricional a los grupos vulnerables y a las personas que viven con el VIH"; PTME. Es de destacar también la existencia de numerosas ONG y asociaciones de lucha contra el sida (1.000 entidades asociativas) y una fuerte implicación de los asociados técnicos y financieros (PTF) en favor de la asistencia a los huérfanos y niños vulnerables. Desde la aprobación de la Ley núm. 049‑2005/AN de 22 de diciembre de 2005 relativa a la Salud Reproductiva y de la Ley núm. 030‑2008/AN de 28 de mayo de 2008 de Lucha contra el VIH/SIDA y Protección de los Derechos de las Personas que Viven con el VIH/SIDA, está prohibida toda discriminación a causa de la infección por el VIH/SIDA. Se trata de una medida que va en favor de la inserción social de los niños afectados por el VIH/SIDA.

138.A nivel administrativo, cabe señalar la adopción de un Plan nacional de protección del niño privado de familia 2011‑2013, la obtención de los resultados del estudio básico sobre las colocaciones y las adopciones en Burkina Faso en 7 regiones y la instalación de una línea telefónica gratuita (80 00 11 52) en el Hôtel maternel, situado en la Dirección regional de acción social y solidaridad nacional del Centro.

139.Gracias a todas esas medidas e iniciativas, en 2009 se han podido acoger en familias y/o en instituciones a 3.405 niños privados de familia en 65 orfanatos. Han favorecido también una regulación más apropiada de las condiciones de apertura y gestión de esas instituciones, así como una prestación más adecuada de la asistencia sanitaria, alimentaria y psicológica de los niños privados de familia. A pesar de esos esfuerzos, cuyo impacto se puede observar sobre el terreno, la labor de protección de los niños vulnerables tropieza con dificultades, ocasionadas principalmente por la no aplicación de los textos y la persistencia de inercias socioculturales, que representan graves escollos para la realización de los derechos del niño. De la misma manera, no cabe pasar por alto factores como la ignorancia, la pobreza, el analfabetismo y el desconocimiento de los textos.

b)Servicios sociales para personas de edad y personas con discapacidad

140.El Estado vela por la realización de los derechos de las personas con discapacidad, a través de los departamentos ministeriales encargados de los derechos humanos, la salud, la acción social y la educación nacional. En ese contexto, además de la creación de la Dirección de protección y promoción de las personas con discapacidad, el MASSN ha implantado por el decreto núm. 2012‑406/PRES/PM/MASSN/MEF/MS de 15 de mayo de 2012, el Consejo nacional multisectorial para la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad en Burkina Faso (COMUD/Handicap), integrado por 90 miembros. Numerosas organizaciones de la sociedad civil, agrupadas en el seno de la Federación de asociaciones de personas con discapacidad de Burkina Faso y la Red nacional de organizaciones de personas con discapacidad, participan también en actuaciones sobre el terreno y promueven el respeto de los derechos de las personas con discapacidad.

141.Además, la creación, en 2005, del "Comité multisectorial de readaptación e igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad" (COMUREC/handicap) facilita la concertación entre los diferentes actores de la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad. La integración de la cuestión de las personas con discapacidad ha quedado claramente de manifiesto durante el período analizado, gracias a la aprobación de la Ley núm. 012‑2010/AN de 1 de abril de 2010 sobre la Protección y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Esta ley ha establecido una tarjeta de invalidez en favor de las personas con discapacidad. Solo con presentar la tarjeta de invalidez, los titulares pueden beneficiarse de una serie de ventajas en materia de salud, educación, formación profesional, empleo, comunicación, integración social, transportes, vivienda, deportes y esparcimiento, cultura y artes, y protección de la acción social.

142.En lo referente a las personas de edad, se han tomado numerosas iniciativas y medidas con miras a prestarles asistencia, en especial a las más desamparadas (donaciones, visitas domiciliarias, organización de un Día de las personas de edad, etc.). El MASSN cuenta con una Dirección de protección de las personas de edad, con la misión de ejecutar los proyectos del Gobierno destinados a proteger a estas personas. El Ministerio encargado de los derechos humanos elaboró en 2011 un informe sobre la situación de las personas de edad en Burkina Faso.

C.Información sobre la protección de la maternidad

a)Situación de las mujeres que ejercen una profesión atípica

143.La prostitución y otros oficios atípicos (proxenetismo, captación de clientes de servicios sexuales…) no constituyen empleos legalmente reconocidos en Burkina Faso. Por consiguiente, el sistema de protección de la maternidad no ampara a esa categoría de mujeres. En términos generales, el Código Civil dispone que el cuerpo humano no puede ser objeto de ningún tipo de comercio. Por ese motivo, se prohíben la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. En ese sentido, la Asamblea Nacional aprobó la Ley núm. 015‑2014/AN de 13 de mayo, relativa a la Protección del Niño en Conflicto con la Ley o en Peligro, y la Ley núm. 011‑2014/AN de 17 de abril de 2014 sobre la Lucha contra la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía.

b)Duración de la licencia de maternidad

144.La licencia de maternidad se rige principalmente por la Ley sobre el Régimen Jurídico aplicable a los Empleos y a los Agentes de la Función Pública y el Código del Trabajo de Burkina Faso. Según dicha ley, la licencia de maternidad para la agente de la función pública tiene una duración total de 14 semanas. Debe comenzar con una antelación no superior a 6 semanas y no inferior a 4 semanas antes de la fecha prevista para el parto.

145.En lo tocante a las trabajadoras a las que se aplica el Código del Trabajo, la licencia de maternidad es igualmente de 14 semanas, distribuidas como máximo 8 semanas y como mínimo 4 semanas antes de la fecha probable del parto.

c)Información sobre la licencia parental y la licencia de paternidad

146.No existe licencia parental ni de paternidad propiamente dicha; pero cabe clasificar esos supuestos en la categoría de autorizaciones para ausentarse, a fin de permitir a los agentes interesados realizar los trámites necesarios y, en particular, la declaración de nacimiento.

D.Medidas de protección y asistencia en favor de los niños

a)Edad mínima de acceso al empleo

147.En virtud del artículo 152 del Código del Trabajo, la edad mínima de acceso a todo tipo de empleo o de trabajo no debe ser inferior a 16 años. No obstante, la resolución núm. 2008‑0027/MTSS/SG/DGSST de 26 de diciembre de 2008 relativa a la derogación de la edad mínima de admisión al empleo autoriza la ocupación de los niños de más de 13 años en trabajos livianos. El decreto núm. 2009‑365/PRES/PM/MTSS/MS/MASSN de 28 de mayo de 2009 fija la lista de los trabajos peligrosos prohibidos a los niños. Además, la Ley núm. 13‑98/AN de 28 de abril de 1998 sobre el Régimen Jurídico aplicable a los Empleos y a los Agentes de la Función Pública establece en 18 años al menos la edad de acceso a los empleos públicos.

b)La lucha contra el trabajo de los niños

148.Un estudio realizado en mayo de 2010, en el marco de la lucha contra el trabajo de los niños en las minas, ha permitido levantar un censo de 19.881 niños (10.217 varones y 9.664 niñas) en 86 explotaciones mineras artesanales de cuatro regiones. Además, es preciso poner de relieve el Programa integrado de promoción de los derechos de las niñas que trabajan en el servicio doméstico en Uagadugú, puesto en marcha en Burkina Faso por la Coalición en pro de los derechos del niño y otras organizaciones de la sociedad civil.

c)El impacto de las medidas de protección

149.Las iniciativas organizadas por el Ministerio encargado de la función pública, el trabajo y la seguridad social para combatir el trabajo de los niños han permitido:

Entrar en contacto con la mayoría de la población a través de los medios de difusión (radio y televisión);

Entrar en contacto con 60 líderes de las comunidades locales para implicarlos en las actividades de prevención a largo plazo;

Respaldar la revisión de la legislación nacional y la armonización con los Convenios núm. 138 y 182 de la OIT del marco legislativo y reglamentario en materia de trabajo infantil;

Respaldar la escolarización (de 200 niños), la alfabetización (de 1.005 niños) y la formación profesional (de 534 niños);

Apoyar la promoción de actividades generadoras de ingresos de 72 familias;

Instaurar una Red de comunicadores contra la trata de niños.

150.La aplicación del proyecto de lucha contra el trabajo de los niños en las regiones del Sahel, el Centronorte, el Suroeste, el Centro y la Meseta central ha permitido retirar a 5.177 niños (2.800 niños y 2.377 niñas) de 23 minas y canteras artesanales. Esos niños reciben ayuda para su rehabilitación en los sistemas educativo y económico.

E.Protección de las personas de edad

a)El marco legislativo

151.Según el Censo General de la Población y la Vivienda de 2006, las personas de 65 años y más representaban el 3,4% de la población, es decir 473.611 habitantes, de los que 222.098 eran hombres y 251.513 mujeres. Muchas personas de edad gozan de la protección y del afecto de sus parientes y están bien integradas en sus comunidades. El entorno social y cultural de Burkina Faso promueve el bienestar de las personas de edad, que disfrutan de una gran consideración y que desempeñan un papel social muy importante. Sin embargo, algunas personas de edad padecen aislamiento, enfermedades y exclusión social.

152.El Gobierno está tomando muchas medidas. Se trata, entre otras, de institucionalizar las desgravaciones fiscales en favor de las personas de edad, de que puedan recibir financiación, de la adopción de un sistema de jubilación para el sector informal y de la mejora del acceso a los servicios sociales básicos. Cabe citar, entre otras, las medidas de índole legislativa, tomadas en aplicación de la Constitución, cuyas disposiciones están concebidas para proteger a todos los ciudadanos y a las personas que viven en el territorio de Burkina Faso, incluidas las personas de edad.

b)El marco institucional

153.Además de las instituciones nacionales de seguimiento de las obligaciones del Estado ya examinadas, se han establecido otros mecanismos destinados a proteger específicamente los derechos económicos, sociales y culturales de las personas de edad. Se trata principalmente de los departamentos ministeriales, en los que se han creado dispositivos para proteger a esa categoría social, y de las entidades privadas.

El Ministerio encargado de los derechos humanos

154.El fortalecimiento de los derechos de los grupos especiales, entre los que figuran los de las personas de edad, es uno de los seis ejes de intervención del Ministerio encargado de los derechos humanos, previsto por el decreto núm. 2001‑731/PRES/PM/MJPDH de 28 de diciembre de 2001 relativo a la adopción de la política y del plan de acción y orientación para la promoción y la protección de los derechos humanos. En 2011, se elaboró un informe sobre la situación de las personas de edad en Burkina Faso.

El Ministerio de Acción Social y de Solidaridad Nacional

155.El MASSN cuenta con una Dirección de promoción y protección de las personas de edad. Garantiza igualmente la tutela de la Cour de solidarité del sector 12 y del Centre Delwindé de Sakoula, con el objetivo de acoger a las personas vulnerables, entre las que figuran las mujeres de edad acusadas de brujería y excluidas de su comunidad. En 2009 se estableció un Centro de escucha y de asistencia a las personas con discapacidad en el sector 28 de Uagadugú.

El Ministerio de Salud

156.El PNDS, que responde a las orientaciones de la Política nacional sanitaria, tiene asignado también el objetivo específico de promover la salud de los grupos vulnerables. Por ese motivo, en febrero de 2008 se adoptó un Programa nacional de salud de las personas de edad.

El Ministerio de la Función Pública, Trabajo y Seguridad Social

157.El Ministerio de la Función Pública, Trabajo y Seguridad Social se encarga, entre otras tareas, de la elaboración y revisión de los textos legislativos y reglamentarios relativos a la protección social de los trabajadores asalariados. Vela por la tutela de la CARFO y de la CNSS y por la aplicación de las normas en materia de seguridad social, salud ocupacional e higiene profesional.

Los centros de acogida 

158.Son entidades de protección social del sector privado. Se contabilizan 13 centros de acogida reconocidos por el MASSN. El objeto principal de esos centros reside en prestar asistencia a las personas de edad y, en especial, a las víctimas de exclusión social.

Las organizaciones de la sociedad civil

159.En términos generales, las ONG y las asociaciones contribuyen a la promoción y protección de los derechos humanos, mediante la Ley núm. 10/98/AN de 21 de abril de 1998 relativa a las Modalidades de Intervención del Estado y Reparto de las Competencias entre el Estado y los demás Actores del Desarrollo. No obstante, hay asociaciones específicas que intervienen en la promoción y la protección de los derechos de las personas de edad. Cabe citar la Association Génération Solidaire, la Association nationale des retraités du Burkina Faso, el Mouvement burkinabé pour une vieillesse de qualité, la Association internationale francophone des aînés/Section du Burkina et la maison de retraite Antoine NANGA. Otras asociaciones contribuyen igualmente al bienestar de las personas de edad. Merece la pena mencionar, entre otras, a: la Association des licenciés dégagés et des retraités d'office y a la Association burkinabé de gériatrie et de gérontologie.

160.Las asociaciones de personas de edad se agrupan en una entidad denominada Consejo nacional de las personas de edad (CNPA), creada en 2002 con ayuda del Gobierno, en aplicación de la declaración de Burkina Faso en la segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, celebrada en Madrid. El CNPA es el interlocutor entre el Estado y la sociedad civil. Además, Help Age International, una ONG, defiende la causa de las personas de edad en Burkina Faso. Apoya, en especial, la recomendación del Plan de Acción de Madrid.

c)Aplicación de las leyes y programas contra el abuso, el abandono, la negligencia y el maltrato de las personas mayores

161.El objeto de las medidas en favor de la promoción y la protección de los derechos de las personas de edad consiste, en particular, en luchar contra la exclusión social, sobre todo de las mujeres acusadas de brujería. Se trata esencialmente de iniciativas de sensibilización, formación y difusión de los derechos de las personas de edad. El conjunto de las acciones emprendidas por el Gobierno y respaldadas por las organizaciones de la sociedad civil permite mejorar la calidad de vida de las personas de edad. Además, la celebración del Foro de las personas de edad, del 22 al 23 de octubre de 2012, ha facilitado la elaboración de recomendaciones con miras a mejorar sus condiciones de vida.

162.Esas acciones son, sin embargo, insuficientes, y no permiten promover y proteger eficazmente el derecho al respeto de la integridad física y moral de las personas de edad. Un estudio llevado a cabo en 2006 por la Universidad de Uagadugú sobre la exclusión social de las personas mayores en siete provincias ha puesto de relieve que ese fenómeno afecta a las personas de edad, las mujeres, las personas con discapacidad mental y los niños de la calle. Las víctimas son, en su mayoría, mujeres (87,7%), en especial las de edad, acusadas de brujería. Estas últimas, si no pueden ingresar en los centros de acogida, cuyo número en el territorio nacional es, además, insuficiente, viven solas en condiciones precarias y se dedican la mayor parte del tiempo a la mendicidad.

F.Información sobre los derechos económicos y sociales de los solicitantes de asilo y sus familiares

a)La legislación

163.La Ley núm. 42‑2008/AN de 23 de octubre de 2008 sobre el Estatuto de los Refugiados en Burkina Faso se aplica a todos los solicitantes de asilo y refugiados, sin discriminación, salvo a las personas respecto de las cuales existan indicios razonables para pensar que:

Han cometido un crimen de genocidio, un crimen contra la paz, un crimen contra la humanidad o un crimen de guerra;

Han cometido un delito grave de derecho común fuera del país de acogida, antes de entrar como refugiados;

Se han hecho culpables de actos contrarios a los objetivos y a los principios de la Unión Africana;

Se han hecho culpables de actos contrarios a las finalidades y objetivos de las Naciones Unidas (arts. 4 y 5).

164.Gracias a esta ley, ningún solicitante de asilo podrá ser objeto ahora de devolución en la frontera ni de cualquier otra medida que le obligue a regresar o a permanecer en un territorio donde corran peligro su vida, su integridad física o su libertad (art. 8), salvo las excepciones enumeradas más arriba.

b)Los derechos económicos y sociales de los solicitantes de asilo

165.Según lo dispuesto en los artículos 10 a 12 de la Ley núm. 42‑2008/AN de 23 de octubre de 2008 sobre el Estatuto de los Refugiados en Burkina Faso, los refugiados asentados legalmente en Burkina Faso gozan de los mismos derechos y están sujetos a las mismas obligaciones sin discriminación alguna por motivos de raza, etnia, religión o país de origen. Reciben el mismo tratamiento que los nacionales. Además, con las reservas establecidas por la reglamentación aplicable a los extranjeros en general, los refugiados disfrutan del derecho a obtener documentos de identidad y de viaje, del derecho a adquirir la nacionalidad del país, con arreglo a la legislación en vigor, y del derecho a la libertad de asociación para las actividades no políticas.

166.En Burkina Faso existe una Comisión nacional para los refugiados (CONAREF), encargada de la determinación de la condición de refugiado, la gestión y la protección de los refugiados reconocidos y solicitantes de asilo en todo el territorio nacional. La decisión de conceder la condición de refugiado en Burkina Faso corresponde a la CONAREF, una vez examinada la petición del solicitante de asilo en el Comité de elegibilidad. Este Comité tiene competencias para determinar la condición de refugiado de los solicitantes de asilo, decidir su retirada, anular o cancelar dicha condición.

167.Las organizaciones de la sociedad civil aportan una ayuda al Estado en la asistencia a los refugiados. En este sentido, la ONG Christian Relief Development Organisation (CREDO) apoya a los niños refugiados o solicitantes de asilo a través de sus padres. Según el artículo 6 de la Ley sobre el Estatuto de los Refugiados, los miembros de la familia de un refugiado que lo acompañen o se reúnan con él pueden beneficiarse del estatuto derivado de refugiado, con sujeción a las verificaciones necesarias, salvo si poseen una nacionalidad distinta a la del refugiado y gozan de la protección del país al que pertenecen.

c)Leyes y mecanismos de protección de los derechos de los trabajadores migrantes

168.Burkina Faso es un país de acogida para numerosos extranjeros. Según las estimaciones del Censo General de la Población y la Vivienda de 2006, los migrantes residentes se elevan a 60.074. En la Constitución de Burkina Faso se reafirman con claridad los principios fundamentales reconocidos en la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Su artículo 1 prohíbe cualquier forma de discriminación. Así, en el artículo 19 se establece que "el derecho al trabajo está reconocido y es igual para todos". En cuanto al Código del Trabajo, cuyas disposiciones se aplican a todo trabajador y empleador que resida en Burkina Faso, este prohíbe, en su artículo 1, la discriminación en la contratación. A esos instrumentos hay que añadir el Código Civil, que protege a los trabajadores migrantes, en particular en sus disposiciones relativas a la protección de los bienes. De la misma manera, el Código de las Personas y de la Familia establece que "los extranjeros disfrutan en Burkina Faso de los derechos civiles en las mismas condiciones que los nacionales".

169.Burkina Faso es parte también en muchos acuerdos multilaterales, bilaterales y comunitarios relativos a las migraciones. Cabe citar, entre otros:

El Convenio núm. 19 de la OIT relativo a la igualdad de trato entre los trabajadores extranjeros y nacionales en materia de indemnización por accidentes de trabajo de 5 de junio de 1925;

La Convención general sobre la seguridad social de los trabajadores migratorios firmada en N'Djamena el 29 de enero de 1971;

El Protocolo A/P/1/5/79 de 29 de mayo de 1979 de la CEDEAO relativo a la libre circulación de las personas, el derecho de residencia y el derecho de establecimiento;

El Protocolo A/SP/2/7/85 de 6 de julio de 1985 del Tratado de la CEDEAO que contiene el código de conducta para la aplicación del Protocolo relativo a la libre circulación de las personas, el derecho de residencia y el derecho de establecimiento;

El Protocolo adicional A/SP/2/7/86 de 1 de julio de 1986 de la CEDEAO relativo a la ejecución de la segunda fase (derecho de residencia) del Protocolo relativo a la libre circulación de las personas, el derecho de residencia y el derecho de establecimiento.

170.Entre los acuerdos bilaterales y los instrumentos comunitarios, es preciso señalar:

La Convención de seguridad social entre Burkina Faso y la República de Malí de 14 de febrero de 1994;

La Convención bilateral de seguridad social concluida el 21 de abril de 1994 entre Burkina Faso y la República de Côte d'Ivoire;

El Acuerdo sobre la gestión concertada de las migraciones y el desarrollo solidario concluido entre Francia y Burkina Faso el 10 de enero de 2009.

171.En lo referente a la protección de la unidad familiar del trabajador migrante y de la agrupación de la familia, su cónyuge y sus hijos están autorizados a residir en Burkina Faso durante la estancia de este, con arreglo al principio de la reagrupación familiar.

172.Las trabajadoras migrantes tienen derecho a acceder a todas las prestaciones que reciben las trabajadoras en virtud del derecho interno de Burkina Faso y, en especial, a la atención básica de salud materna.

G.Prohibición de la violencia

a)Prohibición de la violencia familiar

173.La violencia familiar y la basada en las creencias culturales están prohibidas en Burkina Faso por el Código Penal, el Código de las Personas y de la Familia, las leyes relativas a la tipificación como delito de la transmisión voluntaria del VIH/SIDA (2005), de la mutilación genital femenina y de la trata de personas y prácticas similares. En el ámbito de las mutilaciones genitales, cabe señalar la adopción por la Asamblea General de las Naciones Unidas de la resolución A/C.3/67/L.21, de 17 de octubre de 2012, sobre la intensificación de la acción mundial encaminada a eliminar la mutilación genital femenina, presentada por Burkina Faso en nombre del Grupo Africano. Se ha establecido un Consejo nacional de lucha contra la práctica de la escisión. Se están llevando a cabo campañas de sensibilización contra esa lacra en todo el país, en las que debe implicarse a los jefes tradicionales y a los líderes religiosos.

174.El efecto combinado de la ley, las campañas de sensibilización y la considerable participación de las autoridades gubernamentales, tradicionales y religiosas ha traído consigo avances apreciables en la lucha contra la mutilación genital femenina. No obstante, la práctica persiste en la clandestinidad y afecta a las niñas de una edad cada vez más temprana.

175.Para facilitar la denuncia de la violencia contra los niños, Burkina Faso puso en marcha oficialmente, el 13 de septiembre de 2011, un número de teléfono gratuito, el 80 00 11 52. En 2012, ese número se cambió por uno de tres cifras: el 116, fácil de recordar para los niños. La Dirección regional de acción social y solidaridad nacional del Centro tiene registrados 157 casos de violencia, denunciados de septiembre de 2011 a abril de 2012. En cuanto a la violencia conyugal, los cuadros siguientes ofrecen más detalles sobre las dimensiones del fenómeno en las diferentes regiones del país.

Cuadro 6

Distribución por sexo de los niños víctimas de la violencia en 2012

Clasificación

Niñas

Niños

Total nacional

Niños abandonados

85

87

172

Niños víctimas de malos tratos

4 651

4 509

9 160

Niños víctimas de explotación sexual

30

16

46

Niños que viven en la calle

40

895

935

Niños expósitos

158

142

300

Niños víctimas de la trata

232

576

808

Víctimas de matrimonios forzados

1 029

104

1 133

Víctimas de matrimonios precoces

293

14

307

Total

6 518

6 343

12 861

Fuente : Anuario estadístico 2012 del MASSN.

Cuadro 7

Casos de familias víctimas de violencias desglosados por género en 2012

Clasificación

Mujeres

Hombres

Total nacional

Embarazos no deseados y/o rechazados

2 796

471

3 267

Madres solteras

243

11

254

Violencias conyugales

388

90

478

Mutilaciones genitales femeninas

64

0

64

Conflictos familiares

1 245

773

2 018

Conflictos conyugales

2 464

1 070

3 534

Abandonos del domicilio conyugal

107

67

174

Familias monoparentales

23

03

26

Divorciados o separados

95

50

145

Otras formas de violencia

564

192

756

Total

7 983

2 727

10 710

Fuente : Anuario estadístico 2012 del MASSN.

176.A nivel penal, ha habido procesos que han dado lugar a la condena de personas declaradas culpables de mutilaciones sexuales. Según el Anuario estadístico 2011 del Ministerio de Justicia, el número de esas personas condenadas y detenidas en los centros penitenciarios pasó de 76 en 2008 a 42 en 2009, a 20 en 2010 y a 16, el 31 de diciembre de 2011.

b)Información sobre el Plan nacional de acción de lucha contra la violencia en la familia y la indemnización de las víctimas

177.La lucha contra la violencia familiar forma parte de los ejes estratégicos seleccionados en la política nacional de género adoptada en 2009. Su objetivo reside en fomentar un desarrollo participativo y equitativo de hombres y mujeres, garantizándoles la igualdad de acceso a los recursos y a los centros de decisión mediante la aplicación de ejes estratégicos y, entre ellos, el de promover el respeto de los derechos y la eliminación de la violencia. Para apoyar a las víctimas y ayudarlas a rehabilitarse, las instituciones gubernamentales competentes disponen de servicios de acogida con la misión de aconsejar y orientar a las mujeres víctimas de la violencia. Numerosas asociaciones intervienen igualmente en esa esfera, a través de la creación de centros de asesoramiento que a menudo incluyen la prestación de ayuda técnica y financiera.

178.En cinco regiones se ha ejecutado un proyecto denominado "Eliminar el matrimonio precoz en Burkina Faso", que ha permitido, entre otras medidas, sensibilizar a más de 200.000 personas, prestar asistencia a 885 adolescentes y conceder a 143 de ellos becas escolares. En cuanto a la lucha contra la práctica de la escisión, ha contado con el respaldo del Jefe del Estado y de todos los líderes religiosos y tradicionales, durante la celebración del Día nacional de lucha contra la práctica de la escisión, el 25 de mayo de 2009 en Kaya. El compromiso del Gobierno se ha reflejado también en la adopción del Plan de acción nacional 2009‑2013 de promoción de la eliminación de las mutilaciones genitales femeninas en la perspectiva de tolerancia cero.

c)Medidas de prevención de la violencia familiar

179.Para luchar eficazmente contra la violencia familiar, se han llevado a cabo iniciativas destinadas a concienciar a la opinión pública sobre el carácter delictivo de esos actos. De igual manera, se han impartido cursillos al respecto a los encargados de la aplicación de las leyes y demás profesionales interesados. Así, en 2010, se impartieron 104 cursos sobre las mutilaciones genitales femeninas; la sensibilización y la promoción han permitido entrar en contacto con 68.215 personas a fin de luchar contra dichas mutilaciones; con 8.095, para la promoción de los derechos de la mujer y de la familia; con 7.528, para combatir el matrimonio forzado y precoz; con 2.946, para luchar contra la violencia familiar y con 2.045, con miras a la educación para la vida familiar. Una serie de agentes de salud han adquirido conocimientos y aptitudes en técnicas de reparación de las secuelas de la escisión.

180.Cabe señalar igualmente la introducción en 2003 de un módulo sobre las mutilaciones genitales femeninas en los programas de enseñanza primaria y secundaria.

H.Prohibición de la trata de personas

a)Tipificación de la trata de personas

181.Además del Código del Trabajo, que prohíbe las peores formas del trabajo infantil en su artículo 153, la trata de personas, de manera general, es objeto de una reglamentación específica en Burkina Faso por la Ley núm. 029‑2008/AN de 15 de mayo de 2008 sobre la Lucha contra la Trata de Personas y las Prácticas Asimiladas.

182.Se han implantado ciertos mecanismos para controlar el respeto absoluto de esas disposiciones y garantizar la protección de las víctimas y de los testigos. Cabe citar, en primer lugar, los recursos de que disponen las víctimas ante las autoridades judiciales o administrativas. Se ha creado, además, un órgano nacional de vigilancia y seguimiento para combatir la trata de personas y otras prácticas semejantes. Con tal fin se ha establecido un Comité nacional para la coordinación de las actividades de lucha contra ese fenómeno, patrocinado por la Dirección de protección de la infancia y de lucha contra la violencia de que son víctimas los niños, del MASSN.

183.En lo tocante, en especial, a los niños, se han construido dos centros de tránsito en la región del Este para prestar asistencia a los niños víctimas de la trata y a sus familias. Varios actores institucionales y asociados técnicos y financieros (PTF) como el UNICEF, el Plan Burkina, el Fonds Enfant, el Programa de salud sexual y derechos humanos, Terre des Hommes Lausanne, Terre des Hommes Alemania, Lutrena y Ayuda a la infancia Canadá, aportan una contribución a la lucha contra el fenómeno. La cuestión del secuestro internacional de niños se plantea también en Burkina Faso. Según el Anuario estadístico del Ministerio de Justicia, de los 48 casos registrados en 2006 se pasó a 58 en 2008. Para abordar eficazmente esos casos, el Gobierno adoptó el decreto núm. 2010‑618/PRES/MASSN/MJ/MEF de 12 de octubre de 2010 relativo a la creación, atribución, composición y funcionamiento de un organismo central encargado de las cuestiones de adopción y de los aspectos civiles del secuestro internacional de niños.

184.En cuanto a las actuaciones judiciales, el cuadro infra muestra el conjunto de casos relacionados con la trata y prácticas similares registrados en los tribunales del país. De 2009 a 2011 se registraron en total 349 casos de secuestros de niños y 44 casos de actuaciones por trata de niños.

Cuadro 8

Nuevas causas penales registradas en las fiscalías del conjunto de tribunales de grande instance de Burkina Faso de 2009 a 2012

Delitos

2009

2010

2011

2012

Total

Trata de niños

11

19

14

17

61

Secuestros de niños

103

139

107

139

488

Total

113

158

121

156

549

Fuente : Ministerio de Justicia, Anuario estadístico 2012.

b)Plan de acción nacional de lucha contra la trata de personas

185.Burkina Faso adoptó en 2007 un Plan de acción nacional de lucha contra la trata de personas. En el marco de la aplicación de ese plan, el Gobierno ha organizado campañas de sensibilización del público mediante talleres, proyecciones de películas con debates, representaciones teatrales y seminarios organizados en colaboración con ONG y organizaciones internacionales. Ha recurrido también a la red nacional de radiotelevisión a fin de lograr la difusión de los programas de lucha contra la trata de personas. Para evitar reincidencias, las víctimas (en su mayoría niños) son objeto de seguimiento.

186.La Ley núm. 029‑2008/AN de 15 de mayo de 2008 sobre la Lucha contra la Trata de Personas y las Prácticas Asimiladas, dispone que los órganos juzgadores pueden ordenar que las sesiones se celebren a puerta cerrada, dispensar a las víctimas o testigos de la obligación de comparecer en la audiencia o tomar medidas efectivas para proteger su identidad y su vida privada. Las víctimas pueden solicitar autorización para residir en el territorio nacional con carácter temporal o permanente.

187.Entre 2008 y 2011, se han puesto a disposición de los principales actores más de 15.000 ejemplares de la Ley sobre la Trata de Personas. Esas iniciativas se suman a las campañas de concienciación por medio de charlas, coloquios sobre cine y foros de teatro organizados para las poblaciones en riesgo. Estas campañas han permitido llegar a un público más amplio y evitar así que los niños abandonen las comunidades afectadas.

Cuadro 9

Número de actividades de concienciación organizadas durante el período

N úm.

Actividades

2009

2010

2011

1

Coloquios sobre cine

56

135

89

2

Charlas

177

221

398

3

Patrullas

78

135

161

4

Asesoramiento

1 105

386

833

5

Emisiones radiofónicas

26

32

30

6

Foros teatrales

37

71

28

7

Conferencias públicas

0

0

17

8

Promociones

6

Total

1 479

980

1 562

Fuente : MASSN, DPLVE, 2011.

188.El conjunto de esas actividades de concienciación ha permitido llegar directamente a 70.834 personas, desglosadas en 18.815 hombres, 19.679 mujeres y 32.340 niños de ambos sexos.

Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado

1.El derecho a una mejora continua de las condiciones de existencia

A.Información sobre el umbral de pobreza

189.El umbral de la pobreza es el nivel vital de ingresos mínimos necesario para que un adulto pueda satisfacer sus necesidades energéticas en materia de alimentación y sus necesidades básicas no alimentarias. Los resultados de la encuesta integral sobre las condiciones de vida de las familias 2009/2010 realizada por el Instituto nacional de estadística y demografía, ponen de relieve una reducción de la incidencia de la pobreza de 2,5 puntos en relación con 2003. Así, cabe señalar que el 43,9% de la población vive por debajo del umbral de la pobreza, estimado en 108.454 francos CFA frente al 46,4% en 2003, lo que corresponde a un umbral de 82.672 francos CFA por adulto y año. El umbral nacional de extrema pobreza se cifra, según las estimaciones, en 31.749 francos CFA y el 27% de la población está por debajo de ese umbral.

B.La lucha contra la pobreza

a)Estrategia nacional de lucha contra la pobreza

190.Para tener derecho a disfrutar de los beneficios efectivos de la iniciativa en favor de los países pobres muy endeudados, en 2000 se elaboró el Marco estratégico de lucha contra la pobreza (CSLP). El balance de la aplicación del CSLP ha demostrado que el crecimiento económico no ha sido lo suficientemente dinámico como para conseguir una reducción significativa de la pobreza. A pesar del alza comprobada desde 2000, el Índice de Desarrollo Humano de Burkina Faso sigue siendo escaso (0,343 en 2012). Esa situación ha llevado al Gobierno a formular una nueva estrategia denominada SCADD para responder al desafío de la lucha contra la pobreza.

b)Políticas y programas de lucha contra la pobreza en beneficio de personas o grupos específicos

191.En el marco de la lucha contra la pobreza, el Gobierno ha adoptado una serie de medidas en favor de grupos sociales específicos como las mujeres y los niños. Se trata, en especial de:

La Política nacional de acción social;

El Marco de directrices estratégicas para la promoción de los niños;

La Estrategia de atención a los huérfanos y demás niños vulnerables;

La Estrategia nacional de desarrollo integrado de la primera infancia;

El plan nacional de desarrollo sanitario 2011‑2020;

El Programa nacional de atención a los huérfanos y demás niños vulnerables;

El Plan de acción nacional de lucha contra las peores formas de trabajo infantil;

El Plan de acción nacional para la supervivencia, la protección y el desarrollo del niño;

La Política nacional en materia de género y su Plan de acción.

2.El derecho a una alimentación adecuada

A.Disponibilidad, coste y calidad de los productos alimentarios

192.La situación general de subdesarrollo que atraviesa el país constituye un obstáculo para el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales; en particular, el derecho a la alimentación. En efecto, las inclemencias del tiempo, la baja pluviometría y la escasez de medios de producción dificultan el logro de la autonomía alimentaria.

193.Para garantizar la seguridad alimentaria y promover un desarrollo rural sostenible, Burkina Faso ha puesto en marcha múltiples programas, planes, proyectos y políticas, entre las que cabe citar:

El Programa nacional de desarrollo de los servicios agrícolas;

El Programa SAAGA (inseminación de nubes para provocar lluvias);

El Proyecto de arroz pluvial/China (PRP/CHINE);

El Proyecto de desarrollo de semillas mejoradas;

El Programa de mejora de los ingresos y de la seguridad alimentaria de los grupos vulnerables;

El Programa de apoyo al desarrollo del regadío.

194.A raíz de la crisis alimentaria de 2008, el Gobierno de Burkina Faso tomó medidas para acelerar el crecimiento de la producción agrícola y, en especial, la del arroz. De este modo, los precios de los insumos agrícolas y de los materiales de producción han recibido subvenciones considerables que han redundado en beneficio de los productores.

195.En el sector de los recursos pesqueros, el Gobierno ha adoptado iniciativas con miras a incrementar la producción piscícola. Se trata, entre otros, de proyectos destinados a la ejecución y mantenimiento de obras hidráulicas.

196.El Gobierno ha puesto en marcha, además, un mecanismo de alerta y de gestión de las situaciones de inseguridad alimentaria. En 2011, aprobó medidas para apaciguar el clima social, debido al alza excesiva del precio de los productos de gran consumo.

197.A pesar de las dificultades provocadas por la escasez de dichos recursos, el Gobierno de Burkina Faso adoptó, en el marco del MASSN, dispositivos de apoyo a las personas vulnerables, como son el Fondo nacional de solidaridad y el Consejo nacional de socorro de emergencia y rehabilitación.

198.El Ministerio de Agricultura e Hidráulica, a través de la Sociedad nacional de gestión de las reservas de seguridad, procede durante las épocas de escasez a la venta de cereales a precios sociales en las regiones más afectadas y en beneficio de las familias desfavorecidas, sin discriminación alguna. El Ministerio encargado del comercio interviene en la regulación de los precios. Burkina Faso se beneficia igualmente de la ayuda otorgada por el Programa Mundial de Alimentos y sus asociados técnicos y financieros.

B.La difusión de los principios de nutrición

199.En 2007, se aprobó la política nacional de nutrición, con el objetivo de mejorar el estado nutricional de las poblaciones, gracias al incremento de la oferta de servicios en materia de nutrición en los centros sanitarios, y al fortalecimiento de la participación comunitaria. Alrededor de 224 instructores regionales han recibido una formación en materia de actividades de nutrición. Se está aplicando un nuevo protocolo nacional relativo a la atención a la malnutrición aguda en las 13 regiones sanitarias del país.

200.El SNIS ha sido objeto en estos últimos años de reformas encaminadas a mejorar sus resultados y velar por la disponibilidad y la utilización de dicha información. Entre esas reformas, cabe mencionar la creación de la Dirección general de información y de estadísticas sanitarias. A fin de potenciar el rendimiento del SNIS, se ha elaborado un plan estratégico para el período 2011‑2020, con el objetivo de disponer a tiempo de una información sanitaria de calidad aceptable.

201.A pesar de los esfuerzos desplegados, la malnutrición infantil crónica sigue alcanzando un nivel elevado (28,6% en 2009). Por ello, el Gobierno ha adoptado un plan estratégico para la nutrición, que cubre el período 2010‑2015, con miras a hacer frente al problema.

C.El acceso de las personas o grupos desfavorecidos a la tierra

202.La propiedad agraria se rige por la Ley núm. 14‑96/ADP de 23 de mayo de 1996 sobre la Reforma Agraria y la Ordenación Territorial. Frente a las lagunas de esa ley, en particular en lo tocante a la seguridad de la tenencia de tierras en el medio rural, se ha aprobado la Ley núm. 34‑2009/AN de 16 de junio de 2009 sobre Tenencia de Tierras. Entre los objetivos de esa ley figuran, entre otros, el de velar por la gestión racional y sostenible de las tierras rurales, luchar contra la especulación del suelo en el medio rural y favorecer la explotación efectiva de dichas tierras en aras del bienestar de la población, fomentar un reconocimiento jurídico eficaz de los derechos legítimos en materia de tenencia de tierras a nivel local de las poblaciones rurales y velar por la protección de los intereses nacionales y por la conservación del patrimonio nacional del suelo en el medio rural.

D.Adopción de directrices voluntarias

203.El Gobierno no escatima esfuerzos para mejorar el derecho a la alimentación, aunque no se haya adoptado ninguna directriz en apoyo de la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional.

3.Derecho al agua

204.El Programa nacional de abastecimiento de agua potable y saneamiento (PN‑AEPA) constituye el instrumento mediante el cual Burkina Faso aspira a alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

A.El acceso al agua potable

a)Coste, calidad y cantidad de agua

205.El acceso al agua potable y a sistemas de saneamiento adecuados constituye uno de los principales ejes estratégicos del Gobierno, orientados hacia el bienestar de la población. Las iniciativas en pro de los estratos más vulnerables emprendidas por el Gobierno y el conjunto de actores del subsector del agua potable a partir de 2008 han permitido ampliar a más del 78% la tasa de acceso al agua potable en los entornos urbanos. En el medio rural, esa tasa se cifra en el 56,6%. Estas medidas han consistido, fundamentalmente, en reducir los costos de conexión y aumentar e introducir nuevos tramos sociales. La conexión a la red de agua potable para las familias ha pasado a costar la cantidad fija de 30.500 francos CFA en lugar del monto calculado en función de las distancias, que era bastante superior en muchas zonas. Según las pruebas efectuadas en el agua distribuida en Uagadugú por la ONEA, a la salida de las instalaciones de tratamiento, la calidad del agua responde en general a las normas internacionales.

206.Por tramos sociales en el contexto de Burkina Faso se entienden cada uno de los distintos niveles de ingresos de las personas físicas, a los que se aplican tasas de pago basadas en el criterio de progresividad y en el respeto de la igualdad. En lo referente a esos tramos sociales en Burkina Faso, hay que señalar:

El aumento del primer tramo social de 6 m3 a 8 m3, manteniendo la tarifa de 188 francos CFA/m3;

La introducción de un segundo tramo de 9 m3 a 15 m3, a 445 francos CFA/m3;

La introducción de un tercer tramo de 16 m3 a 25 m3, a 535 francos CFA/m3;

El último tramo para un consumo superior a 25 m3, a la tarifa familiar de 1.070 francos CFA/m3.

207.Gracias a la calidad del agua suministrada a las poblaciones, la ONEA recibió en 2008 la acreditación de conformidad con la norma ISO 9001, versión 2000, del Comité de certificación de la Association française de normalisation (AFNOR).

b)Medidas tomadas para hacer abordables los servicios de abastecimiento

208.Para hacer abordables los servicios de abastecimiento, la ONEA ha agregado tanques elevados y conexiones a su red de suministro. Por lo que respecta a los tanques, el agua potable se revende a las poblaciones al por menor al precio de 5 francos CFA el recipiente de 20 litros, 10 francos CFA el recipiente de 40 litros y 60 francos CFA el bidón de 220 litros.

209.En el medio rural, el servicio público de distribución de agua potable depende de las comunidades. Estas se encargan de la gestión del AEP, tanto en las aldeas como en las cabezas de partido de esas comunidades. Para ello, nombran a un encargado de la gestión de las obras del AEP. Así, a nivel de las aldeas, el consejo comunal encomienda la gestión de las obras a los consumidores agrupados en Asociaciones de usuarios del agua. Esas asociaciones fijan los precios teniendo en cuenta no solo el costo de mantenimiento y renovación de las infraestructuras, sino también de la capacidad contributiva de los usuarios.

210.En las cabezas de partido de las comunidades, donde los AEPS/PEA garantizan el abastecimiento de agua potable, el Consejo municipal y el operador fijan el precio de venta del agua, sobre la base de contratos de arrendamiento o de explotación.

c)Control de la calidad del agua

211.La calidad del agua consumida en los hogares se controla al menos a tres niveles: a la salida de las instalaciones de depuración, en el punto de distribución colectiva o privada y en la conexión con los domicilios. La institución que controla la calidad del agua es la ONEA. En cuanto a la calidad del agua, la ONEA colabora también con el LNSP, que es un instrumento gubernamental de promoción de la salud de los ciudadanos. El LNSP efectúa investigaciones transversales sobre las aguas envasadas en bolsas o en botellas de plástico.

B.Información sobre la gestión del agua

212.La gestión de los recursos hídricos se rige por la Ley núm. 002‑2001/AN de 8 de febrero de 2001 relativa a la Ley de Orientación sobre la Gestión del Agua. Esa ley otorga primacía sobre otros parámetros a la satisfacción de las necesidades de agua potable de las poblaciones Además, la ley reconoce el derecho de todos a disponer de agua suficiente para cubrir sus necesidades y las exigencias elementales para su subsistencia y su dignidad.

213.En el marco de la aplicación de la Ley de Orientación sobre la Gestión del Agua, se ha creado en el Ministerio encargado del agua una Dirección general de recursos hídricos. La misión de esa Dirección general consiste en: "elaborar, aplicar y hacer el seguimiento de la política nacional en materia de gestión integrada de los recursos hídricos y del abastecimiento de agua potable y saneamiento". Garantiza igualmente el seguimiento de los Organismos de gestión de los recursos hídricos, como el Centro regional para el agua potable y el saneamiento de bajo costo, que se convirtió en 2011 en una agencia intergubernamental de vocación continental, bajo la denominación de Agua y Saneamiento para África (EAA). La Agencia agrupa a 32 países africanos y trabaja desde 1988 en aras del desarrollo y la lucha contra la pobreza mediante la promoción de un acceso sostenible a los servicios de higiene, saneamiento y agua potable en pro de las poblaciones desfavorecidas que viven en el medio rural, periurbano y urbano.

214.Los mecanismos de gestión de los servicios de abastecimiento de agua en las zonas rurales, semiurbanas y urbanas son radicalmente diferentes. En las zonas urbanas, la ONEA suministra agua a la gran mayoría de la población. A nivel rural, la población depende mayoritariamente de los comités de puntos de agua, de ONG y de una serie de empresas privadas. El modelo comunitario goza de mayor difusión en el medio rural: un grupo de habitantes (generalmente una aldea), representado por un comité o una asociación, se encarga de prestar el servicio de producción/distribución de agua, procedente de instalaciones a menudo financiadas en el marco de un proyecto y casi siempre propiedad del Estado. De la venta del agua se encarga un operario, remunerado por salario o comisión, mientras que el comité o la asociación contratan los servicios de un proveedor para el mantenimiento. La participación del público y la transmisión de sus peticiones se canalizan a través del desarrollo del Plan de acción comunitario para el abastecimiento de agua potable y el saneamiento.

4.Derecho a una vivienda adecuada

A.Información sobre la situación de las personas sin hogar o alojadas en viviendas inadecuadas

215.Burkina Faso es un país poco urbanizado. La mayoría de las familias viven en el medio rural, donde los asentamientos se caracterizan por el predominio de construcciones de tipo tradicional, ya que las casas obedecen al modelo de autoconstrucción. Las más frecuentes son, en general, las viviendas construidas con materiales no definitivos como la arcilla y la paja.

B.El acceso a la vivienda

a)Medidas tomadas para garantizar el acceso a una vivienda adecuada y asequible

216.El acceso a la vivienda constituye un motivo importante de preocupación para el Gobierno de Burkina Faso. Los diferentes regímenes que se han sucedido en su historia han emprendido grandes operaciones de parcelación y de construcción de núcleos urbanos y alojamientos sociales, con miras a ofrecer una vivienda digna a todos los habitantes.

217.En el marco de la aplicación de la política nacional de asentamientos y desarrollo, el Gobierno estableció el 15 de mayo de 2008 un CEFAC, con el objetivo de intensificar las inversiones en esta esfera. Con tal fin, se han reducido considerablemente los trámites de obtención de las licencias de construcción. Así, el plazo de obtención de una licencia ha pasado de 226 a 30 días, es decir una reducción del 753%, aunque el Código autoriza un máximo de 90 días. Cabe mencionar igualmente una disminución de los costos a menos del 40% del nivel que tenían antes de la entrada en funcionamiento del CEFAC.

La producción de viviendas dignas

218.Burkina Faso ha aprobado un programa nacional de construcción de viviendas sociales denominado "Programa de 10.000 viviendas",ejecutado en fases sucesivas desde el 12 de julio de 2008. Esta actividad se acompaña de un Programa de apoyo a la autoconstrucción, consistente en poner a disposición de la población prototipos de planos de construcción y consejos técnicos para el seguimiento de las obras de sus casas.

219.A raíz de las inundaciones del 1 de septiembre de 2009, el Gobierno tomó medidas para facilitar a las víctimas el acceso a la vivienda. Se instalaron locales de acogida y se ofrecieron a las víctimas de los desastres, parcelas, materiales de construcción y una ayuda financiera.

Adopción de la Ley No 057‑2008/AN de 20 de noviembre de 2008 sobre la Promoción Inmobiliaria en Burkina Faso

220.El objeto de esta ley radica en facilitar la aparición de empresas fuertes en el sector de la promoción inmobiliaria, a fin de apoyar al Estado en el incremento de la oferta de viviendas, determinar los requisitos para el ejercicio de las actividades, definir las condiciones de producción de viviendas sociales y ofrecer a la población un entorno de vida favorable y una vivienda digna.

Ejecución de las obras de ordenación y de saneamiento

221.Las obras de ordenación y de saneamiento se han llevado a cabo mayoritariamente en las comunidades rurales, que ya fueron objeto de un primer ensayo en 2008, en 18 localidades del país. Además, con miras a mejorar los procedimientos de parcelación, se aplicó un nuevo método, establecido en el Código de Urbanismo y Construcción.

b)Los efectos de las medidas adoptadas en relación con las viviendas sociales

222.La aplicación de la política de viviendas sociales constituye una respuesta apropiada a los problemas de la vivienda en Burkina Faso. Los efectos son evidentes y la demanda no cesa de crecer, lo que explica el llamamiento del Estado a los inversores privados para contar con su apoyo, con miras a que, a mediano plazo, la cuasi totalidad de los ciudadanos pueda disfrutar de una vivienda digna.

c)El acceso a la vivienda de las personas vulnerables

223.Para que las personas vulnerables no pierdan sus esperanzas, se ha iniciado la construcción en las grandes ciudades del país de albergues solidarios. Tras la terminación del primero, situado en el sector 23 de Uagadugú, el 11 de noviembre de 2011 se inauguró el segundo albergue solidario, en el sector 17 de la misma ciudad. Es un entorno de acogida, alojamiento y protección temporal para personas necesitadas y con problemas de alojamiento, en tanto se les busca una solución, con ayuda de los trabajadores sociales.

d)La legislación en materia de construcción de viviendas

224.Se han tomado varias medidas a nivel legislativo a fin de promover la vivienda social. El Gobierno ha creado un Banco de asentamientos y adoptado en mayo de 2008 una política nacional al respecto.

225.Anteriormente se habían aprobado numerosos textos legislativos, como son, entre otros:

La Ley núm. 057‑2008/AN de 20 de noviembre de 2008 sobre la Promoción Inmobiliaria en Burkina Faso;

La Ley núm. 029‑2006/AN de 7 de diciembre de 2006 relativa a la Operación Especial de Expedición de Títulos de Tenencia de Tierras;

La Ley núm. 017‑2006/AN de 16 de mayo de 2006 sobre el Código de Urbanismo y Construcción en Burkina Faso;

La Ley núm. 20‑96/ADP de 10 de julio de 1996 relativa a la Creación de una Tasa de Ocupación y Tenencia de Tierras del Patrimonio Nacional del Estado.

226.El artículo 154 del decreto núm. 97‑054/PRES/PM/MEF de 6 de febrero de 1997 relativo a las condiciones y modalidades de aplicación de la Ley sobre la Reforma Agraria y la Ordenación Territorial en Burkina Faso otorga el derecho de acceso a la tierra a todas las personas físicas, sin distinción por motivos de sexo o de estado civil.

227.Se han tomado también medidas para tener en cuenta la situación de las poblaciones de bajos ingresos. Así, el artículo 3 de la Ley núm. 210‑96/ADP de 10 de julio de 1996 dispone que "quedarán exentas de abonar la tasa de tenencia, las personas físicas que se encuentren en situación de indigencia, acreditada por la autoridad administrativa competente".

e)Los desalojos forzosos y los derechos de los grupos desfavorecidos

228.De conformidad con las leyes y reglamentos vigentes en materia inmobiliaria, solo pueden ordenarse desalojos cuando se producen expulsiones por necesidades públicas, derribos, instalaciones ilegales y parcelaciones. En el caso concreto de las parcelaciones o de las expulsiones por necesidades públicas, los textos específicos suelen prever medidas compensatorias. Al margen de las disposiciones destinadas a desplazar a ciertos habitantes para facilitar las parcelaciones y promover su reasentamiento, no se ha dictado ningún desalojo que afecte a los grupos desfavorecidos.

Artículo 12Derecho a la salud

A.La política nacional de salud

229.El sistema nacional de salud de Burkina Faso se ha ido construyendo desde el decenio de 1960 a través de varias reformas, con miras a dotarlo de mayor eficacia. Se ha revisado la Política sanitaria nacional adoptada en 2000 y aplicada a través del PNDS 2001‑2010, con objeto de dar cabida a los cambios ocurridos durante los diez últimos años. El objetivo general de ese extenso programa consiste en reducir la morbimortalidad de la población.

230.En el sistema de salud de Burkina Faso, no todos los cuidados sanitarios son gratuitos. El sistema ofrece, sin embargo, garantías en lo tocante a la atención primaria de salud. Se está estudiando la adopción de un seguro universal de enfermedad. El distrito sanitario representa el primer nivel de asistencia. Consta de dos escalones:

El primer escalón de atención médica es el CSPS, que es la estructura sanitaria básica del sistema de salud. En 2013, se contabilizaban 1.606. En el marco de la reforma del sistema de salud, el Gobierno abordó en 2012 la transformación en centros médicos de los CSPS de las cabezas de partido de las comunidades rurales.

El segundo escalón de atención de salud del distrito es el CMA. Sirve de referencia para los centros sanitarios del distrito. En 2013 había 45.

231.Además de las instituciones públicas, Burkina Faso cuenta con un número apreciable de instituciones privadas (384 en 2013, según el Anuario estadístico de la salud) y la Ley núm. 23/94/ADP de 19/05/94 relativa al Código de Salud Pública reconoce la importancia de la medicina tradicional.

B.Medidas adoptadas

a)Acceso a los establecimientos, bienes y servicios de salud

232.El número de centros sanitarios públicos no deja de aumentar desde hace varios años. El de los CSPS pasó de 1.352 en 2008 a 1.606 en 2013. El número de centros sanitarios religiosos se incrementó en una unidad, pasando de 66 en 2008 a 67 en 2009. Los centros privados funcionales experimentaron un incremento de 4 unidades, pasando así de unos efectivos de 316 en 2008 a 320 en 2009. En 2013, el radio medio de acción teórico en Burkina Faso era de 6,5 km.

233.A pesar de esos esfuerzos, la cobertura nacional de infraestructuras es insuficiente a nivel global y además, los centros sanitarios existentes se reparten de forma desigual entre las regiones. En las zonas rurales y periurbanas se sigue detectando la escasez de infraestructuras. Existen aún muchos centros sanitarios que no disponen de la dotación técnica adecuada para tratar las diferentes patologías.

b)Coste de los servicios y del seguro de salud

234.Para consolidar los logros alcanzados en la mejora de la accesibilidad financiera de la población a los servicios de salud, las iniciativas se han centrado esencialmente en la gratuidad y las subvenciones. En lo tocante a la gratuidad, es preciso subrayar la gestión progresiva de los casos graves de paludismo en los niños menores de 5 años y las mujeres embarazadas en los centros sanitarios públicos, la distribución de mosquiteros impregnados para los niños y las embarazadas, la vacunación incluida en el marco del Programa ampliado de inmunización (PEV), las consultas prenatales y la atención sanitaria a los casos de tuberculosis y lepra, y la gratuidad de los antirretrovirales (desde el 31 de diciembre de 2010). En cuanto a las subvenciones, se conceden a los partos y a la atención obstétrica y neonatal de urgencia.

235.En 2011 se elaboró y validó el PNDS II con miras a mejorar la situación sanitaria nacional. Este programa prevé el incremento de la accesibilidad financiera de la población a la atención de salud, en especial mediante la implantación del seguro universal de salud.

c)El control de la calidad de los medicamentos y la eficacia del material hospitalario

236.Burkina Faso ha optado por la política de medicamentos esenciales, a fin de poner a disposición del mayor número posible de personas, fármacos eficaces, de calidad aceptable, y a un costo abordable. Para cumplir ese objetivo, el Ministerio de Salud se ha dotado de dos estructuras, a saber, la Dirección de servicios farmacéuticos (DSPH) y la Inspección técnica de servicios sociales y sanitarios ITSS. La DSPH tiene la misión de materializar en actos concretos la política farmacéutica del Gobierno y promover la medicina y la farmacopea tradicionales. Se encarga de la labor cotidiana de controlar las importaciones de medicamentos en Burkina Faso.

237.La ITSS es una inspección general que engloba también a los servicios farmacéuticos, encargada de elaborar y controlar la aplicación de los textos reglamentarios relativos al ejercicio de la profesión farmacéutica, a las normas de funcionamiento de los establecimientos farmacéuticos del sector privado y a la esfera farmacéutica no especializada en medicamentos.

238.En Burkina Faso, la selección de medicamentos se basa en dos documentos: la Nomenclatura nacional de especialidades farmacéuticas y medicamentos genéricos (NN‑SP‑MG) y la Lista de medicamentos esenciales. La NN‑SP‑MG es un documento que contiene la lista de los medicamentos autorizados a circular en Burkina Faso. Todos los distritos sanitarios disponen de cadenas de frío funcionales y sus necesidades en cuanto al almacenamiento de vacunas están más o menos cubiertas. Sin embargo, el incumplimiento de los contratos de mantenimiento y la falta de disponibilidad de piezas de recambio repercuten negativamente en la oferta de asistencia. En lo tocante al respeto de las normas de conservación y de almacenamiento de vacunas, se detecta une insuficiencia cuantitativa de instrumentos de control del frío.

239.La cobertura del país en infraestructuras sanitarias sigue siendo insuficiente a nivel global. Todavía persisten una serie de dificultades en esta materia en las regiones sanitarias. En lo tocante al equipamiento, hay normas y estándares y existen servicios de mantenimiento en las regiones sanitarias y en ciertos distritos. Se han redoblado los esfuerzos para reforzar la capacidad de la Dirección de infraestructuras, equipos y mantenimiento (DIEM). Pero, frente a la complejidad de la puesta en marcha del dispositivo de mantenimiento a escala nacional, se ha abierto un período de reflexión a nivel institucional, con miras a dotar al Ministerio de Salud de un mecanismo más eficaz en materia de mantenimiento. En ese contexto se ha creado la Agencia de equipamiento y de mantenimiento biomédico.

240.Para mejorar la operatividad de sus funciones, los médicos y farmacéuticos se han agrupado en sus respectivos colegios profesionales. Esos colegios brindan un excelente marco de reflexión a sus miembros.

d)La formación del personal

241.La formación básica del personal paramédico se lleva a cabo en la Escuela nacional de salud pública (ENSP), pero también en ciertas escuelas privadas. Los graduados de cada promoción han aumentado, en general, desde 1993, gracias a la prioridad concedida a los sectores sociales en el marco de la política de acción social (PAS). La Escuela nacional de administración y de la magistratura capacita igualmente a los administradores de hospitales y a los gestores de los servicios de salud. No obstante, el número de estos efectivos laborales sigue siendo insuficiente. Los médicos, farmacéuticos y técnicos superiores de laboratorio se forman no solo en las universidades nacionales sino también en las extranjeras. El promedio de profesionales que concluyen anualmente sus estudios en la Unidad de formación y de investigación en ciencias de la salud (UFR/SDS) es de 30 médicos y 15 farmacéuticos y en las ENSP es de unos 800 paramédicos, lo que no resulta suficiente en comparación con las necesidades del Ministerio de Salud, a pesar de que las restricciones presupuestarias no siempre permitan absorber al personal ya capacitado.

242.La formación continua del personal en activo se realiza mediante cursos de perfeccionamiento o seminarios de reciclaje. Se ha integrado un capítulo de derechos humanos en los módulos de capacitación, tanto a nivel académico como en la formación profesional de los agentes.

243.Las especialidades médicas se adquieren, en gran parte, fuera de Burkina Faso.

C.Información sobre la salud pública, materna e infantil

a)La salud materna e infantil

244.El nivel de mortalidad infantojuvenil en Burkina Faso es preocupante. Esa situación se debe sobre todo a las enfermedades infecciosas y parasitarias y a la expansión de la infección por el VIH. Para reforzar la lucha contra esa lacra, el Gobierno adoptó en 2011 un programa de prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH 2011‑2015.

245.En cuanto a la prevención del paludismo mediante la utilización de mosquiteros impregnados y el TPI, los resultados de las encuestas RBM (Alianza para lograr la regresión del paludismo) efectuadas en 2005 y en 2009, muestran que, en materia de prevención del paludismo, la tasa de utilización de los mosquiteros impregnados de insecticidas entre los niños menores de 5 años y las embarazadas pasó respectivamente del 23,7% y el 27,5% en 2005 al 59,6% y al 58,1% en 2009.

246.El PCIME es una estrategia cuyo objetivo reside en contribuir a reducir la mortalidad de los niños menores de 5 años. Los principales resultados obtenidos en esa esfera durante el primer semestre de 2012 han sido: el apoyo a las entidades encargadas del tratamiento del paludismo y las diarreas en 9 distritos de las regiones del norte y centro norte, la formación de 28 agentes en PCIME clínico y 65 en TETU (Cribado, evaluación y tratamiento de urgencia), la extensión de la aplicación del PCIME, con un 78% de los centros sanitarios interesados, etc.

b)La prevención y el tratamiento de las enfermedades relacionadas con el agua

247.El proyecto MTN (enfermedad tropical desatendida) organiza campañas masivas a fin de erradicar ciertas enfermedades como el gusano de Guinea (dracunculosis), la esquistosomiasis urbana, la filiariasis linfática, etc. Desde 2009 no se ha registrado ningún caso autóctono de gusano de Guinea. Sí se han registrado, en cambio, cuatro casos importados procedentes de Ghana (tres en 2007 y uno en 2008).

c)La aplicación y refuerzo de los programas de vacunación

248.El Plan de desarrollo sanitario para el período 2011‑2020 prevé el incremento de la cobertura sanitaria nacional y la mejora de la calidad, así como del uso de los servicios de salud. Esa opción incorpora el Programa ampliado de inmunización (PEV) a las prioridades del Gobierno para los próximos diez años. Burkina Faso dispone de un programa de vacunación que cubre anualmente del 95% al 99% de los niños previstos, según los datos del PEV. Cada distrito sanitario dispone de un almacén, denominado almacén de PEV del distrito, que garantiza el abastecimiento de vacunas de los CSPS y del CMA.

249.Las autoridades sanitarias de Burkina Faso han hecho suyas todas las resoluciones de la Organización Mundial de la Salud relativas a la eliminación del tétanos neonatal en la región africana, la erradicación de la poliomielitis y la reducción de la morbimortalidad causada por el sarampión. Estas actividades se llevan a cabo mediante el refuerzo del PEV acordado, la vigilancia integrada y la realización de campañas masivas de vacunación contra el sarampión, la poliomielitis y el tétanos.

250.En lo tocante a los recursos, se han multiplicado los esfuerzos, tanto por parte del Estado como por sus principales asociados en el desarrollo sanitario: funcionan unos 900 centros fijos de vacunación y se cuenta con numerosos medios logísticos para garantizar el suministro y la aplicación de las estrategias avanzadas a nivel de las poblaciones alejadas de los centros fijos.

d)La lucha contra el alcoholismo, el tabaquismo y la droga

251.Burkina Faso es un país afectado por el tabaquismo. Los datos epidemiológicos demuestran que ha hecho mella sobre todo en las franjas más jóvenes de la población. Aunque el tráfico y el consumo de drogas no han alcanzado aún un nivel alarmante en el país, el peligroso cariz que está adquiriendo esta situación ha suscitado una toma de conciencia general, que ha desembocado en la aplicación de estrategias y políticas de lucha contra ese azote, como la creación del Comité nacional de lucha contra la droga y el refuerzo de las bases jurídicas de acción. En 2009 se adoptó un plan estratégico de lucha antitabáquica.

252.Se han aprobado otras medidas de carácter legislativo para prevenir el uso indebido de alcohol y tabaco y el consumo de estupefacientes ilícitos y otras substancias nocivas. Cabe citar, entre otras:

La Ley núm. 23‑94/ADP de 19 de mayo de 1994 sobre el Código de la Salud Pública, que establece en sus artículos 79 a 82 que el alcoholismo, el tabaquismo, la prostitución y la toxicomanía serán objeto de sanciones;

La Ley núm. 017‑99/AN de 29 de abril 1999 relativa al Código de las Drogas;

La Ley núm. 025‑2001/AN de 25 de octubre de 2001 relativa al Código de la Publicidad en Burkina Faso.

253.El Ministerio de Salud organiza, con los responsables de los sectores interesados, campañas de información y sensibilización e iniciativas destinadas a impedir la expansión de lacras sociales como la prostitución, el alcoholismo, el tabaquismo y las toxicomanías.

e)La prevención del VIH/SIDA y de las demás enfermedades de transmisión sexual

254.El Consejo nacional de lucha contra el sida y las infecciones de transmisión sexual es el órgano superior de coordinación del Programa nacional de lucha contra el sida y las IST. Se han creado órganos que agrupan a los centros sectoriales de ejecución a nivel central, regional y provincial, como las unidades de enlace de los CILS, CMLS y CELS, los comités de aldea y de sectores, las ONG, las asociaciones/OBC y las unidades de ejecución de los proyectos y programas.

255.En 2008 se realizaron actividades de seguimiento de los Indicadores de alerta precoz (IAP) en 9 lugares piloto de 8 regiones sanitarias. En 2009, se seleccionaron 30 localidades representativas para el seguimiento de los IAP.

256.La PTME se ha diseñado en forma de programa. Se puso en marcha en 2000, con una actividad basada en la estructura descentralizada del sistema de salud. A pesar de los obstáculos que ha afrontado la PTME, los resultados mejoraron en 2008, sin olvidar el plan de cobertura. El porcentaje de embarazadas que reciben un tratamiento de PTME completo pasó del 91,07% en 2008 al 92,26% en 2012, según la revista del sector de salud.

257.La prevalencia del VIH, según la Encuesta demográfica y de salud (EDS‑IV) fue del 1% en 2010 frente al 1,9% en 2003. El número de enfermos de sida en tratamiento con antirretrovirales pasó de 36.248 en 2011 a 37.464 a 30 de junio de 2012. De esos enfermos, 1.899 son niños y 35.565, adultos (entre ellos 24.626 mujeres). La misma evolución se ha registrado en los centros que dispensan tratamiento con antirretrovirales.

f)El acceso a los medicamentos esenciales

258.Tras comprobar la incapacidad del circuito comercial de abastecimiento para garantizar la gratuidad total del medicamento, el Gobierno estableció en 1992 una Central de compra de los medicamentos genéricos esenciales (CA‑MEG) con objeto de ponerlos a disposición de las instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro. A través de la CA‑MEG, deberá asegurarse la accesibilidad geográfica y financiera al medicamento esencial en todos los centros sanitarios públicos y asimilados. El circuito denominado "sin ánimo de lucro" está gestionado por asociaciones o congregaciones religiosas.

259.Desde 2003, Burkina Faso está desarrollando el tratamiento antirretroviral. A partir del 1 de enero de 2010 se consolidó la lucha contra la pandemia del VIH/SIDA mediante la gratuidad del tratamiento por antirretrovirales. El Gobierno, respaldado por la Organización Mundial de la Salud y los organismos de cooperación, ha tomado múltiples medidas para sanear el circuito de distribución y evitar los fenómenos de desabastecimiento de productos farmacéuticos.

g)La asistencia en los establecimientos psiquiátricos

260.El artículo 110 del Código de la Salud Pública estipula que, cuando una persona con trastornos mentales representa una amenaza o un peligro para sí misma o para los demás, su hospitalización en un establecimiento psiquiátrico no requiere el consentimiento de sus padres o de su representante legal (art. 73).

261.Tras su inauguración el 5 de enero de 2005 en el hospital Yalgado, el Centro de acogida terapéutica a tiempo parcial para niños y adolescentes abrió sus puertas a los autistas y a los menores con trastornos del lenguaje, dificultades escolares o psicosis. Esta institución responde a la necesidad de los padres de disponer de una unidad de asistencia adaptada. El centro cuenta con la cooperación del establecimiento público de salud de Villevrad, en Francia.

Artículos 13 y 14Derecho a la educación

A.Las metas y objetivos de la educación

262.En Burkina Faso, el reto principal que se plantea hoy en día es la escolarización del mayor número posible de niños, con miras a poner en marcha las transformaciones socioeconómicas indispensables para el desarrollo del país. La finalidad de la educación estriba, por tanto, en dotar al ciudadano de un bagaje que le permita realizarse, pero también participar en el desarrollo del país. Por ese motivo, en la reforma actual del sistema educativo tiene cabida, en términos generales, la enseñanza de los derechos humanos. La educación en materia de derechos humanos constituye el eje de intervención prioritario núm. 1 del Plan de acción y orientación para la promoción y protección de los derechos humanos del Ministerio encargado de dicha tarea.

B.El principio de gratuidad de la enseñanza primaria

263.La Ley núm. 013‑2007/AN de 30 de julio de 2007 sobre la Orientación de la Educación en Burkina Faso consagra el principio de gratuidad de la enseñanza primaria. En virtud del artículo 6 de dicha ley, la enseñanza básica pública es gratuita en el país. No podrá importunarse a ningún alumno, ni excluirlo temporal o definitivamente o retener sus calificaciones escolares por no haber abonado una contribución del tipo que sea. El principio de gratuidad ha favorecido el crecimiento del número de alumnos en la enseñanza primaria. La tasa bruta de escolarización, que era del 71,8% en 2007/08, se elevó al 83% en 2013/14.

a)Niveles o clases escolares pertinentes

264.La escolarización obligatoria cubre la franja de edad de 6 a 16 años. La educación básica oficial consta de tres niveles:

La educación preescolar (de 3 a 6 años);

La enseñanza primaria (de 7 a 12 años);

La enseñanza posprimaria (de 13 a 16 años).

265.La enseñanza es obligatoria y gratuita a nivel de primaria y de posprimaria. Pero el contexto de pobreza no ayuda a mantener a los alumnos, en particular los del medio rural, en las aulas.

b)Los costos directos

266.Como el Estado ha optado por el principio de progresividad, se ha eliminado el pago de los costos directos en la enseñanza primaria. Sin embargo, las asociaciones de padres de alumnos siguen cobrando una serie de gastos que pueden variar de una escuela a otra, a fin de garantizar el funcionamiento interno de los centros (salarios del personal de apoyo, abono de los gastos de electricidad, agua, etc.).

c)Los costos indirectos

267.Los costos indirectos, como son los gastos de examen, transporte y uniformes escolares, corren por cuenta de los padres de los alumnos. Para aliviar la situación de las familias desfavorecidas y garantizar la efectividad del derecho a la educación, el Estado ha puesto en marcha una amplia reforma del sistema educativo. Con tal fin, se han tomado medidas para distribuir gratuitamente los libros de texto y el material escolar a los alumnos de enseñanza primaria y posprimaria.

C.Las medidas adoptadas para hacer disponible y accesible la enseñanza secundaria

a)La gratuidad de la enseñanza secundaria

268.La gratuidad no se aplica actualmente a la enseñanza secundaria. No obstante, se conceden subvenciones anuales a los establecimientos públicos, con miras a mantener los gastos de escolaridad a niveles aceptables.

b)Información sobre la enseñanza técnica y profesional

269.La enseñanza técnica y profesional en Burkina Faso se encuentra en plena expansión gracias a la cooperación de Taiwán, en especial mediante la apertura de los liceos profesionales de Ziniaré, de Koudougou y de Gaoua. Las secciones abiertas son: los oficios artesanales e industriales, la agricultura y la ganadería, la enseñanza comercial, la mecánica, el transporte y la comunicación y la formación de auxiliares de los servicios de enseñanza, salud, deportes, etc. La capacitación técnica y profesional prepara a los jóvenes para la vida activa, ofreciéndoles la posibilidad de dominar a la perfección las herramientas y las normas de trabajo de un oficio o de una especialidad de su elección.

D.El acceso a la enseñanza superior

270.La enseñanza superior experimenta dificultades ligadas, en particular al crecimiento del número de estudiantes en los establecimientos universitarios, a la insuficiencia de infraestructuras universitarias y de personal docente y a la escasa descentralización de las universidades. No obstante, se han tomado medidas que han fomentado un fuerte desarrollo del sector. El número de estudiantes en las universidades públicas pasó de 27.942 en 2004/05 a 47.755 en 2008/2009. Las actividades llevadas a cabo en este sector han dado como resultado la ampliación de la capacidad de acogida de la Universidad de Uuagadugú y la apertura de las Universidades de Bobo, Koudougou, Ouaga II, Ouahigouya, Fada N'gourma y Dédougou.

271.Para que todos puedan acceder a la enseñanza superior, el Estado y el sector privado no cejan en sus esfuerzos encaminados a mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los estudiantes. Por ello, se han tomado las medidas siguientes:

La duplicación del número de becas, que pasó de 500 en 2003 a 1.000 en 2009;

El alza de un 8% en el importe de la beca;

El incremento del número y del porcentaje de ayudas otorgadas a los estudiantes;

La ampliación del préstamo concedido a los estudiantes no becarios;

El crecimiento de la capacidad de acogida de las ciudades universitarias, con la apertura de otras nuevas;

El aumento del número de comidas servidas en los restaurantes universitarios.

272.Existen alrededor de 13 establecimientos superiores privados que permiten incrementar el acceso a la enseñanza superior en Burkina Faso. Esos centros perciben del Estado una subvención anual de cien millones de francos CFA. El Estado ha aumentado también el número de profesores en las diferentes universidades públicas. En el documento básico figuran los indicadores relativos a esas diferentes medidas.

E.La promoción de la alfabetización y de la educación permanente

273.La alfabetización y la enseñanza no académica son sistemas educativos complementarios. La alfabetización es una tarea dirigida, en especial a los mayores de 15 años. La educación básica no académica es una innovación enriquecedora para el sector académico, pues ofrece la posibilidad de establecer pasarelas de un sector a otro. Estas fórmulas están concebidas para los niños de 9 a 15 años, desescolarizados o no, ya que les facilitan el acceso a un ciclo completo de educación básica de carácter práctico y profesional. Se ha previsto también que el aprendizaje se inicie en las lenguas nacionales para ir incorporando progresivamente el francés, que es la lengua oficial.

F.La promoción de las lenguas de las minorías o de los indígenas a través de la educación

274.La educación en Burkina Faso tiene un sentido integrador. Los centros públicos son de libre acceso, sin distinción de raza, etnia u origen social. Los niños de los estratos sociales más desfavorecidos reciben además una atención especial, tanto en lo que respecta a la aplicación del plan de desarrollo de las infraestructuras como en lo tocante al despliegue del personal docente. El Gobierno tiene la aspiración global de ampliar la escuela "bilingüe", a fin de facilitar y consolidar el aprendizaje.

G.Medidas adoptadas con miras a establecer los mismos criterios de admisión para niños y niñas

275.El Estado ha adoptado una serie de medidas destinadas no solo a restablecer el equilibrio entre los sexos, sino también a apoyar a los padres de los alumnos mediante la concesión de becas escolares a las niñas, la distribución gratuita de manuales escolares a los alumnos, la supresión del cobro de las matrículas en la enseñanza primaria y progresivamente en la posprimaria, la creación de comedores escolares, la utilización de fórmulas alternativas de educación, la lucha contra la violencia de que son víctimas las mujeres y las niñas, la ampliación de la oferta educativa, etc.

276.En el año escolar 2013/14, se registró una cifra de 2.594.024 alumnos matriculados en la enseñanza primaria, es decir una tasa de crecimiento del 6,03% en relación con el curso 2012/13. Los nuevos alumnos inscritos en el CP1 han pasado de 499.401 en 2012/13 a 541.877 (entre ellos 256.285 niñas) en 2013/14. La tasa bruta de admisión experimentó también un incremento en comparación con 2012/13, pasando del 92,8% al 97%. La tasa bruta de escolarización se elevó del 81,3% al 83% entre 2012/13 y 2013/14, lo que representa un aumento en torno a 2 puntos porcentuales. Ese incremento es más marcado entre las niñas (2,2% y 1,2% para los niños).

277.En cuanto a las medidas tomadas para sensibilizar a los padres, maestros y responsables de las decisiones relativas a la importancia de la educación de las niñas, van desde la organización de marcos de concertación a la publicidad en los medios de difusión.

H.Medidas de reducción de la tasa de abandono escolar

278.La tasa bruta de escolarización fue del 83% en 2013/2014, según la Guía de Educación Básica para el año escolar 2012/13. Esa tasa ha registrado un incremento de 5,4 puntos frente a 2010/2011.

279.Las medidas adoptadas para reducir la tasa de abandono escolar son las mismas que se tomaron para garantizar la admisión de los niños y las niñas. Se han aprobado igualmente las medidas específicas siguientes:

Acceso al examen de ingreso en 6º curso de los candidatos, independientemente de su edad;

Eliminación de las medidas relacionadas con los documentos del registro civil expedidos fuera de plazo (después de la clase de CP2), que excluían del examen de ingreso en 6º y en 2º curso a los candidatos que hubieran obtenido sus documentos fuera de plazo;

Simplificación de las medidas destinadas a brindar más oportunidades a los niños para acceder a las clases superiores (la repetición de curso solo se da en casos muy contados); aplicación de fórmulas alternativas de educación básica e innovación pedagógica a fin de acercar la escuela a las comunidades;

Fijación de un límite máximo para los gastos de matrícula en el nivel de secundaria.

Artículo 15Derechos culturales

A.Información sobre las infraestructuras institucionales

280.La misión del Ministerio encargado de la cultura y el turismo consiste "en poner al alcance del mayor número posible de ciudadanos las obras capitales de la humanidad y, sobre todo, de Burkina Faso, velar por la máxima difusión del patrimonio cultural del país y favorecer la creación de obras literarias y artísticas enriquecedoras". Las infraestructuras básicas son fundamentalmente entidades públicas estatales: el FESPACO, el Instituto superior de imagen y sonido (ISIS), el Centro nacional de lectura y animación cultural, el Centro nacional de artes del espectáculo y de la creación audiovisual, el Museo nacional, la Biblioteca nacional, la BBDA y la Oficina nacional de turismo.

a)El acceso a las actividades culturales

281.Los ciudadanos de cualquier extracción social tienen acceso a los conciertos, al teatro, el cine, las actividades deportivas y los actos culturales. La vida cultural se desarrolla a través de infraestructuras y actividades culturales públicas y privadas. La mayor parte de esas actividades tiene lugar casi a diario en las 8.000 aldeas del país, donde reside el 90% de la población. En las ciudades de tamaño medio existe también una vida cultural intensa. Las artes del espectáculo constituyen un sector importante en cuanto al número de actores y de iniciativas que se llevan a cabo. Este sector ha sabido conciliar las modalidades modernas o contemporáneas con el legado tradicional. En el estudio realizado en 2005 por BERCOF‑Études sur les arts vivants, figura un listado de más de 1.500 grupos de danza, música y teatro.

b)El acceso al patrimonio mundial de la humanidad a través de las nuevas tecnologías de la información

282.Internet ofrece a Burkina Faso una nueva plataforma turística con funciones de información, promoción y acceso a la comercialización. En ese aspecto, el sitio web del Ministerio encargado de la cultura (www.culture.gov.bf) y el de la Oficina nacional de turismo del país (www.ontb.bf) son portales de acceso al patrimonio mundial de la humanidad.

283.En las grandes ciudades, el acceso a Internet se hace fácilmente a través de los cibercafés. Son tres actualmente las empresas y compañías de teléfonos que ofrecen posibilidades de conexión en todo el territorio nacional. En el medio rural, la promoción del patrimonio cultural gracias a la tecnología tropieza con una serie de obstáculos, como son el analfabetismo y la escasa cobertura eléctrica del país.

c)La participación de los niños en la vida cultural

284.Todos los niños, sin distinción por motivos de origen social o nacionalidad, tienen reconocido el derecho a participar en la vida cultural. Se han tomado medidas legislativas y administrativas en materia de esparcimiento y actividades culturales en favor de los niños. Con tal fin, el Estado y los animadores de la sociedad civil organizan colonias o clubes de vacaciones para los niños. Participan igualmente en las grandes manifestaciones culturales, como la SNC, el FESPACO, el SIAO y el Festival nacional de arte de los ciclos secundario y superior.

285.Además de las disposiciones que ha tomado, el Estado alienta al sector privado, a las ONG y a las instituciones a participar en esta esfera. Así, hay varias compañías teatrales y artísticas que inician a los niños en el teatro (el Taller del Teatro de Burkina Faso, la Compañía de la Fraternité, la Compañía Feeren, la Compañía Wamde, el Carrefour International de Théâtre de Ouagadougou, etc.).

d)La participación de las personas mayores y de las personas con discapacidad en la vida cultural

286.El Estado vela por la realización de los derechos de las personas con discapacidad mediante dos departamentos ministeriales, a saber, el Ministerio encargado de la promoción de los derechos humanos y el Ministerio de Acción Social y Solidaridad Nacional. La situación de los derechos de las personas con discapacidad en Burkina Faso ha experimentado una gran transformación con la adopción de la Ley núm. 012‑2010/AN de 1 de abril de 2010 sobre la Protección y Promoción de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

287.Con arreglo al artículo 21 de dicha ley, todo edificio público o privado destinado a acoger al público ha de prever la accesibilidad de las personas con discapacidad. Para los edificios, es obligatorio contar con una rampa de acceso dotada de barandilla y cuya pendiente no exceda del 5%. Además, las personas con discapacidad disponen de acceso prioritario a las ventanillas de las administraciones y servicios públicos y privados, así como a los lugares de esparcimiento y distracción. Las zonas de deporte, ocio y cultura deben ser accesibles y/o adaptadas a las personas con discapacidad. Las personas con discapacidad titulares de la tarjeta de invalidez gozan de una reducción en el precio de las entradas.

288. De conformidad con la Ley núm. 03/96/ADP de 11 de abril de 1996 relativa a la Organización y Desarrollo de la Educación Física y las Actividades Deportivas en Burkina Faso, el país ha adoptado medidas con miras a fomentar y facilitar la práctica del deporte para personas con discapacidad. Esas medidas ofrecen a las personas con discapacidad la oportunidad de participar en las actividades culturales, deportivas y de esparcimiento de la comunidad, por una parte, y de desarrollar y sacar partido a su potencial artístico e intelectual, por otra.

289.Hay asociaciones que trabajan por la integración de las personas con discapacidad en la vida cultural de la comunidad. Organizan actos culturales para potenciar el talento artístico de las personas con discapacidad y brindarles la posibilidad de comunicación y de expresión en su comunidad.

290.Las personas mayores desempeñan un papel importante en materia de promoción y de protección de la cultura. Como custodios de la tradición, participan en el fomento de la cultura, por su responsabilidad en la salvaguardia y adaptación a la evolución de los tiempos.

B.La promoción y protección del patrimonio cultural

291.La Constitución garantiza la libertad de expresión, el pluralismo de los medios, el multilingüismo, la igualdad de acceso al arte, al conocimiento tecnológico y al acervo científico, y la posibilidad de que todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer. La difusión y la promoción de la cultura de Burkina Faso se llevan a cabo mediante la utilización activa de los sistemas multimedia, las artes del espectáculo, los libros, los museos, las bibliotecas públicas, las exposiciones y la producción de obras artísticas y discográficas, los seminarios y talleres, etc. Se alienta a los arquitectos, planificadores y diseñadores de obras públicas, así como a los ingenieros industriales, a inspirarse en los saberes y técnicas tradicionales para la construcción de edificios e infraestructuras públicas.

292.Burkina Faso ha sabido siempre compaginar las actuaciones culturales públicas del Estado con las iniciativas privadas, con miras a promover la cultura. Esa visión positiva ha hecho brotar y multiplicarse los actos culturales que, hoy en día, figuran entre los más importantes y reconocidos del continente africano. Cabe citar, entre otros:

El Festival panafricano de cine y televisión de Uagadugú;

La Semana nacional de la cultura;

El Simposio de escultura de granito de Laongo;

El Salón internacional de artesanía de Uagadugú;

El Salón internacional de turismo y hostelería de Uagadugú;

Las Noches atípicas de Koudougou.

293.A estos grandes encuentros internacionales es menester añadir más de un centenar de actuaciones culturales que, todos los años, jalonan la vida cultural de Burkina Faso. El Estado y sus demarcaciones velan por la protección y la salvaguardia del patrimonio cultural y también lo hacen, en cierta medida, las poblaciones locales interesadas. En términos generales, el Código Penal castiga los delitos contra el patrimonio cultural y les aplica el mismo régimen procesal a que los de derecho común.

C.Información sobre la enseñanza escolar y profesional en la esfera de la cultura

294.Los programas de enseñanza en Burkina Faso contienen componentes culturales que potencian el conocimiento y el interés de los alumnos por la adquisición de valores modernos en esa esfera. Por ejemplo, asignaturas como la historia y la geografía instruyen a los alumnos sobre el interés y el significado del patrimonio cultural, sus elementos y las condiciones de acceso a los diferentes enclaves. Existe también un sistema tradicional de transmisión de saberes y técnicas que no están aún codificados, pero que siguen siendo muy importantes para preservar los conocimientos y prácticas culturales.

295.A fin de hacer más atractivo al sector turístico, el Estado ha emprendido la tarea de formar y/o reciclar a los guías turísticos locales o nacionales en las técnicas de acogida, protección, promoción y comunicación, así como a los gestores de restaurantes y agencias de viaje. El Ministerio encargado de la cultura vela por la promoción de la enseñanza y el aprendizaje de las artes en los centros sociales y en los grupos comunitarios como una actividad de esparcimiento.

296.La formación de los artistas, los agentes de la administración cultural, los técnicos, los operadores y los actores culturales, constituye una garantía de la promoción de los artistas en Burkina Faso y de la producción de obras originales. Por ello se potencia una educación artística y cultural especializada a través de las escuelas pertinentes, los conservatorios y las universidades, los centros de formación en los oficios de la cultura, las escuelas de arte privadas, etc.

D.Derecho a disfrutar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones

a)El acceso al progreso científico y a sus aplicaciones

297.La Constitución de Burkina Faso reconoce a todos los ciudadanos el derecho a participar en la vida cultural y a disfrutar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones. Cabe percibir la puesta en práctica de este derecho en la esfera de la enseñanza. Varios establecimientos públicos y privados han recibido o comprado ya computadoras, se han conectado a Internet o están buscando financiación para dotar a sus centros de equipos informáticos. Las comunidades de Uagadugú y Bobo‑Dioulasso han instalado centros multimedia, que están abiertos al público en general mediante una tarifa de 500 francos CFA al año para los alumnos del primer ciclo, 1.000 francos CFA al año para los alumnos del segundo ciclo, 2.500 francos CFA al año para los estudiantes y 5.000 francos CFA al año para los trabajadores. El número total de usuarios de esos centros asciende hoy a 530, con una tasa media de visitas de 84 usuarios al día.

298.Además, existen cibercentros privados y están equipados con una computadora que permite acceder a través de la red telefónica conmutada (RTC). Se han tomado también medidas para crear servicios informáticos en los departamentos ministeriales. Se están desarrollando proyectos en este momento para hacer extensivas esas actividades a las circunscripciones administrativas y a las comunidades locales, en el marco de la aplicación de la descentralización. Con tal fin, el Ministerio encargado de la administración territorial y la seguridad y el Ministerio de la Función Pública, Trabajo y Seguridad Social han elaborado un proyecto de apoyo a la gobernanza mediante el aprovechamiento máximo de las TIC en el proceso de descentralización y desconcentración.

b)Prohibición de la utilización del progreso científico y técnico con fines contrarios al disfrute de la dignidad humana

299.Las leyes y reglamentos en vigor en Burkina Faso prohíben la utilización del progreso científico y técnico con fines contrarios a la dignidad humana. Así, por ejemplo, la Ley núm. 010‑2004/AN de 20 de abril de 2004 relativa a la Protección de los Datos de Carácter Personal dispone que, para el tratamiento de ese tipo de datos, es preciso contar con el consentimiento de la o de las persona(s) afectada(s), con las excepciones previstas en la ley. La Comisión de Informática y de las Libertades se encarga de la aplicación de esta ley. El Consejo Superior de la Comunicación ejerce un control sobre las emisiones publicitarias o patrocinadas y dicta sanciones en función de la gravedad de la falta. En caso de infracción penal, se aplican las disposiciones del Código de Información, del Código de Publicidad y del Código Penal.

300.Por último, habida cuenta de la naturaleza de los organismos genéticamente modificados y de los retos que plantean, Burkina Faso ha ratificado el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, destinado expresamente a la prevención de los riesgos biotecnológicos.

E.Protección de los intereses morales y materiales de los creadores

301.El derecho de toda persona a disfrutar de los beneficios de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora está garantizado en Burkina Faso por la Constitución (art. 28). En aplicación de esa disposición, se han adoptado medidas legislativas a fin de promover y proteger esos derechos, como la Ley núm. 032‑99/AN de 22 de diciembre de 1999 relativa a la Protección de la Propiedad Literaria y Artística.

a)La protección de la autoría

302.Los derechos de autor gozan de reconocimiento y están protegidos por la Ley núm. 032‑99/AN de 22 de diciembre de 1999 relativa a la Protección de la Propiedad Literaria y Artística. El autor de una obra es el primer titular de los derechos morales y patrimoniales sobre esta.

303.Salvo disposiciones en contrario, los derechos patrimoniales sobre una obra intelectual están protegidos durante la vida del autor y por un plazo de 70 años a partir de su muerte. Una vez que expire la protección de los derechos patrimoniales, el organismo profesional de gestión colectiva, en este caso, la Oficina de derechos de autor de Burkina Faso, está facultada legalmente para velar por el respeto de los derechos morales de los autores. También están protegidos los derechos conexos.

304.Independientemente de sus derechos patrimoniales e incluso tras la cesión de esos derechos, el artista intérprete o ejecutante conserva el derecho en lo tocante a sus interpretaciones o ejecuciones sonoras o audiovisuales, vivas o fijadas, a exigir que se le mencione como tal, salvo cuando el modo de utilización de la interpretación o ejecución imponga la omisión de dicha mención y el derecho a oponerse a cualquier deformación, mutilación o cualquier otra modificación de esas interpretaciones o ejecuciones, en menoscabo de su reputación. Tiene derecho igualmente al reconocimiento de su nombre, de su calidad y de su interpretación. Se trata de un derecho inalienable e imprescriptible; está vinculado a su persona.

b)La gestión de los intereses materiales fundamentales de los autores

305.En Burkina Faso se ha creado una entidad pública de carácter profesional denominada BBDA. La misión principal de la BBDA reside en la gestión colectiva de los derechos de autor y de los derechos conexos y en la protección de las manifestaciones del acervo cultural tradicional que pertenecen al patrimonio nacional. En el territorio nacional, administra los intereses de los organismos profesionales extranjeros de gestión colectiva en el marco de los acuerdos que establezca con ellos.

306.La dificultad más grande que han de afrontar los artistas es la piratería de las obras musicales. Para combatir ese azote, el Gobierno elaboró en febrero de 2008 un plan de lucha contra la piratería en Burkina Faso. La BBDA se ha propuesto lograr que se respeten los derechos de los artistas organizando actividades de concienciación, control y represión de la piratería en los circuitos de producción y distribución de esas obras. Está facultada también para acudir a los tribunales a fin de defender los intereses que tiene encomendados.

c)La protección de los intereses morales y materiales de los pueblos indígenas

307.No hay pueblos indígenas en Burkina Faso. Las medidas adoptadas para proteger los intereses morales y materiales se aplican a todos, sin distinción por motivos de origen social, étnico o de otra índole.

d)La protección de los intereses morales y materiales de los autores y las obligaciones dimanantes de un tratado del Estado

308.La protección eficaz de los intereses morales y materiales de los autores se entenderá sin perjuicio de las obligaciones de Burkina Faso respecto de los demás derechos reconocidos por el Pacto.

F.La libertad de investigación y de creación

309.La expresión de la actividad cultural, intelectual, artística y científica es libre y se ejerce de conformidad con los textos en vigor (art. 28 de la Constitución). Son varios los textos legislativos que rigen la organización y la gestión de la cultura en Burkina Faso. La política cultural, inspirada en la Constitución de Burkina Faso y la Declaración Universal de la UNESCO sobre la diversidad cultural, vela por la defensa de la libertad de expresión artística. El Estado favorece y garantiza la libre expresión de los autores de obras de creación intelectual.

310.Habida cuenta de la importancia de la cultura y de la acción cultural para el conjunto de la sociedad de Burkina Faso, el Estado aporta un apoyo material y financiero a los creadores más meritorios y adopta todas las medidas y disposiciones necesarias para inducir a los operadores económicos y a las comunidades territoriales a respaldar la creación.

G.La promoción de la cultura

a)Medidas necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y la cultura

311.Gracias a sus instituciones universitarias en pleno apogeo y a su CNRST, Burkina Faso presenta un contexto institucional favorable al desarrollo de la cultura científica y técnica. El Gobierno adoptó en 1995 un Plan estratégico de investigación. Ese plan estipula que la investigación nacional debe llevarse a cabo en el marco del CNRST. Diseña, además, los ejes prioritarios que subyacen en la creación de cuatro institutos: el Instituto de las ciencias y sociedades (ISS), el Instituto de las ciencias y la salud, el Instituto de investigación en ciencias aplicadas y tecnológicas y el Instituto nacional de investigación sobre el medio ambiente y la agricultura (INERA). A esos institutos hay que añadir el Instituto de los pueblos negros, que contribuye igualmente a la conservación, desarrollo y difusión de la ciencia y la cultura.

312.Desde el punto de vista cultural, Burkina Faso es conocido en el extranjero por el FESPACO y el SIAO. Pero existen otros eventos como KUNDE, FET'ARTS, Artistas de fiesta, Festival internacional de teatro y de marionetas de Uagadugú, las Noches atípicas de Koudougou, la Semana nacional de la cultura en Bobo‑Dioulasso, etc.

313.En la esfera de la cultura científica y técnica, cabe mencionar el Foro de la investigación científica y la innovación técnica, creado en 1994 a fin de dar a conocer al público los resultados de la investigación y de la innovación científica y tecnológica.

314.Entre las diferentes entidades que tienen la misión de explotar los resultados de la investigación, está la Agencia nacional de utilización de los resultados de la investigación, que sensibiliza y protege a los investigadores en estrecha colaboración con la Oficina de derechos de autor. Existe también una Dirección de información científica y técnica, que se encarga de difundir los resultados de la investigación científica.

315.La salvaguardia, la conservación y el aprovechamiento del patrimonio cultural se canalizan igualmente a través de la creación de museos, la regulación de las excavaciones arqueológicas y la explotación turística del patrimonio cultural. El Estado se ha comprometido a desarrollar el entorno físico y cultural mediante el establecimiento de parques temáticos, la labor continuada de construcción de monumentos y de mausoleos y una política de urbanización inspirada en el patrimonio nacional.

b)La cooperación internacional

316.La política cultural de Burkina Faso hace especial hincapié en la protección, la mejora del marco jurídico, el inventario y la conservación del patrimonio cultural en todas sus vertientes. Por ello, se han inscrito en la lista del patrimonio mundial de la UNESCO las ruinas de Loropeni en la provincia del Poni. El aprovechamiento del patrimonio material e inmaterial de la nación se lleva a cabo, entre otra medidas, a través de la negociación de los acuerdos necesarios para la repatriación de los bienes culturales en manos de coleccionistas privados y de países extranjeros.

317.Burkina Faso mantiene buenas relaciones de cooperación cultural con numerosos países, principalmente los de Europa, el África subsahariana, el Maghreb, Norteamérica, y el Extremo Oriente. Esas diferentes modalidades de cooperación redundan en beneficio, no solo de las actividades del Estado, sino también de los operadores culturales del sector privado y de las asociaciones. Contribuyen a la puesta en marcha de actividades de formación, creación, difusión/promoción y equipamiento.

318.Los servicios de inteligencia de Burkina Faso mantienen una cooperación ejemplar con los servicios de los demás países a través de INTERPOL y principalmente los países de la subregión, mediante acuerdos relativos al auxilio judicial, asistencia y cooperación en materia de seguridad para la represión de las infracciones de la legislación sobre la protección del patrimonio cultural.

Conclusión

319.Desde la ratificación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Gobierno ha adoptado numerosas medidas jurídicas e institucionales con miras a hacer efectivo el disfrute de los derechos humanos, en general, y de los derechos económicos, sociales y culturales, de Burkina Faso, en particular.

320.Se han logrado, sin lugar a dudas, grandes avances en todos los ámbitos. Pero a pesar de los esfuerzos del Estado en aras de la protección y la promoción de los derechos económicos, sociales y culturales, la escasez de recursos constituye un obstáculo objetivo para su realización. Quedan retos que es menester afrontar, sobre todo en materia de educación, salud, empleo y vivienda, que no se le ocultan a Burkina Faso, por lo que se ha lanzado, con ayuda de sus asociados, a fomentar iniciativas concretas para hacerles frente.

321.Desde su convencimiento de que la efectividad de los derechos humanos en un país constituye una garantía de paz, de promoción y de desarrollo sostenible, Burkina Faso seguirá trabajando en pro de la consolidación de los derechos humanos.