Naciones Unidas

E/C.12/VEN/Q/3/Add.1

Consejo Económico y Social

Distr. general

27 de abril de 2015

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

55 º período de sesiones

1 a 19 de junio de 2015Tema 6 a) del programa provisional

Examen de los informes: informes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto

Lista de cuestiones relativa al tercer informe periódico*de la República Bolivariana de Venezuela

Adición

Respuestas de la República Bolivariana de Venezuela a la lista de cuestiones *

[Fecha de recepción: 7 de abril de 2015]

Índice

Párrafos Página

I.Información general1–193

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)20–706

Artículo 1, párrafo 2: derecho a disponer libremente de las riquezas ylos recursos naturales20–306

Artículo 2, párrafo 1: obligación de adoptar medidas hasta el máximo de los recursos de que se disponga31–429

Artículo 2, párrafo 2: no discriminación43–4910

Artículo 3: igualdad de derechos entre hombres y mujeres50–7011

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)71–22416

Artículo 6: el derecho a trabajar71–8516

Artículo 7: derecho a unas condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias86–8919

Artículo 8: derechos sindicales90–9519

Artículo 9: derecho a la seguridad social96–9720

Artículo 10: protección de la familia, las madres y los hijos98–11521

Artículo 11: derecho a un nivel de vida adecuado116–16124

Artículo 12: derecho a la salud física y mental162–19631

Artículos 13 y 14: derecho a la educación197–21437

Artículo 15: derechos culturales215–22439

I.Información general

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones

Casos de jurisprudencia en que los derechos consagrados en el Pacto han sido invocados y/o aplicados por los tribunales nacionales

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) tiene una larga tradición mediante la cual ha fundamentado sus decisiones teniendo en cuenta los derechos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Resulta muy extenso hacer mención de todas ellas; sin embargo, se presenta un cuadro resumen con las sentencias dictadas entre 2000 y 2015 que han realizado expresa mención de dicho Pacto, sin perjuicio de señalar algunos ejemplos relevantes.

Cuadro 1

Sentencias que hacen mención del Pacto

Numero de sentencia

Sala

Derecho invocado

Se dictaron 12 sentencias con los siguientes números (100 del 2015, 822 del 2013, 1353 del 2014, 953 del 2013, 258 del 2013, 964 del 2013, 1342 del 2013, 1392 del 2014, 1702 del 2013, 83 del 2013, 685 del 2013 y 1028 del 2013)

Constitucional

1,2,3,6,7,9 y 10

Se dictaron 25 sentencias con los siguientes números (1976 del 2003, 1002 del 2007, 1352 del 2008, 1214 del 2010, 1353 del 2008, 1024 del 2000, 267 del 2007, 765 del 2009, 926 del 2009, 196 del 2013, 680 del 2006, 1527 del 2012, 126 del 2012, 1394 del 2013, 1041 del 2014, 00763 del 2010, 01527 del 2012, 01228 del 2013, 187 del 2014, 1185 del 2014, 00266 del 2007, 00016 del 2012, 01511 del 2013, 01352 del 2000 y 00823 del 2010)

Político Administrativa

1, 2,6,8,9 y10

Se dictaron dos sentencias con los siguientes números (1800 del 2014 y 56 del 2014)

Casación Social

7

Cabe mencionar la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del 19 de diciembre de 2002 (SC-TSJ Exp.- Nº 02-3157), en atención a la acción de Amparo Constitucional presentada por un representante de la empresa Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), actuando en nombre propio pero en su condición de Director, por la violación de sus derechos constitucionales y los de la empresa PDVSA y de los derechos e intereses colectivos y difusos del pueblo venezolano, contra los hechos, actuaciones y omisiones atribuidas a los integrantes de una asociación civil que lideraban un huelga petrolera que paralizó la principal industria y fuentes de recursos del país mediante una huelga ilegal que ponía en riesgo la seguridad y derechos de todos los venezolanos.

La Sala Constitucional evaluó que los derechos o intereses difusos son indeterminados objetivamente, ya que el objeto jurídico de tales derechos es una prestación indeterminada en cuanto a los posibles beneficiarios de la actividad de la cual deriva tal asistencia, como ocurre en el caso de los derechos positivos como el derecho a la salud, a la educación o a la obtención de una vivienda digna, protegidos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cuya prestación implica la ejecución de una serie de prestaciones destinadas a garantizar su disfrute que exigen del Estado la realización de una conducta positiva, un hacer.

En función de ello, la Sala resolvió con lugar el recurso de amparo presentado, en el entendimiento de que los derechos constitucionales que se alegan denunciados, en vista de la interrupción y disminución de la actividad económica e industrial desarrollada por la mencionada sociedad mercantil, son, entre otros: el derecho a la vida, a la protección de la integridad y seguridad personales, a la protección familiar, contar con servicios de salud, ejercer el trabajo, obtener un salario, estabilidad laboral, recibir una educación integral, dedicarse con libertad a la actividad económica preferida, la propiedad privada y a contar con bienes y servicios de calidad, protegidos por la CRBV y por el Pacto.

En sentencia Nº 85 del 24 de enero de 2002 (caso Asodeviprilara), la Sala Constitucional del TSJ declaró parcialmente con lugar la demanda de derechos e intereses difusos o colectivos ejercida contra la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras y el Consejo Directivo del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y el Usuario, en materia relativa al otorgamiento de créditos hipotecarios y comerciales, con reserva de dominio o quirografarios, denominados: “Crédito Mexicano Indexado al Salario”.

Para fundamentar su decisión, la Sala partió de un amplio análisis de concepciones sobre el Estado de Derecho y el Estado Social de Derecho, así como de un estudio pormenorizado del ordenamiento constitucional y legal vigente para el momento en que otorgaron dichos créditos y del régimen actual. Finalmente, sobre la base de la valoración del acervo probatorio cursante a los autos, concluyó entre otros aspectos relevantes que, en caso del otorgamiento de créditos hipotecarios y comerciales, la lesión venía dada por el cobro de intereses que se capitalizaban, que generaban más intereses atasas fluctuantes, a veces desmesuradoscon relación a la tasa de interés original que se utilizó cuando se formalizó el negocio, y que convertían al capital refinanciado en una desproporción con relación al capital efectivamente recibido por una persona a quien de antemano se reconocía que tenía limitaciones para cumplir, hasta el punto que las propias leyes que han regido el sistema crearon un Fondo de Rescate, en beneficio del acreedor, previendo que el deudor no pudiere cumplir.

Por ello para poder conjurar la lesión, la Sala estimó que debía existir una tasa promedio entre la de los intereses del mercado que habían sido cobrados a los prestatarios desde 1996 y la tasa de los intereses que a partir de 1996 fijó el Banco Central de Venezuela para las prestaciones sociales y que lo hace respondiendo a la situación laboral del país y a la de los ingresos de los venezolanos.

Señaló igualmente la Sala que, en lo referente a los créditos para la adquisición de vehículos, resultaba usurario, por desproporcionado, que la cuota mensual estuviese formada por una alícuota por concepto de comisión de cobranza, y que ésta permaneciera fija en detrimento del deudor, que no lograba al pagar la cuota, amortizar el capital, ya que al pago del monto de ella, se imputaban los intereses calculados a la tasa variable, la comisión por cobranza, y luego lo que restaba se abonaba al capital; por tanto, tal sistema generaba una última cuota que era igual a todo el capital insoluto. Dicho capital, a su vez, producía intereses de mora si no se cancelaba a tiempo las cuotas, más un añadido de tres puntos porcentuales anuales a la tasa aplicable vigente para el primer día de la mora.

En consecuencia, la Sala ordenó que las cuotas de estos contratos debían ser reestructuradas, eliminando de ellas los gastos de cobranza; correspondiendo al Banco Central de Venezuela, fijar la tasa máxima de interés mensual que, a partir de 1996, correspondía al mercado de compras con reserva de dominio, intereses que advirtió, no podrían cobrarse día a día.

En la Sentencia de fecha 13 de julio de 2007 de la Sala Constitucional del TSJ, se declara competente para conocer en virtud de un amparo constitucional presentado contra la empresa eléctrica Elecentro, para la protección del derecho fundamental a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios que consumen o usan, a la libertad de elección y a un trato equitativo y digno, así como a la obtención de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, fundamentando su razonamiento, en atención a los derechos protegidos en la CRBV y con fundamento en el Pacto.

Medidas adoptadas para sensibilizar a la población en general y al poder judicial en particular respecto de los derechos contenidos en el Pacto

Respecto de los derechos económicos, sociales y culturales contenidos en el Pacto, se destaca la creación de la Escuela Nacional de la Magistratura dirigida a contribuir con el mejoramiento de la administración de justicia en Venezuela, mediante la ejecución de programas de capacitación dirigidos a los funcionarios judiciales y la Escuela Nacional de Fiscales del Ministerio Público, creada a fin de capacitar al nuevo fiscal, con un elevado nivel profesional para asumir la investigación y los juicios, y defender las causas de la Institución con un enfoque de derechos humanos en el ejercicio de la justicia para una adecuada protección de la ciudadanía y fiel garantía de los derechos humanos contenidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales suscritos y ratificados por la República.

Durante los últimos años, la Defensoría del Pueblo y los otros órganos de la administración pública han implementado diversos programas y actividades de promoción, divulgación y capacitación en materia de derechos humanos, tomando en consideración las necesidades y particularidades de cada región, los intereses de la población, así como las recomendaciones de los órganos de tratados de las Naciones Unidas.

El uso de los medios de comunicación social también ha sido importante en la labor de promoción, divulgación y sensibilización de la ciudadanía respecto de los derechos humanos. A través de transmisión de programas transmitidos en radio, televisión y cine, se ha podido llegar de forma masiva a la población. La Defensoría del Pueblo en coordinación con otras instituciones del Estado promueve el espacio Cineclub Móvil, donde a través del cine se impulsa la difusión masiva del conocimiento sobre los derechos humanos y, a su vez, se incentiva en los ciudadanos y ciudadanas el disfrute y ejercicio de sus derechos culturales y recreativos, y a los funcionarios del Estado un mayor apego por el respeto de los derechos humanos en el ejercicio de sus funciones.

El programa “Cine Bajo las Estrellas” de la Cinemateca Nacional, institución adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Cultura, proyecta a escala nacional películas cuyo contenido gira alrededor de la temática de los derechos humanos.

El Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información (MPPCI) difunde y promueve los derechos humanos en el Sistema Nacional de Medios Públicos.

Se implementan Programas de Capacitación con el propósito de formar grupos voluntarios de diferentes sectores sociales, para que actúen como agentes multiplicadores que promuevan los derechos humanos en sus espacios cotidianos. Para ello, se utiliza una metodología que se basa en la formación sistemática en el área, así como en el suministro de herramientas y estrategias que permitan divulgar la información.

El Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE) ha venido incorporando en el currículo de todos los niveles y modalidades del sistema educativo venezolano la formación en derechos humanos. El año 2001, el MPPE creó, mediante Resolución Nº 447 de fecha 6 de noviembre de 2001, las Defensorías Educativas, cuya función principal es la promoción y defensa de los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes en el territorio nacional.

Por otra parte, en vista de que el marco normativo educacional dispone que para la obtención del título de bachiller o técnico medio es necesario el cumplimiento de una actividad por parte de los estudiantes, que beneficie a la institución educativa o a la comunidad, el MPPE promueven actividades de promoción y divulgación de los derechos humanos como una opción a la hora de escoger la opción de trabajocomunitario, en especial aquellos que tocan directamente los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Igualmente, la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz funciona como receptora de denuncias a través de un total de 200 delegados a nivel nacional y desarrolla actividades e imparte talleres educativos y formativos para las comunidades organizadas, funcionarios públicos y demás personas interesadas, partiendo de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y demás tratados internacionales.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Artículo 1, párrafo 2: derecho a disponer libremente de las riquezas y los recursos naturales

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

La Ley de Demarcación y Garantía de Hábitat y Tierra de los Pueblos Indígenas (LDTPI) ha sido el primer instrumento jurídico creado con el fin de sistematizar y regular la elaboración, coordinación y ejecución de las políticas públicas relativas a la demarcación de los hábitat y tierras indígenas en el país, y garantizar el derecho a la propiedad colectiva.

La LDTPI contempla la Comisión Nacional de Demarcación del Hábitat y Tierras de los Pueblos y Comunidades Indígenas, con sus respectivas Comisiones Regionales de Demarcación y equipos técnicos, como el órgano asesor y coordinador del procedimiento de demarcación presidido por el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente (MPPA). La Comisión Nacional está integrada por:

a)Un representante de cada uno de los siguientes Ministerios del Poder Popular: Ambiente, Energía y Petróleo, Comercio, Cultura, Educación, Defensa, Relaciones Exteriores, Relaciones Interiores y Justicia;

b)Un representante del Instituto Geográfico Simón Bolívar del MPPA;

c)Ocho representantes indígenas de los estados donde están asentadas sus comunidades: Anzoátegui (cumanagoto), Bolívar (arawako, macuchu, pemón, sanemá, uruak o arutani y wapishana), Monagas (chaima), Delta Amacuro (warao), Sucre (chaima), Amazonas (baniva, baré, jivi, kurripako, mako, piapoco, piaroa, puinave, yabarana, sáliva, warekena, yanomani, yekuana y yeral), Apure (kuiba, pumé o yaruro) y Zulia (añú o paraujano, barí, yukpa, japrería y wayuu), pertenecientes a tres familiaslingüísticas: arawako, caribe y chibcha;

d)Como invitado permanente, un representante del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (MPPPI).

Mediante la Resolución N° DGCJ 035 dictada por la Vicepresidencia de la República, se instaló la Comisión Nacional de Demarcación del Hábitat y Tierras de los Pueblos y Comunidades Indígenas, integrada por los ciudadanos yciudadanas con representaciónde instituciones de alto nivel y de los pueblos indígenas (Gaceta Oficial Nº 39800 del 15 de noviembre de 2011), consustancial con el contenido de los artículos 26 y 29 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. A continuación se presenta la información sobre los títulos entregados hasta 2014:

Cuadro 2

Títulos entregados 2005-2014

En el avance en este proceso de demarcación de tierras, hasta el año 2014 se han entregado 93 títulos de tierras beneficiando 20.271 familias y una superficie de 2.951.852,66 hectáreas de territorio.

Actualmente se están procesando, de manera simultánea, 43 expedientes de demarcación de hábitat y tierras indígenas. Estos títulos serán entregados, en la medida que vaya culminándose los procesos que dan cierre a los expedientes de demarcación por cada solicitud, las cuales se elaboran de manera cronológica y en orden de recepción.

En el Plan de la Patria 2013-2019, como consecución de la estrategia integral de aplicación nacional de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, se ha proyectado “Mejorar el Hábitat y la Infraestructurapara los pueblos indígenas”; “Acelerar la demarcación territorial de sus espacios, a través de la entrega de títulos de propiedad de tierras a comunidades indígenas y de dotación de viviendas dignas a cada familia indígena en situación de vulnerabilidad, respetando sus opciones culturales”; así como “Ampliar la presencia de las Misiones y Grandes Misiones Socialistas en las comunidades indígenas, reconociendo y respetando su cultura y tradiciones”.

En conclusión, en Venezuela existe una gran estrategia nacional —sin precedentes en su historia— de reconocimiento, revalorización y apoyo a los pueblos indígenas, coincidente con el contenido de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

El artículo 120 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconoce el derecho y obliga al Estado a la consulta previa e informada con los pueblos indígenas, como mecanismo indispensable al momento de abordar medidas administrativas y legislativas. En este sentido, la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI), desarrolla un Capítulo (cap. II) sobre el tema, el cual lejos de regular la forma en que cada pueblo toma sus decisiones, norma los procedimientos que debe cumplir el Estado al momento de realizarla; al tiempo que estimula a los pueblos indígenas a desarrollar sus propios mecanismos internos sobre la base de sus usos, costumbres, idiomas, espiritualidad que les permita tomar las decisiones de forma adecuada. Bien vale destacar que hoy día la consulta previa e informada es un tema que aún en américa latina se encuentra en desarrollo y discusión en cuanto a su normalización.

La LOPCI establece rigurosamente el respeto a la forma de organización, autoridades legítimas y sistema de comunicación de los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas, y prohíbe la ejecución de actividades en su hábitat y tierras, que afecten grave o irreparablemente la integridad cultural, social, económica, ambiental o de cualquier otra índole de dichos pueblos o comunidades y señala claramente cuánto tiempo de anticipación, cómo y qué debe contener el proyecto a realizar ante la comunidad indígena.

La ley obliga al Estado a poner apoyo técnico necesario a disposición de los pueblos indígenas consultados. En ningún caso obliga a los pueblos o comunidades indígenas a implementar mecanismos de toma de decisiones distintas a los propios y con base a sus usos y costumbres. Los acuerdos se establecerán por escrito de mutuo acuerdo entre éstos y los proponentes, sin menoscabo del derecho de los pueblos y comunidades indígenas de ejercer las acciones legales en caso de incumplimiento ante los tribunales competentes y solicitar la nulidad de las concesiones o autorizaciones otorgadas por el Estado cuando los proponentes o encargados de la ejecución del proyecto, violen lo acordado con los pueblos y comunidades indígenas involucrados.

Es importante resaltar que, de acuerdo a las leyes vigentes en el país, toda actividad de aprovechamiento de recursos naturales y cualquier tipo de proyectos de desarrollo a ejecutarse en hábitat y tierras indígenas, estará sujeta al procedimiento de información y consulta previa.

Artículo 2, párrafo 1: obligación de adoptar medidas hasta el máximo de los recursos de que se disponga

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

El presidente Nicolás Maduro promulgó la Ley de Reforma de la Ley contra la Corrupción (Gaceta Oficial del 19 de noviembre de 2014 Nº 6155 Extraordinario), con el objetivo de combatir más eficazmente la corrupción y fortalecer la honestidad en la sociedad y cada foco del Gobierno.

Dicha Ley contempla sanciones contra el soborno internacional o transnacional, y se enmarca en tres pilares fundamentales: la lucha contra la corrupción, la cohesión institucional de los poderes Judicial, Ciudadano y Público y la capacidad de investigación policial y protección a quien investiga. También fue creado el Cuerpo Nacional Anticorrupción, que estará encargado de perseguir y sancionar a quienes incurran en este delito. La nueva instancia trabajará en las dimensiones de carácter ético y educativo; institucional y legal y de investigación policial.

Esta nueva normativa declara la no prescripción de las acciones judiciales por delitos contra el patrimonio público. Los cambios amplían el ámbito de la Ley para que el Poder Popular participe en la lucha contra la corrupción. De igual modo se promueve la cohesión entre el Poder Judicial y los cuerpos policiales para que la lucha contra la corrupción rinda sus frutos.

Adicionalmente en 2008, la Fiscal General de la República creó la Unidad Anticorrupción, cuya misión ha sido atacar uno de los flagelos más graves que afecta a nuestra sociedad como es la corrupción. En este sentido, la Unidad Anticorrupción del Ministerio Público constantemente establece enlaces interinstitucionales con organismos tales como la Contraloría General de la República; el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC); y la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE), despachos que han asignado personal en comisión de servicio para colaborar con los representantes fiscales, en las investigaciones que les han sido asignadas.

El objetivo fundamental de esta unidad, en la búsqueda de proporcionar una pronta respuesta a la colectividad, es impartir celeridad a los casos más relevantes en los cuales se haya afectado el patrimonio público y/o se encuentren involucrados altos funcionarios. En consecuencia, con la Unidad Anticorrupción, el Ministerio Público avanza en su lucha contra la impunidad.

El Ministerio Público cuenta con 49 Fiscalías y unidades de la Dirección contra la Corrupción, que realizan actos de investigación penal y otras competencias. Fueron 665 los procedimientos por aprehensiones flagrantes realizados por los fiscales del Ministerio Público ante los órganos jurisdiccionales durante el 2013. Asimismo, en ese año, la Dirección contra la Corrupción ingresó un total de 12.319 casos por denuncia, querella, flagrancia y de oficio, lo que representa un 2,15% del total de casos ingresados por la institución. Igualmente, las imputaciones realizadas por los fiscales adscritos a la Dirección contra la Corrupción, fueron 1.343 en sede tribunalicia y 983 en sede fiscal.

Se presentaron 6.413 actos conclusivos. Asimismo, presentaron 324 actuaciones, entre ellas 154 desestimaciones. Se registran además un total de 18.697 actuaciones de los fiscales ante los órganos jurisdiccionales durante las fases preparatoria, intermedia y de juicio, clasificadas en 12.643 Audiencias atendidas por el fiscal, 2.737 Aperturas de juicios asistidas, 670 Procedimientos por aprehensiones flagrantes, 628 Audiencias de juicios asistidas, 533 Solicitudes de prohibición de salida de país, 437 Solicitudes de órdenes de aprehensión, 346 Audiencias preliminares realizadas, 304 Juicios realizados, 263 Solicitudes de órdenes de allanamiento, 70 Solicitudes de prohibición de enajenar y gravar bienes y 66 Audiencias conforme al artículo 295 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP).

En el fortalecimiento de la lucha contra la corrupción, como consecuencia del esfuerzo emprendido para proporcionar una respuesta contundente a la colectividad en esta materia, se estructuró una metodología de trabajo que permitió impulsar las actuaciones. Entre ellas destacan las 4.175 investigaciones adelantadas por irregularidades en la adquisición y otorgamiento de dólares a través de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), hoy Centro de Comercio Exterior (CENCOEX), las cuales involucraron a 2.716 personas naturales y 1.459 personas jurídicas, es decir, empresas.

En el fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales, el Ministerio Público efectuó operativos en conjunto con el Ministerio del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo, los cuales fueron realizados en los puertos de La Guaira y Puerto Cabello (estados Vargas y Carabobo, respectivamente), con el fin de verificar contenedores contentivos de mercancías declaradas en estado de abandono. En los mismos se hallaron material médico y sustancias químicas vencidas, productos alimenticios en descomposición, así como mercancías distintas a las declaradas en los respectivos formularos de importación. Tal situación originó el inicio de investigaciones por presuntos ilícitos cambiarios y/o aduaneros.

En el 2014, también se efectuaron acciones contundentes en las oficinas del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), ubicadas en las distintas regiones del país, con el fin de combatir los delitos de corrupción, entre ellos el cobro de cantidades de dinero para el otorgamiento de pasaportes y expedición de cédulas. De estas actuaciones, resaltan las realizadas en los estados Bolívar, Guárico y Zulia, donde se hicieron aprehensiones de varias personas incursas en este tipo de delitos. Posteriormente fueron acusadas y se logró la condena de 16 personas.

La Dirección Contra la Corrupción también ha desplegado acciones en los casos relativos a la empresa estatal Mercado de Alimentos, C.A. (Mercal), específicamente por comercialización irregular de toneladas de carne.

El Ministerio Público, para facilitar y promover la presentación de denuncias sobre actos de corrupción, activó a través de la Oficina de Atención al Ciudadano, Unidades de Atención a la Víctima, la Línea 0800-FISCA-00, para la atención inmediata a las denuncias formuladas por ciudadanos que son objeto de inducción o constreñimiento por parte de funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones, exigiendo o haciéndose prometer cantidades de dinero u otras dádivas indebidas, para no perjudicarlos o involucrarlos en procesos penales y/o administrativos o de cualquier otra índole, entre otros aspectos.

Artículo 2, párrafo 2: no discriminación

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

En Venezuela, la igualdad y no discriminación es un derecho fundamental reconocido en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Este derecho implica la obligación del Estado de hacer cumplir, respetar y garantizar los derechos reconocidos por el orden jurídico, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social de los individuos que se encuentren bajo su jurisdicción.

Las acciones que realizan las instancias estatales, el control que ejercen los Tribunales a través de sus decisiones y la promulgación de leyes en esta materia, forman parte de los mecanismos más eficaces para la protección del derecho a la no discriminación, pues permite identificar potenciales transgresiones impidiendo acciones lesivas. En ese sentido, una de las mayores reivindicaciones a favor de la no discriminación se encuentra en la Ley Orgánica de Educación que establece, dentro de sus principios y valores rectores, el intercambio de teorías y prácticas sociales, artísticas, de conocimientos, experiencias, saberes populares y ancestrales, que fortalezcan la identidad de nuestros pueblos latinoamericanos, caribeños, indígenas y afrodescendientes.

La Asamblea Nacional sancionó en 2011 la Ley Orgánica contra la Discriminación Racial, la cual establece mecanismos para prevenir, atender, eliminar, erradicar ysancionar la discriminación racial como hecho punible. Esta ley fortalece la acción del Estado al crear el Instituto Nacional contra la Discriminación Racial, el cual tendrá como objeto ejecutar políticas públicas destinadas a la prevención, eliminación y erradicación de la discriminación racial en todos los ámbitos. Es de destacar que el Tribunal Supremo de Justicia, luego de revisar este texto normativo, declaró su constitucionalidad y su carácter orgánico.

Otro de los cuerpos normativos donde se garantiza la igualdad y el derecho a la no discriminación es la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, la misma indica expresamente que en los servicios de radio, televisión y medios electrónicos no está permitida la difusión de mensajes que inciten o promuevan el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, por diferencia de género, por racismo o xenofobia y se plantean sanciones por la emisión de mensajes discriminatorios.

La población afrodescendiente en Venezuela se ha incorporado de una manera visible a la actividad política, económica, social y cultural, fortaleciendo la creación de una sociedad sin discriminación, racismo o xenofobia. Para profundizar esta meta, fue creada la Comisión Presidencial para la Prevención y Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y otras Distinciones en el Sistema Educativo en el año 2005, integrada por diferentes instituciones del Estado y miembros de organizaciones afrovenezolanas.

Por otra parte, el Presidente Nicolás Maduro Moros, promulgó la Ley para la Promoción y Protección del Derecho a la Igualdad de las Personas con VIH/SIDA y sus Familiares, publicada en la Gaceta Oficial Nº 40571 del 30 de diciembre de 2014. Dicha Ley prohíbe cualquier tipo de discriminación y segregación contra las personas afectadas por VIH o sida, en la lucha contra la exclusión como elemento perturbador en el combate contra la epidemia, que propicia el registro de nuevas infecciones por VIH. La Ley prohíbe todo acto o conducta de discriminación cometida por cualquier persona o por cualquier centro de salud, lugar de trabajo, educativo, deportivo, recreativo, cultural o jurídico, de naturaleza pública o privada, contra las personas con VIH/SIDA y de sus familiares, fundado en su condición de salud.

Esta Ley es totalmente innovadora, porque establece entre otros aspectos la inamovilidad laboral para las personas que hayan contraído la infección por el VIH, lo que significa que el virus dejó de ser una limitación para trabajar, estudiar y relacionarse libremente desde el punto de vista económico, social y cultural en el país.

Artículo 3: igualdad de derechos entre hombres y mujeres

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

Venezuela cuenta con un amplio campo normativo dedicado a protección la igualdad y la equidad de género. Así podemos mencionar:

Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” (1995)

Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer (1999)

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000)

Ley Aprobatoria del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2001)

Ley Aprobatoria del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (2001)

Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2005)

Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007)

Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007)

Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna (2007)

Ley para las Personas con Discapacidad (2007)

Ley Para La Protección de las Familias, Maternidad y Paternidad (2007)

Ley de Idiomas Indígenas (2008)

Ley del Artesano y la Artesana Indígena (2009)

Ley de Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas (2009)

Ley Orgánica contra la Discriminación Racial (2011)

Ley Orgánica de Educación (2009)

Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (2010)

Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras (2012)

Reforma Parcial de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2014)

Ley para la Promoción y Protección del Derecho a la Igualdad de las Personas con VIH o sida y sus Familiares (2014)

Una medida estructural e institucional adoptada para velar e instrumentar políticas públicas con enfoque de género fue la creación en 2009 del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (MinMujer), como enterector de la política de género en nuestro país. Cuenta con organismos adscritos como el Instituto Nacional de la Mujer (Inamujer) y sus institutos regionales, Defensoría Nacional de los Derechos de la Mujer, Banco de Desarrollo de la Mujer (Banmujer), laFundación Misión Madres delBarrio “Josefa Joaquina Sánchez”, y en los estados y municipios existen las Casas de la Mujer y las Casas de Abrigo.

El Estado venezolano y sus instituciones han diseñado estrategias en diferentes niveles para alcanzar la igualdad y la equidad de género. En ese sentido, dentro de los avances legislativos de la República Bolivariana de Venezuela para reducir los estereotipos y roles de género en la familia, se encuentra la Ley para Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad del año 2007.

Uno de los aspectos más relevantes de esta ley radica en el principio de igualdad de derechos y deberes entre las y los integrantes de las familias como base del ejercicio del principio de la responsabilidad compartida y la solidaridad familiar con apoyo del Estado y sus órganos, a través de la promoción de políticas, programas, proyectos y acciones dirigidas a la implementación de éstos principios. El objetivo de la misma apunta a generar un cambio consustancial en la asignación de los roles de género tradicionales, debido a que en el tema de la maternidad y el nacimiento de los hijos, se le otorgaba todo el peso de la responsabilidad a la madre, debiendo ser un tema compartido entre ambos: padres y madres. Esta ley constituye un paso adelante contra la separación de funciones dentro de la familia.

Además, antes de la promulgación de esta Ley, las licencias por el nacimiento de un hijo eran temas exclusivamente femeninos, puesto que los permisos pre y post-natales sólo estaban destinados a las madres. Desde la entrada en vigencia de esta Ley, en su artículo 9 establece que “en nuestro país los padres trabajadores también pueden gozar de una licencia o permiso de paternidad remunerado, cuando nazcan sus hijos a los fines de asumir en condiciones de igualdad con la madre, el acontecimiento, las obligaciones y responsabilidades derivadas en relación a sus actividades y asistencias”.

Dichos permisos o licencias son de 14 días continuos y en caso de enfermedad grave del hijo, así como de complicaciones graves de salud que coloquen en riesgo la vida de la madre, este permiso o licencia de paternidad remunerada se extenderá por un periodo igual de 14 días continuos y cuando el parto sea múltiple será de 21 días continuos. En caso de fallecimiento de la madre, el padre tiene derecho a la licencia o premiso pre-natal que hubiere correspondido a ésta, para así garantizar al hijo los cuidados tan esenciales en sus primeros días de vida. Del mismo modo establece la Ley que el trabajador a quien se le conceda la adopción de un niño o niña de 3 años también disfrutará de este permiso o licencia de paternidad remunerada, así como de la inamovilidad laboral. Como parte de la implementación de los diferentes instrumentos jurídicos nacionales e internacionales en favor de los derechos humanos de las mujeres, el Minujer ha creado diferentes instancias para impulsar la participación y el empoderamiento de las mujeres; entre ellas destacan los Comités de Mujer e Igualdad de Género.

En cuanto a las medidas adoptadas para asegurar la aplicación del marco jurídico para la protección de la maternidad, la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) contempla protecciones especiales, como la inamovilidad laboral de la madre y protecciones equivalentes para los padres, durante el embarazo de su compañera y por dos años después de nacido el hijo o la hija. También está contemplado en esta ley el reenganche por despidos injustificados de la madre y el padre, reincorporando a 1.070 trabajadoras por fuero maternal, de las cuales 593 recibieron asistencia gratuita de la Procuraduría de Trabajadores y 1.078 trabajadores por fuero paternal.

El MinMujer y sus entes adscritos promueven la constitución de los Comités de Gestión de la Mujer para la Igualdad de Género en lo interno de las comunas, y los Comités de Mujer e Igualdad de Género en los consejos comunales. En ambas instancias del Poder Popular, se lucha por los derechos de las mujeres en los espacios cotidianos de vida, entre los cuales se encuentra el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, así como la profundización de su participación política. Por otra parte, se realizan actividades formativas para concienciar en torno a temas de género como el trabajo compartido dentro del hogar, el respeto a las sexualidades y diversas expresiones de género, para el ejercicio de una sexualidad liberadora, placentera y responsable.

Se instaló el Consejo Consultivo como órgano de carácter popular, para promover la participación de las organizaciones de mujeres y feministas, con el objetivo que los diferentes movimientos y frentes de mujeres que lo integren, generen propuestas al MinMujer para el diseño, aplicación y ejecución de las políticas públicas destinadas al avance de la mujer y la igualdad de género. Para la fecha ya han participado más de 180 organizaciones y movimientos de mujeres y feministas.

El Observatorio de Medios “Carmen Clemente Travieso” (OMCCT) está encargado de promover la erradicación de los estereotipos que se pretende mitigar a través de espacios de articulación con las organizaciones feministas y de mujeres que han estado en la vanguardia por el rescate de la ética comunicacional y la difusión de mensajes libres de violencia y discriminación; como un aporte en la edificación del Estado Social, de Derecho y de Justicia, que garantice el desarrollo integral de las ciudadanas y ciudadanos, a través de la creación de una instancia de seguimiento y análisis a los contenidos sexistas y discriminatorios que publiquen, divulguen o difundan los medios de comunicación privados y/o públicos.

Uno de los principales logros de este observatorio fue la interposición de un recurso de amparo ante el Tribunal Supremo de Justicia en contra de un semanario deportivo debido a sus reiteradas publicaciones con contenido altamente sexual, discriminatorio y sexista. Este recurso fue admitido por el Poder Judicial, el pasado 17 de noviembre de 2014 ordenando al Ministerio Público de la República a iniciar el proceso administrativo en relación a la eliminación de todo tipo de contenido en publicaciones que tengan relación con la cosificación de la figura femenina y que prohíbe continuar publicando hasta tanto no haya una sentencia definitiva.

En cuanto al ámbito laboral, tanto la CRBV como la LOTTT prohíben todo tipo de discriminación y promueven la igualdad yequidad de género. En materia de salario, los trabajadores y las trabajadoras tienen iguales derechos para ganar un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. La mujer cuenta con igualdad de acceso a todos los empleos, cargos, ascensos y oportunidades laborales.

La inspección del trabajo juega un papel muy activo en nuestro país a los fines de garantizar igual remuneración sin discriminación entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina; se garantiza el pago de igual salario por igual trabajo sin discriminación basada en el sexo.

Durante el primer semestre de 2014 se realizaron 13.549 inspecciones a entidades de trabajo, de las cuales 13.049 cumplían con el pago de salario mínimo sin discriminación para trabajadores y trabajadoras. Quienes incumplen con esta obligación, están sujetos a las sanciones que prevé nuestra Ley. Estas inspecciones del trabajo que abarcaron la cantidad de 448.755 trabajadores y trabajadoras, de los cuales 273.305 eran trabajadores y 175.450 trabajadoras; y a todos se les garantiza la igualdad de beneficios laborales sin discriminación alguna.

La tasa de inserción laboral de nuestras mujeres es elevada. Según indicadores 2013, la fuerza de trabajo de hombres y mujeres se mantuvo en los siguientes índices: 93,4 (hombres) 91,3 (mujeres).

A fin dar cumplimiento al Decreto Presidencial Nº 9821, aprobado en abril de 2012, el Gobierno Bolivariano incorporó a las mujeres del sector informal en la nómina del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), registrando hasta 2013 152.216 personas, de las cuales 91.330 (60%) son mujeres y 60.887 (40%) son hombres.

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer emitió sus observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo y octavo combinados de la República Bolivariana de Venezuela sobre la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/VEN/CO/7-8), en las cuales resaltó los esfuerzos del Estado parte por mejorar su marco institucional con el fin de acelerar la eliminación de la discriminación contra la mujer y promover la igualdad de género, como, por ejemplo, la creación de los siguientes organismos: a) La Comisión Nacional deJusticia de Género, en 2011; b) El Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (Minmujer), en 2009.Asimismo celebró que se hayan firmado los instrumentos internacionales relativos a la materia.

La incorporación de las mujeres en altos cargos de los Poderes Públicosha sidoconstanteyprogresiva,paraelaño2014,deloscincopoderespúblicos, tres se encuentran dirigidos por mujeres (Poder Electoral, Ciudadanoy Judicial). Dentro del Poder Judicial, desde 1999 hasta 2012 ha aumentadoen un 35% la participación de mujeres en altos cargos, teniéndose que para1999, el 6,7% de las magistradas en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y parael 2012 representaban el43,8%.

En el año 2013, la presencia de las mujeres a la cabeza de las alcaldías se incrementó en un 68%, siendo que de 335 alcaldías, 54 están dirigidas por mujeres, representando el 16% del total de alcaldías. Del total de la nómina de cargos diplomáticos, el 43% están a cargo de mujeres (304) y el 57% de hombres (400).

En otro sentido, con miras a erradicar los estereotipos contra la mujer, la Leyde ResponsabilidadSocialenRadioyTelevisión(LRSRT)haestablecido,entre otros, la necesidad de promover valores éticos orientados a disminuirla discriminación y la subordinación a las que han estado sometidas lasmujeres, suprimiendo las imágenes estereotipadas y violentas contra lamujer, respetando el horario establecido e incluyendo programas educativoscon perspectiva de género. Igualmente, se han conformado organizacionesde usuarias y usuarios, para que participen en el proceso deformulación, ejecución y evaluación de políticas públicas de los medios decomunicación.

Se ha impulsado la realización de obras cinematográficasvenezolanas, latinoamericanasydeotraslatitudes,detemáticasfeministas,dirigidaspor cineastas mujeres, en las que se retratan historias sobre mujeres derenombre, así como heroínas anónimas, que coadyuvan al autorreconocimiento delas mujeres en diferentes roles y situaciones, y a la sensibilización de lasociedad en general.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Artículo 6: el derecho a trabajar

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

La tasa de desempleo en Venezuela es una de las más bajas de la región. Según fuentes de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en los años 2010 y 2011 la tasa de desempleo fue de 7,8% y 7,4% respectivamente, con tendencia decreciente que se mantiene en 7,1% a abril de 2014, según cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Los trabajadores del sector formal de la economía pasaron de representar 45% de la ocupación, en diciembre de 1999, a 58% para el mismo período de 2012; y en este mismo lapso el empleo informal bajó de 55% en 1999 a 42% de la ocupación en diciembre de 2012.

En cuanto a la tasa de ocupación en el sector formal, para el primer semestre del año 2014, las mujeres comprendían un 62,3%, lo que en comparación con los primeros semestres de los años 2013, 2012, 2011 y 2011, evidencian un incremento. Respecto de la tasa de ocupación en el sector informalde las mujeres, ascendió a un 37,7% lo que en comparación con los primeros semestres del año 2013, 2012, 2011 y 2010 comprenden una disminución del mismo.

En cuanto a la tasa de actividadcorrespondiente al primer semestre de 2014 se ubicaba en 79% para los hombres y en 50,8% para las mujeres. La tasa de actividad de las mujeres de 25 a 44 años ha tenido un crecimiento constante desde el 2000. Para el primer semestre de 2014 se ubicaba en 69,2% (25-44 años), y en 27, 7% (15-24 años). Para los hombres fue de 95,4% (25-44 años) y 54,0% (15-24 años). Esto indica que el porcentaje de la población económicamente activa (de 15 años y más) de hombres supera al de mujeres con disposición y disponibilidad para trabajar.En el caso de las mujeres entre 45 y 64 años y 65 y más, a partir de 1998 se produce un crecimiento tendencial hasta el primer semestre de 2014, ubicándose en 44,9%.

La tasa de ocupación para las mujeres en el primer semestre del año 2014 fue de 91,7% y la de los hombres en el mismo período fue de 92,6%. En comparación del primer semestre de 2013 y el primer semestre de 2014, las mujeressuperaron en 5 puntosporcentuales a los hombres en el aumento de ocupación en el sector formal de la economía, obteniendo para el primer semestre de 2014 un promedio un 62,3% para las mujeres en el sector formal y un 57,3% para los hombres en la misma categoría. En el sector informal las mujeres en promedio se ubican en un 37,7% y los hombres en un 42,7% siendo inversamente proporcional la variación en puntos porcentuales respecto el sector formal. Esto indica que las mujeres se han venido incorporando a la fuerza de trabajo formal gozando de beneficios laborales y logrando un nivel de profesionalización acorde con las exigencias del mercado laboral.

En relación a la brecha salarial, se aplicaron medidas a fin de mejorar los ingresos y eliminar la segregación de las mujeres en puestos de trabajo poco calificados con la aplicación de programas de formación, bajo la responsabilidad del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), formando desde 2007 hasta el presente a un total de 554.242 mujeres como trabajadoras calificadas, lo que representa el 51,63% del total de egresados en diferentes áreas, que incluyen producción agrícola, construcción, manufactura, tecnología, telecomunicaciones, comercio y servicios.

Estos programas de formación promueven la inclusión de mujeres en sectores de ocupación masculinizados, como la construcción, donde egresaron 3.351 mujeres (31,68%), tecnología de los procesos industriales egresaron 234 mujeres (36,61%), producción agrícola, en la que se destaca la formación en las áreas de cultivo, crianza, aprovechamiento y procesamiento agropecuario, agroindustrial y forestal, egresando 5.805 mujeres (54%).

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

A fin de garantizar la inclusión de las mujeres en el desarrollo socioproductivo, se creó el Banco de Desarrollo de la Mujer (Banmujer) cumpliendo con el imperativo ético y político de dar respuesta a las necesidades socioproductivas y de financiamiento de las mujeres en situación de exclusión y discriminación, proporcionando servicios financieros y no financieros.

En ese sentido, con el fin de promover la igualdad en el ámbito laboral, el Banmujer, entre el año 2013 y marzo de 2014, liquidó 10.730 microcréditos generando más de 57.327 empleos socioproductivos directos y 204.654 indirectos, como estrategia para la superación de la pobreza en algunos casos y para alcanzar la autonomía económica en todos los casos, para impulsar el empoderamiento real y efectivo de las mujeres pertenecientes a los sectores de mayor riesgo social.

En relación a los servicios no financieros, en 2013 se benefició un total de 21.520 mujeres, en temas como: administración de empresas solidarias con visión de género; análisis de costos; contabilidad básica; sensibilización sobre el enfoque de género; los derechos de las mujeres son conquistas feministas; viviendouna vida libre de violencia; comunas socialistas y feministas para el vivir bien o nada; agroecología;abonos orgánicos; control natural de placas. A marzo de 2014, a través del Banmujer se generó un total de 6.981 trabajos socioproductivos, de ellos 2.327 trabajos socioproductivos directos y 4.654 trabajos socioproductivos indirectos. El BanMujer impulsa y apoya la Organización Popular Socioproductiva, para lo cual realiza seguimiento a las Redes de Usuarias conformadas. A la fecha existen 225 Redes de Usuarias, integradas por 7.504 personas, de las cuales 7.190 son mujeres y 314 son hombres, lo que representa el 95% de apoyo a la mujer en correspondencia con la política de la institución.

Para el año 2014, los recursos asignados para el impulso de actividades socioproductivas a las mujeres, ascienden a 68.011.419,14 dólares de los Estados Unidos, otorgados a través del Fondo Chino, el Fondo de Desarrollo para la Mujer y el Banco de la Mujer. Estos recursos apoyan proyectos derivados del Gobierno de Calle, dedicados a los proyectos agrícolas (42%), manufactura (31%), servicios (18%), turismo, industrial (5%), turismo (1%), otros (2%).

Los Comités de Madres están dirigidos a la capacitación de las amas de casas en lo productivo y su organización para el otorgamiento de créditos para actividades económicas. Hasta el 2011 se han conformado 7.698 Comités de Madres del Barrio y desde el 2007 al 2010 se entregaron asignaciones económicas a 276.244 madres. Se han financiado 2.891 proyectos socioproductivos desde 2007 a 2011 un total de 19.824 madres. Entre 2012 y 2013, se crearon 4.610 nuevos Comités de Madres del Barrio.

Para dar impulso a la economía comunal se han creado tres escuelas de Formación y Producción Agroecológica para la Soberanía Alimentaria y la Igualdad de Género “María Evangélica Pérez de Pernalete” y dos Centros de Formación y Desarrollo Productivo Posada-Escuela “Mamá Rosa” que han beneficiado a 235 personas y que han significado la inversión de más de 7.301.587,30 dólares.

Bajo el desarrollo de la Misión Madres del Barrio, se ha impulsado la inclusión económica y el empoderamiento de las mujeres en situación de pobreza. Desde 2009 a 2013, se han implementado 3.421 proyectos socioproductivos orientados hacia el sector agrícola, manufacturero y de servicios en todo el territorio nacional. En el año 2013 se incorporaron 2.781 Madres del Barrio indígenas, estimulando la generación de un modelo de desarrollo integral para beneficio de los pueblos originarios.

Igualmente en el 2013 el Gobierno creó el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo para la Mujer, con el fin de impulsar la actividad económica productiva de las mujeres venezolanas, asignándole un monto inicial de 31.746.031,75 dólares.Con esta plataforma financiera se ha permitido el financiamiento de 74 proyectos socioproductivos a nivel nacional, desarrollados en el primer trimestre de 2014, cuya desagregaciónpor sector esel siguiente: 36 en el sector agrícola, 5 en el sector industrial, 26 en el sector de manufactura, 6 en el sector de servicios y 1 en el sector turismo.

Artículo 7: derecho a unas condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

En cuanto a las actividades desarrolladas por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales desde el mes de mayo 2012 a mayo 2013 se realizaron inspecciones integrales: 121 en el sector de petróleo e hidrocarburos y 28 en el sector de la construcción.

Con respecto a la lamentable explosión ocurrida el 25 de agosto de 2012 en la refinería de Amuay del Complejo Refinador Paraguaná (Estado Falcón), las investigaciones demostraron que se trató de un acto de sabotaje que no tuvo relación con fallas en las condiciones de salud y seguridad en el trabajo.

El Ministerio Público ha dispuesto una línea de contacto 0800-AMUAY MP (es decir, 0800-2682967) donde serán atendidas las víctimas y familiares de la explosión. En ese sentido, un equipo capacitado de operadores telefónicos se mantiene atento para brindar la ayuda necesaria y dar respuesta oportuna a aquellas personas afectadas por este hecho. Adicionalmente, se cuenta con la orientación de funcionarios de la Fiscalía Superior de Falcón, así como un equipo de psicólogos, psiquiatras y trabajadores sociales de las unidades de Atención a la Víctima del MP de los estados Falcón, Zulia y Lara.

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

Bajo nuestra legislación laboral, los trabajadores y las trabajadoras que realizan labores para el hogar (trabajadores domésticos) se rigen y gozan de los mismos derechos previstos para todos los trabajadores y trabajadoras en general consagrados en la LOTTT. En este sentido, entre otros, los trabajadores domésticos gozan del mismo salario mínimo que rige a nivel nacional, jornada de trabajo, descanso semanal, vacaciones, bono vacacional, prestaciones sociales, bonificación de fin de año, seguridad social, condiciones adecuadas trabajo, etc.

Artículo 8: derechos sindicales

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

El Estado venezolano ha fortalecido la actividad sindical siendo una de las grandes políticas de gran impacto en el ámbito socio laboral; se garantiza la autonomía, la democracia y el funcionamiento de las organizaciones sindicales, para la defensa de sus derechos e intereses, con fundamento en la CRBV y la LOTTT.

Se han mantenido y fortalecido las garantías a la libertad sindical. Desde el año 2000 al 2013, se han registrado 6.086 nuevas organizaciones sindicales, lo que contrasta con las 4.198 organizaciones sindicales que se registraron en los últimos 12 años de la IV República (1986-1998) y evidencia un incremento de 44,97%.

En el campo de la organización autónoma de los trabajadores y trabajadoras, hasta agosto de 2014 se contaba con 103 nuevas organizaciones sindicales en los ámbitos local y nacional. En materia de negociación colectiva, se logró amparar y beneficiar a un total de 1.160.844 trabajadores y trabajadoras mediante la homologación de 448 convenciones colectivas de trabajo, de las cuales 409 corresponden al sector privado y 39 al sector público.

En lo que respecta a las presuntas “violaciones a los derechos sindicales tales como actos de violencia y hostigamiento contra dirigentes sindicales”, se trata de una aseveración muy general y sin fundamento que una vez más negamos. En nuestro país es costumbre que la prensa amarillista, sobre todo la dedicada a sucesos policiales, titule presuntas acciones cometidas contra sindicalistas, pero la realidad ha demostrado que lo acontecido y relatado en el artículo periodístico no guarda ninguna relación con la actividad o condición sindical. Sin embargo, esos titulares son recogidos por algunos “observatorios” para indicar cifras de acciones contra sindicalistas que no son ciertas.

En nuestro país la protección a la actividad sindical da lugar a que el o la trabajadora no puede ser despedida ni trasladada, ni pueden ser modificadas sus condiciones de trabajo ni puede interrumpirse su acceso a los centros de trabajo. Para que alguna de estas acciones pueda ser ejecutada por el respectivo empleador, debe mediar previamente una causa justa que no puede decidir el empleador de manera unilateral, sino que debe denunciarla y le corresponde a la autoridad administrativa o judicial competente calificar si la causa alegada es suficiente para justificar el despido, traslado, cambio de condiciones de trabajo o interrupción del acceso al centro de trabajo. Sólo después de la autorización emitida por la autoridad competente, es cuando el empleador puede tomar la acción que le haya sido autorizada; cualquier acción sin la previa autorización se considera írrita.

El hecho de que se hayan presentado varias denuncias o solicitudes de calificación de faltas contra varios sindicalistas no significa que haya violación a las libertades sindicales. Por el contrario, los trabajadores sindicalistas que han sido señalados por presuntos hechos que ameritan ser sancionados a criterio del respectivo empleador, permanecen en sus puestos de trabajo desarrollando libremente su actividad sindical hasta que la autoridad competente emita su decisión. De allí que el derecho de denunciar o solicitar calificaciones de faltas es un derecho del empleador, así como la inamovilidad y el respeto a la actividad sindical es un derecho de los trabajadores sindicalistas. En consecuencia, negamos que en Venezuela se generen actos de violencia a los derechos sindicales tales como actos de violencia y hostigamiento contra dirigentes sindicales.

Artículo 9: derecho a la seguridad social

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

Bajo el amparo de nuestra Constitución, toda persona tiene derecho a la seguridad social, que es un servicio público de carácter no lucrativo a través del cual se garantiza la salud y la protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, viviendas, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otras circunstancia de previsión social. La maternidad y la paternidad son protegidas integralmente, sea cual fuere el estado civil de la madre o del padre.

Durante el año 2014 el número de pensionados ascendió a 2.565.725. De la población con derecho a pensión —mujeres de 55 años y más y hombres de 60 años y más—, en 1998 apenas el 19,6% tenía el beneficio, y para el año 2014 la cobertura aumento a 72,6%.

Artículo 10: protección de la familia, las madres y los hijos

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

Nuestra CRBV es amplia en materia de los derechos y protección que ampara a las familias, los niños, niñas y adolescentes, la maternidad y la paternidad. Contamos con la Ley para Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad. En el marco de nuestra LOTTT rige la amplia protección a la familia, los padres y a las madres en el cumplimiento de criar, formar, educar, mantener y asistir a los hijos e hijas.

Todo patrono o patrona que cuente con más de 20 trabajadores y trabajadoras, debe mantener un centro de educación integral con sala de lactancia a los fines de garantizar la atención y formación adecuada a los hijos e hijas de los trabajadores y las trabajadoras desde los tres meses hasta la edad de 6 años.

Debe destacarse la creación de la Gran Misión “Hogares de la Patria”, la cual se constituye como un núcleo estratégico de la Revolución Bolivariana, en materia de atención integral a las mujeres, hombres, niñas, niños y jóvenes. El Plan de Acción de “Hogares de la Patria” está orientado al desarrollo de programas sociales dirigidos a la protección social, la inserción socio productiva de las familias, la participación y la formación en valores de igualdad, equidad, convivencia y paz, que propicien nuevas relaciones en la relación de las niñas, niños y adolescentes y sus núcleos familiares.

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

El trabajo de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela se atiende en el marco del Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, donde los Consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes son los órganos administrativos que en cada Municipio aseguran la protección en caso de amenaza o violación de los derechos y garantías de cada niño, niña o adolescente individualmente considerado. Entre sus atribuciones está la de “Autorizar a los y las adolescentes para trabajar y llevar el registro de adolescentes trabajadores y trabajadoras, enviando esta información al ministerio del poder popular con competencia en la materia de trabajo”; y se tiene en cuenta la legislación existente en cuanto a trabajos prohibidos por ser peligrosos o insalubres.

Está prohibido el trabajo de los adolescentes en labores que puedan afectar en cualquier forma su desarrollo integral; y en este sentido el Estado los protege contra cualquier explotación económica o social.

La inspección del trabajo a cargo del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (MPPPST) se encarga de todo lo relativo a asegurar las condiciones de trabajo, y desde 2010 hasta el primer semestre de 2013 había inspeccionado las condiciones de 12.636 adolescentes trabajadores.

En cuanto a medidas efectivas nuestro Gobierno trabaja para disminuir las cifras de deserción escolar, para lo cual ha sido efectivo, entre otros, el Programa de Alimentación Escolar, a través del cual se suministra una alimentación balanceada a los niños, niñas y adolescentes que asisten a la educación pública en los niveles primaria y media; se hace igualmente entrega gratuita de textos escolares para los alumnos, a lo que se suma la entrega igualmente gratuita de computadoras portátiles.

Todo esto mejora la permanencia de los niños, niñas y adolescentes en el sistema educativo, trascendiendo a la gratuidad como sinónimo de ausencia de matrícula al dotar a los estudiantes de los insumos necesarios para el estudio. Con esto se ha logrado disminuir la deserción escolar en el nivel primario a menos del 1% y a nivel secundario se ha disminuido en un 5%. Se espera insertar a niños, niñas y adolescentes que aún se encuentran fuera del sistema escolar, lo que representa un 3% de la población.

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

Como resultados de la implementación de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LODMVLV), debemos mencionar que se han creado 38 Tribunales Especializados en Protección a la Mujer y a la Igualdad de Género, 56 Fiscalías adscritas a la Dirección de Defensa de la Mujer, 56 Despachos Fiscales dependientes de la Dirección de Delitos Comunes y 14 Fiscalías Municipales adscritas a la Dirección de Fiscalías Superiores, registrándose un total de 126 Fiscalías para conocer causas relacionadas con violaciones a los derechos de la mujer. En julio de 2011 fue creada la Dirección de Defensa de la Mujer del Ministerio Público en procura de garantizar con mayor efectividad el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres y sus libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre y hace seguimiento a los casos de violencia de género.

Se está implementando la Ruta institucional de atención a las mujeres afectadas por violencia, labor en la que están involucrados el Ministerio para la Mujer, el Tribunal Supremo de Justicia, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, la Defensoría Nacional de los Derechos de la Mujer del Instituto Nacional de la Mujer, con la cooperación técnica del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) a través del Programa Invertir en Justicia.

A través del servicio 0800-Mujeres se brinda información general, orientación, atención y contención telefónica, las 24 horas del día, los 365 días del año de forma gratuita y confidencial a todas las mujeres del país; recibiéndose entre 2010 y 2011, 16.553 llamadas telefónicas que contemplan asesoría —mayormente— e intervenciones directas. Es necesario acotar que en los inicios de este servicio (año 2000) era exclusivo para los casos de denuncia de violencia intrafamiliar. A partir del año 2008 con la nueva plataforma tecnológica, por el apoyo de la Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de Venezuela y la creación del Ministerio del Poder Popular para la Mujer, las llamadas se han incrementado y diversificado.

Desde finales de 2010 al 2011 se crearon dos unidades de atención ubicadas en el Hospital José Gregorio Hernández y en el Palacio de Gobierno para la atención de casos de violencia y áreas de apoyo como la Dirección de Prevención y Atención de la Violencia contra la Mujer del Instituto Nacional de la Mujer.

Dentro del ámbito comunal en 2011 se crearon en el seno de los Consejos Comunales, 37 Comités Socialistas de Mujeres por una Vida Libre de Violencia como instancias organizativas para la defensa de los derechos de la mujer y existen organizaciones no gubernamentales que apoyan en esta tarea.

Sobre el acceso a la justicia, casos investigados, procesados y sanciones impuestas a los responsables, presentamos a continuación las denuncias recibidas entre 2008 y 2011 por el Ministerio Público, por violación a los derechos de la mujer:

Cuadro 3

Denuncias por violación a los derechos de la mujer

Año

Denuncias (causas) totales

2008

65.118

2009

83.159

2010

83.332

2011

73.047

Total

302.656

Respecto a la protección y apoyo a disposición de las víctimas de violencia, señalamos que entre el 2011 y junio de 2012 se han decretado 25.215 medidas de protección a favor de las mujeres víctimas de violencia.

Con relación a las medidas cautelares estipuladas en la LODMVLV, el Ministerio Público podrá solicitar al Tribunal medidas cautelares. Igualmente el Código Orgánico Procesal Penal estipula medidas cautelares que pueden ser dispuestas contra un presunto imputado de violencia contra la mujer. Entre el 2011 y junio de 2012 se han decretado por aplicación de ambos instrumentos legales 13.315 medidas cautelares.

Sobre las campañas de sensibilización dirigidas a la población en general, a fin de concientizar a la población sobre los efectos negativos de la violencia doméstica, destacamos que el Gobierno Bolivariano ha impulsado la divulgación del contenido de la LODMVLV, con la finalidad de sensibilizar a servidoras y servidores públicos involucrados en las áreas de atención, prevención, recepción de denuncias y procedimientos judiciales, vinculados a la materia de violencia contra la mujer. Estas campañas de divulgación se extendieron hasta las comunidades, formando a 5.606 mujeres durante 2013.

En el área de prevención, se ha buscado difundir y promover información a escala nacional en materia de prevención de la violencia contra las mujeres a través de actividades de animación sociocultural dirigidas a las comunidades, servidoras y servidores públicos del MinMujer y sus entes adscritos, servidoras y servidores de otras instituciones, voceras y voceros de los Consejos Comunales y de las Comunas en Construcción, entre otras poblaciones, a objeto de contribuir a la erradicación de este flagelo. Se considera el proceso de aprendizaje desde la práctica, las experiencias, el razonamiento en el contexto social donde se encuentran, diseñadas para fomentar el sentido crítico de las y los participantes, permitiéndoles tomar conciencia de cómo las experiencias personales están conectadas con problemas sociales de índole más generalizada, a fin de dotar de herramientas intelectuales y emocionales para actuar y cambiar la sociedad, en el marco de la construcción del socialismo feminista. Entre las actividades de prevención se encuentran: charlas, conversatorios, cine-foros, tomas de espacios públicos, distribución de las leyes y materiales informativos y jornadas interinstitucionales integrales.

Artículo 11: derecho a un nivel de vida adecuado

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

Las Misiones Sociales, como política pública del Estado venezolano, se han orientado a garantizar los derechos fundamentales de la población, con énfasis en los sectores más excluidos; mediante ellas las familias se han fortalecido al lograr superar niveles históricos de pobreza, mejorando su poder adquisitivo y por ende la calidad de atención que los progenitores le pueden brindar a sus hijos.

Venezuela alcanzó la meta de reducción de la proporción de personas en hogares en situación de pobreza extrema en el año 2006, al reducir este porcentaje a 11,1%. Para el segundo semestre de 2009, las personas en situación de pobreza extrema descienden a 7,2%, como resultado del aumento del poder adquisitivo de los hogares pobres y la disminución de la desigualdad.

De acuerdo con las cifras recabadas por el INE, la pobreza ha venido descendiendo del 49% en el primer semestre de 1998 al 27,4% de hogares venezolanos en el 2011. El porcentaje de hogares en pobreza extrema también ha disminuido de 21% a 7,3% entre el primer semestre de 1998 y el primer semestre de 2011. El porcentaje de hogares en pobreza extrema estructural era 10,8% para 1998 logrando reducirse en 2014 a 5,4%.

Venezuela pasó durante el Gobierno Bolivariano de un desarrollo humano medio a desarrollo humano alto según las cifras de las Naciones Unidas y del INE. La esperanza de vida al nacer paso de 72 años en 1998 a 75 años en el 2014. La distribución del ingreso mejoró al pasar de 0,486 en 1998 a 0,382, reduciéndose los niveles de desigualdad y siendo el más bajo de América Latina.

La CEPAL ha manifestado que Venezuela es uno de los países de la región que más redujo la desigualdad y la pobreza en la última década; respaldada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) reconoció que Venezuela ocupa el puesto 10 entre los pueblos mejor alimentados del mundo.

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

La CRBV establece en su artículo 82: “Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias”. Además, se da prioridad a las familias de escasos recursos al garantizarles los medios para el acceso a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas.

Asimismo, el derecho a la vivienda se encuentra regulado en una extensa gama de instrumentos, entre los que destacan: Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social; Ley Orgánica de Ordenación Urbanística; Ley Orgánica del Ambiente; Decreto de Regularización de la Tierra en los Asentamientos Urbanos Populares del 2002 con sus distintas modificaciones; Decreto con Fuerza de Ley del Subsistema de Vivienda y Política Habitacional. Esta última fue derogada en 2005, para la entrada en vigencia de la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat (LPVH).

En este sentido, se promulgó la Reforma Parcial del decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, a través de Gaceta Oficial N° 39945, de fecha 15 de junio de 2012, con el fin de responder ante el gran problema habitacional de la población venezolana. Los altos índices inflacionarios que tenía la economía del país habían minimizado la posibilidad de adquirir una vivienda para un importante sector de familias venezolanas, a la cual sólo tenían acceso las clases privilegiadas.

Esta Ley consolida el derecho de las personas a acceder a las políticas, planes, programas, proyectos y acciones que el Estado desarrolle en materia de vivienda y hábitat, siendo la prioridad las familias de escasos recursos y otras poblaciones sujetas de atención especial definidos en esta Ley y en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social. La rectoría del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat está a cargo del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda.

La población indígena se ha visto beneficiada, por su parte, especialmente con la autoconstrucción que a través de los consejos comunales han efectuado de acuerdo a sus costumbres ancestrales, lo cual se inscribe dentro de las políticas de capacitar a las comunidades indígenas para acometer su propio desarrollo urbanístico local. Para esto se ha previsto la formación de microempresas comunitarias para la prestación de servicios básicos y las correspondientes labores de mantenimiento en áreas tales como agua potable, disposición y tratamiento de aguas servidas, electricidad y desechos sólidos, lo cual les permitirá disponer, a corto y mediano plazo, de viviendas y servicios adecuados que contribuyan a mejorar la calidad de vida y la conservación del ambiente.

Por otra parte, el Estado promovió en agosto de 2009 el Plan Barrio Nuevo, Barrio Tricolor que se encarga de la rehabilitación de viviendas que se inicia con la sustitución de techos, aplicación de pintura, reparación de la estructura interna de la vivienda que comprende plomería, electricidad, pisos, distribución de aguas blancas, canalización de aguas servidas, drenajes, torrentes, cominerías y escaleras y por último la remodelación de las fachadas y las vías. Con este Plan se persigue el logro de la dignificación de las familias venezolanas de menores recursos económicos.

Desde 2010 se ejecuta la Gran Misión Vivienda Venezuela planificada para los siguientes años. Es un enorme esfuerzo del Estado venezolano para hacer frente de forma estructural y definitiva al problema de déficit habitacional en el país.

La Gran Misión Vivienda Venezuela alcanzó el 70% de la meta trazada para el período 2011-2012. En todo el país durante el año 2012 se han construido 96.872 inmuebles, de los cuales el Poder Popular ha edificado 48.263 unidades. La cifra representa el gran compromiso asumido por el pueblo organizado para mejorar su calidad de vida. El porcentaje de viviendas inadecuadas (ranchos) en 1998 era el 6,6% para el año 2014 bajó a 4,2%. Desde el 2011 han sido beneficiadas 243.590 familias con la Misión Vivienda Venezuela.

Respecto a la población indígena, se tiene los siguientes logros: dotación a 10.000 familias, de 3.485 viviendas, beneficiando un total de 56.748 personas; construcción de 225 viviendas dignas para los indígenas, en nueve Comunidades Socialistas en el estado Amazonas (La Esmeralda, Betania, Topocho, Muaina, Fruta de Burro, Guamalito, Kumanda, Los Negritos y Las Bombitas); e incorporación de 44 pueblos y 3.101 comunidades indígenas en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, como sujetos de protección especial.

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

Venezuela alcanzó la meta de cobertura de agua potable en el año 2001, al disminuir el déficit de la población no abastecida de agua potable a través de redes al 15,2%. La meta de cobertura de agua servida se alcanzó en el 2005, al disminuir el déficit de la población no abastecida de recolección de aguas servidas a través de redes, al 21,1%.

Más del 90% de la población cuenta con acceso al agua potable. Un área que se ha revelado tradicionalmente como difícil y costosa es la de llevar servicios de agua potable y saneamiento a los sectores más pobres y a los habitantes de sitios apartados, especialmente a la población rural y de nuestros barrios.

Venezuela dispone de una importante infraestructura de captación, potabilización y conducción de agua potable, con una capacidad de producción total de agua suficiente para abastecer a una población de unos 30 millones de habitantes; así mismo, se ha avanzado en la reducción de los niveles de déficit existentes en las necesidades de saneamiento básico.

Para el año 1990, el porcentaje de la población excluida de los servicios de tomas domiciliarias de agua potable fue de un 32%. El compromiso asumido era lograr que para en el año 2015, el 84% de la población estuviese incluida en el servicio antes mencionado. De igual forma, el 48% de la población estaba excluida de la recolección de las aguas servidas a través de las redes; el compromiso era llegar al 76% en el mismo año antes mencionado.

El resultado de las grandes inversiones en obras de infraestructura dan cuenta del incremento de la cobertura de agua potable, a través de las redes domiciliarias entre los años 1999 al 2001, fecha en la que se logra alcanzar el porcentaje de 84,8% de la población total del país, alcanzando con anticipación el Objetivo de Desarrollo del Milenio propuesto para el año 2015 de reducir a la mitad el porcentaje de la población venezolana sin acceso a agua potable estimado en el año 1990. Desde finales de 2005 se incorporó una estrategia muy importante sobre la cuestión del agua, consistente en el financiamiento de proyectos ejecutados por las comunidades, bajo la figura de “mesas técnicas de agua”, las cuales se ocupan de verificar las fallas en el suministro de agua, botes de agua potable o servidas, filtraciones, entre otras.

Además, se ha logrado mantener el ritmo de inclusión de la población al servicio, mejorando los ya existentes, garantizando así que para finales de 2009, que el 95% de la población esté incorporada a los sistemas de abastecimiento de agua potable a través de las conexiones domiciliarias.

Venezuela cumplió con la meta de saneamiento mejorado, al presentar una cobertura del 84,4%, a través del Plan Nacional para Ampliar la Cobertura de Agua Potable y Saneamiento, así como el de garantizar que el agua de consumo humano cumpla con las exigencias establecidas en la normativa vigente y que la recolectada sea devuelta a fuentes naturales bajo los parámetros fijados por el organismo con competencia ambiental.

El presidente Nicolás Maduro anunció el 29 de octubre de 2013 la creación de una Comisión Especial para un plan del Sector Agua Potable y Saneamiento (Sector APS) que jerarquizará los proyectos y planes a mediano y corto plazo con el fin de incrementar la cobertura de estos servicios. El Plan Nacional del Agua (PNA) aspira a incorporar hasta el año 2015 a unos 650.000 nuevos habitantes, lo que representa un 2% de la población, con la meta de llegar al 98% de cobertura que actualmente alcanza al 96% de la población, es decir, más de 27,7 millones de habitantes. El PNA comprende la construcción, rehabilitación, mejora y optimización de las infraestructuras como embalses, plantas potabilizadoras y redes de distribución, así como dotación de vehículos de trabajo con tecnología de punta, dotación a los laboratorios de calidad de agua, capacitación y formación del personal. En total, el PNA contempla la rehabilitación, ampliación y construcción de acueductos 18 sistemas de captación, 181 acueductos rurales, 517 proyectos comunitarios de acueductos y redes a ser ejecutados por la MTA; la rehabilitación o perforación de 427 pozos profundos; la entrega de 200.000 tanques en todos aquellos sectores que hoy tienen servicio por ciclos a Nivel Nacional; la adquisición de 300 camiones cisternas; la adquisición de 200 equipos utilitarios para la reparación oportuna de las averías en los acueductos por parte de las hidrológicas y la procura de 25 equipos para perforación de pozos para fortalecer las capacidades del estado en esta materia.

Las Normas sobre la Calidad del Agua Potable, están publicadas en la Gaceta Oficial Nº 36395 del 13 de febrero de 1998. Dichas Normas establecen los indicadores y parámetros permitidos en los aspectos microbiológicos, organolépticos, componentes orgánicos e inorgánicos, entre otros. En el año 2002 se diseñaron nuevos indicadores, basados en estudios del ámbito mundial y ajustados a las condiciones de nuestro país, estableciéndose tres nuevos indicadores en el efluente de los sistemas de potabilización, a saber: indicador de la calidad organoléptica, definido como el porcentaje de cumplimiento simultáneo de la turbiedad, el color y el pH, indicador cloro residual y el indicador aspecto microbiológico, definido por el cumplimiento de los valores establecidos en norma para los coliformes totales.

Las empresas prestadoras tienen diferentes niveles de sus laboratorios, y determinan la cantidad de muestras a realizar por cada uno de ellos considerando los puntos a muestrear, los parámetros a determinar y las distancias entre los puntos de captación y el laboratorio, para respetar los tiempos máximos de traslado y conservación de las muestras que establecen los Standard Methods for Examination of Water and Wastewater (APHA, AWWA y WEF).

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

El Estado venezolano creó la Misión Alimentación, como parte de una política de dotación alimentaria, la cual ha impulsado programas alimentarios y redes de distribución de alimentos a precios justos en todo el país. El ahorro que beneficia a la población que acude a estos centros de distribución en promedio es de 42% respecto a los precios de otros comercios.

Esta política alimentaria que prioriza a los grupos vulnerables y en riesgo socioeconómico se desarrolla a través de un conjunto de instituciones públicas que se encuentra coordinadas por el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación. Cabe mencionar la Distribuidora Venezolana de Alimentos (PDVAL), de la Fundación Programa de Alimentos Estratégicos, la Empresa Venezolana de Alimentos, el Instituto Nacional de Nutrición (INN), la comercializadora, la Superintendencia Nacional de Silos, Almacenes y Depósitos Agrícolas y la red de Abastos Bicentenarios.

Las redes de alimentación están dirigidas a los sectores más vulnerables de la población y se desarrollan a través de casas de alimentación, cocinas y fogones comunitarios. En todo el proceso de distribución de alimentos, además de contar con una flota estatal de transporte, se han incorporado cooperativas y pequeñas empresas de transporte, que han permitido por un lado facilitar y ampliar el proceso de distribución, y por el otro, generar fuentes de empleos para la población.

Se resalta también el Programa de Alimentación Escolar (PAE), que ha pasado de atender 119.512 niños y niñas en 1998 a 4.352.972 en 2013, lo que representa un incremento del 3.542% y que tiene como propósito esencial garantizar la atención alimenticia y nutricional a la población de niños, niñas, adolescentes y jóvenes estudiantes del Sistema Educativo Bolivariano.

La implementación de estas políticas ha llevado a que durante esta década 5 millones de venezolanos y venezolanas, entre niños, adultos mayores y personas en situación de calle, se alimenten diariamente de manera gratuita. Igualmente, se ha logrado la atención de 12 millones de habitantes a través del subsidio de la red de Mercal en todo el territorio nacional, lo que ha permitido que la ingesta diaria del venezolano sea de 2.790 kilocalorías, lo que representa un incremento de 40% con respecto a 1998.

Estas acciones orientadas a mejorar el acceso a los alimentos, están acompañadas de políticas dirigidas al aumento del poder adquisitivo de la población, donde destacan el incremento del salario mínimo, el decreto de inamovilidad laboral, los subsidios a los productores de alimentos y la regulación y control de precios de los mismos. En su reporte de 2010, la FAO incluyó a Venezuela en la segunda categoría de países con mayor seguridad agroalimentaria, lo que refleja el éxito de las políticas nacionales en materia de acceso y distribución de alimentos.

La disminución a la mitad el porcentaje de personas que padecen hambre es uno de los ODM y es evaluada mediante los indicadores de déficit nutricional (desnutrición global) y prevalencia de la subnutrición. Es importante señalar que Venezuela prácticamente cumplió con esta meta antes del año 2015. Asimismo, la República Bolivariana de Venezuela disminuyó los hogares en pobreza extrema, que pasaron de 21% para el año 1998, a 7,1% en el 2010, todo ello, producto de políticas públicas dirigidas a mejorar la distribución del ingreso y de la riqueza a través de una inversión social histórica en esta década, al pasar de 12.465.054.000 dólares en 1999, a una inversión acumulada de 393.478.011.000 dólares en 2010.

Hoy en Venezuela el 95,4% de los venezolanos comen tres y más veces al día. Más de 4 millones de niños y niñas comen dos comidas y una merienda en las escuelas Bolivarianas y 900.000 personas reciben una comida en 6.000 casas de alimentación. De acuerdo a la Encuesta Nacional de Consumo de alimentos las y los venezolanos están consumiendo en promedio 2.285 kilocalorías. Se ajustó el Ticket de alimentación a la Unidad Tributaria (UT) máxima, es decir de 0,50 UT a 0,75 UT, por día laboral. Es importante mencionar que de acuerdo a la FAO, en Venezuela 4.717.372 personas han dejado de padecer hambre.

Sobre la situación de escasez alegada y las medidas tomadas, debemos señalar que en el marco de la guerra económica desatada por los sectores golpistas de la oposición venezolana durante los dos últimos años, el Gobierno del Presidente Nicolás Maduro ha impulsado una serie de medidas para garantizar la seguridad alimentaria de la población.

Durante el último semestre del año 2013, los precios de los bienes y servicios en Venezuela experimentaron un alza inusitada, reportándose aumentos de hasta un 1.500% del costo real, en rubros que fueron importados al país con divisas a precio preferencial. Este irregular comportamiento tuvo un impacto directo en el índice anual de inflación el cual aumentó desproporcionadamente, en comparación con el mismo semestre del año pasado, sin que tal hecho tenga otra justificación que no sea la de una actuación fraudulenta y al margen de la ley, orquestada por quienes acaparan el mayor volumen de importaciones, las cadenas de distribución e importantes establecimientos comerciales del país. Los abusos flagrantes del poder monopólico en muchos sectores de la economía han originado que la base de acumulación de capital se materialice en esos elevados márgenes de ganancia que implica el alza constante de precios sin ninguna razón más que la explotación directa e indirecta del pueblo.

El Gobierno venezolano, el pasado 6 de noviembre de 2013, anunció un conjunto de medidas económicas para combatir el acaparamiento, la especulación de precios, regular las importaciones y controlar la asignación de divisas a precio oficial.

Las medidas económicas asumidas, se enmarcan en la aplicación del “nuevo orden económico nacional para la transición al socialismo” que conlleva la creación de nuevas instituciones y mecanismos económicos, dirigidos a luchar contra el acaparamiento y la especulación en productos y servicios, mediante la puesta en marcha de seis lineamientos estratégicos, a saber:

a)Operativo especial contra el acaparamiento y la especulación, delitos tipificados en el ordenamiento jurídico venezolano;

b)Fijar precios justos: existe una inflación inducida, creada, que tiene un componente multiplicado de especulación;

c)Creación de nuevos organismos (para la aplicación y regulación efectiva de estos lineamientos);

d)Presupuesto en divisas: se anunció la creación del Presupuesto Nacional en Divisas del Estado, con el fin de “optimizar la inversión de cada dólar que pertenece a la República”. De acuerdo a varios estudios, hay en Venezuela un 30% o 40% de excedente en la entrega de dólares al sector privado;

e)Fórmula productiva, más trabajo: el Presidente de la República convocó a todos los sectores productivos públicos y privados, para proponerles una “fórmula productiva especial” en conveniencia mutua, que garantice el funcionamiento y productividad de todas las empresas;

f)Medidas para estimular el ahorro.

El 19 de noviembre de 2013, la Asamblea Nacional aprobó la Ley Habilitante que permite al Jefe del Estado dictar decretos con rango, valor y fuerza de ley en materias específicas y por un tiempo determinado, con carácter extraordinario. En consecuencia, el 21 de noviembre de 2014, en este marco habilitante, se aprobó la Ley de Costo, Ganancias y Precios y se creó el Centro de Comercio Exterior de Venezuela.

La Ley para el Control de los Costos, Precios, Ganancias y Protección de la Familia Venezolana tiene como objetivo resguardar las libertades económicas y los derechos económicos y sociales del pueblo venezolano, así como ordenar la economía nacional.

A partir de 2014, se inició una gran operación especial cívico-militar contra el acaparamiento, que recorre toda Venezuela, llegando inclusive hasta el último nivel de la cadena productiva y distributiva de todo el país. Miles de toneladas de productos acaparados ilegalmente han sido decomisados y puestos a la orden de las y los consumidores y se realizan constantes inspecciones a las empresas privadas para verificar sus niveles de producción. Igualmente se ha fortalecido la importación de alimentos desde países hermanos para combatir la escasez y la inflación.

También se creó un órgano superior para la defensa y el control de la economía y fueron incorporados los ciudadanos a través de la línea telefónica “0800 sabotaje” para canalizar las denuncias sobre posibles casos de especulación, acaparamiento y cualquier otra acción que atente contra el abastecimiento, entre otras acciones.

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

El Decreto Presidencial Nº 1257 de fecha 13 de marzo de 1996 dicta las Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente. Este Decreto establece los procedimientos para los casos cuando es necesaria una evaluación ambiental previa de las actividades industriales o comerciales susceptibles de degradar el ambiente. Determina los métodos técnicos de evaluación, para verificar el daño ambiental permisible de los programas y proyectos de desarrollo. El cumplimiento de estos procedimientos y métodos dan al inversionista una mayor seguridad legal, cuando las autorizaciones para las actividades propuestas están sometidas a un criterio técnico estricto, determinado por la aplicación de tecnologías transferidas, estudios de impactos ambientales y estudios ambientales específicos, empleados en procedimientos racionales y expeditos.

El 22 de septiembre de 2004 se publica en Gaceta Oficial Nº 38028 el Decreto Presidencial Nº 3110, mediante el cual se dicta el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva Forestal de Imataca (estados Bolívar y Delta Amacuro). El Plan contempla el ordenamiento y uso racional de los recursos y riquezas de una zona de aproximadamente 3.800.000 hectáreas.

Se destacó la Zona de Manejo Especial Forestal Minero con alta presencia de comunidades indígenas que ocupa el 8,2% de la Reserva Forestal de Imataca (307.845,2 hectáreas) con alto potencial forestal y minero, ya que cuenta con importantes depósitos auríferos y metales base. También se contempla el Programa de Resguardo y Permanencia de las Comunidades Indígenas y otros asentamientos humanos, cuyo principal objetivo es procurar los servicios necesarios a las comunidades y proteger su identidad cultural, favoreciendo su capacitación y participación en las actividades económicas, desarrollo de proyectos educativos, de salud, seguridad y de autogestión.

Asimismo, para lograr un desarrollo sustentable en la Reserva Forestal Imataca, sus áreas adyacentes y la Sierra de Perijá, se iniciaron los estudios para la elaboración del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Zona Protectora de Suelos, Bosques y Aguas de las Cuencas de los Ríos Guasare, Socuy y Cachiri del estado Zulia, que nacen en la Sierra de Perijá y en cuyo entorno se cuenta con presencia de comunidades indígenas e innumerables yacimientos arqueológicos y paleontológicos. En la propuesta de Plan, el Ejecutivo Nacional limita la explotación de carbón a las dos concesiones actualmente en operación (Paso Diablo y Mina Norte), con la finalidad de evitar conflictos ambientales, dada la condición estratégica de las cuencas para garantizar el suministro de agua para la ciudad de Maracaibo y su área de influencia. Esta propuesta se encuentra en Consulta Pública para su posterior aprobación.

En el período 2000-2005 se inició el proceso de revisión de la normativa ambiental con miras a su actualización, promulgando la Ley sobre Sustancias y Desechos Peligrosos, publicada en Gaceta Oficial Nº 5554, 13 de noviembre de 2001; la Resolución Nº 40, del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente define sobre Requisitos para el Registro y Autorización de Manejadores de Sustancia, Materiales y Desechos Peligrosos.

A finales de 2005, para organizar la actividad minera en el estado Bolívar, se puso en práctica el Programa de Reconversión de la Actividad Minera, con el objeto de migrar la actividad minera realizada en el río Caroní y en la cuenca de La Paragua hacia la Cuenca del Río Cuyuní, cumpliendo con lo establecido en el Decreto Nº 3110 (7 de septiembre de 2004), el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva Forestal Imataca y demás normativa ambiental vigente.

Artículo 12: derecho a la salud física y mental

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

La CRBV establece:

La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho de acceso a los servicios de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.

Por tanto, las políticas de salud desarrolladas por el Estado se rigen por los principios de universalidad, equidad, solidaridad, gratuidad, participación y pertinencia multiétnica y pluricultural. Las estrategias para hacer efectivas estas políticas han sido:

a)Expandir y consolidar los servicios de salud de forma oportuna y gratuita;

b) Reducir la mortalidad materno infantil y en niños menores de 5 años;

c)Fortalecer la prevención y el control de enfermedades;

d)Propiciar la seguridad y soberanía farmacéuticas;

e)Incrementar la prevención de accidentes y de hechos violentos;

f)Optimizar la prevención del consumo de drogas y asegurar el tratamiento y la rehabilitación de la población afectada.

Venezuela estableció un Sistema público de salud a través de una Red Integrada de Salud, esta se organiza en tres redes diferencias: Red de atención Comunal, Red de Atención Ambulatoria Especializada, y Red de Hospitales. La red de emergencia es transversal a las tres redes mencionadas, constituye la segunda puerta de entrada al sistema y sus acciones se realizan a través del sistema de atención pre-hospitalaria móvil, la central reguladora y los servicios de atención de emergencias en todos los establecimientos según capacidad resolutiva.

Como fue señalado en el Examen Periódico Universal, en 2003 se creó la Misión Barrio Adentro, dando respuesta a las principales necesidades sociales y de salud de la población de las zonas populares y de localidades inaccesibles a cuyos habitantes se les había negado el ejercicio de dicho derecho, rescatando los objetivos de la atención primaria de salud.

La Misión Barrio Adentro funciona en varias modalidades: Barrio Adentro I, que desarrolla la atención primaria en salud; Barrio Adentro II, que amplía los servicios médicos y diagnósticos a través de los centros de diagnóstico integral, las salas de rehabilitación integral y los centros de alta tecnología; y Barrio Adentro III, que tiene como objetivo el fortalecimiento de la red hospitalaria.

El Programa de Barrio Adentro más reciente es el conocido como Barrio Adentro IV. Consiste en el desarrollo de una red de nuevos centros de atención, investigación y formación de talento humano especializado que se inició en el 2006. Para abril de 2013, se han inaugurado un total de 22 nuevos hospitales.

Uno de los grandes logros de la Misión Barrio Adentro es que se ha combinado el acceso a la salud de los sectores históricamente excluidos con un programa educativo para la formación de médicos especialistas Odontólogos Integrales Comunitarios 837 egresados. También se ha incluido la formación de Médicos Integrales Comunitarios (MIC) a nivel de pregrado (seis años). Para diciembre del 2013 han egresado tres cohortes con un total de 16.628 MIC y 21.237 en formación.

Se han equipado los hospitales del país durante el periodo 2006 al 2013: 606 equipos de imagenología, 6.922 equipos de sostén de vida, 7.855 mobiliario clínico, 5.183 instrumentos quirúrgicos, 1.860 equipos de apoyo diagnóstico, 157 equipos de video endoscopia, 1.499 equipos para quirófano y anestesia, 379 equipos para diálisis y 3.799 equipos para cocina.

La Red de Hospitales se organiza en función de dar respuesta a la demanda de las Áreas de Salud Integral Comunitaria con niveles de complejidad médicos y tecnológicos de acuerdo a las necesidades reales de la población, el número de habitantes que debe atender y el perfil epidemiológico local.

El último año se han presentado algunos desafíos para la dotación adecuada de medicamentos en la red de hospitales, producto de algunas distorsiones ocasionadas por sectores políticos que han apostado a la desestabilización del país. Estos hechos han afectado los sistemas de salud, pero el Gobierno Bolivariano se ocupa de forma decidida para que no se ponga en riesgo la salud de todos los venezolanos. Se diseñan en la actualidad planes de seguimiento y control de las redes de distribución de medicamentos. Así mismo, en la actualidad se trabaja de la mano de las empresas del sector salud para identificar las fallas de insumos en el proceso de suministros a los centros de salud. Los planes recientes están dando los resultados esperados para un pleno abastecimiento, tanto en los hospitales, como en la red farmacias del país.

De la misma manera, Venezuela fortalece en la actualidad sus convenios con los países de UNASUR, CELAC, ALBA, Petrocaribe y Mercosur, para la adquisición de medicinas e insumos médicos y la creación de un plan de suministros que beneficie de forma adecuada a toda nuestra población.

Venezuela también ha debido afrontar el contrabando de medicina, hecho que también forma parte del desequilibrio en el abastecimiento. Pero como ya se ha dicho, los planes actuales implican facilitar los trámites a diferentes empresas importadoras de medicamentos para agilizar la llegada de las medicinas a Venezuela y que las mismas puedan ser distribuidas de forma rápida posible a toda la población.

En cuanto a los medicamentos antirretrovirales, el Estado Venezolano ha desplegado un conjunto de acciones contenidas en el Programa Nacional de VIH-SIDA/ITS del Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS), garantizando el acceso universal y gratuito a los medicamentos antirretrovirales y para otras infecciones de transmisión sexual (ITS), reactivos de laboratorio para realizar pruebas, kits de partos y suplementos nutricionales, sin ningún tipo de discriminación. Además se prevé la atención y control prenatal a todas las mujeres en especial a las embarazadas con VIH y se programa la cesárea para evitar la transmisión vertical.

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

La tasa de mortalidad materna ha presentado oscilaciones durante el período 1990-2008. Entre los años 1994 y 2002, se registraron ascensos importantes, ubicándose la tasa en 69,91 y 68,0 por cada 100.000 nacidos vivos registrados, respectivamente. En 2008 la tasa se ubicó en 63,5 por cada 100.000 nacidos vivos registrados, lo cual es un valor alto. Por ello, la atención integral a las mujeres embarazadas ha adquirido una elevada prioridad en el Gobierno Nacional. Las principales causas de los decesos siguen asociadas a los trastornos hipertensivos en el embarazo, complicaciones del parto y en el alumbramiento y abortos inseguros. La mayor proporción de muertes corresponde al grupo de mujeres entre 20 y 39 años (80%).

La Misión Barrio Adentro I (2003), en su etapa inicial dirigida a superar la exclusión en salud, consistió en la instalación y operación de puntos de consultas médicas en los ambientes residenciales, en particular en aquellos lugares más deprimidos económicamente. Estos centros o puntos de salud prestan un servicio completamente gratuito, priorizando la ubicación de los puntos, como se señalaba más arriba, en las poblaciones tradicionalmente empobrecidas y con mayores dificultades para acceder a los sistemas de salud tradicionales.

En la Misión Barrio Adentro II (2005), se desarrolló un sistema de servicios que ha elevado la capacidad de diagnóstico y de Resolución de la primera etapa.

Hasta diciembre del 2013 se han instalado y están operando 562 Centros de Diagnóstico Integral (CDI) que incorporan al sistema de salud 130 quirófanos, 584 Salas de Rehabilitación Integral (SRI). Se encuentran en funcionamiento 35 centros de alta tecnología (CAT) y 72 Centros de la Misión Milagro.

La Misión Barrio Adentro III (2006) consiste en la modernización y adecuación tecnológicas de los hospitales existentes con la finalidad de articularlos con las áreas de salud integral comunitaria, logrando ampliar y consolidar la atención de emergencias y desastres, la unificación de los protocolos de atención y los programas de salud.

Con la Misión Niño Jesús, el Gobierno venezolano impulsa el mejoramiento de la atención a la mujer embarazada, recién nacidos y niños menores de 5 años, en lo que respecta a un parto digno, en condiciones adecuadas, la construcción de Casas de Abrigo Maternal; la creación de los sistemas reguladores para la administración de las ambulancias y los cupos en los centros hospitalarios para la atención a mujeres embarazadas. Para lograr los avances en esta materia, se han realizados diversos convenios de cooperación con organizaciones internacionales, multilaterales, consiguiendo el apoyo técnico para realizar estrategias de intervención, como también para la adquisición de insumos a bajo costo y equipos para los centros de atención estatales. Asimismo, el Convenio Integral de Cooperación que se viene desarrollando con el Gobierno de la República de Cuba desde el año 2000 ha permitido la extensión y el fortalecimiento del Sistema Integral de Salud, haciendo accesible a los sectores más vulnerables de la población.

Entre los objetivos de la Misión Niño Jesús, señalamos: Incrementar la educación para la salud materna infantil con participación comunitaria; identificar el riesgo materno preconcepcional y establecer conductas que lo reviertan o lo aminoren; elevar la calidad de la atención prenatal y perinatal garantizando la adecuada calificación del recurso humano acorde a las necesidades de la misión y del programa, además de crear las estructuras funcionales necesarias para ello; reducir la mortalidad materna directa e indirecta; reducir la mortalidad perinatal con énfasis en su componente neonatal, entre otros.

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

Entre las medidas tomadas para prevenir los embarazos de adolescentes, de 2008 a 2011 se han formado como preventores y preventoras del embarazo temprano a un total de 233.950 adolescentes, correspondiendo el 52% a mujeres y el 48% a hombres.

En Venezuela, se celebra cada 26 de septiembre el Día Mundial de la Prevención del Embarazo Adolescente, dictando talleres de prevención de embarazo a temprana edad, a lo largo de todo el territorio nacional, a fin de erradicar la desinformación sobre los métodos para prevenir enfermedades de transmisión sexual y embarazos no planificados. En ese contexto, el Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social ha capacitado a facilitadores en la materia.

Para el mejoramiento de la salud integral de las mujeres, el Instituto Nacional de la Mujer implementó en el marco del Plan Juana Ramírez la Avanzadora, el proyecto Fortalecimiento Familiar y Comunitario para la Prevención, Atención y Responsabilidad en el embarazo temprano. Se formaron, desde 2012 hasta 2013, 45.930 niñas y adolescentes mujeres como preventoras y 41.448 niños y adolescentes hombres como preventores, con edades comprendidas entre 10 y 19 años, en 499 centros educativos de 20 entidades federales.

Asimismo se impartieron talleres y charlas en las comunidades educativas, como en las instancias del Poder Popular para la promoción de una sexualidad saludable, placentera y responsable, siendo beneficiadas un total de 6.120 mujeres durante 2013.

El país entró en el nuevo milenio atravesado por importantes problemas de salud pública en esta área, entre los cuales se destacan: la prevalencia del embarazo en adolescentes, altas tasas de mortalidad materna e infantil, alta incidencia de morbi-mortalidad por cáncer cérvico-uterino, de mama y de próstata, alta incidencia de ITS y VIH/SIDA en jóvenes, significativos número de niñas, niños, adolescentes y jóvenes víctimas de abuso y explotación sexual, incremento de la violencia doméstica y sexual, entre otros. Son problemas que forman parte de la inmensa deuda social acumulada por gestiones conservadoras en tan importantes temas de interés nacional. La ausencia de políticas de salud sexual y reproductiva coherentes con lineamientos de carácter social basados en los temas de población y desarrollo ha contribuido a la insuficiencia de respuestas integrales del sector público en aspectos claves como la educación y los servicios.

Venezuela mostró una tendencia a la baja en la tasa de fecundidad; sin embargo, el grupo adolescente no mostró el mismo comportamiento, manteniéndose la tendencia al incremento. Esto se explica debido a la prevalencia del embarazo en adolescentes, el cual en distintos estudios ha sido destacado como el principal problema que conjuntamente con la exclusión escolar afecta a este grupo poblacional.

A nivel no formal, la educación sexual ha sido desarrollada a través de programas y proyectos incorporados a capacitación laboral de jóvenes, programas de educación preventiva de jóvenes no escolarizados, orientación a adolescentes, entre otros. Han sido ejecutados por instituciones como Defensoría del Pueblo, MPPE, entre otros, así como por organizaciones sociales y comunitarias del área. Se ha realizado una importante labor de difusión de información y educación a través de programas de formación de promotores y preventores juveniles de salud sexual y reproductiva, orientación a adolescentes, facilitadores de salud, prevención del embarazo adolescente y salud sexual y reproductiva, así como de prevención y atención de la violencia de cualquier tipo (doméstica, extra familiar y sexual).

El MPPE y el MPPS están trabajando en la elaboración de un proyecto para la capacitación de las y los docentes a nivel nacional, que permita contar con conocimientos y prácticas para la difusión de la información sobre sexualidad en las aulas escolares.

También en el marco de los Planes Socialistas del País (2003-2007, 2007-2012, 2013-2019), el MPPS, en coordinación con el sistema de las Naciones Unidas en Venezuela, está desarrollando interesantes proyectos en esta área: Programa de Educación en Salud Sexual y Reproductiva para la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB). Con el objetivo de educar y promover la salud sexual y reproductiva en los alumnos de las diferentes escuelas e institutos, así como la tropa alistada de la FANB, desde el año 2008 se incluyeron los contenidos de salud sexual y reproductiva en los programas de formación de oficiales y centros de adiestramiento militar para tropa alistada y profesional.

Por su parte, el Programa de Promoción y Divulgación en Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos, también impulsado por la Defensoría del Pueblo, tiene como propósito promover una cultura de derechos humanos desde la perspectiva de la sexualidad sana, placentera y responsable. En la actualidad, el Programa se aplica a través de las defensorías delegadas de la Defensoría del Pueblo en todo el territorio nacional y hasta el 2013 se suman 7.954 personas formadas en la materia, de las cuales 2.976 representan profesionales o personas que tienen trato directo con los niños, niñas y adolescentes.

Con relación a las medidas adoptadas para incorporar como parte ordinaria del currículo escolar para adolescentes de ambos sexos, programas amplios y eficaces, adaptados a los diversos grupos de edad, sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos, el Gobierno Bolivariano, a través del MPPE y en cooperación con el UNFPA, desarrolla un conjunto de acciones dirigidas a responder a la necesidad de formar y educar para la sexualidad a niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos garantizando una educación integral y de calidad. Estas acciones están dirigidas a impulsar la formación de la ciudadanía para que ejerzan todos sus derechos, entre ellos, los sexuales y reproductivos, dirigidas igualmente a enfrentar problemas sociales y de salud pública asociados al ejercicio de la sexualidad como el embarazo en la adolescencia y las infecciones de transmisión sexual ITS, incluido el VIH/SIDA.

En nota de prensa publicada el 7 de febrero de 2014, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) hizo referencia a este exitoso programa, en los siguientes términos: “Con el fin de apoyar a la República Bolivariana de Venezuela en sus esfuerzos por reducir la mortalidad y la morbilidad materna y neonatal, en el mes de diciembre del 2013, se han impreso 15.000 ejemplares de la Norma Oficial para la Atención Integral en Salud Sexual y Reproductiva, a través de un esfuerzo colaborativo entre el Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS), la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA)”.

Con la creación y el desarrollo del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva se inició un cambio paradigmático en la asunción de todo lo concerniente a la sexualidad y la reproducción en el Sistema Público Nacional de Salud.

Los instrumentos normativos que se presentan constituyen un importante logro para la garantía plena de los derechos sexuales y reproductivos en Venezuela. Establecen las directrices fundamentales de la Política Pública en Salud Sexual y Reproductiva, así como las competencias y funciones de los niveles administrativos hasta los procedimientos para la atención integral en este ámbito.

La aplicación del pensamiento estratégico para orientar las acciones en salud sexual y salud reproductiva aporta avances sustantivos que implican la atención específica de las necesidades en sus diversas expresiones de acuerdo al género, etapa del ciclo de vida, pueblos indígenas, territorios y clases sociales. De este modo, se presentan innovaciones tales como: la atención de la salud sexual y reproductiva en la infancia y adolescencia, en adultas y adultos mayores, la atención humanizada del parto, la atención de salud sexual y reproductiva del hombre, la promoción de la salud sexual y el acceso a tecnologías anticonceptivas novedosas, la prevención y atención de la violencia doméstica intrafamiliar y sexual, entre otras.

Artículos 13 y 14: derecho a la educación

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

La Ley Orgánica de Educación (LOE) innova al incorporar la educación inicial como nivel dentro del subsistema educativo y la igualdad de género brindando a los niños y niñas igual condición y oportunidad de ejercer una educación de calidad; y garantiza el funcionamiento de las Misiones Educativas en sus distintas modalidades.

En la actualidad el país se encuentra en un proceso amplio y abierto de consulta sobre la calidad educativa que incluye la participación de las y los estudiantes, las y los docentes, el personal administrativo, obrero y la comunidad, con la finalidad de crear propuestas orientadas al mejoramiento de la educación. El ejecutivo nacional ha dado particular interés a este tema, conociendo grandes avances en la década pasada con la implementación de las misiones educativas que implicó la cobertura de grandes masas de población que antes no tenían acceso a la educación.

Se ha creado la Comisión Nacional por la Calidad Educativa (CNCE), presidida por el Ministro del Poder Popular para la Educación e integrada por amplios sectores de la sociedad. La CNCE tiene un carácter temporal, consultivo, interinstitucional, transparente, participativo, plural y técnico. Los debates y las consultas se harán incluyendo los distintos niveles de organización territorial, comenzando por las escuelas, que forman parte de un espacio comunitario, las parroquias, los municipios y los estados.

En la capacitación docente se cuenta con políticas y programas conducentes a su formación continua y permanente, insertado en las líneas y orientaciones curriculares vigentes. En tal sentido, desde el año 2007 se vienen desarrollando programas para la formación posgraduada de los docentes, resultando con 4.016 docentes egresados de cursos de actualización, 617 docentes formados en diplomados, 239 docentes egresados en diversas menciones de Maestrías y 33 docentes formados en doctorados.

Sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso igualitario a la educación de los niños indígenas, afrodescendientes, niños refugiados y solicitantes de asilo, en lo relativo al acceso a la educación los pueblos indígenas, la legislación venezolana ha tenido un desarrollo importante. El Estado venezolano ha impulsado el fortalecimiento del uso de las lenguas indígenas como obligatorio en las escuelas, tanto en su dimensión oral como escrita. Con la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas se dio protección al derecho a una educación propia y en la Ley Orgánica de Educación y su Reglamento se establece el Régimen de Educación Intercultural Bilingüe para las comunidades indígenas.

En lo referente a las distintas modalidades de educación, a través de la modalidad Intercultural bilingüe, se ha avanzado en el desarrollo de la educación propia de los pueblos indígenas, así como en el fortalecimiento y revitalización de sus idiomas y culturas a través de la educación. Esta modalidad tiene como propósito garantizar la educación el contexto de una sociedad multiétnica y pluricultural, con reconocimiento de la diversidad cultural.

Por otra parte, el 28 de julio de 2008 se publicó en la Gaceta Oficial la Ley de Idiomas Indígenas, que ratifica la obligatoriedad de la enseñanza de los idiomas originarios en todos los planteles educativos públicos y privados ubicados en hábitat indígenas, que garantice la educación propia y el sistema educativo bajo el principio de interculturalidad. En ese sentido, y en consonancia con lo promulgado por el Estado venezolano, el MPPE, a través de la Dirección General de Educación Intercultural, genera programas para la atención de la educación integral de los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes, valorando su idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y mitologías entre otros, así como también su organización social, económica, política y jurídica. Todo ello constituye patrimonio de la nación, como fundamento de la interculturalidad en el Sistema Educativo Bolivariano y en el sentido pleno de la venezolanidad.

En cuanto a la alfabetización de los pueblos indígenas se alcanzó un total de 68.495 personas hasta el año 2010, de los cuales 55% son mujeres y 45% hombres. Asimismo para lograr la accesibilidad del derecho, se tradujeron los materiales educativos a las lenguas originarias. Actualmente hay 32.880 indígenas en la Misión Robinson I.

De igual manera, es importante resaltar que para el año escolar 2010-2011 se registraron 656 escuelas indígenas dentro del entorno geográfico de estos pueblos, en los cuales se imparte educación inicial, primaria y media. Las mismas se encuentran ubicadas en los estados Amazonas, Anzoátegui, Apure, Bolívar, Delta Amacuro, Mérida, Monagas, Sucre y Zulia, con una matrícula para el mismo año escolar de 68.520 indígenas. Fuera del entorno geográfico de los pueblos indígenas, se cuenta con una matrícula de 42.331 a nivel nacional, los cuales son atendidos en 604 planteles en el territorio venezolano. El total de la población estudiantil indígena que está actualmente en el subsistema de educación básica, es de 110.085.

Entre las acciones llevadas a cabo para la consolidación de la educación intercultural bilingüe se pueden mencionar:

a)El uso obligatorio de los idiomas indígenas en todas las escuelas públicas y privadas ubicadas en áreas indígenas incluyendo los de zonas urbanas habitadas por indígenas;

b)La construcción y rehabilitación de escuelas indígenas con pertinencia ecológica, cultural y lingüística;

c)La producción y publicación de materiales educativos, impresos y audiovisuales en idiomas indígena y bilingüe;

d)La formación inicial y permanente de docentes indígenas.

En materia de Educación Superior, la Universidad Nacional Experimental “Simón Rodríguez” (UNESR) ha conformado proyectos de líneas programáticas en áreas productivas en cada una de las regiones indígenas, a través de convenios locales, abriendo un proceso de formación dirigido a los estudiantes indígenas en el área de Educación, cuyos primeros egresados trabajan en promover la educación intercultural bilingüe, y diseñan un proceso de especialización en el área de postgrado. Asimismo, suscribió un Convenio de Cooperación Estratégica, Académica y de Investigación con el MPPPI.

La Universidad Bolivariana de Venezuela ha dado prioridad a la inclusión de los pueblos indígenas, siendo ejemplo la Aldea Universitaria de Pendare que favorece a comunidades de la etnia Pemón de una zona selvática del estado Bolívar. Entre los programas con más avances se encuentran: los Programas de Formación en Educación, Agroecológica, Gestión Ambiental y Desarrollo Social, que se imparte de manera semi­presencial en la comunidad de Kavanayén. También un alto porcentaje de indígenas de la etnia Pemón conforman la matrícula de la Aldea Universitaria Gran Sabana, la primera en crearse en el país, situada en Santa Elena de Uairén, estado Bolívar. Mientras, en la Misión Sucre para el 2010 se encontraban incorporados 10.047 estudiantes correspondientes a población indígena.

La Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (UNEFA) desarrolla programas especiales dedicados a las poblaciones indígenas y ha dejado atrás un pasado de exclusión, como aporte e integración con las comunidades y con los más necesitados.

En la actualidad la Universidad Indígena de Venezuela cuenta con una población estudiantil de 240 estudiantes, de los cuales un 70% lidera proyectos productivos en sus respectivas comunidades, dado que ya ha culminado su trayectoria académica.

Por otra parte, respecto a los derechos de las personas con estatus de refugiados, la CRBV garantiza el derecho al refugio a todas las personas extranjeras necesitadas de protección internacional, y en particular los derechos de los niños, niñas y adolescentes solicitantes refugio. La Ley Orgánica sobre Refugiados o Refugiadas y Asilados o Asiladas (LORRAA), garantiza de manera especial la protección de los niños refugiados y niñas refugiadas.

Venezuela ha tomado medidas muy positivas para la realización del derecho a la educación. El establecimiento del derecho a la educación sin restricciones en todos los niveles por la Constitución de 1999, así como la obligación explícita de las Escuelas de admitir niños indocumentados, se ve reflejada en el artículo 103 de la CRBV.

En cuanto al tema de la documentación, es de ordinario que la población menor solicitante de refugio reciba de manera inmediata su Documento Provisional que le permite acceder oficialmente al aparato educativo nacional en todos sus niveles, y al resto de sus derechos en nuestro país, tales como salud, deporte, cultura y esparcimiento que se ofrecen de manera gratuita por el Gobierno Bolivariano.

En el marco de la Coordinación Nacional de Políticas Públicas para Población Refugiada, iniciativa única en el mundo reconocida por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), ha sido posible contribuir al acceso oportuno de la población solicitante de refugio y refugiada a derechos fundamentales y otros de interés para elevar su nivel de vida.

Artículo 15: derechos culturales

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

La Ley Orgánica de Educación orienta sus acciones hacia el reconocimiento jurídico no solo de la educación en general sino también de la educación intercultural bilingüe de los pueblos indígenas y de las comunidades afrodescendientes, así como al fortalecimiento y revitalización de sus idiomas y culturas a través de la educación, basado en el principio de la interculturalidad como principio rector y operativo en el sistema educativo venezolano, en todos sus niveles y modalidades, lo que supone la inclusión en el mismo de todos los pueblos indígenas y afrovenezolanos, sin menoscabo de sus especificidades.

La Ley de Idiomas Indígenas fue promulgada con la finalidad de preservar el acervo cultural lingüístico, por medio de la ejecución de políticas lingüísticas por parte del Estado. El MPPE coordina la traducción de textos educativos y legislativos a los diferentes idiomas indígenas con el fin de la puesta en ejecución del mandato constitucional de una educación intercultural bilingüe. Los materiales educativos tanto impresos como audiovisuales, escritos en sus propios idiomas para la primera y segunda etapa de la educación básica, son distribuidos en las etnias mencionadas, así como la traducción de la CRBV a esas mismas etnias y también al idioma Wayuunaiki del estado Zulia, mediante la cooperación con el PNUD.

La conformación de los Consejos Regionales de Educación, Cultura e Idiomas promueven el uso de los idiomas indígenas a través del uso de los textos escolares y de otros documentos públicos nacionales e internacionales referentes a temática indígena, que el Estado tiene la obligación de traducir y para lo que cuenta con un equipo de traductores indígenas que se han formado para realizar estos trabajos.

De igual manera, el Estado garantiza la presencia de intérpretes en los actos oficiales de los estados y municipios con población indígena. La plenaria de la Asamblea Nacional acordó por unanimidad en 2009 la celebración del Día Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo los días 9 de agosto de cada año.

También se destaca la Ley de Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas, sancionada en el año 2009, que tiene por objeto establecer las condiciones para identificar, salvaguardar, preservar, rescatar, restaurar, revalorizar, proteger, exhibir y difundir el patrimonio cultural de los pueblos indígenas; y la Ley del Artesano y Artesana Indígena, que tiene por objeto garantizar los derechos de los artesanos y artesanas indígenas, así como proteger, fomentar, promover, organizar y fortalecer la actividad artesanal indígena en todas sus fases, a fin de lograr su bienestar integral y de sus familias.

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

Entre las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar el acceso asequible a Internet por las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, incluso en las zonas rurales, se señala, la instalación de Mesas Técnicas de Telecomunicaciones, lo que ha permitido la participación de comunidades organizadas y otras organizaciones, en aras de buscar en conjunto con el Estado, propuestas para soluciones de servicios de telecomunicaciones en materia de instalación de nodos, telefonía pública, centro de comunicaciones comunales, radio base, y conexión satelital.

Con el objetivo de garantizar el acceso de la población estudiantil universitaria a las tecnologías de información, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, aprobó la inclusión de este sector en el Proyecto Canaima Educativo, mediante la entrega de equipos de computación tipo tabletas en enero de 2014. El Proyecto Canaima ha representado un avance en la meta de la independencia tecnológica venezolana, ya que permite fomentar el uso de un sistema operativo libre desarrollado por talento nacional. Para su uso, es necesaria la conexión a Internet inalámbrico, por lo que el proyecto también contempla crear espacios con red Wi-Fi dentro de las casas de estudio. La inversión total se estima en 2.700 millones de bolívares.

Asimismo, Venezuela cuenta con 863 INFOCENTROS de los cuales 120 se han transferido a la comunidad organizada. Cada INFOCENTRO dispone de 10 ordenadores con conexión a Internet a disposición de la comunidad en la que se encuentra. Los voluntarios, conocidos como facilitadores, se encargan de gestionar el centro, atender a los usuarios y adaptar el centro a las necesidades de cada comunidad. El programa busca que la formación, que la conectividad, que el uso de las computadoras tengan sentido propio para cada comunidad, teniendo sentido para su población local. Los Info Móviles alcanzan un 89% de cobertura territorial.

La red de centros se ha extendido de modo que da servicio a zonas periféricas, es decir, a aquellas a las que los avances tecnológicos llegan más tarde o simplemente nunca acaban de llegar. Esto incluye zonas rurales, indígenas, fronterizas, o barrios social y económicamente deprimidos de grandes ciudades. Los usuarios son tanto niños y niñas, como adultos, mayores, personas con discapacidades e incluso población reclusa. El satélite Simón Bolívar, lanzado a finales de 2008, permite dar cobertura a todo el territorio nacional.

Entre otros avances, ha permitido el uso de la educación para el desarrollo del conocimiento en materia de software libre, además de las 72 Brigadas Comunicacionales extendidas en todo el país, con la finalidad de articular y organizar la acción comunicacional, a través de disciplinas como muralismos, proyectos audiovisuales, radiales, impresos, según la potencialidad de cada comunidad.