Naciones Unidas

E/C.12/SLV/6

Consejo Económico y Social

Distr. general

2 de diciembre de 2019

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Sexto informe periódico que El Salvador debía presentar en 2019 en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto * , **

[Fecha de recepción: 31 de octubre de 2019]

Introducción

El Gobierno de la República de El Salvador en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, presenta al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la actualización del Sexto Informe Periódico.

El presente informe atiende las observaciones finales del Comité sobre los informes periódicos tercero, cuarto y quinto combinados de El Salvador (E/C.12/SLV/CO/3-5) y lo señalado en la compilación de directrices relativas a la forma y el contenido de los mismos, (HRI/GEN/2/Rev.6); y las directrices sobre los documentos específicos con arreglo a los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/2008/2).

La información contenida es el resultado de la consulta con instituciones estatales (Anexo 1).

Los planes y programas contenidos en dicho informe constituyeron la base para el desarrollo del Sistema de Protección Social Universal, cuyo propósito es avanzar en el corto, mediano y largo plazo, en la solución de los principales problemas sociales que afectan al país, especialmente la pobreza, la desigualdad de género y la exclusión social.

En el ámbito educativo, se amplió la cobertura, se doto de paquetes escolares y alimentación escolar. En el ámbito de la salud pública, se desarrolló la reforma integral del sistema de salud, que acerco los servicios a la población en todo el territorio nacional. En el ámbito agrícola se impulsó la agricultura familiar, las semillas mejoradas y la concesión de la tierra. Así mismo, se impulsaron planes y proyectos para mejorar las artes y la cultura en sus distintas expresiones y se ejecutaron acciones para mantener y restaurar el patrimonio cultural.

Se presenta al Honorable Comité la actualización del informe sobre la situación de El Salvador, respecto de la aplicación de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Artículo 1

Párrafo 1, artículo 1

El Estado Salvadoreño reconoce el principio de libre determinación de los pueblos; reconociendo que en su territorio conviven varias culturas, entre ellas los pueblos indígenas Lencas, Cacaoperas y Nahua pipiles.

En seguimiento a la observación numeral 7 ( E/C.12/SLV/CO/3-5), se informa que en junio 2014, la Asamblea Legislativa ratificó el acuerdo de reforma al Art. 63 de la Constitución de la República, que establece: “El Salvador reconoce a los pueblos indígenas y adoptará políticas a fin de mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores y espiritualidad”; dando lugar a la creación de la Ley de Cultura, la Ley de Fomento, Protección y Desarrollo del Sector Artesanal (2016).

En el ámbito local se promovieron 6 ordenanzas municipales (Nahuizalco, Izalco, Cuisnahuat, Santo Domingo de Guzmán, Panchimalco y Conchagua) que reconocen la libre determinación de los pueblos indígenas (Ordenanza de Panchimalco, Art. 23). En octubre 2018, la Asamblea Legislativa decretó al Municipio de Tacuba, Ahuachapán, “Territorio de Comunidades Indígenas”.

En Noviembre de 2017, representantes Indígenas presentaron el Anteproyecto de Ley de los Derechos de los Pueblos Indígenas a la Asamblea Legislativa, el cual se encuentra en estudio.

Se informa que el ámbito de derechos económicos, sociales y culturales se encuentran regulados en el Art. 3, de la Ley de Cultura y las 6 ordenanzas municipales antes mencionadas. Asimismo, los derechos culturales son reconocidos en el Art.8 y 9 de la Ordenanza de Panchimalco. Además la Política Pública para los Pueblos Indígenas (PNPI) y el Plan de Acción Nacional de Pueblos Indígenas (PLANPIES), definen estrategias y lineamientos de Desarrollo Social, Económico y Cultural para este grupo poblacional.

El Estado informa que la Dirección General de Estadísticas y Censos (DIGESTYC), ha propiciado consultas a organizaciones de los pueblos indígenas para la definición de los contenidos del próximo VII Censo de Población; y realizó en 2018, un Censo piloto de población y vivienda en Cacaopera, Morazán, obteniendo un registro de 9,377 habitantes que se auto-derterminan como población indígena. (Anexo2).

Entre 2009-2016, el Ministerio de Salud (MINSAL), mediante la Ficha Familiar, registró un total de 31,199 familias, del cual el 5.41% se autodeterminó como indígenas (Anexo 3 y 4); y la Dirección General de Economía Agropecuaria y Ministerio de Cultura (MICULTURA), registró a 4,270 productores, de ellos 113 productores (2.6%) pertenecen a un pueblo indígena.

El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT) cuenta con el Censo Escolar del Sistema Regular aplicado a las instituciones educativas públicas y privadas cada año; que registra a estudiantes de la población indígena; así mismo, el Registro Único de Participantes de Programas Sociales (RUP), registró un 1.5% de las personas perteneciente a un pueblo indígena, siendo el pueblo con mayor predominancia el Nahuat-Pipil (67%).

Párrafo 2, artículo 1

La Constitución de la República de El Salvador, en su Art. 1, establece que “todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales…”; el Art. 2 establece que “toda persona tiene derecho a la propiedad y posesión”; y el Art. 22 establece: “Toda persona tiene derecho a disponer libremente de sus bienes…sin distinción de raza, sexo, religión y etnia”.

Respecto a observación numeral 27 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, sobre mecanismos que reconozcan los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras y recursos, se informa que la PNPI y el PLANPIES contemplan acciones que promueven el acceso a la tenencia a la tierra.

La Política Pública para Pueblos Indígenas, vislumbra dentro de sus líneas, la garantía de la protección jurídica, el acceso y tenencia de la tierra; y la Ordenanza de Panchimalco establece la protección y asesoría necesaria para la utilización de la tierra.

La Política Nacional para el Desarrollo Integral de las Mujeres Rurales, Indígenas y Campesinas de El Salvador 2018-2030, incluye líneas estratégicas respecto al derecho a la tenencia de la tierra, soberanía alimentaria y participación ciudadana. Así mismo, la Ley del Régimen Especial de la Tierra en Propiedad de las Asociaciones Cooperativas, Comunales y Comunitarias, campesinas y beneficiarios de la Reforma Agraria, establece como su objetivo consolidar el proceso de Reforma Agraria y garantizar la seguridad jurídica en la propiedad de la tierra.

La Ley de la Cultura reconoce en su Art. 32, la “participación de los pueblos indígenas en la adopción de decisiones sobre cuestiones que afecten sus derechos”. Así mismo, las seis ordenanzas antes mencionadas, incluye el derecho a la consulta libre, previa e informada, relacionada con la tierra, territorio, recursos naturales y medioambiente (Art. 23). Para ejemplificar los avances del Estado Salvadoreño sobre los procesos de consulta con los pueblos indígenas, se menciona el PLANPIES, el PNPI, la Política Nacional para el Desarrollo Integral de las Mujeres Rurales, Indígenas y Campesinas; y Política Nacional de Salud para Pueblos Indígenas, todas del 2018.

Sobre el proceso de adhesión al Convenio Nº 169 de la OIT (observación 27 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5), el Estado salvadoreño informa que dicho proceso se encuentra en consulta con las instituciones gubernamentales para promover la adhesión al mismo.

Artículo 2

Párrafo 1, artículo 2

El Estado Salvadoreño reconoce que el apoyo que recibe de la cooperación constituye un complemento elemental para la realización de programas y proyectos nacionales; y para el cumplimiento de compromisos de país en materia económica, social y cultural.

Durante el quinquenio se canalizaron recursos de cooperación para 47 proyectos orientados al trabajo en el área económica, social y cultural, con un monto de financiamiento para el período 2014-2018, de aproximadamente US$ 181,252,245.23 millones de dólares, destinados al Desarrollo Humano del País y combate de las principales desigualdades Sociales (Anexo 5).

Párrafo 2, artículo 2

El gobierno salvadoreño promueve la inclusión social como estrategia prioritaria para la erradicación de prácticas sociales e institucionales discriminatorias, que niegan la igualdad de oportunidades y de trato, para impactar en la disminución de la desigualdad por razones de género, orientación sexual, edad, pertenencia étnica, discapacidad, origen nacional, entre otras.

El Estado salvadoreño cuenta con diversos cuerpos normativos, encaminados a disminuir la discriminación y exclusión de las personas en condiciones de vulnerabilidad: Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres (LIE), el Art. 63, de la Constitución de la República; la Ley de Desarrollo y Protección Social, el Plan Nacional de Desarrollo, Protección e Inclusión Social 2014-2019, y la Estrategia de “Erradicación de la Pobreza” (junio 2017).

También, el Decreto Ejecutivo No. 56,orientado a evitar toda forma de discriminación en la administración pública, por razones de identidad de género y/o de orientación sexual. Para su implementación se creó el Índice de Inclusión Institucional LGBTI.

Párrafo 3, artículo 2

El Art.96 de la Constitución de la República, establece: "Los extranjeros están obligados… a respetar a las autoridades y a obedecer las leyes, y adquirirán derecho a ser protegidos por ellas", además la Ley de Extranjería, de 2019 (Decreto Ejecutivo Nº 299), garantiza diferentes derechos a los no nacionales, "… gozarán de los mismos derechos, que los nacionales y estarán sujetos a las mismas obligaciones" (Art. 12), incluyendo los derechos económicos.

El Código de Trabajo (Art. 11), y Ley de Extranjería(Art. 25), establece que los extranjeros gozarán de la misma libertad de trabajo que los salvadoreños, sin más limitaciones que las establecidas en la ley.En ese marco, la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) suscribió convenio de cooperación con el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) en 2017, para el otorgamiento de residencia temporal de trabajo a personas migrantes.

Respecto a las pensiones, el Art.7 de la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP) establece que los extranjeros empleados en el país o que residan y desempeñen actividades independientes deben, los primeros y pueden, los segundos, incorporarse al sistema vigente. Sobre derecho a la propiedad, la Constitución de la República, Art.109, considera que "la propiedad de los bienes rústicos no podrá ser adquirida por extranjeros en cuyos países de origen no tengan iguales derechos de los salvadoreños, excepto cuando se trate de tierras para establecimientos industriales (…)".

Sobre el comercio, la Constitución de la República en su Art.115, establece que el comercio, industria y la prestación de servicios en pequeño son patrimonio de los salvadoreños por nacimiento y de los centroamericanos naturales, por lo que los extranjeros quedan excluidos de esta categoría en cuanto a protección del Estado, pero si pueden ejercer el comercio de acuerdo a las leyes de la materia (Código de Comercio).

En cuanto al acceso a programas de vivienda nacional, los extranjeros deben legalizar su permanencia en el país y disponer de documentos de identificación nacional y cumplir como sujetos a las retenciones de Ley.

Artículo 3

Párrafo 1, artículo 3

Respecto a legislación en materia de protección de derechos de las mujeres, se tiene: Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres (LIE); Ley Especial Integral para una vida libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), Plan Nacional de Igualdad (2016-2020), Plan de Acción de la Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2016-2021). Asimismo, se cuenta con los siguientes mecanismos: Sistema Nacional para la Igualdad Sustantiva (SNIS); y la Comisión Técnica Especializada (CTE), los cuales son responsables de la implementación y operativización de las leyes y los planes antes mencionados.

En el área cultural, el ISDEMU suscribió Convenio de Cooperación con MICULTURA (2016), para desarrollar acciones que visibilicen los aportes de la mujer en la cultura; además, diseñó campañas publicitarias y propuestas artísticas libres de estereotipos que fomenten la discriminación contra las mujeres. El MINEDUCYT, para prevenir y atender casos de violencia en los centros escolares ha creado la plataforma salve@mined.gob.sv, que permite a la comunidad educativa denunciar o avisar cualquier tipo de violencia la cual es canalizada a los organismos de seguridad pertinentes.

En el área de educación, se reformo la Ley General de Educación y la Ley de la Carrera Docente, acelerando los procesos de formación para prevenir violencia de género dentro del sistema educativo. Asimismo, ISDEMU cuenta con la Escuela de Formación para la igualdad Sustantiva (EFIS), institucionalizando una política de formación profesional de servidoras(es) públicos y otros, para sensibilizar sobre las desigualdades de género y la discriminación contra las mujeres; a mayo de 2018 ha formado 6,451 personas.

El Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP) lanzó la campaña “Decídete a Crecer”encaminada a estimular la incorporación de más mujeres en áreas de estudio no tradicional; y avanza en el diseño curricular con enfoque de género para los diferentes programas formativos.

En el área Social,se cuenta con propuesta de Política Nacional Integrada de Cuidados con enfoque de género que está en proceso de aprobación. En el área de acceso a justicia,se crearon los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Discriminación y Violencia para las Mujeres 2016 (Anexo 6); y en el área Laboralse ha implementado la estrategia Sellos de Igualdad Laboral (2017) para avanzar en la transversalidad de género empresarial.

Se creó la Gerencia de Estadísticas de Género de DIGESTYC (2016). La Defensoría del Consumidor instaló un observatorio de Publicidad No Sexista; y en 2018 se desarrolló la Iniciativa Spotlight, una estrategia para superar la violencia de género. Además, la Ley Especial de Migración y Extranjería, mandata dentro de su contenido, que no pueden establecerse restricciones basadas en diferencias de sexo, orientación sexual e identidad de género.

Párrafo 2, artículo 3

El Estado Salvadoreño cuenta con una normativa nacional para la igualdad de género: la LIE y la LEIV; para operativizar esta normativa,se cuenta con instrumentos de implementación, seguimiento y monitoreo, que son: el Plan Nacional de Igualdad y Equidad para las Mujeres Salvadoreñas, (2012-2016) y el Plan de Acción de la Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia 2016-202.

En noviembre de 2015 se presentó el informe de avances del Plan Nacional de Igualdad y Equidad para las mujeres salvadoreñas, registrando avances en el funcionamiento del SNIS y el funcionamiento de la EFIS. En octubre 2016 se presentó el Plan Nacional de Igualdad actualizado, el cual incorpora una estrategia de transversalidad del principio de igualdad y no discriminación; y para el mismo año se ampliaron los Tribunales y Cámara Especializada para una Vida Libre de Violencia y Discriminación contra las Mujeres.

En cumplimiento a la LIE, el número de instituciones que poseen mecanismos para la igualdad, están: 66 Unidades de Genero en instituciones de los tres Órganos del Estado; 30 cuentan con Políticas Institucionales de Género, 20 con Planes Institucionales de Igualdad, 57 con presupuestos específicos para la igualdad. A nivel municipal 192 alcaldías de un total de 262 cuentan con Unidad Municipal para la Mujer.

Dando seguimiento a la observación numeral 10 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5,seinforma que la Ley de Partidos Políticos, dispone que éstos deben integrar en sus planillas una cuota del 30% de participación de mujeres para elecciones en la Asamblea Legislativa, Parlamento Centroamericano y Consejos Municipales; asimismo, el artículo 120 del Código Municipal, dispone la participación de al menos un 30% de mujeres en las asociaciones comunales .

En 2017 el Grupo Parlamentario de Mujeres (GPM), el Tribunal Supremo Electoral (TSE) é ISDEMU presentaron propuesta de reforma a la Ley de Partidos Políticos y Código Electoral, que considera la alternancia entre mujeres y hombres para elecciones en Asamblea Legislativa, Parlamento Centroamericano y Concejos Municipales.

El ISDEMU junto al TSE, en 2017 firmaron un convenio que promueve el principio de igualdad y no discriminación, y una vida libre de violencia para el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres. Estos mismos, junto al GPM promovieron el “Pacto por la participación política de las mujeres libre de violencia y discriminación” (2017) y el “Pacto por la garantía de los derecho de las mujeres” (2018). Asimismo, el ISDEMU promovió la Declaratoria “Más Mujeres más Igualdad” 2018 realizado en los departamentos de San Salvador, Santa Ana, Chalatenango y La Libertad.

Se registra un incremento en la participación de mujeres en cargos de decisión al interior del ejecutivo, pasando de 15.4% en el período 2019-2014 a 35.9% en el periodo 2014-209. Se ha promovido el ejercicio ciudadano, por medio de los Consejos Consultivos y de Contraloría Social, 232 lideresas participan en los 13 Consejos consultivos departamentales y 1,964 se articulan en los 95 Concejos Consultivos municipales.

En lo referente al combate de estereotipos de género,el ISDEMU ha desarrollado estrategias de promoción de una cultura social e institucional para la igualdad: campañas de sensibilización; eventos culturales que visibilizan el papel de las mujeres en la historia nacional, la cultura y el desarrollo social y científico; divulgación de lineamientos de cultura para la igualdad que combate el sexismo y estereotipos de género en las campañas publicitarias y propuestas artísticas culturales, entre otros. Además, el Área de Participación Política y Ciudadana de las Mujeres de la Rectoría de Igualdad Sustantiva junto con las Oficinas Departamentales ha desarrollado acciones para el “fortalecimiento de la ciudadanía activa de las Mujeres” en los 14 departamentos, por medio de ejercicios formativos en diferentes temáticas sobre los Derechos Humanos de las Mujeres; y procesos de contraloría social con las diferentes instituciones del Estado y gobiernos locales.

Sobre la sensibilización para igualdad de oportunidades en la carrera profesional,el MTPS ha impulsado acciones para erradicar estereotipos de género en la formación profesional y el empleo, por medio de campañas: “Decídete a Crecer”, “Igual Trabajo Igual Salario”, “Empleo decente Libre de Violencia para las Mujeres”; cursos de formación vocacional impartidas por Ciudad Mujer, y la Alianza para la igualdad de género en el ámbito laboral promovido por el MINEC-ISDEMU-MTPS.

Artículos 4 y 5

Se agradece al Comité remitirse a la versión actualizada del documento base, presentado junto al V y VI Informe de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Artículo 6

Párrafo 1, artículo 6; literal a) y b)

En 2017 se aprobó la Política Nacional de Empleo Decente 2017-2030, orientada a generar un empleo digno, que incluye a grupos poblacionales vulnerables (mujeres, jóvenes, colectivos LGBTI, personas con discapacidad y pueblos indígenas).

Se informa del Sistema Nacional de Empleo (SISNE), que cuenta con una estrategia de articulación interinstitucional que responde a las necesidades de empleo y autoempleo (Anexo 7). El SISNE colocó entre 2014-2018 un total de 70,249 personas (33,346 mujeres y 36,903 hombres), el 73.50% son jóvenes entre 18 y 29 años, y el 2.42% son personas con discapacidad.

Se informa del programa de empleo y empleabilidad joven, cuya implementación en el periodo 2017-2018 resultó en un 72.77% del total de personas colocadas en el mercado laboral, 26,652 personas eran jóvenes (Informe de cumplimiento de Plan Quinquenal de Desarrollo 2014-2019). Además, a través del Módulo de Autonomía Económica del Programa Ciudad Mujer, entre 2014-2018 se brindaron 469,636 servicios a mujeres, en los ámbitos laborales, ingresos, bienes y servicios para su empleabilidad.

En lo referente a pueblos indígenas, la Ley de fomento, protección y desarrollo del sector artesanal, promueve la participación del sector artesanal en los mercados nacionales e internacionales; la Política Pública para los Pueblos Indígenas contempla acciones afirmativas en el área laboral; la Ordenanza de Panchimalco contempla programas de protección de los derechos laborales; y el MAG ha implementado el Programa de Competitividad Territorial Rural, para la generación de empleos, ingresos, para pequeños productores, entre ellos pueblos indígenas.

Respecto a personas adultas mayores, la Política Pública de la Persona Adulta Mayor (objetivo 7), contempla la sostenibilidad económica, a través del acceso a línea de créditos y capacitación para fomento de proyectos de emprendedurismo, proyectos productivos, formación de cooperativas y asociaciones.

Asimismo, el MTPS cuenta con bolsas de empleo en los 14 departamentos del país y un sistema de intermediación laboral que en 2017 registró 1,376 personas con discapacidad; dicho registro facilita a los gestores empresariales del MTPS, realizar visitas a las empresas y promover la empleabilidad de personas con discapacidad; además, se realizan ferias de autoempleo.

Sobre la observación numeral 12 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa de la implementación de medidas para eliminar la brecha salarial y la promoción de la mujer en el mercado de trabajo, como: creación de la Comisión de Autonomía Económica del SNIS; implementación “Sello de Igualdad de Género” en el ámbito laboral; las campañas“ Igual trabajo, igual salario” y “Empleo decente libre de violencia para las mujeres”; y el “Plan Especial para la verificación a la brecha salarial” del MTPS (Anexo 8).

Referente a la educación, se ejecuta la política de equidad e igualdad de género de la cual se derivan los procesos de formación para educadoras(es), orientado a la construcción de un modelo de educación inclusiva no sexista (2018). El INSAFORP elaboró la Política de formación profesional en carreras no tradicionales y la implementación del Programa de becas para el acceso de mujeres a carreras técnicas de la Universidad el Zamorano y Escuela Nacional de Agricultura Roberto Quiñonez y otras acciones (ver párrafo 44 y 45).

Párrafo 2, artículo 6

Según la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (EHPM 2018), la Población Económicamente Activa (PEA), está constituida por 3,004,990 personas.

El 1% son trabajadores de los servicios o vendedores de comercio y mercados, el 23.8% trabajadores no calificados y el 14.5% como oficiales, operario o artesanos. Además la tasa de subempleo urbana es de 33.2% (siendo el 5.7% subempleados visibles o por insuficiencia de horas y el 27.6% como subempleados invisibles o por ingresos).

En ese marco, la Política Nacional de Empleo Decente contempla el eje del tránsito a la formalidad, fomentando micronegocios formales y jurídicamente legalizados, con apoyo económico. Además, el MTPS, representantes de diversos sectores productivos y entidades del país, suscribieron un Pacto Nacional por el Empleo (2018), orientado a la promoción de la formalización.

Sobre la observación numeral 11 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, mediante Programa de formalización del SISNE, se realizaron acciones para generar oportunidades en el mercado laboral y se proporcionó asistencia técnica y acceso a recursos financieros, permitiendo el paso de un trabajo informal a un empleo decente.

Párrafo 3, artículo 6

En cuanto a los despidos sin causa justificada, el trabajador tiene derecho a que el patrono lo indemnice (Art.55, 58 y 59 del Código de Trabajo). En el caso de despidos de mujeres embarazadas o directivos sindicales se regula en Art. 8 del mismo.

Para la garantía y cumplimiento de la Legislación Nacional Laboral se tiene: el Sistema Nacional de Inspecciones de Trabajo (SNIT), que brinda solución a diferencias individuales y colectivas de trabajo, logrando acuerdos económicos para beneficio de los trabajadores(as) (Anexo 9 y 10).

La Dirección General de Inspección del Trabajo (DGIT) implementó el plan permanente de verificación de derechos laborales de mujeres, recibiendo entre 2014-2017, 480 denuncias por despidos injustificados de mujeres embarazadas (Anexo 11), de las cuales se reinstalaron a 70.

En el caso de despidos masivos por cierre de operaciones de una empresa, el MTPS, inspecciona y media para buscar un acuerdo económico para los afectados.

En 2018 el MTPS realizó un total de 2,872 inspecciones y re-inspecciones, dando cobertura a 69,793 trabajadores(as), siendo 30,274 mujeres y 39,519 hombres. Del total de inspecciones realizadas, se recuperó un monto en dólares de $437,019.74 (Anexo 12); incluyendo a mujeres trabajadoras embarazadas (Anexo 13).

Párrafo 4, artículo 6

El MTPS para mejorar la competitividad y las habilidades de la juventud para el trabajo, ha otorgado a la fecha 1,340 becas en ofimática, inglés y formación especializada en Marinos Mercantes; así mismo, en 2015 suscribió Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional con INSAFORP para potenciar la formación profesional y la inserción laboral en concordancia con el mercado laboral. Ambas instituciones han implementado el Programa de Desarrollo Integral de Jóvenes orientado al fomento de la inserción social y productiva.

Sobre la observación numeral 09 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, la Política Nacional de Empleo Decente considera acciones positivas para las personas con discapacidad. Se reporta que a través de las bolsas de empleo se atendieron, entre 2014- 2017, un total de 1,376 personas con discapacidad, 387 mujeres y 989 hombres. Además, en seguimiento al cumplimiento de la Ley de Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, en el mismo periodo; se impusieron multas por incumplimiento a 507 lugares (Anexo 14).

En lo que se refiere a la formación, el Instituto de Rehabilitación Integral (ISRI) ejecuta programas de formación a personas con discapacidad acorde a las exigencias del mercado laboral y promueve la colocación de éstas a un puesto de trabajo. El Promedio de atenciones en el año es de 82 usuarios en el área de formación vocacional, 42 en el área de inserción laboral, 50 de seguimientos laborales, 700 personas evaluadas en la Unidad Calificadora de Discapacidad, brindando un total de 13,084 atenciones.

Artículo 7

Párrafo 1, artículo 7

Literal a)

Respecto al salario mínimo y su fijación, se encuentra normado en el Art. 38, inciso 2, de la Constitución de la República y en el Capítulo II del Título 3ro del Código de Trabajo. Quedan exentos del salario mínimo por categoría de trabajador, los trabajadores del Sector Público, de las Fuerzas Armadas, Alcaldías Municipales, Independientes y/o Informales y los trabajadores de la Construcción cuyo salario se establece por medio del Laudo Arbitral entre los sindicatos y la Cámara Salvadoreña de la Industria de Construcción (CASALCO) y de servicios domésticos.

Sobre la observación numeral 13 documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que mediante Decretos Ejecutivos 5, 6, 7 y 8 se incrementó el Salario Mínimo, beneficiando alrededor de 237,000 personas (Anexo 15). A la fecha no está vigente un sistema de indización por costo de la vida, sin embargo, se toman en cuenta los datos socio-económicos de DIGESTYC, Banco Central de Reserva (BCR), estudios propios del Consejo Nacional de Salario Mínimo, y las propuestas salariales hechas por otros sectores.

Literal b)

El Estado parte informa de la existencia de un salario mínimo de acuerdo a las categorías del trabajo (párrafo 67). En cuanto a la existencia de mecanismos alternativos, el Consejo Nacional del Salario Mínimo no lo contempla, siendo el mecanismo más próximo, la Sala de lo Constitucional, quien a petición de la parte interesada, analiza la normativa laboral constitucional y ordena a la Asamblea Legislativa que legisle y asigne competencias para crear dichos mecanismos alternativos.

Párrafo 2, artículo 7

Se informa que el MTPS verifica el cumplimiento de las condiciones laborales establecidas en la normativa laboral en lo que respecta a horas extraordinarias, licencias remuneradas y no remuneradas (Anexo 16).

Para fomentar la conciliación familiar y laboral, se cuenta con un cuerpo normativo que promueve la responsabilidad compartida en el cuido: la Ley de Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna; se reforma al Art. 309 del Código de Trabajo, y los Arts. 5 y 9 de la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencia de los Empleados Públicos (2015), ampliando a 4 meses la licencia por maternidad; y la Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cunas para los hijos de los Trabajadores (2018) y la reforma al Art. 29, numeral 6) literal d) reconocimiento de licencia por paternidad por tres días.

Párrafo 3, artículo 7

El MTPS realizó las campañas: “Igual trabajo, igual salario” y “Empleo decente libre de violencia para las mujeres” (2016); se suscribió la Alianza para la igualdad de género en el ámbito laboral” (2017), y las instituciones que forman parte del sello IGUAL-ES implementaron acciones para contribuir a erradicar las brechas de género en el entorno laboral y empresarial.

El MTPS con el propósito de promover en el empleador una actuación a favor de la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres, puso en marcha el “Plan de Brecha Salarial” a nivel nacional tanto para el sector industria, comercio y servicios como en el sector agropecuario.

Párrafo 4, artículo 7

El Estado Salvadoreño cuenta con normativa interna que regula el acoso sexual, laboral y sanciones: Art. 165 del Código Penal; Art. 5, 8, 10 y 25 de la LEIV.

Sobre la legislación que penaliza el acoso sexual en el lugar de trabajo referida a las instituciones públicas; debe ser evaluada y sancionada de conformidad a la Ley del Servicio Civil, según la potestad sancionadora que el Art.14 de la Constitución otorga a la administración pública.

Durante 2018 la tasa de violencia laboral fue de 7.5 por 100 mujeres y a lo largo de la vida 23.4 por 100 mujeres, siendo los perpetradores más frecuentes los compañeros de trabajo, patrones y jefes, quienes son mencionados en el 36.9%, 21.7%, y 14.6% respectivamente; y se cometen el 91.8%en el lugar donde las mujeres se desempeñan.

Las instituciones competentes de atención a denuncias de trabajadoras y trabajadores de instituciones gubernamentales, han registrado diferentes casos por acoso laboral y acoso sexual: la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en 2017 aplicó la Ley de Servicio Civil en tres casos denunciados Caso AJ-97-06-15, un día de suspensión sin goce de sueldo; Caso AJ-104-07-15, amonestación verbal privada; y Caso AJ 162-07-15 sin sanción por hecho no comprobado. En la Procuraduría General de la República (PGR) se han recibido durante 2014-2019, 10 procesos disciplinarios por violencia de género: 1 fue sancionado con suspensión de 10 días sin goce de sueldo; 2 luego de seguir el procedimiento correspondiente y ante la falta de prueba, se ordenó el archivo de los expedientes; y 7 se encuentra en trámite en la Comisión del Servicio Civil. La Fiscalía General de la República (FGR) en 2016, dio seguimiento a cinco procesos sancionatorios, tres por Acoso Sexual. Se atendieron y sancionaron administrativamente casos de acoso sexual en el Ministerio de Obras Públicas (4), y el MTPS (1). Algunas instituciones públicas han diseñado Protocolos y Lineamientos específicos atender dicha situación.

Asimismo,se cuenta con una red institucional de servicios de atención especializada para mujeres que enfrentan violencia: Centro de llamadas 126; Unidad Especial para la Prevención de Actos Laborales Discriminatorios y de Atención Especializada a las mujeres del MTPS; Unidad de Atención Especializada para las mujeres (UAEM) de la PGR; Tribunales y Cámara Especializada para una Vida Libre de Violencia contra la Mujer;19 Oficinas Locales de Atención a Víctimas (OLAV) del MJSP; 101 Unidades Institucionales de Atención Especializada a Mujeres (UIAEM); y 21 equipos de Investigación Criminal de Delitos contra las Mujeres de la PNC.

Párrafo 5, artículo 7

El Estado Salvadoreño informa que en el marco de la operativización de la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo y sus 5 Reglamentos de Ejecución, se han acreditado 474 Comités de Seguridad y Salud Ocupacional, beneficiando un total de 21, 268 trabajadores. Además, el MTPS ha multado entre 2014-2017 a 1,407 lugares de trabajo por incumplimiento a la seguridad y la salud (Anexo 17).

Artículo 8

Párrafo 1, artículo 8

Literal a)

La Constitución (Art. 7 y 47), el Código de Trabajo (Art. 204 en adelante), y la Ley de Servicio Civil (en su capítulo XI, Art.73), establecen la libertad de asociación. Los requisitos para la conformación de sindicatos se encuentra regulada en la Ley del Servicio Civil Artículos 76, 78 y el Código de Trabajo en sus Arts. 204, 211, 212, aplicable al sector público y privado.

Se registran a 2018 un total de 346 sindicatos, 110 sindicatos Públicos y 236 sindicatos del Sector Privado (Anexo 18).

Literal b)

El Salvador como Estado parte del Convenio 87 de la OIT sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, reconoce que no existe restricción para constituir federaciones o confederaciones y de afiliarse a organizaciones internacionales de trabajadores, aun cuando el Código de Trabajo vigente no lo regula las disposiciones de dicho Convenio prevalecen en caso de conflicto con la norma secundaria.

El MTPS verifica el funcionamiento de las asociaciones, al 2018 están activos 40 Federaciones y 5 Confederaciones (Anexo18).

Párrafo 2, artículo 8

La negociación colectiva es regulada en el sector privado y autónomo en Arts. 480 al 545 Código de Trabajo; y sector público en Arts. 111 al 158 de la Ley de Servicio Civil. Las etapas del proceso para el sector privado y autónomo son el trato directo, conciliación, arbitraje y huelga o paro y las dirige el MTPS. En el caso del sector público se tramita en el Tribunal de Servicio Civil y se desarrollan tres etapas: trato directo, conciliación y arbitraje.

Párrafo 3, artículo 8

Literal a)

Sobre la recomendación numeral 14 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que la huelga en el país está regulada en el Art. 48 de la Constitución de la República y Art. 528 y 551del Código de trabajo.

Sobre el número de huelgas que los tribunales Juzgados de lo Laboral y de Primera Instancia en materia Laboral han declarado ilegales tanto en el ámbito privado y público, la CSJ registra: 14 sentencias de cámaras laborales, 1 amparo, 1 Contencioso Administrativo, 3 Inconstitucionalidades y 2 sentencias de Sala de lo Civil.

Literal b)

En relación a la declaración de ilegalidad de la huelga, esto se encuentra regulado en Arts. 546 y 547 del Código de Trabajo; siendo los Jueces de lo Laboral y Jueces de Primera Instancia los competentes para calificar su legalidad o ilegalidad, así como los hallazgos de las inspecciones del MTPS cuando no constituyen el 51% del personal (Art.553 literal “f” del Código de Trabajo).

La Ley del Servicio Civil, en el caso de sindicatos del sector público, no se encuentra regulado el derecho a la huelga, ni como etapa procesal de la negociación colectiva.

Literal c)

Sobre las causales para declarar una huelga ilegal, el Art. 48 de la Constitución de la República, señala excepciones al Derecho de Huelga, referente a servicios públicos esenciales y los Arts. 532 y 553 literal “a” del Código de Trabajo señala labores indispensables como seguridad y salud pública que deberán seguir siendo prestadas. El Art. 547 del mismo, establece que para “..calificar la legalidad o ilegalidad de la huelga… cuando se trate de servicios públicos o esenciales a la comunidad, también podrá pedirle al Fiscal General de la República” dicha calificación.

Artículo 9

Párrafo 1, artículo 9

La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio, contenido en la Constitución de la República (Art. 50), brindada por varias instituciones, quienes ofrecen diferentes coberturas de protección social a los trabajadores (seguros médicos y de maternidad,seguros de riesgos de trabajo, invalidez, de vida, retiro y cesantía, etc.) (Anexo 19).

A partir del Decreto Legislativo No. 927, se crea el Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP) para trabajadores del sector privado, público y municipal; administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). A la fecha se mantiene el Sistema Público de Pensiones (SPP) para las personas que nacieron antes del 15 de abril de 1962 y que optaron por no trasladarse al SAP.

Como parte de la reforma del Sistema Público de Pensiones, la cobertura de seguridad social en el país comprenden a los cotizantes activos, pensionados, cónyuges, compañeros(as) de vida e hijos(as); en el Régimen de Salud, la protección de los hijos cubre hasta los 12 años; y en el Régimen de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia, la protección para los hijos cubre hasta los 21 años, sino se encuentran estudiando, y hasta los 25 para aquellos que realizan estudios técnicos o universitarios.

Se informa que a partir de diciembre 2017 el SAP y SPP registró una población cotizante de 711,758, de los cuales 403,815 son hombres y 307,943 mujeres. Se registran 179,284 pensionados, de éstos: 2,884 corresponden a invalidez, 113,695 por vejez y 62,705 por sobrevivencia.

Sobre la recomendación numeral 15 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que el sistema previsional es de carácter contributivo; sin embargo, en 2017 se reformo la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones mediante Decreto Legislativo No 787, ampliando la cobertura previsional, tal es el caso del ISSS (2018) que aprobó la incorporación de los trabajadores independientes o por cuenta propia al Régimen de Salud. Asimismo, el Art.9 de la citada Ley establece que los trabajadores agrícolas y domésticos pueden ser incorporados al sistema de acuerdo a las condiciones y peculiaridades de su trabajo; sin embargo, no existe obligatoriedad de cotización por parte de los empleadores y trabajadores.

Párrafo 2, artículo 9

Según el Art. 145 de la Ley del SAP, las pensiones mínimas de vejez, invalidez total ó parcial serán establecidas anualmente por el Ministerio de Hacienda en la Ley de Presupuesto General del Estado, tomando en cuenta la variación relativa del salario promedio cotizable del Sistema y los recursos disponibles del Gobierno Central. De acuerdo a la reforma de ley, se creó el Comité Actuarial, que determina cada tres años el monto de las pensiones mínimas y el impacto en las expectativas de vida y condiciones del mercado laboral.

Para el ISSS la pensión de invalidez por incapacidad permanente es de 70% del salario medio de un trabajador y por invalidez parcial de 50-65% (Art. 105 de la Ley SAP); y la pensión a trabajadores (as) de 60 y 55 años respectivos es del 30% del salario base para los tres primeros años de cotización más 1,5% por cada año adicional. (Art. 104 de la Ley SAP).

En lo referido al INPEP, el monto de las pensiones mínimas de invalidez, vejez y sobrevivencia es de $207.60 mensuales, y de invalidez parcial $145.32 mensuales según lo establecido en el Art. 3 de la Ley de presupuesto 2017 que sustentan los Arts. 145, 209 y 225 de la Ley SAP.

Párrafo 3, artículo 9

El Estado Salvadoreño ha implementado acciones que garanticen la seguridad social de los salvadoreños que no forman parten de un régimen contributivo, entre los cuales están la Pensión Básica Universal, la Pensión Básica Solidaria para personas con discapacidad, la transferencia monetaria a mujeres embarazadas, el bono extra para adolescentes embarazadas que regresan a la escuela, el servicio de cesantía (atención médica hospitalaria a personas que formaron parte del régimen contributivo por al menos 3 meses luego de terminar su servicio laboral), etc.

El INPEP cubre pensiones por vejez y sobrevivencia a personas que pertenecían al sistema no contributivo denominado pensiones y jubilaciones civiles. De acuerdo a la Ley de INPEP se reconocen tiempos de servicio no contributivos anteriores a la creación del Instituto.

Párrafo 4, artículo 9

La seguridad social se atiende a través del sistema público y privado. Según reforma Decreto Legislativo No. 787de 2017, únicamente la población obligada a trasladarse a las AFP que realizó cotizaciones al sistema público de pensiones antes de la reforma de 1998, tendrá derecho a recibir el Certificado de Traspaso por el tiempo de servicio cotizado al sector público o privado .

Párrafo 5, artículo 9

La Ley SAP, Art. 200, establece 55 años para las mujeres y 60 años para los hombres como edad mínima para pensión de vejez, invalidez o muerte (sobrevivencia), no siendo un obstáculo para el goce del derecho a la seguridad social (Art.50 de la Constitución de la República); ya que el mismo precepto prevé sin distinción de sexo, que se deberá acreditar un mínimo 25 años cotizados.

Mediante Decreto Legislativo No. 187 a la Ley SAP, la pensión para mujeres se calculará para una expectativa de vida de 20 años, anteriormente eran 30 años.

Párrafo 6, artículo 9

A partir de mayo 2018 se inició la inscripción de los trabajadores independientes o por cuenta propia al Régimen Especial de Salud del ISSS. A septiembre 2019 se registran 1,061 trabajadores independientes con cobertura individual y 1,871 trabajadores independientes con cobertura familiar.

Párrafo 7, artículo 9

En 2017 se aprobó el régimen especial de cotización para salvadoreños residentes en el exterior: Programa “Salud 503”. A septiembre 2019 se registran 128 inscritos.

Artículo 10

Párrafo 1, artículo 10

La Constitución de la República (Art. 32) y el Código de Familia (Art.7) brinda protección a la familia y al matrimonio; y la Ley Procesal de Familia establece el régimen jurídico de la familia y las relaciones de sus miembros con la sociedad y entidades estatales.

La Ley de Extranjería en el Art. 15 regula el matrimonio de los extranjeros; y la Ordenanza de Panchimalco en el Art. 20, literal F, expresa la libertad de las mujeres indígenas de elegir su “pareja libremente”.

En 2017 la Asamblea Legislativa aprobó la reforma del Art. 14 del Código de Familia sobre la prohibición del matrimonio entre menores de edad o de niñas y niños con adultos, estableciéndolo como impedimento absoluto.

Párrafo 2, artículo 10

Literal a)

El Estado salvadoreño informa sobre legislación y programas sociales para el sistema de cuidados de apoyo a la familia, y a los hijos: Extensión de licencia por maternidad de trabajadoras del sector público y privado; la Ley de Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna; la Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cunas para hijos de trabajadores; la Estrategia para la Erradicación de la Pobreza (2017), transferencia monetaria a mujeres embarazadas; el bono extra para adolescentes embarazadas que regresan a la escuela; y una propuesta de Política de Corresponsabilidad Social de los Cuidados.

Literal b)

El Estado Salvadoreño informa que cuenta con el Programa Nuestros Mayores Derechos; la Pensión Básica Universal y Programa de Atención Integral a la Persona Adulta Mayor, con el objetivo de mejorar su acceso a salud, educación, infraestructura accesible, pensión no contributiva, actividades recreativas, etc.

En lo referente a las personas con discapacidad, el Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local, ha implementado un Sistema de Protección Social (Programa de Pensión Básica Universal Rural y Urbana), beneficiando a nivel rural a 1,761 personas con discapacidad y a nivel urbano a 471. Con la Pensión Básica Solidaria para personas con discapacidad, desde septiembre 2018 se benefició a 3,200 personas, en 30 municipios de pobreza extrema. Además, se otorga un bono Salud/Educación para niños (as) con discapacidad en área urbana y rural; de igual manera, en el marco del programa Comunidades Solidarias, se han ejecutado proyectos de infraestructura accesibles.

Párrafo 3, artículo 10

Literal a) y b)

El Estado Salvadoreño cuenta con una amplia normativa de protección de los derechos laborales de las mujeres embarazadas: el Art.42 de la Constitución de la República; el Art. 110 del Código de Trabajo que establece prohibición de destinar a embarazadas trabajos de esfuerzos físico incompatible y el Art.113 la prohibición de despido durante el embarazo y hasta 6 meses posteriores a la licencia de maternidad (que dura 4 meses post-parto).

En 2018 la Asamblea Legislativa reformó el Art. 113 del Código de Trabajo, Art. 29 literal “m” de la Ley de Servicio Civil y Art. 9 de la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de Empleados Públicos, con el objeto de ampliar la garantía laboral para las mujeres tras la licencia de maternidad, teniendo un fuero de 6 meses en sus lugares de trabajo.

En lo referente a los casos de despidos improcedentes de mujeres embarazadas, el MTPS logró reinstalar un total de 70 trabajadoras (Anexo 20).

Los trabajadores cotizantes del ISSS, sus esposas o compañeras de vida, reciben prestaciones médicasdurante el embarazo, parto y puerperio y un subsidio diarioequivalente al 100% del salario base. Asimismo, las mujeres en su periodo de lactancia, durante los primeros seis meses post parto tienen derecho a una hora diaria de interrupción de la jornada laboral y a disponer de espacio adecuado, para extraerse y conservar su leche. A nivel nacional se cuenta con 213 salas de lactancia materna.

Literal c)

El Estado parte informa que la licencia de paternidad por nacimiento o adopción, con goce de sueldo es de 3 días por Decretos Legislativos No. 332 y No. 335.

Párrafo 4, artículo 10

Literal a)

Existe normativa interna que regula la edad mínima de catorce años para realizar actividades laborales, para el caso, el Art.38 de la Constitución de la República, Sección Segunda del Trabajo y la Seguridad Social, numeral 10; y el Art. 59 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia (LEPINA), Capítulo II “Protección de la Persona Adolescente Trabajadora”, siempre y cuando se garantice el respeto de sus derechos y no perjudique el acceso y derecho a la educación.

En cuanto a la legislación penal que castigue el empleo de niños,no se encuentra regulada en el Código Penal, únicamente se tipifica en casos de explotación sexual, comercial y trata de personas: Art. 367-B (trata de personas) y Art. 367-C (agravantes al delito de trata de personas).

Respecto a la amenaza o violación de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (NNA) trabajadores y su protección judicial, el Art.70 de la LEPINA dicta que cualquier persona podrá interponer denuncia ante las Juntas de Protección de la Niñez y Adolescencia y ante el Órgano Ejecutivo en el ramo de Trabajo y Previsión Social; además el Art. 71 de la misma, estipula que los juzgados y tribunales son competentes para conocer sobre violaciones y amenazas de los derechos laborales de los NNA.

Respecto a la observación numeral 16 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que el Plan Nacional de Acción (Anexo 21-22) de la Política Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia 2013-2023 busca prevenir, disminuir y proteger a los NNA que se encuentran en situación de vulnerabilidad, en áreas rurales y urbanas.

El MTPS a partir de 2014 ha dado seguimiento al Plan Permanente de Verificación de Trabajo Infantil, realizando 4,080 inspecciones hasta el 2017(Anexo 23).

El MINEDUCYT ha implementado: Programa de educación acelerada, escolarizando a NNA trabajadores que han estado fuera del sistema educativo; el modelo de Escuela Inclusiva de Tiempo Pleno, para fortalecer los espacios de contraturno y la Metodología SCREAM (2016), que busca mediante la educación, las artes y los medios de comunicación, la participación activa de adolescentes y jóvenes para la erradicación del trabajo infantil; el protocolo de actuación en caso de vulneración de derechos de niños y niñas, para prevenir el trabajo infantil, entre otros.

Las Juntas de Protección de la Niñez y de la Adolescencia, recibieron un total de 15,499 casos por presuntas amenazas o vulneraciones a NNA (2015), dictaron 15 medidas de protección y restitución de derechos (cesar la actividad laboral o trabajos peligrosos desempeñados, matriculación en centros educativos, entre otros).

Literal b)

Se informa que el MINEC cuenta con los estudios: “Magnitud y características del trabajo infantil en El Salvador 2015”, en el que se destaca una disminución del 14.2% en el trabajo infantil entre 2011-2015 (23,245 NNA han sido erradicados del trabajo infantil); y “Situación del trabajo infantil en Isla Madreselva (2015)”. y además cuenta con la “Hoja de Ruta para hacer de El Salvador un país libre de trabajo infantil y sus peores formas” (2017),

El Estado a través del Plan Nacional de Acción (PNA) 2014-2017 que constituye el instrumento de implementación de la Política Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia (2013-2023)monitorea y evalúa las estrategia y acciones implementadas para prevenir, disminuir, y proteger a los NNA que se encuentran en situación de vulnerabilidad, tanto en áreas rurales como urbanas.

Literal c)

El MTPS emitió Acuerdo Ministerial 241 relativo al “Listado de Actividades y Trabajos Peligrosos en los que no podrán ocuparse Niños, Niñas y Adolescentes”, y el “Protocolo Interinstitucional para el Retiro y Prevención de Niños, Niñas y Adolescentes en situación de Trabajo Infantil”.

Párrafo 5, artículo 10

El Estado Salvadoreño informa que se cuenta conla Ley contra la Violencia Intrafamiliar; el anteproyecto de Ley de la Persona Adulto Mayor (2015); la Política Pública de la Persona Adulta Mayor (2017) y la propuesta de Política Nacional de Cuidados que define las responsabilidades compartidas en materia de cuidados para personas adultas mayores.

El Protocolo de Atención Legal y Psicosocial para personas que enfrentan violencia, con énfasis en niñez, adolescencia, mujeres y otras poblaciones en condición de vulnerabilidad de la FGR (2017) que incluye atención y protección para las personas adultas mayores; el Programa “Erradicación de sujeciones” (2017), que concientiza y elimina el uso de ataduras y fármacos en personas mayores en los hogares, sustitutas y hospitales; y la adhesión a la Convención Interamericana para la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores ( 2018).

Párrafo 6, artículo 10

En relación a la aplicación de la calidad migratoria de refugiose cuenta con la Comisión para la Determinación de la Condición de Personas Refugiadas, que hasta 2016 reconoció la calidad de refugiados a 49 personas solicitantes.

Así mismo, la Ley Especial de Migración y de Extranjería de la Dirección General de Migración y Extranjería (2019),contempla el otorgamiento de residencias por razones humanitarias y protección de los derechos humanos para los migrantes.

Para protección de los migrantes y sus familias se ha creado la Dirección General de Atención al Migrante (2016); la Política Nacional de Protección y Desarrollo de la Persona Migrante Salvadoreña y su Familia (2017); el Programa Integral de Inserción para la población salvadoreña retornada; y las Ventanillas de Atención a Personas Retornadas, las cuales facilitaron la reinserción de un total de 2,606 migrantes.

En el 2017 la DGME y el MJSP presentaron un ante proyecto de Ley Transitoria de Regularización Migratoria para Población de Origen Centroamericano, la cual se encuentra en discusión en la Asamblea Legislativa. La DGME suscribió Convenio de Cooperación con el MTPS para el otorgamiento de residencias temporales con autorización para trabajar.

Párrafo 7, artículo 10

Literal a)

En relación a legislación que penalice los actos de violencia en el hogar, El Salvador cuenta con la Ley contra la Violencia Intrafamiliar (Art. 7) la cual ha sido reformada en su Arts. 9, 10, 23 y 42, en cuanto ha duración y ampliación del plazo de medidas de protección a favor de la mujer agredida y su familia, así como el seguimiento de las mismas.

También, el Código Penal (Art. 200), con reforma al Art.38 (medidas cautelares o de protección), y Art.338-A (Desobediencia en caso de violencia intrafamiliar); y la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia –LEPINA- (Art.38), con reforma que incluye la protección, no discriminación de las niñas y adolescentes madres, embarazadas o víctimas de violencia .

En materia de protección de derechos de las mujeres,se tiene la LEIV con reforma del Art.4 literal b); adición del Art. 56-A sobre la creación de los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación contra las Mujeres (Decreto No. 286) y los equipos multidisciplinarios, para conocer los delitos establecidos en la LEIV; entre otros.

En relación a los datos de violencia intrafamiliar,la CSJ registró en 2015 un total de 8,581 casos (708 niñas, adolescentes y 7,873 adultas); en 2016 registró 8,667 (651 niñas y adolescentes, y 8,016 adultas); en 2017 registró 9,753 (657 niñas y adolescentes y 9,096 adultas).

Sobre el registro de casos de violencia en tribunales de justicia Ver Anexo 24. En ese mismo marco, los Tribunales y Cámara Especializada para una Vida Libre de Violencia contra la mujer, reporta un ingreso de 60 Procesos penales; 2 Medidas de Protección por Delitos LEIV; 28 por Violencia Intrafamiliar y 11 casos de evaluación diagnóstica por violencia (2017).

En lo referente a la violencia sexual, la FGR reporta por año, un promedio de 14,395 denuncias de casos de violencia contra las mujeres, de estos, 5,482 representan casos de violencia sexual para el período 2014-2018. Asimismo, 3,605 casos cuentan con una sentencia definitiva (2,423 con sentencias condenatorias y 1,182 con sentencia absolutoria) (Anexo 25).

Sobre la violencia de género y la observación numeral 17 del documento E/ C.12/SLV/CO/3-5,se informa que se cuenta con el Sistema Nacional de Atención a mujeres que enfrentan violencia, integrado por 101 Unidades Institucionales de Atención Especializada para Mujeres que enfrentan violencia (UIAEM); casas de acogidas para mujeres; 12 Oficinas Locales de Atención a Víctimas (OLAV); y los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia.

Respecto al número de mujeres atendidas en las UIAEM, y los casos tramitados en los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación remítase a Anexo 26 y 27.

Al cierre del 2018, el 80% de las instituciones de los tres órganos del Estado, implementan al menos dos instrumentos de política pública para una vida libre de violencia, 115 Gobiernos Municipales han creado su Comité Municipal de Prevención de la Violencia y 86 han formulado su Plan de Prevención de Violencia .

En Mayo 2018 el ISDEMU presento la Estrategia de Prevención del Feminicidio y Violencia Sexual contra la mujer; también en coordinación con otras instancias del Estado han realizado acciones dedivulgación y sensibilización para la prevención de violencia contra las mujeres(Anexo 28). Además se informa de la implementación de la Iniciativa Spotlight; ElSalvador, fue uno de los 5 países seleccionados de América Latina en los que se implementará la Iniciativa, esta supone una intervención integral a partir de 6 pilares: marcos legislativos y de políticas públicas; fortalecimiento institucional; prevención y normas sociales; entrega de servicios esenciales de calidad; disponibilidad de datos y apoyo a los movimientos de mujeres.

Literal b)

El Estado salvadoreño cuenta con el Plan de Acción de la PNVLV 2016-2021, el cual es una herramienta para operativizar la Política Nacional y lograr la prevención, detección, atención, y sanción de la violencia contra las mujeres; y con un Sistema Nacional de Atención a mujeres que enfrentan violencia; además, cuenta con 101 Unidades Institucionales de Atención Especializada de las mujeres que enfrentan violencia por razón de género.

Hasta 2018 el Órgano Judicial cuenta con seis Centros de Atención Psicosocial, los cuales brindaron atención a un total de 60,161 víctimas procedentes de los diferentes juzgados y tribunales a nivel nacional.

Literal c)

La CSJ ha realizado 58 capacitaciones (2014-017) sobre violencia intrafamiliar, erradicación de la discriminación contra las mujeres, peritaje médico-legal en delitos sexuales, atención a víctimas, protección integral de la niñez y adolescencia. De igual manera, la Escuela de formación en derechos de niñez y adolescencia del ISNA impartió Cursos de prevención de violencia hacia NNA a operadores del Sistema nacional de protección integral de la niñez y la adolescencia.

El ISDEMU por su parte cuenta con la Escuela de Formación para la Igualdad Sustantiva (EFIS) que brinda capacitación especializada sobre desigualdad de género.

Para sensibilizar a la población en general, se ejecutaron campañas que promueven la prevención de la violencia contra las mujeres(Anexo 29).

Párrafo 8, artículo 10

Literal a)

El Estado Salvadoreño informa que cuenta con la Ley Especial contra la Trata de Personas (2014) y la Política Nacional contra la Trata de Personas.

Este delito se encuentra tipificado en el Código Penal Art. 367-B, y su forma agravada en el Art. 367-C; la LIE (Art.31) establece la protección e inclusión social de mujeres en situación de trata interna y transnacional; y la LEIV (Art. 57) abarca las garantías de las víctimas del delito de trata.

La CSJ reporta que durante 2015-2017 la Sala de lo Penal registró seis casos: dos fallos, dos inadmisibilidades de recurso y dos casos pendientes de resolver (195C2017- Trata de Personas Agravada y 266C2017- Trata de Personas, ambos del 2017). A nivel de Juzgados de Paz, se reportan 6 procesos por el delito de Trata de Personas, durante el mismo periodo.

Además, la CSJ reporta un total de 16 expedientes de Suplicatorios en Materia Penal relativos al delito de Trata de Personas: 2 República Dominicana, 2 Perú, 2 Estados Unidos, 3 Guatemala, 2 Honduras y 5 México.

Literal b)

El Estado Salvadoreño cuenta con el Plan Nacional contra la Trata de Personas 2009-2012, que busca desarrollar acciones para erradicar de todo tipo de esclavitud, explotación o servidumbre que menoscabe la dignidad humana.

El ISDEMU cuenta con un Albergue especializado para mujeres víctimas de trata y el ISNA con un programa de protección para niñez víctima de abuso por explotación sexual y trata de personas y con un albergue especializado para niñas y adolescentes, en el que reciben atención en salud, psicológica, alimentación, vestuario y asistencia legal. Además, otras instituciones realizaron las campañas “Corazón Azul”, “Los caminos de la vida no son siempre los que imaginas”, está última fue a nivel regional.

El Consejo Nacional contra la Trata de Personas cuenta con guías, manuales, y protocolos de atención a víctimas de trata para el Servicio Exterior de El Salvador, para combatir y prevenir la trata de personas.

Artículo 11

Párrafo 1, Artículo 11

El Estado Salvadoreño informa que las metodologías para medir la pobreza en El Salvador son la Medición tradicional de pobreza por ingresos que para 2018, según la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (EHPM), el 26.3% de los hogares se encuentran en pobreza; de éstos el 5.7% se encuentra en pobreza extrema y el 20.6% están en pobreza relativa (Anexo 30).

Además, se cuenta con La Metodología de medición multidimensional de la pobreza,que aborda 5 dimensiones determinantes de la calidad de vida de las personas (Anexo 31).

Para 2018 un 28.8% de los hogares salvadoreños se encuentran en pobreza multidimensional: 537,826 hogares en los que residen 2, 247,165 personas; de los cuales el 17.1% es del área urbana y el 48.9% es del área rural.

En seguimiento a la observación numeral 19 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que durante 2014-2019 la Ley de Desarrollo y Protección Social, cuenta con un Plan Nacional de Desarrollo, Protección e Inclusión Social, mediante el cual se han implementado programas de atención a personas en condición de pobreza, vulnerabilidad, exclusión y discriminación.

En la lucha contra la pobreza, el Gobierno de El Salvador diseñó la Estrategia de Erradicación de la pobreza (2017), mediante Decreto Ejecutivo No. 28, con el objeto de erradicar la pobreza extrema de manera progresiva, mediante la promoción del ejercicio pleno de derechos, la protección social.

El Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (ahora Ministerio de Desarrollo Local) y el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (ahora Ministerio de Vivienda), en asocio con las municipalidades y otras instituciones de gobierno desarrollaron proyectos de infraestructura de servicios básicos sociales que benefician a familias que viven en comunidades rurales más pobres del país.

En 2016, 61,860 familias fueron beneficiadas con bonos en salud y educación del Programa Comunidades Solidarias Rurales (USD$7.38 millones); 6,175 Jóvenes de 15 municipios fueron beneficiados con el Bono de Educación Urbano (USD$208 mil); 31,818 adultos mayores gozan de Pensión Básica Universal en 111 municipios de Comunidades Solidarias urbanas y rurales, así como personas adultas mayores víctimas de graves violaciones a sus derechos (USD$8.9 millones), entre otros.

Se implementaron políticas de inclusión social: La Política Nacional de Salud Intercultural que busca armonizar los conocimientos y saberes ancestrales. El MAG con la participación de los pueblos indígenas,implementa el Programa de Competitividad Territorial Rural; la Ley del Régimen Especial de la Tierra en Propiedad de las Asociaciones Cooperativas, Comunales y Comunitarias Campesinas y Beneficiarios de la Reforma Agraria; y en noviembre de 2016 se crea la Ley de fomento, protección y desarrollo del sector artesanal.

Sobre datos estadísticos desglosados de pueblos indígenas, referente a medidas implementadas para combatir la pobreza se cuenta con: El Subsistema de Seguimiento y Monitoreo de los Objetivos y Metas del Plan de Desarrollo y Protección Social; el RUP; la Ficha Familiar del MINSAL; el Observatorio Nacional del Sistema Educativo, y la Encuesta Nacional Agropecuaria de Propósitos Múltiples,los cuales proporcionan datos desagregados para este grupo poblacional.

Párrafo 2, artículo 11

Literal a)

El Estado Salvadoreño informa sobre el Plan Nacional de Desarrollo, Protección e Inclusión Social, y la Estrategia para la erradicación de la pobreza(Referirse Párr. 157-161), las cuales han impactado prioritariamente a familias en pobreza, promoviendo el desarrollo de capacidades y apoyo al ingreso, acompañamiento socio familiar, educación e inclusión financiera, inclusión productiva, infraestructura social.

Sobre mecanismos de supervisión y ejecución de planes, se tiene el RUP y el Subsistema de Seguimiento y Monitoreo de planes y políticas (Referirse Párr. 162).

Literal b)

La Estrategia para la erradicación de la pobreza, contempla la priorización de hogares compuestos por niños(as), mujeres embarazadas, estudiantes, personas con discapacidad, y personas adultas mayores.

En el periodo que se informa se ha ejecutado los siguientes programas: dotación de uniformes, zapatos y útiles escolares; alimentación y salud escolar; programa de apoyo temporal al ingreso; programa Ciudad Mujer; programa nuestros mayores derechos; pensión básica universal para personas con discapacidad severa dependiente; programa de agricultura familiar; acceso y cobertura universal a la salud; acceso y mejoramiento de vivienda; infraestructura social básica; atención integral a la primera infancia; programa de empleabilidad juvenil; programa niñez y juventud del futuro (una niña, un niño una computadora); sistema nacional de cuidado; transferencia monetaria a mujeres embarazadas; y el bono extra para adolescentes embarazadas en la escuela.

Sobre la observación numeral 8 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que la política tributaria de El Salvador con el objetivo de hacer el sistema tributario más eficiente, puso en marcha una reforma integral que generó una recaudación que subió con respecto al PIB, del 16.1% en 2009 a 18.1% en 2017 (BCR, 2018).

Entre las reformas fiscales se menciona la aprobación de dos contribuciones especiales orientadas a financiar la seguridad pública: a) Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia (Decreto Legislativo No. 62), la cual recae sobre la adquisición de y/o utilización de servicios de telecomunicaciones (USD$2.0, USD$48.5, USD$48.9 millones rendimiento en 2015, 2016, 2017 respectivamente; b) Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes (Decreto Legislativo No. 61).

Se fortalecieron las capacidades de Administración Tributaria y Aduanera, a través de reformas al Código Tributario para el combate a la elusión y evasión fiscal. Además en 2016 se aprobó la Ley de Responsabilidad Fiscal y en 2018 la Asamblea Legislativa aprobó el Proyecto de reformas a la misma.

Párrafo 3, artículo 11

El Estado salvadoreño informa sobre avances en el nivel alimentario y nutricional de la población en general: Incremento de la producción alimentaria, disminución de la dependencia de importaciones de los granos básicos (frijol y maíz). Además, El Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria (CONASAN) informó que en el primer caso la brecha se redujo de 30.1% en 2011 a 29.4% en 2018; en el caso del segundo, la brecha disminuyó de 33.6% en 2011 a 32.9% en 2018.

Se informa que los principalesprogramas que han contribuido a la disponibilidad de alimentos son: Implementación del Plan de Agricultura Familiar que articula distintos sectores y procesos productivos por medio de sus componentes diferenciados (seguridad alimentaria y nutricional, encadenamiento productivo, innovación agropecuaria, enlace con el comercio y la industria); la Política Nacional de Fomento, Diversificación y Transformación Productiva, que fomenta la producción con demanda local e internacional de sectores con ventajas comparativas, diversifica y desarrolla nuevos mercados de exportación, focaliza recursos hacia actividades de alto valor agregado y mejora la productividad laboral.

Además, se cuenta con la Política de Cambio Climático para el Sector Agropecuario, Forestal, Pesquero y Acuícola (MAG); y el Plan Nacional de Cambio Climático (MARN); así mismo, el Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria (CONASAN) ha desarrollado Foros de Análisis de Pronósticos Climáticos a la Seguridad Alimentaria Nutricional y sus posibles impactos.

Respecto a la recomendación numeral 20 del documento E/ C.12/SLV/CO/3-5, se cuenta con la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2018-2028. En ese mismo contexto, se encuentra en estudio de la Asamblea Legislativa un anteproyecto de Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.

En lo que se refiere a la prevención y combate de la malnutrición infantil, se registró disminución de la desnutrición crónica o retardo en crecimiento, pasando de un 19.2% en 2008 a 13.6% en 2014 según encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados realizada a menores de 5 años. El IV Censo Nacional de Talla en Escolares reveló una disminución de 6 puntos porcentuales al pasar de 15.5% en 2007 a 9% en 2016 en la población escolar de primer grado.

Se cuenta con la Ley de Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna, y la Política Nacional de Educación y Desarrollo Integral para la Primera Infancia, las cuales han impactado positivamente en la nutrición infantil. El MINEDUCYT por su parte, implementó el programa de alimentación y salud escolar, entregando alimentos a más de 1.2 millones de estudiantes de parvularia a bachillerato del área rural y urbana.

El MINSAL ha proporcionado acreditación a 153 establecimientos de salud como amigos de la niñez y las madres, la creación de tres Bancos de leche humana y apertura de 46 Centros Recolectores de leche humana para los recién nacidos prematuros y de muy bajo peso al nacer.

El FISDL desarrolla el programa para la adquisición de papilla para los niños y bebida fortificada para embarazadas de los 100 municipios del Programa Comunidades Solidarias Rurales; implementación del Programa de Protección Social en 149 municipios; prevención de retardo en crecimiento, a través de Bonos Nutricionales en comunidades que viven cerca o bajo la Línea de Pobreza (72 municipios); y Atención nutricional a niños y niñas identificados con desnutrición aguda moderada y severa de 6 meses a 9 años en 14 municipios del país.

Párrafo 4, artículo 11

Se informa que el CONASAN y el MINSAL han formulado el Plan de Prevención de la Obesidad y Sobrepeso, orientado al cambio de comportamientos alimentarios y la promoción de estilos de vida saludables. El MINSAL elaboró el plan estratégico nacional multisectorial para el abordaje integral del sobrepeso y obesidad 2017-2021, y la estrategia multisectorial educativa y de comunicación social para promover comportamientos alimentarios adecuados y actividad física, en la población salvadoreña, para disminuir los problemas de malnutrición.

El MINSAL y la Defensoría del Consumidor, elaboraron normativa para tiendas y cafetines saludables en los Centros escolares y una guía de refrigerios escolares. En el año 2018, El MINEDUCYT ha implementado el Proyecto de huertos escolares y entornos escolares saludables, que ha beneficiado a 1,755 centros escolares y el Plan Nacional de Formación Docente, que promueve el desarrollo de conocimientos sobre los principios de nutrición y dietas sanas.

Párrafo 5, artículo 11

Sobre medidas adoptadas para garantizar la igualdad de acceso a los alimentos, tierras, créditos, recursos naturales y acceso a tecnología para los grupos poblacionales más vulnerables, se tienen: el ISTA ha beneficiado a 29,253 familias del área rural (47% mujeres) con escrituras de propiedad de inmuebles (solares o lotes agrícolas) entre 2014-2018.

El Programa de Desarrollo Agropecuario del ISTA, provee insumos para la diversificación de huertos familiares, crianza de tilapia, vacunación de aves y ganado. Ejecuta el proyecto de aves de traspatio para mujeres en situación de vulnerabilidad, ofreciendo capacitación y asistencia técnica amigable con el medio ambiente, en cual ha beneficiado a 153,390 personas (51% mujeres) entre 2014-2018. El Programa de Transferencia de Tierra y Seguridad Jurídica ha entregado entre 2009-2017, un total de 65,163 escrituras de propiedad de la tierra a campesinos/as, de ellos 26,212 a mujeres y 38,951 a hombres.

El Instituto de Legalización de la Propiedad entrego escrituras de propiedad a 8,966 familias entre 2014- 2017. El 67% de las escrituras inscritas a favor de mujeres jefas de hogar y el 33% a hombres. Las familias beneficiadas pertenecen a comunidades, proyectos in situ, habitantes de antiguas calles en desuso y ex líneas férreas.

Entre 2018-2019, el MAG transfirió tecnología a 65,196 productores para la producción sostenible de alimentos; y para garantizar el abastecimiento de granos básico se entregaron 731,513 paquetes agrícolas. Se transfirió tecnología y asistencia técnica a 991 productores de frutas y a 1,053 productores de hortalizas. Se benefició a 18,393 personas con asistencia técnica y proyectos de seguridad alimentaria, adaptación al cambio climático, liderazgo y sensibilización en género, erradicación de las peores formas de trabajo infantil, infraestructura social, y fortalecimiento organizacional.

Entre las medidas adoptadas específicamente para las mujeres, están: Programa Banca Mujer, que beneficio a más de 16,500 empresarias con créditos, garantías y capacitaciones desde 2017; el 86.4% de los préstamos otorgados por FOSOFAMILIA fueron para mujeres y el 31.7% de los servicios financieros prestados por el Banco de Fomento Agropecuario corresponden a este sector. A Junio 2017 ha incrementado a 44% la participación de las mujeres en el total de créditos de vivienda otorgados por el Fondo Social de Vivienda; así mismo FONAVIPO ha otorgado 56% en créditos y 68% de subsidios para vivienda de interés social a mujeres jefas de hogar.

En 2017 el ISTA entrego el 47% de títulos de propiedad de solares para vivienda y lotes agrícolas a mujeres; y un 51% de mujeres participan en los programas de Desarrollo Agropecuario. El MAG entregó 46,484 paquetes agrícolas a familias impactadas por los efectos de cambio climático. En 2018 participaron el 43% de mujeres en el Programa de Paquetes Agrícolas, a quienes se les entregó 247,408 paquetes de semilla de maíz, frijol y sorgo. Además, el MAG brindó a 38% mujeres asistencia técnica y capacitación en temas agropecuarios, forestales, pesqueros y acuícola; asimismo, Ciudad Mujer y CENTA brindaron asistencia técnica agropecuaria a 1,170 mujeres beneficiarias del programa.

Párrafo 6, artículo 11

En el caso de El Salvador, las directrices voluntarias son un instrumento vigente, consideradas en la formulación de leyes y políticas públicas que se han plasmado en los instrumentos políticos, institucionales y programáticos del país. Tal es el caso de las leyes y programas en el ámbito de la protección social ya mencionadas.

Párrafo 7, artículo 11

Literal a)

El Estado Salvadoreño informa, según la DIGESTYC, que al 2018 el 95.8% de los hogares del área urbana cuentan con acceso al agua por cañería y un 77.1% de la población rural cuenta con dicho acceso. Para el 2018, la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados, ANDA, generó una producción total de 382.6 millones de metros cúbicos, de los cuales 183.8 millones se destinaron al abastecimiento al Región Metropolitana de San Salvador, 82.8 millones para la Región Central, 75.9 millones para la Región Occidental y 40.1 millones para la Región Oriental.

Según Proyecciones de Población Municipalizadas 2005–2025 de la DIGESTYC, ANDA para el año 2018, presta el servicio de acueducto al 90.2% de la población (asciende a 3,788,252. del total de la población urbana) y el servicio de alcantarillado al 66.8% (corresponde a 2,807,429 del total de la población urbana siendo esta 4,201,167).

ANDA estudia la ejecución de proyectos estratégicos para mejorar la cobertura de agua potable a nivel nacional, como son: Rehabilitación de las Planta Potabilizadora Las Pavas, con la que se espera beneficiar a más de 500,000 familias en el gran San Salvador para los próximos 25 años; la primera etapa del proyecto de cambio de tuberías de agua potable y aguas negras en la Libertad y San Salvador, con lo que se espera reducir el índice de agua no facturada a través de la eliminación de fugas; el Programa de Eficiencia Energética en los sistemas de bombeo a nivel nacional y Proyectos para Agua y Saneamiento.

Literal b)

En lo referente a los porcentaje de familias sin acceso a agua suficiente y salubridad, ANDA registra a 2018 que el 9.8% de población carece de conexión a acueducto y un 32.2% de población sin conexión a alcantarillado en la zona urbana (Anexo 32).

Literal c)

En el marco de los avances que realiza El Salvador en la implementación de medidas para garantizar los servicios de suministro de agua, se menciona el Anteproyecto de Ley General de Aguas; y de acuerdo a la recomendación (numeral 20 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5) se informa que ésta se encuentra en estudio en la Comisión de Medio Ambiento y Cambio Climático de la Asamblea Legislativa. ANDA ha mantenido alianzas con las Juntas Rurales de Agua y Organizaciones sociales que se aglutinan en el Foro del Agua, ante la posibilidad de lograr un acuerdo legislativo sobre la aprobación de dicha Ley.

En 2015, ANDA elaboro el Primer Catastro y Diagnostico Nacional de Sistemas de Abastecimiento de Agua no Administrados por ANDA, siendo la base para la elaboración del Plan Nacional de Agua Potable y Saneamiento que busca asegurar a la población el acceso pleno y permanente a los servicios de agua potable y saneamiento.

El MARN cuenta con el Reglamento Especial de Gestión, Uso, Protección y Manejo de las Aguas y Ecosistemas Acuáticos, y un Plan Nacional de Gestión Integrada de Recursos Hídricos, con los cuales se supervisa la disponibilidad y calidad del agua. Además posee un Sistema de Información Hídrica (SIHI), herramienta computacional que registra toda la información generada con el Plan hídrico accesible a los actores clave y la población en general.

Literal d)

El Estado Salvadoreño cuenta con el Plan Nacional de Agua Potable y Saneamiento (2018). A nivel regional El Salvador es parte del Foro Centroamericano y República Dominicana de Agua Potable y Saneamiento (FOCARD-APS) y participo en la elaboración de la “Ley Marco Regional Referente al Derecho Humano al Agua Potable y Saneamiento”, instrumento regional que pretende integrar los marcos legislativos de los países miembros en referencia al derecho humano al agua potable y saneamiento.

ANDA brinda el servicio de potabilización del agua, cumpliendo con estándares sanitarios de calidad establecidos por las normativas locales e internacionales. Para el control de calidad cuenta con un laboratorio central con acreditación ISO/IEC 17025:2005como norma internacional, que posee instrumental de análisis por una inversión de $600,000.00,con capacidad de ejecutar el 90% de todos los parámetros que exige la Norma Salvadoreña de agua potable, y realiza investigaciones sobre agentes contaminantes en aguas subterráneas y aguas superficiales.

Además, cuenta con tres laboratorios de control de calidad en el país, y 5 laboratorios de procesos en la planta potabilizadora Las Pavas; un laboratorio de investigación y desarrollo y el Centro de Formación Integral, CFI para operadores de sistemas de agua. Así como la certificación de AquaRating, por el cumplimiento del proceso de evaluación y auditoria implementado por el BID y la International Water Asociaton, para el periodo 2018-2021 (Anexo 33).

El MARN, a través del SIHI ha implementado una base de datos con información geográfica de sitios de muestreo (ríos, lagos y lagunas), Además, continúa con la implementación del Plan Nacional de Gestión Integrada del Recurso Hídrico, mediante la cual se definen indicadores biológicos para la determinación de la calidad de aguas.

Párrafo 8, artículo 11

El Estado salvadoreño informa que ANDA junto al MINEDUCYT desarrollan el programa “Superhéroes del Agua” una campaña educativa que busca sensibilizar a estudiantes sobre la conservación y protección del vital líquido. En 2018 se realizaron un total de 217 visitas a centros escolares, comunidades y medios de comunicación a nivel nacional, Además, en la currícula nacional del MINEDUCYT se desarrollan contenidos sobre cuido de las fuentes de agua y los métodos para reducir los desperdicios del mismo. El ISTA ha formado a su personal en Derecho Humano al agua; y en coordinación con lideresas territoriales desarrollaron 9 foros en áreas rurales, con una amplia participación de actores locales.

Párrafo 9, articulo 11

El Estado Salvadoreño informa que a 2018, según los datos de la EHPM, los hogares que habitan en viviendas inadecuada (entendiéndose ésta como: pieza en un mesón, pieza en una casa, casa improvisada, rancho) es de un 2.6% a nivel nacional.

Con respecto a los hogares viviendo en casas estructuralmente inseguras(entendiéndose estas que poseen material de construcción de adobe, lámina metálica, bahareque, madera, paja o palma o materiales de desecho), la EHPM 2018 determinó que existen 23.3% (Anexo 34); además, a nivel nacional el 40.9% de los hogares viven en condición de hacinamiento, del cual un 57.0% corresponde a los hogares del área rural, en comparación al 31.5% del área urbana.

Respecto al acceso de los servicios básicos a nivel nacional, el 97.0% de los hogares cuenta con acceso a servicio alumbrado eléctrico; un 88.9% de los hogares cuentan con acceso al servicio de agua por cañería; y 94.9% de los hogares cuenta con servicio sanitario (dentro o fuera de la vivienda).

El sector vivienda gubernamental benefició a 106,518 salvadoreños, equivalentes a 29,024 familias con una inversión de USD$137.39 millones de dólares (periodo junio 2018 a mayo 2019). Se han desarrollado diversas soluciones habitacionales e infraestructura complementaria en asentamientos urbanos precarios; incluyendo la regularización y legalización de lotes. Desde el 2014 a diciembre del 2018, se ha facilitado el acceso a la vivienda a 114,801 salvadoreños, es decir 31,281 familias, con una inversión de USD$517.01 millones de dólares mediante intervenciones directas de créditos y construcción de viviendas. Además, se han realizado intervenciones en la mejora de la habitabilidad de 21,980 familias, con lo que se beneficia a 80,666 salvadoreños, con una inversión de USD$160.55 millones de dólares

Párrafo 10, articulo 11

Literal a)

En relación a la recomendación numeral 18 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que el Sector vivienda gubernamental benefició a más 29,024 familias con una inversión de USD$137.39 millones de dólares (junio 2018 a mayo 2019); Además, apoyó a 13,142 familias para mejoramiento en vivienda e infraestructura y el ILP garantizó seguridad jurídica a 4,918 familias mediante la entrega de escrituras y la regularización de sus lotes.

Durante el periodo de junio 2018 a mayo 2019, El FSV benefició a 19,851 salvadoreños mediante la facilitación de una solución habitacional, es decir 5,409 familias han podido tener acceso y disfrute a una vivienda propia y/o hacer mejoras. Este logro es por medio del financiamiento y venta de activos extraordinarios del FSV. El 50.4 % de estos créditos fueron otorgados a mujeres. La inversión fue de USD$92.43 millones de dólares.

El Estado Salvadoreño informa que un total de 6,700 créditos fueron para vivienda nueva por un monto de US$190.36 millones. El Programa Vivienda Cercana dirigido a salvadoreños(as) en Exterior, benefició a 793 familias con créditos por US$27.11 millones; el Programa Aporte y Crédito dirigido al sector de ingresos variables ha beneficiado a 1,232 familias por US$29.71 millones; el Programa Casa Joven benefició a 5,032 jóvenes entre los 18 y 25 años, con créditos para vivienda por US$95.28 millones. El Programa Vivienda Social (2017) dirigido a personas sin suficiente capacidad de pago, atendió a 751 familias, formalizando 599 créditos con una inversión de US$6.24 millones (2017 -2018). Así mismo, el Programa Casa Mujer registró un total de 48 créditos por un monto de US$0.79 millones (2018).

El Programa "Dotación de viviendas para familias ubicadas en zonas de alto riesgo(inundación, derrumbes o deslaves, otros)ha proporcionado un monto de créditos por USD$5.9 millones con una contrapartida del Estado por $0.767 millones.

Como parte de las medidas de reparación de daños ocasionados a las víctimas del Mozote y zonas aledañas, se creó el programa de Desarrollo Habitacional para dicho lugar, cuyo monto invertido en este rubro asciende a USD$ 464,295.74.00

La Asamblea Legislativa en 2018 a través del Fondo General asignó USD$ 67,052.00 para ejecutar el “Programa de Mejoramiento de Viviendas para familias de escasos recursos, a nivel nacional”, que comprende la adquisición y entrega de materiales a familias cuyos ingresos se encuentran en el segmento de 0 a 2 salarios mínimos, en su mayoría madres solteras jefas de hogar, adultos mayores, personas con discapacidad.

Para el año 2018, el VMVDU ejecuto Obras de infraestructura comunitaria que benefició aproximadamente a 16,409 familias en San Salvador con una inversión de USD$20.63 millones. Con préstamo BID se ejecutó el Programa de Reducción de Vulnerabilidad en Asentamientos Urbanos Precarios en el Área Metropolitana de San Salvador (AMSS) y el Programa de Mejoramiento Integral de Asentamientos Urbanos Precarios (2017).

El Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) (periodo junio 2018 a mayo 2019) atendió a 20,776 salvadoreños de 5,661 familias. Para ello invirtió 21.19 millones de dólares; con el objetivo de facilitar a las familias salvadoreñas de bajos ingresos (con ingresos de hasta cuatro salarios mínimos mensuales), el acceso al crédito que les permita solucionar su problema de vivienda y procurar las condiciones más favorables para el financiamiento habitacional de interés social. Asimismo, otorga subsidios (contribuciones) para vivienda; desarrolla proyectos habitacionales de interés social y los comercializa; apoya en proyectos de reconstrucción; ofrece asesoría legal, legaliza soluciones habitacionales a la población objeto de la institución y apoya en el proceso de legalización por Decretos Legislativos en líneas férreas y calles en desuso.

Literal b)

El Salvador cuenta con una Política Nacional de Vivienda y Hábitat, aprobada en 2015. Entre sus líneas busca modernizar la normativa para el acceso y tenencia de la vivienda; para ello, impulso las iniciativas de formulación de la Ley de Inquilinato y la Ley Nacional de Hábitat y Vivienda; además, en conjunto con el sector privado, desarrollaron una propuesta de reforma y actualización de esta normativa, y se dispone de un estudio referente al comportamiento de la vivienda en alquiler en el país y posibles alternativas de implementación que impulsen la oferta y demanda de este tipo de modalidad.

Respecto a programas que brindan solución habitacional a poblaciones vulnerables remitirse a párrafo 204-210.

Literal c)

En el ámbito normativo, la Asamblea Legislativa adicionó un cuarto inciso al Art. 1 de la Ley de Urbanismo y Construcción (2016), indicando: “el VMVDU y las municipalidades verificarán el estricto cumplimiento del Diseño Universal, con accesibilidad para personas con discapacidad en los planes de desarrollo Urbano y Rural, según el Art. 9 de la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad”. Para tal efecto se desarrolló el Manual de Urbanismo y Construcción que proporciona parámetros adicionales a la norma técnica de accesibilidad vigente.

Se presentó a la Asamblea Legislativa el Anteproyecto de Ley de Vivienda y Hábitat, que incluye preferentemente a grupos vulnerables: hogares monoparentales, niños, adultos mayores, comunidades indígenas, personas con discapacidad física y familias afectadas por situaciones de desastre de origen natural, calamidad pública o estado de emergencia.

El Estado salvadoreño informa que para las personas con discapacidad se dispone de líneas crediticias para el acceso a vivienda que son otorgadas por IPSFA y a través del Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados a consecuencia del Conflicto Armado (FOPROLYD).

Párrafo 11, articulo 11

El Estado Salvadoreño, informa que la Ley del Medio Ambiente establece entre otros, un Estudio de Impacto Ambiental, que garantice la no construcción de obras o proyectos en lugares contaminados. En 2017 el MARN realizó actualización de los Términos de Referencia para las obras o proyectos que requieran la presentación de Estudios de Impacto Ambiental.

Asimismo, en 2016, se elaboró la propuesta de Ley de General de Residuos, que se encuentra en estudio, en la cual se incluye la creación de un inventario de sitios contaminados /ubicación, origen y características.

En lo relativo a la recomendación del Comité numeral 18 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que para 2018,a nivel nacional,el 88.9% de los hogares cuentan con el acceso al servicio de agua por cañería (un 95.8% en área urbana, y el 77.1% en el área rural); el 94.9% de los hogares tiene servicio sanitario (saneamiento), y el 57.9% de los hogares se deshacen de las aguas residuales tirándola a la calle o al aire libre (Anexo 35).

El Estado parte cuenta con el Plan Nacional de Agua Potable y Saneamiento (2018), instrumento que busca asegurar a la población el acceso pleno y permanente a los servicios de agua potable y saneamiento.

Párrafo 12, articulo 11

Los programas de Estado dirigidos a otorgar seguridad de la tenencia de la propiedad y el acceso a crédito y subsidios para las familias de bajos ingresos, FONAVIPO atendió a 20,776 salvadoreños de 5,661 familias, invirtiendo USD$21.19 millones de dólares. Así mismo, otorgó subsidios para vivienda, desarrolló proyectos habitacionales de interés social; ofreció asesoría legal, legalizó soluciones habitacionales y apoyó el proceso de legalización por Decretos Legislativos en líneas férreas y calles en desuso; además, el Instituto de Legalización de la Propiedad (ILP) atendió a 4,918 salvadoreños con la entrega de 1,340 escrituras de títulos de propiedad de los inmuebles que habitan. Mejorar su seguridad jurídica tuvo una inversión de USD$1.42 millones de dólares.

Párrafo 13, articulo 11

Para evitar los desalojos forzosos, como Estado se han impulsado medidas afirmativas que busquen equilibrar la garantía de derecho a la propiedad privada con el acceso a la vivienda a poblaciones más vulnerables, a través de la ejecución de diferentes programas de acceso al crédito y a los subsidios. Además, como se menciono, a través del ILP se han entregado escrituras de títulos de propiedad a familias sobre los inmuebles que habitan.

Artículo 12

Párrafo 1, artículo 12

El Gobierno de El Salvador realizó e implementó: la reforma en el Sistema Nacional In­tegrado de Salud, y consolidó la estrategia de Atención Primaria de Salud Integral; además, aprobó la Política Nacional de Salud 2015-2019 (un modelo orientado a la prevención de enfermedad, curación y rehabilitación) y la Política Nacional de Salud Intercultural. Promovió el fortalecimiento de Redes Integrales de Salud, Sistema de Emergencias Médicas, Foro Nacional de Salud y el Instituto Nacional de Salud.

En seguimiento a la recomendación del Comité numeral 21 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que anualmente se produce información relacionada con el gasto nacional en salud (GNS) a través del MINSAL. La generación de los reportes de cuentas en salud, permite al país disponer de indicadores, tales como: gasto nacional en salud (GNS), gasto público en salud (GPúbS), gasto privado en salud (GPrivS), gasto per cápita en salud (GPerCS), gasto de bolsillo de los hogares en salud (GBHS), y su relación con el gasto público total (GPT) y el producto interno bruto (PIB) del país.

Las cifras del GNS indican que entre 2008-2018 pasó de USD$1, 331.6 millones a USD $1, 937.7 millones, incrementándose durante el período en 46 % respecto a 2008. En relación al PIB, el GNS ha pasado de representar el 8 % en 2009 y 2010 al 7.4 % en 2018 (Anexo 34). Así mismo el GPubS, pasó de representar el 60 % del GNS en 2008 al 67 % en 2018; y el GPrivS representó el 33 % del GNS en 2018 (Anexo 36).

Se informa que los servicios de salud pública son gratuitas y las atenciones brindadas se encuentras expuestas en cuadros del anexo 37.

Párrafo 2, artículo 12

Literal a)

El MINSAL, cuenta con una red nacional de 819 establecimientos de salud, con personal multidisciplinario, equipos e insumos de acuerdo a los servicios de salud preventivos, curativos y de rehabilitación; 401 establecimientos de salud se han construido, remodelado, ampliado y equipado (2009-2017) para mejorar las condiciones de accesibilidad arquitectónica y el equipo para la prestación de los servicios de salud a las personas con discapacidad.

En lo que respecta a la atención médica de las personas con discapacidad y las personas mayores, existen los Lineamientos Técnicos para la atención integral en Salud para las Personas con Discapacidad y el Programa de Atención Integral a la Persona Adulta Mayor que contempla ámbitos en educación, salud, infraestructura accesible, pensión no contributiva, actividades culturales y recreación.

En 2018 se Oficializó el Modelo de Atención Integral en Salud para las Personas Adultas Mayores, estableciendo estrategias y mecanismos para la prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la salud de dicha población.

En lo referente a las personas con discapacidad existen normativas y reglamentos que contemplan a este grupo poblacional, entre ellas: la Ley de Firma Electrónica (01/10/2015), la Ley de Deberes y Derechos de los Pacientes y Prestadores de Servicios de Salud (08/04/2016) (Art. 9 y 19); la Ley de Prevención y Control de la Infección provocada por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (Art.10); y la Ley de Salud Mental (17/07/2017) (Art. 10, 21 y 25).

En el ámbito de la detención temprana y prevención de nuevas discapacidades se realiza el tamízaje neonatal para hipotiroidismo congénito y el tamízaje auditivo. En lo referente a los procesos de rehabilitación, el ISRI cuenta con 8 centros especializados, entre ellos el Centro de Rehabilitación Profesional y el Centro de Rehabilitación de Ciegos, los cuales brindan servicios para una vida independiente y de autocuido. Entre los programas para la inclusión social de las personas con discapacidad, se mencionan: programas de rehabilitación de niñas y niños para la inclusión educativa; asistencia psico-social; habilidades adaptativas; terapia física y terapia ocupacional; el programa de donación de ayudas técnicas; programa donación de prótesis; de detección temprana de sordera; de implante coclear, de orientación y movilidad; de donación de auxiliares auditivos; entre otros.

El MINSAL durante 2017 registro un total de 13, 187 personas con discapacidad bajo la cobertura de los Equipos Comunitarios de Salud Familiar. Del total registrado, se tiene que el 41.85% corresponde a discapacidad física, el 18.50% visual, el 14.49% psicosocial, el 14.01% intelectual y el 11.15% auditiva.

Literal b)

Se informa que la prestación pública de servicio de salud de emergencia, urgencia, ambulatorio y hospitalización, tanto para nacionales y extranjeros es gratuita (Acuerdo Ministerial No 288, 31/1/2017) en el área rural y urbana. Sobre las Atenciones de salud brindadas 2016-2018, Ver Anexo 37.

Literal c)

El MINSAL cuenta con un Laboratorio de control de calidad y análisis Físico Químico y Microbiológico de medicamentos, insumos médicos y productos biológicos que ingresan a la red nacional del MINSAL. Así mismo, para evitar la caducidad, en farmacia y almacenes se realiza rotación de inventario de medicamento. Adicionalmente en 2014 se aprobó la Ley de Medi­camentos, con el objeto de fortalecer la vigilancia y con­trol de precios.

Literal d)

El MINSAL capacitó al personal médico para la mejora en la calidad de la atención, con énfasis en la mujer y la niñez, impactando positivamente en los indicadores de mortalidad materna y neonatal; realizó talleres de Socialización de Lineamientos de Atención Integral en Salud de la Población LGBTI; entre otros.

El MINSAL en el marco del Proyecto «Apoyo técnico al Instituto Nacional de Salud» entre 2017-2018, impartió 48 cursos de emergencias médicas; y el personal médico, enfermería y otras especialidades de salud fortalecieron sus capacidades participando en eventos regionales de VIH/SIDA, TUBERCULOSIS, TIC, entre otros.

Párrafo 3, artículo 12

Literal a)

En cuanto a reformas legislativas encaminadas a mejorar la salud infantil y materna, la salud sexual y reproductiva, están: Política de Salud Sexual y Reproductiva; Plan Estratégico para la Reducción de la Mortalidad Materna perinatal y neonatal; Ley Especial para la regulación e instalación de Salas Cunas para hijos de trabajadores; Ley de Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna y las relacionadas al ámbito de la educación que instruye al MINEDUCYT a impartir educación sobre los temas mencionados.

Sobre acceso a la planificación familiar,se registra un incremento de usuarias activas de un 29% en 2017 a un 34% en 2018; aumento de la oferta de métodos reversibles de larga duración como el dispositivo intrauterino y el implante subdérmico; mejora en la calidad de la consejería balanceada en anticoncepción; y la implementación del programa “Plan de Vida en Adolescentes”, que tiene por objeto prolongar la primera relación sexual y reducir los embarazos.

Sobre la atención anterior y posterior al parto, frente a embarazos riesgosose desarrollael control prenatal básico y especializado, exámenes, ultrasonografía, consulta gratuita, micronutrientes, hogares de espera, plan de parto, referencias oportunas, entre otras.

Se ha incrementado el parto institucional en un 99.1% para el 2018, reduciendo así la morbimortalidad materna e infantil. El 90% de las mujeres salvadoreñas reciben al menos 4 controles prenatales; y entre 2009- 2017, 24 mil mujeres embarazadas fueron ingresadas en los 21 hogares de espera materna que se tienen. Se ha implementado el parto humanizado de forma gratuita en las 28 maternidades del país; atención de ginecólogos para la identificación de riesgos fetales, y atención del neonato por pediatras o neonatólogos; además se cuenta con el recurso humano e insumos necesarios para el manejo de emergencias obstétricas prioritarias (hemorragias, sepsis y trastornos, hipertensivos del embarazo, parto distócico).

Respecto a la educación y creación de conciencia,el MINSAL ha fortalecido las competencias de los prestadores de salud, mediante la formación en derechos sexuales y reproductivos, derechos humanos, cuidados del recién nacido, reanimación y transporte neonatal, cuidados del prematuro, anomalías congénitas; etc.

En relación a la recomendación del Comité numeral 23 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se registra una reducción de los embarazos adolescentes de un 30% en 2015 a un 26.4% en 2018. Asimismo, el MINSAL brindó servicios diferenciados para adolescentes en 21 hospitales, en 250 Unidades Comunitarias de Salud Familiar (UCSF) intermedias, y en 17 hospitales se desarrollaron Círculos Educativos con adolescentes embarazadas.

Además, se cuenta con la Política Nacional de Salud (2009-2014), la Estrategia Nacional Intersectorial de Prevención del Embarazo en Niñas y Adolescentes 2017-2027 y el Plan de prevención del segundo embarazo adolescente.

El MINSAL amplió la oferta de servicios de anticoncepción y en 2016 aprobó los Lineamientos Técnicos para la provisión de servicios de anticoncepción; en ese mismo año, se brindaron 232,859 consejerías en salud sexual reproductiva y anticoncepción, para el 2017 fueron 274,829.

El MINSAL ha desplegado a nivel nacional los ECOS Familiares, que brindan servicios de salud cercanos a la población, incluyendo servicios de salud sexual y reproductiva; se destaca que el 66% de las consultas para inscripción, control prenatal y puerperal son del área rural; además, el 65.6% de usuarias activas de métodos de anticoncepción atendidas en la UCSF y hospitales, son del área rural; y se atendieron 161,195 atenciones preventivas para adolescentes.

En relación a reforzar la educación, integral y apropiada a cada edad, sobre salud sexual y reproductiva,el Estado Salvadoreño informa que la Política de Salud Sexual y Reproductiva contempla programas de información, educación sexual y atención en la salud sexual y reproductiva, orientados a grupos de edad escolar, preadolescentes, adolescentes, mujeres y hombres duran­te todo el ciclo vital; y la Política Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia 2013-2023, incluye la educación integral de la sexualidad, el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva, los servicios de prevención del embarazo en niñas y en adolescentes.

El MINSAL realizó procesos de formación para la prevención de embarazos, infecciones de transmisión sexual y VIH; 243 UCSF intermedias desarrollaron formación de promotores juveniles de salud; desarrolló la estrategia comunitaria “entre pares”; el Programa Ciudad Mujer brindó un total de 3,4 millones de servicios a más de 1,4 millones de usuarias entre2014-2018, brindando servicios de salud sexual y reproductiva. Además, se creó el Programa Ciudad Mujer Joven, que acerco los servicios de prevención del embarazo en adolecentes y de salud sexual y reproductiva hasta los Centros Escolares.

La legislación nacional secundaria en relación al aborto en El Salvador tiene una relación directa con la disposición prevista en el Art.1 de la Constitución de la República. En 2016, fueron presentadas a la Asamblea Legislativa, dos propuestas de reforma al Código Penal que están en estudio. La primera por el partido FMLN, que busca adicionar el Artículo 133-A al CP, estableciendo 4 causales en las cuales el aborto no sea punible, que son: salvar la vida de la mujer gestante y preservar su salud; cuando el embarazo sea producto de una violación; por malformación del feto que haga inviable la vida extrauterina y embarazos en menores de edad por violación o estupro. Y la segunda, por el partido Arena, que considera endurecer las penas a los delitos establecidos en diversos artículos del Código Penal relacionados con el aborto: Artículo 133 – Aborto consentido y propio; Artículo 139 – Lesiones culposas en el no nacido; Artículo 373 - Venta ilegal de abortivo y el Artículo 374 - Anuncios de medios abortivos.

Con respecto a la atención a la usuaria que presente un aborto(no existiendo intervención externa física o medicamentos para la terminación del embarazo), el MINSAL se enfoca en el trato digno y de calidad respetando sus derechos humanos, a través de la capacitación y sensibilización dirigidas al personal de salud, para fortalecer sus competencias y habilidades en el marco de la atención, integrando la parte clínica como la parte jurídica – legal.

Literal b)

Se informa que el MINSAL realiza acciones de prevención y vigilancia de calidad del agua para consumo humano, a través de la lectura de cloro residual en red, toma y envío de muestras de agua, análisis bacteriológicos y físico-químicos, inspecciones sanitarias, ente otras; y ha elaborado los lineamientos técnicos para la casa del agua saludable, desechos bioinfecciosos y letrinas, para su manejo. Además, da seguimiento al indicador de la atención al niño menor de un año, entendiendo que la calidad del agua es un factor crítico para las enfermedades, como la diarrea, dicho indicador permite dar seguimiento a la cantidad de atenciones y la calidad de la misma, para lo cual se ha introducido un código único de nacimiento, que será el mismo para el expediente de atención y registro.

Literal c)

Mediante el Programa de Vacunaciones e Inmunizaciones,se desarrollan acciones, tendientes a lograr las coberturas universales de vacunas que disminuya las tasas de morbilidad y mortalidad, causadas por enfermedades inmuno prevenibles; y la erradicación de la poliomielitis, la eliminación del sarampión autóctono, la rubeola y síndrome de rubeola congénito.

En materia de inmunización se ha cambiado la vacuna antirrábica de células vero, la DPT primer refuerzo por Pentavalente, y la a bivalente por la vacuna inactivada contra la Poliomielitis; introducción de la vacuna contra el neumococo y la vacuna contra la hepatitis B en el recién nacido; ampliación del esquema de vacunación contra la influenza y la vacuna TDPA a las mujeres embarazadas, disminuyendo los casos de tosferina en los niños menores de tres meses; ha vacunado contra el sarampión a viajeros que la solicitan; y se benefició a más de un millón de personas con la campaña de vacunación de influenza estacional y la vacunación Pandémica.

Según la Encuesta de Indicadores Múltiples por Conglomerados –MICS-, OMS/OPS y UNICEF, se amplió la cobertura de vacunación contra la Poliomielitis con 89.1%, la Pentavalente con 91.8%, el Sarampión con 96.1% y la vacunación contra la Tuberculosis con 97.7%; y según datos de la última Encuesta Nacional de Salud (2014), se tiene que la cobertura de vacunación se mantiene con niveles mayores al 90 % en niños y niñas menores de un año desde 2009 a 2016.

En el caso de las enfermedades infecciosas, la tasa de letalidad por dengue se ha reducido, y la tasa de éxito en el tratamiento de Tuberculosis (TB) se mantiene por arriba del 90% y se ha mantenido en 100% la cobertura.

Literal d)

El Plan El Salvador Seguro, en 2017 destinó USD$ 35,771,813.00 para prevención, en los municipios priorizados, que incluyó la construcción y mejora de 68 espacios públicos; 1,500 personas se beneficiaron con programas como “familias fuertes” y el MINEDCYT incorporo en los programas de estudio de educación básica y media, el tema prevención del consumo de drogas y alcohol.

Algunas acciones de comunicación social realizadas a nivel nacional, se mencionan: el Día Mundial Sin Tabaco; el “Tabaco es una amenaza para el Desarrollo”; el Día Internacional Sin Alcohol; la campaña digital de prevención de la violencia social “Un País Con Valores Hace la Diferencia”; así como 188 campañas en ferias de la salud.

En referencia a la atención, tratamiento y rehabilitación de personas afectas por las drogas, el MINSAL ofrece servicios en el primer nivel de atención de la salud, con unidades comunitarias de salud familiar, clínicas comunales y unidades médicas del ISSS, centros de prevención y tratamiento de adicciones de FOSALUD. Asimismo, para el seguimiento y la prevención de recaídas, los dispositivos de atención del sistema nacional de salud ofrecen servicios de intervención temprana, intervención en crisis, diversas modalidades de tratamiento y patología dual.

El MINSAL brinda tratamiento para la deshabituación de sustancias psicoactivas en adolescentes de entre 10 a 19 años con problemas de adicción que se encuentran bajo medidas administrativas y judiciales, atendidos por el Centro de Integración Nacional para la Niñez y Adolescencia (CINNA) del ISNA; además, certifica como operadores socio terapéutico en drogodependencias a profesionales de la salud de instituciones públicas y privadas.

Se han desarrollado acciones para fortalecer la vigilancia epidemiológica a través de estudios en población general y de niñez y adolescencia, tales como: “Tercera Encuesta sobre consumo de sustancias psicoactivas en población escolar de El Salvador” (2016); “Caracterización de las niñas, niños y adolescentes usuarios de los programas del ISNA/CINNA” (2017), y “Cuarta encuesta nacional sobre consumo de sustancias psicoactivas en población escolar de El Salvador” (2018).

Literal e)

En los últimos 10 años se ha mantenido la tendencia hacia la baja de nuevos casos del VIH, para 2007 se registró un promedio de 6 casos por día y para 2018 se registró un promedio de 3 por día; además se experimenta una disminución de la tasa de mortalidad, pasando de una tasa de 5 por 100,000 habitantes a una tasa de 4 por 100,000 habitantes en 2018.

De igual manera, se brinda terapia antirretroviral gratuita en los 20 hospitales públicos. Además, existen equipos multidisciplinarios y grupos de apoyo que brindan atención, soporte emocional y educativo a las personas con VIH (promotores pares en los hospitales y en los centros penales).

Asimismo,se ha implementado la Estrategia de Eliminación de la Transmisión Materno Infantil de VIH y Sífilis (ETMI), disminuyendo en un 90% la transmisión de VIH (2009-2018). Se brinda terapia antirretroviral a todas las mujeres embarazadas positivas y se da seguimiento a sus hijos para evitar la transmisión materno infantil. Se ha fortalecido el sistema de monitoreo y evaluación de la vigilancia epidemiológica del VIH (SUMEVE).

En diciembre de 2016 se aprobó la “Ley de Prevención y control de la infección provocada por el Virus de Inmunodeficiencia Humana” con énfasis en los ámbitos educativo, laboral, penitenciario, salud e investigación. En 2016 se actualizaron los Lineamientos técnicos para la atención integral en salud de personas LGBTI y en 2018 los Lineamientos técnicos para la atención integral en salud de personas privadas de libertad, para garantizar el derecho a la salud y a recibir terapia antirretroviral en los centros penales.

En ese mismo marco, MINSAL actualizó el Plan Estratégico Nacional Multisectorial 2016-2021,que busca entre otras la reducción de nuevas infecciones, muertes por VIH y eliminación de la Transmisión Materno Infantil. En 2018 se diseñó una estrategia de abordaje para poblaciones LGBTI, incrementándose los servicios especializados tal es el caso de las Clínicas de Vigilancia Centinela de las ITS (VICITS).

Se ha fomentado la promoción de políticas de prevención del VIH en los lugares de trabajo dentro de las instituciones del Estado, Gobiernos Municipales y empresa privadas (en 2016, 41 empresas tenían políticas de VIH y a marzo de 2019, 133 empresas). En este marco, se presentó ante la Asamblea Legislativa, en marzo 2019, una propuesta de Modificación al Decreto N° 254 de la Ley General de Prevención de Riesgos en el Lugar de Trabajo (Art.8) con la finalidad de incluir programas de prevención, que permitan corregir la percepción del VIH como una enfermedad de riesgo laboral e incluir otras enfermedades tales como las de transmisión vectorial y la tuberculosis.

El MINSAL mantiene permanentemente acciones educativas de promoción y prevención de infecciones de transmisión sexual, incluyendo el VIH/SIDA, dirigidos a adolescentes y grupos en mayor vulnerabilidad con la finalidad de promover el respeto a los derechos humanos y el cumplimiento entre otros del Decreto Ejecutivo N°56.

Literal f)

El MINSAL cuenta con tres Farmacias Especializadas (FE’s) que brindan servicio de calidad a las personas diagnosticadas con enfermedad crónicas, beneficiando a un total de 58,995 personas; se brindaron 483,821 atenciones y se dispensaron 987,246 recetas. Además, el MINSAL y el ISSS han realizado compras conjuntas de medicamentos para VIH/SIDA, con el apoyo del PNUD y OPS, garantizando así la existencia oportuna de los mismos.

Sobre la recomendación numeral 28 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que el Instituto Nacional de Salud (INS) realizó la “Primera Encuesta Nacional de Enfermedades Crónicas (2014-2015)” en población adulta, determinando que para la enfermedad renal crónica la prevalencia fue de un 12.6% (17.8% en el sexo masculino y 8.5% en el sexo femenino); y la enfermedad renal crónica no tradicional fue de un 3.8% (6% en el sexo masculino y un 2.1% en el sexo femenino).

El INS elaboró las “Guías de buenas prácticas clínicas para la atención de pacientes con diabetes mellitus, hipertensión arterial y enfermedad renal crónica”(2015), para favorecer la calidad de los controles y la reducción de complicaciones y mortalidad.

Literal g)

Para garantizar el tratamiento y atención de las personas con trastornos mentales se ha fortalecido el marco normativo en salud mental: Ley de Salud mental (2017); Política Nacional de Salud Mental, Lineamientos Técnicos de Atención en Salud Mental, Guías Clínicas para la atención Integral; Manual para aplicación de la estrategia de Familia a Familia, entre otros, con una inversión de USD$1.4 millones. Paralelamente se habilitaron unidades hospitalarias de salud mental en 18 hospitales de segundo nivel, reduciendo en un 50% los trastornos mentales graves en el hospital psiquiátrico.

Artículo 13

Párrafo 1, artículo 13

El MINEDUCYT, ha incorporado en la currícula educativa en general, la temática de los derechos económicos, sociales y culturales y la Educación Superior, de acuerdo al Art. 11 del Reglamento General de la LES y otros decretos, abordan la temática de los derechos humanos, ética gubernamental, educación inclusiva, violencia de género, educación ambiental, entre otros, que refuerzan la promoción de los derechos económicos, sociales y culturales; además se ha fortalecido el currículo en los ámbitos del idioma ingles, informática, educación ambiental y gestión de riesgos entre otros.

En lo referente a la recomendación numeral 24 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se invirtieron más de USD$26 millones en construcción y mejora de 453 centros escolares (junio 2017 a mayo 2018) (Anexo 38); se legalizaron un total de 469 inmuebles de instituciones educativas. El ISTA ha donado más de 50 inmuebles al MINEDUCYT para Centros Educativos en áreas ruralesy gestionó ante ANDA y SIGET el abastecimiento de las deficiencias de agua y luz eléctrica.

La Dirección Nacional de Educación Media para la dignificación del docente, promueve su formación continua, a través de seminarios, talleres y diplomados en universidades extranjeras. Y ha certificado a 932 especialistas de Educación Básica y Educación Media.

Párrafo 2, artículo 13

Literal a) y b)

La enseñanza primaria (incluida la básica) que imparte el Estado es gratuita, como se establece en la Constitución de la República en su Art. 56; asimismo la Ley General de Educación en su Art, 76 determina que “…La educación parvularia, básica, media y especial es gratuita cuando la imparte el Estado…”. Asimismo para la protección de los derechos humanos de la niñez en primera infancia, se impulso la política de educación inicial y desarrollo integral de la primera infancia y el diseño de la estrategia nacional de atención integral a la primera infancia desde la concepción hasta los 8 años (2018).

Literal c)

Para disminuir las barreras que limitan el acceso del derecho a la educación, especialmente la población más vulnerable, el MINEDUCYT implementó la dotación de paquetes escolares (Anexo 39), uniformes con una inversión de $63,240.961, entrega de alimentos a la totalidad de centros educativos públicos del país (atendiendo a más de 1.2 millones de estudiantes); el Programa Vaso de Leche (UHT) y el Programa de Alimentación y Salud Escolar (PASE).

En el Programa “Una Niña, Un Niño, Una Computadora” fueron entregadas 57,102 computadoras en 2,353 Centros Escolares de 2014- 2018, beneficiando a 783,450 estudiantes; asimismo, en el Programa “Atención a Estudiantes con Desempeño Sobresaliente científico-tecnológicos” participaron 5,889 estudiantes de 2014-2017.

Párrafo 3, artículo 13,

Literal a)

Entre las medidas para apoyar la gratuidad de educación secundaria están: el aprovisionamiento de paquetes escolares (útiles, zapatos, uniformes) con una inversión de USD$63,240.961; el modelo de Escuela inclusiva de tiempo pleno que benefició a 523 centros educativos (163 en los 14 departamentos y 360 de la zona costera) (2016- 2018); 19,581 estudiantes recibieron el estipendio de transporte escolar y las modalidades flexibles de educación a distancia, virtual, nocturna, atendiendo a 49,219 estudiantes de III ciclo y educación media.

Literal b)

El Estado informa en relación a la Educación Técnica Profesional, quemediante programas y proyectos específicos brindan una educación técnica profesional a jóvenes para facilitar su inserción al mundo productivo.

El MINEDUCYT ha fortalecido los programas de estudio en los contenidos curriculares para formar estudiantes en las áreas de inglés, informática, educación ambiental, derechos humanos, educación inclusiva, gestión para la reducción de riesgo a desastres, prevención de la violencia intrafamiliar y de género, así como los derechos económicos, sociales, políticos y culturales. Asimismo, la promoción de las prácticas profesionales les ha permitido adquirir conocimiento, competencias y desarrollo de habilidades para una mejor inserción laboral.

Párrafo 4, artículo 13

Para el fomento de la enseñanza superior gratuita, se ejecuta el Programa de becas y estipendios, con el cual se beneficia a jóvenes que cursan carreras técnicas en las seis instituciones de educación superior, que implementan el Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC). Se registró un total de 9,121 estudiantes becados que finalizaron sus estudios con una inversión de fondos gubernamentales de USD$16,338.970.08. El Proyecto modalidad en línea y a distancia para ocho carreras ha atendido a 3 mil estudiantes, apoyado por el MINEDUCYT que ejecutó una inversión aproximada de USD$ 4.3 millones; asimismo, el Programa de Becas FANTEL para Educación Superior con una inversión USD$ 28,539,019.45. La Universidad de El Salvador eliminó las cuotas de colegiatura para asegurar el acceso de jóvenes universitarios en situación de pobreza.

Párrafo 5, artículo 13

En lo referente a la educación de adultos y la educación continua, a lo largo de la vida, se contó con una Estrategia de Educación Acelerada para estudiantes que se encuentran fuera del sistema educativo, en riesgo social y en situación de sobre edad; en total con el programa de modalidades flexibles se han atendido durante 2014-2018 a 49,210 adolescentes y jóvenes en las modalidades de educación acelerada, distancia tradicional, nocturna, semipresencial, nivelación académica y virtual; así como, el piloto “Proyecto de Certificación de Competencias Técnicas” (2017), que certifico a 350 personas en desarrollo de software; instalación y mantenimiento eléctrico; patrimonio cultural; electrónica; eventos y banquetes.

Dando seguimiento a la recomendación numeral 25 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, para el 2019, El presupuesto asignado al Programa Nacional de Alfabetización fue USD$16,184,266.23y modalidades flexibles USD$46,711,372.35 (2014-2018) (Anexo 40). Se han declarado 165 de los 262 municipios libres de analfabetismo. El Programa de Alfabetización al 2018 atendió a más de 150,000 salvadoreños/as, en distintos niveles de educación de adultos, 66.91% son mujeres y un 32.09% son hombres correspondiendo un 70.99% a las zonas rurales, un 29.01% a zonas urbanas; siendo la población más beneficiada los que rondan entre 25 a 59 años (66.72%), los de 60 a más años (20.01%), y los 15 a 24 años (13.27%).

A través de la iniciativa de Atención a Personas con Discapacidad (APDIS), más de 1,500 personas con discapacidad auditiva, visual e intelectual han aprendido a leer y escribir en braille o lengua de señas.

Para prevenir la deserción escolar, se han impulsado medidas como la flexibilización del horario escolar, para facilitar la reincorporación de NNA al sistema educativo;el Programa de Dotación de Paquetes Escolares, Alimentación y Salud Escolar para facilitar el acceso y la permanencia en los centros escolares; y el Proyecto de Fortalecimiento de Habilidades para la Productividad (2016), que tiene por objeto el desarrollo de competencias técnicas para jóvenes de 12 a 17 años.

En lo referente a la educación de adultos y la educación continua, a lo largo de la vida, estos fueron expuestos en los párrafos 280-282.

Párrafo 6, artículo 13

El Censo Escolar del Sistema Regular para 2018 registró a 80,727 alumnos pertenecientes a la población indígena. Se cuenta con el proyecto Cuna Náhuat, que consiste en un proceso de inmersión lingüística con niños y niñas de 3 a 5 años, quienes son atendidos por señoras nahuahablantes.

Dando seguimiento a la recomendación del Comité numeral 26 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa que los estudiantes provenientes de pueblos indígenas tienen acceso a la educación en todos los centros educativos, en el idioma español. Actualmente, el MINEDUCYT no contempla la educación en lenguas indígenas, sin embargo, ha realizado diferentes proyectos para la revitalización del idioma Náhuat, como la edición de guías para docentes, capacitaciones, acciones de divulgación.

Párrafo 7, artículo 13

El MINEDUCYT impulsa un modelo de educación no sexista que busca sensibilizar a los estudiantes y las familias sobre elección vocacional libre de estereotipos sexistas. En 2018 se realizaron 4 videos sobre ese ámbito, 5 programas de formación en género y educación incluyente no sexista dirigido a docentes.

Párrafo 8, artículo 13

Para reducir las tasas de abandono escolar se implementó la flexibilización del horario escolar y otras medidas que fueron ampliadas en los párrafos 283.

Artículo 14

Párrafo 1, artículo 14

Respecto a programas de educación superior gratuita remítase al Párrafo 279.

Artículo 15

Párrafo 1, artículo 15

Literal a)

El MICULTURA ha realizado Programas, Festivales, y actividades culturales que han beneficiado a más de 300.000 personas en todo el territorio nacional”, propiciando además espacios de convivencia ciudadana en las Casas de Cultura y Programas de Cultura Viva Comunitaria. El ISTA por su parte, dono 64 inmuebles a municipalidades para la creación de espacios de esparcimiento, deporte, recreación y actos culturales.

Para el fomento de la cultura se han realizado eventos para la difusión de las iniciativas artísticas de los Pueblos Indígenas; así como, para las personas con discapacidad. El MINEDUCYT realizó un convenio con el Museo de la Imagen y la Palabra, y el Museo Marte para brindar atención especial a estudiantes de la zona rural.

Para promover el acceso a las actividades culturales se han desarrollado temporadas y presentaciones de la Orquesta Sinfónica de El Salvador; el Coro Nacional; el Sistema de Coros y Orquestas Juveniles; y el Coro Patrimonial, realizando entre 2017 y 2018, 78 presentaciones con un aproximado de 15,780 personas atendidas.

A través de la Colección Nacional de Artes y la Sala de Exposiciones San Jacinto, se desarrollaron actividades de promoción de los autores, por medio de charlas y talleres en la red de las Casas de la Cultura, centros escolares y otros espacios lúdicos. El Departamento de Cine y Audiovisuales realizó 15 muestras de cine, cortos y documentales; además, se realizaron muestras de cine a 200 estudiantes de centros escolares. Por su parte, el Centro Nacional de Artes (CENAR) y la Escuela Nacional de Danza Morena Celarié han contribuido a la formación artística y el desarrollo de iniciativas creativas y culturales, con 17 presentaciones abiertas al público, en las que participaron 6,720 personas.

Literal b)

En este ámbito de acción MICULTURA realizó procesos de adquisición de Las Marías (Quezaltepeque, La Libertad), así como trabajos de protección, salvaguarda y mejoramiento del sitio arqueológico Ciudad Vieja, con miras de apertura al público; asimismo, en el parque arqueológico Joya de Cerénse, han realizado mejoras en su infraestructura. Se inventariaron 937 bienes culturales de colecciones privadas, 8 de Colección Eclesiástica, 13 de Colección Gubernamental, 419 de la Colección Nacional de Historia y 343 bienes de la Colección Nacional de Arqueología.

El MICULTURA ha promovido mediante las distintas redes sociales y tecnológicas, el quehacer cultural como medio informativo y educativo; y el MINEDUCYT desarrolló programas de estudio en los distintos niveles educativos para el fomento del conocimiento, cuido y conservación del patrimonio cultural de la humanidad.

Literal c)

En el marco del Sistema de Educación Acelerada y el Sistema Integrado de Educación Inclusiva de Tiempo Pleno se ha fomentado las expresiones culturales y artísticas, para el 2018 se han identificado 186 centros escolares de tiempo extendido, que realizaron actividades culturales y artísticas para niños. Asimismo, el MINEDUCYT creó el Bachillerato Técnico Vocacional en Música, beneficiando a 2,430 estudiantes con la dotando de instrumentos musicales. Se ejecutó el programa Coro Presidencial y la compañía de Teatro Infantil la Colmenita, los cuales desarrollan habilidades artísticas de los NNA de comunidades vulnerables (2,425 NNA beneficiados en 2017 y 2018).

Literal d)

En referencia al ámbito de la aplicación de Política Nacional de Atención Integral a las Personas con Discapacidad que indica: “Asegurar la participación de las personas con discapacidad en programas culturales, recreativos y deportivos inclusivos”, se han desarrollado programas formativos para la niñez y juventud con discapacidad en el Sistema de Coros y Orquestas Juveniles y el Centro Nacional de Artes del MICULTURA.

El CENAR ha impartido cursos de expresión plástica y música a niños con síndromes Down, ciegos y con diagnóstico de esquizofrenia. Asimismo, el programa Casas Inclusivas que impulsa la Casa de la Cultura del Ciego y Casa de la Cultura del Centro, dirigen temas relacionados al arte y sus derechos.

Párrafo 2, artículo 15

Entre las acciones que el Estado salvadoreño ha desarrollado para proteger la diversidad culturalse encuentra la Politica Nacional para Pueblos Indígenas y el Plan de Acción Nacional de Pueblos Indígenas (PLANPIES).

MICULTURA ha creado “Paño Pancho” una imagen corporativa que hace referencia a la diversidad indígena; la declaración del día nacional de la lengua Náhuat; la Cuna Náhuat; clases de Náhuat en las Casas de la Cultura. Además, la televisora Canal 10, desarrolló 4 micro cápsulas sobre hablantes Náhuat (2015), reportaje “La vida diaria de un hablante” (2016); transmisión de conciertos de cantos en Náhuat Ne NawatSuchikisa (2017); y transmisión de festivales de danzas tradicionales “Comizahual”. Y ha producido 4 cortos documentales con jóvenes indígenas y el Coro Patrimonial con rescate de la lengua materna.

Párrafo 3, artículo 15

El MINEDUCYT apoyo el diseño de planes de estudio de bachillerato técnico vocacional en música, danza y artes plásticas e incorporo en la currícula nacional la educación en arte y cultura; promueve en los Centros Escolares talleres de educación artística, dotación de instrumentos musicales, kits de artes plásticas, set de libros o mini bibliotecas para impulsar la lectura.

El CENAR y el Ballet Folklórico Nacional realizaron cursos regulares, libres y de verano en las distintas áreas de desarrollo artístico y en 2019 se reaperturó el Semillero del Sistema de Coros y Orquestas Infantiles y Juveniles de El Salvador.

Literal a)

Fomentado el progreso científico mediante los Centros Interactivos para el Aprendizaje de Ciencias (CIAC) (Anexo 41),espacios que brindan servicios educativos gratuitos para la alfabetización y la popularización de la ciencia y la tecnología en el país. Además, a través del Parque Tecnológico en Agroindustria se brindaron a 28 empresas, 224 servicios de innovación y transferencia tecnológica; también, el diseño de nuevos fármacos contra enfermedades, como el mal de Chagas; la investigación científica a ciclo completo cerrado (investigación-desarrollo-producción-introducción en la práctica social), y la Bebida Biofortificada del Programa de Alimentación y Salud Escolar.

Literal b)

Se han elaborado los instrumentos legales para institucionalizar la investigación científica: la Agenda Nacional de Innovación; la Política Nacional de Innovación en Ciencia, Tecnología; el Reglamento General de la Ley de Desarrollo Científico y Tecnológico; y la Ley de Desarrollo Científico y Tecnológico, que en su Art. 3 establece que el organismo rector en materia científica y tecnológica es el Viceministerio de Ciencia y Tecnología del MINEDUCYT.

Párrafo 5, artículo 15

Literal a)

La Ley de Propiedad Intelectualestablece las bases para la promoción, fomento protección de la propiedad intelectual; otorgándole al Centro Nacional de Registros, la competencia para “Fomentar la difusión y el conocimiento sobre la protección de los derechos intelectuales…”, (Art. 98, Literal e); esas acciones van dirigidas a la ciudadanía en general, y en particular a los usuarios del sistema de Propiedad Intelectual, quienes se benefician en la obtención y generación de activos intangibles de naturaleza intelectual para su desarrollo social y económico (Ver anexo 42).

Literal b)

La Ley de Propiedad Intelectual, modificada mediante Decreto Legislativo N° 611, de 15 de febrero de 2017, establece que el Derecho de Autor comprende facultades de orden patrimonial que constituyen el derecho económico, entendiéndose este como el derecho exclusivo de autorizar o prohibir el uso de sus obras, así como, la facultad de percibir beneficios económicos provenientes de la utilización de las obras, y una serie de facultades (Art.7).

Literal c)

La Ley de Cultura prescribe los derechos culturales y los conocimientos científicos de los pueblos indígenas, y contempla la protección del Estado a los conocimientos y aportes de los pueblos indígenas a la medicina, la agricultura…en el Art.46; y las 6 ordenanzas municipales recogen el derecho a la protección y promoción de los conocimientos científicos de los pueblos indígenas en el Art. 13.

Literal d)

La Ley de Propiedad Intelectual, en su Art.6 establece que el derecho moral del autor comprende: publicar su obra en la manera que crea conveniente; ocultar su nombre o usar seudónimo; destruir, rehacer, retener o mantener inédita la obra; retractarse, modificarla o corregirla después de que haya sido divulgada; conservar y reivindicar la paternidad de la obra; oponerse al plagio de la obra; exigir que su nombre o su seudónimo se publique en cada ejemplar de la obra o se mencione en cada acto de comunicación pública de la misma; oponerse a que su nombre o su seudónimo aparezca sobre la obra de un tercero; la de salvaguardar la integridad de la obra oponiéndose a cualquier deformación, mutilación, modificación o abreviación de la obra o de su título.

Párrafo 6, artículo 15

Se informa que la Ley de Desarrollo Científico y Tecnológico establece las directrices para el desarrollo de la ciencia y la tecnología, mediante la definición de los instrumentos y mecanismos institucionales y operativos para la implementación de la Política Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología, siendo éste el marco de referencia de la Agenda Nacional de Investigación. En lo que respecta a la investigación en salud, se menciona la Política Nacional de Investigación para la Salud (2016).

Párrafo 7, artículo 15

En lo que respecta a la ciencia, se creó el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología N-CONACYT, el Premio Nacional de Ciencia, EXPOBECAS. Además, el N-CONACYT ha financiado 24 becas para Doctorado y Maestrías Nacionales de Matemática y Biología Molecular.

El N-CONACYT a través del Observatorio Nacional de Ciencia y Tecnología, realizó la difusión de nuevos indicadores de Ciencia y Tecnología y la administración del Registro de Investigadores Científicos Nacionales que a diciembre de 2017 registró 974 investigadores y alrededor de 1,934 proyectos de investigación.

En 2016, el N-CONACYT en coordinación con el Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED), realizó: la Reunión de Coordinadores y Gestores, con presencia de 77 investigadores; el Primer Congreso Iberoamericano de Ciencia y Tecnología; y el Foro CYTED IBEROEKA.

Se fomentaron las siguientes alianzas a nivel internacional: Alianzas áreas de investigación de Universidades, Parques Tecnológicos, Centros de Investigación de Japón, Brasil, Uruguay, Colombia, Guatemala, Cuba, Costa Rica, Argentina, Venezuela, España, Inglaterra, Canadá, Francia, USA. Así como membrecías: ICSU, UNESCO–LLECE, Red CLARA, La Referencia, CBUES, CYTED.

En el área educativa,el MINEDUCYT ha promovido el mejoramiento del desempeño docente para la enseñanza de Ciencias y Matemática a través del Plan Nacional de Formación de Docentes, con énfasis en la enseñanza y aprendizaje de ciencias con el enfoque CTI; ejecución del Proyecto “Activación de Laboratorios Escolares de Ciencias Naturales”; Proyecto “Mejoramiento de los Aprendizajes en Matemática en Educación Básica y Educación Media”; y la creación de los Centros Interactivos para el Aprendizaje de Ciencias (CIAC), para la promoción y divulgación científica a través del desarrollo de actividades coordinadas con los centros escolares; y el Proyecto de Teatro Infantil “La Colmenita”.

Respuesta a otras observaciones del Comité

Sobre la recomendación numeral 29 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5, se informa de la realización del Taller de Sensibilización con Enlaces Institucionales para el Seguimiento del PDESC (Realizado el 26 de junio de 2016).

Taller con 44 enlaces institucionales para la preparación de Informe Nacional y aplicación del PDESC (Abril de 2018), facilitado por representantes de la OACNUDH.

Taller de fortalecimiento de capacidades a 31 enlaces institucionales sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (junio de 2018), impartido por experto del Comité DESC.

Sobre la recomendación numeral 30 del documento E/C.12/SLV/CO/3-5; se informa que la actualización del documento básico, fue realizada en el 2016, junto a la presentación del V y VI Informe consolidado de Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.