Naciones Unidas

E/C.12/LBN/Q/2

Consejo Económico y Social

Distr. general

24 de marzo de 2016

Español

Original: inglés

Árabe, español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al segundo informe periódico del Líbano *

I.Información general

1.Sírvanse proporcionar información sobre los planes para ofrecer protección constitucional de los derechos económicos, sociales y culturales.

2.Refiriéndose a la observación general núm. 9 (1998) del Comité sobre la aplicación interna del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, sírvanse aclarar la situación del Pacto en el ordenamiento jurídico del Estado parte. Rogamos proporcionen información sobre los casos en que se hayan hecho valer derechos reconocidos por el Pacto ante tribunales nacionales y estos los hayan hecho cumplir en el Estado parte. Sírvanse informar también al Comité de las medidas adoptadas para establecer una institución nacional de derechos humanos conforme a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).

3.Rogamos indiquen la posición del Estado parte en relación con la firma y ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto.

4.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas, y sus efectos, para combatir la corrupción y luchar contra la impunidad conexa, en particular haciendo más estrictas la legislación anticorrupción y su aplicación. Se ruega proporcionen asimismo información sobre los casos de corrupción denunciados ante los tribunales, en particular los presentados contra funcionarios públicos de categoría superior y altos cargos públicos, incluyendo datos estadísticos sobre casos denunciados, casos investigados y condenas por cohecho.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Artículo 2, párrafo 1 Obligación de adoptar medidas hasta el máximo de los recursos de que se disponga

5.Sírvanse proporcionar información sobre el presupuesto público consolidado para los sectores relacionados con los derechos enunciados en el Pacto, en particular el empleo, la seguridad social, la salud y la educación, indicando su porcentaje respecto del total del presupuesto público en los últimos cinco años.

6.Se ruega indiquen en qué medida el marco jurídico e institucional existente asegura la transparencia y la responsabilidad en la negociación y contratación de préstamos, así como en la gestión de la deuda. Rogamos indiquen en particular cómo se asegura el Estado parte de que el servicio de la deuda pública no alcance un nivel tan excesivo que obstaculice el cumplimiento de las obligaciones fundamentales mínimas previstas en el Pacto. Sírvanse indicar cómo tiene en cuenta el Estado parte, en su diálogo con el Fondo Monetario Internacional, las obligaciones que le impone el Pacto.

Artículo 2, párrafo 2 No discriminación

7.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas previstas para brindar protección contra la discriminación por cualquier motivo, como se exige en el artículo 2, párrafo 2, del Pacto. Refiriéndose a la observación general núm. 20 (2009) del Comité sobre no discriminación, sírvanse indicar en qué medida la legislación del Estado parte es efectiva a la hora de permitir la aplicación de las disposiciones sobre no discriminación que figuran en el Pacto, en particular en lo que respecta a una definición de la discriminación, incluida la discriminación indirecta, el establecimiento de sanciones y reparaciones y la aplicación de medidas especiales.

8.Rogamos proporcionen información sobre las medidas adoptadas, y los efectos que han tenido, para combatir y prevenir el estigma y la discriminación de personas y grupos marginados, tales como personas que viven con el VIH/SIDA o están afectadas por él; personas con discapacidad; personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero; y refugiados y migrantes, entre otros.

9.Se ruega informen al Comité sobre el porcentaje de personas con discapacidad que sean titulares de una tarjeta personal de discapacidad e indicar quiénes entre ellos tienen más probabilidades de no poseer esa tarjeta y por qué motivos. Sírvanse describir los tipos de prestaciones y asistencia que se ofrece a las personas con discapacidad que no sean titulares de una tarjeta personal de discapacidad, a fin de que no sean discriminadas en el disfrute de los derechos reconocidos en el Pacto. Sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre las medidas adoptadas para ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad tras su firma, como se menciona en el párrafo 91 del informe del Estado parte.

10.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para revisar la Ley de Entrada y Salida de 1962 y desarrollar un marco jurídico específico para definir y proteger los derechos y libertades de los refugiados y solicitantes de asilo, a fin de facilitar su estancia legal en el Estado parte y permitir su disfrute de los derechos enunciados en el Pacto, como el derecho al trabajo, a la seguridad social, a la salud, a una vivienda adecuada y a la educación, sin discriminación, de conformidad con el artículo 2 del Pacto y la observación general núm. 20 (2009) sobre no discriminación.

Artículo 3 Igualdad de derechos entre hombres y mujeres

11.Además de los casos mencionados en los párrafos 31 y 32 del informe del Estado parte en lo que respecta a la nacionalidad y el derecho al matrimonio, sírvanse indicar las medidas adoptadas para modificar las disposiciones legales que discriminen a la mujer o que tengan efectos discriminatorios para ella.

12.Sírvanse proporcionar información sobre las repercusiones de la aplicación de la Estrategia Nacional para la Mujer (2011-2021). Sírvanse explicar hasta qué punto las medidas normativas y legislativas adoptadas por el Estado parte, como las que se describen en los párrafos 35 a 41 del informe del Estado parte, han modificado las actitudes patriarcales profundamente arraigadas y la imagen estereotipada de la mujer en determinados sectores de la sociedad. Indiquen las dificultades que existen para lograr cambios a ese respecto y las medidas adoptadas para afrontar esas dificultades.

13.Dado que la tasa de participación de la mujer en el mercado de trabajo es muy baja, sírvanse informar al Comité de los obstáculos que se interponen para el ingreso en igualdad de condiciones a ese mercado y sobre los efectos de las medidas adoptadas para hacer frente a la situación y reducir la desigualdad salarial por razón de género.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Artículo 6 Derecho a trabajar

14.Teniendo en cuenta que, incluso antes del conflicto en Siria, el crecimiento económico en el Estado parte no fue suficiente para crear empleo, sírvanse informar al Comité sobre los ajustes introducidos para que la política económica esté encaminada al logro del empleo pleno y productivo.

15.Rogamos proporcionen información sobre los efectos de las medidas adoptadas por el Estado parte para reducir el desempleo juvenil, como las de la Política Juvenil y el programa Primer Empleo para los Jóvenes. Sírvanse indicar si las políticas y los recursos existentes son proporcionales a la elevada tasa de desempleo juvenil, en particular entre los jóvenes con formación, y permiten hacer frente al aumento de la tasa de desempleo como resultado de la afluencia de refugiados que se indica en el párrafo 144 del informe del Estado parte.

16.Se ruega proporcionen información sobre la repercusión que tiene la labor del comité para la promoción de los derechos ocupacionales de las personas con discapacidad, a que se hace referencia en el párrafo 94 del informe del Estado parte, y sobre el ingreso de esas personas al mercado de trabajo. Sírvanse explicar también por qué se dejaron sin efecto las sanciones previstas en la Ley núm. 220, de 29 de mayo de 2000, por no aplicar las cuotas de empleo.

17.Sírvanse explicar las razones por las que se pide a los refugiados sirios que se comprometan a no trabajar y si se les conceden otros medios de subsistencia. Sírvanse también indicar si el Estado parte tiene previsto eliminar los obstáculos legales y administrativos que impiden que los refugiados palestinos elijan la profesión que deseen.

Artículo 7 Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

18.Sírvanse indicar hasta qué punto el salario mínimo permite que los trabajadores y sus familias tengan una vida digna. Sírvanse indicar también con qué frecuencia se revisa y si se ajusta al costo de la vida.

19.Rogamos indiquen en qué circunstancias puede concertarse un contrato de trabajo verbalmente, tal como se indica en el párrafo 41, párrafo 1, del informe del Estado parte, y cómo está protegido en esos casos el derecho de los empleados a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo.

20.Sírvanse indicar cómo se propone el Estado parte reformar el sistema de kafala y el de residencia en el lugar de trabajo, que hacen que los trabajadores del servicio doméstico sean vulnerables a los abusos y a la explotación. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas para que los trabajadores del servicio doméstico gocen de los derechos laborales previstos en el Código de Trabajo del Líbano. Sírvanse hacer referencia a la efectividad de las vías de recurso existentes, como las que se enumeran en el párrafo 45 del informe del Estado parte. Se ruega faciliten asimismo datos estadísticos anuales sobre los casos relativos a abusos y explotación de trabajadores migratorios resueltos en los tribunales, desglosados por sexo y nacionalidad, en particular datos sobre las condenas y sanciones impuestas.

21.Sírvanse explicar de qué forma el Estado parte, al aplicar el principio de reciprocidad recogido en el párrafo 58 del informe, protege en forma no discriminatoria los derechos de los trabajadores migrantes, de conformidad con lo dispuesto en el Pacto.

22.Teniendo en cuenta la observación general núm. 23 (2016) del Comité, sírvanse indicar la medida en que las disposiciones de la legislación laboral que garantizan el derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo se extienden a los trabajadores de la economía informal y la medida en que esas disposiciones se aplican de manera efectiva.

Artículo 8 Derechos sindicales

23.A la luz de la información proporcionada en el párrafo 50 del informe del Estado parte, sírvanse aclarar si el derecho de huelga está protegido en el Estado parte. Sírvanse proporcionar información adicional sobre la normativa aplicable y las restricciones al ejercicio del derecho de huelga.

Artículo 9 Derecho a la seguridad social

24.Se ruega faciliten datos estadísticos sobre las personas, en particular las que trabajan en la economía informal, los refugiados y las personas sin hogar que participan en los diversos planes de seguridad social. Sírvanse asimismo informar al Comité sobre las reformas del Fondo Nacional de la Seguridad Social previstas por el Estado parte, e indiquen en qué medida se cumpliría la obligación mínima que impone el artículo 9.

Artículo 10 Protección de la familia, la madre y el niño

25.Sírvanse indicar en qué medida se aplica en el Estado parte la prohibición del empleo de menores de edad, según se describe en los párrafos 41 y 81 del informe del Estado parte, y proporcionar datos estadísticos de las infracciones detectadas y las sanciones impuestas a los empleadores que las cometieron. Sírvanse también proporcionar información sobre los efectos de la aplicación del Plan Nacional para la Erradicación antes de 2016 de Todas las Formas de Trabajo Infantil en el Líbano.

26.Rogamos proporcionen información, en particular datos estadísticos desglosados por sexo, edad, origen étnico y nacionalidad, sobre los niños que trabajan en la calle, su recuperación y reinserción social, y sobre la prestación de servicios de rehabilitación a los niños que sean víctimas de abusos. Rogamos informen al Comité sobre los efectos de la aplicación de la Estrategia Nacional para la Prevención y la Protección del Niño frente a Todas las Formas de Violencia y de Explotación, en particular con respecto a la protección de los niños de la calle contra la explotación sexual y el trabajo ilícito en manos de bandas de delincuentes.

27.Sírvanse indicar si el Gobierno tiene la intención de introducir reformas en su legislación sobre el matrimonio a fin de proteger mejor la familia.

28.Se ruega indiquen el porcentaje de personas de edad que perciben pensiones y prestaciones no contributivas y el modo en que el Estado parte se asegura de que la cuantía de las pensiones y prestaciones no contributivas permita un nivel de vida adecuado. Sírvanse proporcionar también datos estadísticos sobre las consecuencias de la situación descrita en el párrafo 70 del informe del Estado parte, según el cual las personas de edad pierden su afiliación a la seguridad social y, en particular, sobre las lagunas que existen en el disfrute del derecho a un nivel de vida adecuado, el derecho a la salud y el derecho a la seguridad social en el caso de las personas de edad. Rogamos proporcionen información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para hacer frente a esta situación y a sus consecuencias.

Artículo 11 Derecho a un nivel de vida adecuado

29.Sírvanse indicar en qué medida se ha ajustado el Programa Nacional de Lucha contra la Pobreza para atender al aumento considerable de la pobreza en el Estado parte, como se menciona en el párrafo 147 de su informe. Rogamos informen también al Comité de las dificultades para llegar hasta los grupos más desfavorecidos y marginados, como los refugiados, y prestarles asistencia.

30.Rogamos indiquen las medidas adoptadas por el Estado parte para que la vivienda siga siendo asequible, en particular para los grupos desfavorecidos y marginados, teniendo en cuenta el aumento sin precedentes de los alquileres a que se hace referencia en el párrafo 145 del informe. Sírvanse informar también al Comité de las medidas adoptadas por el Estado parte para atender a las inquietudes planteadas en el párrafo 90 en lo que respecta a la efectividad del derecho a la vivienda con arreglo a la Ley de Alquileres de 2014. Sírvanse asimismo indicar al Comité los efectos de las medidas adoptadas para prevenir la falta de vivienda y ayudar a las personas sin hogar.

31.Haciendo referencia a los principios básicos y directrices sobre los desalojos y el desplazamiento generados por el desarrollo (2007) y la observación general núm. 7 (1997) del Comité sobre los desalojos forzosos, sírvanse proporcionar información sobre cómo se propone el Estado parte lograr que los desalojos, tanto en la legislación como en la práctica, se ajusten a las normas internacionales y que los grupos vulnerables, los propietarios y los municipios sean conscientes del derecho a la vivienda, con arreglo a la legislación del Líbano y al derecho internacional de los derechos humanos.

Artículo 12 Derecho a la salud física y mental

32.Sírvanse proporcionar información, incluidos datos estadísticos, desglosados por región, sexo, nacionalidad y otros criterios pertinentes, sobre los efectos de medidas tales como el Plan Integral de Medidas y Servicios de Atención Primaria de la Salud, adoptadas por el Estado parte para eliminar las diferencias en la atención de salud entre regiones, en función de los ingresos, y entre nacionales y extranjeros, incluidos los refugiados, así como para hacer más asequible la atención de la salud para los grupos desfavorecidos y marginados. ¿Qué medidas está adoptando el Estado parte para reducir las diferencias de calidad entre los servicios de atención ofrecidos por el sector privado y los que ofrece el sistema de salud pública?

33.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas adoptadas para aumentar los servicios de salud mental y su disponibilidad en el Estado parte, incluso a través del sistema de atención primaria de la salud, dada la importante prevalencia de enfermedades mentales en la población.

34.Rogamos proporcionen información sobre los efectos de las medidas adoptadas para remediar el problema del suministro de agua potable, a que se hace referencia en el párrafo 146 del informe del Estado parte, y sobre la posible propagación de enfermedades relacionadas con la crisis de la gestión de desechos.

Artículos 13 y 14 Derecho a la educación

35.Se ruega faciliten información sobre los resultados obtenidos y las dificultades encontradas en la aplicación del plan de acción nacional de educación para todos durante el período 2003-2015, al que se refiere el párrafo 116 del informe del Estado parte, en lo relativo a la educación gratuita y obligatoria para todos los niños hasta los 15 años de edad, incluidas las niñas, los niños con discapacidad, los niños refugiados, los niños migrantes y los niños trabajadores domésticos, así como los niños de hogares desfavorecidos. Sírvanse también informar sobre las medidas adoptadas para reducir los efectos de la estratificación económica en las escuelas y asegurar que el derecho a una educación de calidad se disfrute sin discriminación, incluso en las escuelas públicas.

36.Sírvanse informar sobre el impacto de los programas nacionales de alfabetización y educación de adultos. Sírvanse describir el desarrollo de la enseñanza superior en el Estado parte y las medidas adoptadas para hacerla asequible y que satisfaga las necesidades en cuanto a las aptitudes para el mercado de trabajo.

37.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para que la educación promueva el pleno respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y la participación activa en una sociedad libre, así como la comprensión, la tolerancia y la amistad entre las naciones y los grupos raciales, étnicos y religiosos en el Estado parte.

Artículo 15 Derechos culturales

38.Se ruega faciliten información sobre la disponibilidad y accesibilidad de actividades culturales, como las que se enumeran en el párrafo 128 del informe del Estado parte, para los grupos más desfavorecidos y marginados.

39.Sírvanse explicar en qué medida la política del Estado parte en lo que respecta a la ciencia, la tecnología y la creatividad, a que se hace referencia en el párrafo 131 del informe del Estado parte, tiene por finalidad contribuir al disfrute de los derechos reconocidos en el Pacto.

40.Rogamos aporten información sobre las medidas adoptadas para mejorar los servicios de Internet en condiciones asequibles, en particular en las zonas rurales.